|
|
DOF: 12/09/2019 |
CIRCULAR por la que se hace del conocimiento de las dependencias, Procuraduría General de la República, entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado y entidades federativas, que la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolit CIRCULAR por la que se hace del conocimiento de las dependencias, Procuraduría General de la República, entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado y entidades federativas, que la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia en el expediente 15629/17-17-14-6, en la cual se determinó declarar la nulidad de la resolución, emitida dentro del procedimiento administrativo de sanción número RS/0050/2016, en contra de la empresa PD RIGS, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable. Por tanto, se deja insubsistente la referida resolución por la que se le aplicó una inhabilitación por el plazo de un año. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado.- Área de Responsabilidades.- Expediente: RS/0050/2016. CIRCULAR No. 18/UR/CFE/C/ 226 /2019 Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26 y 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reformada mediante el Decreto por el que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en Materia de Control Interno del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de julio de dos mil dieciséis; 92 y Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, publicada en el citado Diario Oficial de la Federación el once de agosto de dos mil catorce; 50, fracción I del Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, publicado en el citado Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de octubre de dos mil catorce; Declaratoria a que se refiere el Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de febrero de dos mil quince; 3, apartado D y Sexto Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mi diecisiete; y, Primero del Acuerdo por el que se delegan facultades en materia de inconformidades y conciliaciones, así como sanción a licitantes, proveedores y contratistas, a los servidores públicos que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el ocho de julio de dos mil quince, esta autoridad administrativa hace del conocimiento de las Dependencias, Procuraduría General de la República, Entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado y Entidades Federativas que el seis de junio de dos mil diecinueve la Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dictó sentencia en el expediente 15629/17-17-14-6, en la cual se determinó declarar la nulidad de la resolución de veintiséis de junio de dos mil diecisiete, emitida dentro del procedimiento administrativo de sanción número RS/0050/2016, en contra de la empresa PD RIGS, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE. Por tanto, se deja insubsistente la referida resolución por la que se le aplicó una inhabilitación por el plazo de un año. Ciudad de México, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.- La Titular del Área de Responsabilidades de la Unidad de Responsabilidades en la Comisión Federal de Electricidad, Empresa Productiva del Estado, Heidi Jiménez Reyes.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|