CONVENIO Específico en materia de ministración de subsidios para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco.
CONVENIO-AFASPE-TAB/2022
CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE MINISTRACIÓN DE SUBSIDIOS PARA EL FORTALECIMIENTO DE ACCIONES DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. HUGO LÓPEZ GATELL RAMÍREZ, SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASISTIDO POR EL DR. RICARDO CORTÉS ALCALÁ, DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD; EL DR. CHRISTIAN ARTURO ZARAGOZA JIMÉNEZ, DIRECTOR DE INFORMACIÓN EPIDEMIOLÓGICA; LA MTRA. DIANA IRIS TEJADILLA OROZCO, SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL; EL DR. ARTURO GARCÍA CRUZ, SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; LA DRA. KARLA BERDICHEVSKY FELDMAN, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA; EL DR. RUY LÓPEZ RIDAURA, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA DRA. ALETHSE DE LA TORRE ROSAS, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA; Y EL DR. JOSÉ LUIS DÍAZ ORTEGA, DIRECTOR DE ATENCIÓN A LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR LA DRA. SILVIA GUILLERMINA ROLDÁN FERNÁNDEZ, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL C.P. SAID ARMINIO MENA OROPEZA, SECRETARIO DE FINANZAS, A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARÍA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante la suscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "EL EJECUTIVO ESTATAL" con "LA SECRETARÍA", en términos de los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO".
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efecto se celebren serán suscritos por LA DRA. SILVIA GUILLERMINA ROLDÁN FERNÁNDEZ, SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO Y EL C.P. SAID ARMINIO MENA OROPEZA, SECRETARIO DE FINANZAS por parte de "EL EJECUTIVO ESTATAL" y por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud por sí misma, o asistida por los titulares de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tiene adscritos, por parte de "LA SECRETARÍA".
III. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, tiene a cargo 25 Programas de Acción Específico, en lo sucesivo "LOS PROGRAMAS", los cuales contemplan acciones de promoción de la salud, prevención y control de enfermedades.
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1. Dr. Hugo López Gatell Ramírez, en su carácter de Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8, fracción XVI y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que se acredita con la copia fotostática del nombramiento, la cual se acompaña como parte del Anexo 1 de este instrumento.
I.2. La Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, entre otras atribuciones, le corresponde, proponer al Secretario de Salud las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud, de control de enfermedades, de salud mental, así como establecer las estrategias de ejecución, coordinación, dirección,
supervisión y evaluación de aquellas políticas aprobadas por el Secretario de Salud; además, coordinar el desarrollo de los centros nacionales de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de Equidad de Género y Salud Reproductiva y para la Prevención y Control del VIH/SIDA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.
I.3. Las Direcciones Generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, así como los Secretariados Técnicos de los Consejos Nacionales de Salud Mental y para la Prevención de Accidentes, son unidades administrativas de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, apartado B, fracciones XII, XVII Bis, XIX y XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 28, 32 Bis 2, 35 y 35 Bis 2 del citado Reglamento; asimismo los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, son órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 2, apartado C, fracciones II, VII, VIII y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, con las atribuciones que se contienen en los artículos 36, 37, 38, 40, 45, 46 y 47 del citado Reglamento, todos ellos adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de conformidad con el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2020, cuyos titulares se encuentran plenamente facultados para suscribir el presente Convenio Específico y acreditan sus cargos mediante sus respectivos nombramientos que en copia fotostática se acompañan como parte del Anexo 1 del presente instrumento. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, a las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, les corresponde, entre otras atribuciones, proponer las políticas y estrategias nacionales de los programas de prevención de enfermedades y promoción de la salud; participar en el ámbito de sus respectivas competencias en la instrumentación del Sistema de Protección Social en Salud; promover la celebración de acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas; establecer los procedimientos para la instrumentación y operación de la Estrategia de Prevención y Promoción de la Salud; y proponer o definir los mecanismos que permitan el control en el suministro y la distribución oportuna, suficiente y de calidad del material y los insumos utilizados en "LOS PROGRAMAS".
I.4. Cada una de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados adscritos a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, cuentan con la disponibilidad presupuestaria correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento, de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022.
I.5. Para los efectos del presente Convenio Específico se señala como domicilio el ubicado en la calle de Homero número 213, Colonia Chapultepec Morales, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11570, en Ciudad de México.
II. "EL EJECUTIVO ESTATAL" declara que:
1. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Artículos 2, 5, 12 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, 2 Y 10 del reglamento interior de la Secretaría de Finanzas del Estado de Tabasco, por lo que queda plenamente facultado para suscribir el presente instrumento jurídico, cargo que queda debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjunta al presente convenio.
2. Que la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 51 fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Artículos 3, 5, 9 fracción VIII, fracción X, 25 párrafo primero, y 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, que tiene entre otras atribuciones la del estudio trámite y resolución de los asuntos competencia de la Secretaría, así como el ejercicio que determinen las disposiciones legales aplicable conforme a los artículos 8 y 9 del reglamento interior de la Secretaría de Salud y el artículo 10 de la ley de Salud del Estado de Tabasco.
3. Así como los numerales 1, 2, 9, 10 fracción XII del Decreto de creación 213 de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco de fecha 18 de Febrero de 1997 cargo que queda debidamente acreditado
con la copia del nombramiento que se adjunta al presente convenio.
4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son proponer, coordinar y supervisar la política en materia de asistencia social, apoyar los programas de Servicios de Salud, Atención Médica Social, Prevención de Enfermedades y poner en vigor las medidas necesarias para luchar contra las enfermedades transmisibles, no transmisibles y otros daños a la salud, de conformidad con lo establecido en los artículos 2,4,5,6,31 y 32 de la Ley de Salud del Estado de Tabasco y en base a los artículos 1,2,3,9 y 13 de la Ley General de Salud.
5. Que para los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Avenida Paseo Tabasco No.1504 Centro Administrativo de Gobierno, Tabasco 2000, Villahermosa, Tabasco, C.P. 86035.
Expuesto lo anterior, toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74 y 75, que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios, serán responsables en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, así como que dichas ministraciones se sujeten a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicha Ley se señalan, "LAS PARTES" celebran el presente Convenio Específico al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico tiene por objeto ministrar recursos presupuestarios federales, en carácter de subsidios, así como insumos federales a "EL EJECUTIVO ESTATAL" para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en términos de lo previsto en los artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", que comprende la realización de intervenciones para el cumplimiento de metas de cada uno de ellos, a fin de contribuir con la "EL EJECUTIVO ESTATAL" a su adecuada instrumentación, así como fortalecer la integralidad de las acciones de Prevención y Promoción de la Salud.
En los Anexos 2, 3 y 5 del presente instrumento, se mencionan "LOS PROGRAMAS" en los que deberán aplicarse los subsidios y en el Anexo 4 se precisan los Programas-Indicadores-Metas que buscan "EL EJECUTIVO ESTATAL" y "LA SECRETARÍA", anexos que debidamente firmados por "LAS PARTES" que forman parte integral del mismo.
La ministración de recursos federales que efectúe "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" se realizará conforme a la tabla siguiente:
NO. | UNIDAD RESPONSABLE/PROGRAMA DE ACCIÓN | CLAVE DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO | MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos) |
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES | INSUMOS FEDERALES | TOTAL |
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | U008 | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
S u b t o t a l | | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL |
1 | Salud Mental y Adicciones | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 1 | Salud Mental | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 2 | Adicciones | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
S u b t o t a l | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES |
1 | Seguridad Vial | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
S u b t o t a l | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA |
1 | Atención a Emergencias en Salud | U009 | 440,646.00 | 0.00 | 440,646.00 |
| 1 | Emergencias | U009 | 278,562.00 | 0.00 | 278,562.00 |
| 2 | Monitoreo | U009 | 162,084.00 | 0.00 | 162,084.00 |
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio | P018, U009 | 1,654,077.00 | 78,345.00 | 1,732,422.00 |
S u b t o t a l | | 2,094,723.00 | 78,345.00 | 2,173,068.00 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA |
1 | VIH y otras ITS | P016 | 1,492,054.00 | 8,334,005.16 | 9,826,059.16 |
2 | Virus de Hepatitis C | P016 | 439,578.00 | 0.00 | 439,578.00 |
S u b t o t a l | | 1,931,632.00 | 8,334,005.16 | 10,265,637.1 6 |
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA |
1 | Salud Sexual y Reproductiva | P020 | 16,398,181.37 | 0.00 | 16,398,181.3 7 |
| 1 | SSR para Adolescentes | P020 | 2,947,736.00 | 0.00 | 2,947,736.00 |
| 2 | PF y Anticoncepción | P020 | 3,890,875.57 | 0.00 | 3,890,875.57 |
| 3 | Salud Materna | P020 | 4,273,458.50 | 0.00 | 4,273,458.50 |
| 4 | Salud Perinatal | P020 | 2,648,823.30 | 0.00 | 2,648,823.30 |
| 5 | Aborto Seguro | P020 | 715,206.00 | 0.00 | 715,206.00 |
| 6 | Violencia de Género | P020 | 1,922,082.00 | 0.00 | 1,922,082.00 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | P020 | 1,334,668.42 | 6,091,997.12 | 7,426,665.54 |
3 | Igualdad de Género | P020 | 601,714.00 | 0.00 | 601,714.00 |
S u b t o t a l | | 18,334,563.79 | 6,091,997.12 | 24,426,560.9 1 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
2 | Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos | U009 | 785,271.00 | 0.00 | 785,271.00 |
| 1 | Paludismo | U009 | 210,054.00 | 0.00 | 210,054.00 |
| 2 | Enfermedad de Chagas | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 3 | Leishmaniasis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 4 | Intoxicación por Artrópodos | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 5 | Dengue | U009 | 575,217.00 | 0.00 | 575,217.00 |
| 6 | Vigilancia Post Oncocercosis | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
4 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | U009 | 105,453.00 | 0.00 | 105,453.00 |
5 | Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
6 | Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | U008 | 3,168,564.00 | 0.00 | 3,168,564.00 |
8 | Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento | U008 | 128,958.00 | 0.00 | 128,958.00 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | U009 | 67,986.00 | 0.00 | 67,986.00 |
10 | Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
S u b t o t a l | | 4,256,232.00 | 0.00 | 4,256,232.00 |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA |
1 | Vacunación Universal | E036 | 625,998.00 | 47,216,271.20 | 47,842,269.2 0 |
2 | Atención a la Salud de la Adolescencia | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
4 | Diagnóstico y tratamiento oportuno de cáncer en menores de 18 años | | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
S u b t o t a l | | 625,998.00 | 47,216,271.20 | 47,842,269.2 0 |
Total de recursos federales a ministrar a "EL EJECUTIVO ESTATAL" | | 29,366,278.79 | 61,720,618.48 | 91,086,897.2 7 |
La ministración de recursos presupuestarios federales que realice "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" se hará considerando la estacionalidad del gasto y, en su caso, el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Dicha ministración se hará una vez que se haya formalizado el presente instrumento jurídico y cualquier otro documento que sea necesario para la operación de cualquiera de "LOS PROGRAMAS".
Los recursos presupuestarios federales otorgados a "EL EJECUTIVO ESTATAL" se considerarán devengados para "LA SECRETARÍA", a partir de que ésta realice la entrega de los mismos al Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", no así para "EL EJECUTIVO ESTATAL".
Cuando la entrega sea de insumos "LA SECRETARÍA" realizará esta en "EL EJECUTIVO ESTATAL" según su necesidad y disponibilidad; dichos insumos pasarán a custodia de "EL EJECUTIVO ESTATAL" hasta su destino final, debiendo comprobarse en términos de la normativa aplicable.
SEGUNDA.- MINISTRACIÓN.- Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LA SECRETARÍA", con cargo a su presupuesto, ministrará a "EL EJECUTIVO ESTATAL", recursos federales con el carácter de subsidios, hasta por la cantidad de $91,086,897.27 (NOVENTA Y UN MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 27/100 M.N), para la realización de las intervenciones y el cumplimiento de las metas que contemplan "LOS PROGRAMAS".
Los recursos presupuestarios federales por un monto de $29,366,278.79 (VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS 79/100 M.N), se radicarán al Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en forma previa a la entrega de los recursos, en la institución de crédito bancaria que la misma determine, informando de ello a "LA SECRETARÍA". Los recursos presupuestarios a que se hace alusión, se ministrarán conforme al calendario establecido en el Anexo 3 del presente instrumento. Será requisito indispensable que "LA SECRETARIA" cuente con el original del presente Convenio, debidamente suscrito y el registro de la cuenta bancaria en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
La Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL" se obliga a ministrar los recursos a que se refiere el párrafo anterior a la Unidad Ejecutora, junto con los rendimientos financieros que se generen en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca para tal efecto, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, contados a partir de que "LA SECRETARÍA" le radique dichos recursos, de conformidad con "EL ACUERDO MARCO".
Para efectos de este Convenio Específico se entenderá como Unidad Ejecutora a la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
Los recursos presupuestarios federales ministrados, que después de radicados en el Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos de este Convenio, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, debiendo "EL EJECUTIVO ESTATAL" proceder a su reintegro junto con sus rendimientos financieros al Erario Federal (Tesorería de la Federación), dentro de los 15 días naturales siguientes en que lo requiera "LA SECRETARÍA". Dicho reintegro aplicará también en aquellos casos en que los recursos sean desviados para propósitos distintos a los autorizados en el presente instrumento.
Los insumos federales que suministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", por un monto total de $61,720,618.48 (SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO PESOS 48/100 M.N), serán entregados directamente a la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
Los insumos federales que no sean destinados en tiempo y forma a "LOS PROGRAMAS" señalados en el Anexo 5 de este Convenio Específico, serán considerados por "LA SECRETARÍA" como recursos ociosos, por lo que las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrán solicitar su devolución para reasignarlos.
"LAS PARTES" convienen expresamente que los recursos presupuestarios federales e insumos federales otorgados en el presente Convenio Específico, no son susceptibles de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de ministraciones posteriores en el ejercicio en curso, ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo a la Federación para complementar la infraestructura y el equipamiento que pudiera derivar del objeto del presente instrumento, ni de operaciones inherentes a las obras y equipamientos, ni para cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados "LA SECRETARÍA" y "EL EJECUTIVO ESTATAL" convienen en sujetarse a lo siguiente:
1. "LA SECRETARÍA" verificará, por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", que los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, sean destinados para fortalecer la integralidad de las acciones de prevención y promoción de la salud de "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
2. Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que "LA SECRETARÍA" se compromete a ministrar y suministrar, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables y de acuerdo con el calendario que para tal efecto se establezca.
3. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", podrá controlar, vigilar, supervisar, dar seguimiento y evaluar en todo momento las obligaciones que asume "EL EJECUTIVO ESTATAL" así como la aplicación y destino de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se le entregan en el marco del presente instrumento.
4. "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de "LOS PROGRAMAS", aplicará las medidas que procedan de acuerdo con la normativa vigente y, en su caso, suspenderá o cancelará las subsecuentes ministraciones de recursos presupuestarios federales, cuando éstos no hayan sido aplicados por "EL EJECUTIVO ESTATAL", para los fines objeto del presente Convenio Específico, o bien, se hayan aplicado en contravención a sus cláusulas o a las de "EL ACUERDO MARCO".
5. "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", practicará, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión a efecto de observar los avances de "LOS PROGRAMAS". "EL EJECUTIVO ESTATAL" queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto que se obtenga del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, en adelante, "SIAFFASPE", así como a exhibir la documentación comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL", "LA SECRETARIA" ha implementado el "SIAFFASPE", como una herramienta informática, utilizada para apoyar la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados a la "EL EJECUTIVO ESTATAL".
CUARTA. INDICADORES Y METAS.- Los recursos federales que ministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", se aplicarán en "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera del presente instrumento, a fin de contribuir a alcanzar las metas con base en los indicadores que se establecen en el Anexo 4 del presente instrumento.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos federales que ministre y suministre, respectivamente, "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL", serán destinados, ejercidos y aplicados en forma exclusiva en las intervenciones y cumplimiento de metas de acuerdo a los indicadores que contemplan "LOS PROGRAMAS", en términos de lo estipulado en la Cláusula Primera de este Instrumento.
Los recursos presupuestarios federales, a que refiere el párrafo anterior, deberán ser ejercidos con cargo a las partidas de gasto autorizadas por las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", a través del "SIAFFASPE", en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) y conforme a la disposiciones jurídicas federales en materia de ejercicio y ejecución del gasto.
Los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico no podrán desviarse hacia cuentas en las que "EL EJECUTIVO ESTATAL" maneje otro tipo de recursos ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
Las contrataciones de personal que realice "EL EJECUTIVO ESTATAL" con los recursos presupuestarios federales que se ministren con motivo de la celebración de este Convenio Específico, se deberán realizar aplicando los perfiles contenidos en el Catálogo Sectorial de Puestos vigente, las disposiciones administrativas de contratación de personal que establezca la Dirección General de Recursos Humanos de "LA SECRETARÍA" y los aspectos técnicos que para la operación de "LOS PROGRAMAS" se establezcan en el "SIAFFASPE".
SEXTA. ALINEACIÓN Y REGISTRO DE RECURSOS DE OTRAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO.- La información de los recursos presupuestarios del Ramo 33, Aportación Estatal, y otra, así como los del Instituto de Salud para el Bienestar, ANEXO 4- INSUMOS y Fondo de Salud para el Bienestar, a que hace referencia el APÉNDICE del presente Convenio, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente Convenio correspondientes al Ramo 12, por lo que la información registrada en el "SIAFFASPE", por "EL EJECUTIVO ESTATAL", será para efectos de alineación y evaluación de la eficacia y eficiencia de los programas, en este sentido la aplicación, ejercicio y comprobación de estos recursos, serán responsabilidad de quienes tienen a su cargo dichas fuentes de financiamiento y de la Entidad Federativa que aplica y comprueba dichos recursos.
SÉPTIMA. DOCUMENTOS PARA EL EJERCICIO Y COMPROBACIÓN DE RECURSOS.- Los requisitos y especificaciones para el ejercicio y comprobación de recursos ministrados a través del presente Convenio, establecidos en los Criterios para la Contratación de Personal con Recursos del Ramo 12, 2022, Criterios para la Contratación de Servicios Integrales para llevar a cabo reuniones de trabajo y talleres en línea para la operación de los Programas de Acción Específicos, 2022; así como en los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2022, registrados en el "SIAFFASPE", son de carácter obligatorio para "LAS PARTES" y forman parte integrante del presente instrumento.
OCTAVA. GASTOS ADMINISTRATIVOS.- "LAS PARTES" convienen en que los gastos administrativos que deriven del cumplimiento del presente instrumento jurídico, deberán ser realizados por "EL EJECUTIVO ESTATAL" con cargo a sus recursos propios.
NOVENA. OBLIGACIONES DE "EL EJECUTIVO ESTATAL".- "EL EJECUTIVO ESTATAL", adicionalmente a las obligaciones establecidas en "EL ACUERDO MARCO", deberá:
I. Registrar en el Módulo de Presupuesto-Registro de la Recepción, del "SIAFFASPE", dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de los recursos ministrados por "LA SECRETARÍA", objeto del presente Convenio, el archivo electrónico, en formato PDF, el recibo del Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI, con el cual acredite la recepción de dichos recursos.
II. Aplicar la totalidad de los recursos presupuestarios federales e insumos federales a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, exclusivamente para coordinar su participación con "LA SECRETARÍA", en la ejecución de "LOS PROGRAMAS", con estricta sujeción a los índices, indicadores y metas señalados en el Anexo 4 del presente instrumento, por lo que se hace responsable del ejercicio, uso, aplicación y destino de los citados recursos federales.
III. Entregar a "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados que tienen a cargo cada uno de "LOS PROGRAMAS", los certificados del gasto que se obtengan del "SIAFFASPE", respecto de la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados, así como de los reintegros a la Tesorería de la Federación que realice "EL EJECUTIVO ESTATAL", elaborados y validados por el titular de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, o por aquel servidor público en quien éste delegue dichas funciones, conforme a la normativa aplicable en "EL EJECUTIVO ESTATAL".
IV. Obtener la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio Específico, la cual deberá estar a nombre de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco y cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como con los requisitos que establezcan los Criterios para la Comprobación del Gasto, 2022 señalados en el "SIAFFASPE". Dicha documentación comprobatoria se deberá cancelar con la leyenda "Operado", y se identificará con el nombre de "LOS PROGRAMAS" en los que se haya efectuado el gasto, haciéndose mención expresa a que dichas erogaciones corresponden al ejercicio fiscal 2022.
V. Registrar en el Módulo de Registro de Comprobaciones del "SIAFFASPE", en formato PDF, la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, que soporte los certificados del gasto, generados a través del "SIAFFASPE", que se entreguen a las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados.
VI. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco por lo menos 5 años posteriores a su expedición, la documentación comprobatoria original de carácter técnico, administrativo y operativo del cumplimiento de las metas a que hace referencia el Anexo 4 del presente instrumento y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
VII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, por lo menos 5 años a partir de la fecha de su expedición, la documentación comprobatoria y justificatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
VIII. Mantener bajo su custodia, a través de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, la documentación comprobatoria original de los insumos federales suministrados, así como aquella que soporte su debida aplicación, entendiéndose por ésta, a la entrega de dichos insumos que realiza la unidad ejecutora a los Establecimientos de Salud que correspondan, hasta en tanto dicha documentación le sea requerida por "LA SECRETARÍA" y, en su caso, proporcionarla cuando ésta le sea requerida por "LA SECRETARÍA", por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o las instancias de fiscalización federales que correspondan, así como la información adicional que éstas últimas llegaran a requerirle.
IX. Informar a "LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del "SIAFFASPE", y con los requisitos solicitados en dicho Módulo, dentro de los 20 días hábiles siguientes a la terminación de los dos primeros trimestres del ejercicio fiscal 2022, sobre:
a. El avance del ejercicio de los recursos ministrados financieros ministrados a "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalando el nombre del Programa al que se destinan los recursos, monto de los recursos programados, ministrados comprometidos, ejercidos, reintegrados a la TESOFE y por ejercer.
b. El avance en el suministro y destino de los insumos/bienes enviados a "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalando el nombre del Programa, índice, descripción del bien/descripción complementaria, fuente de financiamiento, cantidad programada, costo total estimado, cantidad real ministrada, costo total real, porcentaje de avance suministrado, pendiente por suministrar, cantidad real aplicada, porcentaje de avance aplicado y por aplicar.
c. El avance de indicadores, señalando el nombre del programa, índice, actividad general, indicador, frecuencia de medición, medición de avance, meta, meta programada, presupuesto, meta realizada y porcentaje de avance.
X. Registrar en el Módulo "Rendición de Cuentas-Informes Trimestrales de Insumos/Bienes" del "SIAFFASPE", la documentación comprobatoria que soporte la aplicación de los insumos federales suministrados, a que hace referencia la fracción VIII de la presente Cláusula.
XI. Reportar de manera oportuna y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, los datos para el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como para los sistemas de información específicos establecidos por las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, el secretariado técnico del consejo nacional de Salud Mental y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y el Control del VIH/SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
XII. Manejar adecuadamente el ciclo logístico para la conservación y distribución oportuna de los insumos federales que se le suministren con motivo de este instrumento.
XIII. Mantener en condiciones óptimas de operación, los sistemas de red de frío para el mantenimiento de los insumos y vigilar la vigencia de los insumos federales suministrados de aplicación directa a la población de su circunscripción territorial, evitando la caducidad de los mismos.
XIV. Verificar que todos los procedimientos referentes a la remodelación, modificación, ampliación y equipamiento de los laboratorios de referencia epidemiológica que se realicen en "EL EJECUTIVO ESTATAL" cumplan con lo dispuesto por las leyes, reglamentos, decretos, circulares y normas de las autoridades competentes en materia de salubridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal.
XV. Registrar como activos fijos, los bienes muebles que serán adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento, de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia de ejercicio, registro y contabilidad del gasto público gubernamental.
XVI. Registrar en su contabilidad los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico, una vez devengados conforme al avance del ejercicio e informar de ello en la cuenta pública de la Hacienda Pública Estatal y en los demás informes que le sean requeridos, sin que por ello pierdan su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación se sujetará a las disposiciones federales aplicables.
XVII. Contratar con recursos de "EL EJECUTIVO ESTATAL", y mantener vigentes las pólizas de seguros y de mantenimientos preventivo y correctivo de los bienes muebles, que cubran el valor de los que sean adquiridos con cargo a los recursos presupuestarios federales objeto de este instrumento.
XVIII. Contratar los recursos humanos calificados para la consecución de las intervenciones de "LOS PROGRAMAS" y, en su caso, proporcionarles las facilidades, viáticos y transportación para la asistencia a los cursos de capacitación, entrenamiento o actualización que señalen las direcciones generales de Promoción de la Salud y de Epidemiología, el secretariado técnico del consejo nacional de Salud Mental y por los centros nacionales de Equidad de Género y Salud Reproductiva; de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; para la Prevención y Control de VIH/ SIDA y para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, con cargo a los recursos federales que se ministren con motivo del presente Convenio, con apego a los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, o bien, con cargo a los recursos de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco de "EL EJECUTIVO ESTATAL" de acuerdo con lo que para tal efecto se señale en el "SIAFFASPE".
XIX. Mantener actualizados los indicadores de desempeño, así como evaluar los resultados que se obtengan con los mismos.
XX. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de las metas para las que se destinan los recursos federales ministrados.
XXI. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "EL EJECUTIVO ESTATAL".
XXII. Publicar el presente Convenio Específico en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
XXIII. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que le serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
XXIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a los plazos y requisitos previstos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
XXV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales ministrados por "LA SECRETARÍA", e informar trimestralmente a cada Unidad Administrativa u Órgano Desconcentrado que corresponda, los rendimientos financieros generados, así como el depósito que de estos se haya realizado a dicha Tesorería, adjuntando los estados de cuenta bancarios correspondientes, así como informar a las diferentes instancias fiscalizadoras, cuando así lo requieran, el monto y fecha de dichos reintegros.
La autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales erogados a que se refiere la fracción VI de esta Cláusula, será responsabilidad de la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
DÉCIMA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARÍA".- "LA SECRETARÍA", por conducto de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de cada uno de "LOS PROGRAMAS", estará obligada a:
I. Ministrar los recursos presupuestarios federales a el Secretaría de Finanzas de "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento de conformidad con el Anexo 3 de este Convenio Específico.
II. Suministrar los insumos federales a la Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco de "EL EJECUTIVO ESTATAL", señalados en la Cláusula Primera del presente instrumento, de conformidad con lo establecido y detallado en el Anexo 5 de este Convenio Específico.
III. Verificar que los recursos presupuestarios federales e insumos federales que se ministren y suministren, respectivamente, no permanezcan ociosos y que sean destinados únicamente para "LOS PROGRAMAS" a que se refiere la Cláusula Primera de este Convenio Específico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias de fiscalización federales.
IV. Abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos, convenios o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "EL EJECUTIVO ESTATAL" para cumplir con el objeto para el cual serán destinados los recursos presupuestarios federales ministrados.
V. Proporcionar la asesoría técnica necesaria a "EL EJECUTIVO ESTATAL" a fin de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, en los tiempos y para la prestación de los servicios relacionados con las materias de salubridad general.
VI. Practicar, cuando lo considere necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales serán coordinadas por la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud conforme al calendario que para tal efecto se establezca, como mecanismo para asegurar la aplicación de los recursos federales ministrados y el cumplimiento del objeto del presente instrumento, sin perjuicio de que las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados puedan realizar visitas de supervisión o reuniones de seguimiento.
VII. Aplicar, las medidas que procedan de acuerdo con la normativa aplicable e informar, a través de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoria Superior de la Federación, a la Secretaría de la Contraloría estatal o equivalente de "EL EJECUTIVO ESTATAL", así como a la Dirección General de Programación y Presupuesto de "LA SECRETARÍA" y, ésta a su vez, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los casos en que: a) Se determine suspender o cancelar la ministración de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio y b) Se reintegre a la Tesorería de la Federación los recursos federales que se hayan ministrados a "EL EJECUTIVO ESTATAL".
VIII. Informar en la cuenta pública de la Hacienda Pública Federal y en los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales suministrados con motivo del presente Convenio Específico.
IX. Dar seguimiento trimestralmente, en coordinación con "EL EJECUTIVO ESTATAL", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento, mediante los formatos que se generan a través del Módulo Informes Trimestrales del "SIAFFASPE", a que hace referencia la fracción IX de la Cláusula Novena del presente instrumento.
X. Realizar, en el ámbito de su competencia, el control, vigilancia, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e insumos federales que en virtud de este instrumento serán ministrados y suministrados, respectivamente, a "EL EJECUTIVO ESTATAL" de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal, lo anterior, sin perjuicio de las acciones de verificación, control, evaluación y fiscalización a que hace referencia la Cláusula Décima Primera del presente instrumento.
XI. Con base en el seguimiento de las metas de los indicadores y en los resultados de las evaluaciones realizadas, establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos presupuestarios federales e insumos federales.
XII. Emitir a más tardar el 15 de marzo de 2023, mediante el formato que se obtenga a través del "SIAFFASPE", el Acta de Conciliación de Insumos. Dicha Acta se generará, siempre y cuando existan diferencias entre las cantidades de insumos e importes programados en el último convenio modificatorio del presente ejercicio fiscal y los insumos ministrados por las Unidades Administrativas y/o Órganos Administrativos Desconcentrados a las entidades federativas, conforme a las remisiones y/o los documentos oficiales con los que se acredite la entrega de insumos.
XIII. Emitir, a través del SIAFFASPE, el Acta de Cierre de Presupuesto, una vez que la "EL EJECUTIVO ESTATAL", haya concluido con la comprobación de los recursos ejercidos y, en su caso, con el reintegro de los no comprobados, en los plazos señalados en el presente instrumento.
XIV. Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a la Auditoría Superior de la Federación.
XV. Publicar el presente Convenio Específico en el Diario Oficial de la Federación.
XVI. Difundir en su página de Internet "LOS PROGRAMAS" financiados con los recursos que serán ministrados mediante el presente instrumento, incluyendo los avances y resultados físicos y presupuestarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
DÉCIMA PRIMERA. ACCIONES DE CONTROL, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales e insumos que ministre "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente instrumento no pierden su carácter federal, por lo que el control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación, corresponderá a "LA SECRETARÍA", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como a las instancias de fiscalización federales que correspondan en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación que, en coordinación con las instancias de fiscalización federales, realicen los órganos de fiscalización de "EL EJECUTIVO ESTATAL" y se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones jurídicas vigentes en materia del ejercicio del gasto público federal.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación, demanda o sanción, que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrán en vigor hasta el 31 de mayo de 2022.
DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "EL EJECUTIVO ESTATAL".
En caso de contingencias para la realización de "LOS PROGRAMAS" previstos en este instrumento, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas necesarias que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas acordadas serán formalizadas mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio Específico podrá rescindirse administrativamente en su totalidad, o bien, de forma parcial, por cada una de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados en lo concerniente a "LOS PROGRAMAS" que les corresponda, por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DÉCIMA SÉPTIMA. - OBLIGATORIEDAD DEL ACUERDO MARCO.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio Específico, "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente instrumento como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado a los un días del mes de marzo de dos mil veintidós.
ANEXO 1
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "LA SECRETARÍA"
1 | Dr. Hugo López Gatell Ramírez | Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud |
2 | Dr. Ricardo Cortés Alcalá | Director General de Promoción de la Salud |
3 | Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez | Director de Información Epidemiológica |
4 | Mtra. Diana Iris Tejadilla Orozco | Secretaria Técnica del Consejo Nacional De Salud Mental |
5 | Dr. Arturo García Cruz | Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes |
6 | Dra. Karla Berdichevsky Feldman | Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva |
7 | Dr. Ruy López Ridaura | Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades |
8 | Dra. Alethse De La Torre Rosas | Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA |
9 | Dr. José Luis Díaz Ortega | Director de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia |
Copias fotostáticas simples de los nombramientos de los titulares de "EL EJECUTIVO ESTATAL"
1 | Dra. Silvia Guillermina Roldán Fernández | Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco |
2 | C.P. Said Arminio Mena Oropeza | Secretario de Finanzas |
C. Hugo López Gatell Ramírez,
Presente.
Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, he tenido a bien nombrarlo Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.
Rúbrica.
Ciudad de México, a 1 de diciembre de 2018.
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-003/2019
DR. RICARDO CORTÉS ALCALÁ
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XII, 7, fracciones XXIV y XXV y 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle
DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito a la Dirección General de Promoción de la Salud.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de febrero de 2019.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. DD-009/2019
Código 12-316-1-M1C019P-0000069-E-X-K
C. CHRISTIAN ARTURO ZARAGOZA JIMENEZ
P r e s e n t e
Con fundamento en el artículo 29 Fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con el artículo 2, fracción XI, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y conforme a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 4, 6 fracción II, 8, 10, 53, 61 de la Ley de Seguridad Nacional, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle
DIRECTOR DE INFORMACIÓN EPIDEMIOLÓGICA
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de Designación Directa, rango de Dirección de Área, adscrito a la Dirección General de Epidemiología.
Al aceptar la encomienda, Usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
México, D.F. a 16 de abril de 2019.
DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
Rúbrica.
LIC. ANALI SANTOS AVILES
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. C-007/2022
Código 12-313-1-M1C029P-0000029-E-C-A
MTRA. DIANA IRIS TEJADILLA OROZCO
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 4 y 33 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 5, fracción II, inciso a), 6 y 41 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 2, apartado B, fracción XIX, 7, fracción XXIV y 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; me permito hacer de su conocimiento que, a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla
SECRETARIA TÉCNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de carrera titular, rango de Dirección General, adscrita al Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud Mental.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de enero de 2022.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-039/2017
Dr. Arturo García Cruz
P r e s e n t e
Con fundamento en los artículos 2, apartado B, fracción XXI y 7, fracciones XXIV y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162, del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarle
TITULAR DEL SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA
PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, código 12-315-1-M1C026P-0000015-E-L-C, adscrito al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 1 de abril de 2017.
"Mérito e Igualdad de Oportunidades"
El Secretario de Salud
Rúbrica.
Dr. José Ramón Narro Robles
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-007/2019
Código 12-L00-1-M1C029P-0000058-E-L-V
DRA. KARLA BERDICHEVSKY FELDMAN
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción II, 7, fracciones XV, XXIV y XXV y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y
SALUD REPRODUCTIVA
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en
el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de mayo de 2019.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD- 014/2018
Código 12-O00-1-CFKC002-0000080-E-L-4
DR. RUY LÓPEZ RIDAURA
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción VII, 7, fracciones XV, XXIV y XXV y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como en los numerales 152, fracción I, inciso b), subinciso ii y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarlo
DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS
PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Dicha designación se formula con el carácter de servidor público de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2018.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD
Nombramiento No. LD-009/2019
Código 12-K00-1-M1C029P-0000041-E-L-C
DRA. ALETHSE DE LA TORRE ROSAS
P R E S E N T E.
Con fundamento en los artículos 2, apartado C, fracción VIII, 7, fracciones XV y XXV y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 2, fracción XII del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los numerales 152, fracción III, inciso a) y 162 del "Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera", me permito hacer de su conocimiento que a partir de esta fecha, he tenido a bien nombrarla
DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL
CONTROL DEL VIH/SIDA
Dicha designación se formula con el carácter de servidora pública de libre designación, rango de Dirección General, adscrito al Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
Al aceptar la encomienda, usted ha protestado guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los términos del artículo 128 y las leyes que de ella emanen, asimismo adquiere el compromiso de desempeñarla al límite de su capacidad y esfuerzo, debiendo siempre actuar con eficiencia, lealtad y honradez en el desempeño de la misma.
Ciudad de México, a 16 de julio de 2019.
EL SECRETARIO DE SALUD
Rúbrica.
DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA
Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud
SALUD
SECRETARÍA DE SALUD "2021 Año de la Independencia"
Ciudad de México, 18 de enero de 2021.
Oficio No. SPPS-219-2021.
Dr. José Luis Díaz Ortega
Director de Atención a la Salud de la Infancia
y la Adolescencia del CENSIA
P r e s e n t e
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, lo designo para que en ausencia de la persona titular de la Dirección General se encargue de los asuntos que competen al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, hasta en tanto se designe a su titular.
Por lo anterior, le solicito atender los asuntos inherentes al Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, exhortándolo a cumplir con las atribuciones y obligaciones que a dicho cargo corresponden, con base en los principios de legalidad, honradez, eficiencia, transparencia y servicio que rigen a nuestra institución.
Cabe mencionar que, deberá mantener constantemente informado al suscrito de todos los asuntos que competen a ese Centro, durante la citada suplencia.
Sin más por el momento, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.
A t e n t a m e n t e
Rúbrica.
Dr. Hugo López-Gatell Ramírez
Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud
C.c.p. Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela.- Secretario de Salud. Para conocimiento
Adán Augusto López Hernández
Gobernador
VILLAHERMOSA, TABASCO A 01 DE ENERO DEL AÑO 2019
SILVIA GUILLERMINA ROLDÁN FERNÁNDEZ
PRESENTE
Con fundamento en el artículo 51 Fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y en uso de la facultad que me confiere el Artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, he tenido a bien nombrarle:
SECRETARIA DE SALUD
La conmino a salvaguardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, las leyes que de ellas emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo conferido, comprometiéndose plenamente con la reconciliación, el bien y prosperidad de la Unión y de Tabasco.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO
Rúbrica.
Adán Augusto López Hernández
Gobernador
Villahermosa, Tabasco a 01 de enero del año 2019
SILVIA GUILLERMINA ROLDÁN FERNÁNDEZ
PRESENTE
En mi carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Tabasco, con fundamento en lo establecido por el artículo 9 del Decreto 213, que crea el organismo público descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco" publicado en el suplemento del Periódico Oficial número 5682, con fecha 19 de febrero de 1997, me permito designarla como:
DIRECTORA GENERAL
La conmino a salvaguardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes que de ellas emanen. Así como desempeñar leal y patrióticamente el cargo conferido, comprometiéndose plenamente con la reconciliación, el bien y prosperidad de la Unión y de Tabasco.
Rúbrica.
Adán Augusto López Hernández
Gobernador
VILLAHERMOSA, TABASCO A 01 DE ENERO DEL AÑO 2019
SAID ARMINIO MENA OROPEZA
PRESENTE
Con fundamento en el artículo 51 Fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, y en uso de la facultad que me confiere el Artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, he tenido a bien nombrarle:
SECRETARIO DE FINANZAS
Lo conmino a salvaguardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, las leyes que de ellas emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo conferido, comprometiéndose plenamente con la reconciliación, el bien y prosperidad de la Unión y de Tabasco.
Rúbrica.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO
ANEXO 2
Identificación de fuentes de financiamiento de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
TOTALES | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Salud Mental y Adicciones | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 2 | Adicciones | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Seguridad Vial | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
TOTALES | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Atención a Emergencias en Salud | 440,646.00 | 0.00 | 440,646.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 440,646.00 |
| 1 | Emergencias | 278,562.00 | 0.00 | 278,562.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 278,562.00 |
| 2 | Monitoreo | 162,084.00 | 0.00 | 162,084.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 162,084.00 |
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio | 1,654,077.00 | 0.00 | 1,654,077.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,654,077.00 |
TOTALES | 2,094,723.00 | 0.00 | 2,094,723.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,094,723.00 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | VIH y otras ITS | 1,492,054.00 | 0.00 | 1,492,054.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,492,054.00 |
2 | Virus de Hepatitis C | 439,578.00 | 0.00 | 439,578.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 439,578.00 |
TOTALES | 1,931,632.00 | 0.00 | 1,931,632.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,931,632.00 |
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Salud Sexual y Reproductiva | 5,999,671.00 | 10,398,510.37 | 16,398,181.37 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16,398,181.37 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2,148,432.00 | 799,304.00 | 2,947,736.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,947,736.00 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 0.00 | 3,890,875.57 | 3,890,875.57 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,890,875.57 |
| 3 | Salud Materna | 1,846,056.00 | 2,427,402.50 | 4,273,458.50 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,273,458.50 |
| 4 | Salud Perinatal | 2,005,183.00 | 643,640.30 | 2,648,823.30 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,648,823.30 |
| 5 | Aborto Seguro | 0.00 | 715,206.00 | 715,206.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 715,206.00 |
| 6 | Violencia de Género | 0.00 | 1,922,082.00 | 1,922,082.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,922,082.00 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 0.00 | 1,334,668.42 | 1,334,668.42 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,334,668.42 |
3 | Igualdad de Género | 601,714.00 | 0.00 | 601,714.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 601,714.00 |
TOTALES | 6,601,385.00 | 11,733,178.79 | 18,334,563.79 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 18,334,563.79 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
2 | Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos | 785,271.00 | 0.00 | 785,271.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 785,271.00 |
| 1 | Paludismo | 210,054.00 | 0.00 | 210,054.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 210,054.00 |
| 2 | Enfermedad de Chagas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 3 | Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 4 | Intoxicación por Artrópodos | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 5 | Dengue | 575,217.00 | 0.00 | 575,217.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 575,217.00 |
| 6 | Vigilancia Post Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
4 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 105,453.00 | 0.00 | 105,453.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 105,453.00 |
5 | Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
6 | Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 0.00 | 3,168,564.00 | 3,168,564.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,168,564.00 |
8 | Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento | 0.00 | 128,958.00 | 128,958.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 128,958.00 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 67,986.00 | 0.00 | 67,986.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 67,986.00 |
10 | Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
TOTALES | 958,710.00 | 3,297,522.00 | 4,256,232.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,256,232.00 |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
1 | Vacunación Universal | 0.00 | 625,998.00 | 625,998.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 625,998.00 |
2 | Atención a la Salud de la Adolescencia | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
4 | Diagnóstico y tratamiento oportuno de cáncer en menores de 18 años | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
TOTALES | 0.00 | 625,998.00 | 625,998.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 625,998.00 |
GRAN TOTAL
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO | ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS) | TOTAL |
SPPS/INTERVENCIONES/RAMO 12 | SUBTOTAL | INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR |
CASSCO | CAUSES | ANEXO 4 RECURSOS PRESUPUESTALES | ANEXO 4 INSUMOS | SUBTOTAL | FIDEICOMISO INSABI INSUMOS | FIDEICOMISO INSABI PRUEBAS DE DIAGNÓSTICO | SUBTOTAL |
| 13,709,580.00 | 15,656,698.79 | 29,366,278.79 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 29,366,278.79 |
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
ANEXO 3
Calendario de Ministraciones
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud |
Marzo | 2,123,130.00 |
Subtotal de ministraciones | 2,123,130.00 |
U008 / OB010 | 2,123,130.00 |
Subtotal de programas institucionales | 2,123,130.00 |
|
Total | 2,123,130.00 |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Salud Mental y Adicciones |
1.1 Salud Mental |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
1.2 Adicciones |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
Total Programa | 0.00 |
|
Total | 0.00 |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Seguridad Vial |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
Total | 0.00 |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Atención a Emergencias en Salud |
1.1 Emergencias |
Marzo | 278,562.00 |
Subtotal de ministraciones | 278,562.00 |
U009 / EE030 | 278,562.00 |
Subtotal de programas institucionales | 278,562.00 |
|
1.2 Monitoreo |
Marzo | 162,084.00 |
Subtotal de ministraciones | 162,084.00 |
U009 / EE030 | 162,084.00 |
Subtotal de programas institucionales | 162,084.00 |
Total Programa | 440,646.00 |
|
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio |
Marzo | 1,654,077.00 |
Subtotal de ministraciones | 1,654,077.00 |
U009 / EE040 | 1,654,077.00 |
Subtotal de programas institucionales | 1,654,077.00 |
|
Total | 2,094,723.00 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | VIH y otras ITS |
Marzo | 1,492,054.00 |
Subtotal de ministraciones | 1,492,054.00 |
P016 / VH030 | 1,492,054.00 |
Subtotal de programas institucionales | 1,492,054.00 |
|
2 | Virus de Hepatitis C |
Marzo | 439,578.00 |
Subtotal de ministraciones | 439,578.00 |
P016 / VH030 | 439,578.00 |
Subtotal de programas institucionales | 439,578.00 |
|
Total | 1,931,632.00 |
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Salud Sexual y Reproductiva |
1.1 SSR para Adolescentes |
Marzo | 2,947,736.00 |
Subtotal de ministraciones | 2,947,736.00 |
P020 / SR010 | 2,947,736.00 |
Subtotal de programas institucionales | 2,947,736.00 |
|
1.2 PF y Anticoncepción |
Marzo | 3,890,875.57 |
Subtotal de ministraciones | 3,890,875.57 |
P020 / SR020 | 3,890,875.57 |
Subtotal de programas institucionales | 3,890,875.57 |
|
1.3 Salud Materna |
Marzo | 4,273,458.50 |
Subtotal de ministraciones | 4,273,458.50 |
P020 / AP010 | 4,273,458.50 |
Subtotal de programas institucionales | 4,273,458.50 |
|
1.4 Salud Perinatal |
Marzo | 2,648,823.30 |
Subtotal de ministraciones | 2,648,823.30 |
P020 / AP010 | 2,648,823.30 |
Subtotal de programas institucionales | 2,648,823.30 |
|
1.5 Aborto Seguro |
Marzo | 715,206.00 |
Subtotal de ministraciones | 715,206.00 |
P020 / MJ030 | 715,206.00 |
Subtotal de programas institucionales | 715,206.00 |
|
1.6 Violencia de Género |
Marzo | 1,922,082.00 |
Subtotal de ministraciones | 1,922,082.00 |
P020 / MJ030 | 1,922,082.00 |
Subtotal de programas institucionales | 1,922,082.00 |
Total Programa | 16,398,181.37 |
|
2 | Prevención y Control del Cáncer |
Marzo | 1,334,668.42 |
Subtotal de ministraciones | 1,334,668.42 |
P020 / CC010 | 1,334,668.42 |
Subtotal de programas institucionales | 1,334,668.42 |
|
3 | Igualdad de Género |
Marzo | 601,714.00 |
Subtotal de ministraciones | 601,714.00 |
P020 / MJ040 | 601,714.00 |
Subtotal de programas institucionales | 601,714.00 |
|
Total | 18,334,563.79 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
2 | Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos |
2.1 Paludismo |
Marzo | 210,054.00 |
Subtotal de ministraciones | 210,054.00 |
U009 / EE020 | 210,054.00 |
Subtotal de programas institucionales | 210,054.00 |
|
2.2 Enfermedad de Chagas |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
2.3 Leishmaniasis |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
2.4 Intoxicación por Artrópodos |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
2.5 Dengue |
Marzo | 575,217.00 |
Subtotal de ministraciones | 575,217.00 |
U009 / EE020 | 575,217.00 |
Subtotal de programas institucionales | 575,217.00 |
|
2.6 Vigilancia Post Oncocercosis |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
Total Programa | 785,271.00 |
|
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
4 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres |
Marzo | 105,453.00 |
Subtotal de ministraciones | 105,453.00 |
U009 / EE010 | 105,453.00 |
Subtotal de programas institucionales | 105,453.00 |
|
5 | Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
6 | Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
7 | Enfermedades Cardiometabólicas |
Marzo | 3,168,564.00 |
Subtotal de ministraciones | 3,168,564.00 |
U008 / OB010 | 3,168,564.00 |
Subtotal de programas institucionales | 3,168,564.00 |
|
8 | Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento |
Marzo | 128,958.00 |
Subtotal de ministraciones | 128,958.00 |
U008 / OB010 | 128,958.00 |
Subtotal de programas institucionales | 128,958.00 |
|
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales |
Marzo | 67,986.00 |
Subtotal de ministraciones | 67,986.00 |
U009 / EE060 | 67,986.00 |
Subtotal de programas institucionales | 67,986.00 |
|
10 | Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
Total | 4,256,232.00 |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO. | PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO |
1 | Vacunación Universal |
Marzo | 625,998.00 |
Subtotal de ministraciones | 625,998.00 |
E036 / VA010 | 625,998.00 |
Subtotal de programas institucionales | 625,998.00 |
|
2 | Atención a la Salud de la Adolescencia |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
3 | Atención a la Salud en la Infancia |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
4 | Diagnóstico y tratamiento oportuno de cáncer en menores de 18 años |
Marzo | 0.00 |
Subtotal de ministraciones | 0.00 |
|
Total | 625,998.00 |
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE.
ANEXO 4
Programas-Indicadores-Metas de "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 1.2.1 | Proceso | número de políticas públicas saludables que inciden en los problemas de salud pública con la participación de otros sectores, gobiernos y ciudadanía | número total de políticas públicas en salud en las entidades federativas programadas | 80 | Porcentaje de políticas públicas saludables que inciden en los problemas de salud pública con la participación de otros sectores, gobiernos y la ciudadanía | 80 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 3.1.1 | Resultado | Número de comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas | Total de comunidades de 500 a 2500 habitantes certificadas como saludables y en caso de prioridad de salud pública en localidades urbanas | 100 | Mide la cobertura de comunidades que lograron certificación mediante el trabajo participativo de los integrantes de ésta (Personas, familias, instituciones, OSC) para mejorar su salud a través del control de los determinantes sociales de la salud. | 100 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 4.1.1 | Resultado | Número de escuelas que cumplen con los criterios de certificación como promotoras de la salud | Total de escuelas publicas certificadas de nivel basico programadas a nivel estatal*100 | 2 | Porcentaje de escuelas publicas de nivel básico que cumplieron con los criterios de certificación para ser escuelas promotoras de la salud | 2 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 8.2.1 | Proceso | Población no derechohabiente que recibe Cartilla Nacional de Salud | Cartillas Nacionales de Salud entregadas a la población | 80 | Cobertura de población no derechohabiente que recibe Cartilla Nacional de Salud | 80 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 9.1.1 | Resultado | La sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario POST intervención la sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario PRE-INTERVENCIÓN | La sumatoria de los puntos de los determinantes positivos de la salud del cuestionario PRE- INTERVENCIÓN | 10 | El indicador mide la variación de los determinantes positivos de la salud en la población pre y post intervención. | 10 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 9.2.1 | Proceso | Número estrategias educativas realizadas para la promoción de estilos de vida saludables | Total de estrategias educativas programadas | 100 | Mide el porcentaje de las estrategias educativas de promoción de la salud para el fomento de estilos de vida saludable dirigidas a la población, | 100 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 9.3.1 | Resultado | La sumatoria de los puntos de los determinantes ambientales positivos de la salud del diagnóstico POST intervención la sumatoria de los puntos de los determinantes ambientales positivos de la salud del diagnóstico PRE-INTERVENCIÓN | La sumatoria de los puntos de los determinantes ambientales positivos de la salud del diagnóstico PRE-INTERVENCIÓN | 10 | Mide la variación de los determinantes ambientales positivos en los entornos laborales intervenidos | 10 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 11.1.1 | Estructura | Número de jurisdicciones sanitarias que realizan jornadas nacionales de salud pública | Total de jurisdicciones sanitarias que realizan jornadas de salud pública | 100 | Porcentaje de Jornadas Nacionales de Salud Pública realizadas en las jurisdicciones sanitarias | 100 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 12.3.1 | Resultado | Número de campañas en temas de salud pública implementadas en medios digitales | Total de campañas en temas de salud pública implementadas en medios digitales programadas * 100 | 90 | Mide el número de entidades federativas que al menos realizaron una campaña em temas de salud pública en medios digitales, con incremento de al menos 3 indicadores KPI | 1 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 18.1.1 | Proceso | Personal de salud capacitado que opera y entrega de servicios de promoción de la salud a la población | Personal de salud que opera y entrega de servicios de promoción de la salud a la población programado para recibir capacitación | 80 | Mide el porcentaje de personal que concluye capacitación | 80 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 20.1.1 | Proceso | Numero de servicios estatales de salud que tienen un 80% de cumplimiento en sus procesos, indicadores y metas programadas de políticas de salud pública y promoción de la salud. | Total de Servicios Estatales de Salud | 80 | Mide el cumplimiento de los procesos, indicadores y metas del programa | 80 |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 21.1.1 | Resultado | Número de estrategias de mercadotecnia en salud evaluadas con impacto positivo en los estilos de vida saludables de la población destinataria | Total de estrategias de mercadotecnia en salud implementadas en el año * 100 | 20 | Mide las estrategias de mercadotecnia en salud evaluadas con influencia positiva en los comportamientos y estilos de vida saludables de la población destinataria | 1 |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
SIN DATOS |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
SIN DATOS |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | Atención a Emergencias en Salud |
| 1 | Emergencias | 1.1.1 | Proceso | Número de UIES estatales operando en el año bajo la normatividad establecida. | Número de UIES programadas por año | 90 | UIES en operación bajo la normatividad establecida. | 90 |
| 1 | Emergencias | 2.1.1 | Proceso | Numero de Servicios estatales de Sanidad Internacional en operación bajo la normatividad establecida. | Número de servicios Estatales de Sanidad Internacional programados para operar en el año. | 90 | Servicios Estatales de Sanidad Internacional en operación bajo la normatividad establecida. | 90 |
| 1 | Emergencias | 3.1.1 | Proceso | Supervisiones realizadas | Supervisiones Programadas | 100 | Supervisión a las jurisdicciones sanitarias de mayor riesgo y niveles locales. | 100 |
| 2 | Monitoreo | 1.1.1 | Proceso | Número de sistemas de Vigilancia Epidemiológica evaluados | 26 Sistemas de Vigilancia epidemiológica Vigentes. | 80 | Evaluación de los Sistemas que integran el SINAVE durante el ejercicio 2022 | 80 |
| 2 | Monitoreo | 1.1.2 | Proceso | Número de Reportes de Información Epidemiológica mensual publicados. | Número de reportes de información epidemiológicos programados para su publicacion | 100 | Información Epidemiológica Actualizada y Publicada periódicamente | 100 |
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio | 1.1.2 | Proceso | Índice de desempeño alcanzado por el LESP | Índice de desempeño máximo esperado por el LESP | 100 | Identificar áreas de oportunidad en la operación de los Laboratorios Estatales de Salud Pública para tomar acciones que conlleven, a la mejora a través de los indicadores de concordancia, cumplimiento, desempeño técnico y competencia técnica. El reto es mantener o incrementar el índice de desempeño nacional año con año. | 100 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | VIH y otras ITS | 1.2.1 | Proceso | Número de servicios especializados en VIH e ITS con la estrategia de PrEP implementada. | Número de servicios especializados en VIH e ITS con la estrategia de PrEP programada. | 100 | Es el porcentaje de servicios especializados en VIH e ITS (Capasits y SAIHs) con implementación de la PrEP, con respecto a los servicios especializados programados. | 100 |
1 | VIH y otras ITS | 1.8.1 | Proceso | Número de trabajadores de salud de los Servicios Especializados en VIH e ITS, que aprobaron los cursos en VIH seleccionados. | Número de trabajadores de salud de los Servicios Especializados en VIH e ITS. | 100 | Se refiere a la proporción de personal de salud que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS que aprobaron los cursos seleccionados*, con respecto al personal de salud que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS. *Reducción de Daños y Riesgos asociados a VIH, VHC y consumo de sustancia. Lenguaje incluyente libre de estigma y discriminación para prestadores de servicios de salud. | 100 |
1 | VIH y otras ITS | 1.9.1 | Proceso | Condones entregados a personas viviendo con VIH en los CAPASITS y SAIHS en la Secretaría de Salud | Personas de 15 a 60 años en tratamiento antirretroviral en la Secretaría de Salud | 112 | Mide el número de condones entregados a las personas viviendo VIH que acuden a los Servicios Especializados de Atención Integral (SAIH y Capasits) de la Secretaría de Salud, durante un año. | 112 |
1 | VIH y otras ITS | 5.1.1 | Proceso | Personas viviendo con VIH que se diagnostican e incorporan por primera vez a atención (sin tratamiento antirretroviral previamente) cuyo primer recuento de linfocitos CD4 es menor a 200 células/l, en la Secretaría de Salud. | Personas viviendo con VIH que se diagnostican e incorporan por primera vez a atención (sin tratamiento antirretroviral previamente) que tuvieron su primer recuento de linfocitos CD4 en el periodo, en la Secretaría de Salud. | 100 | Es la proporción de personas viviendo con VIH que se diagnostican e incorporan por primera vez a atención (no tratadas anteriormente) con un recuento de linfocitos CD4 menor a 200 células/ìl, con respecto al total de las personas viviendo con VIH diagnosticadas e incorporadas a atención en el periodo, en la Secretaría de Salud. | 100 |
1 | VIH y otras ITS | 8.2.1 | Resultado | Personas viviendo con VIH con 6 meses o más en tratamiento antirretroviral con carga viral suprimida (<1,000 copias/ml) en el último año, en la Secretaría de Salud. | Personas viviendo con VIH con 6 meses o más en tratamiento antirretroviral en el último año, en la Secretaría de Salud. | 95 | Mide el impacto del tratamiento antirretroviral en las personas viviendo con VIH con 6 meses o más en tratamiento con carga viral suprimida (<1000 copias/ml) en el último año, en la Secretaría de Salud. | 95 |
1 | VIH y otras ITS | 8.10.1 | Proceso | Personas en TAR con diagnóstico de TB activa en tratamiento en la Secretaría de Salud. | Personas con diagnóstico de TB activa y VIH en la Secretaría de Salud. | 90 | Es el porcentaje de personas en TAR con diagnóstico de TB activa en tratamiento para ésta en la Secretaría de Salud, respecto del total del personas con diagnóstico de TB activa y VIH en TAR en la Secretaría de Salud, en el periodo. | 90 |
1 | VIH y otras ITS | 11.6.1 | Proceso | Detecciones de sífilis en personas en tratamiento antirretroviral en el año, en la Secretaría de Salud. | Personas de 15 a 60 años que se encuentran en tratamiento antirretroviral en el año, en la Secretaría de Salud. | 1 | Mide el número de detecciones de sífilis realizadas por persona en tratamiento antirretroviral de 15 a 60 años al año, en la Secretaría de Salud. | 1 |
1 | VIH y otras ITS | 12.3.1 | Proceso | Mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral, con carga viral indetectable (<50 copias/ml), en la Secretaría de Salud. | Mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral. | 90 | Se refiere a la proporción de mujeres embarazadas viviendo con VIH, bajo tratamiento antirretroviral, con carga viral indetectable (<50 copias/ml), en la Secretaría de Salud. | 90 |
2 | Virus de Hepatitis C | 5.2.1 | Proceso | Número de trabajadores de salud del programa de hepatitis C que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS que aprobaron el curso en VHC seleccionado. | Número de trabajadores de salud del programa de hepatitis C que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS. | 100 | Se refiere a la proporción de personal del programa de hepatitis C que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS que aprobaron los cursos seleccionados*, con respecto al personal del programa de hepatitis C que trabaja en los Servicios Especializados en VIH e ITS. *Curso vinculado al programa de Hepatitis C Reducción de Daños y Riesgos asociados a VIH, VHC y consumo de sustancia. | 100 |
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | Salud Sexual y Reproductiva |
| 1 | SSR para Adolescentes | 1.1.1 | Proceso | Total de campañas y estrategias de IEC realizadas para la adecuada difusión de los derechos sexuales y reproductivos. | No aplica | 96 | Se refiere a las campañas lanzadas con el objetivo de difundir y promover el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las personas adolescentes | 3 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 1.2.1 | Estructura | Total de docentes formados como capacitadores en temas de salud sexual y reproductiva | No aplica | 2,839 | Corresponde al número de docentes que han sido formados como replicadores de temas de salud sexual y reproductiva para adolescentes. | 70 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 1.3.1 | Proceso | Total de Promotores y brigadistas juveniles voluntarios activos x100 | Total de Promotores y brigadistas juveniles voluntarios registrados | 80 | Corresponde al porcentaje de Promotores y brigadistas juveniles voluntarios activos, respecto del total de promotores registrados al periodo de evaluación. | 80 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.1.1 | Proceso | Total de supervisiones realizadas en Jurisdicciones Sanitarias y unidades de salud | No aplica | 232 | Se refiere a las visitas de supervisión realizadas a jurisdicciones sanitarias y unidades médicas durante el año | 8 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.2.1 | Estructura | Total de personas capacitadaspara proporcionar atención en salud sexual y reproductiva para población adolescente. | No aplica | 2,760 | Número de personas que laboran en centros de salud de primer nivel de atención, capacitadas y sensibilizadas para proporcionar atención en salud sexual y reproductiva para población adolescente | 136 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.3.1 | Proceso | Número de jurisdicciones sanitarias con al menos una unidad de primer nivel con atención amigable para adolescentes | Total de Jurisdicciones Sanitarias en el estado | 100 | Número de Jurisdicciones Sanitarias con al menos una unidad de primer nivel que proporciona atencion amigable para adolescentes | 100 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.4.1 | Proceso | Total de consultas de primera vez, otorgadas a adolescentes en servicios amigables | Número de servicios amigables en operación | 22 | Corresponde al número de atenciones de primera vez que se proporcionan a población adolescente por mes en los Servicios Amigables | 16 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.5.1 | Estructura | Total de servicios amigables nuevos durante el periodo | No aplica | 143 | Número de servicios amigables incorporados a la red de atención durante el año en los Servicios Estatales de Salud | 2 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.5.2 | Estructura | Número de municipios que cuentan con al menos un servicio amigable de salud sexual y reproductiva para adolescente x 100 | Total Municipios en el estado | 73 | Porcentaje de municipios que cuentan con al menos un servicio amigable para la atención de la salud sexual y reproductiva de la población adolescente | 100 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.5.3 | Proceso | Numero de servicios amigables itinerantes que proporcionan atención en SSRA | No aplica | 32 | Número de servicios amigables itinerantes otorgando el paquete básico de SSRA en localidades seleccionadas | 1 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2.5.4 | Proceso | Número de Municipios visitados durante el año con el servicio amigable itinerante (Edusex) | Ttotal Municipios registrados | 20 | Se refiere al número de municipios que fueron visitados mediante el Servicio Amigable Itinerante (Edusex) al menos una vez durante el año | 100 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 3.1.1 | Resultado | Total de mujeres adolescentes menores de 20 años que son usuarias activas de métodos anticonceptivos en la Secretaría de Salud | Total de mujeres adolescentes menores de 15 a 19 años de edad con vida sexual activa, responsabilidad de la Secretaría de Salud | 67 | Porcentaje de mujeres adolescentes con vida sexual activa, que son usuarias activas de métodos anticonceptivos, y pertenecen a la población responsabilidad de la Secretaría de Salud | 52 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 3.2.1 | Resultado | Mujeres adolescentes que aceptan un método anticonceptivo de larga duración, otorgado durante el post evento obstétrico x 100 | Mujeres adolescentes a la que se les atendió un evento obstétrico | 80 | Porcentaje de mujeres adolescentes de 15 a 19 años que posterior a algún evento obstétrico, aceptan un método anticonceptivo de larga duración, excepto condón. | 61 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 3.3.1 | Proceso | Total de servicios amigables que favorecen el acceso a servicios de aborto seguro para adolescentes | No aplica | 32 | Se refiere al número de servicios amigables para adolescentes que cuentan con personal de salud proporcionando atención en aborto seguro con medicamentos | 1 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 1.1.1 | Proceso | Número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos en la institución (consultas de primera vez), incluye usuarias de condón masculino y femenino | No aplica | 700,000 | Corresponde al número de nuevas aceptantes de métodos anticonceptivos en la Secretaria de Salud, registradas en consulta externa durante el año (no incluye oclusiones tuberías bilaterales ni vasectomías) | 15,100 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 1.2.1 | Resultado | Número de mujeres usuarias activas de habla indigena (que utilizan un método anticonceptivo) responsabilidad de la secretaria de salud | No aplica | 269,128 | Corresponde al número de mujeres en edad fértil de habla indigena que utilizan un método anticonceptivo proporcionado o aplicado en la Secretaria de Salud | 4,650 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 1.4.1 | Proceso | Número de condones masculinos proporcionados en la Secretaría de Salud durante el año. | Número de usuarios activos de condones masculinos | 50 | Señala el número promedio de condones masculinos que se otorgan al año por cada usuario activo de este método en la Secretaría de Salud | 40 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.1.2 | Estructura | Número de servicios activos de telemedicina | No aplica | 32 | Corresponde al servicio de atención a distancia que se encuentre operando en los servicios estatales de salud | 1 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.2.1 | Proceso | Número de personas capacitadas durante el año en temas de Planificación Familiar. | No aplica | 3,312 | Se refiere al número de personal capacitado respecto al número de personas a capacitar en el año (meta) | 200 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.3.1 | Proceso | Número de visitas de supervisión realizadas a las jurisdicciones sanitarias y unidades médicas | No aplica | 257 | Visitas de supervisión de la situación de abasto de anticonceptivos realizadas a jurisdicciones sanitarias y unidades médicas durante el año | 60 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.4.1 | Proceso | Número de aceptantes de un método anticonceptivo (DIU, OTB, IMPLANTES y Hormonales) durante el post-evento obstétrico y el puerperio | No aplica | 713,368 | Número de mujeres atendidas por algún evento obstétrico durante el año (parto, aborto o cesárea) que adoptan un método anticonceptivo durante los 42 días posteriores a la atención del evento. | 54 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.5.1 | Resultado | (Número de usuarias activas de ARAP (DIU, SIU, Implante subdérmico) al final del año en curso.)*100 | Número de usuarias activas de ARAP (DIU, SIU, Implante subdérmico) al final del año anterior más número de usuarias nuevas de ARAP (DIU, SIU, Implante subdérmico) durante el año en curso. | 80 | Muestra el porcentaje de mujeres que iniciaron el año con un ARAP ó adoptaron un ARAP durante el año y se mantienen activas al final del año | 86 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.6.1 | Estructura | Número de unidades médicas con servicios de planificación familiar instalados para la atención de mujeres con alto riesgo obstétrico (incluye centros de salud y hospitales). | No aplica | 115 | Corresponde al número de centros de salud y hospitales con alta demanda de atención de enfermedades concomitantes (diabetes mellitus, hipertensión arterial, cáncer, sobrepeso, etc.) que cuentan con al menos un consultorio habilitado para la prestación de servicios de planificación familiar y anticoncepción para mujeres con alto riesgo obstétrico. | 3 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.7.1 | Resultado | Vasectomías realizadas | No aplica | 30,635 | Número de vasectomías realizadas a hombres con paridad satisfecha, responsabilidad de la Secretaría de Salud | 782 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.8.1 | Estructura | Número de jurisdicciones sanitarias con al menos un servicio de vasectomía sin bisturí en operación | No aplica | 212 | Corresponde al número de jurisdicciones sanitarias que cuentan con al menos un servicio de vasectomía sin bisturi con personal acreditado para realizar este procedimiento quirúrgico | 9 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 2.8.2 | Estructura | Número de servicios nuevos implementados | No aplica | 20 | Incrementar los servicios de vasectomía sin bisturí en jurisdicciones que carecen del servicio | 6 |
| 3 | Salud Materna | 1.1.1 | Proceso | Número de pláticas de educación para la salud, durante el embarazo y el puerperio. | No aplica | 120,001 | Número de pláticas de educación para la salud, durante el embarazo y el puerperio. | 2,266 |
| 3 | Salud Materna | 1.2.1 | Resultado | Total de atenciones otorgadas por brigadistas | No aplica | 653,400 | Promedio de atenciones otorgadas por personal brigadista | 19,800 |
| 3 | Salud Materna | 1.3.1 | Proceso | Número de campañas de promoción de atención a la salud materna. | No aplica | 32 | Número de campañas de promoción de atención a la salud materna. | 1 |
| 3 | Salud Materna | 2.1.1 | Resultado | Número de mujeres que tuvieron consulta de atención pregestacional | Número de mujeres con consulta prenatal, por 100 | 100 | Proporción de mujeres con atención pregestacional. | 100 |
| 3 | Salud Materna | 2.2.1 | Resultado | Número de consultas de atención prenatal de primera vez en el primer trimestre | Total de consultas de atención prenatal de primera vez en cualquier trimestre de gestación. | 60 | Proporción de consultas de atención prenatal de primera vez otorgadas durante el primer trimestre | 60 |
| 3 | Salud Materna | 2.4.1 | Proceso | Número de entidades federativas que tienen implementada la estrategia estatal y su difusión en cada unidad medica hospitalaria | No aplica | 32 | Estrategia de disminución de cesárea, basada en el análisis de la cesárea con los criterios de Robson establecida | 1 |
| 3 | Salud Materna | 2.5.1 | Resultado | Total de defunciones de mujeres por causas maternas en un año determinado | Total de recién nacidos vivos registrados en los certificados de nacimiento para el mismo periodo por 100,000. | 800 | Mide indirectamente la efectividad de las acciones de prevención y atención oportuna de complicaciones en mujeres embarazadas, parturientas y puérperas de acuerdo con la normatividad aplicable | 25 |
| 3 | Salud Materna | 2.6.1 | Proceso | Total de mujeres puérperas que reciben un método anticonceptivo de larga duración y alta efectividad | Total de mujeres con evento obstétrico | 80 | Mujeres en el puerperio que aceptan y reciben anticoncepción post evento obstétrico de larga duración y alta efectividad | 80 |
| 3 | Salud Materna | 2.7.1 | Proceso | Número de mujeres que tuvieron un evento obstétrico y recibieron por lo menos una consulta de atención en el puerperio | Total de mujeres que tuvieron un evento obstétrico | 90 | Proporción de mujeres postevento obstétrico que reciben consulta en el puerperio | 90 |
| 3 | Salud Materna | 2.8.1 | Proceso | Número de entidades federativas que tienen implementada la estrategia | Total de entidades federativas, por 100 | 100 | Proporción de entidades federativas con estrategia de abordaje de la pérdida gestacional y depresión posparto. | 100 |
| 3 | Salud Materna | 2.9.1 | Proceso | Número de personas recién nacidas por parto con apego inmediato al seno materno | Número de personas recién nacidas por parto x 100 | 90 | Porcentaje de personas recién nacidas por parto, con apego inmediato al seno materno | 90 |
| 3 | Salud Materna | 3.1.1 | Proceso | Número de entidades federativas que implementaron el proyecto prioritario. | No aplica | 32 | Implementación del proyecto prioritario de atención integral del proceso reproductivo, en al menos una unidad de atención obstétrica | 1 |
| 3 | Salud Materna | 3.2.1 | Proceso | Total de Comités Estatales de Referencia y Contrarreferencia obstétrica instalados | No aplica | 32 | Número de Comités Estatales de Referencia y Contra referencia obstétrica instalados | 1 |
| 3 | Salud Materna | 3.4.1 | Proceso | Número de entidades federativas con estrategia elaborada | No aplica | 32 | Número de entidades federativas con estrategia para la atención de mujeres embarazadas migrantes o en contexto de desastre, elaborada y difundida | 1 |
| 3 | Salud Materna | 3.5.1 | Proceso | Total de casos analizados en el seno del Comité de Prevención Estudio y Seguimiento de la Morbilidad y Mortalidad Materna y Perinatal | No aplica | 384 | Número de casos sesionados a nivel estatal en el seno del Comité de Prevención Estudio y Seguimiento de la Morbilidad y Mortalidad Materna y Perinatal | 12 |
| 3 | Salud Materna | 3.6.1 | Resultado | Número casos de mortalidad materna analizados | Número de casos de mortalidad materna registrados | 100 | Proporción de casos de mortalidad materna analizados en el Comité de Prevención Estudio y Seguimiento de la Morbilidad y Mortalidad Materna y Perinatal | 100 |
| 4 | Salud Perinatal | 1.1.1 | Resultado | Número de personas recién nacidas sin derechohabiencia con peso menor a los 2500 gr, en el periodo | Número de personas recién nacidas sin derechohabiencia en el periodo | 5 | Personas recién nacidas sin derechohabiencia con peso menor a los 2500 gr, en el periodo | 5 |
| 4 | Salud Perinatal | 1.2.1 | Resultado | Número de BLH y/o Lactarios en la Entidad Federativa que reportan productividad mensual | Número total de BLH y/o Lactarios en la Entidad Federativa | 85 | Proporción de mujeres donadoras del total de mujeres atendidas en bancos de leche humana | 85 |
| 4 | Salud Perinatal | 1.3.1 | Proceso | Número de reportes realizados de campañas de promoción de la lactancia materna (SMLM, Día donación, semanas de salud pública). | Número de reportes a realizar de campañas de promoción de la lactancia materna (SMLM, Día donación, semanas de salud pública). | 100 | Porcentaje de reportes emitido para la Actividades de promoción de la lactancia materna | 100 |
| 4 | Salud Perinatal | 2.2.1 | Proceso | Unidades hospitalarias de la SSA con atención obstétrica con Nominación a la Iniciativa Hospital Amigo del Niño y de la Niña | Unidades hospitalarias de la SSA con atención obstétrica | 32 | Porcentaje de hospitales en las entidades federativas nominados en IHANN | 1 |
| 4 | Salud Perinatal | 2.3.1 | Resultado | Número de personas recién nacidas sin derechojabiencia con tamiz auditivo en el periodo | Número de personas recién nacidas sin derechohabiencia en el periodo | 80 | Cobertura de tamiz auditivo | 80 |
| 4 | Salud Perinatal | 2.4.1 | Resultado | Número de personas recién nacidas sin derechohabiencia con tamiz metabólico | Número de personas recién nacidas sin derechohabiencia en el periodo | 90 | Cobertura de tamiz metabólico | 90 |
| 4 | Salud Perinatal | 2.5.1 | Resultado | Personal de salud capacitado que participa en el BLH y/o lactarios | Personal de salud que participa en el BLH y/o lactarios | 80 | Porcentaje de personal capacitado en BLH y/o Lactarios | 80 |
| 4 | Salud Perinatal | 3.1.1 | Proceso | Centros de Salud en los Servicios Estatales de Salud con nominación como Unidades Amigas del Niño y de la Niña | Centros de Salud en los Servicios Estatales de Salud | 32 | Porcentaje de centros de salud de la SSA Nominados como unidades amigas del Niño y de la Niña | 1 |
| 4 | Salud Perinatal | 3.2.1 | Proceso | Personal de salud capacitado que participa en el proceso de toma de tamiz metabólico | Personal de salud que participa en el proceso de toma de tamiz metabólico | 80 | Porcentaje de personal capacitado en el proceso de tamiz metabólico | 80 |
| 4 | Salud Perinatal | 3.3.1 | Proceso | Número de Comités de mortalidad materna y perinatal instalados en el estado, que realizan análisis de la morbilidad y mortalidad perinatal | Número de Comités de mortalidad materna y perinatal instalados en el estado | 90 | Porcentaje de Comités de mortalidad materna y perinatal instalados en el estado, que realizan análisis de la morbilidad y mortalidad materna y perinatal | 90 |
| 4 | Salud Perinatal | 3.4.1 | Proceso | Número de profesionales de la salud capacitados en el manejo de CPESMMMP que participan en el análisis de la morbilidad y mortalidad perinatal | Número de profesionales de la salud que participan en el análisis de la mortalidad perinatal | 90 | Porcentaje de profesionales de la salud capacitados en el manejo de CPESMMMP que participan en el análisis de la morbilidad y mortalidad perinatal | 90 |
| 5 | Aborto Seguro | 1.1.1 | Proceso | Materiales de comunicación difundidos con la población y el personal de salud | No aplica | 32 | Materiales de comunicación difundidos entre la población y el personal de salud, a partir de la elaboración y diseño estrategias de comunicación para informar sobre el derecho al acceso y atención del aborto seguro. | 1 |
| 5 | Aborto Seguro | 2.1.1 | Proceso | Número de personal médico operativo capacitado para brindar los servicios de aborto seguro | No aplica | 96 | Es el personal medico operativo capacitado para brindar los servicios de aborto seguro. | 3 |
| 5 | Aborto Seguro | 2.2.1 | Proceso | Número de personal médico que se incorpora para garantizar los procedimientos de aborto seguro. | No aplica | 64 | Es el número de personal médico que se incorpora para garantizar los procedimientos de aborto seguro. | 2 |
| 5 | Aborto Seguro | 2.3.1 | Proceso | Número de espacios equipados y en operación dentro de las unidades de salud para otorgar los servicios de aborto seguro. | No aplica | 32 | Son los espacios que se equiparon en las unidades de salud para otorgar los servicios de aborto seguro. | 2 |
| 5 | Aborto Seguro | 2.3.2 | Resultado | Número de servicios aborto seguro habilitados | No aplica | 32 | Número de servicios aborto seguro habilitados | 1 |
| 5 | Aborto Seguro | 3.2.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas en las unidades de salud para verificar la implementación de los mecanismos de rutas de atención y referencia a los servicios de aborto seguro. | No aplica | 256 | Son las acciones de monitoreo y seguimiento a las unidades de salud para verificar la implementación de las rutas de atención y referencia para favorecer el acceso a los servicios de aborto seguro. | 8 |
| 6 | Violencia de Género | 1.1.1 | Proceso | Número de materiales de comunicación de promoción de una vida libre de violencia difundidos entre la población y el personal de salud | No aplica | 128 | Número de materiales de comunicación de promoción de una vida libre de violencia difundidos entre la población y el personal de salud | 4 |
| 6 | Violencia de Género | 1.3.1 | Proceso | Número de talleres de prevención de la violencia dirigidos a Promotores juveniles | No aplica | 192 | Número de talleres de prevención de la violencia dirigidos a Promotores juveniles | 6 |
| 6 | Violencia de Género | 1.3.2 | Proceso | Grupos formados para prevención de la violencia en población adolescente | No aplica | 512 | Mide el número de grupos formados para prevenir la violencia de género, así como los grupos formados para prevención de la violencia en el noviazgo, dirigidos a la población adolescente | 16 |
| 6 | Violencia de Género | 2.1.1 | Resultado | Porcentaje de cobertura de atención especializada a mujeres víctimas de violencia familiar severa | Número de mujeres de 15 años y mas unidas en situación de violencia familiar y de género severa, estimadas para su atención en los servicios especializados | 23 | Número de mujeres de 15 años y más unidas en situación de violencia familiar y de género severa atendidas en servicios especializados respecto del número de mujeres programadas para su atención. | 23 |
| 6 | Violencia de Género | 2.1.2 | Proceso | Número de supervisiones PRESENCIALES a la operación de la NOM-046-SSA2-2005 en en los servicios esenciales y especializados de salud | No aplica | 128 | Número de supervisiones PRESENCIALES a la operación de la NOM-046-SSA2-2005 en en los servicios esenciales y especializados de salud | 4 |
| 6 | Violencia de Género | 2.4.1 | Proceso | Número de talleres brindados sobre IVE | No aplica | 32 | Número de talleres brindados sobre Interrupción Voluntaria del Embarazo | 1 |
| 6 | Violencia de Género | 2.4.4 | Resultado | Número de talleres brindados sobre Atención inmediata a víctimas de violación sexual dirigido a personal de enfermería | No aplica | 32 | Número de talleres brindados sobre Atención inmediata a víctimas de violación sexual dirigido a personal de enfermería | 1 |
| 6 | Violencia de Género | 2.5.1 | Proceso | Número de diagnósticos realizados | No aplica | 10 | Número de diagnósticos Intercultural elaborados en comunidades con población indígena | 1 |
| 6 | Violencia de Género | 3.2.1 | Proceso | Número de grupos formados para reeducación de víctimas de violencia de pareja | No aplica | 512 | Número de grupos formados para reeducación de víctimas de violencia de pareja | 16 |
| 6 | Violencia de Género | 3.2.2 | Proceso | Número de grupos formados para la reeducación de agresores de violencia de pareja. | No aplica | 512 | Número de grupos formados para la reeducación de agresores de violencia de pareja | 16 |
| 6 | Violencia de Género | 3.4.1 | Proceso | Número de talleres de Buen Trato y medidas para evitar la violencia obstétrica | No aplica | 192 | Número de talleres de buen trato y medidas para evitar la violencia obstétrica | 6 |
| 6 | Violencia de Género | 3.4.2 | Resultado | Número de Hospitales con la Estrategia de Prevención y Atención para la Eliminación de la Violencia Obstétrica y Promoción del Buen Trato implementada | No aplica | 32 | Número de Hospitales con la Estrategia de Prevención y Atención para la Eliminación de la Violencia Obstétrica y Promoción del Buen Trato implementada | 1 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.1.3 | Resultado | Mujeres tamizadas con prueba de VPH de 35 a 64 años en 5 años | Mujeres de 35 a 64 años responsabilidad de la Ssa | 23 | Cobertura de tamizaje con prueba de VPH | 38 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.1.4 | Resultado | Número de mujeres de 18 años y más, tamizadas en los CAPASITS | Total de mujeres mayores de 18 años registradas en los CAPASITS | 70 | Cobertura de tamizaje para cáncer de cuello uterino mujeres viviendo con VIH | 70 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.1.6 | Resultado | Mujeres tamizadas con mastografía de 40 a 69 años en dos años. | Mujeres de 40 a 69 años responsabilidad de la Ssa. | 12 | Cobertura de tamizaje con mastografía | 23 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.1.7 | Resultado | Mujeres tamizadas con citología cervical de 25 a 34 años en 3 años | Mujeres de 25 a 34 años responsabilidad de la Ssa | 11 | Cobertura de tamizaje con citología cervical | 17 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.1.8 | Resultado | Mujeres a las que se les realizó citología y/o prueba de VPH y que viven en zona rural | Mujeres de 25 a 64 años en 3 y 5 años (citología y prueba de VPH respectivamente) responsabilidad de la Ssa que viven en zona rural | 63 | Cobertura de tamizaje con citología cervical y PVPH en zona rural | 70 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 2.3.1 | Proceso | Mujeres con citología anormal y PVPH positiva con evaluación colposcópica | Total de mujeres con citología anormal y PVPH positiva | 80 | Porcentaje de casos con evaluación colposcópica | 80 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 4.3.2 | Proceso | Pruebas utilizadas de manera adecuada* en el año a evaluar | Pruebas otorgadas para su uso* en el año a evaluar | 97 | Proporción de pruebas de VPH utilizadas de manera adecuada | 97 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 5.1.1 | Proceso | Supervisiones realizadas que cuenten con informe/minuta de supervisión entregado en tiempo y forma. | Supervisiones programadas | 90 | Proporción de supervisiones realizadas con informe de supervisión | 90 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 5.2.4 | Proceso | Unidades que enviaron informes mensuales de control de calidad rutinario | Unidades dentro del programa de control de calidad rutinario | 100 | Proporción de unidades con control de calidad rutinario | 100 |
3 | Igualdad de Género | 1.1.1 | Proceso | Número de atenciones brindadas a mujeres en los CEI | No aplica | 78,280 | Número de atenciones brindadas a mujeres en los Centros de Entretenimiento Infantil (CEI) | 1,520 |
3 | Igualdad de Género | 1.2.2 | Proceso | Número de unidades de salud que cuentan con mecanismos incluyentes dirigidos a grupos en condición de vulnerabilidad | No aplica | 176 | Número de unidades de salud que cuentan con mecanismos incluyentes dirigidos a grupos en condición de vulnerabilidad. | 6 |
3 | Igualdad de Género | 1.4.1 | Proceso | Número total de personal de unidades de salud, oficinas centrales y jurisdiccionales capacitado | No aplica | 6,592 | Número de personas de unidades de salud, oficinas centrales y jurisdiccionales capacitadas en materia de derechos humanos, no discriminación, inclusión y pertinencia cultural en salud | 204 |
3 | Igualdad de Género | 4.2.1 | Proceso | Actividades para prevenir, atender y dar seguimiento a posibles casos de hostigamiento y acoso sexual | Actividades programadas para prevenir, atender y dar seguimiento a posibles casos de hostigamiento y acoso sexual | 100 | Porcentaje de actividades realizadas para prevenir, atender y dar seguimiento a posibles casos de hostigamiento y acoso sexual respecto a lo programado | 100 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | 4.1.1 | Proceso | Perros y gatos vacunados contra la rabia | Meta de perros y gatos a vacunarse contra la rabia | 90 | Perros y gatos vacunados contra la rabia | 90 |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | 4.2.1 | Proceso | Perros y gatos esterilizados quirúrgicamente | Meta anual de perros y gatos a vacunarse contra la rabia | 5 | Perros y gatos esterilizados quirúrgicamente en relación al universo anual de animales a vacunarse contra la rabia. | 5 |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | 4.3.1 | Proceso | Número de muestras de cerebros enviadas al laboratorio, correspondientes a reservorios sospechosos (con signología sugestiva a rabia) o probables (animal sospechoso con antecedente de contacto con otro animal sugestivo a rabia o confirmado) de padecer rabia y/o perros y gatos que mueran durante observación clínica. | Número reportado de reservorios sospechosos (con signología sugestiva a rabia) o probables (animal sospechoso con antecedente de contacto con otro animal sugestivo a rabia o confirmado) de padecer rabia y/o perros y gatos que mueran durante observación clínica. | 90 | Se busca conocer la circulación del virus de la Rabia en zonas que propicien su transmisión al ser humano, mediante el envío de muestras de cerebro de animales reservorios sospechosos o probables de padecer rabia y/o perros y gatos que mueran durante observación clínica. | 90 |
2 | Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos |
| 1 | Paludismo | 2.1.1 | Proceso | Total de gotas gruesa tomadas a casos probables de paludismo | Total de casos probables de paludismo reportados | 100 | Toma de gota gruesa a todos los casos probables de paludismo para confirmación diagnóstica | 100 |
| 5 | Dengue | 6.3.1 | Proceso | Unidades Entomológicas y de Bioensayo que realizan los Estudios de Eficacia Biológica y Susceptibilidad de los Insecticidas | No aplica | 30 | Mide el cumplimiento de las Unidades Entomológicas y de Bioensayo que realizan los Estudios de Eficacia Biológica y Susceptibilidad de los Insecticidas | 1 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | 1.1.1 | Proceso | Número de contactos de caso pulmonar con confirmación bacteriológica de TB notificados (nuevos y previamente tratados) niñas y niños menores de 5 años con tratamiento para ITBL | Total de contactos de caso pulmonar con confirmación bacteriológica de TB notificados (nuevos y previamente tratados) niñas y niños menores de 5 años. X 100. | 63 | Contactos de caso pulmonar con confirmación bacteriológica de TB notificados (nuevos y previamente tratados) niñas y niños menores de 5 años. | 63 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | 1.1.2 | Proceso | Número de baciloscopias realizadas a casos nuevos, en prevalencia y en vigilacia postratamiento | Número de baciloscopias programadas a casos nuevos, en prevalencia y vigilancia postratamiento x 100 | 100 | Porcentaje de baciloscopias realizadas a casos nuevos, en prevalencia y en vigilancia postratamiento | 100 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | 2.1.1 | Proceso | Número de casos nuevos de TBP confirmados bacteriológicamente (BK o Cultivo +) que ingresan a tratamiento primario acortado, los que terminan y los que curan (Éxito) | Número de casos nuevos de TBP confirmados bacteriológicamente (BK o Cultivo +) que ingresan a tratamiento primario acortado x 100. | 86 | Porcentaje de casos nuevos de TBP confirmada bacteriológicamente que ingresa a tratamiento primario acortado los que terminan y los que curan (Éxito de tratamiento). | 86 |
4 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 1.1.1 | Resultado | Sumatoria de porcentaje de emergencias en salud atendidas (brotes y desastres) en menos 24 hrs. | 32 | 90 | Porcentaje de emergencias en salud atendidas con oportunidad. | 90 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 1.1.1 | Estructura | Número de personal contratado | Número de personal programado | 100 | Número de profesionales de la salud contratados para el programa de Cardiometabólicas | 100 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 2.1.1 | Proceso | Número de detecciones de HTA realizadas en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | Total de población programada de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 16 | Corresponde al porcentaje de detecciones realizadas de HTA en la población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 16 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 2.1.2 | Proceso | Número de detecciones de DM realizadas en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | Total de población programada de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 16 | Corresponde al porcentaje de detecciones realizadas de DM en la población de 20 años y más en la Secretaria de Salud | 16 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 2.1.3 | Proceso | Número de detecciones de obesidad realizadas en la población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | Total de población programada de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 16 | Corresponde al porcentaje de detecciones realizadas de Obesidad realizadas en la población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 16 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 3.1.3 | Proceso | Número de pacientes con DM que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) menor al 7% y/o glucosa plasmática en ayuno de 70-130mg/dl | Número de pacientes con DM en tratamiento en el primer nivel de atención en población de 20 años y más en la Secretaría de Salud | 9 | Se refiere al porcentaje de pacientes con DM en tratamiento en el primer nivel de atención que alcanzan el control con hemoglobina glucosilada (HbA1c) menor al 7% y/o glucosa plasmática en ayuno de 70-130mg/dl | 9 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 3.2.1 | Proceso | Número de pacientes con DM en tratamiento a los que se les realizó revisión de pies | Número de pacientes con DM en tratamiento que acudieron a consulta | 80 | Porcentaje de pacientes con DM a los que se les realizó revisión de pies | 80 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 5.1.1 | Resultado | Número de profesionales del primer nivel de atención capacitados en materia de cardiometabólicas | Número de profesionales del primer nivel de atención programados para capacitación en materia de cardiometabólicas | 80 | Número de profesionales de la salud del primer nivel de atención que se capacitaron en materia de cardiometabólicas | 80 |
8 | Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento | 1.4.1 | Resultado | Número actividades realizadas en la atención e intervención gerontológica a personas mayores | Población sujeta a programa | 90 | Son las actividades de atención gerontológica a las personas adultas mayores y las intervenciones no farmacológicas realizadas por el licenciado en gerontología como son las pláticas de educación y promoción para la salud y talleres personalizados y grupales | 90 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 4.2.1 | Resultado | Campañas de salud bucal realizadas durante el año. | No aplica | 62 | Participación del programa de salud bucal durante las Jornadas Nacionales de Salud Pública. | 2 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 5.1.1 | Resultado | Actividades preventivas extramuros realizadas. | No aplica | 22,686,397 | Contempla la aplicación del esquema básico de prevención de salud bucal para preescolares y escolares, así como actividades preventivas a población en general. (SBE01, 02, 06, 07, 11, 15, 19, 20, 22, 24, 25, 29, 30, 31, 32, 33, 47, 48, 49 y 50) | 608,029 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 9.1.1 | Resultado | Número de actividades preventivas y curativas realizadas. | No aplica | 26,431,394 | Se contemplan actividades preventivas y curativas que se realicen en unidades aplicativas. (todas las variables del apartado SBI, excepto SBI27 (tratamiento integral terminado). | 852,894 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 9.2.2 | Resultado | Número de aplicaciones de barniz de flúor. | No aplica | 1,688,715 | Corresponde a la aplicación de barniz de flúor intra y extramuros, así como en Jornadas Nacionales de Salud Pública. | 7,436 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 11.1.2 | Resultado | Informe de evaluación y seguimiento. | No aplica | 124 | Apoyo al Responsable Estatal en supervisión y evaluación de las estrategias del programa, así como dar seguimiento a las actividades de prevención. | 4 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 12.1.1 | Resultado | Número de consultas estomatológicas realizadas. | No aplica | 3,534,201 | Se contempla el total de consultas de primera vez y subsecuente del servicio estomatológico. (CPP06 y 13) | 99,197 |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | TIPO DE INDICADOR | NUMERADOR | DENOMINADOR | META FEDERAL | INDICADOR | META ESTATAL |
1 | Vacunación Universal | 1.1.1 | Resultado | Población menor de un año de edad que recibe las dosis de vacunas correspondientes al esquema completo de vacunación en el periodo a reportar. | Población de menores de un año de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en el periodo a reportar. | 90 | Expresa el porcentaje alcanzado de esquema completos en niñas y niños menores de 1 año de edad. | 90 |
1 | Vacunación Universal | 1.1.3 | Resultado | Población de seis años de edad a la que se le aplicó la segunda dosis de vacuna SRP en el periodo a reportar | Población de seis años de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en la D.P.R.I.,en el periodo a reportar | 95 | Expresa el porcentaje alcanzado con la aplicación de vacuna SRP en población de seis años de edad | 95 |
1 | Vacunación Universal | 1.2.1 | Resultado | Población de un año de edad que recibe las dosis de vacunas correspondientes al esquema completo de vacunación en el periodo a reportar. | Población de un año de edad de responsabilidad para la Secretaría de Salud en el periodo a reportar. | 90 | Expresa el porcentaje alcanzado de esquema completos de vacunación en niñas y niños de 1 año de edad. | 90 |
1 | Vacunación Universal | 1.3.1 | Resultado | Población de 4 años de edad a la que se le aplicó una dosis de vacuna DPT en el periodo a reportar. | Población de cuatro años de edad, de responsabilidad para la Secretaría de Salud en la D.P.R.I. | 95 | Expresa el porcentaje alcanzado con la aplicación de vacuna DPT en población de cuatro años de edad | 95 |
1 | Vacunación Universal | 1.3.2 | Resultado | Población de mujeres embarazadas a quienes se les aplica una dosis de Tdpa en un periodo de tiempo determinado | Población de mujeres embarazadas, responsabilidad de la Secretaría de Salud en la D.P.R.I., en el periodo a reportar | 95 | Expresa el porcentaje alcanzado con la aplicación de vacuna Tdpa en las mujeres embarazadas en un periodo determinado | 95 |
1 | Vacunación Universal | 2.1.1 | Resultado | Población con dosis aplicada de vacuna contra influenza estacional en un periodo determinado | Total de población meta a vacunar con la vacuna contra influenza Estacional de Responsabilidad Institucional para la Secretaría de Salud | 70 | Se refiere a las dosis de Vacuna de Influenza Estacional aplicadas durante el último trimestre del 2022 | 70 |
1 | Vacunación Universal | 5.1.2 | Proceso | Personal de salud operativo del primer nivel de atención bajo responsabilidad de los Servicios de Salud, capacitado. | Personal de salud operativo del primer nivel de atención bajo responsabilidad de los servicios de salud adscrito a unidades ubicadas en municipios de atención prioritaria. | 90 | Permite conocer el porcentaje del personal de salud bajo responsabilidad de los servicios de salud en municipios de atención prioritaria del estado, que han sido capacitados en temas de atención integrada en la infancia y vacunación. | 90 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 1.1.1 | Proceso | Número de niños menores de cinco años con EDA de primera vez que reciben tratamiento con Plan A | Denominador: Número de niños menores de cinco años con EDA de primera vez. | 95 | Es el número de NN menores de 5 años que recibieron tratamiento para EDA con plan A de hidratación. | 95 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 2.1.1 | Proceso | Número de niñas y niños desde un mes de nacidos a 5 años 11 meses 29 días de edad evaluados mediante la prueba EDI de primera vez en la vida durante la consulta de niño sano . | Total de NN menores de 6 años que acudió a consulta de niño sano de primera vez en el año. | 50 | Número de niñas y niños desde 1 mes de nacidos a 5 años 11 meses 29 días de edad evaluados en su desarrollo con la aplicación de la prueba EDI. | 50 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 8.2.1 | Proceso | Personal de salud operativo del primer nivel de atención bajo responsabilidad de los servicios de salud, capacitado | Personal de salud operativo del primer nivel de atención bajo responsabilidad de los servicios de salud. | 18 | Permite conocer el porcentaje de personal de salud bajo responsabilidad de los servicios de salud del estado, que ha sido capacitado en temas de atención integrada en la infancia | 18 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 10.1.1 | Proceso | Número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la infancia en el año | Número de supervisiones programadas al programa de Atención a la Salud de la Infancia en el año | 80 | es el número de supervisiones realizadas al Programa de Atención a la Salud de la infancia en el año | 80 |
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
ANEXO 5
Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
SIN DATOS |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
SIN DATOS |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
SIN DATOS |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio | 1.1.2.28 | Ramo 12-Apoyo Federal | Otros productos químicos de laboratorio Descripción complementaria: Reactivos y Biológicos en general elaborados por el Instituto de Diagnóstioc y Referencia Epidemiológicos a solicitud de los Laboratorios Estatales de Salud Pública. | 1.00 | 78,345 | 78,345.00 |
TOTAL | 78,345.00 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
1 | VIH y otras ITS | 1.9.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Condón femenino. De poliuretano o látex lubricado con dos anillos flexibles en los extremos. Envase con 1, 2 ó 3 piezas en empaque individual. Descripción complementaria: Clave: 060.308.0227 | 10.34 | 58,916 | 609,191.44 |
1 | VIH y otras ITS | 1.9.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Condón masculino. De hule látex. Envase con 100 piezas. Descripción complementaria: Clave: 060.308.0177 | 90.09 | 6,158 | 554,774.22 |
1 | VIH y otras ITS | 1.9.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Gel. Lubricante a base de agua. Envase con 2 a 60 g. | 6.96 | 100,967 | 702,730.32 |
1 | VIH y otras ITS | 5.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Inmunoanálsis para la detección del antígeno p24 de HIV-1 y anticuerpos al HIV-1 y HIV-2. Inmunoanálsis cualitativo in vitro con lectura visual para la detección simultánea del antígeno (Ag) no inmunocomplejo p24 del HIV-1 en forma libre y anticuerpos (Ab) a HIV-1 y HIV-2 en sangre humana. 10 tarjetas de prueba recubiertas de antígeno HIV1/2 recombinante y péptidos sintéticos, anticuerpos al antígeno p24 y avidina. TATC. Descripción complementaria: Prueba VIH Ag/Ac (4ta). Clave 080.829.5539 | 91.64 | 2,010 | 184,196.40 |
1 | VIH y otras ITS | 5.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Prueba rápida para la determinación cualitativa de anticuerpos IgG por inmunocromatografía, contra el virus de la Inmunodeficiencia Humana tipo 1 (VIH-1) y tipo 2 (VIH- 2) en fluido oral, sangre capilar, sangre total y plasma. Para uso como prueba de tamizaje. Requiere prueba confirmatoria. Equipo para 25 pruebas. TATC. Descripción complementaria: 080.829.5356 | 55.56 | 800 | 44,448.00 |
1 | VIH y otras ITS | 5.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación cualitativa de anticuerpos lgM/lgG anti HIV-1 y HIV-2 simultáneamente en suero, sangre, plasma o sangre total humana. Con lanceta retráctil con 3 niveles de punción, pipeta de toma y solución de corrimiento y sensibilidad igual o superior al 99% y especificidad igual o superior al 98% para VIH, de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológica, o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA o la Organización Mundial de la Salud. Pieza. Descripción complementaria: 080.980.0001 | 43.92 | 39,450 | 1,732,644.00 |
1 | VIH y otras ITS | 8.10.1.2 | Ramo 12-Apoyo Federal | Valganciclovir. Comprimido Cada Comprimido contiene: Clorhidrato de valganciclovir equivalente a 450 mg de valganciclovir. Envase con 60 Comprimidos Descripción complementaria: Clave: 010.000.4373.00, (Costo sin IVA) | 2,128.02 | 239 | 508,596.78 |
1 | VIH y otras ITS | 8.10.1.4 | Ramo 12-Apoyo Federal | Reactivo y Juego de Reactivos para Pruebas Específicas. Reactivos para la detección de compuestos de ADN de Mycobacterium tuberculosis y mutaciones asociadas a resistencia a rifampicina del gen rpoB, mediante PCR semicuantitativa, integrada y en tiempo real, en muestras de esputo y sedimentos preparados 10 Cartuchos RTC. Descripción complementaria: 080.784.7991. Cada pieza incluye 10 Cartuchos RTC (Costo con IVA $20, 880.00) | 20,880.00 | 41 | 856,080.00 |
1 | VIH y otras ITS | 11.6.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Pruebas Rápidas. Prueba rápida inmunocromatográfica para la determinación de anticuerpos de Treponema pallidum en suero o plasma humano. Con sensibilidad no menor al 95% y una especificidad no menor al 98% de acuerdo con el certificado de evaluación diagnóstica del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos o en su caso algún otro organismo internacional como la FDA, EMA, o la Organización Mundial de la Salud. Requiere prueba confirmatoria. Envase para mínimo 20 pruebas. Descripción complementaria: Clave: 080.829.5463. Las cantidades son por pruebas | 46.40 | 41,310 | 1,916,784.00 |
1 | VIH y otras ITS | 12.3.1.2 | Ramo 12-Apoyo Federal | Fórmula para lactantes (Sucedáneo de Leche Humana de Termino). Polvo o líquido. Energía - Mínimo /100 mL: 60 kcal Máximo /100 mL: 70 kcal. Energía - Mínimo /100 mL: 250 kcal Máximo / 100 mL: 295 kcal. Vitaminas. Vitamina A (expresados en retinol): Mínimo/100 kca: 200 U.I. o 60 µg, Máximo/100 kcal: 600 U.I. o 180 g. NSR/100 kcal En caso de productos en polvo debería procurarse conseguir NSR más bajo Vitamina D: Mínimo/100 kcal: 1 µg o 40 U.I., Máximo/100 kcal: 2,5 µg o 100 U.I. En caso de productos en polvo debería procurarse conseguir NSR más bajo. Vitamina C (Ac. ascórbico): Mínimo/100 kcal: 10 mg, Máximo/100 kcal: S. E., NSR/100 kcal: 70 mg. Vitamina B Tiamina (B1) Mínimo/100 kcal: 60 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 300 µg. Riboflavina (B2): Mínimo/100 kcal: 80 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal 500 µg. Niacina (B3): Mínimo/100 kcal: 300 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 1 500 µg. Piridoxina (B6): Mínimo/100 kcal: 35 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 175 µg. Ácido fólico (B9): Mínimo/100 kcal: 10 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 50 µg. Ácido pantoténico (B5): Mínimo/100 kcal: 400 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 2 000 µg. Cianocobalamina (B12): Mínimo/100 kcal: 0,1 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 1,5 µg. Biotina (H): Mínimo/100 kcal: 1,5 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 10 µg. Vitamina K1: Mínimo/100 kcal: 4 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 27 µg. Vitamina E (alfa tocoferol equivalente): Mínimo/100 | 168.00 | 6,772 | 1,137,696.00 |
| | | | kcal: 0,5 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 5 mg. Nutrimentos inorgánicos (minerales y elementos traza): Sodio (Na): Mínimo/100 kcal: 20 mg Máximo/100 kcal: 60 mg NSR/100 kcal: -. Potasio (K): Mínimo/100 kcal: 60 mg Máximo/100 kcal: 180 mg NSR/100 kcal: -. Cloro (Cl): Mínimo/100 kcal: 50 mg Máximo/100 kcal: 160 mg NSR/100 kcal: -. Calcio (Ca): Mínimo/100 kcal: 50 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 140 mg. Fósforo (P): Mínimo/100 kcal: 25 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 100 mg. La relación Ca:P: Mínimo/100 kcal: 1:1 Máximo/ 100 kcal: 2:1. Magnesio (Mg): Mínimo/100 kcal: 5 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 15 mg. Hierro (Fe): Mínimo/100 kcal: 1 mg Máximo/100 kcal: 2 mg. Yodo (I): Mínimo/100 kcal: 10 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 60 µg. Cobre (Cu): Mínimo/100 kcal: 35 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 120 µg. Cinc (Zn): Mínimo/100 kcal: 0,5 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/ 100 kcal: 1,5 mg. Manganeso (Mn): Mínimo/100 kcal: 1 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 100 µg. Selenio (Se): Mínimo/100 kcal: 1 µg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 9 µg. Colina: Mínimo/100 kcal: 14 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 50 mg. Mioinositol (Inositol): Mínimo/100 kcal: 4 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 40 mg. L-Carnitina (Carnitina): Mínimo/100 kcal: 1,2 mg Máximo/100 kcal: 2,3 mg. Taurina: Mínimo/100 kcal: 4,7 mg Máximo/100 kcal: 12 mg. Nucleótidos **): Mínimo/100 kcal: 1,9 mg Máximo/100 kcal: 16 mg NSR/100 kcal: -. Fuente de proteína Contendrá los aminoácidos esenciales. Leche de vaca Proteínas Totales: Mínimo/100 kcal 1,8 g Máximo/100 kcal: 3,0 g NSR/100 kcal: -. Lípidos y ácidos grasos: Grasas: Mínimo/100 kcal: 4,4 g Máximo/100 kcal: 6 g NSR/100 kcal: - . ARA: Mínimo/100 kcal: 7 mg Máximo/100 kcal: S.E. DHA: Mínimo/100 kcal : 7 mg Máximo/100 kcal: S.E. NSR/100 kcal: (0,5 % de los ácidos grasos). Relación ARA: DHA: Mínimo/100 kcal: 1:1 Máximo/100 kcal: 2:1. Ácido linoléico: Mínimo/100 kcal: 300 mg Máximo/100 kcal: S. E. NSR/100 kcal: 1 400 mg. Ácido alfa- linolénico: Mínimo/100 kcal : 50 mg Máximo/100 kcal: S. E. -. Hidratos de carbono. Hidratos de carbono: Mínimo/100 kcal: 9 g Máximo/100 kcal: 14 g NSR/100 kcal: -. Disposiciones Generales La proporción de ácido linoleico/alfa-linolénico mínimo 5:1, máximo 15:1 De manera opcional, la fuente de proteína podrá contener los aminoácidos esenciales (valina, leucina, isoleucina, treonina, lisina, metionina, fenilalanina y triptofano, y otros, regulados en la NORMA Oficial Mexicana NOM-131-SSA1- 2012) y en caso de ser adicionados se listarán en la ficha técnica. El contenido de ácidos grasos trans no seráµ superior al 3% del contenido total de ácidos grasos en las fórmulas para lactantes. En las fórmulas para lactantes sólo podrán añadirse almidones naturalmente exentos de gluten precocidos y/o gelatinizados hasta un máximo de 30% del contenido total de hidratos de carbono y hasta un máximo de 2 g/100 ml. En las fórmulas para lactantes debe evitarse el uso de sacarosa, así como la adición de fructosa como ingrediente, salvo cuando sea necesario por justificación tecnológica. En las fórmulas para lactantes podrán añadirse otros nutrimentos/ingredientes normalmente presentes en la leche materna o humana en cantidad suficiente con la finalidad de lograr el efecto nutrimental o fisiológico de ésta, sobre la base de las cantidades presentes en la leche materna y para asegurarse que sea adecuado como fuente única de la nutrición del lactante. Su idoneidad e inocuidad debe estar demostrada científicamente. Se debe contar con evidencia científica que demuestre la utilidad de los nutrimentos/ingredientes opcionales que se utilicen y estar a disposición de la Secretaría de Salud cuando ésta lo solicite. Las fórmulas que contengan más de 1,8 g de proteínas por cada 100 kcal, deben incrementar el contenido de piridoxina en al menos 15 µg de piridoxina por cada gramo de proteína arriba de dicho valor. En la fórmula lista para ser consumida de acuerdo con las instrucciones descritas en la etiqueta. Si se añade ácido docosahexaenoico (DHA), el contenido de ácido araquidónico debe ser al menos el mismo que el de DHA y el contenido de ácido eicosapentaenoico (EPA) no debe exceder el contenido de DHA. ** Opcional S.E. Sin Especificación NSR: Nivel Superior de Referencia. Envase desde 360 g hasta 454 g polvo y medida dosificadora. Descripción complementaria: Clave: 030.000.0011.00, $ 168 (COSTO CON IVA) | | | |
1 | VIH y otras ITS | 12.3.1.2 | Ramo 12-Apoyo Federal | Sucedaneo De Leche Humana De Pretermino. Polvo Contenido en: Kilocalorías Unidad kcal 100g Mín. 400 Máx 525 100kcal Mín 100.0 Máx 100.0 100ml Mín 64 Máx 85 Lípidos Unidad g 100g Mín. 19.2 Máx 31.5 100kcal Mín4.80 Máx 6.00 100ml Mín 3.072 Máx 5.1 Acido linoleico Unidad mg 100g Mín. 1200 Máx 7350 100kcal Mín300.00 Máx 1400.00 100ml Mín 192 Máx 1190 Ac alfa Linolénico Unidad mg 100g Mín. 200 Máx SE* 100kcal Mín50.00 Máx SE* 100ml Mín 32 Máx SE* Relac A. Linoleico/ A. á Linolenico 100g Mín. 5:1 Máx 15:1 100kcal Mín5:1 Máx 15:1 100ml Mín 5:1 Máx 15:1 Acido araquidónico Unidad % 100g Mín. 1.60 Máx 3.675 100kcal Mín0.40 Máx 0.70 100ml Mín 0.256 Máx 0.595 Acido DHA** Unidad % 100g Mín. 1.40 Máx 2.625 100kcal Mín 0.35 | 244.00 | 356 | 86,864.00 |
| | | | Máx 0.50 100ml Mín 0.224 Máx 0.425 Relac Aa/DHA 100g Mín. 1.5:1 Máx 2:1 100kcal Mín1.5:1 Máx 2:1 100ml Mín 1.5:1 Máx 2:1 Proteínas Unidad g 100g Mín. 9.60 Máx 15.75 100kcal Mín 2.40 Máx 3.00 100ml Mín 1.536 Máx 2.55 Taurina Unidad mg 100g Mín. 20.00 Máx 63 100kcal Mín 5.00 Máx 12.00 100ml Mín 3.2 Máx 10.2 Hidratos de carbono*** Unidad g 100g Mín. 38.80 Máx 73.5 100kcal Mín 9.70 Máx 14.00 100ml Mín 6.208 Máx 11.9 Sodio Unidad mg 100g Mín. 144.00 Máx 315 100kcal Mín36.00 Máx 60.00 100ml Mín 23.04 Máx 51 Potasio Unidad mg 100g Mín. 376.00 Máx 840 100kcal Mín 94.00 Máx 160.00 100ml Mín 60.16 Máx 136 Cloruros Unidad mg 100g Mín. 240.00 Máx 840 100kcal Mín 60.00 Máx 160.00 100ml Mín 38.4 Máx 136 Calcio Unidad mg 100g Mín. 380.00 Máx 735 100kcal Mín 95.00 Máx 140.00 100ml Mín 60.8 Máx 119 Fósforo Unidad mg 100g Mín. 208.00 Máx 525 100kcal Mín 52.00 Máx 100.00 100ml Mín 33.28 Máx 85 Relación Ca/P 100g Mín. 1.7:1 Máx 2:1 100kcal Mín 1.7:1 Máx 2:1 100ml Mín 1.7:1 Máx 2:1 Vitamina A Unidad U.I. 100g Mín. 2800.00 Máx 6583.5 100kcal Min 700.00 Máx 1254.00 100ml Mín 448 Máx 1065.9 Vitamina A ER (Retinol) Unidad ?g 100g Mín. 816.00 Máx 1995 100kcal Mín 204.00 Máx 380.00 100ml Mín 130.56 Máx 323 Vitamina D Unidad U.I. 100g Mín. 292.00 Máx 525 100kcal Mín 73.00 Máx 100.00 100ml Mín 46.72 Máx 85 Vitamina E ( Alfa Tocoferol) Unidad U.I. 100g Mín. 12.00 Máx 63 100kcal Mín 3.00 Máx 12.00 100ml Mín 1.92 Máx 10.2 Vitamina K Unidad ?g 100g Mín. 32.80 Máx 131.25 100kcal Mín 8.20 Máx 25.00 100ml Mín 5.248 Máx 21.25 Vitamina C Unidad mg 100g Mín. 53.60 Máx 194.25 100kcal Mín 13.40 Máx 37.00 100ml Mín 8.576 Máx 31.45 Vitamina B1 (tiamina) Unidad ?g 100g Mín. 240.00 Máx 1312.5 100kcal Mín 60.00 Máx 250.00 100ml Mín 38.4 Máx 212.5 Vitamina B2 (riboflavina) Unidad ?g 100g Mín. 560.00 Máx 2625 100kcal Mín 140.00 Máx 500.00 100ml Mín 89.6 Máx 425 Niacina Unidad ?g 100g Mín. 4000.00 Máx 7875 100kcal Mín 1000.00 Máx 1500.00 100ml Mín 640 Máx 1275 Vitamina B6 (piridoxina) Unidad ?g 100g Mín. 300.00 Máx 918.75 100kcal Mín 75.00 Máx 175.00 100ml Mín 48 Máx 148.75 Acido fólico Unidad ?g 100g Mín. 148.00 Máx 262.5 100kcal Mín 37.00 Máx 50.00 100ml Mín 23.68 Máx 42.5 Acido pantoténico Unidad ?g 100g Mín. 1800.00 Máx 9975 100kcal Mín 450.00 Máx 1900.00 100ml Mín 288 Máx 1615 Vitamina B12 (cianocobalamina) Unidad ?g 100g Mín. 0.80 Máx 7.875 100kcal Mín 0.20 Máx 1.50 100ml Mín 0.128 Máx 1.275 Biotina Unidad ?g 100g Mín. 8.80 Máx 52.5 100kcal Mín 2.20 Máx 10.00 100ml Mín 1.408 Máx 8.5 Colina Unidad mg 100g Mín. 30.00 Máx 262.5 100kcal Mín 7.50 Máx 50.00 100ml Mín 4.8 Máx 42.5 Mioinositol Unidad mg 100g Mín. 16.00 Máx 210 100kcal Mín 4.00 Máx 40.00 100ml Mín 2.56 Máx 34 Magnesio Unidad mg 100g Mín. 28.00 Máx 78.75 100kcal Mín 7.00 Máx 15.00 100ml Mín 4.48 Máx 12.75 Hierro Unidad mg 100g Mín. 6.80 Máx 15.75 100kcal Mín 1.70 Máx 3.00 100ml Mín 1.088 Máx 2.55 Yodo Unidad ?g 100g Mín. 24.00 Máx 236.25 100kcal Mín 6.00 Máx 45.00 100ml Mín 3.84 Máx 38.25 Cobre Unidad ?g 100g Mín. 360.00 Máx 630 100kcal Mín 90.00 Máx 120.00 100ml Mín 57.6 Máx 102 Zinc Unidad mg 100g Mín. 4.40 Máx 7.875 100kcal Mín 1.10 Máx 1.50 100ml Mín 0.704 Máx 1.275 Manganeso Unidad ?g 100g Mín. 28.00 Máx 131.25 100kcal Mín 7.00 Máx 25.00 100ml Mín 4.48 Máx 21.25 Selenio Unidad ?g 100g Mín. 7.20 Máx 26.25 100kcal Mín 1.80 Máx 5.00 100ml Mín 1.152 Máx 4.25 Nucleótidos Unidad mg 100g Mín. 7.60 Máx 84 100kcal Mín 1.90 Máx 16.00 100ml Mín 1.216 Máx 13.6 Cromo Unidad ?g 100g Mín. 6.00 Máx 52.5 100kcal Mín 1.50 Máx 10.00 100ml Mín 0.96 Máx 8.5 Molibdeno Unidad ?g 100g Mín. 6.00 Máx 52.5 100kcal Mín 1.50 Máx 10.00 100ml Mín 0.96 Máx 8.5 Dilución 16% Envase con 450 a 454 g y medida de 4.40 a 5.37 g. * Aunque no existe un nivel superior de recomendación siempre deberá conservar la relación de ácido linoleico/ácido linolenico. **DHA: Acido Docosahexanoico. *** La lactosa y polímeros de glucosa deben ser los hidratos de carbono preferidos, sólo podrán añadirse almidones naturalmente exentos de gluten precocidos y/o gelatinizados hasta un máximo de 30% del contenido total de hidratos de carbono y hasta un máximo de 2 g/100ml. Descripción complementaria: Clave: 030.000.0003.00, ($ 244 COSTO CON IVA) | | | |
TOTAL | 8,334,005.16 |
Nota: La fuente de información para estimar los medicamentos antirretrovirales con recursos del Fondo de Salud para el Bienestar del Instituto de Salud para el Bienestar, será el Sistema de Administración Logística y Vigilancia de Antirretrovirales (SALVAR), por tanto, es obligatorio el uso del Sistema en las Entidades Federativas y que estas mantengan sus existencias y necesidades de medicamentos actualizadas a los cortes que establece el Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA.
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 4.3.2.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Reactivos y Juegos de reactivos para pruebas específicas Reactivos completos para la cuantificación de ácidos nucleicos de los siguientes microorganismos: Virus de Inmunodeficiencia Humana, de la Hepatitis B, Hepatitis C, Virus del Papiloma Humano, Citomegalovirus, Chlamydia trachomatis y Mycobacterium tuberculosis. Equipo para mínimo 10 pruebas. RTC. Descripción complementaria: Reactivos completos para la cuantificación de ácidos nucleicos de Virus de Papiloma Humano por PCR | 368.23 | 16,544 | 6,091,997.12 |
TOTAL | 6,091,997.12 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
SIN DATOS |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | PRECIO UNITARIO | CANTIDAD | TOTAL (PESOS) |
1 | Vacunación Universal | 1.1.1.5 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna Contra Difteria, Tos Ferina, Tetanos, Hepatitis B, Poliomielitis Y Haemophilus Influenzae Tipo B. Suspension Inyectable. Cada frasco ámpula con 0.5 ml contiene: Toxoide diftérico no menos de 20 UI Toxoide tetánico no menos de 40 UI Toxoide pertussis 25 µg Hemaglutinina filamentosa 25 µg Poliovirus tipo 1 inactivado (Mahoney) 40 U Poliovirus tipo 2 inactivado (MEF1) 8 U Poliovirus tipo 3 inactivado (Saukett) 32 U Antígeno de superficie del virus de Hepatitis B 10 µg Polisacárido capsular de Haemophilus influenzae tipo b 12 µg Conjugado a la proteína tetánica 22-36 µg Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno. Descripción complementaria: Vacuna Hexavalente, clave 020.000.6135.00 Envase con 10 frascos ámpula con 1 dosis de 0.5 ml cada uno. | 261.95 | 14,368 | 3,763,697.60 |
1 | Vacunación Universal | 2.1.1.1 | Ramo 12-Apoyo Federal | Vacuna antiinfluenza. Suspensión Inyectable. Cada dosis de 0.5 ml contiene:Fracciones antigénicas purificadas de virus de influenza inactivados correspondientes a las cepas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el periodo pre-invernal e invernal de los años correspondientes del hemisferio norte. Envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis). Descripción complementaria: Vacuna contra la Influenza Estacional. Envase con 1 frasco ámpula con 5 ml cada uno (10 dosis) Clave 020.000.3822.01 | 650.40 | 66,809 | 43,452,573.60 |
TOTAL | 47,216,271.20 |
NOTA: La descripción del objeto para el que serán utilizados los insumos que se indican en el presente anexo, se encuentran identificados en el Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12, (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio), del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE, los cuales serán consumidos conforme a las metas e indicadores de cada Programa
Relación de insumos federales enviados en especie por "LOS PROGRAMAS" en materia de Salud Pública financiados con la fuente de financiamiento del ANEXO 4-INSUMOS.
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) |
SIN DATOS |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) |
SIN DATOS |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
No. | PROGRAMA | ÍNDICE | FUENTE DE FINANCIAMIENTO | CONCEPTO | CANTIDAD (VOLUMEN) |
SIN DATOS |
NOTA: Para el programa de Planificación Familiar y Anticoncepción a cargo del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva; los programas de Enfermedades Cardiometabólicas, Micobacteriósis, Dengue y Zoonosis a cargo del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades; y para el programa de Vacunación, a cargo del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, tendrán como fuente de financiamiento adicional recursos de presupuesto INSABI, y los recursos adicionales.
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción, Número de Actividad General y Número de Acción Específica.
APÉNDICE
La información de la distribución de los recursos presupuestarios del ramo 33, Aportación Estatal, y Otra, así como los del Instituto de Salud para el Bienestar, INSABI, ANEXO 4- INSUMOS y el Fondo de Salud para el Bienestar, FIDEICOMISO INSABI, no forman parte de los recursos federales ministrados por "LA SECRETARÍA" a "EL EJECUTIVO ESTATAL" con motivo del presente convenio, se colocan sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
Resumen de recursos por fuente de financiamiento
(Monto pesos)
No. | UNIDAD RESPONSABLE/ PROGRAMA DE ACCIÓN | SPPS RAMO 12 | SUBTOTAL | RAMO 33 | APORTACIÓN ESTATAL | OPORTUNIDADES | OTRA | SUBTOTAL | INSABI | SUBTOTAL | TOTAL |
RECURSOS FINANCIERO S CASSCO CAUSES | INSUMOS | RECURSOS FINANCIEROS FASSA - P FASSA - C RECTORÍA | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | ANEXO 4 INSUMOS Y PRESUPUESTOS | SMS XXI INSABI (PRESUPUESTOS E INSUMOS) | FIDEICOMISO INSABI |
RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS | RECURSOS FINANCIEROS |
310 DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE LA SALUD | |
1 | Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
Total: | 2,123,130.00 | 0.00 | 2,123,130.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,123,130.00 |
313 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE SALUD MENTAL | |
1 | Salud Mental y Adicciones | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 1 | Salud Mental | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 2 | Adicciones | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
Total: | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES | |
1 | Seguridad Vial | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
2 | Prevención de Accidentes en Grupos Vulnerables | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
Total: | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA | |
1 | Atención a Emergencias en Salud | 440,646.00 | 0.00 | 440,646.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 440,646.00 |
| 1 | Emergencias | 278,562.00 | 0.00 | 278,562.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 278,562.00 |
| 2 | Monitoreo | 162,084.00 | 0.00 | 162,084.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 162,084.00 |
2 | Vigilancia en Salud Pública por Laboratorio | 1,654,077.00 | 78,345.00 | 1,732,422.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,732,422.00 |
Total: | 2,094,723.00 | 78,345.00 | 2,173,068.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,173,068.00 |
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL VIH/SIDA | |
1 | VIH y otras ITS | 1,492,054.00 | 8,334,005.16 | 9,826,059.16 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 9,826,059.16 |
2 | Virus de Hepatitis C | 439,578.00 | 0.00 | 439,578.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 439,578.00 |
Total: | 1,931,632.00 | 8,334,005.16 | 10,265,637.16 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 10,265,637.16 |
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO Y SALUD REPRODUCTIVA | |
1 | Salud Sexual y Reproductiva | 16,398,181.37 | 0.00 | 16,398,181.37 | 7,109,808.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,109,808.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 23,507,989.37 |
| 1 | SSR para Adolescentes | 2,947,736.00 | 0.00 | 2,947,736.00 | 2,252,460.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,252,460.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 5,200,196.00 |
| 2 | PF y Anticoncepción | 3,890,875.57 | 0.00 | 3,890,875.57 | 3,390,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,390,000.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,280,875.57 |
| 3 | Salud Materna | 4,273,458.50 | 0.00 | 4,273,458.50 | 1,467,348.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,467,348.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 5,740,806.50 |
| 4 | Salud Perinatal | 2,648,823.30 | 0.00 | 2,648,823.30 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 2,648,823.30 |
| 5 | Aborto Seguro | 715,206.00 | 0.00 | 715,206.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 715,206.00 |
| 6 | Violencia de Género | 1,922,082.00 | 0.00 | 1,922,082.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,922,082.00 |
2 | Prevención y Control del Cáncer | 1,334,668.42 | 6,091,997.12 | 7,426,665.54 | 525,564.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 525,564.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,952,229.54 |
3 | Igualdad de Género | 601,714.00 | 0.00 | 601,714.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 601,714.00 |
Total: | 18,334,563.79 | 6,091,997.12 | 24,426,560.91 | 7,635,372.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,635,372.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 32,061,932.91 |
O00 CENTRO NACIONAL DE PROGRAMAS PREVENTIVOS Y CONTROL DE ENFERMEDADES | |
1 | Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,983,037.20 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,983,037.20 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 4,983,037.20 |
2 | Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos | 785,271.00 | 0.00 | 785,271.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 785,271.00 |
| 1 | Paludismo | 210,054.00 | 0.00 | 210,054.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 210,054.00 |
| 2 | Enfermedad de Chagas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 3 | Leishmaniasis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 4 | Intoxicación por Artrópodos | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
| 5 | Dengue | 575,217.00 | 0.00 | 575,217.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 575,217.00 |
| 6 | Vigilancia Post Oncocercosis | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra) | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 377,747.58 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 377,747.58 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 377,747.58 |
4 | Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres | 105,453.00 | 0.00 | 105,453.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 105,453.00 |
5 | Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19) | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
6 | Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
7 | Enfermedades Cardiometabólicas | 3,168,564.00 | 0.00 | 3,168,564.00 | 556,464.94 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 556,464.94 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 3,725,028.94 |
8 | Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento | 128,958.00 | 0.00 | 128,958.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 128,958.00 |
9 | Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales | 67,986.00 | 0.00 | 67,986.00 | 1,890,446.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,890,446.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 1,958,432.00 |
10 | Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
Total: | 4,256,232.00 | 0.00 | 4,256,232.00 | 7,807,695.72 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 7,807,695.72 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 12,063,927.72 |
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA | |
1 | Vacunación Universal | 625,998.00 | 47,216,271.20 | 47,842,269.20 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 47,842,269.20 |
2 | Atención a la Salud de la Adolescencia | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
3 | Atención a la Salud en la Infancia | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 991,685.91 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 991,685.91 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 991,685.91 |
4 | Diagnóstico y tratamiento oportuno de cáncer en menores de 18 años | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 |
Total: | 625,998.00 | 47,216,271.20 | 47,842,269.20 | 991,685.91 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 991,685.91 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 48,833,955.11 |
Gran Total: | 29,366,278.79 | 61,720,618.48 | 91,086,897.27 | 16,434,753.63 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 16,434,753.63 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 0.00 | 107,521,650.9 0 |
NOTA: La descripción detallada de los insumos/servicios a adquirir o contratar con los recursos que se indican en el presente Apéndice, se encuentran identificados en los siguientes módulos del Sistema de Información para la Administración del Fondo para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas, SIAFFASPE: Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 12 (Formato Reporte de ramo 12 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio); Módulo de Reportes-Presupuestación-Ramo 33 (Formato Reporte de ramo 33 por entidad federativa, programa, fuente de financiamiento e insumo, bien o servicio) y Módulo de Presupuestación-INSABI-Insumos-Captura y Validación.
Por la Secretaría: Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Dr. Hugo López Gatell Ramírez.- Rúbrica.- Director General de Promoción de la Salud, Dr. Ricardo Cortés Alcalá.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular de Dirección General de Epidemiología, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Director de Información Epidemiológica, Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez.- Rúbrica.- Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Salud Mental, Mtra. Diana Iris Tejadilla Orozco.- Rúbrica.- Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, Dr. Arturo García Cruz.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, Dra. Karla Berdichevsky Feldman.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades, Dr. Ruy López Ridaura.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA, Dra. Alethse De La Torre Rosas.- Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Director de Atención a la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Dr. José Luis Díaz Ortega.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: Secretaria de Salud y Directora General de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Dra. Silvia Guillermina Roldán Fernández.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, C.P. Said Arminio Mena Oropeza.- Rúbrica.