ANEXO Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agro

ANEXO Técnico de Ejecución para la operación de los componentes de vigilancia epidemiológica de plagas y enfermedades fitozoosanitarias, campañas fitozoosanitarias e inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera, del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio presupuestal 2022, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Zacatecas.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA
EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E
INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO
PRESUPUESTAL 2022 EN EL ESTADO DE ZACATECAS
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE PLAGAS Y ENFERMEDADES FITOZOOSANITARIAS, CAMPAÑAS FITOZOOSANITARIAS E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA, DEL PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2022, EN EL ESTADO DE ZACATECAS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE "AGRICULTURA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, DIRECTOR EN JEFE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y EL ING. JOSÉ MARÍA LLAMAS CABALLERO, EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE "AGRICULTURA" EN EL ESTADO DE ZACATECAS EN ADELANTE REFERIDOS RESPECTIVAMENTE COMO EL "SENASICA" Y LA "REPRESENTACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL LIC. JESÚS PADILLA ESTRADA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DEL CAMPO, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ANTES SEÑALADO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Que el 07 de Febrero de 2022, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria 2022-2024, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN", cuyo objeto es establecer las bases que permitan potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad, así como reducir gastos administrativos relacionados con el Programa en el Estado de Zacatecas, contribuyendo a mantener y mejorar el patrimonio fitozoosanitario y de inocuidad agroalimentaria, acuícola y pesquera en las zonas o regiones que corresponden a dicho Estado; lo anterior, a través de proyectos, estrategias y acciones conjuntas de conformidad con el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural durante los ejercicios del 2022 al 2024.
I.     Que en la Cláusula Tercera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN" las "PARTES" acordaron que, con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Estado de Zacatecas, podrán realizar una aportación conjunta, lo que se establecerá en los Anexos Técnicos de Ejecución que consideren necesario suscribir para cada ejercicio fiscal.
       Asimismo, en dicha Cláusula se precisó que la aportación federal se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente, por lo que para el presente año fiscal dichos recursos se encuentran señalados en el Anexo 11.1 del
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2021, en lo sucesivo el "DPEF" y la aportación del "GOBIERNO DEL ESTADO" dependerá de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del Ejercicio Fiscal que corresponda.
II.     Que las "PARTES" se comprometieron en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN", a formalizar Anexos Técnicos de Ejecución de acuerdo a la distribución de los recursos concurrentes que se establezcan en el "DPEF" para el Estado de Zacatecas.
       En los Anexos Técnicos de Ejecución que suscriban "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberán señalarse:
a.   Los montos de los recursos públicos que se comprometen a aportar;
b.   La calendarización de entrega de los recursos públicos acordados;
c.   Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar mediante la aplicación de los recursos públicos convenidos; y
d.   Los instrumentos y mecanismos de control operativo y financiero que permitan el eficaz cumplimiento de las actividades convenidas.
       Para la aplicación y ejecución de los recursos presupuestales materia de los Anexos Técnicos de Ejecución, las "PARTES" convinieron en aplicar la mecánica operativa descrita en las Reglas de Operación de los Programas de la "AGRICULTURA" vigentes en el ejercicio fiscal de que se trate, así como la normatividad aplicable que para tal efecto ésta emita.
       En ese sentido, es que se indica que el marco normativo vigente para el ejercicio 2022 es el siguiente:
1.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural vigente para el ejercicio 2022, en adelante el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2021.
2.   El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, para el ejercicio 2022, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2021.
III.    Que en apego a lo establecido en el artículo 31 del "DPEF", la "AGRICULTURA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.
       Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
IV.   Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución se formalizará entre "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos de los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2022 de
conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF".
V.    Que en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", se establecen los Componentes de Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias, Campañas Fitozoosanitarias e Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera del Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio 2022, en lo subsecuente referidos respectivamente como los "COMPONENTES" y el "PROGRAMA", así como los subcomponentes, requisitos y procedimientos para acceder a estos, así como su mecánica operativa.
VI.   Que conforme a la Cláusula Decimoprimera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución.
       "AGRICULTURA" designó como su Representante en el Estado de Zacatecas, al Encargado del Despacho de la Oficina de Representación de "AGRICULTURA", quien a la presente fecha se encuentra a cargo del ING. JOSÉ MARÍA LLAMAS CABALLERO;
       Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó como su representante al Secretario del Campo, cargo que a la presente ostenta el LIC. JESÚS PADILLA ESTRADA.
DECLARACIONES
I.     DE "AGRICULTURA":
I. 1.   Que el DR. FRANCISCO JAVIER TRUJILLO ARRIAGA, Director en Jefe del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en adelante el "SENASICA", cuenta con facultades para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, conforme a los artículos 2 Apartado B fracción V, 52 y 53 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2021 ; 1, 5, 6 y 11 del Reglamento Interior del "SENASICA" y 11 fracción I de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
I. 2.   Que a través de los Oficios No. B00.00.05.-0226-2022; B00.00.05.-0257-2022 y B00.00.05.-0283-2022 de fecha 31 de enero de 2022, la Unidad Responsable ha designado como Instancias Ejecutoras al COMITÉ ESTATAL DE SANIDAD VEGETAL DE ZACATECAS, al COMITÉ ESTATAL PARA EL FOMENTO Y PROTECCIÓN PECUARIA DE ZACATECAS, S.C. y al COMITÉ DE SANIDAD ACUÍCOLA DEL ESTADO DE ZACATECAS. A.C. en lo subsecuentes "INSTANCIAS EJECUTORAS", de conformidad con lo previsto en el artículo 6, Fracción VI, de las "Reglas de Operación del PSIA" y artículo 5, fracción I, inciso d) del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES".
I. 3.   El "SENASICA" señala como domicilio para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Avenida Insurgentes Sur, número 489, Piso 1, Colonia Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06100, Ciudad de México.
I. 4.   El ING. JOSÉ MARÍA LLAMAS CABALLERO, en su carácter de Encargado del Despacho de la Oficina de Representación de "AGRICULTURA" en el Estado de Zacatecas se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, inciso A) fracción XXXIV, 42, 43, 44 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo del 2021 y artículo Único fracción I, inciso n) del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2021, en concordancia con la Cláusula Decimoprimera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN".
I. 5.   Que señala como domicilio de la Oficina de Representación en el Estado de Zacatecas para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución el ubicado en Avenida Secretaría de la Defensa Nacional Número 88, Colonia Centro, Código Postal 98600, Guadalupe, Zacatecas.
II.     DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II. 1.  Que el LIC. JESÚS PADILLA ESTRADA, en su carácter de Secretario del Campo, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el C. Gobernador, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo previsto en los artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 4,12, y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas; la Cláusula Decimoprimera del "CONVENIO DE COORDINACIÓN".
II. 2.  Señala como domicilio para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución, el ubicado en Kilómetro 21.5 de la Carretera Panamericana tramo Zacatecas-Fresnillo, Morelos, Zacatecas.
III.    DE LAS "PARTES":
III.1   Que para el mejor resultado y óptimo beneficio en la aplicación de los recursos asignados al "PROGRAMA" en el marco del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable señalados en el "DPEF", las "PARTES" han determinado la implementación del presente instrumento para la asignación de responsabilidades y compromisos específicos.
III.2   Los recursos federales y estatales acordados entre las "PARTES" en el presente Anexo Técnico de Ejecución, serán destinados exclusivamente al "PROGRAMA" y sus "COMPONENTES" de acuerdo a lo establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan suscribir el presente instrumento conforme las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente instrumento es establecer las actividades planificadas de los proyectos o actividades a desarrollar de acuerdo a los conceptos autorizados mediante la aplicación de los recursos presupuestales establecidos para los "COMPONENTES" del "PROGRAMA" determinados en el "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF" y en lo dispuesto en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
APORTACIÓN DE RECURSOS
SEGUNDA.- Conforme las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el "DPEF", las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" y en las demás disposiciones legales aplicables, "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" acuerdan que para el ejercicio fiscal 2022, realizarán una aportación conjunta para la operación y ejecución de los "COMPONENTES" del "PROGRAMA", por un monto de hasta $51,028,000.00 (Cincuenta y un millones veintiocho mil Pesos 00/100 M.N.), integrados en la forma siguiente:
1.     Hasta la cantidad de $45,628,000.00 (Cuarenta y cinco millones seiscientos veintiocho mil Pesos 00/100 M.N.); correspondientes a la aportación federal a cargo de "AGRICULTURA", con base en la
suficiencia presupuestal prevista en el "DPEF"; y
2.     Hasta la cantidad de $5,400,000.00 (Cinco millones cuatrocientos mil Pesos 00/100 M.N.), correspondientes a la aportación estatal a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" con base en la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno de Zacatecas el día 29 de diciembre de 2021.
Los recursos señalados en el punto número 1 de la presente Cláusula, se radicarán vía electrónica o mediante depósito bancario a las Cuentas Número aperturadas a nombre de las "INSTANCIAS EJECUTORAS" con Clabe Interbancaria e Institución Bancaria conforme a lo siguiente:
a) Comité Estatal de Sanidad Vegetal de Zacatecas: Cuenta No. 0172964333, clabe Interbancaria 012930001729643339, Banco BBVA BANCOMER;
b) Comité Estatal para el Fomento y Protección Pecuaria de Zacatecas, S.C.: Cuenta No. 0191083937, clabe Interbancaria 012930001910839376, Banco BBVA Bancomer y;
c) Comité de Sanidad Acuícola del Estado de Zacatecas. A.C.: Cuenta No. 1064017681, clabe Interbancaria 072930010640176819, Banco Mercantil Del Norte S.A.
La aportación, distribución y ministración de los recursos acordados, se llevará a cabo de conformidad con la programación referida en los Apéndices I y II, denominados respectivamente "Recursos Convenidos Federación - Estado 2022" y "Calendario de Ejecución 2022", los cuales forman parte integral del presente instrumento.
Dado que los recursos federales deben ser transferidos a la entidad federativa, el "GOBIERNO DEL ESTADO" manifiesta desde este momento su conformidad para que los recursos que le sean transferidos por "AGRICULTURA", materia del presente instrumento, sean depositados a las Instancias Ejecutoras autorizadas por el "SENASICA", y a quienes el "GOBIERNO DEL ESTADO" en este acto y en términos de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", designa para recibir los recursos a dichas Instancias Ejecutoras, quienes deberán ejercerlos en términos de lo establecido en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN" y en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" y el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES".
Cuando el "SENASICA" a través de la Unidad Responsable determine de conformidad con sus atribuciones la ocurrencia de alguna emergencia, contingencia o riesgo fitozoosanitario en el Estado de Zacatecas, podrá reorientar los recursos disponibles correspondientes a la aportación federal en la Instancia Ejecutora para su atención, para lo cual esta última elaborará un ajuste al Programa de Trabajo para dicho fin.
De conformidad con lo establecido en artículo 18 del "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", para la ejecución de los Programas sujetos a las Reglas de Operación, los gastos indirectos deberán ser asignados en una proposición respecto al gasto total de cada programa, considerando un porcentaje de hasta el 4% (cuatro por ciento) previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como se encuentra previsto en los diversos Acuerdos de Reglas de Operación y de acuerdo a la distribución señalada en los Lineamientos de Gastos de Operación 2022 emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas.
En ese sentido el "SENASICA" determina que la ejecución de los gastos de operación se hará de conformidad con lo dispuesto en el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES" y los Lineamientos para el Ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de esta Dependencia del Ejecutivo Federal, para el presente ejercicio.
Debido a que los recursos se entregarán de manera directa a las Instancias Ejecutoras, en cumplimiento a lo manifestado por el Estado de Zacatecas en el presente anexo, las referencias, facultades y obligaciones que el "CONVENIO DE COORDINACIÓN" y las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" hagan al FOFAE, se entenderán hechas a la Instancia Ejecutora respectiva, en lo aplicable, lo que deberá señalarse en el instrumento jurídico correspondiente.
De igual modo los Gastos de Operación del "PROGRAMA" serán ejercidos atendiendo en todo momento lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA" y el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES" y los Lineamientos para el Ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural emitidos por la Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de esta Dependencia del Ejecutivo Federal que correspondan al presente ejercicio.
PROGRAMA DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
TERCERA.- Para la consecución de los objetivos específicos del "PROGRAMA", previstos en el artículo 4 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento serán destinados a su ejecución y operación en el Estado de Zacatecas, a través de los componentes:
I.     Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias;
II.     Campañas Fitozoosanitarias, e
III.    Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera.
Las metas y los objetivos, así como las actividades y plazos correspondientes de cada proyecto se determinarán a través de los Programas de Trabajo, los que serán autorizados por el "SENASICA", por conducto de sus Direcciones Generales competentes, en su respectivo carácter de Unidad Responsable de los "COMPONENTES" del "PROGRAMA", de conformidad con el artículo 7 de las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA".
Los Programas de Trabajo en cita, serán considerados instrumentos vinculantes para quienes los suscriben, los cuales estarán vigentes de 01 de enero del 2022 al 31 de diciembre de 2022 y deberán considerar: a) El riesgo ante el desarrollo de un brote de plaga y/o enfermedad reglamentada; b) Que sea estratégico y/o prioritario para coadyuvar al fortalecimiento de la Autosuficiencia Alimentaria; c) La inclusión de pequeñas unidades de producción y pequeños productores; d) Las características de las diferentes regiones socioeconómicas del país, y e) El área de enfoque para la conservación o mejora de la situación sanitaria y de inocuidad en cada entidad, zona o región.
La distribución de los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente instrumento, se llevará a cabo de conformidad con la programación a que se refiere el Apéndice III "Cuadro de Montos y Metas 2022".
OBLIGACIONES Y ATRIBUCIONES
CUARTA- Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento tendrán las obligaciones y atribuciones establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PSIA", el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", el "CONVENIO DE COORDINACIÓN" y la legislación presupuestaria federal aplicable.
DISPOSICIONES GENERALES
QUINTA.- En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN", las "PARTES" acuerdan sujetarse a los términos establecidos en dicho instrumento y de manera particular a la legislación presupuestaria y de fiscalización federal aplicable.
 
DE LAS MODIFICACIONES.
SEXTA.- Las situaciones no previstas en el presente Anexo Técnico de Ejecución y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, entre los representantes reconocidos de las "PARTES", el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
DEL CIERRE OPERATIVO DEL EJERCICIO Y CIERRE FINIQUITO.
SÉPTIMA. -Para la administración y ejercicio de los recursos presupuestales señalados en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, las "PARTES" a través de las Instancias Ejecutoras, se comprometen a contar con la(s) cuenta(s) o subcuenta(s) específica(s) y exclusiva(s), en la que se identifiquen los movimientos realizados, los que se deberán sujetar a lo establecido en este instrumento jurídico.
Para la debida ejecución del objeto materia del presente Anexo Técnico de Ejecución, las "PARTES" se comprometen a ejercer los recursos señalados en la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, a través de las Instancias Ejecutoras para los fines autorizados, así como aplicar y vigilar la programación, ejecución y desarrollo de las actividades que permitan el logro de las metas establecidas en los Apéndices de este instrumento.
En cumplimiento a la legislación federal, las "PARTES" a través de las Instancias Ejecutoras deberá integrar los soportes e informe de la cuenta pública de los "COMPONENTES" del "PROGRAMA", con la relación definitiva de beneficiarios al 31 de diciembre del 2022, en la que se especificarán los recursos entregados, devengados y los no devengados enterados a la Tesorería de la Federación, en lo sucesivo "TESOFE". Esta relación no podrá ser modificada, por lo que en el caso de que existan desistimientos, economías o recursos no aplicados por los beneficiarios, éstos deberán reintegrarse en términos de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
El Cierre Operativo del Programa de Trabajo deberá formularse al 31 de diciembre de 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 175 y 176 de su Reglamento, su entrega al "SENASICA" deberá efectuarse a más tardar el 31 de enero del 2023, deberá suscribirse entre la "REPRESENTACIÓN" y el "GOBIERNO DEL ESTADO", en el que establezcan:
1.     Los recursos pagados, devengados o reintegrados, con las relaciones de beneficiarios;
2.     Los montos de los recursos federales recibidos, aplicados y devueltos, en su caso, a la "TESOFE";
3.     Comprobante de la(s) cuenta(s) bancaria(s) específica(s) o subcuenta(s) específica(s) utilizada(s) para la administración de los recursos del "PROGRAMA", y
4.     En un capítulo separado, los intereses generados, aplicados y enterados, en su caso, a la "TESOFE", las acciones desarrolladas con estos recursos o las metas adicionales alcanzadas con los mismos.
Asimismo, de manera complementaria las "PARTES" deberán suscribir el Cierre Finiquito correspondiente a más tardar el primer trimestre del 2023, en el que deberá precisarse la actualización de los puntos referidos con antelación y cualquier otro dato de relevancia que haya sido ejecutado posteriormente a la suscripción del Cierre Operativo.
DE LA VIGENCIA.
OCTAVA- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia presupuestal y cumplimiento de acciones, será hasta el 31 de diciembre de 2022, en términos de lo establecido en los
artículos 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 175 y 176 de su Reglamento y demás disposiciones de la materia, así como del "CONVENIO DE COORDINACIÓN".
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal del presente Anexo Técnico de Ejecución, las partes lo firman en cinco tantos originales, en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, a los 22 días del mes de febrero de 2022.- Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Dr. Francisco Javier Trujillo Arriaga.- Rúbrica.- El Encargado del Despacho de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de Zacatecas, Ing. José María Llamas Caballero.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Zacatecas: el Secretario del Campo, Lic. Jesús Padilla Estrada.- Rúbrica.
Apéndice I
Zacatecas
Recursos Convenidos Federación - Estado 2022
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2022
De AGRICULTURA
Del Gobierno del
Estado
Gran Total
No.
Total Programas y
Componentes
45,628,000.00
5,400,000.00
51,028,000.00
De conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2022.
En Anexo Técnico de Ejecución para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
IV
Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
De AGRICULTURA
Del Gobierno del
Estado
Gran Total
A
Vigilancia Epidemiológica de
Plagas y Enfermedades
Fitozoosanitarias
4,830,901.00
0.00
4,830,901.00
B
Campañas Fitozoosanitarias
35,161,029.00
4,551,250.00
39,712,279.00
C
Inocuidad Agroalimentaria,
Acuícola y Pesquera
5,636,070.00
848,750.00
6,484,820.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación.
 
 
Apéndice II
Zacatecas
Calendario de Ejecución 2022
(Aportaciones en Pesos)
 
DPEF 2022
Total
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
No.
Total Programas y
Componentes
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
Federal
Estatal
45,628,000.00
5,400,000.00
0.00
4,216,675.00
35,140,861.00
1,183,325.00
1,701,924.00
0.00
8,785,215.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
En conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 6 del DPEF 2022.
En Anexo Técnico de Ejecución para el Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
IV
Programa de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
A
Vigilancia
Epidemiológica de
Plagas y
Enfermedades
Fitozoosanitarias
4,830,901.00
0.00
0.00
0.00
3,864,721.00
0.00
0.00
0.00
966,180.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
B
Campañas
Fitozoosanitarias
35,161,029.00
4,551,250.00
0.00
3,367,925.00
26,767,284.00
1,183,325.00
1,701,924.00
0.00
6,691,821.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
C
Inocuidad
Agroalimentaria,
Acuícola y Pesquera
5,636,070.00
848,750.00
0.00
848,750.00
4,508,856.00
0.00
0.00
0.00
1,127,214.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
0.00
Nota: Incluye los montos para Gastos de Operación en el componente de Campañas Fitozoosanitarias
 
 
Apéndice III
Zacatecas
Cuadro de Montos y Metas 2022
 
Concentrado Presupuestal
Componentes-Subcomponentes
Total por Subcomponente
Metas Físicas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
I. Componente Vigilancia Epidemiológica de Plagas y Enfermedades Fitozoosanitarias.
Subcomponente:
a) Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios
3,050,901.00
0.00
3,050,901.00
Proyecto
1
b) Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios
1,780,000.00
0.00
1,780,000.00
Proyecto
1
II. Componente Campañas Fitozoosanitarias
Subcomponente:
a) Servicio fitosanitario en apoyo a la Producción para el Bienestar y prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias
15,550,066.00
2,037,000.00
17,587,066.00
Proyecto
10
b) Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas
1,835,000.00
509,250.00
2,344,250.00
Proyecto
1
c) Control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas
16,074,039.00
1,843,000.00
17,917,039.00
Proyecto
6
III. Componente Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera
Subcomponente:
a) Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros
5,636,070.00
848,750.00
6,484,820.00
Proyecto
3
Subtotal /1
43,926,076.00
5,238,000.00
49,164,076.00
Proyectos
22
Gastos de Operación (hasta el 4.0%) /2
1,701,924.00
162,000.00
1,863,924.00
TOTAL
45,628,000.00
5,400,000.00
51,028,000.00
/1.- Las metas programáticas y la distribución presupuestal de cada componente, se establecerá en los Programas de Trabajo que contienen los proyectos autorizados por las Direcciones Generales del SENASICA; los que serán indicativos, por lo que en caso de realizarse modificaciones se hará mediante la autorización de la adecuación al Programa de Trabajo por parte de la Unidad Responsable correspondiente, en que deberá expresar las causas que justifiquen tales modificaciones; sin perjuicio, del cumplimiento de las disposiciones jurídicas y presupuestales aplicables.
/2.- Los Gastos de Operación serán ejecutados como se establece en los "Lineamientos para el Ejercicio de los Gastos de Operación de los Programas de "AGRICULTURA" para el ejercicio 2022, emitidos por la Unidad de Administración y Finanzas del Ramo, el 21 de febrero de 2022.
 
 
Vigilancia epidemiológica de riesgos fitosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Vigilancia Epidemiológica Fitosanitaria
3,050,901.00
0.00
3,050,901.00
Proyecto
1
TOTAL
3,050,901.00
0.00
3,050,901.00
0.00
1
 
 
 
 
 
 
Vigilancia epidemiológica de riesgos zoosanitarios
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Vigilancia Epidemiológica de las Enfermedades o Plagas en Animales Terrestres
1,780,000.00
0.00
1,780,000.00
Proyecto
1
TOTAL
1,780,000.00
0.00
1,780,000.00
Proyectos
1
 
 
 
 
 
 
Servicio fitosanitario en apoyo a la Producción para el Bienestar y prevención, control o erradicación de plagas fitosanitarias
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Servicio Fitosanitario
10,624,997.00
0.00
10,624,997.00
Proyecto
1
2022 Manejo Fitosanitario en apoyo a la Producción para el Bienestar (Maíz)
810,500.00
0.00
810,500.00
Proyecto
1
2022 Manejo Fitosanitario en apoyo a la Producción para el Bienestar (Frijol)
840,000.00
135,800.00
975,800.00
Proyecto
1
2022 Manejo Fitosanitario en apoyo a la Producción para el Bienestar (Trigo panificable)
115,748.00
0.00
115,748.00
Proyecto
1
2022 Campañas de Protección Fitosanitaria (Plagas de los Cítricos)
563,163.00
0.00
563,163.00
Proyecto
1
2022 Campañas de Protección Fitosanitaria (Moscas de la Fruta)
1,041,304.00
0.00
1,041,304.00
Proyecto
1
2022 Campañas de Protección Fitosanitaria (Manejo Fitosanitario de Roedores)
0.00
727,500.00
727,500.00
Proyecto
1
2022 Campañas de Protección Fitosanitaria (Manejo Fitosanitario de Calabaza)
0.00
727,500.00
727,500.00
Proyecto
1
2022 Campañas de Protección Fitosanitaria (Manejo Fitosanitario de Durazno)
0.00
446,200.00
446,200.00
Proyecto
1
2022 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Fitosanitaria
1,554,354.00
0.00
1,554,354.00
Proyecto
1
TOTAL
15,550,066.00
2,037,000.00
17,587,066.00
Proyectos
10
 
Prevención y control de enfermedades en organismos acuícolas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Peces y anfibios
1,835,000.00
509,250.00
2,344,250.00
Proyecto
1
TOTAL
1,835,000.00
509,250.00
2,344,250.00
Proyectos
1
 
 
 
 
 
 
 
 
Control o erradicación de plagas y enfermedades zoosanitarias reglamentadas
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Campaña Nacional contra la Brucelosis en los Animales
3,299,039.00
0.00
3,299,039.00
Proyecto
1
2022 Campaña Nacional contra la Tuberculosis Bovina (Mycobacterium bovis)
8,510,000.00
0.00
8,510,000.00
Proyecto
1
2022 Campaña Nacional contra la Varroasis de las Abejas
310,000.00
0.00
310,000.00
Proyecto
1
2022 Campaña Nacional para la prevención y control de la rabia en bovinos y especies ganaderas
775,000.00
0.00
775,000.00
Proyecto
1
2022 Operación de Puntos de Verificación Interna en Materia Zoosanitaria
2,280,000.00
1,843,000.00
4,123,000.00
Proyecto
1
2022 Programa de eliminación de animales positivos, reactores, expuestos y sospechosos
900,000.00
0.00
900,000.00
Proyecto
1
TOTAL
16,074,039.00
1,843,000.00
17,917,039.00
Proyectos
6
 
 
 
 
 
 
Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación y Buenas Prácticas en la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera, y procesamiento primario de productos acuícolas y pesqueros
Montos presupuestales
Metas
Federal
Estatal
Total
Medida
Cantidad
2022 Inocuidad Agrícola
3,352,998.00
388,000.00
3,740,998.00
Proyecto
1
2022 Inocuidad Pecuaria
1,116,000.00
0.00
1,116,000.00
Proyecto
1
2022 Inocuidad Acuícola y Pesquera
1,167,072.00
460,750.00
1,627,822.00
Proyecto
1
TOTAL
5,636,070.00
848,750.00
6,484,820.00
Proyectos
3
 
Por Agricultura: el Director en Jefe del SENASICA, Dr. Francisco Javier Trujillo Arriaga.- Rúbrica.- El Encargado del Despacho de la Oficina de Representación de Agricultura en el Estado de Zacatecas, Ing. José María Llamas Caballero.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado de Zacatecas: el Secretario del Campo, Lic. Jesús Padilla Estrada.- Rúbrica.