ACUERDO CCNO/5/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos <CHAR: 8220/>rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprim

ACUERDO CCNO/5/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, con residencia en Morelia, Michoacán.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos.

ACUERDO CCNO/5/2018, DE LA COMISIN DE CREACIN DE NUEVOS RGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIN DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS A LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DECIMOPRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MORELIA, MICHOACÁN.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;
TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos rganos, con apoyo en lo que establece el artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales;
CUARTO. Mediante Acuerdo General 27/2017, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones del Sexto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con residencia en Morelia, Michoacán, y su transformación en Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, así como su competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones, y a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Colegiados de la Semiespecialización y Circuito indicados, se determinó de conformidad con su artículo 4, que dentro de los diez días hábiles siguientes al uno de noviembre de dos mil diecisiete, los asuntos que se encontraran en trámite en los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, con las excepciones previstas en el citado numeral, tenían que distribuirse de manera equitativa, de manera tal, que la existencia final en los tres Tribunales de esa semi-especialidad fuera lo más equilibrada posible.
Además, en el artículo 5 del referido Acuerdo General, se estableció que los nuevos asuntos que se presentaran a partir del uno de noviembre de dos mil diecisiete, se distribuirían entre los tres Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, con residencia en Morelia, Michoacán, conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, por la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio;
QUINTO. En términos de lo dispuesto por el artículo 84 Quater, fracción VII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, corresponde a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, proponer a la Comisión de Creación de Nuevos rganos, las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los órganos jurisdiccionales, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos;
SEXTO. La Comisión de Creación de Nuevos rganos advierte que el número de asuntos radicados en los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, a la fecha no se ha equilibrado, por lo que se considera necesario ordenar un periodo de exclusión temporal de turno de nuevos asuntos en favor de los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, para conocer de asuntos nuevos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio.
Por ello, a fin de evitar que la determinación de instalar un Tribunal Colegiado adicional, pierda eficacia, se determina que la exclusión de turno comprenderá del doce de marzo al quince de abril de dos mil dieciocho, la
cual se estima coadyuvará razonablemente al equilibrio de las cargas de trabajo entre los tres órganos en el Circuito de referencia.
Por lo anterior se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, por el lapso comprendido del doce de marzo al quince de abril de dos mil dieciocho.
Por lo anterior, los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, en el periodo del doce de marzo al quince de abril de dos mil dieciocho, se remitirán conforme al sistema computarizado que se utiliza para esos efectos, al Tercer Tribunal Colegiado en las materias y Circuito señalados, con excepción de los asuntos relacionados en términos de las reglas previstas en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, en cuyo caso serán turnados al órgano respectivo que cuente con los antecedentes.
Al concluir la medida temporal de exclusión otorgada, los nuevos asuntos que se presenten se distribuirán entre los tres Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, conforme al sistema computarizado, utilizado para tales efectos y a la normativa administrativa autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal.
La Comisión de Creación de Nuevos rganos podrá concluir de manera anticipada, ampliar o fijar un nuevo periodo, en su caso, el plazo de la nueva exclusión del turno de nuevos asuntos.
Artículo 2. Al finalizar el periodo de exclusión de turno indicado y dentro de los cinco días hábiles siguientes, los Presidentes de los tres órganos jurisdiccionales de que se trata, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos rganos, sobre los resultados de la medida ordenada, conforme al cuadro siguiente:
MOVIMIENTO TOTAL DE ASUNTOS.
PERIODO DEL 12 DE MARZO AL 15 DE ABRIL DE 2018
RGANO
EXISTENCIA
INICIAL
INGRESO
EGRESO
EXISTENCIA FINAL
TRÁMITE
PENDIENTES DE
RESOLVER
 
 
 
 
 
 
 
Artículo 3. La Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, en el ámbito de su respectiva competencia, podrá interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este acuerdo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, fijará avisos en lugar visible, en relación con la medida objeto del presente acuerdo.
EL MAGISTRADO JOS MANUEL VILLEDA AYALA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIN DE NUEVOS RGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/5/2018, de la Comisión de Creación de Nuevos rganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos a los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Decimoprimer Circuito, con residencia en Morelia, Michoacán, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el cinco de marzo de dos mil dieciocho, por los señores Consejeros: Presidenta Martha María del Carmen Hernández Álvarez y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a cinco de marzo de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.