DOF: 08/11/2019
CONVOCATORIA para la inclusión de productos y equipos a ser recomendados para el combate del insecto vector, para uso en los Programas de Salud Pública del año 2020

CONVOCATORIA para la inclusión de productos y equipos a ser recomendados para el combate del insecto vector, para uso en los Programas de Salud Pública del año 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

La Dirección General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades (CENAPRECE), de conformidad con lo establecido en el artículo 134 fracción VI de la Ley General de Salud; la fracción XIV y XVI del artículo 45, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y de la Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2014, Para la vigilancia epidemiológica, promoción, prevención y control de las enfermedades transmitidas por vectores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2015, en la que se contiene los Lineamientos para la Recomendación de Productos para el Combate de Insectos Vectores (Lineamientos), emite la siguiente:
CONVOCATORIA
A personas físicas o morales dedicadas a la fabricación, distribución e importación de productos y equipos empleados para el combate a los insectos vectores causantes de ETV, que deseen incorporar sus productos a la Lista de Productos y Equipos Recomendados para el combate del insecto vector.
La solicitud de inclusión de productos y equipos a ser recomendados para el Combate del Insecto Vector, para su uso en los programas de salud pública del año 2020, debe de cumplir con los requisitos estipulados en los numerales del A.4 al A.4.11 de los Lineamientos
1. Recepción de documentos: Será de 10:00 a 14:00 hrs. en la Unidad de Documentación en Trámite del CENAPRECE, ubicado en: Benjamín Franklin Núm. 132, Primer Piso, Col. Escandón, Alcaldía Miguel Hidalgo C.P. 11800, México, Ciudad de México.
No se recibirán solicitudes vía electrónica (correo electrónico).
2. Calendario. De conformidad con el punto A.4.6 de los Lineamientos, los interesados, podrán presentar escrito de inclusión de sus productos a la Lista de Productos Recomendados, desde el día hábil siguiente a la publicación de la convocatoria y durante los 15 días hábiles siguientes, en el domicilio señalado en la base inmediata anterior, exclusivamente en el horario señalado en la misma.
3. Especificaciones y forma de entrega de la documentación:
El escrito libre de solicitud, se debe cumplir con lo previsto en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo:
a. Nombre, denominación o razón social, en su caso de su representante legal,
b. Domicilio para recibir notificaciones.
c. Nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.
d. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal.
e. El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad.
4. Procedimiento de revisión y resolución. Las solicitudes recibidas dentro de los términos previstos en la presente convocatoria se atenderán conforme a lo previsto en los puntos A.4.7 al A.4.11 de los Lineamientos. Sin perjuicio de lo anterior, el CENAPRECE podrá revisar la lista vigente de productos recomendados en los términos de lo previsto en el punto 6.5. y sus subpuntos correspondientes.
5. En ningún caso el CENAPRECE recomendará productos plaguicidas aún en fase experimental, o que no cumplan con lo indicado en los Lineamientos.
6. El incumplimiento de uno solo de los requisitos establecidos en los Lineamientos será causa suficiente para no incluirlo en la Lista de Productos Recomendados por el CENAPRECE para el Combate de Insectos Vectores.
7. Procedimiento de atención de inconformidades. Se atenderán conforme a lo dispuesto en el punto A.4.10 de los Lineamientos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente CONVOCATORIA tendrá una vigencia de 15 días hábiles siguientes, contados a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- La presente Convocatoria podrá ser ampliada o modificada en el tiempo que esté vigente, previo aviso en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de xico, a 5 de noviembre de 2019.- El Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades (CENAPRECE), Ruy López Ridaura.- Rúbrica.
 
(R.- 488770)
 

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