DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-I-163-NYCE-2016

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-I-163-NYCE-2016.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-I-163-NYCE-2016, EQUIPO ELECTRNICO-SISTEMAS ELECTRNICOS DE ENERGA ININTERRUMPIDA (S.E.E.I.)-REQUISITOS GENERALES, DESEMPEÑO Y DE SEGURIDAD (CANCELA A LA NMX-I-163-NYCE-2003).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX, XI y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Normalización y Certificación Electrónica, S.C. (NYCE)" lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, Ciudad de México, teléfono 5395-0777, Fax 5395-0700 y/o al correo electrónico: nyce@nyce.org.mx, o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Código Postal 53950, Estado de México.
La Norma Mexicana NMX-I-163-NYCE-2016, entrará en vigor 180 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC- 20160802133752123
CLAVE O CDIGO
TTULO DE LA NORMA
NMX-I-163-NYCE-2016
Equipo electrónico-Sistemas electrónicos de energía ininterrumpida
(S.E.E.I.)-Requisitos generales, desempeño y de seguridad
(Cancela a la NMX-I-163-NYCE-2003)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana se aplica a los sistemas electrónicos de energía ininterrumpida (S.E.E.I.) con un dispositivo de almacenamiento de energía eléctrica en el enlace de c.c. Se utiliza junto con la NMX-I-60950-1-NYCE-2015, haciendo referencia a ella en esta Norma Mexicana.
Cuando un capítulo refiere la frase " Se aplican las definiciones o disposiciones de la NMX-I-60950-1-NYCE-2015", esta frase significa que se aplican las definiciones o disposiciones del capítulo de la NMX-I-60950-1-NYCE-2015, excepto aquellos que son claramente inaplicables a sistemas electrónicos de energía ininterrumpida. Se aplican los requisitos nacionales de la NMX-I-60950-1-NYCE-2015.
La función principal de los S.E.E.I. cubiertos por esta Norma Mexicana es asegurar la continuidad de una fuente de energía alterna. El S.E.E.I. también puede servir para mejorar la calidad de la fuente de alimentación por mantenerla dentro de características especificadas.
Esta Norma Mexicana es aplicable a S.E.E.I. que son móviles, inmóviles, fijos o para montaje, para su uso en sistemas de distribución de baja tensión y destinados a ser instalados en cualquier área de acceso para el operador o en lugares de acceso restringido según corresponda. Especifica los requisitos para garantizar la seguridad para el operador y el novato que puedan entrar en contacto con el equipo y cuando esté específicamente establecido, para el personal de servicio.
Esta Norma Mexicana tiene como objetivo garantizar la seguridad de los S.E.E.I. instalados, tanto como una sola unidad S.E.E.I. o como un sistema de unidades interconectadas de S.E.E.I., sujetos a instalación, operación y mantenimiento de S.E.E.I. en la forma prescrita por el fabricante.
Esta Norma Mexicana no cubre S.E.E.I. basados en máquinas rotativas.
Los requisitos de compatibilidad electromagnética y sus definiciones se establecen en la norma indicada en el inciso Q.1 del apéndice Q.
Esta Norma Mexicana tiene también por objeto establecer las especificaciones y los métodos de prueba aplicables a los Sistemas Electrónicos de Energía Ininterrumpida de corriente alterna.
 
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma, es modificada (MOD) con respecto a la Norma Internacional "IEC 62040-1:2013, ed1.1 Consol. with am1, Uninterruptible power systems (UPS)-Part 1: General and safety requirements for UPS".
Capítulos a los que aplica la diferencia
Justificación técnica
4, 5, 6, 7, 8, Apéndice R, Apéndice S y Apéndice T
Se incluyen requisitos de desempeño que no son tratados en la norma internacional.
 
 
 
Bibliografía
BENJAMN CEDEÑO AGUILAR. Análisis-Medición de la potencia eléctrica. Editorial: IPN-ESIME-Departamento de Ingeniería Eléctrica.
E. BAGULEY, E.E. BENHAM, R.A. BONES, T. BROWN. Reference data for radio engineers.
Editorial: Howard W. Sams & Co.
IEC 62040-1:2013, ed1.1, Consol. with am1. Uninterruptible power systems (UPS)-Part 1: General and safety requirements for UPS.
IEEE Recommended Practice for Emergency and Standby Power Systems for Industrial and Commercial Applications (Orange Book) IEEE, 1996
NEMA Standards, Publication No. pe 1-1992. Uninterruptible power systems
NMX-I-163-NYCE-2003, Productos electrónicos-Sistemas electrónicos de energía ininterrumpida. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre de 2003
NOM-024-SCFI-2013, Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2013.
SALVADOR MARTNEZ GARCA. Alimentación de equipos informáticos y otras cargas críticas. Editorial: McGraw-Hill.
UL 1778:1994, Standard For Uninterruptible Power Supply Equipment.
 
Ciudad de México, a 2 de agosto de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.