Secretaría del Trabajo y Previsión Social

CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 214


Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social con fundamento en los artículos 21, 23, 24, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 5, 17, 18, 32 Fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 47, y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007 y Numerales 174, 175, 185, 195, 196, 197, 200, 201, 248 y 252 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidas en el artículo tercero del diverso publicado el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012, 23 de agosto de 2013, 4 de febrero de 2016 y última reforma publicada el 6 de abril de 2017, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal del concurso para ocupar las siguientes 11 plazas:


Denominación

INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO

Adscripción

DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN GUERRERO, HIDALGO Y OAXACA

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P11

Número de vacantes

3 (TRES)

Remuneración Mensual Bruta

$9,308.13 (NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 13/100 M.N.)

Estas plazas vacantes cambian del nivel P12 al nivel P11, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 fracción X del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2017, donde se establece que la ocupación de las plazas que queden vacantes de los niveles del Tabulador de Sueldos y Salarios a que se refiere el anexo 3A del Manual, deberán llevarse a cabo en el nivel 1 del grupo y grado que corresponda.

Código de puesto y Ciudad

14-132-1-E1C007P-0000053-E-C-P

ACAPULCO, GUERRERO

Costera Miguel Alemán No. 315, Col. Centro, Acapulco De Juárez, Guerrero, C.P. 39300.

14-133-1-E1C007P-0000054-E-C-A

PACHUCA, HIDALGO

Boulevard Felipe Angeles No. 801, Col. Cuesco, Pachuca, Hidalgo, C. P. 42080

14-140-1-E1C007P-0000055-E-C-A

SALINA CRUZ, OAXACA

Palacio Federal, Av. Manuel Avila Camacho y Calle Manzanillo, Col. Centro, Salina Cruz, Oaxaca, C.P. 70600

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación, para vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral.

F2.- Interrogar sólo/a o ante testigos a las y los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo, para determinar el nivel de cumplimiento por parte de los centros de trabajo.

F3.- Exigir la presentación de libros, registros y otros documentos a que obliguen las normas de trabajo, para constatar la correcta vigilancia de la normatividad laboral.

F4.- Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan una violación a las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para aprobar, renovar y vigilar su operación.

F5.- Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores, y otras materias reguladas por la legislación laboral que por su importancia así lo requieran, para detectar las desviaciones y proporcionar las observaciones y recomendaciones correspondientes.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Terminado o Pasante

Experiencia

       No Aplica

Habilidades

       Comunicación Asertiva

       Actitud en el Servicio

Conocimientos

       Inspección Laboral

       Seguridad y Salud en el Trabajo

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para viajar

       Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo)

       I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

       II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

       III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

       IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

       V.- No ser ministro de culto; y

       VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.


Denominación

INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO

Adscripción

DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN TAMAULIPAS

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P12

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$9,550.36 (NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 36/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-148-1-E1C007P-0000097-E-C-A

TAMPICO, TAMAULIPAS

Avenida Isauro Alfaro No. 104 Norte, Piso 2, Zona Centro, Palacio Federal, Tampico, Tamaulipas, C.P. 89000.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación, para vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral.

F2.- Interrogar sólo/a o ante testigos a las y los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo, para determinar el nivel de cumplimiento por parte de los centros de trabajo.

F3.- Exigir la presentación de libros, registros y otros documentos a que obliguen las normas de trabajo, para constatar la correcta vigilancia de la normatividad laboral.

F4.- Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan una violación a las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para aprobar, renovar y vigilar su operación.

F5.- Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores, y otras materias reguladas por la legislación laboral que por su importancia así lo requieran, para detectar las desviaciones y proporcionar las observaciones y recomendaciones correspondientes.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Terminado o Pasante

Experiencia

       No Aplica

Habilidades

       Comunicación Asertiva

       Actitud en el Servicio

Conocimientos

       Inspección Laboral

       Seguridad y Salud en el Trabajo

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para viajar

       Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo)

       I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

       II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

       III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

       IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

       V.- No ser ministro de culto; y

       VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.

Denominación

INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO


Adscripción

DIRECCION GENERAL DE INSPECCION FEDERAL DEL TRABAJO


Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P12

Número de vacantes

1 (UNA)


Remuneración Mensual Bruta

$9,550.36 (NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 36/100 M.N.)


Código de puesto y Ciudad

14-210-1-E1C007P-0000230-E-C-L

CIUDAD DE MEXICO


Carretera Picacho Ajusco No. 714, Edificio “C”, P. B., Colonia Torres de Padierna, Delegación Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14209.


FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación, para vigilar el cumplimiento de la normatividad laboral.

F2.- Interrogar sólo/a o ante testigos a las y los trabajadores y patrones sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo, para determinar el nivel de cumplimiento por parte de los centros de trabajo.

F3.- Exigir la presentación de libros, registros y otros documentos a que obliguen las normas de trabajo, para constatar la correcta vigilancia de la normatividad laboral.

F4.- Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan una violación a las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para aprobar, renovar y vigilar su operación.

F5.- Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento de las y los trabajadores, y otras materias reguladas por la legislación laboral que por su importancia así lo requieran, para detectar las desviaciones y proporcionar las observaciones y recomendaciones correspondientes.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Terminado o Pasante

Experiencia

       No Aplica

Habilidades

       Comunicación Asertiva

       Actitud en el Servicio

Conocimientos

       Inspección Laboral

       Seguridad y Salud en el Trabajo

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para viajar

       Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo)

       I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

       II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

       III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

       IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

       V.- No ser ministro de culto; y

       VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.


Denominación

PROFESIONAL DICTAMINADOR DE SERVICIOS

ESPECIALIZADOS EN ANALISIS JURIDICO

Adscripción

DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN COAHUILA

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P11

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$9,308.13 (NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 13/100 M.N.)

Esta plaza vacante cambia del nivel P12 al nivel P11, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 fracción X del Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2017, donde se establece que la ocupación de las plazas que queden vacantes de los niveles del Tabulador de Sueldos y Salarios a que se refiere el anexo 3A del Manual, deberán llevarse a cabo en el nivel 1 del grupo y grado que corresponda.

Código de puesto y Ciudad

14-125-1-E1C007P-0000192-E-C-P

SALTILLO, COAHUILA

Avenida Universidad N° 205 Esquina Con Calle Monclova, República Poniente, Saltillo, Coahuila, C.P. 25265.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Recibir y firmar la relación de los expedientes, revisar y valorar las actuaciones que lo integran; acta de inspección, notificaciones y documentación anexa, para elaborar los proyectos de dictaminación técnico jurídico.

F2.- Acordar con la o el superior inmediato los lineamientos y criterios que permitan eficientar el procedimiento administrativo sancionador, para la elaboración de los dictámenes técnico jurídicos.

F3.- Elaborar proyectos de acuerdo de improcedencia, emplazamientos, resoluciones, acuerdo de trámite y de archivo de expediente, para cumplir con la normatividad aplicable.

F4.- Analizar las actuaciones que conforman el expediente, para tener la certeza de que el proyecto que elabore sea correcto.

F5.- Revisar, rubricar y turnar los proyectos de las actuaciones del procedimiento administrativo sancionador que elabore, para revisión y aprobación de la o el superior inmediato.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: Derecho

Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional

Grado de Avance: Terminado o Pasante

Experiencia

Un año en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Habilidades

       Orientación a Resultados

       Trabajo en Equipo

Conocimientos

       Inspección Laboral

       Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro

Idiomas

       No Aplica

Otros

       No Aplica


Denominación

SUPERVISION DE AREA DE OCUPACIONES EVENTUALES

Adscripción

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P23

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$15,179.86 (QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS 86/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-510-1-E1C011P-0000415-E-C-M

CIUDAD DE MEXICO

Boulevard Adolfo López Mateos 1968, Piso 3, Colonia Los Alpes, Delegación Alvaro Obregón, Ciudad de México, C.P. 01010.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Analizar que la documentación que integran el expediente de las y los candidatos a ocupar una plaza de carácter eventual cumplan con los requisitos establecidos en el formato de descripción y perfil del puesto autorizado, con la finalidad de contar con el personal apto para ocupar el puesto y estar en posibilidad de cumplir los objetivos del área.

F2.- Analizar que los documentos para realizar los movimientos de baja de personal eventual, cumplan con los requisitos establecidos para que la separación del personal se pueda realizar conforme a la normatividad aplicable.

F3.- Comprobar la información correspondiente a las continuidades del personal eventual, de conformidad a las disposiciones que para ello dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la finalidad de que se realicen en tiempo y forma.

F4.- Elaborar un registro de la plantilla de personal eventual, con el propósito de contar con información actualizada, que sea confiable y oportuna.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No Aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Titulado/a

Experiencia

Tres años en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencia Política

Administración Pública

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Psicología

Asesoramiento y Orientación

Psicología

Psicología Industrial

Habilidades

       Orientación a Resultados

       Trabajo en Equipo

Conocimientos

       Herramientas de Cómputo, (Conocimiento)

       Lenguaje Ciudadano: Lenguaje Claro

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para Viajar



Denominación

INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO CALIFICADO

Adscripción

DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN AGUASCALIENTES

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P23

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$15,179.86 (QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS 86/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-121-1-E1C011P-0000048-E-C-A

AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES

República De Belice N° 703, Fraccionamiento Santa Elena, Aguascalientes, Aguascalientes, C. P. 20230.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Practicar inspecciones a centros de trabajo de alto riesgo, para vigilar que se cumpla con la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene.

F2.- Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan violación a las Normas de Seguridad o de Salud en el Trabajo, o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente, para aprobar, renovar y vigilar su operación.

F3.- Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y otras materias reguladas por la legislación laboral que, por su importancia, así lo requieran, para detectar las irregularidades, observaciones y recomendaciones correspondientes.

F4.- Supervisar a organismos de tercera parte, para la evaluación de la conformidad.

F5.- Practicar inspecciones en operativos especiales en materia de outsourcing fraudulento y participación de utilidades, para constatar que se respeten los derechos de las y los trabajadores.

F6.- Levantar las actas circunstanciadas donde se plasme los resultados de las diligencias practicadas, así como, la calificación y análisis de éstas, para determinar las posibles violaciones a la legislación laboral, con la intervención de la o el patrón, su representante, el de las y los trabajadores y en presencia de dos testigos de asistencia.

F7.- Facilitar información técnica y asesorar a las y los trabajadores y patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo.

F8.- Acopiar los datos que le soliciten las autoridades competentes para procurar la armonía de las relaciones entre las y los trabajadores y patrones.

F9.- Promover que las empresas implementen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la finalidad de favorecer el funcionamiento de centros de trabajo seguros e higiénicos.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Titulado/a

Experiencia

Tres años en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Aeronáuticas

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Eléctricas

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología del Medio Ambiente

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Hospitalaria

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Químicas

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ciencias del Suelo (Edafología)

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ingeniería Sísmica

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ingeniería Ambiental

Química

Química Física

Química

Química Farmacéutica

Química

Química Ambiental

Física

Electrónica

Física

Mecánica

Ciencias de las Artes y de las Letras

Arquitectura

Ciencias Económicas

Administración

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Ciencias Agrarias

Ingeniería Agrícola

Ciencias Políticas

Administración Pública

Habilidades

       Servicio y Comunicación Inspectiva Calificada

Conocimientos

       Inspección Laboral Calificada

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para viajar

       Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo)

       I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

       II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

       III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

       IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

       V.- No ser ministro de culto; y

       VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.


Denominación

INSPECTOR FEDERAL DEL TRABAJO CALIFICADO

Adscripción

DIRECCION GENERAL DE INSPECCION FEDERAL DEL TRABAJO

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

P23

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$15,179.86 (QUINCE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE PESOS 86/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-210-1-E1C011P-0000242-E-C-A

CIUDAD DE MEXICO

Carretera Picacho Ajusco No. 714, Edificio C, P.B., Colonia Torres de Padierna, Delegación Tlalpan, Ciudad de México, C.P. 14209.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Practicar inspecciones a centros de trabajo de alto riesgo, para vigilar que se cumpla con la normatividad laboral en materia de seguridad e higiene.

F2.- Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo, cuando constituyan violación a las Normas de Seguridad o de Salud en el Trabajo, o un peligro para la seguridad o salud de las y los trabajadores, y la adopción de medidas de seguridad e higiene de aplicación inmediata en caso de peligro inminente, para aprobar, renovar y vigilar su operación.

F3.- Brindar asesoría y orientación a las y los trabajadores y patrones respecto a los lineamientos y disposiciones relativas a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y otras materias reguladas por la legislación laboral que, por su importancia, así lo requieran, para detectar las irregularidades, observaciones y recomendaciones correspondientes.

F4.- Supervisar a organismos de tercera parte, para la evaluación de la conformidad.

F5.- Practicar inspecciones en operativos especiales en materia de outsourcing fraudulento y participación de utilidades, para constatar que se respeten los derechos de las y los trabajadores.

F6.- Levantar las actas circunstanciadas donde se plasme los resultados de las diligencias practicadas, así como, la calificación y análisis de éstas, para determinar las posibles violaciones a la legislación laboral, con la intervención de la o el patrón, su representante, el de las y los trabajadores y en presencia de dos testigos de asistencia.

F7.- Facilitar información técnica y asesorar a las y los trabajadores y patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo.

F8.- Acopiar los datos que le soliciten las autoridades competentes para procurar la armonía de las relaciones entre las y los trabajadores y patrones.

F9.- Promover que las empresas implementen Sistemas de Administración en Seguridad y Salud en el Trabajo, con la finalidad de favorecer el funcionamiento de centros de trabajo seguros e higiénicos.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No aplica

Nivel de Estudios: Preparatoria o Bachillerato

Grado de Avance: Titulado/a

Experiencia

Tres años en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Aeronáuticas

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Eléctricas

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología del Medio Ambiente

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Hospitalaria

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Químicas

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ciencias del Suelo (Edafología)

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ingeniería Sísmica

Ciencias de la Tierra y del Espacio

Ingeniería Ambiental

Química

Química Física

Química

Química Farmacéutica

Química

Química Ambiental

Física

Electrónica

Física

Mecánica

Ciencias de las Artes y de las Letras

Arquitectura

Ciencias Económicas

Administración

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Ciencias Agrarias

Ingeniería Agrícola

Ciencias Políticas

Administración Pública

Habilidades

       Servicio y Comunicación Inspectiva Calificada

Conocimientos

       Inspección Laboral Calificada

Idiomas

       No Aplica

Otros

       Disponibilidad para viajar

       Adicionalmente las y los Inspectores Federales del Trabajo deberán satisfacer los siguientes requisitos (Artículo 546 de la Ley Federal del Trabajo)

       I.- Ser mexicano, mayor de edad, y estar en pleno ejercicio de sus derechos;

       II.- Haber terminado el bachillerato o sus equivalentes;

       III.- No pertenecer a las organizaciones de trabajadores o de patrones;

       IV.- Demostrar conocimientos suficientes de derecho del trabajo y de la seguridad social y tener la preparación técnica necesaria para el ejercicio de sus funciones;

       V.- No ser ministro de culto; y

       VI.- No haber sido condenado por delito intencional sancionado con pena corporal.


Denominación

JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION EN DELEGACION

Adscripción

DELEGACION FEDERAL DEL TRABAJO EN CAMPECHE

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

O31

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$25,823.97 (VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS 97/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-124-1-M1C014P-0000041-E-C-I

CAMPECHE, CAMPECHE

Palacio Federal, Av. 16 de Septiembre S/N, Colonia Centro, San Francisco De Campeche, Campeche, C.P. 24000.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Coordinar, controlar y evaluar la administración en materia de recursos materiales y servicios de la unidad administrativa para la eficiente distribución y optimización de los mismos coadyuvando al logro de los objetivos encomendados a la unidad administrativa.

F2.- Coordinar, controlar y evaluar la administración en materia de programación y presupuesto a fin de optimizar los recursos y cubrir las necesidades esenciales para el desarrollo de la unidad administrativa.

F3.- Coordinar, controlar y evaluar la administración en materia de personal, de la unidad administrativa siguiendo los lineamientos y normatividad establecida, para la optimización del capital humano encaminados al cumplimiento de los objetivos encomendados a esta unidad administrativa.

F4.- Coordinar la aplicación de los sistemas y procedimientos en la administración de personal, para el mejor funcionamiento de la unidad administrativa.

F5.- Coordinar la aplicación de los sistemas y procedimientos en la administración de los recursos financieros para el mejor funcionamiento de la unidad administrativa.

F6.- Coordinar la aplicación de los sistemas y procedimientos en la administración de los recursos materiales, informática y telecomunicaciones para el mejor funcionamiento de la unidad administrativa.

F7.- Dar seguimiento a las solicitudes de la o el trabajador operativo y de mando en lo relacionado en su ámbito laboral, para satisfacer sus necesidades de información y apoyo.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No Aplica

Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional

Grado de Avance: Terminado o Pasante

Experiencia

Tres años en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencias Económicas

Organización y Dirección de Empresas

Ciencias Económicas

Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos

Ciencia Política

Administración Pública

Psicología

Psicología Industrial

Habilidades

       Orientación a Resultados

       Trabajo en Equipo

Conocimientos

       Recursos Humanos- Relaciones Laborales Administración de Personal y Remuneraciones

       Programación y Presupuesto

Idiomas

       No Aplica

Otros

       No Aplica


Denominación

DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Adscripción

DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Grupo, Grado y Nivel del Puesto

K32

Número de vacantes

1 (UNA)

Remuneración Mensual Bruta

$159,556.58 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS

CINCUENTA Y SEIS PESOS 58/100 M.N.)

Código de puesto y Ciudad

14-413-1-M1C029P-0000044-E-C-C

CIUDAD DE MEXICO

Reforma No. 93, Colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06030.

FUNCIONES PRINCIPALES

F1.- Coordinar los trabajos de los sectores gubernamental, empresarial, de las y los trabajadores y de la investigación encaminados a la emisión de nuevas normas y a la actualización de las existentes, utilizando entre otros mecanismos, el Comité Consultivo Nacional de Normalización, con la finalidad de promoverlas y aplicarlas en los centros de trabajo.

F2.- Establecer políticas públicas en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la participación que corresponda a otras dependencias e instituciones públicas, con la finalidad de someterlas a la consideración de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

F3.- Determinar con la participación que corresponda de otras unidades administrativas de la Secretaría, las estrategias que propicien en los centros de trabajo las condiciones de seguridad y salud en el trabajo con la finalidad de prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo.

F4.- Coordinar en conjunto con los sectores público, social y privado la realización de estudios e investigaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, con el propósito de comunicar los resultados y los avances científicos y tecnológicos en dichas materias.

F5.- Coordinar los programas y campañas de seguridad y salud en el trabajo, con el propósito de prevenir accidentes y enfermedades del trabajo, así como difundir la promoción de la salud y prevención de adicciones.

F6.- Evaluar la aplicabilidad y efectividad de las disposiciones reglamentarias y Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, con la participación de las organizaciones de trabajadores y patrones, así como de las unidades administrativas de la Secretaría que corresponda, con la finalidad de proponer cambios o mejoras en la reglamentación.

F7.- Establecer reuniones de trabajo con su contraparte en Estados Unidos y Canadá, derivado del Tratado de Libre Comercio, específicamente del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN), con el propósito de tratar temas de seguridad, higiene y salud en el trabajo y así mantener una buena comunicación e intercambiar información en la materia.

F8.- Dirigir las acciones que permitan comunicar la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo, con el propósito de promover su cumplimiento y hacer partícipe a las organizaciones de trabajadores y patrones y de las unidades administrativas de la Secretaría que corresponda.

F9.- Establecer los criterios para promover la constitución y funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo, así como de los servicios preventivos establecidos por la normatividad de la materia, con la finalidad de que se den a conocer en los centros de trabajo por parte de las Delegaciones Federales del Trabajo.

F10.- Establecer los lineamientos de operación de los mecanismos de autoevaluación del cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como de programas y sistemas de administración en la materia, con la finalidad de que se lleven a cabo en los centros de trabajo en coordinación con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.

F11.- Coordinar las acciones que permitan expedir los reconocimientos a empresas que acrediten el cumplimiento de la normatividad o de programas y sistemas de la administración de seguridad y salud en el trabajo, en coordinación con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y las Delegaciones Federales del Trabajo, con el propósito de fomentar en las empresas el cumplimiento de la normatividad aplicable.

F12.- Determinar en conjunto con la Dirección General de Inspección del Trabajo las inspecciones necesarias en los centros de trabajo, con la finalidad de asegurar la seguridad y salud de las y los trabajadores en sus centros de trabajo.

F13.- Coordinar en conjunto con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y las Delegaciones Federales del Trabajo, la integración y operación de unidades de verificación, laboratorios de prueba y organismos de certificación, con el propósito de evaluar la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo.

F14.- Determinar los elementos que permitan verificar que en los centros de trabajo prevalezcan las condiciones de seguridad y salud, para el debido desarrollo de las actividades, a fin de proteger a las y los trabajadores, las y los patrones y al propio centro de trabajo.

F15.- Diseñar de acuerdo a la actualidad en materia de seguridad y salud en el trabajo, las normas que se encuentren a la vanguardia, con el objetivo de proteger a las y los trabajadores y los centros de trabajo.

F16.- Promover ante la Organización Internacional de Normalización las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo creadas en México, con la finalidad de que sean consideradas para su aplicación internacional.

PERFIL Y REQUISITOS

Escolaridad

Carrera Genérica: No Aplica

Nivel de Estudios: Licenciatura o Profesional

Grado de Avance: Titulado/a

Experiencia

Doce años en cualquiera de las siguientes áreas:

CAMPO (S) DE EXPERIENCIA

AREA (S) DE EXPERIENCIA

Ciencias Económicas

Organización Industrial y Políticas Gubernamentales

Ciencias Tecnológicas

Ingeniería y Tecnología Químicas

Ciencias Jurídicas y Derecho

Derecho y Legislación Nacionales

Ciencia Política

Administración Pública

Habilidades

       Orientación a Resultados

       Liderazgo

Conocimientos

       Seguridad y Salud en el Trabajo

       Inglés, Nivel Básico

Idiomas

       Cuando sea citado para sus evaluaciones deberá presentar constancia que acredite el nivel del idioma requerido.

Otros

       Disponibilidad para viajar


BASES DE PARTICIPACION

Requisitos de participación

1ª Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto.

2ª. Se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadana/o mexicana/o en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero/a cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado/a con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro/a de algún culto, y no estar inhabilitado/a para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.

Documentación requerida

3ª Las y los aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple tamaño carta, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto recibirán, cuando menos, con dos días hábiles de anticipación en el portal de Trabajaen:

Sin perjuicio de lo anterior, las y los aspirantes deberán presentar copia simple de su Currículum Vítae de Trabajaen, Clave Unica de Registro de Población (CURP) y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por cada uno de los concursos en los que se inscriban.

La inconsistencia de los datos en la Clave Unica de Registro de Población (CURP) y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) asentados en el sistema Trabajaen y los comprobantes que presente el candidato estarán sujetos a la aprobación del Comité Técnico de Selección.

1. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso.

2. Currículum vítae de Trabajaen y personal detallando funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el cual laboró (mes y año); para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto por el cual se concurse y que se manifestaron en su momento en el currículum registrado en Trabajaen, se deberán presentar Hojas de Servicios, constancias de empleos en hoja membretada o con sello de la empresa, contratos, alta o baja del ISSSTE o el IMSS, talones de pago, según sea el caso, que determinen la fecha de inicio y término de cada periodo laborado; de lo contrario dicho periodo no será considerado. Las y los aspirantes deberán descargar formato para currículum vítae personal en http://www.stps.gob.mx/gobmx/spc/servicio_profesional _de_carrera_stps.htm dentro del apartado “Uso y Consulta de Aspirantes” para su llenado y entrega durante la fase de Recepción Documental.

3. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 o formato vigente.

4. Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa, en el caso de que el grado de avance en el nivel de estudios del puesto requiera carrera terminada: se aceptará certificado, historial académico o carta de terminación de estudios que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. En el caso de que el grado de avance requerido sea de pasantes: documento oficial emitido por la Dirección General de Profesiones que lo acredite como tal bajo la normatividad vigente; en el caso de que el grado avance en el nivel de estudios del puesto requiera titulado/a: se acreditará con la exhibición del título que aparezca registrado en la página de internet del Registro Nacional de Profesionistas de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente expedida por dicha autoridad. En ningún caso se aceptará la constancia o acta de presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro documento con el que se pretenda acreditar que la expedición del título y/o cédula profesional se encuentre en trámite.

En el caso de contar con estudios en el extranjero, deberán presentar la documentación oficial que acredite la autorización de las autoridades Educativas Nacionales (Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, Area de Revalidación de Estudios en el Extranjero) para el ejercicio de su profesión o grado académico adicional a su profesión.

5. Identificación oficial con fotografía y firma. Se aceptará como medio de identificación de las y los aspirantes los siguientes documentos: credencial para votar vigente, expedida por el entonces Instituto Federal Electoral o el actual Instituto Nacional Electoral, pasaporte, cédula profesional, y credenciales expedidas por instituciones oficiales.

6. Cartilla militar liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años).

7. Escrito bajo protesta de decir verdad el cual considera: no haber sido sentenciado o sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado o inhabilitada para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro o ministra de culto, que la documentación presentada es auténtica, que no tiene conflicto de intereses con la STPS u otra Institución, si tiene familiares dentro del 4º grado de consanguinidad en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); así mismo, en caso de desempeñar otro empleo en la Administración Pública Federal si tiene compatibilidad de empleos, y si ha sido incorporado a los Programas Especiales de Retiro.

En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.

Las y los aspirantes deberán descargar el formato para el escrito bajo protesta de decir verdad en http://www.stps.gob.mx/gobmx/spc/servicio_profesional_de_carrera_stps.htm dentro del apartado “Uso y Consulta de Aspirantes” para su llenado y entrega durante la fase de Recepción Documental.

8. Conforme al Art. 37 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (RLSPCAPF), y al segundo Párrafo del Numeral 174 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, establecidas en el artículo tercero del diverso publicado el 12 de julio de 2010 y sus reformas de 29 de agosto de 2011, 6 de septiembre de 2012, 23 de agosto de 2013, 4 de febrero de 2016 y última reforma publicada el 6 de abril de 2017, en lo sucesivo las Disposiciones, para que una o un servidor público de carrera pueda ser sujeto/a una promoción por concurso en el Sistema, deberá presentar copia de las últimas dos evaluaciones del desempeño que haya aplicado, como servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. De conformidad con el Numeral 252 de las Disposiciones de referencia, para el caso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, en las promociones por concurso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47 del Reglamento.

De no estar en alguno de los casos anteriores, deberá presentar escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste NO ser servidor/a público/a de carrera titular ni eventual.

Descargar “Formato Carta Protesta no ser Servidor Público de Carrera”: http://www.stps.gob.mx/gobmx/spc/servicio_profesional_de_carrera_stps.htm dentro del apartado, “Uso y Consulta de los Aspirantes”

9. Clave Unica de Registro de Población (CURP), que debe ser la misma a la registrada en su cuenta y currículum del sistema Trabajaen para acreditar la autenticidad del candidato.

10. Registro Federal de Contribuyentes (RFC, únicamente se aceptará impresión del SAT) que debe ser el mismo al registrado en su cuenta y currículum del sistema Trabajaen para acreditar la autenticidad del candidato.

11. En el caso de las vacantes que por su perfil y requisitos se solicita un nivel de dominio del idioma inglés, en la etapa de evaluación de conocimientos deberán presentar en original y copia simple, los documentos que acrediten dicho nivel de dominio.

12. Para realizar la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las y los candidatos deberán presentar evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Para consultar la metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, la o el aspirante podrá consultar la liga:

http://www.stps.gob.mx/gobmx/spc/servicio_profesional_de_carrera_stps.htm

Independientemente del número de plazas vacantes en las que se encuentre inscrito, el aspirante entregará solamente un juego de copias por Convocatoria y deberá presentarse en cada concurso en el que esté inscrito, sin perjuicio de lo señalado en el segundo párrafo de la 7ª Base de Participación de la presente convocatoria, referente a la recepción y cotejo de los documentos, a la aplicación de los exámenes de conocimientos y de habilidades y a la entrevista el Comité Técnico de Selección.

Es importante señalar que en caso de cualquier inconsistencia en la documentación presentada, así como no presentar algún documento de los requeridos, será motivo de descarte.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará a la o el aspirante, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la STPS, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.

Así también, se hace del conocimiento de las y los candidatos, que esta STPS no solicita como requisito de contratación para la ocupación de sus puestos, prueba médica, examen o certificado de no-gravidez, de VIH/SIDA o de cualquier otra naturaleza.

Registro de aspirantes

4ª. La entrega de solicitudes para la inscripción a un concurso y el registro de las y los aspirantes al mismo, se realizarán a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual les asignará un número de folio al aceptar las condiciones del concurso que servirá para formalizar su inscripción a éste e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección (CTS), con el fin de asegurar así el anonimato de las y los aspirantes.

Se recomienda a los aspirantes interesados en concursar los puestos vacantes, la lectura del documento “CONDICIONES DE USO Y RESTRICCIONES DE REGISTRO DEL PORTAL DE TRABAJAEN” el cual se encuentra ubicado en la dirección electrónica www.trabajaen.gob.mx en el rubro denominado “Documentos e Información Relevante.

La revisión curricular se llevará a cabo de manera automática en el momento de solicitar inscripción a la vacante y cotejará el Currículum Vítae de la o el aspirante contra el perfil de la vacante en el Catálogo de Puestos de la APF, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las y los candidatos deberán presentar para acreditar que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria.

Etapas del concurso

5ª. El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación

Etapa

Fecha o plazo

Publicación de Convocatoria

14 de febrero de 2018

Registro de Aspirantes

Hasta el 28 de febrero de 2018

Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx)

Al momento del registro de aspirantes

Recepción de Peticiones de Reactivación

Hasta el 2 de marzo de 2018

*Exámenes de Conocimientos

Hasta el 30 de marzo de 2018

*Evaluación de Habilidades

Hasta el 30 de marzo de 2018

*Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito (Revisión Documental)

Hasta el 13 de abril de 2018

*Entrevistas

Hasta el 14 de mayo de 2018

*Determinación/Fallo del/la candidato/a Ganador/a

Hasta el 14 de mayo de 2018

* En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso. Se notificará a las y los aspirantes registrados mediante su portal de Trabajaen las fechas en que se deberán presentar para las etapas II, III, recepción documental y IV con dos días hábiles de anticipación.

Temarios

6ª. Los temarios para los exámenes de conocimientos, así como las guías referentes a los exámenes de habilidades, se encontrarán a su disposición en la página electrónica de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social:

http://www.stps.gob.mx/gobmx/spc/servicio_profesional_de_carrera_stps.htm

a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de www.trabajaen.gob.mx.

Presentación de Evaluaciones y vigencia de resultados

7ª. De acuerdo a lo establecido en el séptimo transitorio del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, emitido en Diario Oficial de la Federación, el 6 de septiembre de 2007, “En tanto las Dependencias desarrollen sus procesos de reclutamiento y selección conforme a las disposiciones de este Reglamento, utilizarán las herramientas establecidas por la Secretaría”. En dado caso de que las evaluaciones no sean asignadas por la Secretaría de la Función Pública, se evaluará con la herramienta disponible.

Para la recepción y cotejo de los documentos, deberá presentarse de manera personal la o el aspirante, así como para la aplicación de los exámenes de conocimientos, habilidades y la entrevista del Comité Técnico de Selección; la y el candidato será citado y deberá acudir a la dirección que se le indique en el mensaje de invitación, ya sea en la Oficina Sede en donde se encuentra adscrita la vacante para la que concursa o en las instalaciones de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la Ciudad de México, el día y la hora que se le informe (mediante su número de folio asignado por www.trabajaen.gob.mx) a través de los mensajes electrónicos respectivos que le serán enviados a su cuenta en el portal de Trabajaen. El tiempo de tolerancia de las y los aspirantes que sean citados, será de 15 minutos.

Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores y que continúen vigentes serán considerados cuando correspondan a las mismas herramientas a evaluar.

1.- Las Evaluaciones de Habilidades Gerenciales y Profesionales no serán motivo de descarte, por lo que no habrá calificación mínima aprobatoria. Estas calificaciones servirán para determinar el orden de prelación de las y los candidatos que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones serán considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje.

2. Tratándose de los resultados de los Conocimientos Técnicos, éstos tendrán vigencia de un año con calificación mínima aprobatoria de 70 a partir de la fecha de aplicación.

Los Comités Técnicos de Selección únicamente harán la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.

En el supuesto que la o el participante considere que no se aplicó correctamente las herramientas de evaluación, tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para presentar por escrito su solicitud ante el Comité Técnico de Selección.

De conformidad con el Numeral 219 de las Disposiciones, en los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.

Reglas de valoración

Las Reglas de Valoración General se determinan con base en el Acuerdo No. CTPSTPS.002.4/4ª.O/2011 autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización de esta STPS en su 4ª. Sesión Ordinaria del 2 de diciembre de 2011 con fundamento a lo señalado en el Numeral 183 de las Disposiciones.

a)        Autorizar como mínimo uno y máximo dos exámenes de conocimientos y para el caso de habilidades, respectivamente una evaluación como mínimo y dos como máximo. En la convocatoria del puesto de la vacante concursada se precisará la denominación de los mismos.

b)        La calificación mínima aprobatoria para los exámenes de conocimientos será de 70 puntos en una escala de 0 sobre 100 sin decimales.

c)        Se promediarán las calificaciones de los exámenes de conocimiento y de habilidades para el efecto de tener una sola calificación en cada una de las respectivas subetapas; siempre y cuando hayan obtenido la calificación mínima aprobatoria en cada uno de los exámenes de conocimientos técnicos.

d)        El Comité Técnico de Selección podrá autorizar la participación de especialistas que asesoren o auxilien al Comité a desarrollar la etapa de entrevistas.

e)        El número mínimo de candidatos a entrevistar, el cual será al menos de tres si el universo de candidatos lo permite. En el supuesto de que el número de candidatos que aprueben las etapas señaladas en las fracciones I, II y III del artículo 34 del Reglamento fuera menor al mínimo establecido, se deberá entrevistar a todos.

f)        Se continuarán entrevistando candidatos en un mínimo de tres si el universo de candidatos lo permite, en caso de no contar con al menos un finalista de entre los candidatos ya entrevistados, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Reglamento.

g)        El puntaje mínimo para ser considerado finalista y apto para el desempeño de las funciones en el servicio público, será de 75 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.

h)        Para la evaluación de la experiencia y valoración del mérito se aplicarán los criterios establecidos en los numerales 221, y 222 de las Disposiciones.

i)        Los Comités Técnicos de Selección para la evaluación de las entrevistas observarán los criterios de Contexto, Estrategia, Resultado y Participación.

j)        Las Herramientas que la STPS aplicará para las evaluaciones de habilidades, serán las proporcionadas por la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como las desarrolladas por la Dependencia. Los resultados obtenidos aprobatorios tendrán una vigencia de un año, contado a partir del día en que se den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual las/los candidatos podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando éstas sean las mismas.

k)        Las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, por lo que no habrá calificación mínima aprobatoria y se reflejarán en una escala de 0 a 100 puntos sin decimales, sin embargo, la calificación obtenida en cada una de las habilidades, servirán para obtener el orden de prelación de las y los candidatos que serán considerados para la etapa de entrevista.

Se registrarán en el módulo del sistema RHnet-Meta 4 “Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación General del Subsistema de Ingreso”, 6 candidatos a entrevistar, a efecto de cumplir con los criterios señalados en los incisos e) y f) de estas Reglas de Valoración General

Sistema de Puntuación

8ª. A continuación, se detalla el Sistema de Puntuación General de las plazas a concurso:

Asignación de puntos por etapa y por nivel de puesto para las convocatorias dirigidas a toda persona interesada que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera y para las dirigidas a las y los servidores públicos en general, conforme al acuerdo CTPSTPS.002.3/4ª.O/2011:


Etapa

Subetapa

Enlace

Jefatura de Departamento

Subdirección

Dirección de Area

Dirección General y Dirección General Adjunta

II

Exámenes de Conocimientos

30

30

25

25

25

Evaluación de

Habilidades

20

20

25

15

15

III

Evaluación de

Experiencia

10

10

10

20

20

Valoración de

Mérito

10

10

10

10

10

IV

Entrevistas

30

30

30

30

30


Total

100

100

100

100

100


Para efectos de continuar con el procedimiento de selección, las y los aspirantes deberán aprobar las evaluaciones precedentes, los resultados reprobatorios en la etapa de Evaluación de Conocimientos será motivo de descarte.

El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección (CTS), toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo, lo anterior, conforme al último párrafo del Numeral 174 de las Disposiciones.

Para los puestos de Enlace se asignará puntaje único de 100 en la subetapa evaluación de experiencia, etapa III.


Publicación de Resultados

9ª. Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio asignado para el concurso.

De conformidad con el penúltimo párrafo del Numeral 197 de la Disposiciones, las convocatorias a los concursos públicos y abiertos en cualquiera de sus modalidades estarán disponibles en la página electrónica en Internet de la dependencia en tanto concluye el procedimiento de selección correspondiente.

Determinación y Reserva

10ª. Se considerarán finalistas a las y los candidatos que acrediten el puntaje mínimo de aptitud en el sistema de puntuación general. Se declarará ganador o ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la mayoría de votos del Comité Técnico de Selección y, en su caso, obtenga la calificación definitiva más alta en el proceso de selección.

Al finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el ganador señalado:

a)        Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o

b)        No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada,

Las y los finalistas que no resulten ganadores/as de la plaza, podrán integrarse a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate, en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados como finalistas del concurso respectivo.

Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados/as, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de ramas de cargo o puesto y rango concursado que haga el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a nuevos concursos destinados a tales ramas de cargo o puesto y rango.

Declaración de Concurso Desierto

11ª. El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:

I. Porque ningún candidato/a se presente al concurso;

II. Porque ninguno/a de las y los candidatos obtenga el puntaje mínimo de aptitud para ser considerado/a finalista,

III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no obtenga la mayoría de los votos de las y los integrantes del Comité Técnico de Selección.

En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.

Reactivación

de Folios

12ª Una vez que se haya concluido el periodo de registro de aspirantes, la o el candidato tendrá 2 días hábiles para presentar su escrito de petición de reactivación de folio, dirigido al Comité Técnico de Selección de la plaza que concursa, dicha solicitud deberá enviarse a la Dirección del Servicio Profesional de Carrera de la STPS, ubicada en Félix Cuevas 301, 6° piso, Col. Del Valle Sur, Del. Benito Juárez, C.P. 03100, México, D.F., con un horario de 9:00 a 18:00 horas.

El escrito deberá incluir:

       Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx, donde se observe el número de folio de rechazo.

       Justificación de la reactivación del folio.

       Copia de los documentos que comprueben fehacientemente la experiencia laboral requerida en el perfil del puesto.

       Copia de los documentos que comprueben fehacientemente el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto.

       Indicar la dirección física y electrónica donde recibirá la respuesta a su petición por uno u otro medio, la cual será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección.

La reactivación de folios será procedente cuando a juicio de las y los integrantes del Comité Técnico de Selección se acredite lo siguiente:

1.        Errores en la captura de información de los datos académicos.

2.        Errores en la captura de información de los datos laborales.

La reactivación de folios NO será procedente cuando:

1.        Exista duplicidad de registros en Trabajaen

2.        El aspirante cancele su participación en el concurso

Una vez concluido el periodo establecido dentro de la presente convocatoria, no serán recibidas las peticiones de reactivación de folios rechazados en la etapa de Revisión Curricular.

Principios del Concurso

13ª El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, a su Reglamento y a las Disposiciones.

Cancelación del Concurso

14ª. El Comité Técnico de Profesionalización o de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:

a)        Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o,

b)        El puesto de que se trate se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna persona o,

c)        Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto en cuestión.

Disposiciones Generales

1.        En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes.

2.        El Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social es responsable de determinar las reglas de valoración y sistema de puntuación aplicables a los procesos de selección de la misma, con apego a lo establecido en las disposiciones aplicables.

3.        Los datos personales de las y los concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso.

4.        Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.

5.        Los concursantes podrán interponer inconformidades mediante escrito presentado ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ubicada en Félix Cuevas 301, 7º piso, Colonia del Valle Sur, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100, Ciudad de México, de lunes a viernes, con horario de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, o a través de correo certificado o por mensajería en la dirección antes mencionada; así como por correo electrónico a la dirección electrónica quejas_oic@stps.gob.mx.

6.        Los concursantes podrán interponer recurso de revocación mediante escrito ante la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn, C. P. 01020, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, así como mediante correo certificado o mensajería.

7.        En el centro de evaluación no se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras de mano, dispositivos de CD, DVD, memorias portátiles de computadora, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones.

8.        En caso de que el candidato por requerimiento del perfil del puesto a concursar tenga que realizar el examen técnico de “Estadística aplicada en el ámbito laboral”, se le permitirá el uso de calculadora, o en su caso, en el momento de aplicación se le dará acceso a la calculadora del equipo en que realice la prueba.

9.        Las entrevistas podrán realizarse a través de medios electrónicos de comunicación, siempre que se compruebe fehacientemente la identidad del candidato a evaluar.

10.        Cuando el ganador/a del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder ser nombrado/a en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

11.        Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección, conforme a las disposiciones vigentes.

12.        El lenguaje empleado en esta Convocatoria, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos.

Resolución de

Dudas

A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las y los aspirantes formulen con relación a los puestos y el proceso del presente concurso, se ha implementado el número telefónico 55-24-20-49, extensiones 64310, 64327 y 64306 así como el 30-67-30-00, extensiones 63056, 63080, 63053, 63052, 63050, 63025 y 63018, de lunes a viernes en un horario de atención de 09:00 a 18:00 horas.


Ciudad de México, a 14 de febrero de 2018

El(Los) Comité(s) Técnico(s) de Selección

Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

Por acuerdo de los Comités Técnicos de Selección, suscribe el Director del Servicio Profesional de Carrera

de la Dirección General de Recursos Humanos y

Secretario Técnico del Comité Técnico de Profesionalización

MAF. Ricardo Jesús López Flores

Rúbrica.