CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/GRO/AC01/SGG/074, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos desti CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Guerrero, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/GRO/AC01/SGG/074, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, EVELYN CECIA SALGADO PINEDA; ASISTIDA POR LA ENCARGADA DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ANACLETA LÓPEZ VEGA; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, RAYMUNDO SEGURA ESTRADA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ANTECEDENTES La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas. De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios. El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos. Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.). En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales. Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago. En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS). Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Ludwig Marcial Reynoso Núñez en su carácter de Secretario General de Gobierno del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/GRO/AC01/SGG/074. Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), para la ejecución del proyecto AVGM/GRO/AC01/SGG/074 . Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/388/2024, de fecha 09 de febrero de 2024. Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes: DECLARACIONES I. "GOBERNACIÓN" declara que: I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB). I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB. I.3. La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO). I.4. La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Aparatado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO. I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00333. I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que: II.1. Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN 1, 23 y 24 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular. II.2. La Gobernadora del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 71, 87, 88, 90, numeral 2 y 91, fracción XXIX y XLVI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 1, 2, 4, 5 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242. II.3. La Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Anacleta López Vega, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 87, 88 y 90, numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 8, 9, 14 y 22, Apartado A, fracción 1 y 23, fracciones III y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 4, 10 y 12, fracciones X, XIII y XL del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno. II.4. El Titular de la Secretaría de la Finanzas y Administración, Raymundo Segura Estrada, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 87, 88 y 90, numeral 2 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 4, 9, 14, 22, Apartado A, fracción III y 25, Fracción LV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Guerrero Número 242; 4, y 9, fracciones XXIV, LXIV y LXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración. II.5. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Recinto de las Oficinas del la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado de Guerrero, Boulevard René Juárez Cisneros número 62, Colonia Ciudad de los Servicios, Código Postal 39074, Municipio de Chilpancingo de los Bravo, Estado de Guerrero. III. "LAS PARTES" declaran que: III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión. III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres. III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV. III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM". Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/GRO/AC01/SGG/074, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia: Acción coadyuvante | 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. | Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS. SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de$2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/GRO/AC01/SGG/074 , aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/084/09022024. Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos: Nombre de la Beneficiaria: | Secretaría de Finanzas y Administración del Estado de Guerrero | Nombre del Proyecto: | AVGM/GRO/AC01/SGG/074 | Nombre de la Institución Financiera: | Banca Afirme S.A. | Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 062260001851265952 | Número de Cuenta Bancaria: | 185126595 | Tipo de Cuenta: | Productiva | Tipo de Moneda: | Nacional (MX) | Número de Sucursal: | 085 Chilpancingo | Número de Plaza: | | Fecha de apertura de la Cuenta: | 19 de febrero de 2024 | Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS. Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN". Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO". "GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones. TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente: a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS. b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO". c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios. CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a: a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS. b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento. c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento. d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO". QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a: a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ. b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024. c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. d. Realizar por conducto de la Secretaría General de Gobierno las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia. e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico. f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma. g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos. h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento. i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar. j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Administración, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS. k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres". l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaría General de Gobierno y por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración y Enlace Designado ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS. m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría General de Gobierno que para ese efecto se habilite. n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente. ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ. SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos: POR "GOBERNACIÓN" Nombre: | Susana Vanessa Otero González. | Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. | Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. | Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 | Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx | POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO" Nombre: | Yenedith Barrientos Santiago | Cargo: | Directora Estatal para Prevenir la Violencia contra la Mujer | Dirección: | Boulevard René Juárez Cisneros #62, Colonia Ciudad de los Servicios, C.P. 39074, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. | Teléfono institucional: | 747 138 6152 | Correo electrónico Institucional: | secretariageneral@guerrero.gob.mx | A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas. Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias. SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación. OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría General de Gobierno informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente. Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables. DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría General de Gobierno. En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS. DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS. El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado. Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal. DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE. Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes. DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de Contraloría y Transparencia Gubernamental del "GOBIERNO DEL ESTADO". Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable. DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas. DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción. DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos: a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan. b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO". Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan. DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado. DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión. VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales. En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos. VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024. De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN". Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Secretaría General de Gobierno, Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Anacleta López Vega.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica. ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024. En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 del mes de Marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente: DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN A. DATOS GENERALES ENTIDAD FEDERATIVA: | Estado Libre y Soberano de Guerrero | NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/GRO/AC01/SGG/074 | ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: Atención | 1 Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. | INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: | Secretaría General de Gobierno | INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: | Secretaría General de Gobierno | FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: | 01 de mayo del 2024 | FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 | 31 de diciembre del 2024 | B. MONTO APROBADO A. MONTO APROBADO | $2,000,000.00 | Dos millones de pesos 00/100 M.N. | B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) | No aplica | No aplica | No aplica | MONTO TOTAL DEL PROYECTO: (en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado) | $2,000,000.00 | Dos millones de pesos 00/100 M.N. | C. DESIGNACIÓN DE ENLACE | He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a: | Nombre: | Yenedith Barrientos Santiago | Cargo: | Directora Estatal para Prevenir la Violencia contra la Mujer | Dirección: | Boulevard René Juárez Cisneros #62, Colonia Ciudad de los Servicios, C.P. 39074, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. | Teléfono Institucional: | 747 138 6152 | Extensión | N/A | Correo Institucional: | secretariageneral@guerrero.gob.mx | D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. D.1 JUSTIFICACIÓN: En la actualidad la violencia contra las niñas, jóvenes y mujeres, es considerado un problema de salud pública y social, el principal obstáculo que se enfrentó al asumirlo como parte de las políticas públicas, es la no disponibilidad de estudios de tipo cuantitativo y cualitativo que dieran cuenta de la magnitud y tipos de violencia que las mujeres viven. Es hasta el 2020, cuando en Guerrero, se inicia con el proyecto: AVGM/GRO/M1/SGG/012AYU/06 el cual se implementó en el Centro Comunitario Gúwa Kúma: la Casa de los Saberes, de Inés Fernández Ortega y en la Cabecera del Municipio Ayutla de los Libres, como proyecto piloto, con el cual se pudo observar la falta de información con lo que viven las mujeres del municipio de Ayutla de los Libres y sus alrededores, y que forma parte de los municipios alertados por violencia feminicida desde 2017; además, de que el municipio tiene un Sistema Normativo Propio (Usos y Costumbres), desde 2018. Es por ello, que entre los objetivos está favorecer el desarrollo y bienestar de las mujeres, niñas y adolescentes, conforme a los principios de igualdad y de no discriminación. Por ello, se desarrolla este proyecto, en atención a una de las medidas establecidas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por violencia feminicida. MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL | Medida de Seguridad 3: Crear módulos de atención inmediata a mujeres en situación de riesgo en los municipios que comprende la declaratoria de AVGM. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia multidisciplinaria (abogadas, psicólogas, médicas, trabajadoras sociales y elementos de seguridad) y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. | 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas o indirectas de violencias. | Crear módulos de atención en los municipios de Ayutla de los Libres y Chilapa de Álvarez, que concentren servicios multidisciplinarios y especializados para facilitar el acceso a la justicia y brindar atención integral con perspectiva de género a mujeres que han sido víctimas de los delitos relacionados con violencia de género, en los municipios que comprende la declaratoria de AVGM por violencia feminicida en Guerrero. | D.2 METODOLOGÍA OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN | Crear dos módulos de atención a mujeres en situación de riesgo en los municipios de Ayutla de los Libres (Región Costa Chica) y Chilapa de Álvarez (Región Montaña Baja), su funcionamiento deberá contemplar asistencia multidisciplinaria: abogadas, psicólogas, médicas, trabajadoras sociales y elementos de Seguridad. | Establecer una coordinación con las autoridades municipales, a fin de verificar, rehabilitar o designar un espacio físico adecuado para la creación de los módulos de atención, además de coadyuvar con su funcionamiento. | 1. Número de módulos creados. Fórmula: # de módulos propuestos/# de módulos creados*100 | 1. Ubicación georreferencial de los módulos. 2. Bitácora fotográfica. 3. Minuta de acuerdos. | Seleccionar y contratar el personal profesional y especializado que dará atención en los módulos. | Emitir y publicar una convocatoria para la selección y contratación de 12 profesionistas: abogadas, psicólogas, médicas y trabajadoras sociales. | 1. Convocatoria publicada en la página oficial de la Secretaría General de Gobierno. 2. Número de personal contratado. | 1. Convocatoria. 2. Expedientes personales de las profesionistas contratadas. | Capacitar a las profesionistas contratadas conforme al Modelo Para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencias aprobado en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en agosto de 2021. | Solicitar a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Instituto Nacional de las Mujeres y el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva la colaboración para realizar las capacitaciones a las profesionistas contratadas. | 1. Número de capacitaciones. Fórmula: # de capacitaciones programadas/#de capacitaciones otorgadas*100 2. Número de profesionistas capacitadas. Fórmula: # de profesionistas contratadas/#de profesionistas capacitadas*100 | 1. Oficios de solicitud de colaboración. 2. Cartas descriptivas. 3. Listas de asistencia. 4. Bitácoras fotográficas. 5. Evaluaciones pre y post. | Capacitar a las profesionistas contratadas respecto a: promover el respeto a la dignidad de las mujeres; promover la libertad y autonomía de las mujeres; evitar la discriminación; promover la equidad de género y aplicación de la perspectiva de género en todas las fases del proceso de atención. | Solicitar la colaboración de diversas instituciones para impartir las capacitaciones respectivas. | 1. Número de capacitaciones. 2. Número de profesionistas capacitadas. Fórmula: # de profesionistas contratadas/#de profesionistas capacitadas*100 | 1. Oficios de solicitud de colaboración. 2. Cartas descriptivas. 3. Listas de asistencia. 4. Bitácoras fotográficas. 5. Evaluaciones pre y post. | Brindar asistencia, orientación, atención y protección a través de los servicios de asesoría jurídica, acompañamiento legal, atención psicológica, asistencia médica, atención social, vinculación laboral y seguimiento a mujeres indígenas, afrodescendientes, niñas, adolescentes, con un enfoque transversal de género y de interseccionalidad. | 1. Recepción de mujeres solas o acompañadas de sus hijas e hijos que acudan por primera vez al módulo. 2. La trabajadora social realizará entrevistas para recabar información para evaluar el nivel de riesgo en el que se encuentra la persona. 3. El área de atención jurídica realizará entrevistas para identificar las opciones de acceso a justicia acorde a sus necesidades. 4. El área de atención psicológica realizará entrevistas para identificar las opciones terapéuticas acorde a sus necesidades. 5. En el área médica se realizará una valoración general de las condiciones de salud con el fin de identificar si existen riesgos que no sean fácilmente observables, así como si requiere canalización a servicios de salud mental u otro tipo de atención en salud. | 1. Número de atenciones (desagregadas por tipo de atención). Fórmula: # de mujeres que solicitaron atención/# de mujeres atendidas*100 2. Porcentaje de canalizaciones 3. Porcentaje de mujeres usuarias de servicios otorgados en los módulos de atención que cuentan con una opinión positiva sobre el servicio brindado. | 1. Base de datos desagregada. 2. Expedientes de las usuarias. 3. Encuestas. 4. Informe narrativo y estadístico mensual. 5. Oficios de canalizaciones. | Generar visitas a las localidades de los municipios de Ayutla de los Libres y Chilapa de Álvarez, con el objetivo de acercarse a las mujeres para brindar atención inmediata de primer contacto, trabajar de manera coordinada con otros servicios en los municipios, así como brindar apoyo para el seguimiento de casos. | Establecer reuniones de coordinación entre el equipo de profesionistas que integren los módulos con el mecanismo para el adelanto de las mujeres en los municipios de Ayutla de los Libres y Chilapa de Álvarez, a fin de crear una agenda de trabajo comunitaria. | 1. Número de reuniones. 2. Cronograma de visitas comunitarias. | 1. Listas de asistencia. 2. Cronograma de actividades. 3. Bitácora fotográfica. 5. Informe narrativo mensual. | Alimentar el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres. | Designar a las personas encargadas de alimentar el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres. Solicitar a la fiscalía general del Estado la capacitación para las personas encargadas de alimentar el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres. Solicitar al área responsable de BANAVIM-GUERRERO, diseñar el semáforo de violencia. | Número de personas responsables de la alimentación del banco de datos que han sido adecuadamente capacitadas. Fórmula: # de personas responsables de alimentar el banco de datos que han sido adecuadamente capacitados/# de personas responsables de alimentar el banco de datos*100 Semáforo elaborado. | 1. Oficio de designación de las personas encargadas de alimentar el BANAVIM-GUERRERO. 2. Oficio de solicitud de capacitación. 3. Ficha descriptiva. 4. Semáforo de violencia elaborado. | D.2.1 PASOS A DESARROLLAR PASO | DESCRIPCIÓN | Primero | Firma del convenio de colaboración y adhesión celebrado por conducto de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y el Gobierno Libre y Soberado del Estado de Guerrero. | Segundo | Emitir y publicar la convocatoria para la selección y contratación de 12 profesionistas. | Tercero | Firma del contrato de prestación de servicios profesionales por honorarios, por parte de las profesionistas contratadas. | Cuarto | Establecer una coordinación con las autoridades municipales, a fin de verificar, rehabilitar o designar un espacio físico adecuado para la creación de los módulos de atención. | Quinto | Capacitar a las profesionistas contratadas conforme al Modelo Para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencias. | Sexto | Elaboración de Plan de Trabajo Grupal. | Séptimo | Brindar atención especializada en las áreas de coordinación, trabajo social, médica, psicológica y jurídica. | Octavo | Llevar control de atenciones de acuerdo a grupo etario. | Noveno | Elaborar indicadores de resultados con las atenciones, pláticas y campañas de prevención. | D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA | SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | Mujeres | NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | Mujeres | ADULTAS (OS) MAYORES | Mujeres | INDÍGENAS | Mujeres | MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | | AFROMEXICANAS (OS) | Mujeres | DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | | CON DISCAPACIDAD | Mujeres | LGBTI+ | | MADRES JEFAS DE FAMILIA | Mujeres | EN SITUACIÓN DE CALLE | Mujeres | VÍCTIMAS DIRECTAS | Mujeres | VÍCTIMAS INDIRECTAS | Mujeres | PRIVADAS DE LA LIBERTAD | | TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | Mujeres | USUARIAS DE DROGAS | | OTRAS | Mujeres | GRUPO ETARIO | 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante | X | X | X | X | X | X | COBERTURA GEOGRÁFICA | Región Costa Chica y Región Montaña Baja | D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO | 1 | Gobierno Municipal de Ayutla de los Libres (Concejo Comunitario) | Coadyuvar en el desarrollo del proyecto | 2 | Gobierno Municipal de Chilapa de Álvarez | Coadyuvar en el desarrollo del proyecto | 3 | Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres | Capacitación respecto al Modelo Para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencias. | 4 | Instituto Nacional de las Mujeres | Capacitación respecto al Modelo Para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencias. | 5 | Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva | Capacitación respecto al Modelo Para la Atención y Protección Integral para Mujeres que viven Violencias. | 6 | Fiscalía General del Estado de Guerrero | A partir de las facultades y funciones institucionales, garantizar el acceso a la justicia | 7 | Secretaría de Seguridad Pública del Estado | A partir de las facultades y funciones institucionales | 8 | Secretaría de Salud del Estado de Guerrero | Orientación, atención, canalización y acompañamiento de las usuarias | 9 | Sistema Estatal DIF | Coadyuvar en el desarrollo del proyecto | 10 | Secretaría de Educación Pública del Estado | Coadyuvar en el desarrollo del proyecto, con las instituciones educativas de los municipios de Ayutla de los Libres y Chilapa de Álvarez | 11 | Servidoras y Servidores Públicos de áreas centralizadas y descentralizadas de los tres niveles de Gobierno | Canalización de las víctimas de violencia | D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR | El Municipio de Ayutla de los Libres está regido por un Sistema Normativo Propio (Usos y Costumbres), la toma de decisiones las realiza el Concejo Comunitario. | Solicitar una reunión con el Concejo Municipal Comunitario, para presentar el proyecto y generar acuerdos de coordinación y apoyo mutuo. | D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO: ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR | Ciencias Jurídicas | 1 año | Licenciatura | 4 | Ciencias de la Salud | 1 año | Licenciatura | 2 | Psicología | 1 año | Licenciatura | 4 | Trabajo Social | 1 año | Licenciatura | 2 | Otros Perfiles | | | | Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 12 | | | D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO: PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR | No aplica | No aplica | No aplica | No aplica | ESQUEMA DE CONTRATACIÓN: MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ | X | Prestadora de Servicios Profesionales | | Servicios integrales | | Honorarios Asimilados | | Otro | Si selecciono "Otro", Especifique a continuación: | Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/GRO/AC01/SGG/074 en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora Constitucional del Estado de Guerrero, Evelyn Cecia Salgado Pineda.- Rúbrica.- La Encargada de Despacho de la Secretaría General de Gobierno y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Anacleta López Vega.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Raymundo Segura Estrada.- Rúbrica.
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