DOF: 02/02/2023
EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Evangélica Independiente, para constituirse en asociación religiosa

EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Iglesia Evangélica Independiente, para constituirse en asociación religiosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. LAURO ANZURES CHÁVEZ Y FIRMANTE DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA EVANGÉLICA INDEPENDIENTE.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 8° y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada IGLESIA EVANGÉLICA INDEPENDIENTE, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Lázaro Cárdenas, No. 21, San Juan Tejaluca, Atlixco, Puebla, C.P. 74360.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle Lázaro Cárdenas, No. 21, San Juan Tejaluca, Atlixco, Puebla, C.P. 74360, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "...prepararse mutuamente todos los asociados, para vivir piadosa y pacíficamente de acuerdo a las enseñanzas del Señor Jesucristo y sus apóstoles, lo que incluye la adoración al único Dios verdadero revelado".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Lauro Anzúres Chávez.
VI.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Samuel Anzures Chávez, Presidente; Lauro Anzures Chávez, Vicepresidente; Samuel Leal Ramírez, Tesorero; Josué Tejeda Salazar, Secretario; Isaí Tejeda Salazar, Vocal; y Samuel Leal Ortega, Vocal.
IX.- Ministros de culto: Samuel Anzures Chávez, Josué Tejeda Salazar, Samuel Leal Ramírez y Lauro Anzures Chávez.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil veintitrés.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.
 

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