ANEXO Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Baja California Sur, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Ex

ANEXO Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Baja California Sur, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), del Programa de Apoyos a Pequeños Productores para el ejercicio presupuestal 2018.

ANEXO TCNICO DE EJECUCIN ESPECFICO DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES
PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
ANEXO TCNICO DE EJECUCIN 2018 QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE AGRICULTURA, GANADERA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. CSAR DEMETRIO ESTRADA NERI, TITULAR DE LA DELEGACIN EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "DELEGACIN", Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR LOS CC. C. LUIS ANDRS CRDOVA URRUTIA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PESCA, ACUACULTURA Y DESARROLLO AGROPECUARIO Y EL LIC. ISIDRO JORDÁN MOYRN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIN, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIN DE LOS COMPONENTES EXTENSIONISMO, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASOCIATIVIDAD PRODUCTIVA; INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE SUELO Y AGUA (EJECUCIN NACIONAL), DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha de 11 de septiembre del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en el Estado de Baja California Sur.
II.     Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", en las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA", en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIN", y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.
       Asimismo, en la referida Cláusula las "PARTES" acordaron en aplicar las "REGLAS DE OPERACIN" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal, las que para el ejercicio 2018 son las siguientes:
A.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2017, y
B.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", publicado en el
Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 2017.
III.    Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y en su caso recursos, para lo cual suscribirán cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.
IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 35, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el "DPEF 2018", la "SAGARPA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1. Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018" de los siguientes Componentes:
A.   Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva;
B.   Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional).
VI.   Asimismo, las Unidades Responsables en la operación de los citados Componentes son los siguientes:
A. La Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 49, 50, 51 52, 53 y 54 de las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES";
B. La Dirección General de Producción Rural Sustentable en Zonas Prioritarias, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES"; y
VII.   Que en las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" se establecen los conceptos, requisitos, procedimientos para acceder a los incentivos y la mecánica operativa de los Componentes materia del presente instrumento.
VIII.  Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución siguientes:
La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en el Estado de Baja California Sur, el cual a la presente fecha se encuentra a cargo del C. Ing. César Demetrio Estrada Neri; y
Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó como su representante al Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, que a la presente fecha ostenta el C. Luis Andrés Córdova Urrutia; asimismo por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparecen el C. Lic. Isidro Jordán Moyrón, en su carácter de Secretario de Finanzas y Administración.
 
DECLARACIONES
I. DE LA "SAGARPA":
I.1.   Que el titular de la "DELEGACIN", el C. Ing. César Demetrio Estrada Neri, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. Apartado C, 17 fracción IV, 35, 36, fracciones I y IX y 37 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado el 25 de abril de 2012, en concordancia con la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", así como en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 2 de mayo de 2007, mediante el cual el Titular de la "SAGARPA" delegó la atribución de suscribir los instrumentos jurídicos derivados de los Convenios de Coordinación firmados entre esta dependencia del Ejecutivo Federal y las 31 Entidades Federativas y el Distrito Federal, indistintamente, a favor de los delegados de la "SAGARPA ".
I.2.   Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Agricultura #1555 entre México y Durango, colonia Emiliano Zapata, Código Postal 23070, en La Paz, Baja California Sur.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el C. Luis Andrés Córdova Urrutia en su carácter de Secretario de Pesca Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 80 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur y; 1, 16 fracción Vlll, 20 fracción II y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur; así como de la Cláusula Décimo Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018".
II.2. Que el Lic. Isidro Jordán Moyrón, Secretario de Finanzas y Administración acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en el artículo 80 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur y; 1, 16 fracción II, 20 fracción II y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur;
II.3. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en la Secretaría de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario con dirección de Isabel la Católica esquina con Ocampo, colonia Centro, Código Postal 23000; La Paz, Baja California Sur.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados en el "Anexo 11.1 Distribución de recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2018", en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al Programa y Componentes que se señalan en el Apéndice I denominado "Recursos Convenidos Federación-Estado 2018", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las acciones de las materias consideradas en el "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", para lo cual se definirán los objetivos, líneas de acción,
metas programáticas y montos, asignados a los Componentes siguientes:
A. Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva;
B. Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional).
Así como su respectivo cronograma de trabajo; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 del "DPEF 2018", 1, 48, 54, 90 y 96 de las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los recursos presupuestales previstos en el "DPEF 2018", las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" y demás disposiciones legales aplicables, la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan realizar una aportación conjunta para los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), del Programa de Apoyos a Pequeños Productores 2018, hasta por un monto de $11,000,000.00 (Once millones de pesos 00/100 M.N.)>>, integrados en la forma siguiente:
1.     En el Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, hasta un monto de $4,600,000.00 (cuatro millones seiscientos mil pesos 00/100 M.N.)>>, a cargo de la "SAGARPA" correspondiente hasta el 80% (ochenta por ciento), de aportación federal y sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF 2018" y un monto de hasta $1,150,000.00 (un millón ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)>>, correspondiente al 20% (veinte por ciento) de aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California Sur para el ejercicio fiscal 2018.
2.     En el Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional), hasta un monto de $4,200,000.00 (Cuatro millones doscientos mil pesos 00/100 M.N.), a cargo de la "SAGARPA" correspondiente al menos el 80% (ochenta por ciento), de aportación federal y sujeto a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF 2018"; y un monto de hasta $1,050,000.00 (Un millón cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), correspondiente al 20% (veinte por ciento) de aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California Sur para el ejercicio fiscal 2018.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados se llevarán a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II denominados respectivamente "Recursos Convenidos Federación-Estado 2018" y "Calendario de Ejecución 2018", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
Las aportaciones referidas estarán sujetas a las disposiciones previstas en el "DPEF 2018", en las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES" y en el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES".
El "GOBIERNO DEL ESTADO" opta por una ministración de los recursos federales en el mes de marzo, para lo cual, previamente depositará en el Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario del Estado de Baja California Sur, en lo sucesivo el "FOFAEBCS", en una ministración, el total de los recursos que le corresponde aportar, siendo este documento, el justificatorio para el depósito de la ministración federal correspondiente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", del total de los recursos convenidos, tanto federal como estatal, se destinarán hasta un 5.0% (cinco por ciento), para cubrir los gastos de operación.
En ese sentido, las "PARTES" acuerdan que la aportación de la totalidad de los gastos de operación de origen federal y estatal se realizará en la primera ministración de recursos que se realicen al "FOFAEBCS" para los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional).
 
Lo anterior, de acuerdo con lo pactado en la Cláusula Octava del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", y la distribución que se establezca en los Apéndices III y IV, de este instrumento, los cuales forman parte integral del mismo, debiendo atender lo dispuesto en los "Lineamientos para la ejecución de los Gastos de Operación de los Programas de la "SAGARPA" 2018", aplicables en el ejercicio fiscal 2018, emitidos por el Oficial Mayor de la "SAGARPA".
COMPONENTE EXTENSIONISMO, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASOCIATIVIDAD PRODUCTIVA
TERCERA.- Para efectos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, las "PARTES" están de acuerdo en establecer las metas programáticas y las aportaciones correspondientes al Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva del Programa de Apoyos a Pequeños Productores en los siguientes términos:
Los recursos aportados que se indican en la Cláusula Segunda, numeral 1, se implementarán para efecto de apoyar el cumplimiento del objetivo del Componente de Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, el cual consiste en contribuir al desarrollo de capacidades y asistencia técnica a pequeños productores y productoras en aspectos técnico productivos, autogestión, asociatividad productiva y promoción económica.
Su población objetivo son los pequeños(as) productores(as) hombres y mujeres ya sea de manera individual, organizados en grupo o constituidos como persona moral del sector rural pertenecientes a los estratos E1, E2 y E3; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES".
La distribución de recursos presupuestales para el cumplimiento del objeto del presente Componente, se llevará a cabo de conformidad con la programación señalada en el Apéndice III, denominado "Cuadro de Metas y Montos 2018" del Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, el cual forma parte integral del presente instrumento.
COMPONENTE INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE SUELO Y AGUA (EJECUCIN NACIONAL)
CUARTA.- Para efectos de lo señalado en la Cláusula Segunda del presente instrumento, las "PARTES" están de acuerdo en establecer las metas programáticas y las aportaciones correspondientes al Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua (Ejecución Nacional) del Programa de Apoyos a Pequeños Productores en los términos siguientes:
Los recursos presupuestales aportados que se indican en la Cláusula Segunda, numeral 2 serán usados para implementar la correcta ejecución del Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional), el cual considera recursos que se ejecutan de manera concurrente con el "GOBIERNO DEL ESTADO".
La distribución de dichos recursos, se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice IV, denominado "Cuadro de Metas y Montos 2018" de Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional) 2018, el cual forma parte integral del presente instrumento.
DE LAS ATRIBUCIONES
QUINTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento, acuerdan estarse y sujetarse a las atribuciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES
SEXTA.- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento, acuerdan estarse y sujetarse a las obligaciones conforme a lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A
PEQUEÑOS PRODUCTORES", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en la CLÁUSULA DECIMOTERCERA del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", entre las que se encuentran las siguientes:
:"...
III.     Ejecutar de manera oportuna los recursos referidos en el Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales, así como a transferir o aportar los mismos, en la modalidad que se determine, los recursos presupuestales estatales, de conformidad con la normatividad aplicable, así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos y administrarlos exclusivamente a través del "FOFAE";
IV.    Aplicar oportunamente y bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SAGARPA" le transfiera o aporte durante éste y los subsecuentes ejercicios fiscales, a través del "FOFAE", exclusivamente a la ejecución de las acciones convenidas y de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables;
V.     Ejecutar oportunamente los recursos que se indiquen en el Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales;
VI.    Durante cada ejercicio fiscal se obliga a entregar los avances de los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE", así como los saldos, trimestralmente a la "SAGARPA" a través de la Delegación, para que esté en condiciones de elaborar y publicar los informes trimestrales respectivos;
VII.    Entregar a más tardar el último día hábil del primer trimestre del año fiscal, la planeación de las acciones a desarrollar durante dicha anualidad, incorporando, en su caso, las opiniones del Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable;
VIII.   Utilizar el "SISTEMA DE INFORMACIN", como mecanismo de registro y seguimiento en la atención de solicitudes de los apoyos que habrán de otorgarse; dicha información deberá mantenerse actualizada de manera permanente, por ser considerada como la fuente oficial para el flujo de información en los avances físico-financieros;
IX.    Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales federales;
X.     Cumplir con los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SAGARPA" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados, y en caso de que la "SAGARPA", así lo requiera participar en la emisión de los mismos;
XI.    Presentar oportunamente información que les sea requerida sobre el cumplimiento del objeto del presente Convenio y del Anexo Técnico de Ejecución que se suscriba en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales;
XIII.   Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia. Salvo por los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIN";
 
XIV.  En términos del contenido del artículo 134 de la "CONSTITUCIN", se compromete a que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción;
XV.   Asimismo, se compromete que, en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción;
XVI.  Publicar listados de beneficiarios conforme a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el "DPEF" y las "REGLAS DE OPERACIN";
XVII.  Remitir a la "SAGARPA" a más tardar el último día hábil del mes de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, los listados de beneficiarios, identificando a las personas físicas con clave o número de registro que le será asignado por el "GOBIERNO DEL ESTADO" y en el caso de las personas morales con la clave de registro federal de contribuyentes. En ambos casos deberá incluir actividad productiva; ciclo agrícola; eslabón de la cadena de valor, concepto de apoyo y monto fiscal otorgado. Asimismo, deberá presentar la información desagregada por sexo, grupo de edad, región del país, entidad federativa, municipio, y localidad; y la correspondiente a los criterios y/o las memorias de cálculo mediante las cuales se determinaron los beneficiarios;
XVIII. Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para efectuar las revisiones que, de acuerdo a sus programas de trabajo, considere conveniente realizar, así como cumplir y atender los requerimientos de información que realicen dichas instancias relativos al presente Convenio y al Anexo Técnico de Ejecución que se suscriban en éste y en los subsecuentes ejercicios presupuestales, en términos de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables;
XIX.  Instruir al fiduciario del "FOFAE" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SAGARPA" aporta al fideicomiso; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización y permita las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales;
XXI.  Reportar durante cada ejercicio fiscal de manera trimestral en su página de internet, el avance de los recursos ejercidos y pagados por el "FOFAE", así como los saldos;
XXII.  Presentar el cierre del ejercicio fiscal (finiquito) de las acciones objeto del presente Convenio de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
        ..."
DE LAS MODIFICACIONES
SPTIMA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES", y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, previa validación de
la Unidad Responsable del Componente sobre el que verse la modificación, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO
OCTAVA.- Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través del "FOFAEBCS", se compromete a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda, a través del "FOFAEBCS", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices III, IV de este instrumento.
En cumplimiento a la legislación federal, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá integrar los soportes e informes de la cuenta pública del Programa y Componentes convenidos, con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del presente año, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán enterarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
De conformidad con la Cláusula Vigésima Segunda del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018", a más tardar el 31 diciembre del año 2018, deberá suscribirse el cierre del ejercicio presupuestal y recursos convenidos, entre la "DELEGACIN" de la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, pagados, devengados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del Programa y Componentes, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Para los recursos devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como las "REGLAS DE OPERACIN DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2019, deberá suscribirse un acta circunstanciada entre la "DELEGACIN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Las relaciones definitivas de beneficiarios, indicando los que se encuentren en proceso;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, pagados, devengados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del Programa de Apoyos a Pequeños Productores y de los Componentes con saldo en ceros, según su caso, y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados y enterados a la "TESOFE".
DE LA VIGENCIA
NOVENA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2018, en términos de lo establecido en los
artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIN 2015-2018".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las partes firman el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la Ciudad de La Paz, Baja California Sur, a los 29 días del mes de enero de 2018.- Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Baja California Sur, sar Demetrio Estrada Neri.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Baja California Sur: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Isidro Jordán Moyrón.- Rúbrica.- El Subsecretario de Desarrollo Agropecuario, Refugio Álvaro Gómez Reynoso.- Rúbrica.- El Subsecretario de Pesca y Acuacultura, José Fernando García Romero.- Rúbrica.
Apéndice I
BAJA CALIFORNIA SUR
Recursos Convenidos Federación-Estado 2018
(Aportaciones en Pesos)
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del
artículo 35 del "DPEF 2018".
 
DPEF 2018
De la
SAGARPA
Del Gobierno
del Estado
Gran Total
No.
Total Programas y Componentes
8,800,000
2,200,000
11,000,000
 
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
8,800,000
2,200,000
11,000,000
I
Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva
4,600,000
1,150,000
5,750,000
II
Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución Nacional)
4,200,000
1,050,000
5,250,000
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Baja California Sur, sar Demetrio Estrada Neri.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Baja California Sur: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.
 
Apéndice II
BAJA CALIFORNIA SUR
Calendario de Ejecución 2018
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2018
Total
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VII del artículo 35 del DPEF 2018.
En Anexo Técnico de Ejecución
 
Programa de Apoyos a Pequeños
Productores
8,800,000
2,200,000
 
 
 
 
8,800,000
 
 
 
 
1,150,000
 
1,050,000
 
 
I
Extensionismo, Desarrollo de
Capacidades y Asociatividad Productiva
4,600,000
1,150,000
 
 
 
 
4,600,000
 
 
 
 
1,150,000
 
 
 
 
II
Infraestructura Productiva para el
Aprovechamiento Sustentable del Suelo y
Agua (Ejecución Nacional)
4,200,000
1,050,000
 
 
 
 
4,200,000
 
 
 
 
 
 
1,050,000
 
 
 
DPEF 2018
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
 
 
 
 
 
Programa de Apoyos a Pequeños
Productores
 
 
 
 
I
Extensionismo, Desarrollo de
Capacidades y Asociatividad Productiva
 
 
 
 
II
Infraestructura Productiva para el
Aprovechamiento Sustentable del Suelo y
Agua (Ejecución Nacional)
 
 
 
 
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Baja California Sur, sar Demetrio Estrada Neri.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Baja California Sur: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.
 
 
Apéndice III
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva
Cuadro de Metas y Montos 2018
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Baja California Sur, sar Demetrio Estrada Neri.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Baja California Sur: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.
Apéndice IV
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa de Apoyos a Pequeños Productores
Componente: Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable del Suelo y Agua (Ejecución
Nacional)
Cuadro de Metas y Montos 2018
 
Municipio
Concepto de apoyo
Metas Programadas
Recursos Convenidos (En pesos)
Unidad de
Medida
Cantidad
Número de
Beneficiari
os
De la
SAGARPA
Del Gobierno
del Estado
Gran Total
LA PAZ
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable mediante
obras y prácticas de conservación de suelo y agua (incluye
actividades productivo - conservacionistas)
Ha.
 
 
 
 
 
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
275
16
1,210,300.00
302,575.00
1,512,875
COMOND
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable mediante
obras y prácticas de conservación de suelo y agua (incluye
actividades productivo - conservacionistas)
Ha.
 
 
 
 
 
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
400
24
1,210,300.00
302,575.00
1,512,875
LOS CABOS
Superficie incorporada al aprovechamiento sustentable mediante
obras y prácticas de conservación de suelo y agua (incluye
actividades productivo - conservacionistas)
Ha.
 
 
 
 
 
Capacidad de almacenamiento de agua a construir mediante
Obras de captación y almacenamiento de agua
M3
4,935
27
1,210,300.00
302,575.00
1,512,875
 
Elaboración y Ejecución de proyectos (Hasta 7% del recurso de
inversión autorizado)
Proyecto
2
51
279,300
69,825
349,125
 
Soporte Técnico Operativo (Hasta 2% del presupuesto de inversión autorizado)
Contrato
(Enlace
Técnico,
Enlace
Administrativo)
 
 
79,800
19,950
99,750
 
SUBTOTAL RECURSO DE INVERSIN (_%)
3,990,000.00
997,500.00
4,987,500.00
 
Gasto de Operación hasta el 5% 1/
Delegación (2.05%)
86,100.00
21,525.00
107,625
 
Gobierno del Estado en FOFAE (2%)
84,000.00
21,000.00
105,000
 
Evaluación (0.7%)
29,400.00
7,350.00
36,750
 
Decreto de austeridad (0.25%)
10,500.00
2,625.00
13,125
 
SUBTOTAL RECURSOS DE OPERACIN (5%)
210,000.00
52,500.00
262,500.00
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GRAN TOTAL
4,200,000.00
1,050,000.00
5,250,000.00
 
Por la SAGARPA: el Delegado de la SAGARPA en el Estado de Baja California Sur, sar Demetrio Estrada Neri.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Baja California Sur: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.