DOF: 12/07/2019
DECRETO por el que la Comisión Permanente convoca a la Cámara de Diputados del H

DECRETO por el que la Comisión Permanente convoca a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Legislativo Federal.- Comisión Permanente.

DECRETO POR EL QUE LA COMISIÓN PERMANENTE CONVOCA A LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN A UN TERCER PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES DURANTE EL SEGUNDO RECESO DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA.
Primero. Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente convoca a la Cámara de Diputados a un Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias, cuya sesión de apertura se celebrará el jueves 18 de julio de 2019, a las 14:00 horas, y concluirá una vez que se determine que han sido tratados los asuntos por la cual fue convocada.
Segundo. En el tercer periodo de sesiones extraordinarias la Cámara de Diputados, sólo se ocupará de los siguientes temas:
·   Turno a Comisión de las minutas con proyectos de decreto y de los documentos materia del Tercer Periodo Extraordinario. En cuanto sean recibidos en la Cámara de Diputados, su Presidencia dará el trámite correspondiente para sus efectos legales y los publicará en la Gaceta Parlamentaria.
A partir del jueves 18 de julio de 2019
1.     Proceso de ratificación y toma de protesta del nombramiento del C. Arturo Herrera Gutiérrez como Secretario de Hacienda y Crédito Público.
A partir del jueves 25 de julio de 2019
2.     Leyes y reformas, derivadas de la reforma constitucional en materia educativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de mayo del presente año:
a)    Ley del organismo al que se refiere la fracción IX del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
b)    Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, y
c)     Ley General de Educación.
3.     Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley de Concursos Mercantiles; y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Tercero.- En cumplimiento del proceso que establece el artículo 72 constitucional se procederá a la remisión de los decretos correspondientes a la Cámara de Senadores para que continúen con su proceso legislativo.
Cuarto. Las sesiones de la Cámara de Diputados serán convocadas por su Presidencia en las fechas que sean oportunas, para dar cumplimiento a los asuntos materia de la presente convocatoria.
Quinto. Una vez que se consideren atendidos, en su proceso legislativo, los asuntos referidos en el resolutivo segundo del presente decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse a través de comunicación del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora.
Sexto. De conformidad con el artículo 72, inciso j), último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Senado de la República, sede de las sesiones de la Comisión Permanente, 10 de julio de 2019.- Sen. Martí Batres Guadarrama, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- Rúbrica.- Sen. Mónica Fernández Balboa, Secretaria de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.- Rúbrica.
 

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