DOF: 02/06/2023
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administr

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, que la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia dictada dentro del Juicio de Nulidad número 1610/22-04-01-7, promovido por la representación legal de la empresa Flexus, S.A. de C.V., decretó la nulidad de la resolución número 00641/30.15/2647/2022, dictada en el expediente número PISI-A-NC-DS-0012/2021, para el efecto de que esta Autoridad emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada única y exclusivamente en la parte de la imposición de la sanción económica, en los términos considerados por dicha Sala Regional.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Área de Responsabilidades.- Expediente PISI-A-NC-DS-0012/2021.- Acuerdo No. 00641/30.15/4230/2023.

Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado, así como a las Entidades Federativas, que la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, mediante sentencia del 1 de febrero de 2023, dictada dentro del Juicio de Nulidad número 1610/22-04-01-7, promovido por la representación legal de la empresa FLEXUS, S.A. DE C.V., decretó la nulidad de la resolución número 00641/30.15/2647/2022 de fecha 25 de abril de 2022, dictada en el expediente número PISI-A-NC-DS-0012/2021, para el efecto de que esta Autoridad emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada única y exclusivamente en la parte de la imposición de la sanción económica, en los términos considerados por dicha Sala Regional.
DEPENDENCIAS, ENTIDADES, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS.
PRESENTES.
Mediante sentencia del 1 de febrero de 2023, dictada dentro del Juicio de Nulidad número 1610/22-04-01-7, promovido por la empresa FLEXUS, S.A. DE C.V., la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, decretó la nulidad de la resolución número 00641/30.15/2647/2022 de fecha 25 de abril de 2022, dictada en el expediente número PISI-A-NC-DS-0012/2021, para el efecto de que esta Autoridad emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada única y exclusivamente en la parte de la imposición de la sanción económica, en los términos considerados por dicha Sala Regional; por lo que, en acatamiento a lo ordenado por la Sala Regional antes citada, esta Autoridad Administrativa, emitió el Acuerdo No. 00641/30.15/4229/2023 de fecha 19 de mayo de 2023, en que acordó lo siguiente: "PRIMERO.- En acatamiento a lo instruido por la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en su sentencia definitiva de fecha 1 de febrero de 2023, dictada dentro del Juicio de Nulidad número 1610/22-04-01-7, promovido por la representación legal de la empresa FLEXUS, S.A. DE C.V., esta Autoridad deja sin efectos la resolución número 00641/30.15/2647/2022, de fecha 25 de abril de 2022, dictada en el expediente número PISI-A-NC-DS-0012/2021 y los actos que derivaron de la misma, para el efecto de emitir una nueva resolución fundada y motivada en cuanto a la imposición de la sanción económica, en los términos considerados por la citada Sala Regional. SEGUNDO.- Procédase a publicar en el Diario Oficial de la Federación, la respectiva Circular, a efecto de hacer del conocimiento de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado, así como de las Entidades Federativas, el contenido del presente Acuerdo..."
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 18, 26, 37 fracciones XII y XXIX y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 59 y 60 fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 2, 3, 6 numeral III inciso B punto 3, 38 fracción III numeral 12 y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 2020; 83 párrafos primero, segundo, tercero y sexto del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; y toda vez que en cumplimiento a la sentencia dictada el 1 de febrero de 2023, por la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, esta Área de Responsabilidades dejó sin efectos la resolución número 00641/30.15/2647/2022 de fecha 25 de abril de 2022, dictada en el expediente PISI-A-NC-DS-0012/2021, y los actos que derivaron de la misma, y ordenó que se emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada única y exclusivamente en cuanto a la imposición de la sanción económica, en los términos considerados por la citada Sala Regional; a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, podrán recibir propuestas o celebrar contratos sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas con la empresa FLEXUS, S.A. DE C.V.
Ciudad de México, a 19 de mayo de 2023.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, Lic. Gustavo Aguirre Lona.- Rúbrica.
 

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