DOF: 05/03/2021
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias, susceptibles de recibir el trato arancelario preferencial, conforme al Tratado entre l

ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias, susceptibles de recibir el trato arancelario preferencial, conforme al Tratado entre los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos y Canadá.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.

Con fundamento en los artículos 34 fracciones I, y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracciones III, V, X, XII y XIII, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9 fracción III, 26, 27 y 29 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 29 de junio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias, susceptibles de recibir el trato arancelario preferencial, conforme al Tratado entre los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos y Canadá (Acuerdo).
Que con la finalidad de brindar apoyo a los exportadores que utilizan los cupos para exportar prendas de vestir de algodón o fibras artificiales o sintéticas (TPL1) y prendas de vestir de lana (TPL2), durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, y generar el uso oportuno de las cantidades designadas del mecanismo de Licitación Pública para cubrir los compromisos de los exportadores a los Estados Unidos de América; resulta necesario modificar la fecha en que se llevará a cabo el evento de Licitación Pública señalada en el Acuerdo.
Que en virtud de lo señalado y en cumplimiento a lo establecido por la Ley de Comercio Exterior, las disposiciones a las que se refiere el presente instrumento fueron sometidas a la consideración de la Comisión de Comercio Exterior y opinadas por la misma, por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS
DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR NO
ORIGINARIAS, SUSCEPTIBLES DE RECIBIR EL TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL, CONFORME
AL TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y
CANADÁ
Único.- Se modifica el tercer párrafo del Punto 2.3.1 y el Transitorio Noveno del Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos de exportación e importación de mercancías textiles y prendas de vestir no originarias, susceptibles de recibir el trato arancelario preferencial, conforme al Tratado entre los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos y Canadá, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio del 2020, para quedar como sigue:
"2.3.1 ...
...
El evento de licitación pública se llevará a cabo el segundo miércoles de marzo de cada año y las bases de la licitación pública se publicarán el primer viernes de febrero de cada año en el portal del SNICE a través de la página de internet www.snice.gob.mx y podrán ser consultadas en horario continuo.
TRANSITORIOS
Noveno. Posterior a la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Secretaría de Economía licitará el 31 de julio el cupo para el año 2020. Por lo que respecta a la asignación del cupo del año 2021, se licitará el segundo miércoles de marzo de 2021."
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2021.- La Secretaria de Economía, Tatiana Clouthier Carrillo.- Rúbrica.
 
 

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