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DOF: 26/11/2020
LINEAMIENTOS Internos de Coordinación para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que establecen la Subsecretaría de Educación Superior y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México

LINEAMIENTOS Internos de Coordinación para el desarrollo del Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, que establecen la Subsecretaría de Educación Superior y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.

LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA EN LO SUCESIVO "PROFEXCE" QUE ESTABLECEN LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EN LO SUCESIVO "LA SES", REPRESENTADA POR SU TITULAR DR. FRANCISCO LUCIANO CONCHEIRO BÓRQUEZ, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN, MTRO. MARIO ALFONSO CHÁVEZ CAMPOS, Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA AEFCM", REPRESENTADA POR SU TITULAR DR. LUIS HUMBERTO FERNÁNDEZ FUENTES, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE DENOMINARÁ COMO "LOS OTORGANTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.- Con la finalidad de contribuir a elevar la calidad en la formación inicial de los docentes, mediante el desarrollo de acciones estratégicas que tengan incidencia en las prácticas académicas y en la gestión de las Escuelas Normales Públicas, surge el Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, iniciativa que sustenta su creación en los Foros de Consulta realizados por la actual administración federal, definiendo que la educación es base de la Cuarta Transformación ya que la educación es un derecho de todos que hay que hacer efectivo, y no un privilegio de unos cuantos. Acorde con esta iniciativa, el PROFEXCE, se alinea a la Directriz 2 "Política Social" del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, garantizando el derecho a la educación laica, gratuita, incluyente, pertinente y de calidad a través del cual se articularán las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siendo una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia, con los cuales este programa contribuye con acciones puntuales y pertinentes para alcanzar el objetivo enunciado.
Y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 4, que establece "garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos" y a la meta 4.3 "para asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad, incluida la enseñanza universitaria". Para cumplir con ello, la SEP ha impulsado la integración de Programas Presupuestarios como el S300 Programa Fortalecimiento a la Excelencia Educativa, enfocado en la revisión de los planes de estudio y su validación por parte de instituciones reconocidas; la definición de contenidos, enfoques de enseñanza, normas y estándares de evaluación de resultados; la inclusión de nuevas asignaturas, así como la posibilidad de establecer mecanismos para que los/as educandos/as tengan acceso a diversos materiales educativos; aspectos esenciales para que se puedan proporcionar y fortalecer la excelencia de la educación en estos niveles educativos.
2.- Con fecha 29 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Secretarial 33/12/19, por el que se emiten las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "LAS REGLAS", con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados al PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "PROFEXCE", las cuales establecen las disposiciones a las que se debe sujetarse dicho programa.
3.- El "PROFEXCE" en esta primera etapa busca focalizar la asignación de los recursos a los proyectos integrales de la EDINEN 2020 y 2021, que tengan mayor impacto en el desarrollo académico y de la gestión de los sistemas estatales de educación normal y de las Escuelas Normales Públicas. Se busca que la premisa de la educación, desde la inicial hasta la universitaria sea educar para toda la vida, específicamente, los universitarios no sólo se forman como profesionistas, sino que también se educan con valores, conocimiento y capacidades adecuadas para desarrollarse plenamente, con civismo y solidaridad social con México.
Con esta acción, se pretende contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos:
 
Académicos
a) Elevar el aprovechamiento académico de las y los estudiantes normalistas.
b) Apoyar la superación académica de personal docente y personal directivo de las Escuelas Normales Públicas.
c) Apoyar con el pago de inscripción, colegiatura, gastos de manutención y titulación, transporte y hospedaje a PTC que realicen estudios de posgrado a nivel nacional e internacional, así como acciones encaminadas a fomentar y desarrollar la generación innovadora del conocimiento.
d) Desarrollar programas de tutoría y asesoría para mejorar los procesos de formación y aprendizaje, con perspectiva de género, derechos humanos e inclusión, de las y los estudiantes normalistas, en las escuelas formadoras de docentes.
e) Realizar programas de seguimiento de egresados, desde la perspectiva de género e inclusión, con objeto de valorar la calidad de la formación proporcionada y enriquecer los procesos educativos en las Escuelas Normales Públicas.
f) Apoyar la actualización e implementación de los planes y programas de estudio de las escuelas normales, en el marco de la reforma educativa.
g) Diseñar e implementar acciones para la movilidad académica, intercambios académicos y convenios entre instituciones de educación superior nacionales o internacionales.
Gestión
a) Promover la cultura de la evaluación para favorecer la acreditación de los planes y programas de estudios y la certificación de los procesos de gestión.
b) Mejorar el equipamiento con tecnologías actualizadas y la capacitación para su uso en las Escuelas Normales Públicas, para efecto de satisfacer sus requerimientos y necesidades de conectividad.
c) Optimizar o ampliar la infraestructura de las Escuelas Normales Públicas para el desarrollo de las actividades de todos los actores que participan en los procesos de la institución.
d) Apoyar en las Entidades Federativas y Escuelas Normales Públicas, el desarrollo y operación de sistemas integrales de información académica y administrativa de educación normal.
4.- La Estrategia de Desarrollo Institucional de la Escuela Normal 2020 y 2021 pretende, mediante el apoyo al desarrollo de los proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, contribuir al logro y consolidación de un sistema estatal de educación normal de excelencia educativa en cada Entidad Federativa, así como al mejoramiento de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros que lo integran.
LA SEP, para la operación del "PROFEXCE", en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, con fecha 29 de diciembre de 2019, publicó en el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA, en lo sucesivo "LAS REGLAS".
DECLARACIONES
I.     De "LA SES":
I.1 Que es una unidad administrativa de "LA SEP", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, a la cual se encuentra adscrita la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación que tiene entre sus atribuciones el proponer e impulsar políticas para el desarrollo de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación; establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior antes indicadas, a efecto de acordar políticas y acciones para su desarrollo; e implementar mecanismos para la coordinación e integración sistemática de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de profesionales de la educación.
 
I.2 Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de este Instrumento en su presupuesto autorizado en el Ejercicio Fiscal 2020, con cargo a las claves presupuestarias.
I.3 Que sus representantes cuentan con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en los artículos 6 y 21 del Reglamento Interior de "LA SEP", así como en el Acuerdo Secretarial número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los Subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación 25 de enero de 2017.
I.4 Que para efectos del presente Instrumento señala como su domicilio el ubicado la calle de Brasil número 31, Oficina 306, Colonia Centro, C.P. 06029, Alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México.
II. De "LA AEFCM":
II.1 Que es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica y de gestión, teniendo por objeto el prestar los servicios de educación inicial, básica-incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de las maestras y los maestros de educación básica, en la Ciudad de México en términos de su Decreto de creación publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005.
II.2 Que con fecha 23 de octubre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, a través del cual se crea la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.
II.3 Que el Dr. Luis Humberto Fernández Fuentes cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente instrumento de conformidad con lo establecido en el artículo 5o. del Decreto referido en la declaración que antecede.
II.4 Que para los efectos del presente Instrumento señala como su domicilio el ubicado en República de Brasil número 31, oficina 124, Col. Centro, CP. 06020, Alcaldía Cuauhtémoc en la Ciudad de México.
LINEAMIENTOS
Primero.- Es objeto de este instrumento jurídico, establecer las bases conforme a las cuales "LA SES" apoyará a "LA AEFCM" con recursos públicos federales extraordinarios no regularizables correspondientes al Ejercicio Fiscal 2020, para la operación "PROFEXCE", en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, considerando la evaluación de la adecuación y proyectos del ProGEN y los ProFEN, de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y demás normatividad aplicable.
Segundo.- "LA SES", en cumplimiento al objeto de este instrumento jurídico y con base en su disponibilidad presupuestaria en el Ejercicio Fiscal 2020, aportará a "LA AEFCM", la cantidad de $7,894,044.78 (Siete millones ochocientos noventa y cuatro mil cuarenta y cuatro pesos 78/100 M.N.) para el desarrollo de los proyectos aprobados dentro del dictamen emitido en la evaluación de la adecuación y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, y de conformidad con lo dispuesto en "LAS REGLAS".
Los proyectos aprobados en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, se mencionan en el Anexo "A" de este instrumento jurídico, describiéndose asimismo los montos asignados para cada uno de ellos.
Tercero.- "LA SES" y "LA AEFCM" acuerdan que los recursos económicos de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN no podrán ser utilizados para el financiamiento de los gastos siguientes:
1. Pago de sueldos, sobresueldos, estímulos o compensaciones del personal académico y administrativo contratado por la escuela normal, por "LA AEFCM" y por "LA SES".
2. Contratación de personal académico, técnico y de apoyo para incorporarse a la escuela normal, sin excepción.
3. Desarrollo de cursos, talleres y demás actividades de carácter motivacional o cualquier otra ajena a los enfoques, propósitos y contenidos de los planes y programas de estudio de las licenciaturas en educación normal.
4. Entrega de reconocimientos especiales y cualquier tipo de obsequios a personal interno o externo, sin excepción.
5. Adquisición de vehículos para transporte de menos de 12 plazas (no automóviles particulares o SUV).
6. Pagos de inscripciones y colegiaturas para estudios de educación superior de programas que no pertenecen al PNP, padrón de posgrados de la DGESPE, Centros Regionales (Chiapas, Tamaulipas y Sonora) o que sus beneficiarios laboren en el plantel donde se impartirá el posgrado.
7. Otros fines distintos a los establecidos por "LAS REGLAS".
Cuarto.- "LOS OTORGANTES" acuerdan que los recursos autorizados para el EDINEN 2020 y 2021, no podrán ser ejercidos para el pago de los gastos de las Coordinaciones Estatales, de las Escuelas Normales Públicas, tales como:
·  Agua, Luz, Teléfono y Predial.
·  Servicios de fletes, maniobras y seguros de bienes patrimoniales.
·  Servicio de vigilancia.
·  Cualquier tipo de cargo o impuesto derivado por obligaciones fiscales.
·  Comisiones por manejo de cuentas bancarias o gastos de representación.
Quinto.- Para la coordinación de las acciones de la EDINEN 2020 y 2021 establecidas en este instrumento jurídico, "LA SES" designa a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación como responsable. Por su parte, "LA AEFCM", designa a la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio, como instancia coordinadora y responsable de la operación de la EDINEN 2020 y 2021 en la Ciudad de México.
Los responsables designados tendrán a su cargo el seguimiento de todas las acciones relacionadas con la emisión de informes de avances y resultados, el desarrollo, operación y demás establecidas en "LAS REGLAS" y en el presente instrumento.
Sexto.- "LA SES", en cumplimiento a este instrumento jurídico, se compromete a:
a) Definir los lineamientos y orientaciones generales para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del "PROFEXCE".
b) Asignar y distribuir los recursos financieros a "LA AEFCM" para los proyectos que hayan sido aprobados en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, el ProGEN y los ProFEN, considerando los montos asignados de conformidad con lo establecido en el Anexo "A" de este instrumento jurídico.
c) Presentar a las instancias correspondientes, en apego a "LAS REGLAS" y la normatividad vigente, los informes periódicos sobre el cumplimiento de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos, a fin de permitir establecer los criterios y aspectos a revisar para la actualización permanente de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, así como el impacto en las Escuelas Normales Públicas.
d) Difundir la información de los avances y el cumplimiento de metas de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en sus respectivos órganos oficiales de difusión: http://www.gob.mx/sep y en la página http://www.dgespe.sep.gob.mx
e) Conformar el Comité Evaluador para la evaluación de la adecuación y los proyectos integrales del ProGEN y el ProFEN en el marco de la EDINEN 2020 y 2021 con personal académico de prestigio que se rija bajo los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia, equidad y congruencia, dando así certeza sobre el correcto desarrollo de las tareas a realizar durante el proceso de evaluación.
f) Asegurar el objetivo fundamental del "PROFEXCE", a través del seguimiento, supervisión y monitoreo del desarrollo de dicho programa y su incidencia en el mejoramiento de las Escuelas Normales Públicas, de modo que se identifiquen los factores institucionales que favorezcan o dificulten su cumplimiento.
g) Supervisar que "LA AEFCM" reintegre a la Tesorería de la Federación, los recursos económicos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que no sean devengados, en los términos y plazos que establece la normatividad aplicable.
h) Integrar, analizar y concentrar los formatos establecidos para el cierre del ejercicio programático presupuestal, dicha información se remitirá en documentos y medios magnéticos a las instancias coordinadoras que lo soliciten, en los plazos y términos establecidos para tal fin; así como solicitar a "LA AEFCM" las aclaraciones a que haya lugar; en caso de que esta parte incumpla con la información, se notificará al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública.
i) Remitir a "LA AEFCM" el oficio de liberación Anexo 11C al momento que se concluyan al 100% las obras públicas y acciones comprometidas y se demuestre la aplicación correcta de los recursos.
j) Presentar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del "PROFEXCE", con base en lo establecido en el artículo 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, y
k) Resolver cualquier duda que se genere de la interpretación y aplicación de "LAS REGLAS".
Séptimo.- "LA AEFCM", en cumplimiento a este instrumento jurídico se obliga a:
a) Aceptar las disposiciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como en "LAS REGLAS".
b) Garantizar las condiciones organizativas, logísticas y operativas para la coordinación, desarrollo, seguimiento y evaluación del "PROFEXCE" en el Ciudad de México.
c) Entregar el recurso autorizado por "LA SES" a cada escuela normal para la ejecución de sus ProFEN, de acuerdo con los resultados del proceso de evaluación, transfiriéndolo en las cuentas bancarias previstas para tal fin.
d) Administrar y aplicar los recursos autorizados incluidos en el Anexo A de este instrumento jurídico para el desarrollo de los proyectos aprobados en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, el ProGEN y los ProFEN y de conformidad con "LAS REGLAS".
e) Supervisar el eficiente ejercicio de los recursos, atendiendo a los lineamientos y procedimientos establecidos en "LAS REGLAS", en el presente instrumento jurídico y en la normativa aplicable en la materia.
f) Cumplir en tiempo y forma con lo estipulado en este instrumento jurídico, y en los Convenios de Desempeño para el desarrollo de la EDINEN 2020 y 2021, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos.
g) Promover la integración de equipos de trabajo con las competencias requeridas para realizar, de manera sistemática y continua, actividades de planeación, actualización, capacitación, asesoría, seguimiento y evaluación para la implementación de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
h) Brindar apoyo y asesoría técnica a las escuelas normales, mediante la implementación de propuestas de formación continua, así como realizar visitas periódicas a fin de proporcionar recomendaciones, reflexionar sobre las dificultades y establecer estrategias que permitan avanzar en el cumplimiento de las metas académicas y programáticas establecidas en la EDINEN 2020 y 2021.
i) Signar convenios de desempeño institucional con las escuelas normales públicas beneficiadas, en los que se estipulen los compromisos que adquieren dichas instituciones para cumplir con las acciones y metas establecidas los proyectos integrales de sus ProFEN y a su contribución al cumplimiento de las correspondientes en los ProGEN y en el marco de la EDINEN 2020 y 2021, así como para el ejercicio y comprobación de los recursos asignados.
j) Informar a los directores de las escuelas normales sobre el recurso autorizado, así como el monto presupuestal programado el cual estará vigente durante un año a partir de la recepción por parte de la Autoridad Educativa Local de los mismos, además de garantizar el adecuado desarrollo de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN en la Ciudad de México, para asegurar su cumplimiento.
k) Establecer mecanismos efectivos que permitan difundir entre la sociedad los objetivos, características y avances en el cumplimiento de metas de la EDINEN 2020 y 2021, así como la información acerca de los beneficios obtenidos con el ejercicio de los recursos asignados.
l) Formular propuestas para mejorar el diseño y la operación del PROGRAMA.
m) Entregar en tiempo y forma a "LA SES" los informes trimestrales, los avances técnicos de las metas y reporte final del ejercicio de los recursos, y, sobre todo, del impacto en la EXCELENCIA EDUCATIVA de los proyectos y acciones apoyadas con recursos del "PROFEXCE".
n) Entregar en tiempo y forma a "LA SES" los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido, a nivel de capítulo y concepto de gasto, para dar cumplimiento a lo establecido en artículo 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; en caso de reportar retrasos en el cumplimiento de las metas previstas o irregularidades en el uso de los recursos económicos, se informará a "LA SES", sobre las medidas correctivas que aplicará y las estrategias de seguimiento que llevará a cabo para evitar futuras demoras o fallas en el ejercicio del presupuesto.
ñ) Entregar a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación una vez concluido el ejercicio de los recursos, el reporte de cierre, la documentación comprobatoria correspondiente en un plazo no mayor de dos meses.
o) Otorgar las facilidades para la realización de los procesos de seguimiento, supervisión y evaluación de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN que lleven a cabo o promuevan "LA SES", la Secretaría de la Función Pública u otra instancia de control y fiscalización federal, con competencia en la materia.
p) Verificar que para cada una de las obras de infraestructura terminadas con el presupuesto del "PROFEXCE", se elabore un acta-entrega, ésta formará parte del expediente de la obra y constituye la prueba documental que certifica su existencia.
q) Asegurar que en cada plantel educativo se dispongan de por lo menos 10 (diez) ejemplares de "LAS REGLAS" a fin de que la comunidad escolar esté en posibilidades de realizar su consulta.
r) Realizar las acciones de promoción para la integración, operación y seguimiento de la Contraloría Social, bajo el esquema validado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), de conformidad con las Reglas de Operación del Programa y con los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas Federales de Desarrollo Social vigentes, que permitan verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los Programas de Desarrollo Social, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los mismos.
s) Las demás establecidas en "LAS REGLAS".
Octavo.- La aplicación de los recursos, su comprobación y el logro de las metas compromiso establecidas en el Anexo "A", será responsabilidad de "LA AEFCM", de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y en este instrumento jurídico.
Noveno.- "LA SES" y "LA AEFCM" derivado del seguimiento sobre el desarrollo de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN y el uso transparente y eficaz de los recursos que se destinen al mismo, en su caso, podrán cancelar o suspender los apoyos programados cuando se detecte el incumplimiento de los compromisos establecidos en "LAS REGLAS", así como cuando ocurran las siguientes situaciones:
a) No se cumpla con las obligaciones pactadas en este instrumento jurídico y en los convenios de desempeño.
b) Incumplimiento en la entrega oportuna de los informes trimestrales y los avances técnicos de las metas, así como reportes del cierre de ejercicio de recursos.
c) Se detecten desviaciones en la ejecución de los proyectos autorizados y/o en la aplicación de los recursos correspondientes.
d) No ejerzan sus presupuestos de conformidad con las disposiciones aplicables, y
e) No proporcionen la información requerida por las diferentes instancias involucradas, en relación con el desarrollo de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo.- "LA SES" y "LA AEFCM" instrumentarán las estrategias pertinentes para la asesoría, seguimiento y evaluación de los procesos y resultados que permitan verificar los avances en el desarrollo y operación de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN, constatando la correcta aplicación de los recursos, los avances físicos, financieros y técnicos, la calidad de las obras, y de los proyectos, los resultados obtenidos para la integración y consolidación de un sistema de educación normal de buena calidad, así como el mejoramiento de los servicios educativos y de la gestión de las instituciones formadoras de las maestras y los maestros.
Décimo Primero.- "LA SES" y "LA AEFCM" establecerán los mecanismos de coordinación necesarios con los gobiernos estatales y municipales, así como con otras instancias del Gobierno de México, a fin de garantizar que el "PROFEXCE" no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones.
Décimo Segundo.- "LA SES", de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y en "LAS REGLAS"; realizará las distintas acciones de coordinación para llevar a cabo la evaluación externa del "PROFEXCE", de acuerdo con los indicadores establecidos y los niveles de cumplimiento en los objetivos y metas programados; para lo cual, se seleccionará mediante los procedimientos establecidos en la normatividad correspondiente, una institución académica y de investigación u organismo especializado, de carácter nacional, con reconocimiento académico y experiencia en la materia, con el propósito de evaluar la pertinencia, eficacia e impacto del "PROFEXCE" en las Escuelas Normales Públicas, y de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS".
Décimo Tercero.- "LA SES" y "LA AEFCM" darán todas las facilidades para que el "PROFEXCE" pueda ser revisado por la Secretaría de la Función Pública, por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Educación Pública y/o por auditores independientes contratados para tal efecto; por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por la Auditoría Superior de la Federación; y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes, apegándose a los términos y lineamientos definidos en "LAS REGLAS".
Décimo Cuarto.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 29 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 y con el propósito de fomentar la transparencia del "PROFEXCE", "LAS PARTES" se comprometen a incluir claramente, visible y audible en la publicidad que se adquiera para la difusión, en la papelería y documentación oficial, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Quien haga uso indebido de los recursos del "PROFEXCE" deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Décimo Quinto.- "LA SES" y "LA AEFCM" garantizarán la transparencia del ejercicio de los recursos económicos destinados al "PROFEXCE", instrumentando diversas acciones con el apoyo de sus respectivos medios de difusión páginas electrónicas: http://www.gob.mx/sep y http://www.dgespe.sep.gob.mx, mismos que permitan dar a conocer la información relativa al "PROFEXCE", en particular sobre los avances y cumplimiento de metas de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo Sexto.- El personal designado para la ejecución de las acciones derivadas del presente instrumento, mantendrá su actual relación laboral y, por lo tanto, continuará bajo la dirección de quien lo haya nombrado, no obstante que las actividades se realicen fuera de las instalaciones de cualquiera de "LOS OTORGANTES".
Décimo Séptimo.- "LA SES" y "LA AEFCM" recibirán las sugerencias, quejas o denuncias a través de las distintas dependencias, órganos, representaciones, medios electrónicos y canales oficiales establecidos en "LAS REGLAS", con el objeto de retroalimentar una eficiente y transparente operación de la EDINEN 2020 y 2021, y proyectos integrales del ProGEN y los ProFEN.
Décimo Octavo.- El incumplimiento por parte de "LA AEFCM" de los plazos señalados en "LAS REGLAS" o el uso indebido del presupuesto, tendrá un impacto desfavorable en las subsecuentes asignaciones de recursos del "PROFEXCE" a las Escuelas Normales Públicas de su competencia.
Décimo Noveno.- Los asuntos que no estén expresamente previstos en este instrumento, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de la interpretación y cumplimiento del mismo, se resolverán de común acuerdo y por escrito, conforme a las disposiciones de "LAS REGLAS" y, cualquier otra disposición aplicable.
Vigésimo.- "LOS OTORGANTES" estarán exentos de responsabilidad por los daños y perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial de los presentes Lineamientos, debido a caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas. En tales supuestos, "LOS OTORGANTES" podrán continuar las acciones materia de los lineamientos, una vez que desaparezcan las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.
Vigésimo Primero.- Los presentes lineamientos surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma y estarán vigentes durante un año a partir de la recepción por parte de la "AEFCM" de los recursos respectivos, en el entendido que sólo se refiere recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del Ejercicio Fiscal 2020, por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales. Podrá ser modificado de común acuerdo o concluido con antelación, en el marco de "LAS REGLAS" y la normatividad vigente aplicable, previa notificación que por escrito realice cualesquiera de "LOS OTORGANTES" con treinta días de anticipación; en este caso, "LA SES" y "LA AEFCM" tomarán las providencias necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de estos Lineamientos, se desarrollen hasta su total conclusión.
 
Enterados los otorgantes del contenido y alcance legal del presente instrumento jurídico, lo firman de conformidad en seis tantos, en la Ciudad de México, el día 1 de julio de 2020.- Por la SES: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, Mario Alfonso Chávez Campos.- Rúbrica.- Por la AEFCM: el Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Luis Humberto Fernández Fuentes.- Rúbrica.
ANEXO A QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, "LA SES" Y POR LA OTRA, LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, "LA AEFCM" CON FECHA DE 01 DE JULIO DEL 2020, PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA EDINEN, CORRESPONDIENTES AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2020.
No.
TIPO DE PROYECTO
NOMBRE DEL PROYECTO
MONTO
1
ProGEN 1
Proyecto Académico
1,797,963.00
2
ProGEN 2
Proyecto de Gestión
570,253.78
3
ProFEN
Benemérita Escuela Nacional de Maestros
1,253,491.00
4
ProFEN
Escuela Normal de Especialización
847,955.00
5
ProFEN
Escuela Nacional para Maestras de Jardines de Niños
1,044,184.00
6
ProFEN
Escuela Superior de Educación Física
886,483.00
7
ProFEN
Escuela Normal Superior de México
1,493,715.00
 
 
Total de la Entidad:
$7,894,044.78
 
(Siete millones ochocientos noventa y cuatro mil cuarenta y cuatro pesos
78/100 M.N.)
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este ANEXO A, lo firman en seis tantos originales, en la Ciudad de México, el 1 de julio de 2020.- Por la SES: el Subsecretario de Educación Superior, Francisco Luciano Concheiro Bórquez.- Rúbrica.- El Director General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, Mario Alfonso Chávez Campos.- Rúbrica.- Por la AEFCM: el Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, Luis Humberto Fernández Fuentes.- Rúbrica.
 

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