ANEXO Técnico de Ejecución para la operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baj

ANEXO Técnico de Ejecución para la operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), para el ejercicio presupuestal 2019, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE
INFORMACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, SNIDRUS, DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019
EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, SNIDRUS; PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019 QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE LA "SADER", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. PATRICIA ORNELAS RUIZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA EN JEFE DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA, EN ADELANTE EL "SIAP"; EL ING. ARMANDO RAMÍREZ GÁLVEZ REPRESENTANTE ESTATAL DE LA SADER EN BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA SADER"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL C. LUIS ANDRÉS CÓRDOVA URRUTIA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PESCA, ACUACULTURA Y DESARROLLO AGROPECUARIO; LIC. ISIDRO JORDÁN MOYRÓN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION, ING. REFUGIO ÁLVARO GÓMEZ REYNOSO EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO DURANTE EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2019, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que con fecha 27 de marzo del año 2019, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2019-2021, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general; así como, las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Baja California Sur.
II.     Que en la Cláusula Tercera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021" las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente en el Estado de Baja California Sur, podrán realizar una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir cada ejercicio fiscal.
       Asimismo, en dicha Cláusula se precisó que la aportación federal se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente, y la aportación del "GOBIERNO DEL ESTADO" dependerá de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del Ejercicio Fiscal que corresponda.
III.    Que las "PARTES" se comprometieron en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", a formalizar Anexos Técnicos de Ejecución de acuerdo a la distribución de los recursos concurrentes que se establezcan en el "DPEF" para el Estado de Baja California Sur.
       En los Anexos Técnicos de Ejecución que suscriban la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberán señalarse:
a.   Los montos de los recursos públicos que se comprometen a aportar;
b.   La calendarización de entrega de los recursos públicos acordados;
c.   Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos convenidos, y
 
d.   Los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero que permitan el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.
       Para la aplicación y ejecución de los recursos presupuestales materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, las "PARTES" convinieron en aplicar la mecánica operativa descrita en los Lineamientos de Operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), con el fin de ejercer los recursos en las Entidades Federativas, de la "SADER" vigentes en el año fiscal de que se trate, así como la normatividad aplicable que para tal efecto emita la "SADER".
       En ese sentido, es que se indica que los Lineamientos que se encuentran vigentes para el Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, son: Lineamientos de Operación del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), con el fin de ejercer los recursos en las Entidades Federativas, en el ejercicio fiscal 2019; en lo sucesivo los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".
IV.   Que en apego a lo establecido en el artículo 32, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2018, en lo sucesivo el "DPEF 2019", la "SADER" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
V.    Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, en lo sucesivo "SNIDRUS" para el Estado de Baja California Sur; de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019".
VI.   Que en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019" se establecen los conceptos, requisitos y procedimientos para la entrega de los recursos y la mecánica operativa del "SNIDRUS".
       Asimismo, en el artículo 9 de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019", se estableció que el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera funge con el carácter de Unidad Responsable en la operación del Programa "SNIDRUS".
VII.   Que en la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.
       La "SADER" designó a su Representante en el Estado de Baja California Sur, que a la presente fecha ostenta el Ing. Armando Ramírez Gálvez, y
       Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó al Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, que a la presente fecha ostenta el C. Luis Andrés Córdova Urrutia; asimismo por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparecen el Lic. Isidro Jordán Moyrón, en su carácter de Secretario de Finanzas y Administración e Ing. Refugio Álvaro Gómez Reynoso en su carácter de Subsecretario de Desarrollo Agropecuario.
DECLARACIONES
I. DE LA "SADER":
I.1. Que la Licenciada Patricia Ornelas Ruiz, en su carácter de Directora en Jefe del "SIAP"; cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Anexo Técnico Ejecución, conforme a los artículos 2o., Apartado D, fracción V, 44 y 46 del Reglamento Interior de la "SADER"; 1 y 3 del Reglamento Interior del "SIAP" y artículo 9 de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".
 
I.2. Que el Representante Estatal de la SADER, el Ing. Armando Ramírez Gálvez se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º Apartado C, 35, 36, fracciones I y IX y 37 fracciones I, V y VII, así como el 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, y con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021"; y el oficio No. 545 de fecha 29 de marzo de 2019, mediante el cual el Titular de la "SADER" lo designó como encargado del despacho de los asuntos de la oficina de la "SADER" en el Estado de Baja California Sur.
I.3. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en calle Agricultura #1555 entre México y Durango, Colonia Emiliano Zapata, La Paz, Baja California Sur.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el C. Luis Andrés Córdova Urrutia en su carácter de Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en los artículos 80 de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur y; 1,16 fracción Vlll, 20 fracción II y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur; la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
II.2. Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado calles Isabel la Católica, esquina Melchor Ocampo, Colonia Centro, C.P. 23000; La Paz, Baja California Sur.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019", para el Programa "SNIDRUS", en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2. Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al Programa "SNIDRUS" conforme se indica en el Apéndice I denominado "Calendario de Ejecución 2019", el cual forma parte integral del presente instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente Anexo Técnico de Ejecución para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA. El objeto del presente instrumento es establecer los objetivos y metas que se pretendan alcanzar mediante la aplicación de los recursos presupuestales para el Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable, en el Estado de Baja California Sur determinados en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019", así como las líneas de acción a ejecutar para su cumplimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 32 y en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF 2019"; y en los artículos 3 y 4 de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".
De igual manera se establecerá el calendario con las fechas en que se efectuarán las ministraciones de los recursos presupuestales acordados, las cuales no podrán rebasar el periodo de marzo a septiembre, de conformidad con el inciso a) de la fracción VIII del artículo 32 del "DPEF 2019".
APORTACIONES DE RECURSOS
SEGUNDA. Con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los recursos presupuestales
previstos en el "DPEF 2019", en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019" y en las demás disposiciones legales aplicables, la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan que para el ejercicio fiscal 2019, realizarán una aportación conjunta para el Programa Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable hasta por un monto de $1,600,000.00 (Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.), Integrados en la forma siguiente:
1.     Hasta la cantidad de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.); a cargo de la "SADER", correspondiente hasta el 6% (seis por ciento) de la aportación federal y sujeto a la suficiencia presupuestal prevista en el "DPEF 2019", y
2.     Hasta la cantidad de $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" correspondiente hasta el 94% (noventa y cuatro por ciento) de la aportación estatal, con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Baja California Sur, publicado en fecha 31 de Diciembre de 2018 en el boletín oficial No. 62 del Gobierno del Estado.
La aportación, distribución y ministración de los recursos señalados, se llevará a cabo de conformidad con la programación referida en el Apéndice I denominado "Calendario de Ejecución 2019", el cual forma parte integral del presente instrumento.
Las aportaciones referidas, estarán sujetas a las disposiciones previstas en el "DPEF 2019", y en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021".
TERCERA. Las "PARTES" acuerdan que los recursos aportados que se indican en la Cláusula Segunda, se aplicarán para el cumplimiento exclusivo de los objetivos y metas del "SNIDRUS", de conformidad con lo señalado en el Apéndice II denominado "Cuadro de Metas y Montos 2019" el cual forma parte integral del presente instrumento.
CUARTA.- Los proyectos a desarrollar para el Programa "SNIDRUS", son:
I.     Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria.
II.    Aplicaciones Geoespaciales.
III.    Proyecto de Interés Estatal Agropecuario.
La ejecución de los proyectos se realizará de conformidad con los "LINEAMIENTOS 2019", así como a lo señalado en el Apéndice II, denominado "Cuadro de Montos y Metas 2019", y a la calendarización de entregables establecida en los Apéndices III y IV, que forman parte integral del presente instrumento.
QUINTA.- La "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" podrán acordar otros proyectos de prioridad estatal, los cuales contarán con asesoría técnica del "SIAP" y serán financiados con recursos del "GOBIERNO DEL ESTADO".
NORMATIVIDAD APLICABLE
SEXTA. Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento acuerdan estar a lo dispuesto en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019" y el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES
SÉPTIMA.- La "SADER", a través del "SIAP", se compromete a:
I.     Depositar al Gobierno del Estado los recursos federales comprometidos al Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario de Baja California Sur, en lo sucesivo el "FOFAEBCS" en una ministración de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y al calendario autorizado por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP), en los términos y condiciones establecidos en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019";
II.     Supervisar y evaluar el estricto cumplimiento de las acciones que se realicen con motivo del presente instrumento jurídico;
III.    Acordar y validar los proyectos propuestos en la Cláusula Cuarta por conducto de las unidades administrativas del "SIAP" responsables de los mismos,
IV.   Proporcionar asesoría técnica, así como colaborar con el personal que el "GOBIERNO DEL ESTADO" y la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA SADER" designe como responsables para realizar las estrategias y actividades comprendidas en este instrumento jurídico.
OCTAVA.- La "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA SADER" se compromete a:
I.     Dar seguimiento a la ejecución del objeto referido en la Cláusula Primera del presente Anexo Técnico de Ejecución;
II.     Verificar que el desarrollo de los proyectos descritos en la Cláusula Cuarta del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, se efectúen de conformidad con los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019", y las normas y metodologías que para tal determine el "SIAP";
III.    Coordinarse con el "SIAP" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" en todas las acciones necesarias para la consecución de las metas y entregables del presente instrumento;
IV.   Requerir al "GOBIERNO DEL ESTADO" que presente al "SIAP", en su caso, las comprobaciones y finiquito del ejercicio de los recursos federales referidos en la Cláusula Segunda del presente instrumento, a más tardar el 31 de marzo de 2020; y que realice el reintegro de los recursos no ejercidos de conformidad con el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como los artículos 85 y 176 de su Reglamento, en concordancia con lo establecido en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019";
V.    Enviar a las unidades administrativas del "SIAP" responsables de los proyectos señalados en la Cláusula Cuarta del presente instrumento, y a la Dirección de Eficiencia Administrativa, también del "SIAP", mensualmente, el reporte técnico-financiero y de comprobación que sobre el debido ejercicio de los recursos señalados en la Cláusula Segunda le proporcione el "GOBIERNO DEL ESTADO".
V.    Informar la conclusión de los proyectos al "SIAP", con el fin de que ésta emita la validación correspondiente, y
VI.   Suscribir el Acta Finiquito del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico una vez que el "SIAP", a través de las unidades administrativas responsables de los proyectos señalados en la Cláusula Cuarta del presente instrumento, emitan sus validaciones técnicas y administrativas.
NOVENA.- El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
I.     Desarrollar los proyectos descritos en la Cláusula Cuarta del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019"; y las normas y metodologías que adicionalmente le proporcione el "SIAP";
II.     Aportar los recursos estatales de conformidad con la programación establecida en el Apéndice I del presente instrumento, al "FOFAEBCS", así como compartir la información que se derive, en su caso, de la operación de los mismos;
III.    Aplicar los recursos federales que la "SADER", por conducto del "SIAP", le transfiera a través del "FOFAEBCS" exclusivamente en la ejecución de las acciones convenidas;
IV.   Entregar mensualmente a la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA SADER" el reporte técnico-financiero y de comprobación, sobre el debido ejercicio de los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento.
 
V.    Abrir una cuenta específica en el "FOFAEBCS" para cada uno de los proyectos descritos en la Cláusula Cuarta del presente instrumento, a fin de que el proyecto cuente con los recursos necesarios para su cumplimiento. Los recursos no podrán ser transferidos a otros proyectos; si un proyecto es cancelado los recursos federales deberán ser devueltos a la Tesorería de la Federación, en lo consecutivo denominado la "TESOFE", con los respectivos productos financieros generados a partir de su radicación a la cuenta específica.
       Por ningún motivo se podrán abrir cuentas bancarias distintas a la que originalmente se depositaron los recursos del programa. Asimismo, no se podrá utilizar una cuenta bancaria eje para concentrar los recursos de otros programas de la "SADER".
VI.   El "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del "FOFAE" deberá garantizar:
a) Que los recursos transferidos por el "SIAP" serán destinados exclusivamente al cumplimiento de los proyectos aprobados;
b) Que el ejercicio de estos recursos se apegue a la legislación y normativa vigente en materia de manejo de recursos federales, a partir del momento en que éstos le sean radicados;
c) Que se proporcionarán los elementos necesarios para rendir informes periódicos, de cuenta pública y de finiquito, así como la documentación necesaria para integrar los expedientes de transparencia y rendición de cuentas del ejercicio y la documentación en copia simple comprobatoria de los gastos realizados;
d) El compromiso de reintegrar a la "TESOFE", sin excepción, los recursos de origen federal que no se hayan aplicado para los fines otorgados o bien, que al 31 de diciembre de 2019, no se encuentren efectivamente devengados en los términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como realizar el entero de los productos financieros que hayan generado, y de las cargas financieras, en su caso, de acuerdo con el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
En ningún caso los productos financieros serán utilizados para la ampliación de metas, sino deberán ser reintegrados mensualmente;
e) Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal del "SIAP", de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación y del Órgano Interno de Control en la "SADER" para efectuar las revisiones que de acuerdo con sus programas de trabajo consideren conveniente realizar, así como cumplir los requerimientos de información relativos al instrumento jurídico que se suscriba y sean solicitados por éstos, y
f) El compromiso de cumplir y observar en todo momento las disposiciones emitidas por el "SIAP" y las demás aplicables conforme a la legislación.
VII.   Resguardar en perfecto orden y estado la documentación original comprobatoria relacionada con el ejercicio de los recursos públicos asignados con motivo de este instrumento, conforme a la legislación aplicable, por lo menos durante 5 años;
VIII.  En cumplimiento de la legislación en la materia, el "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del "FOFAE" deberá integrar el informe de la cuenta pública del presente componente al 31 de diciembre de 2019, en el que se especificarán los recursos pagados, devengados y los no devengados reintegrados a la "TESOFE";
IX.   En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones emitidas por el "SIAP" y las demás aplicables conforme a la legislación federal, y comprobar y entregar el Acta Finiquito al "SIAP" del ejercicio de los recursos federales referidos en la Cláusula Segunda del presente instrumento a más tardar el 31 de marzo de 2020 y realizar el reintegro de los recursos no ejercidos de conformidad con el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como los artículos 85 y 176 de su Reglamento, en concordancia con lo establecido en los "LINEAMIENTOS 2019" referidos con anterioridad.
DÉCIMA. El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en la
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2021", entre las que se encuentran las siguientes:
"...
III.       Ejecutar de manera oportuna los recursos referidos en los Anexos Técnicos de Ejecución;
          (...)
IV.       Administrar bajo su absoluta responsabilidad los recursos federales que la "SADER" le transfiera a través del "FOFAE";
          (...)
VII.      Llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales que la "SADER" le transfiera a través del "FOFAE";
          (...)
XI.       Cumplir con la normatividad, los lineamientos normativos, técnicos y administrativos que la "SADER" emita para el ejercicio de los recursos federales aportados; y en caso, participar en la emisión de los mismos cuando la "SADER" así se lo requiera;
          (...)
XIV.     Como miembro propietario y/o suplente del "FOFAE", deberá asistir a las sesiones del Comité de dicho Fideicomiso, de conformidad a lo dispuesto en el contrato de Fideicomiso de Administración;
XV.     Suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental que emita o corresponda a su competencia. Salvo por los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIÓN";
XVI.     En términos del contenido del artículo 134 de la "CONSTITUCIÓN", se compromete a que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difunda deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen su promoción;
XVII.    Asimismo, se compromete que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción;
          (...)
XX.     Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para efectuar las revisiones que consideren necesarias de acuerdo a sus programas de trabajo; así como cumplir y atender los requerimientos de información que estas les realicen en relación al presente Convenio y a los Anexos Técnicos de Ejecución, en términos de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables;
XXI.     Instruir al fiduciario del "FOFAE" para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos públicos federales que la "SADER" aporte al fideicomiso; así como para que proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización, así como para que otorgue las facilidades al personal de la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias fiscalizadoras, para realizar las auditorías y visitas de inspección que consideren necesarias;
          (...)
XXIV.   Presentar al cierre del ejercicio fiscal el finiquito de las acciones materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento;
 
..."
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS CONJUNTOS.
DECIMOPRIMERA.- De conformidad con los artículos 86 fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento, el "GOBIERNO DEL ESTADO" quedará obligado en el término que establezca el "SIAP" a la devolución de la cantidad señalada en la Cláusula Segunda del presente Anexo Técnico de Ejecución, o a la parte proporcional que corresponda, junto con los productos financieros que se hayan generado, cuando se determine el incumplimiento de los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019" en la ejecución de los proyectos, y/o el incumplimiento en las metas pactadas.
De igual manera, se solicitará el reintegro cuando:
a) No se aplique el recurso entregado al objeto y fines aprobados en el presente instrumento en tiempo y forma o los aplique inadecuadamente;
b) No entregue al "SIAP", los informes mensuales, así como la documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos establecidos en el presente instrumento jurídico;
c) En general, cuando exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente Anexo Técnico de Ejecución y las demás disposiciones jurídicas aplicables.
DECIMOSEGUNDA.- En caso de que existan economías presupuestales de alguno de los proyectos señalados en la Cláusula Cuarta, el "GOBIERNO DEL ESTADO" podrá transferirlo al otro, para lo cual deberá solicitar visto bueno, por oficio, de las Direcciones encargadas de ambos proyectos a más tardar el 31 de diciembre de 2019, para que éstas emitan su autorización correspondiente y se determine el uso que se le dará al recurso.
DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS.
DECIMOTERCERA.- La contratación de prestadores de servicios profesionales para cualquiera de los proyectos descritos en la Cláusula Cuarta, se realizará de conformidad con lo establecido en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".
Sin embargo, los prestadores de servicios profesionales permanecerán bajo la supervisión de quien los contrate, por lo que jurídicamente no se originará relación de carácter laboral con el "SIAP", ni con la "SADER".
Asimismo, queda claro que la información estadística y geoespacial que se genere al amparo de los proyectos señalados en el presente instrumento, es absolutamente confidencial, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento y demás normatividad aplicable, por lo que cualquier difusión de información deberá contar con la autorización previa por escrito del "SIAP".
Para el manejo adecuado de las imágenes satelitales, los servicios de mapas en web (WMS por sus siglas en inglés) y la información vectorial y raster del proyecto de Aplicaciones Geoespaciales del SIAP, se enviará un documento de compromiso-confidencialidad, el cual deberán regresar en original firmado por el personal encargado del proyecto en la entidad, con el fin de que exista un manejo responsable y restringido de estos insumos. En caso de presentarse irregularidades, se sancionará de acuerdo con las leyes jurídicas aplicables.
DECIMOCUARTA.- Para el Proyecto de Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria, los entregables de cada uno de los meses deberán ser notificados a través del correo electrónico monitoreo@siap.gob.mx, especificando claramente la entidad federativa de origen, descripción detallada del concepto de entregable, el mes a que corresponda y el nombre completo del remitente.
En el caso de los técnicos del proyecto de Aplicaciones Geoespaciales deberán capturar el reporte de actividades en línea, únicamente el último día hábil de cada mes y contarán con 5 días naturales para atender observaciones hechas por los supervisores del "SIAP" hasta las 17:00 horas (Horario del centro del país).
Sólo deberán reportar las actividades de los subproyectos en los que participan; la validación que realicen
los supervisores del "SIAP" dependerá del cumplimiento de los parámetros de los entregables del proyecto en las fechas establecidas en cada caso, por lo que el alojamiento de información no es equivalente a una asignación de porcentaje automática.
Las especificaciones que deben cumplir los informes mensuales estarán disponibles en el anexo técnico correspondiente del FTP público del proyecto.
DECIMOQUINTA.- Para los prestadores de servicios profesionales que sean contratados para el proyecto Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria se implementarán acciones de supervisión bajo la asesoría técnica del "SIAP"; cuando se identifique que algún técnico no está cumpliendo cabalmente con sus responsabilidades, será motivo de baja.
Así mismo, se realizará un proceso de evaluación al desempeño, en caso de que no resulte aprobatoria, el "SIAP" lo hará del conocimiento al "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del responsable de la "SADER" en la entidad federativa para que se tomen las medidas correctivas y se subsanen dichas deficiencias; si en la evaluación subsecuente persisten las condiciones negativas, se solicitará el reemplazo del técnico.
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019"; Cláusula Decimotercera del presente instrumento.
DECIMOSEXTA.- Para el caso de los prestadores de servicios del proyecto Aplicaciones Geoespaciales, la Representación de la "SADER" en la entidad, cubrirá un pago de servicio de Internet exclusivo para dicho proyecto; para lo cual, los equipos de los técnicos geoespaciales estarán en una red separada, ya que el servicio se proporciona por un puerto diferente al del servicio de la "SADER".
Así mismo, "LAS PARTES" acuerdan:
I.     Evaluar la calidad de los productos entregados por los Técnicos Geoespaciales; en caso de presentar errores, el "SIAP" los asesorará a través de su personal técnico, si los errores son reincidentes, se aplicará un examen de dominio de herramientas y procesos, para tomar una decisión al respecto o en su defecto emitir un reporte administrativo, el cual contará como elemento para la rescisión de su contrato.
II.     Realizar visitas eventuales a las Representaciones Estatales de la "SADER" para supervisar los avances, evaluar la habilidad en el desarrollo de las actividades y verificar la infraestructura asignada al proyecto.
En caso de que el Gobierno del Estado o el prestador de servicios profesionales determinen rescindir el contrato de prestación de servicios profesionales, este último, tendrá la obligación de hacer formalmente la entrega-recepción de las actividades realizadas a la unidad ejecutora, a través del jefe inmediato. El formato de entrega-recepción se encontrará disponible en el FTP público del proyecto.
De existir cualquier circunstancia no considerada en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019", la situación y las acciones correctivas a seguir deberán ser notificadas de manera oficial a "LAS PARTES", adjuntando la mayor cantidad de evidencias comprobables posibles.
Se podrá prescindir de los servicios del prestador que incurra en alguna falta que vulnere la integridad y confidencialidad de la información, así como los derechos de autor en cuyo caso, será sustituido por personal que reúna y acredite los requisitos señalados en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019".
Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019"; Cláusula Decimotercera del presente instrumento.
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DECIMOSÉPTIMA.- Las "PARTES" acuerdan que en la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, respecto del Programa "SNIDRUS", deberán incluir expresamente y en forma idéntica
la participación de la "SADER" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", y contener la leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
DE LAS MODIFICACIONES
DECIMOCTAVA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio el Representante de la "SADER" en el Estado de Baja California Sur, así como la Lic. Patricia Ornelas Ruiz, Directora en Jefe del "SIAP" en razón de ser la titular de la Unidad Responsable del Programa "SNIDRUS"; y por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO" el titular de la Secretaria de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario.
DEL CIERRE Y FINIQUITO DEL EJERCICIO
DECIMONOVENA.- Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través del "FOFAE", se compromete a contar con la cuenta específica y exclusiva, en la que se identifiquen las erogaciones realizadas, cuyo destino se deberá sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, a través del "FOFAE", para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en Apéndice II "Cuadro de Metas y Montos 2019".
Asimismo, en términos del artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 85, 175 y 176 de su Reglamento; así como en los "LINEAMIENTOS SNIDRUS 2019", a más tardar el último día hábil de marzo del año 2020, deberá suscribirse un acta circunstanciada entre el "SIAP", la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE LA SADER", el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
a.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE"; y
b.    Liberaciones técnicas por parte de las Direcciones responsables de los proyectos, así como la validación administrativa del ejercicio de los recursos;
DE LA VIGENCIA
VIGÉSIMA. El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal, será hasta el 31 de diciembre de 2019, en términos de lo establecido en los artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 174 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2019-2024".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las partes firman el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, a los 29 días del mes de marzo de 2019.- Por la SADER: la Directora en Jefe del SIAP, Patricia Ornelas Ruiz.- Rúbrica.- El Representante de la SADER en el Estado de Baja California Sur, Armando Ramírez Gálvez.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Luis Andrés Córdova Urrutia.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Isidro Jordán Moyrón.- Rúbrica.- El Subsecretario de Desarrollo Agropecuario, Refugio Álvaro Gómez Reynoso.- Rúbrica.
 
 
Apéndice I
 
BAJA CALIFORNIA SUR
Calendario de Ejecución 2019
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2019
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
100,000.00
1,500,000.00
100,000.00
500,000.00
 
 
 
500,000.00
 
 
 
500,000.00
 
 
 
 
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 7 y los incisos a), b) y c) de la fracción VIII del artículo 32 del DPEF 2019.
 
 
Sistema Nacional de Información
para el Desarrollo Rural
Sustentable (SNIDRUS)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
A
Información Estadística y Estudios (SNIDRUS)
100,000.00
1,500,000.00
100,000.00
500,000.00
 
 
 
500,000.00
 
 
 
500,000.00
 
 
 
 
 
 
Apéndice II
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa SNIDRUS
Cuadro de Metas y Montos 2019
 
No.
SNIDRUS
Presupuesto
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I
Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria
96,000.00
0.00
96,000.00
Reportes,
72
II
Aplicaciones Geoespaciales
00.00
00.00
0.00
Subproyectos
5
III
Proyecto de Interés Estatal Agropecuario
0.00
1,440,000.00
1,440,000.00
Reportes
12
Subtotal
96,000.00
1,440,000.00
1,536,000.00
 
 
Gastos Administrativos
Federal**
4,000.00
0.00
4,000.00
 
 
Gastos Administrativos Estatal
 
60,000.00
60,000.00
 
 
Subtotal
4,000.00
60,000.00
64,000.00
 
 
TOTAL
100,000.00
1,500,000.00
1,600,000.00
 
 
 
 
**El gasto administrativo federal corresponde únicamente al proyecto Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria.
Apéndice III
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa SNIDRUS
Proyecto Aplicaciones Geoespaciales
Cronograma de Actividades 2019
 
Actividad
Porcentaje de avance equivalente por meta acumulada
2019
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Estimación de
superficie agrícola
9
9
9
9
9
9
9
9
9
9
10
Frontera agrícola
Serie IV, Etapa 2
Actualización del
inventario de
agricultura
protegida
Seguimiento a
fenómenos que
afectan al sector
agroalimentario
Proyectos
especiales
Apéndice IV
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa SNIDRUS
Proyecto Monitoreo e Integración de Información Agropecuaria
Calendario de entregables
 
 
BAJA CALIFORNIA SUR
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
Enero
Febrero
Marzo
TOTAL
Información agrícola
1
1
1
3
1
1
4
2
1
3
1
2
21
Agrícola
Programa de ciclo OI
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Programa de ciclo PV
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
1
Programa de Perennes
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
Programa de Cacao
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Programa de Café Cereza
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Programa de Caña de Azúcar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Programa de Alfalfa Verde
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Avance mensual
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
12
Cierre del ciclo OI
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
Cierre del ciclo PV
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
1
Cierre de Perennes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
1
Cierre de Cacao
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cierre de Café Cereza
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cierre de Caña de azúcar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cierre de Alfalfa Verde
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
1
Encuestas NASS
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
1
Información pecuaria
2
2
3
2
1
3
2
1
2
1
3
1
23
Pecuaria
Programa
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
1
Avance mensual
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
12
Cierre definitivo pecuario
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
1
Inventario ganadero
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
1
Actualización del directorio de centros de sacrificio
1
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
2
Actualización de centros de sacrificio y procesamiento TIF
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
1
Actualización de establos lecheros
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Actualización de corrales de engorda
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
1
Actualización de granjas de porcinos
 
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Actualización de granjas de ave carne
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Actualización de granjas de huevo
 
 
1
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
Levantamiento de datos de ubicación e información tabular de Almacenes
 
 
1
 
 
1
 
 
1
 
 
1
4
Fotografías/Videos
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
2
24
 
Total
5
5
7
7
4
7
8
5
6
6
6
6
72
 
Apéndice V
BAJA CALIFORNIA SUR
Programa SNIDRUS
Proyecto de Interés Estatal Agropecuario
Calendario de entregables
 
Actividad
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Ene
/2019
Feb
/2019
Mar
/2019
Total
Generación de reporte
estadístico
agropecuario.
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
1
12
_________________________