DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-F-252-SCFI-2017

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-F-252-SCFI-2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-F-252-SCFI-2017, ALIMENTOS-ACEITE COMESTIBLE PURO DE SOYA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-F-252-SCFI-2011).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22, fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada y aprobada por el Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria de Aceites y Grasas Comestibles y Similares, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento que se indica puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México, así como en la página de internet: https://www.sinec.gob.mx/SINEC/Vista/Normalizacion/BusquedaNormas.xhtml SINEC-20170719113056252.
La presente Norma Mexicana NMX-F-252-SCFI-2017 entrará en vigor a los 60 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CDIGO
TTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-F-252-SCFI-2017
ALIMENTOS-ACEITE COMESTIBLE PURO DE SOYA-ESPECIFICACIONES (CANCELA A LA NMX-F-252-SCFI-2011).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones mínimas de calidad del producto denominado aceite comestible puro de soya utilizado para consumo humano o para la elaboración de otros alimentos y que se comercializa en los Estados Unidos Mexicanos.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana es modificada (MOD), con la Norma Internacional Codex Stan 210-1999-Norma para Aceites Vegetales Especificados con respecto al aceite comestible puro de soya y difiere en los puntos mostrados a continuación:
Capítulo/Inciso
Modificaciones
Justificación
Portada
1) Se adiciona Norma Internacional con la que coincide y su grado de concordancia.
1) De acuerdo con lo establecido en la Norma Mexicana NMX-Z-013-SCFI-2015 se modifica la portada, adecuando el texto a las condiciones del país.
con la estandarización en cuanto al formato y a la redacción.
 
 
Bibliografía
·  CODEX STAN 210-1999 Norma del Codex para Aceites Vegetales Especificados.
·  Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 1999 y sus reformas.
 
Ciudad de México, a 26 de enero de 2018.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.