ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Infraestructura Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Chiapas ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Infraestructura Indígena, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Chiapas. Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. CGI/DGAI/CHIS-01-18. ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDIGENA, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. CARLOS TREJO CARPIO, EN SU CARACTER DE COORDINADOR GENERAL DE DELEGACIONES Y CONCERTACION ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DR. ANGEL RUIZ ORTIZ, EN SU CARACTER DE RESPONSABLE DE LOS ASUNTOS DE LA DELEGACION DE LA COMISION EN CHIAPAS Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ARQ. JORGE ALBERTO BETANCOURT ESPONDA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE OBRA PUBLICA Y COMUNICACIONES, ASISTIDO POR EL ING. BRUNO JESUS MARTINEZ MEJIA, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL DE LA COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA; MISMOS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARA "LAS PARTES"; DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Apartado B, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno. II. El Articulo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en sus párrafos tercero y sexto señalan que en el marco de las garantías individuales y los derechos humanos, el Estado protegerá y promoverá el desarrollo de la cultura, lenguas, usos y costumbres, tradiciones, sistemas normativos y formas de organización social, política y económica de las comunidades indígenas, también garantizará a sus integrantes el acceso pleno a la justicia, una vida libre de violencia, los servicios de salud y una educación bilinge que preserve y enriquezca su cultura, con perspectiva de género, equidad y no discriminación. Fomentará, asimismo, la plena vigencia de los derechos de los indígenas a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos, a una vivienda digna y decorosa, así como los derechos de las mujeres, niñas y niños; así mismo, que el Estado, con la participación de las comunidades indígenas, instrumentará los planes y programas necesarios para impulsar su desarrollo económico con perspectiva de género. III. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, establece en sus artículos 3 fracción XI y 28 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 26, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION". IV. El artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a reglas de operación que establezcan los requisitos, criterios e indicadores que lo regulen. V. Dentro de los programas de "LA COMISION" se encuentra el "Programa de Infraestructura Indígena", el cual opera con Reglas de Operación, mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el día 27 de diciembre de 2017 en lo sucesivo "LAS REGLAS DE OPERACION". VI. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general: "Contribuir a que la población de las localidades indígenas elegibles supere el aislamiento y dispongan de bienes y servicios básicos, mediante la construcción de obras de infraestructura básica y de vivienda". VII. Que "LAS REGLAS DE OPERACION" establecen en su punto 3.1.1.1. que para una mejor planeación e integración de la Cartera de Obras, los Gobiernos de los Estados integrarán y presentarán durante el último trimestre del año, una propuesta de obras a desarrollar durante el año siguiente, a fin de que en forma conjunta con la Delegación de "LA COMISION", las instancias normativas federales y la Dirección General Adjunta de Infraestructura, se analice su factibilidad de ejecución, para que en caso de que sea positivo, se integre el proyecto ejecutivo, se revise y valide técnicamente y se conforme la posible lista de obras a concertar. VIII. Que a la fecha "LAS PARTES" han revisado y aprobado la cartera de obras a realizarse y ejecutarse durante el 2018 con recursos presupuestales de dicho ejercicio fiscal, por lo que a efecto de contribuir a un ejercicio eficiente y oportuno del gasto público, en particular, tratándose de inversión en infraestructura es que "LAS PARTES" han decidido suscribir el presente instrumento. IX. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" para la ejecución de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación con los gobiernos de los estados para la aplicación de los recursos. X. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen la constitución de un Comité de Regulación y Seguimiento, en lo sucesivo "EL CORESE" como la instancia colegiada de coordinación institucional creada con el propósito de garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos entre "LAS PARTES" en los Acuerdos de Coordinación en el marco de "EL PROGRAMA" DECLARACIONES I. De "LA COMISION": I.1. Que es un organismo descentralizado de la administración pública federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con el artículo 1 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2003. I.2. Que de conformidad con el artículo 2 de la citada Ley, tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas. I.3 Que el Ing. Carlos Trejo Carpio, Coordinador General de Delegaciones y Concertación, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 fracción III del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, así como el Poder otorgado ante el Licenciado José Ignacio Sentíes Laborde, Notario Público No. 104, de la Ciudad de México, mediante Escritura Pública No. 93,814 de fecha 19 de noviembre de 2014. I.4 Que su domicilio legal es el ubicado en Avenida México-Coyoacán No. 343 Col. Xoco, Cd. de México, C.P. 03330. I.5. Que la Unidad de Política y Control Presupuestario, perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante Oficio Circular No. 307-A.-4930, emite el comunicado oficial del Presupuesto de Egresos de la Federación y calendarios para el Ejercicio Fiscal 2018. II. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO": II.1 Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 51 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobernador del Estado. II.2 Que el Arq. Jorge Alberto Betancourt Esponda, en su carácter de Secretario de Obra Pública y Comunicaciones del Estado de Chiapas, se encuentra facultado para suscribir el presente Acuerdo, en los términos de los artículos 9, 10, 20, 27 fracción V y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; acreditando su personalidad con nombramiento expedido a su favor por el Gobernador del Estado Lic. Manuel Velasco Coello; de fecha 10 de Marzo del año 2016. II.3 Que en coordinación con la Delegación de "LA COMISION" en Chiapas, se estableció la prioridad de las obras a realizar, objeto del presente instrumento, de conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION", asimismo, se determinó que cuentan con las características de población objetivo con base a la metodología desarrollada por "LA COMISION", para la identificación de la población indígena a nivel de localidad construida a partir del criterio de hogares indígenas y/o localidades reconocidas como indígenas en las constituciones o leyes estatales. Por otra parte, el tipo de las obras corresponde a los de apoyo de "EL PROGRAMA" y cuentan con el consentimiento de la población beneficiaria. II.4 Que para los efectos que deriven del presente Acuerdo, señala como su domicilio legal el ubicado en Unidad Administrativa, Edificio A, Colonia Maya C.P. 29010 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de "LAS PARTES" con fundamento en lo que disponen los Artículos 2o. Apartado B, 26, 40, 43, 105 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 22 y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 54, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176, 178 y 179 de su Reglamento; 3, fracciones XI y XXI, 24 y 28 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sus respectivos Reglamentos; 2 fracciones XI y XIV de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; "LAS REGLAS DE OPERACION", Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, así como los artículos 1, 51 y 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2 fracción I, 9, 10, 20, 27 fracción V y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 35 y 36 de la Ley de Planeación para el Estado de Chiapas; "LAS PARTES" han decidido suscribir el presente instrumento para la aplicación de los recursos de "EL PROGRAMA", conforme a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA. OBJETO.- El presente Acuerdo tiene por objeto la ejecución de obras de "EL PROGRAMA" con "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de Chiapas, de conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" que serán realizadas durante y con recursos del ejercicio fiscal 2018. SEGUNDA. OBRAS.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad con la cartera de obras que se encuentran enumeradas en el Anexo 1, en el que se señalan las obras, estructura financiera, metas, beneficiarios, localidades, municipios y responsables de ejecución de cada una de éstas; dicho Anexo forma parte integrante del presente Acuerdo de Coordinación. En caso de que se requiera hacer alguna modificación a los términos en que hayan sido pactadas las obras, "LAS PARTES" deberán sujetarse a lo establecido en la Cláusula Décima del presente Acuerdo, así como lo dispuesto en "LAS REGLAS DE OPERACION". TERCERA. ESTRUCTURA FINANCIERA.- "LAS PARTES" se obligan en términos de "LAS REGLAS DE OPERACION" a realizar las aportaciones para el desarrollo de las obras, de conformidad con la estructura financiera convenida en el Anexo 1, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, en las siguientes cantidades: a) "LA COMISION" aportará hasta la cantidad de $268.207.228,18 (DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 18/100 MONEDA NACIONAL), equivalente al 80% de la aportación total. b) "EL GOBIERNO DEL ESTADO" aportará hasta la cantidad de $67.051.807,05 (SESENTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SIETE PESOS 05/100 MONEDA NACIONAL), equivalente al 20% de la aportación total. Los recursos que ministre "LA COMISION" a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" al amparo de "EL PROGRAMA" en su carácter de subsidios, no perderán su naturaleza federal, por lo que deberán ser ejercidos observando todas las disposiciones legales y normativas aplicables al presupuesto federal. Las aportaciones económicas de "LAS PARTES" serán obligatorias de acuerdo con la estructura financiera pactada en la presente Cláusula, a partir del importe original del contrato de la obra de que se trate, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal. Cuando para la contratación de alguna obra convenida se requiera de un monto mayor al establecido en el presente Acuerdo de Coordinación, dicha obra no podrá ser contratada hasta en tanto no se cuente con la suficiencia presupuestal, la cual puede originarse de ahorros en la contratación de otras obras, o porque "EL GOBIERNO DEL ESTADO" aporte los recursos faltantes. La aportación de "LA COMISION", así determinada será fija; no podrá incrementarse por las variaciones de costos que pudieran presentarse durante la ejecución de las obras, manteniéndose la obligación de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de aportar los recursos adicionales que permitan concluir las obras o metas en los términos pactados. En el caso de que existan economías, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá reintegrarlas a "LA COMISION" en la proporción pactada en la estructura financiera. Conforme a los requerimientos previstos en los programas de ejecución de los proyectos ejecutivos de las obras y acciones, el calendario de ministración de los recursos del Programa es el siguiente: Calendario de Ministración de los Recursos del Programa | Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ago | Sep | Oct | Nov | Dic | Total | Federal | 0.00 | 0.00 | 13.41 | 67.05 | 53.64 | 53.64 | 26.82 | 13.41 | 26.82 | 13.42 | 0.00 | 0.00 | 268.21 | Estatal | 0.00 | 0.00 | 3.35 | 16.76 | 13.41 | 13.41 | 6.71 | 3.35 | 6.71 | 3.35 | 0.00 | 0.00 | 67.05 | Total | 0.00 | 0.00 | 16.76 | 83.81 | 67.05 | 67.05 | 33.53 | 16.76 | 33.53 | 16.77 | 0.00 | 0.00 | 335.26 | "LAS PARTES" acuerdan que el calendario de ministración que antecede está sujeto a cambios atendiendo a los montos efectivamente contratados, por lo que será objeto de modificaciones futuras. CUARTA. MINISTRACION Y EJERCICIO DE RECURSOS.- "LA COMISION", hará las aportaciones de los recursos previstos conforme a la estructura financiera convenida y los montos efectivamente contratados, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal, a efecto de cubrir el anticipo de obra y las erogaciones que se deriven de cada uno de los contratos de obra en los términos señalados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. "LA COMISION" ministrará los recursos a cada obra de conformidad a lo pactado en el calendario que se determine a partir del programa de ejecución establecido en el contrato de obra, considerando la documentación comprobatoria de la utilización de recursos y el avance de las obras. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" aportará oportunamente los recursos económicos comprometidos como aportación local conforme a la estructura financiera y a los montos contratados, observando las disposiciones que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. A efecto de agilizar el inicio del proceso constructivo, "LA COMISION" podrá cubrir el total de los anticipos derivados de los contratos de obra, con cargo a su porcentaje de participación financiera convenida. Lo anterior no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de la obligación para que aporte igualmente la totalidad del porcentaje convenido para cada obra sobre el monto efectivamente contratado, durante su periodo de ejecución. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" manejará los recursos que ministre "LA COMISION" a través de una cuenta bancaria específica para transparentar en su manejo y facilitar la fiscalización de los recursos de "EL PROGRAMA", así como la identificación de los rendimientos financieros que generen. QUINTA. EJECUCION DE LAS OBRAS.- Las obras señaladas en el Anexo 1 se ejecutarán por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de las dependencias o entidades que designe, bajo su estricta responsabilidad sobre la base demostrada de su capacidad técnica y de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, o la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y sus Reglamentos, por contrato o por administración directa. A efecto de formalizar las responsabilidades de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en la ejecución de las obras, deberá suscribirse por cuadruplicado un "Anexo de Ejecución" por cada obra, el cual será firmado por el titular de la Dependencia Estatal Responsable y por la dependencia o entidad que se desempeña como ejecutora de las obras y proyectos, dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente acuerdo. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y la Dependencia Estatal Responsable se obligan a respetar en todos sus términos lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACION". SEXTA. SUPERVISION GERENCIAL DE OBRAS.- De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION", "LA COMISION" podrá destinar en forma adicional hasta el tres por ciento del costo total de las obras convenidas según lo dispuesto por la Cláusula Tercera, para la contratación de servicios relacionados con obras públicas con el fin de dar seguimiento y verificar los procesos constructivos de las obras pactadas en el presente Acuerdo de Coordinación y el cumplimiento de la normatividad aplicable, conforme a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. SEPTIMA. LICITACION DE LAS OBRAS.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" por sí o a través de la instancia ejecutora, llevará a cabo el proceso de licitación o adjudicación de acuerdo a las características de cada obra, dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales siguientes a la firma del presente Acuerdo de Coordinación; asimismo tendrá la obligación de vigilar y asegurarse, que la licitación, contratación y ejecución de las obras se realicen con base a la legislación y disposiciones aplicables a los subsidios federales, así como lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACION" y en el presente Acuerdo de Coordinación, y de dar seguimiento e informar a "LA COMISION", previa validación de "EL CORESE" sobre los avances en los procesos de licitación, contratación y ejecución de las obras hasta su entrega recepción. Asimismo, la instancia ejecutora deberá iniciar los procedimientos de adjudicación para la ejecución de las obras, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la autorización de los recursos federales y estatales, con relación a lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACION". OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LAS PARTES".- Adicionalmente a lo pactado en el presente instrumento, "LAS PARTES" se obligan a lo siguiente: a) De "LA COMISION": a.1) Normar, coordinar y realizar las actividades para la instrumentación, seguimiento y control operacional de las acciones de "EL PROGRAMA", atendiendo las disposiciones legales y normativas aplicables. a.2) Aportar los recursos previstos en los Acuerdos de Coordinación que se suscriban con los gobiernos estatales conforme a la estructura financiera convenida y los montos efectivamente contratados, a efecto de cubrir las erogaciones que se deriven de cada uno de los contratos de obra. a.3) Entregar a la Dependencia Estatal Responsable el oficio de autorización de recursos federales en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, a partir de la firma del Anexo de Ejecución. b) De "EL GOBIERNO DEL ESTADO": b.1) Conducir, integrar y/o instrumentar los procesos y actividades relacionadas con la recepción de demanda, integración de cartera, proyectos ejecutivos, programación, operación, seguimiento, control y cierre de ejercicio conforme al Manual de Procesos y formatos establecidos por "LA COMISION", atendiendo su ámbito de competencia y las disposiciones legales y normativas aplicables. b.2) Recibir y valorar con criterios de equidad, transparencia y sin discriminación de ninguna especie, todas las demandas de obras que les presenten las localidades que cumplan con los criterios de elegibilidad, cualquiera que sea el canal por el que se las hagan llegar, a efecto de posibilitar su integración en la propuesta de obras que será presentada a "LA COMISION" para la integración de la cartera de obras. b.3) Informar a los solicitantes de las localidades elegibles sobre los resultados de la valoración que realice, ya sea de aceptación o de rechazo de la solicitud. En su caso, informar los pasos que deberán seguir para cumplir los requisitos normativos y que la obra solicitada pueda someterse a la validación de "EL CORESE". b.4) Asegurar que la dependencia ejecutora promueva e instrumente la Contraloría Social, para la vigilancia de las obras que ejecuten, conforme a los elementos normativos aplicables. b.5) Designar a los funcionarias o funcionarios que serán responsables del registro y captura de las actividades de Contraloría Social en el Sistema Informático de Contraloría Social (SICS), y comunicarlo por oficio a la Delegación de "LA COMISION". b.6) Aportar oportunamente los recursos económicos comprometidos en el presente Acuerdo de Coordinación conforme a la estructura financiera y a los montos contratados, a efecto de cubrir las erogaciones que se deriven de cada uno de los contratos de obra. b.7) Consultar y escuchar a los habitantes de las localidades elegibles, respecto al tipo de obras y su trazo o trayecto, cuando se trate de evitar daños a los sitios que valoren de acuerdo a su cultura o les implique cambios organizativos que consideren inapropiados. b.8) Entregar, a través de la Dependencia Estatal Responsable el oficio de autorización de recursos estatales en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, a partir de la firma del Anexo de Ejecución. La Dependencia Estatal Responsable solicitará tanto de la Delegación de "LA COMISION" como de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", los recursos para la ejecución de "EL PROGRAMA"; debiéndolo hacer del conocimiento de ambas partes. Asimismo, la Delegación de "LA COMISION" informará a la Dependencia Estatal Responsable dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores, sobre la ministración de los recursos que reciba por parte de la Dirección General Adjunta de Infraestructura. NOVENA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- "LAS PARTES" acuerdan que los recursos federales que no sean devengados al 31 de diciembre de 2018, deberán ser reintegrados a "LA COMISION", dentro de los 3 (tres) días hábiles del Ejercicio Fiscal siguiente. Los recursos federales que no se destinen a los fines autorizados deberán ser reintegrados a "LA COMISION" por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha en que la primera se lo solicite a éste por escrito. En los casos previstos en los párrafos anteriores el reintegro lo realizará "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Delegación de "LA COMISION". Los rendimientos financieros que se generen por el manejo de los recursos federales, deberán ser reintegrados directamente a la TESOFE. DECIMA. AFECTACION DEL MONTO PACTADO, SUSTITUCION O CANCELACION DE OBRAS.- "LAS PARTES" acuerdan que si por cualquier causa plenamente justificada se afectara el monto pactado de las obras o acciones comprometidas, se requiera la sustitución de las mismas, o se requiera hacer alguna modificación a los términos en los que hayan sido pactadas las obras, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y "LA COMISION" podrán proponer por escrito, modificaciones, adiciones, reducciones o sustituciones a las obras pactadas o de cualquiera de los datos del Anexo 1 y de los montos pactados en general, previo visto bueno de "EL CORESE", turnando los elementos justificatorios a la Delegación correspondiente de "LA COMISION" para su valoración, quien lo remitirá a la Dirección General Adjunta de Infraestructura para su evaluación y, en su caso, aprobación. Posteriormente la Delegación de "LA COMISION" lo hará del conocimiento de la Dependencia Estatal Responsable. Las modificaciones que expresamente apruebe la Dirección General Adjunta de Infraestructura de "LA COMISION" se formalizarán por escrito. Será responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la conclusión de las obras y acciones convenidas en el Acuerdo original o Acuerdo modificatorio, incluyendo los plazos de su ejecución previstos en dichos instrumentos y por los ordenamientos aplicables al uso de los recursos federales. El límite para formalizar las modificaciones por parte de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" será el último día hábil de septiembre. La autorización que, en su caso refiere esta Cláusula, se hará mediante los oficios emitidos y signados por el Delegado de "LA COMISION" en el Estado de Chiapas, previa aprobación de la Dirección General Adjunta de Infraestructura de "LA COMISION". El escrito de solicitud que realice "EL GOBIERNO DEL ESTADO", deberá contener la información detallada que motiva las posibles modificaciones, adiciones, reducciones o sustituciones a las obras pactadas o de cualquiera de los datos del Anexo 1 y de los montos pactados en general; mismo que será el sustento documental del correspondiente Acuerdo Modificatorio al presente Acuerdo de Coordinación. En caso de que se afectara el monto pactado de las obras o acciones comprometidas o se requiera la sustitución de las mismas o su cancelación, los recursos acordados en el presente instrumento podrán ser destinados por "LA COMISION" a otras entidades federativas. Si por cualquier causa plenamente justificada por la entidad ejecutora y a criterio de "LA COMISION" resultara imposible iniciar o continuar alguna de las obras acordadas o ésta dejará de ser viable, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" podrá proponer su sustitución a "LA COMISION". Si en la ejecución de las obras se observa que sus costos resultan diferentes a los presupuestados y/o a los pactados en el presente Acuerdo de Coordinación, "LAS PARTES" podrán hacer modificaciones conforme a lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACION". DECIMA PRIMERA. SUSPENSION O CANCELACION DE ENTREGA DE RECURSOS.- "LA COMISION" podrá suspender o cancelar, parcial o totalmente, la entrega de los recursos convenidos con "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en el presente instrumento, así como solicitar la devolución de los que se hubieren entregado, junto con sus rendimientos financieros, sin perjuicio de las acciones legales que procedan cuando: A) La propuesta de obras presentada a "LA COMISION" por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se hubiese aprobado pese a no encontrarse normativa y administrativamente integrada, en los términos previstos en "LAS REGLAS DE OPERACION". B) Exista o surja un conflicto social en la zona en la que se tenga programada ejecutar las obras. C) Sean cancelados los permisos de cualquier índole, otorgados por las dependencias o entidades federales o locales para la ejecución de las obras. D) Los recursos entregados se destinen a un objeto distinto al que fue convenido. E) La aportación convenida en el presente Acuerdo de Coordinación no se realice oportunamente para cubrir las erogaciones derivadas de su ejecución. F) El avance de obras o acciones se aparte de lo programado o no se estén cumpliendo los términos del presente instrumento, salvo que se acredite el atraso por caso fortuito o fuerza mayor. G) Las ejecutoras no inicien los procedimientos licitatorios dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la firma del presente instrumento. H) La información de los avances de "EL PROGRAMA" no fuera entregada de manera oportuna y con los procedimientos y formatos establecidos, o si como resultado de las revisiones que realice "LA COMISION" o los órganos fiscalizadores se demostrará que ésta no es veraz. I) Exista discriminación de localidades elegibles, ya sea por razones políticas, étnicas, de género o cualquier otra. J) Si a solicitud de "LA COMISION" o de los órganos fiscalizadores no se entregará la información de las cuentas bancarias que demuestren el manejo de los recursos de "EL PROGRAMA". K) "EL CORESE" no funcione o se incumpla sistemáticamente su Reglamento. DECIMA SEGUNDA. ACTAS DE ENTREGA RECEPCION.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá asegurarse de que las entidades ejecutoras elaboren en términos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las actas de entrega recepción con los contratistas, así como que se elaboren las actas respectivas cuando las entidades ejecutoras entreguen las obras a las dependencias u órdenes de gobierno que se responsabilizarán de su operación y mantenimiento. DECIMA TERCERA. COORDINACION INSTITUCIONAL.- Las instancias participantes se coordinarán a través de "EL CORESE", que será la instancia para el seguimiento a la ejecución de "EL PROGRAMA" en el Estado, así como para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Acuerdo de Coordinación. "LA COMISION" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en este acto manifiestan su conformidad y aprobación al Reglamento de "EL CORESE", así como de su integración. DECIMA CUARTA. CIERRE DE EJERCICIO.- La Dependencia Estatal Responsable validará el cierre del ejercicio en el formato que para tales efectos emitirá "LA COMISION", quien integrará el cierre programático presupuestal del ejercicio. DECIMA QUINTA. CONTRALORIA SOCIAL.- "LAS PARTES" impulsarán la Contraloría Social de "EL PROGRAMA" con la finalidad de facilitar a la población beneficiaria el acceso a la información para verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos. La promoción se realizará con base en lo establecido en las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA", en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social publicados en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, y en el Esquema y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social de "EL PROGRAMA" validados por la Secretaría de la Función Pública y de conformidad con los procedimientos establecidos en la Guía Operativa de Contraloría Social de "EL PROGRAMA". Para su mejor desarrollo e instrumentación "LA COMISION" entregará a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" toda la información, documentación y capacitación necesaria para la difusión e implementación de la Contraloría Social. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a conformar, capacitar y asesorar a los comités de Contraloría Social, así como recabar los informes que deriven de su actuación para su registro en los mecanismos institucionales correspondientes; y poner a su disposición la información y herramientas necesarias para el adecuado desarrollo de sus actividades. DECIMA SEXTA. LEYENDAS.- La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción que adquieran las dependencias y entidades para la ejecución de "EL PROGRAMA", deberán incluir la siguiente leyenda: "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". DECIMA SEPTIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- "LAS PARTES" acuerdan que estarán exentas de toda responsabilidad en casos de retrasos, demoras o incumplimientos total o parcial de las acciones enmarcadas en el presente Acuerdo debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditados. DECIMA OCTAVA. MODIFICACIONES.- "LAS PARTES" manifiestan que cualquier modificación al presente Acuerdo deberá ser otorgada por escrito y firmada de conformidad, en estricto apego a lo establecido en "LAS REGLAS DE OPERACION". DECIMA NOVENA. SUPREMACIA DE LAS REGLAS DE OPERACION VIGENTES.- Con independencia de lo previsto en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia, prevalecerá el contenido de "LAS REGLAS DE OPERACION". VIGESIMA. BUENA FE.- "LAS PARTES" declaran que en el presente Acuerdo no existe dolo, error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, "LAS PARTES" lo resolverán de común acuerdo en el seno de "EL CORESE". VIGESIMA PRIMERA. CESION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- Ninguna de "LAS PARTES" podrá ceder o transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Acuerdo. VIGESIMA SEGUNDA. JURISDICCION.- "LAS PARTES" acuerdan que en caso de presentarse alguna controversia derivada del incumplimiento del presente instrumento y los acuerdos que se deriven, se resolverá de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley de Planeación. VIGESIMA TERCERA. VIGENCIA.- El presente Acuerdo de Coordinación estará en vigor a partir del día de su firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que pueda exceder del 31 de diciembre de 2018. "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Leído que fue el presente acuerdo de coordinación y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo suscriben por cuadruplicado en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 26 días del mes de febrero de 2018.- Por la Comisión: el Coordinador General de Delegaciones y Concertación, Carlos Trejo Carpio.- Rúbrica.- El Responsable de los Asuntos de la Delegación de la Comisión en Chiapas, Angel Ruiz Ortíz.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Obra Pública y Comunicaciones, Jorge Alberto Betancourt Esponda.- Rúbrica.- El Director General de la Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica, Bruno Jesús Martínez Mejía.- Rúbrica. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 26 de febrero de 2018. VALIDA EL PRESENTE INSTRUMENTO: ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDIGENA, SUSCRITO EL DIA 26 DEL MES DE FEBRERO DE 2018, POR LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR EL ING CARLOS TREJO CARPIO, EN SU CARACTER DE COORDINADOR GENERAL DE DELEGACIONES Y CONCERTACION, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL DR. ANGEL RUIZ ORTIZ, EN SU CARACTER DE RESPONSABLE DE LOS ASUNTOS DE LA DELEGACION DE LA COMISION EN CHIAPAS Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL ARQ. JORGE ALBERTO BETANCOURT ESPONDA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE OBRA PUBLICA Y COMUNICACIONES, ASISTIDO POR EL ING. BRUNO JESUS MARTINEZ MEJIA, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL DE LA COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA; EL JEFE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO EN LA DELEGACION DEL ESTADO DE CHIAPAS, DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS. Lic. Olivia Johana Burgos Valdez.- Rúbrica. ANEXO 1 DEL ACUERDO DE COORDINACION 2018, QUE CELEBRAN LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INDIGENA (PROII). NUMERO CONSECUTIVO | DEPENDENCIA EJECUTORA | NOMBRE DE LA OBRA | UBICACION GEOGRAFICA | MUNICIPIO | LOCALIDAD | 1 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | MODERNIZACION Y AMPLIACION DEL CAMINO LOS ANGELES - ARGENTINA, TRAMO DEL KM. 0+000 AL KM. 6+700, SUBTRAMO A MODERNIZAR: DEL KM. 5+800 AL KM. 6+700 | 014 EL BOSQUE | 0004 LOS ANGELES 0005 ARGENTINA | 2 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | MODERNIZACION Y AMPLIACION DE CAMINO ZAMORA PICO DE ORO-SAN ISIDRO-AMERICA LIBRE-TIERRA Y LIBERTAD-NUEVA ORIZABA, TRAMO: DEL KM 0+000 AL KM 38+000, SUBTRAMO: DEL KM 5+000 AL KM 6+000 | 116 MARQUES DE COMILLAS | 0001 ZAMORA PICO DE ORO 0020 SAN ISIDRO 0004 AMERICA LIBRE 0023 TIERRA Y LIBERTAD | 3 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA INTEGRAL DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y SANEAMIENTO (4TA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LAS LOCALIDADES DE VENUSTIANO CARRANZA, EL COPAL, LA CAÑADA Y SAN VICENTE, DEL MUNICIPIO DE BOCHIL | 013 BOCHIL | 0097 VENUSTIANO CARRANZA 0107 EL COPAL 0176 LA CAÑADA 0083 SAN VICENTE | 4 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA INTEGRAL DE AGUA POTABLE (4TA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDADES DE CHAMULA, SACLAMANTON, TRES CRUCES, CRUZ CHOT, JOLNAJOJTIC, LOS RANCHOS, JOLCHIJTIK, DEL MUNICIPIO DE CHAMULA | 023 CHAMULA | 0001 CHAMULA 0054 SACLAMANTON 0060 TRES CRUCES 0080 CRUZ CHOT 0131 JOLNAJOJTIC 0132 LOS RANCHOS 0159 JOLCHIJTIK | 5 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (5TA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE TENANGO, MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0237 TENANGO | 6 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | AMPLIACION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE AGUA AZUL CHICO, EN EL MUNICIPIO DE CHILON | 031 CHILON | 0004 AGUA AZUL CHICO | 7 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN EL MUNICIPIO DE CHILON | 031 CHILON | 0019 BENITO JUAREZ | 8 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | AMPLIACION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE GUADALUPE POJCOL, EN EL MUNICIPIO DE CHILON | 031 CHILON | 0640 GUADALUPE POJCOL | 9 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVA NICARAGUA, EN EL MUNICIPIO DE LAS MARGARITAS | 052 LAS MARGARITAS | 0229 NUEVA NICARAGUA | 10 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE RAFAEL PASCACIO GAMBOA, EN EL MUNICIPIO DE LAS MARGARITAS | 052 LAS MARGARITAS | 0232 RAFAEL PASCACIO GAMBOA | 11 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | AMPLIACION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVA PROVIDENCIA, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0332 NUEVA PROVIDENCIA | 12 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO (3ER ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN LORENZO CHOCOLJA, EN EL MUNICIPIO DE PALENQUE | 065 PALENQUE | 0638 SAN LORENZO (CHOCOLJA) | 13 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVO POTIOJA, EN EL MUNICIPIO DE PALENQUE | 065 PALENQUE | 1259 NUEVO POTIOJA | 14 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE CONCEPCION LOS CACAOS, MUNICIPIO DE SIMOJOVEL | 081 SIMOJOVEL | 0015 CONCEPCION LOS CACAOS | 15 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL ROBLAR, MUNICIPIO DE SIMOJOVEL | 081 SIMOJOVEL | 0134 EL ROBLAR | 16 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO (2DA ETAPA ), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE TEPEYAC, EN EL MUNICIPIO DE SIMOJOVEL | 081 SIMOJOVEL | 0311 TEPEYAC | 17 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO (5TA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVA MORELIA, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0599 NUEVA MORELIA | 18 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EMILIANO ZAPATA UNO EN EL MUNICIPIO DE OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA | 061 OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA | 0614 EMILIANO ZAPATA UNO | 19 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN FRANCISCO NO TE DIJE, EN EL MUNICIPIO DE SALTO DE AGUA | 077 SALTO DE AGUA | 0523 SAN FRANCISCO NO TE DIJE | 20 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | MODERNIZACION Y AMPLIACION DEL CAMINO E.C. (CARRETERA INTERNACIONAL)-EJIDO CHUPAMIEL-LLANO GRANDE, TRAMO: DEL KM. 0+000 AL KM. 18+000, SUBTRAMO A MODERNIZAR: DEL KM. 3+000 AL KM. 4+000 | 046 JIQUIPILAS | 0361 LLANO GRANDE | 21 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL CHUCHIS, EN EL MUNICIPIO DE BOCHIL | 013 BOCHIL | 0021 EL CHUCHIS | 22 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SANTA CRUZ BUENAVISTA; EN EL MUNICIPIO DE BOCHIL | 013 BOCHIL | 0172 SANTA CRUZ BUENAVISTA | 23 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVA UCRANIA; EN EL MUNICIPIO DE EL BOSQUE | 014 EL BOSQUE | 0037 NUEVA UCRANIA | 24 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN PASCUAL BAILON, EN EL MUNICIPIO DE CHAPULTENANGO | 025 CHAPULTENANGO | 0040 SAN PASCUAL BAILON | 25 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN JOSE GUAYAQUIL, EN EL MUNICIPIO DE CHILON | 031 CHILON | 0181 SAN JOSE GUAYAQUIL | 26 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE CH'ACHAB, EN EL MUNICIPIO DE CHILON | 031 CHILON | 0674 CH'ACHAB | 27 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE ENRIQUE RODRIGUEZ CANO, EN EL MUNICIPIO DE HUITIUPAN | 039 HUITIUPAN | 0041 ENRIQUE RODRIGUEZ CANO | 28 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE, PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE IGNACIO ZARAGOZA, EN EL MUNICIPIO DE IXHUATAN | 042 IXHUATAN | 0024 IGNACIO ZARAGOZA | 29 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL CIMIENTO, EN EL MUNICIPIO DE IXHUATAN | 042 IXHUATAN | 0037 EL CIMIENTO | 30 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE BAJOVELTIC, EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0004 BAJOVELTIC | 31 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LA CULEBRA, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0054 LA CULEBRA | 32 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE MIGUEL HIDALGO, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO. | 059 OCOSINGO | 0897 MIGUEL HIDALGO | 33 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN SEBASTIAN JAHUACA, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 1876 SAN SEBASTIAN JAHUACA | 34 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE DOCTOR BELISARIO DOMINGUEZ, EN EL MUNICIPIO DE MARQUES DE COMILLAS | 116 MARQUES DE COMILLAS | 0006 DOCTOR BELISARIO DOMINGUEZ | 35 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SANTA ROSA BASCAN, EN EL MUNICIPIO DE SALTO DE AGUA | 077 SALTO DE AGUA | 0085 SANTA ROSA BASCAN | 36 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LAS VEGAS, EN EL MUNICIPIO DE SALTO DE AGUA | 077 SALTO DE AGUA | 0217 LAS VEGAS | 37 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE FRONTERA 20 DE OCTUBRE, EN EL MUNICIPIO DE TAPACHULA | 089 TAPACHULA | 1020 FRONTERA 20 DE OCTUBRE | 38 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN FRANCISCO PALENQUE, EN EL MUNICIPIO DE PALENQUE | 065 PALENQUE | 0112 SAN FRANCISCO PALENQUE | 39 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE MOVAC 1RA. SECCION, EN EL MUNICIPIO DE CHAPULTENANGO | 025 CHAPULTENANGO | 0005 MOVAC 1RA. SECCION | 40 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL CALVARIO, EN EL MUNICIPIO DE IXTACOMITAN | 043 IXTACOMITAN | 0116 EL CALVARIO | 41 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL AMATE, EN EL MUNICIPIO DE JITOTOL | 047 JITOTOL | 0009 EL AMATE | 42 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN ANTONIO LA CUMBRE, EN EL MUNICIPIO DE JITOTOL | 047 JITOTOL | 0151 SAN ANTONIO LA CUMBRE | 43 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVO SOCONUSCO EL AVELLANO, EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN | 072 PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN | 0008 NUEVO SOCONUSCO EL AVELLANO | 44 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LAS LIMAS DOS, EN EL MUNICIPIO DE SAN ANDRES DURAZNAL | 118 SAN ANDRES DURAZNAL | 0004 LAS LIMAS DOS | 45 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE BENEMERITO DE LAS AMERICAS PRIMERA SECCION, EN EL MUNICIPIO DE BENEMERITO DE LAS AMERICAS | 114 BENEMERITO DE LAS AMERICAS | 0003 BENEMERITO DE LAS AMERICAS PRIMERA SECCION | 46 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN FRANCISCO, EN EL MUNICIPIO DE RAYON | 073 RAYON | 0021 SAN FRANCISCO | 47 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN JUANITO CHAPAYAL, EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN | 072 PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN | 0208 SAN JUANITO CHAPAYAL | 48 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LAS PALMAS, EN EL MUNICIPIO DE PUEBLO NUEVO SOLITAHUACAN | 072 PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN | 0193 LAS PALMAS | 49 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Y DE SANEAMIENTO (3ER ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LAZARO CARDENAS (CHILIL), EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN | 038 HUIXTAN | 0013 LAZARO CARDENAS (CHILIL) | 50 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO (PRIMERA ETAPA) PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NAPITE, EN EL MUNICIPIO DE SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS | 078 SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS | 0020 NAPITE | 51 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LA SAN JOSE GUADALUPE, EN EL MUNICIPIO DE LA TRINITARIA | 099 LA TRINITARIA | 0831 SAN JOSE GUADALUPE | 52 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE PALMA REAL, EN EL MUNICIPIO DE LAS MARGARITAS. | 052 LAS MARGARITAS | 0084 PALMA REAL | 53 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE TZABALHO, EN EL MUNICIPIO DE CHENALHO | 026 CHENALHO | 0051 TZABALHO | 54 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SIETE DE OCTUBRE, EN EL MUNICIPIO DE ANGEL ALBINO CORZO | 008 ANGEL ALBINO CORZO | 0158 SIETE DE OCTUBRE | 55 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL PIÑON, EN EL MUNICIPIO DE CHICOASEN | 029 CHICOASEN | 0013 EL PIÑON | 56 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVA PALESTINA, EN EL MUNICIPIO DE VILLAFLORES | 108 VILLAFLORES | 1763 NUEVA PALESTINA | 57 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN FRANCISCO, EN EL MUNICIPIO DE LA CONCORDIA | 020 LA CONCORDIA | 0948 SAN FRANCISCO | 58 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE OJO DE AGUA, EN EL MUNICIPIO DE ESCUINTLA | 032 ESCUINTLA | 0130 OJO DE AGUA | 59 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NUEVO POBLADO LAS CAROLINAS, EN EL MUNICIPIO DE VILLA CORZO | 107 VILLA CORZO | 2248 NUEVO POBLADO LAS CAROLINAS | 60 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE HOJA BLANCA, EN EL MUNICIPIO DE VILLA CORZO | 107 VILLA CORZO | 0737 HOJA BLANCA | 61 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA INTEGRAL DE AGUA POTABLE (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LAS LOCALIDADES DE NUEVO CRISTO REY Y NUEVO TILA, EN EL MUNICIPIO DE FRANCISCO LEON. | 033 FRANCISCO LEON | 0043 NUEVO CRISTO REY 0075 NUEVO TILA | 62 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | AMPLIACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y SANEAMIENTO (2da ETAPA), PARA BENEFICIAR A LOS BARRIOS DE JECHMENTIC, YUTOSIL Y JECH DE LA LOCALIDAD DE CRUZTON DEL MUNICIPIO DE CHAMULA | 023 CHAMULA | 0018 CRUZTON | 63 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE JU'NIL, EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN CANCUC | 112 SAN JUAN CANCUC | 0012 JUC'NIL | 64 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO Y SANEAMIENTO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE PATOSIL, EN EL MUNICIPIO DE ZINACANTAN | 111 ZINACANTAN | 0012 PATOSIL | 65 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE BACHEN, EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0003 BACHEN | 66 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN PEDRO EL ACHIOTE (SAN PEDRO MARTIR) EN EL MUNICIPIO DE BOCHIL | 013 BOCHIL | 0077 SAN PEDRO EL ACHIOTE (SAN PEDRO MARTIR) | 67 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE DRENAJE SANEAMIENTO A BASE DE BIODIGESTORES Y POZOS DE ABSORCION (2DA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EMILIANO ZAPATA, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0074 EMILIANO ZAPATA | 68 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | MODERNIZACION Y AMPLIACION DEL CAMINO EL NANCE- PUERTO RICO, TRAMO 0+000 AL KM 27+060, SUBTRAMO DEL KM 17+800 AL KM 27+060, SUBTRAMO A MODERNIZAR DEL KM 23+000 AL KM 24+000 | 004 ALTAMIRANO | 0167 EL NANCE 0054 PUERTO RICO | 69 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA ALCANTARILLADO SANITARIO (1 ERA. ETAPA) PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE TOJTIC EN EL MUNICIPIO DE MITONTIC | 056 MITONTIC | 0033 TOJTIC | 70 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE SANEAMIENTO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE SAN PEDRO PEDERNAL EN EL MUNICIPIO DE HUIXTAN | 038 HUIXTAN | 0031 SAN PEDRO PEDERNAL | 71 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE (PRIMERA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE AGUA AZUL, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO | 059 OCOSINGO | 0005 AGUA AZUL | 72 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE (PRIMERA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE PARAISO GRIJALVA, EN EL MUNICIPIO DE VENUSTIANO CARRANZA | 106 VENUSTIANO CARRANZA | 0510 PARAISO DEL GRIJALVA | 73 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE (PRIMERA ETAPA), PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE EL ROSARIO, EN EL MUNICIPIO DE OCOSINGO. | 059 OCOSINGO | 1278 EL ROSARIO | 74 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA ALCANTARILLADO SANITARIO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE LLANO GRANDE EN EL MUNICIPIO DE BOCHIL | 013 BOCHIL | 0040 LLANO GRANDE | 75 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE SANEAMIENTO (PRIMERA ETAPA) PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NACHIG EN EL MUNICIPIO DE ZINACANTAN | 111 ZINACANTAN | 0009 NACHIG | 76 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO (PRIMERA ETAPA) PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD NICHNAMTIC, EN EL MUNICIPIO DE CHAMULA | 023 CHAMULA | 0040 NICHNAMTIC | 77 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA ALCANTARILLADO SANITARIO PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE CHUCHILTON (PRIMERA ETAPA) EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0016 CHUCHILTON | 78 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE BAYALEMO DOS, EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0005 BAYALEMO DOS | 79 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE YUT BASH UNO EN EL MUNICIPIO DE CHAMULA | 023 CHAMULA | 0172 YUT BASH UNO | 80 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE NATOC EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0073 NATOC | 81 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | CONSTRUCCION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE PARA BENEFICIAR A LA LOCALIDAD DE CAMTEALHUCHUM II, EN EL MUNICIPIO DE LARRAINZAR | 049 LARRAINZAR | 0070 CAMTEALHUCHUM II | 82 | GOBIERNO DEL ESTADO (COMISION DE CAMINOS E INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA) | MODERNIZACION DEL CAMINO: DESVIO SALVADOR - EMBARCADERO JERICO; TRAMO DEL KM. 0+000 - KM. 17+200; SUBTRAMO: KM. 0+000 - KM. 1+000 | 107 VILLA CORZO | 1551 EMBARCADERO DE JERICO (EL SIGLO) | 83 | COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS | SERVICIOS DE SUPERVISION GERENCIAL DE OBRAS | VARIOS | VARIAS | "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". El Director General Adjunto de Infraestructura, Miguel Angel Carrillo Chávez.- Rúbrica.
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