alerta Si el documento se presenta incompleto en el margen derecho, es que contiene tablas que rebasan el ancho predeterminado. Si es el caso, haga click aquí para visualizarlo correctamente.
 
DOF: 13/05/2022
ACUERDO por el que se destina al servicio del Municipio de Bahía de Banderas, la superficie de 305

ACUERDO por el que se destina al servicio del Municipio de Bahía de Banderas, la superficie de 305.00 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, así como las obras existentes, consistentes en plazoleta, una jardinera, módulo de baños y regaderas, muro de mampostería, rampa de acceso y escalinatas, las cuales se autoriza rehabilitar, ubicada en la calle Coral, localidad de Sayulita, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, para uso de plazoleta con servicios y acceso público a la playa, sin autorización para realizar construcciones nuevas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción II, 6 fracciones II y IX, 7 fracción V, 9, 13, 42 fracción XIII, 59 fracción IV, 61, 62, 66, 68, 69, 70 y 71 de la Ley General de Bienes Nacionales; 5o, 6o, 22, 23 y 35 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; 4, 5 fracción XXV y 31 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación, se encuentra una superficie de 305.00 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, así como las obras existentes, consistentes en plazoleta, una jardinera, módulo de baños y regaderas, muro de mampostería, rampa de acceso y escalinatas, ubicada en la calle Coral, localidad de Sayulita, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, la cual se identifica en el plano de levantamiento topográfico con clave SEMARNAT, hoja destino playa A-SAY-03, elaborado a escala 1:250, en febrero de 2019, basado en un sistema de coordenadas UTM, zona 13, con un Datum de referencia WGS84, que obra en el expediente 517/NAY/2019 del archivo de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, cuya descripción técnico-topográfica está señalada en el artículo primero de este Acuerdo.
Que el Municipio de Bahía de Banderas, mediante solicitud recibida con fecha 6 de mayo de 2019, pidió se le destine la superficie señalada, así como autorización para rehabilitar las obras descritas en el considerando anterior, para uso de plazoleta con servicios y acceso público a la playa.
Que mediante oficio DUX/CONGRU/0039/2018 de fecha 6 de febrero de 2019, (sic) la Dirección de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, emitió constancia que acredita la compatibilidad del uso del suelo para la superficie solicitada en destino.
Que la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, emitió las opiniones técnicas 123/21 de fecha 7 de octubre de 2021, de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales y la SGPA-DGZFMTAC-DMIAC-319/2021 de fecha 15 de octubre de 2021, por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, por lo que determinó que la solicitud realizada por el Municipio de Bahía de Banderas, cumple técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.
Que en virtud de que el Municipio de Bahía de Banderas, conforme a los artículos 62 de la Ley General de Bienes Nacionales y 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar, ha integrado debidamente su solicitud de destino, y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se destina al servicio del Municipio de Bahía de Banderas, la superficie de 305.00 m2 de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, así como las obras existentes, consistentes en plazoleta, una jardinera, módulo de baños y regaderas, muro de mampostería, rampa de acceso y escalinatas, las cuales se autoriza rehabilitar, ubicada en la calle Coral, localidad de Sayulita, Municipio de Bahía de Banderas, Estado de Nayarit, para uso de plazoleta con servicios y acceso público a la playa, sin autorización para realizar construcciones nuevas, cuya descripción técnico-topográfica es la siguiente:
Cuadro de coordenadas de zona federal marítimo terrestre
V
COORDENADAS
X
Y
1
454580.1939
2308151.1076
2
454591.8830
2308134.8791
3
454585.3131
2308130.0084
4
454574.4767
2308146.9896
1
454580.1939
2308151.1076
Superficie: 152.63 m2
Cuadro de coordenadas terrenos ganados al mar
V
COORDENADAS
X
Y
5
454602.2514
2308120.1934
6
454594.7438
2308115.2300
3
454585.3131
2308130.0084
2
454591.8830
2308134.8791
5
454602.2514
2308120.1934
Superficie: 152.37 m2
SUPERFICIE TOTAL: 305.00
ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Acuerdo únicamente confiere al Municipio de Bahía de Banderas, el derecho de usar la superficie destinada al cumplimiento del objeto señalado en el artículo primero del presente instrumento, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Bienes Nacionales y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de las poligonales que integran la superficie destinada, podrán ser modificadas.
ARTÍCULO CUARTO.- En caso de que el Municipio de Bahía de Banderas, diera a la superficie de zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar que se destina, un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, o dejara de utilizarla o necesitarla, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, en el ámbito de sus atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil veintidós.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
tramites Normas Oficiales
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 28/03/2024

UDIS
8.112543

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

100

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024