DOF: 23/10/2020
NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento para emitir la Declaratoria Administrativa por la que se formalice la nacionalización del inmueble denominado Ermita Nuestra Señora de Guadalupe, ubicado en Calle Ranchería Chacala

NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento para emitir la Declaratoria Administrativa por la que se formalice la nacionalización del inmueble denominado Ermita Nuestra Señora de Guadalupe, ubicado en Calle Ranchería Chacalapa 2da. Sección sin número, Ranchería Chacalapa 2da. Sección, Municipio de Jalpa de Méndez, Estado de Tabasco, el cual es de los comprendidos por el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual se encuentra abierto a culto público con anterioridad a las reformas constitucionales del 28 de enero de 1992.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.

NOTIFICACIÓN mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento para emitir la Declaratoria Administrativa por la que se formalice la nacionalización del inmueble denominado "Ermita Nuestra Señora de Guadalupe", ubicado en Calle Ranchería Chacalapa 2da. Sección sin número, Ranchería Chacalapa 2da. Sección, Municipio de Jalpa de Méndez, Estado de Tabasco, el cual es de los comprendidos por el Artículo Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual se encuentra abierto a culto público con anterioridad a las reformas constitucionales del 28 de enero de 1992.
A LOS PROPIETARIOS Y/O POSEEDORES DE LOS PREDIOS COLINDANTES CON EL INMUEBLE DE ORIGEN RELIGIOSO "ERMITA NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE", UBICADO EN CALLE RANCHERÍA CHACALAPA 2DA. SECCIÓN SIN NÚMERO, RANCHERÍA CHACALAPA 2DA. SECCIÓN, MUNICIPIO DE JALPA DE MÉNDEZ, ESTADO DE TABASCO.
P R E S E N T E S
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción II y Decimoséptimo Transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 11 fracción I, 28 fracción I y IV, 29 III y XXII de la Ley General de Bienes Nacionales; artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3 fracción VI, 4, 8 y 10 de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, como lo disponen los artículos 2, inciso D, fracción VI del Reglamento Interior de esta última, al cual le corresponde llevar el inventario, registro y catastro de los inmuebles federales, así como la administración, vigilancia, control, protección, adquisición, enajenación y afectación de inmuebles federales competencia de la propia Secretaría, de conformidad con los artículos 1, y 11 fracciones I, IV y XV del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, facultades que son ejercidas a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal.
NOTIFICA
El inicio del procedimiento para la emisión de la Declaratoria Administrativa para formalizar la nacionalización del inmueble denominado "Ermita Nuestra Señora de Guadalupe", ubicado en Calle Ranchería Chacalapa 2da. Sección sin número, Ranchería Chacalapa 2da. Sección, Municipio de Jalpa de Méndez, Estado de Tabasco, con superficie total de 504.25 metros cuadrados.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 24, 25 y 26 Fracción II de la Ley de Nacionalización de Bienes, Reglamentaria de la Fracción II del Artículo 27 Constitucional.
Que en virtud de que el inmueble de mérito fue abierto a culto público antes de la entrada en vigor de la reforma del 28 de enero de 1992, en términos de lo dispuesto por la fracción II del artículo 27 en concordancia con el artículo Décimo Séptimo transitorio de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en el Art. 26 fracción II de la Ley de Nacionalización de Bienes, SE CONCEDE un PLAZO de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la publicación de la presente notificación en el Diario Oficial de la Federación, para que por sí mismos o por medio de sus representantes legales, manifiesten su inconformidad mediante escrito libre dirigido a la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, misma que deberán acompañar de la documentación en la que se funde su dicho, presentándola en el domicilio ubicado en Avenida México número 151, Colonia Del Carmen, Alcaldía Coyoacán, Código Postal 04100, Ciudad de México, donde se podrá exhibir el expedientillo administrativo número 646
En la Ciudad de México, a los 12 días del mes de octubre de dos mil veinte.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.
 

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