ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Coahuila de Zaragoza y los

ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Social, el Estado de Coahuila de Zaragoza y los municipios de Acuña, Arteaga, Monclova, Piedras Negras, Saltillo, Torreón, Frontera, Ramos Arizpe y Matamoros de dicha entidad federativa.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 "DESARROLLO SOCIAL" QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDESOL", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR EL DELEGADO FEDERAL DE LA SEDESOL EN EL ESTADO DE COAHUILA, LIC. EDUARDO IGNACIO ORTUÑO GURZA; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO" REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE FINANZAS DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, ING. JESUS JUAN OCHOA GALINDO Y EL COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE COAHUILA, ING. ISMAEL EUGENIO RAMOS FLORES; CON LA PARTICIPACION DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MARTHA LAURA CARRANZA Y LOS MUNICIPIOS DE ACUÑA, ARTEAGA, MONCLOVA, PIEDRAS NEGRAS, SALTILLO, TORREON, FRONTERA, RAMOS ARIZPE Y MATAMOROS, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", REPRESENTADOS POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES LOS C.C. LIC. ALBERTO AGUIRRE VILLARREAL, ING. ERNESTO FRANCISCO VALDES CEPEDA, C. MELCHOR SANCHEZ DE LA FUENTE, C.P. OSCAR LOPEZ ELIZONDO, LIC. YERICO ABRAMO MASSO, LIC. EDUARDO OLMOS CASTRO, C. JESUS RIOS ALVARADO, ING. RAMON OCEGUERA RODRIGUEZ, C. GUILLERMO DEL REAL CASTAÑEDA E ING. AROLDO VILLAREAL FERNANDEZ; A QUIENES CUANDO ACTUEN EN CONJUNTO SE DENOMINARA "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El Programa se encuentra enmarcado en el Eje 1 "Estado de derecho y seguridad" del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 que subraya la importancia de contribuir al pleno ejercicio de derechos y libertades de los ciudadanos estableciendo medidas para favorecer la seguridad en las comunidades y espacios urbanos.
En concordancia con lo anterior, el Programa de Rescate de Espacios Públicos se inscribe en el objetivo 4 del Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012 que hace referencia a mejorar la calidad de vida en las ciudades, con énfasis en los grupos sociales en condición de pobreza, a través de la provisión de infraestructura social y vivienda digna, así como la consolidación de ciudades eficientes, seguras y competitivas.
El Programa se encuentra referido en la Estrategia Vivir Mejor, al contribuir con el mejoramiento y cuidado del entorno, propiciando la cohesión del tejido social, a través de acciones que disminuyan las conductas de riesgo y promuevan la seguridad ciudadana.
II. El Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece entre los objetivos de la Política de Desarrollo Social: Desarrollar las capacidades básicas de las personas en condición de pobreza, abatir el rezago que enfrentan los grupos sociales vulnerables a través de estrategias de asistencia social que les permitan desarrollar sus potencialidades con independencia y plenitud, así como disminuir las disparidades regionales a través del ordenamiento territorial e infraestructura social que permita la integración de las regiones marginadas a los procesos de desarrollo y detone las potencialidades productivas.
III.- El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los Gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que los Gobiernos participen en la planeación nacional de desarrollo.
IV.- El artículo 34, fracción II del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2011, establece que tratándose de facultades concurrentes, cuando el Ejecutivo Federal por conducto de la dependencia competente decida suscribir convenios de coordinación en términos de la Ley de Planeación con las entidades federativas, procurará que éstos se celebren a más tardar en el mes de febrero en condiciones de oportunidades y certeza para beneficio de la población objetivo.
V.- De acuerdo a lo establecido en el artículo 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" se
destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
VI.- El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el Programa de Rescate de Espacios Públicos. El objetivo general del Programa de Rescate de Espacios Públicos es "Contribuir a mejorar la calidad de vida y la seguridad ciudadana, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza de las ciudades y zonas metropolitanas". Lo anterior de conformidad a lo previsto en las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACION".
VII.- La Oficialía Mayor de la Secretaría de Desarrollo Social, comunicó a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas, el monto de los subsidios autorizados al Programa de Rescate de Espacios Públicos para el ejercicio fiscal 2012, mediante oficio número OM/DGPP4010.20/1244/2011, de fecha 29 de diciembre de 2011.
VIII.- La Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, número 300.-002 de fecha 4 de enero de 2012, comunica a los Delegados Federales de la Secretaría de Desarrollo Social la distribución de los subsidios federales del Programa de Rescate de Espacios Públicos por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2012.
Con base en lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75, y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4, 24, y 43 de la Ley General de Desarrollo Social y 3, fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 7, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 1, 9, 33, 34 y 35 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública Gubernamental; 6, 8, 12, 29, 36, 37, 44 y 45 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos para el Ejercicio Fiscal 2012, y en los artículos 5, 9 apartado B fracción V, 15 apartado B) y C), 20 fracciones V y VII, 21 fracción XX, 27 fracción IV, 29 fracción XXVII y Sexto transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; así como en lo previsto por los artículos 2 fracciones XIV de la Ley que crea el Servicio de Administración Tributaria del Estado de Coahuila, publicada en el periódico oficial del Estado de fecha 23 de abril de 2010; artículos 1, 3, 13 fracciones IX, XXXII, XXXIV del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Coahuila, publicado en el mismo órgano informativo de fecha 22 de junio de 2010, en los artículos 4, 5, 7, 8, 9, 20 fracciones V y VII, 21 fracción XXI, 27 fracción IV, 29 fracción XXVII y Sexto transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; en los artículos 4, 15 y 16 de la Ley de Planeación en el Estado de Coahuila de Zaragoza y en los artículos 4, 24 y 104 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; 1 y 4 de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO I. DEL OBJETO
PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LAS PARTES", para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales aportados, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida y la seguridad ciudadana, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza de las Ciudades y Zonas Metropolitanas.
SEGUNDA. "LAS PARTES", acuerdan que para la operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establece el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, las "REGLAS DE OPERACION" y los Lineamientos Específicos para la Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos que los rijan, así como en los instrumentos técnicos que se deriven de estos dos últimos y la demás normatividad federal aplicable.
CAPITULO II. DE LAS CIUDADES Y ZONAS METROPOLITANAS
 
TERCERA. "LAS PARTES", acuerdan que las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos se llevarán a cabo en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas, que se señalan en el Anexo I: "Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas", el cual, debidamente suscrito por el Delegado Federal de la SEDESOL, el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza y Secretario Técnico del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado y por los Presidentes Municipales forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.
CUARTA. Con el fin de apoyar la ejecución de acciones interinstitucionales, "LA SEDESOL" promoverá la concurrencia de acciones de otras instituciones en los espacios públicos donde intervenga el Programa de Rescate de Espacios Públicos, tanto de instancias del propio sector Desarrollo Social como de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" acuerdan apoyar a "LA SEDESOL" en la ejecución de dichas acciones.
CAPITULO III. DE LOS SUBSIDIOS FEDERALES
QUINTA. "LAS PARTES", acuerdan que los subsidios federales para la entidad federativa se distribuyen por municipio, de conformidad con lo señalado en el Anexo II: "Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales", el cual debidamente suscrito por el Delegado Federal de "LA SEDESOL", el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza y Secretario Técnico del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado y por los Presidentes Municipales forman parte del presente Acuerdo de Coordinación.
SEXTA. "EL ESTADO y "LOS MUNICIPIOS" adoptarán el esquema de aportación señalado en las "REGLAS DE OPERACION", el cual establece una aportación del 50% federal y 50% local.
Las aportaciones que se determinen conforme a lo señalado en esta cláusula se incorporarán en el Anexo II del presente Acuerdo de Coordinación.
SEPTIMA. La ministración de los subsidios federales para el Programa de Rescate de Espacios Públicos se efectuará considerando el calendario presupuestario autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).
OCTAVA. De conformidad con lo establecido en las "REGLAS DE OPERACION", "EL ESTADO", "LOS MUNICIPIOS" y las Delegaciones Federales de "LA SEDESOL", podrán constituirse como ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos. Los ejecutores serán los responsables del ejercicio y comprobación de los subsidios federales y de los recursos locales aportados para la operación del Programa en la entidad.
NOVENA. "LAS PARTES", acuerdan que los subsidios federales destinados a la entidad federativa que no se comprometan en las fechas señaladas en el Oficio para la Distribución de Subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos por entidad federativa, y de acuerdo a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACION", podrán ser redistribuidos por "LA SEDESOL" a otros municipios del mismo estado o a otras entidades federativas, de conformidad a lo establecido en el numeral 4.2.3 de las "REGLAS DE OPERACION". Dichas redistribuciones presupuestarias serán notificadas por la Delegación Federal de "LA SEDESOL" a "EL ESTADO" y a "LOS MUNICIPIOS" que correspondan.
En caso de que "LA SEDESOL" autorice la incorporación al Programa de Rescate de Espacios Públicos de Ciudades y/o Zonas Metropolitanas no comprendidos en este Acuerdo de Coordinación, su incorporación se formalizará mediante la suscripción de un Anexo, el cual será suscrito por el Delegado Federal de "LA SEDESOL", el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza y Secretario Técnico del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado y por el o los Presidentes Municipales correspondientes. Dicho Anexo formará parte del presente Acuerdo de Coordinación y deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.
CAPITULO IV. DE LOS RECURSOS APORTADOS POR EL "ESTADO" Y POR "LOS MUNICIPIOS"
DECIMA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", se comprometen a aportar recursos financieros para las obras y acciones apoyadas por el Programa de Rescate de Espacios Públicos, de conformidad con lo señalado en las "REGLAS DE OPERACION". Estos recursos serán distribuidos conforme a lo señalado en el Anexo II: "Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales", el cual, debidamente suscrito por el Delegado Federal de "LA SEDESOL", el Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza y Secretario Técnico del Comité de Planeación Para el Desarrollo del Estado y por el o los Presidentes Municipales forma parte del presente Acuerdo de Coordinación.
DECIMA PRIMERA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" se comprometen a aportar recursos financieros
por la cantidad de $19'428,285.00 (diecinueve millones cuatrocientos veintiocho mil doscientos ochenta y cinco pesos 00/100 M.N.), provenientes de su Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2012 para la realización de los proyectos.
DECIMA SEGUNDA. "LAS PARTES", acuerdan que con los recursos de los tres órdenes de gobierno, destinados al Programa, se dará prioridad a las obras y acciones que permitan alcanzar las metas presupuestarias del Programa, en tal caso, éstas deberán distinguirse por su carácter integrador y complementario. Por ello, el conjunto de proyectos que se proponga realizar deberán comprender tanto el mejoramiento físico de los espacios públicos, como de desarrollo social y seguridad comunitaria y aquellos que garanticen accesibilidad y movilidad de las personas, de conformidad con lo señalado en las "REGLAS DE OPERACION".
CAPITULO V. DE LAS RESPONSABILIDADES
DECIMA TERCERA. "LA SEDESOL" se compromete a:
a)    Apoyar con subsidios la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos, en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas de la entidad federativa, con la participación que corresponda a "EL ESTADO" y a "LOS MUNICIPIOS".
b)    Aprobar las obras y acciones y la radicación de los subsidios federales, de manera oportuna y por conducto de la Delegación Federal de "LA SEDESOL" en la entidad federativa.
c)    Aplicar los subsidios federales y los recursos locales aportados, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las "REGLAS DE OPERACION" y en la normatividad federal aplicable.
d)    Brindar capacitación y asistencia técnica para la correcta operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos.
e)    Realizar la difusión del Programa, por conducto de la Delegación Federal de "LA SEDESOL" en la entidad federativa.
f)     Apoyar a los ejecutores en el levantamiento de las Cuestionario de Obras Comunitarias por conducto de la Delegación Federal de "LA SEDESOL" en la entidad.
g)     Efectuar oportunamente, a través de la Delegación Federal de "LA SEDESOL" el seguimiento de avances y resultados físicos y financieros de los proyectos.
h)    Dar acompañamiento y verificación en el funcionamiento de las Contralorías Sociales, así como impulsar su creación y dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento y en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
DECIMA CUARTA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" se comprometen a:
a)    Apoyar la ejecución del Programa de Rescate de Espacios Públicos en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas, conforme a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACION", los Lineamientos Específicos del Programa de Rescate de Espacios Públicos y demás normatividad Federal aplicable.
b)    Aplicar los subsidios federales y los recursos locales aportados, cuando funja como ejecutor, conforme a lo señalado en las "REGLAS DE OPERACION", los Lineamientos Específicos del Programa de Rescate de Espacios Públicos y demás normatividad federal aplicable.
c)    Apoyar al cumplimiento de los objetivos y metas del Programa.
d)    Elaborar y mantener actualizado un registro de sus aportaciones de recursos, de conformidad con la normatividad aplicable al respecto.
e)    Garantizar, en su caso, la aportación que corresponda a los beneficiarios, conforme a lo señalado en las "REGLAS DE OPERACION" y el presente instrumento legal.
f)     Reintegrar a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en la normatividad federal aplicable, los subsidios federales no ejercidos durante el presente ejercicio fiscal, al igual que los recursos no comprobados en la fecha límite establecida para este fin.
 
g)    Hacer explícito en el acta de entrega-recepción y en el informe de resultados su compromiso de proporcionar el mantenimiento, conservación, vigilancia y sufragar la continua y adecuada operación de los Espacios Públicos apoyados con recursos del Programa, procurando involucrar a los beneficiarios.
h)    En caso de que los bienes muebles financiados con recursos del Programa de Rescate de Espacios Públicos sean sustraídos indebidamente del lugar donde se encontraban, el ejecutor efectuará lo conducente para restituirlos en la misma cantidad, calidad y especie; independientemente de realizar las gestiones jurídicas y administrativas que procedan.
i)     Proporcionar a las instancias correspondientes de fiscalización, control y auditoría, la información requerida, así como otorgarles las facilidades necesarias, para que lleven a cabo sus acciones en dichas materias.
j)     Conformar un Comité de Contraloría Social para cada proyecto integral apoyado por el Programa de Rescate de Espacios Públicos, así como contribuir en realizar la promoción, asignación de registro y capacitación, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, su Reglamento y en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social, emitidos por la Secretaría de la Función Pública.
CAPITULO VI. EL SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACION DEL PROGRAMA
DECIMA QUINTA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", cuando sean ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, se comprometen a cumplir con las responsabilidades señaladas en las "REGLAS DE OPERACION", otorgar las facilidades necesarias a "LA SEDESOL", para que ésta realice visitas de supervisión y seguimiento a las obras y acciones realizadas con recursos del Programa, así como de la información, registros y documentos que estime pertinente conocer y que estén relacionados con la ejecución de las mismas.
DECIMA SEXTA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS", cuando sean ejecutores del Programa de Rescate de Espacios Públicos, asumen el compromiso de proporcionar a "LA SEDESOL" información sobre los avances y resultados del Programa de Rescate de Espacios Públicos, como sigue:
a)    Informar mensualmente sobre los avances físicos y financieros de todos los proyectos apoyados por el Programa.
b)    Informar trimestralmente del avance físico-financiero de las obras y acciones, en los primeros cinco días hábiles del mes posterior en el que concluye el trimestre.
c)    Notificar de la conclusión de obras y acciones, así como de sus resultados físicos y financieros, dentro de los diez días naturales posteriores a la fecha de su conclusión.
d)    Elaborar el Cierre de Ejercicio correspondiente.
DECIMA SEPTIMA. "LAS PARTES" colaborarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la operación de un sistema de información, administrado por "LA SEDESOL", que apoye las actividades de seguimiento, control y evaluación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. "LA SEDESOL" proporcionará a "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" asistencia técnica y capacitación para efectuar dichas actividades.
DECIMA OCTAVA. Las actividades de control y auditoría de los subsidios federales corresponderán al Organo Interno de Control en la Secretaría de Desarrollo Social; a la Secretaría de la Función Pública (SFP), a través de la Unidad de Operación Regional y Contraloría Social, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos de las entidades federativas; así como a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás normatividad aplicable.
DECIMA NOVENA. "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" se comprometen a apoyar a "LA SEDESOL" en las acciones que se lleven a cabo para la evaluación externa del Programa de Rescate de Espacios Públicos, conforme lo establecen las "REGLAS DE OPERACION" y demás normatividad aplicable.
 
CAPITULO VII. ESTIPULACIONES FINALES
VIGESIMA. "LA SEDESOL" podrá efectuar la reducción, la retención o la suspensión parcial o definitiva de las radicaciones efectuadas a "EL ESTADO" o a "LOS MUNICIPIOS", cuando detecte desviaciones, por incumplimiento de lo convenido, o por no entregar los informes periódicos previstos en las "REGLAS DE OPERACION". De igual forma se procederá en el caso de no recibir oportunamente la aportación de recursos de "EL ESTADO" o "LOS MUNICIPIOS", o cuando los subsidios no se destinen a los fines autorizados. Asimismo, "EL ESTADO" y "LOS MUNICIPIOS" se comprometen a reintegrar las aportaciones federales a "LA SEDESOL" en caso de incumplimiento a las "REGLAS DE OPERACION", a sus Lineamientos Específicos para la Operación del Programa y demás normatividad aplicable.
VIGESIMA PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación y sus anexos se podrán modificar de común acuerdo por las partes, en su caso las modificaciones serán suscritas por los siguientes servidores públicos debidamente acreditados en la fecha en que se firmen los documentos: el Delegado Federal de la "LA SEDESOL", por los presidentes de "LOS MUNICIPIOS" participantes y si resultare necesario, por el Coordinador del Comité de Planeación para el Desarrollo de "EL ESTADO".
VIGESIMA SEGUNDA. Las modificaciones al Anexo II, Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales, serán registradas por los ejecutores en el Sistema Integral de Información de los Programas Sociales de la Secretaría de Desarrollo Social (SIIPSO), informando por escrito a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas para su validación.
VIGESIMA TERCERA. Con el propósito de impedir que el Programa de Rescate de Espacios Públicos sea utilizado con fines político electorales durante el desarrollo de los procesos electorales federales, estatales y municipales, "LAS PARTES", acuerdan que en la ejecución de este Programa y en el ejercicio de los recursos federales, llevaran a cabo las acciones necesarias para observar las medidas que al respecto emita la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia de "LA SEDESOL", de conformidad con lo establecido en el numeral 8.4 de las Reglas de Operación del citado Programa.
VIGESIMA CUARTA.- El presente Acuerdo de Coordinación se podrá dar por terminado de manera anticipada por cualquiera de las siguientes causas:
a)    Incumplimiento en tiempo y forma con los compromisos pactados en este Acuerdo de Coordinación y sus Anexos, con lo establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, en las "REGLAS DE OPERACION" y en la demás normatividad aplicable.
b)    La aplicación de los subsidios federales asignados por medio de este Acuerdo de Coordinación a "EL ESTADO" y a "LOS MUNICIPIOS" a fines distintos de los pactados.
c)    La falta de entrega de información, reportes y demás documentación prevista en este Acuerdo de Coordinación y en los diversos instrumentos derivados del mismo.
VIGESIMA QUINTA. "LAS PARTES", realizarán las acciones necesarias para cumplir con los compromisos pactados en el presente Acuerdo de Coordinación. En el evento de que se presenten casos fortuitos o de fuerza mayor, que motiven el incumplimiento a lo pactado, la contraparte quedará liberada del cumplimiento de las obligaciones que le son correlativas, debiendo comunicar dichas circunstancias por escrito a la brevedad posible, a través de las instancias que suscriben el presente Acuerdo de Coordinación.
VIGESIMA SEXTA. Para el transparente ejercicio de los recursos federales "LAS PARTES", convienen que en todas las actividades de difusión y publicidad que lleven a cabo las instancias ejecutoras sobre la ejecución de obras y acciones materia del Programa aquí convenido, apoyadas parcial o totalmente con subsidios federales, deberán mencionar expresamente el monto de dicha aportación de recursos federales, así como incluir el logotipo de "LA SEDESOL", de la Estrategia Vivir Mejor y del Programa de Rescate de Espacios Públicos en los impresos, elementos gráficos y cualquier medio de difusión que sea utilizado para tal efecto, como son letreros, mamparas, templetes, gallardetes, posters, trípticos y otros similares, respetando en todo momento lo indicado en la Guía de Aplicación Gráfica en las acciones del Programa de Rescate de Espacios Públicos. Los logotipos de "LA SEDESOL" y de la Estrategia Vivir Mejor deberán ser al menos, del mismo tamaño y ocuparán un área equivalente a los logotipos de las instancias locales participantes.
Conforme a la Ley General de Desarrollo Social, a como con el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012, la publicidad y la información relativa a las acciones realizadas deberá identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social", Art. 28 de la Ley General de Desarrollo Social y "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", artículo 30 fracción III, inciso a), Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012.
Los actos públicos de inicio, inauguración y conclusión de obras y acciones del Programa, serán convenidos entre el ejecutor y "LA SEDESOL" por conducto de la Delegación Federal de "LA SEDESOL". Las obras llevarán la imagen institucional establecida en los Lineamientos Específicos del Programa.
Los ejecutores deberán instalar placas en las obras y acciones apoyadas con recursos del Programa de Rescate de Espacios Públicos, de conformidad con lo señalado en el numeral 8.1 de las "REGLAS DE OPERACION" y su correlativo de los Lineamientos Específicos para la Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos. Asimismo, cuando el espacio público sea de intervención general, el ejecutor está obligado a colocar el elemento institucional del Programa, el cual consiste en un juego infantil.
VIGESIMA SEPTIMA. Cuando las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública o de Desarrollo Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, detecten faltas de comprobación en periodos determinados, desviaciones, incumplimiento a los convenios o acuerdos o incumplimiento en la entrega oportuna de información relativa a avances y metas alcanzadas, "LA SEDESOL", después de escuchar la opinión del gobierno de la entidad federativa correspondiente y del ejecutor, podrá suspender la radicación de los recursos federales e inclusive solicitar su reintegro, así como los rendimientos financieros que, en su caso, se hubieran generado, sin perjuicio de lo establecido en la normatividad aplicable.
En caso de que "LA SEDESOL" detecte condiciones inadecuadas de mantenimiento o de operación en obras financiadas con recursos del Programa en el año en curso o en ejercicios anteriores, "LA SEDESOL" podrá suspender la ministración de recursos autorizados al ejecutor en el ejercicio fiscal 2012. En caso de persistir la situación detectada, "LA SEDESOL" podrá cancelar los proyectos aprobados en 2012 y solicitar el reintegro de los subsidios que hubieran sido ministrados.
VIGESIMA OCTAVA. "LAS PARTES" de acuerdo con el numeral 4.4.4.1 de las Reglas de Operación del Programa de Rescate de Espacios Públicos para el presente ejercicio fiscal, fomentarán la participación ciudadana y empresarial a través de patronatos, en la aportación de recursos para la operación y mantenimiento de los espacios públicos recuperados, así como incrementar y dar continuidad a las acciones sociales dirigidas a la población que vive en sus inmediaciones.
VIGESIMA NOVENA. "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para que en caso de controversia que se suscite en la operación, interpretación y cumplimiento del Presente Acuerdo de Coordinación, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
TRIGESIMA. El presente Acuerdo de Coordinación y sus anexos surten sus efectos a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2012. El presente Acuerdo de Coordinación y sus Anexos deberán publicarse conforme a lo que establece el artículo 36 de la Ley de Planeación, en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano oficial de difusión del Gobierno del Estado, con el propósito de que la población conozca las acciones coordinadas entre la Federación y el Estado.
Los anexos del presente instrumento que, en su caso, se modifiquen, serán elaborados en los términos de la normatividad federal aplicable para los efectos del cierre del ejercicio fiscal.
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en cuatro ejemplares, en la ciudad de Saltillo, Coahuila, a los quince días del mes de febrero de dos mil doce.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Coahuila, Eduardo Ignacio Ortuño Gurza.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Finanzas del Estado de Coahuila de Zaragoza, Jesús Juan Ochoa Galindo.- Rúbrica.- El Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ismael Eugenio Ramos Flores.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Coahuila de Zaragoza, Martha Laura Carranza Aguayo.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Acuña, Alberto Aguirre Villarreal.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Arteaga, Ernesto Francisco Valdés Cepeda.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Monclova, Melchor nchez de la Fuente.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Piedras Negras, Oscar López Elizondo.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Saltillo, Yericó Abramo Masso.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Torreón, Eduardo Olmos Castro.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Frontera, Jesús Ríos Alvarado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Ramos Arizpe, Ramón Oceguera Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Matamoros, Guillermo del Real Castañeda.- Rúbrica.
 
Anexo I
Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas
Ciudad o Zona Metropolitana
Municipio
Z.M. de Acuña
Acuña
Z.M. de Saltillo
Arteaga
Z.M. de Monclova
Frontera
Z.M. de La Laguna
Matamoros
Z.M. de Monclova
Monclova
Z.M. de Piedras Negras
Piedras Negras
Z.M. de Saltillo
Ramos Arizpe
Z.M. de Saltillo
Saltillo
Z.M. de La Laguna
Torreón
 
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en cuatro ejemplares, en la ciudad de Saltillo, Coahuila, a los quince días del mes de febrero de dos mil doce.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Coahuila, Eduardo Ignacio Ortuño Gurza.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Finanzas del Estado de Coahuila de Zaragoza, Jesús Juan Ochoa Galindo.- Rúbrica.- El Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ismael Eugenio Ramos Flores.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Coahuila de Zaragoza, Martha Laura Carranza Aguayo.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Acuña, Alberto Aguirre Villarreal.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Arteaga, Ernesto Francisco Valdés Cepeda.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Monclova, Melchor nchez de la Fuente.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Piedras Negras, Oscar López Elizondo.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Saltillo, Yericó Abramo Masso.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Torreón, Eduardo Olmos Castro.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Frontera, Jesús Ríos Alvarado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Ramos Arizpe, Ramón Oceguera Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Matamoros, Guillermo del Real Castañeda.- Rúbrica.
 
Anexo II
Aportación de Recursos Federales, Estatales y Municipales por Municipio
(Pesos)
Municipio
Recursos
aportados por
"LA SEDESOL"
Recursos
aportados por
"EL ESTADO"
Recursos
aportados por
"LOS
MUNICIPIOS"
Total de
recursos
ACUÑA
3,000,000
 
3,000,000
6,000,000
ARTEAGA
2,000,000
 
2,000,000
4,000,000
FRONTERA
500,000
 
500,000
1,000,000
MATAMOROS
791,930
 
791,930
1,583,860
MONCLOVA
2,000,000
 
2,000,000
4,000,000
PIEDRAS NEGRAS
2,784,925
 
2,784,925
5,569,850
RAMOS ARIZPE
1,460,519
 
1,460,519
2,921,038
SALTILLO
2,300,000
 
2,300,000
4,600,000
TORREON
4,590,921
 
4,590,921
9`181,842
TOTAL
19,428,295
 
19,428,295
38,856,590
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Leído que fue y debidamente enterados del alcance y contenido legal, se firma el presente Acuerdo de Coordinación en cuatro ejemplares, en la ciudad de Saltillo, Coahuila, a los quince días del mes de febrero de dos mil doce.- Por la Secretaría de Desarrollo Social: la Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, Sara Halina Topelson Fridman.- Rúbrica.- El Delegado Federal en el Estado de Coahuila, Eduardo Ignacio Ortuño Gurza.- Rúbrica.- Por el Estado: el Secretario de Finanzas del Estado de Coahuila de Zaragoza, Jesús Juan Ochoa Galindo.- Rúbrica.- El Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Coahuila de Zaragoza, Ismael Eugenio Ramos Flores.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Coahuila de Zaragoza, Martha Laura Carranza Aguayo.- Rúbrica.- Por los Municipios: el Presidente Municipal de Acuña, Alberto Aguirre Villarreal.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Arteaga, Ernesto Francisco Valdés Cepeda.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Monclova, Melchor nchez de la Fuente.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Piedras Negras, Oscar López Elizondo.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Saltillo, Yericó Abramo Masso.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Torreón, Eduardo Olmos Castro.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Frontera, Jesús Ríos Alvarado.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Ramos Arizpe, Ramón Oceguera Rodríguez.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Matamoros, Guillermo del Real Castañeda.- Rúbrica.