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DOF: 11/09/2019
SEGUNDA Convocatoria para acceder al concepto de apoyo DC

SEGUNDA Convocatoria para acceder al concepto de apoyo DC.6 Becas para alumnos en Sistema Educativo CECFOR, del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.

La Comisión Nacional Forestal, a través del Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez, con fundamento en los artículos 11 fracciones XII y XIII, y, 14 fracciones I, II, III y V, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 5 de julio de 2016 y modificado el 8 de mayo de 2019, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación; 18 y 28 fracción VI, y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2019; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene a bien emitir la siguiente:
SEGUNDA CONVOCATORIA PARA ACCEDER AL CONCEPTO DE APOYO DC.6 BECAS PARA
ALUMNOS EN SISTEMA EDUCATIVO CECFOR, DEL PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO
FORESTAL SUSTENTABLE 2019
I. Objeto:
La presente convocatoria tiene como objeto el otorgamiento de apoyos del Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades, por el concepto DC.6 Becas para alumnos en Sistema educativo CECFOR, regulado a través de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2019, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2019, en lo sucesivo las Reglas de Operación 2019.
El concepto de apoyo DC.6 Becas para alumnos en Sistema educativo CECFOR tiene la finalidad de otorgar recursos económicos a las y los alumnos en activo con el objetivo de favorecerlos en su formación técnica y permanencia escolar.
II. Población Objetivo:
Son elegibles para solicitar apoyos del concepto DC.6 Becas para alumnos en Sistema educativo CECFOR, las y los alumnos de los Centros de Educación y Capacitación Forestal, de conformidad con el artículo 2, fracción II, segundo párrafo, inciso vi), de las Reglas de Operación 2019.
III. Concepto de apoyo y sus características:
Las personas elegibles podrán solicitar el concepto de apoyo siguiente:
Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades
Concepto
Modalidad
Monto máximo ($)
Tipo de productor
elegible
DC.6 Becas para alumnos en Sistema
educativo CECFOR
Única
11,500
No aplica
 
IV. Criterios de elegibilidad:
Podrán ser sujetas de apoyo, las personas que cumplan los criterios de elegibilidad siguientes:
1.     Encontrarse dentro de la población objetivo definida en numeral II de la presente Convocatoria;
2.     No encontrarse dentro de los criterios de exclusión establecidos en el artículo 11 de las Reglas de Operación 2019;
3.     Cumplir con los criterios de elegibilidad establecidos en los artículos 8 y 9 de las Reglas de Operación 2019, así como los establecidos en el Anexo Técnico del Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades de las referidas Reglas de Operación 2019.
4.     Cumplir con los requisitos específicos que establece el numeral IV denominado Requisitos Específicos del Anexo Técnico del Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades de las referidas Reglas de Operación 2019.
V. Requisitos para solicitar apoyos:
De conformidad con el artículo 19 fracción XI de las Reglas de Operación 2019 y el numeral IV denominado Requisitos Específicos del Anexo Técnico del Componente II. Gobernanza y Desarrollo de Capacidades de las mismas Reglas de Operación 2019, los requisitos que deberá cumplir la población elegible son los siguientes:
1.     Presentar copia simple de la credencial vigente o constancia que acredite a el/la alumno/a como estudiante del Centro de Educación y Capacitación Forestal.
2.     Presentar Carta compromiso debidamente suscrita por los padres o tutores del(a) alumno(a), misma
que se encuentra publicada en la página de internet de la CONAFOR.
3.     Copia simple de la cuenta bancaria a nombre de la persona beneficiaria o representante legal, que contenga clave bancaria estandarizada (CLABE), con una vigencia no mayor a 3 meses.
El cumplimiento de los requisitos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquéllos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos.
VI. Recepción de solicitudes:
La recepción de solicitudes se realizará en los Centros de Educación y Capacitación Forestal (CECFOR) a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, conforme a lo establecido en el artículo 20 de las Reglas de operación 2019, siendo los siguientes:
·   CECFOR No. 1, ubicado en Paseo de la Revolución número 2, Col. Emiliano Zapata, Uruapan, Michoacán, C.P. 60180.
·   CECFOR No. 2, ubicado en Av. Forestal S/N, Col. Forestal, Santa María Atzompa, Oaxaca, C.P. 71220.
·   CECFOR No. 3, ubicado en Blvd. Emilio Arizpe de la Maza número 3291, Col. Villas de San Lorenzo, Saltillo, Coahuila, C.P. 25070.
·   CECFOR No. 4, ubicado en el Kilómetro 4.5 Carretera al Palmar, Rancho "La Luisa", Col. La Pochota, Tezonapa, Veracruz, C.P. 95096.
VII. Selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados:
La selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados, se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 24, de las Reglas de Operación 2019 y las disposiciones establecidas en los Anexos Técnicos del Componente II. Gobernanza y desarrollo de capacidades de las citadas Reglas, en lo que resulte aplicable.
VIII. Plazos para la recepción y asignación de apoyos:
Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal sustentable 2019 y sus Anexos, en los plazos siguientes:
1.     Recepción de las solicitudes y requisitos para solicitar el apoyo: 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
2.     Notificación de documentación faltante: Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día de la recepción de la solicitud de apoyo.
3.     Presentación de la documentación faltante o incorrecta: Dentro de los 5 días hábiles, contados a partir del hábil siguiente a la notificación de la documentación faltante o incorrecta.
4.     Emisión de dictámenes y asignación de apoyos: Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo.
5.     Publicación de resultados de asignación de apoyos: Dentro de los 3 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la asignación de apoyos por los Comités correspondientes.
IX. Observancia de las Reglas de Operación 2019 y sus anexos:
La presente convocatoria, así como las Reglas de Operación 2019 son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
X. Quejas y denuncias:
Cualquier persona podrá presentar quejar y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2019.
"Los apoyos que otorga la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 19 de agosto de 2019.- El Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez.- Rúbrica.
 
 

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