AVISO sobre la vigencia de cuotas compensatorias.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
AVISO SOBRE LA VIGENCIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS
Con fundamento en los artículos 1, 2, apartado A, fracción II, numeral 7, y 19, fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 11.3 del Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y 3o., último párrafo, 70, 70 A y 70 B de la Ley de Comercio Exterior, se comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico, que están próximas a expirar las cuotas compensatorias definitivas que se indican en este Aviso.
Cualquier productor nacional de tales mercancías podrá expresar a la Secretaría de Economía, por escrito, su interés en que inicie un procedimiento de examen de vigencia de cuota compensatoria para determinar las consecuencias de su supresión. En tal caso, deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de vigencia de la cuota compensatoria.
La manifestación de interés deberá presentarse de acuerdo con los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables, a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, vía electrónica, a través de la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx, de las 9:00 a las 18:00 horas, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 2021 y sus modificaciones posteriores, o bien, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, sita en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México, de las 9:00 a las 14:00 horas, conforme a lo dispuesto en el "Acuerdo por el que se da a conocer el domicilio oficial de la Secretaría de Economía y las unidades administrativas adscritas a la misma", publicado en el mencionado órgano de difusión oficial el 7 de diciembre del 2023.
En este sentido, los plazos vencen de acuerdo con lo siguiente:
PRODUCTO | FRACCIÓN ARANCELARIA* | PAÍS DE ORIGEN | ÚLTIMO DÍA DE LA VIGENCIA | FECHA LÍMITE PARA RECIBIR LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS |
Lámina rolada en caliente | 7208.10.03 7208.26.01 7208.27.01 7208.38.01 7208.39.01 7225.30.91 7225.40.91 | Rusia Ucrania | 28 de marzo de 2025 | 20 de febrero de 2025 |
Fregaderos de acero inoxidable | 7324.10.01 | China | 8 de mayo de 2025 | 28 de marzo de 2025 |
Tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta | 7305.11.02 7305.12.91 | Estados Unidos | 27 de mayo de 2025 | 16 de abril de 2025 |
Lámina rolada en frío | 7209.16.01 7209.17.01 7225.50.91 | China | 19 de junio de 2025 | 15 de mayo de 2025 |
Aceite epoxidado de soya | 1518.00.02 | Estados Unidos | 29 de julio de 2025 | 24 de junio de 2025 |
Varilla corrugada | 7214.20.01 | Brasil | 11 de agosto de 2025 | 7 de julio de 2025 |
Alambrón de hierro o acero sin alear | 7213.91.03 7213.99.99 | Ucrania | 18 de septiembre de 2025 | 13 de agosto de 2025 |
Placa de acero en hoja al carbono | 7208.51.04 7208.52.01 7225.40.91 | Rumania Rusia Ucrania | 21 de septiembre de 2025 | 14 de agosto de 2025 |
Planos de acero inoxidable | 7219.34.01 7219.35.02 7220.20.03 | China Taiwán | 1 de octubre de 2025 | 26 de agosto de 2025 |
Torres de viento | 8502.31.01 | China | 5 de octubre de 2025 | 28 de agosto de 2025 |
Sulfato de amonio | 3102.21.01 3105.90.99 | Estados Unidos | 9 de octubre de 2025 | 3 de septiembre de 2025 |
Discos de aluminio | 7616.99.10 | China | 6 de noviembre de 2025 | 2 de octubre de 2025 |
Tubería de acero sin costura | 7304.19.01 7304.19.02 7304.19.03 7304.19.99 7304.39.10 7304.39.11 7304.39.12 7304.39.13 7304.39.14 7304.39.15 7304.39.91 7304.39.92 7304.39.99 7304.59.99 | Japón | 10 de noviembre de 2025 | 6 de octubre de 2025 |
Bicicletas para niños | 8712.00.05 | China | 21 de diciembre de 2025 | 11 de noviembre de 2025 |
Rollos de acero laminados en caliente | 7208.36.01 7208.37.01 7208.38.01 7208.39.01 7225.30.91 | Alemania China Francia | 22 de diciembre de 2025 | 11 de noviembre de 2025 |
* Fracción arancelaria por la que ingresa el producto objeto de la cuota compensatoria, de acuerdo con la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación vigente.
Para más información dirigirse a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía a través del correo electrónico UPCIConsultas@economia.gob.mx, o bien, acudir a las oficinas sitas en Calle Pachuca número 189, planta baja (área de ventanillas), Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2024.- La Titular de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, Rosa María Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.