EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Laicos Consagrados RC, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de las Asociaciones Religiosas.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. JOSÉ MATEOS BRITO Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA LAICOS CONSAGRADOS RC.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada LAICOS CONSAGRADOS RC, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Medicina, Número 18, Colonia Lomas Anáhuac, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, Código Postal 52786.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Medicina, Número 18, Colonia Lomas Anáhuac, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, Código Postal 52786, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Observar, practicar, propagar, difundir, enseñar e instruir su doctrina y cuerpo de creencias religiosas, ya sea de forma individual o colectiva, tanto en público como en privado".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: José Mateos Brito, Bernardo Rangel Sada y/o Guillermo Francisco Campillo Téllez.
VI.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo Territorial", integrado por las personas y cargos siguientes: José Mateos Brito, Director Territorial; Bernardo Rangel Sada, Consejero; y Guillermo Francisco Campillo Téllez, Consejero.
IX.- Credo religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los nueve días del mes de enero de dos mil veinte.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.