CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarr

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos federales con el carácter de subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, correspondiente al ejercicio fiscal 2018, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Durango.

CONVENIO ESPECFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA FORTALECER LAS ACCIONES DE PREVENCIN Y EL CUIDADO DE LA SALUD, AS COMO LA PROMOCIN DE HÁBITOS Y ESTILOS DE VIDA SALUDABLES PARA PROTEGER EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, DENTRO DEL PROGRAMA DE PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARA", A TRAVS DEL LIC. JULIO SALVADOR SÁNCHEZ Y TPOZ, COMISIONADO FEDERAL PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL ING. CARLOS JESS CALDERN BEYLÁN, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIN FEDERAL PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL C.P. JESS ARTURO DAZ MEDINA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACIN Y EL DR. SERGIO GONZÁLEZ ROMERO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO, ASISTIDO POR EL DR. CRESCENCIO BELTRÁN BELTRÁN, COMISIONADO PARA LA PROTECCIN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO (COPRISED), A QUIENES SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" CUANDO ACTEN DE FORMA CONJUNTA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o., párrafos cuarto y noveno, los derechos humanos referentes a que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, así como a que las niñas y niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de salud para su desarrollo integral y el Estado en todas las decisiones y actuaciones velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.
II.     El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) establece dentro de su Meta Nacional II. "México Incluyente", objetivo 2.3. "Asegurar el acceso a los servicios de salud", las estrategias 2.3.2. "Hacer de las acciones de protección, promoción y prevención un eje prioritario para el mejoramiento de la salud" y 2.3.3 "Mejorar la atención de la salud a la población en situación de vulnerabilidad".
III.    Acorde con lo anterior, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 (PROSESA) establece en su Objetivo 1. "Consolidar las acciones de protección, promoción de la salud y prevención de enfermedades"; las estrategias 1.1. "Promover actitudes y conductas saludables y corresponsables en el ámbito personal, familiar y comunitario" y 1.3. "Realizar acciones orientadas a reducir la morbilidad y mortalidad por enfermedades transmisibles de importancia epidemiológica o emergentes y reemergentes".
IV.   En el marco de las disposiciones programáticas antes señaladas, con fecha 22 de mayo de 2017, la Secretaría de Educación Pública y "LA SECRETARA" firmaron las Bases Generales de Colaboración para desarrollar, ejecutar y promover de manera conjunta, acciones orientadas a fortalecer la prevención, la promoción y el cuidado de la salud de los estudiantes de los planteles educativos de tipo básico y medio superior, de cuya ejecución derivó la Estrategia denominada "SALUD EN TU ESCUELA".
V.    En este contexto, la estrategia "SALUD EN TU ESCUELA" se encuentra vinculada con el Programa de Acción Específico "Protección contra Riesgos Sanitarios", en virtud de que éste, prevé como objetivos, reducir riesgos sanitarios asociados al consumo de bienes, servicios y agua, así como reducir los riesgos que afectan la salud de la población en cualquier actividad de su vida, en concordancia con los objetivos señalados del PND.
VI.   Con fecha 22 de febrero de 2013, "LA SECRETARA" y "LA ENTIDAD" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en
la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9, de la Ley General de Salud.
VII.   De conformidad con lo estipulado en la Cláusula Tercera de "EL ACUERDO MARCO", los instrumentos consensuales específicos que "LAS PARTES" suscriban para el desarrollo de las acciones previstas en el mismo, serán formalizados por "LA ENTIDAD", por conducto del titular de la Secretaría de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, el titular de la Secretaría de Finanzas y de Administración, con la asistencia del Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), en tanto que por "LA SECRETARA" se efectuará, entre otros servidores públicos, por el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por las unidades administrativas que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene adscritas.
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARA" declara que:
I.1    La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un órgano desconcentrado que forma parte de su estructura orgánica, por el que ejerce las atribuciones que la Ley General de Salud, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás ordenamientos aplicables le confieren en materia de regulación, control y fomento sanitario; el cual cuenta con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud; así como 1 y 3 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.2    Dentro de las atribuciones que ejerce por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.3    El Lic. Julio Salvador Sánchez y Tépoz, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 2 inciso C, fracción X, 36 y 38, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como 10, fracciones XVI y XVII, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
I.4    El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios participa en la suscripción del presente Convenio Específico, en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
I.5    Cuenta con la disponibilidad de recursos para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento jurídico en términos del presupuesto disponible a la fecha, por el cual se autoriza a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, para que efectúe los procedimientos de transferencias a entidades federativas y pagos a proveedores de bienes y servicios derivados de la Estrategia Salud en tu Escuela, entre los que se contemplan los recursos a transferir con motivo del presente Convenio Específico.
I.6    Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Calle Oklahoma número 14, Colonia Nápoles, Benito Juárez, Código Postal 03810, en la Ciudad de México.
 
II. "LA ENTIDAD" declara que:
II.1   El C.P. Jesús Arturo Díaz Medina, Secretario de Finanzas y de Administración, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 28, fracción II y 30, fracción XX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.2   El Dr. Sergio González Romero, Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 28, fracción VI, 34 y 53 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
       El Dr. Crescencio Beltrán Beltrán, Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), participa en la suscripción del presente instrumento jurídico, de conformidad con el artículo 7, del Decreto por el que se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento.
II.4   Dentro de las funciones del Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), se encuentran las de ejercer el control, vigilancia y fomento sanitario de los productos, actividades, establecimientos y servicios, dirigir el Sistema Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios, planear, organizar, dirigir y controlar los recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango, de conformidad con lo establecido en el artículo 4, del Decreto por el que se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango.
II.5   Acorde con las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO" y para los efectos de este Convenio Específico se considera como Unidad Ejecutora a la Secretaría de Salud Estatal.
II.6   Entre sus prioridades, en materia de salud, se encuentra, desde la escuela, el fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes.
II.7   Para todos los efectos jurídicos relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en Felipe Pescador Número 800, Zona Centro, C.P. 34000, en la ciudad de Durango, Dgo.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1  La estrategia "SALUD EN TU ESCUELA" es federal y pública, su costo es cubierto mediante subsidio federal proveniente de recursos presupuestarios autorizados, y se lleva a cabo conjuntamente a fin de fortalecer la prevención, promoción y el cuidado de la salud de las niñas, niños y adolescentes, desde la escuela, para mantener un cuerpo sano, evitar conductas de riesgo y adquirir hábitos y estilo de vida saludables, en aras de mejorar su capacidad de aprendizaje a lo largo de la vida.
Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en sus artículos 74, párrafo segundo y 75, que los titulares de las dependencias y entidades, con cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales aplicables, y que dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en dicho ordenamiento se señalan, celebran el presente Convenio Específico, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio Específico y sus Anexos 1, 2, 3 y 4, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos federales a "LA
ENTIDAD", con el carácter de subsidios, que le permitan, en términos de los artículos 9, 13, 18, párrafo segundo y 19, de la Ley General de Salud, coordinar su participación con el Ejecutivo Federal durante el ejercicio fiscal 2018, a fin de que, en el marco del programa presupuestario "Protección contra Riesgos Sanitarios", se fortalezcan desde la escuela, las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, contenidas en la estrategia "SALUD EN TU ESCUELA", de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen en sujetarse expresamente a las estipulaciones de "EL ACUERDO MARCO", cuyo contenido se tiene por reproducido en el presente Convenio Específico como si a la letra se insertasen, así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio Específico, "LA SECRETARA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, transferirá a "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, recursos federales que se aplicarán exclusivamente a lograr los objetivos de la estrategia "SALUD EN TU ESCUELA", conforme a las acciones que se detallan en los Anexos 1 y 2 del presente instrumento jurídico y conceptos siguientes:
 
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
IMPORTE
PROGRAMA SALUD EN TU ESCUELA
(Protección contra Riesgos Sanitarios)
 
Ramo 12
 
$113,580.81
(CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS OCHENTA PESOS 81/100 M.N.)
PROGRAMA SALUD EN TU ESCUELA
(Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
 
Ramo 12
 
$265,021.88
(DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL VEINTIN PESOS 88/100 M.N.)
 
 
TOTAL
$378,602.69
(TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOS PESOS 69/100 M.N.)
 
Los recursos presupuestarios federales que "LA SECRETARA" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
"LAS PARTES" acuerdan que la trasferencia de los recursos federales a que se refiere la presente Cláusula, se llevará a cabo siempre y cuando "LA ENTIDAD" acredite que los recursos federales transferidos en el ejercicio anterior y sus rendimientos financieros, hayan sido ejercidos o, en su caso, reintegrados en los términos y plazos que se señalan en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, así como de conformidad con las estipulaciones del convenio específico celebrado para tal efecto.
La transferencia a que se refiere la presente Cláusula se efectuará, siempre y cuando se cumpla con la condición señalada en el párrafo anterior, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que "LA ENTIDAD" entregue a "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el presente Convenio debidamente firmado.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas y de Administración, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
 
Una vez que sean radicados los recursos federales en la Secretaría de Finanzas y de Administración de "LA ENTIDAD", ésta se obliga a ministrarlos íntegramente, junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a la Unidad Ejecutora.
La Unidad Ejecutora, deberá informar a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo a que se refiere el párrafo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas y de Administración, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio Específico.
La no ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Finanzas y de Administración de "LA ENTIDAD" a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo quinto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento del presente instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Los recursos federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico no pierden su carácter federal, por lo que su asignación, ejercicio, ejecución y comprobación deberán sujetarse a las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente estipulado, que la transferencia de recursos otorgada en el presente Convenio Específico no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios fiscales siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para el pago de cualquier gasto que pudiera derivar del objeto del mismo.
TERCERA. VERIFICACIN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES.- Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     "LA SECRETARA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, que los recursos federales señalados en la Cláusula Segunda, sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     "LA SECRETARA" transferirá los recursos federales a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, absteniéndose de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD", para cumplir con el objeto de este Convenio, y sin interferir de forma alguna en el procedimiento y, en su caso, mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    "LA ENTIDAD", dentro de los primeros diez (10) días hábiles siguientes al término de cada bimestre que se reporte, enviará el informe detallado sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como pormenorizado sobre el avance financiero y los rendimientos financieros generados. Dicho informe se rendirá conforme al formato denominado "Avance Físico-Financiero 2018", que se adjunta al presente instrumento como Anexo 3, al que deberá acompañarse copia legible de la documentación justificatoria y comprobatoria correspondiente o, en su caso, un disco compacto que contenga copia digital de dicha documentación.
       En el informe bimestral a que se refiere la presente fracción, sólo se señalarán los recursos efectivamente ejercidos durante el bimestre que se reporta. En el supuesto de que en un bimestre no se ejercieran recursos, el informe se enviará en ceros, acompañado de una justificación que sustente las razones por las que no fueron ejercidos recursos en el mismo. El cómputo del primer bimestre a
informar, comenzará a partir de la fecha de realización de la transferencia de recursos a "LA ENTIDAD".
       "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá en todo momento, verificar en coordinación con "LA ENTIDAD", la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos.
       Asimismo, "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, verificará aleatoriamente los comprobantes digitales emitidos por el SAT que le sean presentados por "LA ENTIDAD".
IV.   "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de verificación, a efecto de observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto.
V.    En caso de presentarse la falta de comprobación de los recursos federales que le han sido transferidos a "LA ENTIDAD", o de que la entrega de los informes y documentación comprobatoria correspondientes no se efectúe de manera oportuna, en los términos previstos en el presente Convenio, "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, podrá determinar que en el ejercicio inmediato posterior a la suscripción del presente instrumento jurídico, no se transfieran recursos federales a "LA ENTIDAD" o, en su caso, que la cantidad de recursos a transferir, sea menor a la del ejercicio en curso.
CUARTA. OBJETIVOS, ACTIVIDADES ESPECFICAS, INDICADORES DE DESEMPEÑO Y METAS.- "LAS PARTES" convienen en que los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas de las acciones que se realicen para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, son los que se detallan en su Anexo 2.
QUINTA. APLICACIN DE LOS RECURSOS.- Los recursos federales a los que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico y los rendimientos financieros que éstos generen, se destinarán en forma exclusiva para el ejercicio de las acciones que se señalan en el Anexo 2, en los términos previstos en el presente Convenio Específico.
Los recursos federales transferidos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto diversos al objeto del presente instrumento jurídico y se registrarán conforme al "Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal" vigente.
Los recursos federales que se transfieren, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública.
Los recursos federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como los rendimientos financieros generados, que al 31 de diciembre de 2018 no hayan sido devengados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, de manera escrita y con los documentos soporte correspondientes.
SEXTA. CONCEPTOS ADICIONALES DE GASTO. Los conceptos de gastos adicionales a los comprendidos en el Anexo 1 del presente Convenio, deberán ser cubiertos por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA SECRETARA".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se obliga a:
I.     Transferir a la Secretaría de Finanzas y de Administración, de "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, los recursos federales a que se refiere el presente Convenio.
II.     Verificar, mediante los mecanismos que implemente, que los recursos federales que en virtud de este
instrumento jurídico se transfieran, sean destinados y aplicados única y exclusivamente para la realización del objeto del mismo, debiendo constatar a través de la evaluación del cumplimiento de los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas a que se refiere el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.    Verificar que "LA ENTIDAD", por conducto de la Unidad Ejecutora, envíe en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes bimestrales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud de la celebración del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y rendimientos financieros generados.
IV.   Verificar que "LA ENTIDAD", por conducto de la Unidad Ejecutora, envíe la documentación justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos federales transferidos en términos de lo estipulado en el presente Convenio Específico.
V.    Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos financieros transferidos, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas.
VI.   Verificar que "LA ENTIDAD" efectúe, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, el reintegro a la Tesorería de la Federación, de los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y de Administración, de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico.
VII.   Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio Específico.
VIII.  Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico a la Auditoría Superior de la Federación.
IX.   Dar seguimiento bimestralmente, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico.
X.    Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XI.   Difundir en su página de Internet el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO" y en el presente Convenio Específico, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.     Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas y de Administración, de "LA ENTIDAD", a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de los recursos federales que se detallan en el presente Convenio Específico, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha transferencia, conforme a la normativa aplicable.
       Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "LA SECRETARA" a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas y de Administración, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
       La documentación comprobatoria a que se refieren los párrafos anteriores deberá ser expedida a nombre de la Secretaría de Salud/Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; precisar el monto de los recursos transferidos; señalar las fechas de emisión y de recepción de los recursos, precisar el nombre del programa presupuestario al que son destinados y los conceptos relativos a los recursos federales recibidos. Dicha documentación deberá remitirse en archivo electrónico Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), junto con los estados de cuenta bancarios
que acrediten la recepción de dichos recursos.
II.     Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros, conforme a los objetivos, actividades específicas, indicadores, metas y calendarización previstos en el presente instrumento jurídico.
III.    Reportar y dar seguimiento bimestralmente, a través del Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), sobre el cumplimiento de los objetivos, indicadores y metas, previstos en el Anexo 2 de este Convenio Específico, los resultados de las evaluaciones que se hayan realizado y, en su caso, acreditar la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquéllos erogados.
IV.   Entregar, por conducto de la Unidad Ejecutora, a "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en los términos estipulados en el presente Convenio Específico, los informes bimestrales sobre el ejercicio, destino y los resultados obtenidos con los recursos transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, así como sobre el avance financiero y los rendimientos financieros generados.
V.    Verificar, por conducto de la Unidad Ejecutora, que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos federales objeto de este Convenio Específico, haya sido emitida por la persona física o moral a la que se efectuó el pago correspondiente y cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquellos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI. Así mismo, deberá remitir a "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el SAT.
VI.   Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
VII.   Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente Convenio, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
VIII.  Mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación comprobatoria original de los recursos federales erogados, la cual deberá exhibir a "LA SECRETARA" y, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por los órganos fiscalizadores competentes, cuando le sea requerida.
IX.   Proporcionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la información y documentación que "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, le solicite en las visitas de verificación que esta última opte por realizar, para observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto.
X.    Establecer, con base en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones realizadas, medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinen los recursos transferidos.
XI.   Informar sobre la suscripción de este Convenio Específico, a los órganos de control y de fiscalización de "LA ENTIDAD" y entregarles copia del mismo.
XII.   Gestionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
XIII.  Difundir en la página de Internet de la Unidad Ejecutora el presente Convenio Específico, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados físicos y financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
XIV. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que
los requiera "LA SECRETARA", a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y de Administración, de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, se mantengan ociosos o no sean ejercidos en los términos del presente Convenio Específico.
XV.  Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, dando aviso a las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada, conforme a lo establecido en la normativa aplicable, por conducto de su Secretaría de Salud Estatal, como Unidad Ejecutora, responsable ante "LA SECRETARA" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIN, SEGUIMIENTO, EVALUACIN, CONTROL Y FISCALIZACIN.- La verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales transferidos por "LA SECRETARA" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, que realice "LA SECRETARA", por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se efectuará sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a las autoridades federales y locales de control y fiscalización, en términos de las disposiciones aplicables.
Para efectos de lo anterior, las acciones a que se refiere el párrafo anterior, se realizarán a través de las unidades administrativas que integran la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, conforme a las atribuciones que les confiere el Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, quienes estarán obligadas a dar seguimiento al cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, así como a los objetivos, actividades específicas, indicadores y metas que se precisan en su Anexo 2.
Cuando las autoridades federales o locales que participen en la ejecución del presente Convenio Específico, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos no han sido aplicados a los fines que se señalan en el presente Convenio Específico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DCIMA. RELACIN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquella que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda que su personal pretendiese fincar o entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio Específico comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2018.
La conclusión de la vigencia del presente instrumento no exime las obligaciones de comprobación o reintegro a cargo de "LA ENTIDAD".
DCIMA SEGUNDA. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio Específico podrá modificarse de común acuerdo por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIN ANTICIPADA.- El presente Convenio Específico podrá darse por terminado de manera anticipada en los supuestos estipulados en "EL ACUERDO MARCO".
 
DCIMA CUARTA. CAUSAS DE RESCISIN.- El presente Convenio podrá rescindirse por las causas que señala "EL ACUERDO MARCO".
DCIMA QUINTA. INTERPRETACIN, JURISDICCIN Y COMPETENCIA.- "LAS PARTES" manifiestan su conformidad para interpretar y resolver, de común acuerdo, todo lo relativo a la ejecución y cumplimiento del presente Convenio Específico, así como en sujetar todo lo no previsto en el mismo a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, convienen en que de las controversias que surjan con motivo de la ejecución y cumplimiento del presente Convenio, conocerán los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando "LAS PARTES" a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de su domicilio presente o futuro.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado a los trece días del mes de julio de dos mil dieciocho.- Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y de Administración, Jesús Arturo Díaz Medina.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, Sergio González Romero.- Rúbrica.- El Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), Crescencio Beltrán Beltrán.- Rúbrica.
ANEXO 1
CONCEPTOS PARA LA APLICACIN DE RECURSOS
 
ENTIDAD:
DURANGO
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-DGO.-34-18
 
 
TEMA
PROYECTO
PROTECCIN
CONTRA
RIESGOS
SANITARIOS
FORTALECIMIENTO
DE LA RED
NACIONAL DE
LABORATORIOS
TOTAL
Control de sobrepeso y
obesidad
Salud en tu Escuela
$113,580.81
$265,021.88
$378,602.69
TOTAL
$113,580.81
$265,021.88
$378,602.69
 
Anexo 1 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Federales con el carácter de Subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y por la otra, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Durango.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y de Administración, Jesús Arturo Díaz Medina.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, Sergio González Romero.- Rúbrica.- El Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), Crescencio Beltrán Beltrán.- Rúbrica.
 
 
ANEXO 2
PROGRAMA, TEMAS, PROYECTOS, OBJETIVOS, ACTIVIDADES, INDICADORES Y METAS
 
ENTIDAD:
DURANGO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-DGO.-34-18
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Meta Programada Mensual
Tema
Proyecto
Objetivo
Actividad Específica
Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ags
Sept
Oct
Nov
Dic
TOTAL
Control de
sobrepeso y
obesidad
Salud en tu
Escuela
Supervisión de lineamientos
para bebederos, expendios y
menús escolares, y toma de
muestra de agua en
bebederos para análisis
bacteriológico. Facilitar el
Programa 6 Pasos de la
Salud con Prevención, con el
propósito de prevenir el
sobrepeso, la obesidad y la
diabetes
1. Realizar visitas para la revisión de las condiciones sanitarias de bebederos y de expendios de alimentos en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela
 
 
 
 
 
 
 
20%
40%
60%
80%
100%
100%
2. Realizar el muestreo del agua en los bebederos instalados en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela, en los que el INIFED haya instalado bebederos y que se encuentren operando
 
 
 
 
 
 
 
20%
40%
60%
80%
100%
100%
3. Toma de determinaciones en las escuelas de educación primaria seleccionadas en la Estrategia Salud en tu Escuela, en los que el INIFED haya instalado bebederos y que se encuentren operando, para análisis fisicoquímico con base en los analitos priorizados por la entidad federativa
 
 
 
 
 
 
 
20%
40%
60%
80%
100%
100%
4. Entregar a los LESP las muestras para el análisis bacteriológico de la calidad del agua
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
5. Entregar a los LESP las muestras para el análisis fisicoquímico de la calidad del agua
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
6. Reportar los resultados del muestreo de los planteles seleccionados
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
7. Elaborar e instrumentar un programa de réplicas de capacitación del Programa 6 Pasos de la Salud con Prevención a profesores, estudiantes y padres de familia en las escuelas de educación primaria seleccionadas de la Secretaría de Educación Pública
 
 
 
 
 
 
 
20%
40%
60%
80%
100%
100%
8. Elaborar y enviar los reportes de las réplicas mensuales realizadas por los capacitadores en la entidad
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
9. Elaborar, resguardar y organizar un registro documental y fotográfico de evidencias de las réplicas de capacitación que se han llevado a cabo en el estado
 
 
 
 
 
 
 
100%
100%
100%
100%
100%
100%
10. Producción e impresión de la Guía y/o del Cuadernillo para niños, del Programa 6 Pasos de la Salud con Prevención autorizados por la COFEPRIS
 
 
 
 
 
 
 
20%
40%
60%
80%
100%
100%
 
Anexo 2 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Federales con el carácter de Subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y por la otra, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Durango.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y de Administración, Jesús Arturo Díaz Medina.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, Sergio González Romero.- Rúbrica.- El Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), Crescencio Beltrán Beltrán.- Rúbrica.
ANEXO 3
AVANCE FSICO-FINANCIERO 2018
 
ENTIDAD: DURANGO
 
 
 
 
 
CONCEPTO: Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA: Salud en tu Escuela
 
 
 
 
 
CONVENIO CLAVE: COFEPRIS-CETR-DGO.-34-18
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TEMA
PROYECTO
IMPORTES
OBSERVACIONES
AUTORIZADO
EJERCIDO-
COMPROBACIN
BIMESTRAL
POR COMPROBAR
Control de sobrepeso y obesidad
Salud en tu Escuela
$378,602.69
 
$378,602.69
 
TOTAL
$378,602.69
 
$378,602.69
 
 
Anexo 3 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Federales con el carácter de Subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y por la otra, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Durango.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y de Administración, Jesús Arturo Díaz Medina.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, Sergio González Romero.- Rúbrica.- El Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), Crescencio Beltrán Beltrán.- Rúbrica.
ANEXO 4
TEMAS, PROYECTOS, RESPONSABLES POR UNIDAD ADMINISTRATIVA Y COORDINACIONES DE
TEMA.
ENTIDAD:
DURANGO
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCEPTO:
Fortalecimiento de las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes (Protección contra Riesgos Sanitarios) (Fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios)
PROGRAMA:
Salud en tu Escuela
CONVENIO CLAVE:
COFEPRIS-CETR-DGO.-34-18
 
 
 
 
 
 
 
 
Tema
Proyecto
UA
Responsable
del Tema
Coordinador
UA Encargada del
seguimiento a los
avances de las
metas
comprometidas en
proyectos
Coordinador
UA Encargada de
la revisión de los
documentos
comprobatorios y
del seguimiento
del avance Físico-
Financiero
Coordinador
UA Encargada
del
seguimiento de
las Acciones
de Difusión y
Capacitación
Coordinador
UA Encargada del
seguimiento al
Fortalecimiento de
la Red Nacional de
Laboratorios
Coordinador
Control de
sobrepeso y
obesidad
Salud en tu
Escuela
CFS
Dirección
Ejecutiva de
Comunicación
de Riesgos y
Capacitación.
CGSFS
Dirección
Ejecutiva de
Programación y
Evaluación del
Desempeño
SG
Dirección
Ejecutiva de
Recursos
Financieros
CFS
Dirección
Ejecutiva de
Comunicación
de Riesgos y
Capacitación
CCAyAC
Dirección
Ejecutiva de
Innovación
 
Anexo 4 del Convenio Específico en Materia de Transferencia de Recursos Federales con el carácter de Subsidios, para fortalecer las acciones de prevención y el cuidado de la salud, así como la promoción de hábitos y estilos de vida saludables para proteger el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro del Programa de Protección contra Riesgos Sanitarios, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y por la otra, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Durango.
Por la Secretaría: el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Julio Salvador Sánchez y Tépoz.- Rúbrica.- El Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Carlos Jesús Calderón Beylán.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y de Administración, Jesús Arturo Díaz Medina.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Durango, Sergio González Romero.- Rúbrica.- El Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado (COPRISED), Crescencio Beltrán Beltrán.- Rúbrica.