Comisión Nacional Bancaria y de Valores
CONVOCATORIA CNBV-023-2006
Los Comités de Selección
de
Convocatoria pública y
abierta del concurso para ocupar las
siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en
1) Nombre de la plaza |
Subgerente B en |
Consecutivo 155 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel administrativo |
MA2 |
||
Percepción ordinaria |
$56,129.22 mensual
bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de
Programación, Presupuesto y Recursos Materiales |
Sede (radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Verificar la correcta aplicación de las políticas y normatividad
vigente en materia de recursos materiales, para garantizar el óptimo
funcionamiento de los bienes inmuebles y muebles. 2. Verificar que los procesos de trabajo se realicen conforme a los
lineamientos establecidos, para permitir que las unidades de 3. Determinar las medidas preventivas y correctivas necesarias, para
formular las acciones pertinentes para el mejoramiento de los bienes muebles
e inmuebles, permitiendo con esto continuidad y una mayor perspectiva de
crecimiento a futuro. 4. Autorizar la atención de las solicitudes de servicio de mantenimiento
correctivo recibidas, para la realización de los servicios solicitados. 5. Dirigir la prestación de los servicios solicitados, a fin de atender
en su totalidad y con oportunidad las solicitudes de mantenimiento correctivo
presentadas por las diversas unidades de 6. Inspeccionar a las unidades solicitantes de los servicios de
mantenimiento de los bienes inmuebles y muebles, para verificar que los
trabajos se hayan realizado conforme a sus requerimientos. 7. Evaluar las fechas de prestación de servicios de mantenimiento
preventivo de los bienes muebles e inmuebles que ocupa 8. Evaluar la calendarización de recursos, para el pago de los servicios
realizados y contratados por concepto de mantenimiento preventivo de los
bienes muebles e inmuebles que ocupa Comisión Nacional Bancaria y de Valores,
a fin de contar con los recursos financieros para el pago de los servicios
recibidos. 9. Supervisar la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la
prestación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los
bienes muebles e inmuebles que ocupa Comisión Nacional Bancaria y de Valores,
a fin de contar con los recursos financieros, para el pago de servicios
contratados. 10. Aprobar la elaboración de los catálogos de conceptos, estableciendo
las especificaciones de materiales y equipos, así como el presupuesto basado
en el análisis de los pecios unitarios, con los estudios realizados por BIMSA
y de mercado, para llevar a cabo los procesos de adquisición de bienes y
servicios de obra pública. 11. Verificar el análisis a las propuestas técnicas de las empresas
participantes en el proceso de contratación de bienes y servicios de bienes
inmuebles y muebles, para dictaminar el grado de cumplimiento a los
requisitos señalados en las bases. 12. Inspeccionar el comportamiento de los prestadores de bienes y
servicios, efectuando funciones de residencia de obra, para el control de
costo, tiempo y calidad. 13. Elaborar y revisar las bitácoras de obra, de acuerdo al desarrollo de
los trabajos contratados, para el registro de cambios, diferencias e
instrucciones en obra. 14. Verificar que los trabajos se realicen conforme a lo estipulado en el
contrato correspondiente, para la autorización del pago. 15. Supervisar los trabajos de levantamiento de información, para contar
con los elementos suficientes para el diseño del proyecto. 16. Planear los trabajos de diseño, para ser presentados ante las autoridades
superiores para su aprobación. 17. Supervisar que los trabajos contratados se realicen conforme a lo
establecido en el diseño presentado, para cubrir las necesidades y
requerimientos solicitados. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de: Ingeniería Civil o Arquitectura |
|||
|
Laborales: |
Cuatro
años de experiencia en: Organización y Dirección de empresas. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Adquisiciones de bienes muebles y contratación de servicios. 2.-
Servicios Generales |
||||
|
Otros conocimientos: |
Paquetería; Excel, Word y PowerPoint:
Básico, Minicad y Autocad: Intermedio |
|||
Requisitos adicionales |
|
Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento |
|||
2) Nombre de la plaza |
Inspector B en |
Consecutivo 1005 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
NA3 |
||
Percepción ordinaria |
$32,820.46 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de Sistemas
Informáticos de Instituciones Financieras |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Realizar
visitas de supervisión en materia de sistemas informáticos para evaluar el
cumplimiento de las instituciones financieras con la normatividad aplicable. 2. Revisar los
aspectos en materia de sistemas informáticos de acuerdo con los definidos en
la metodología de supervisión, con el fin de identificar los riesgos
derivados de uso de la tecnología de las instituciones financieras
supervisadas. 3. Coordinar la
aplicación de pruebas de cumplimiento para verificar la adecuada
implementación y funcionamiento de controles internos en el ambiente
tecnológico de las instituciones financieras supervisadas. 4. Determinar el
riesgo tecnológico de las instituciones financieras supervisadas mediante el
uso de la metodología de supervisión de sistemas informáticos. 5. Utilizar los
recursos informáticos tanto de hardware como de software para que pueda
desempeñar sus funciones correspondientes. 6. Generar
reportes con los resultados obtenidos de las visitas realizadas en materia de
supervisión de sistemas informáticos, con el fin de informar el grado de
cumplimiento con la normatividad aplicable en la materia, así como los
riesgos asociados al uso de tecnologías de información. 7. Aplicar la
metodología de supervisión de sistemas informáticos y consolidar los
respectivos papeles de trabajo, apegándose a los estándares establecidos por
los niveles superiores. 8. Proponer las
acciones correctivas necesarias derivadas de los hallazgos señalados a las
instituciones financieras supervisadas en materia de sistemas informáticos,
con el fin de que sean subsanados dichos hallazgos. 9. Recabar
información para la atención de las opiniones y consultas, en tiempo y forma
conforme a los requerimientos recibidos. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de: Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría,
Computación e Informática, Finanzas, Ingeniería Industrial o Eléctrica y Electrónica. |
|||
|
Laborales: |
Dos años
de experiencia en: Tecnología de los Ordenadores, Ciencias de los Ordenadores
o Actividad Económica. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de las Entidades Financieras 2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones Financieras |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería; Excel, Word y Powerpoint:
Intermedio |
||||
3) Nombre de la plaza |
Inspector A en |
Consecutivo 1013 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
OC3 |
||
Percepción ordinaria |
$28,790.43 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de Sistemas
Informáticos de Instituciones Financieras |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Realizar
visitas de supervisión en materia de sistemas informáticos para evaluar el
cumplimiento de las instituciones financieras con la normatividad aplicable. 2. Revisar los
aspectos en materia de sistemas informáticos de acuerdo con los definidos en
la metodología de supervisión, con el fin de identificar los riesgos
derivados de uso de la tecnología de las instituciones financieras supervisadas. 3. Realizar
pruebas de cumplimiento para verificar la adecuada implementación y
funcionamiento de controles internos en el ambiente tecnológico de las
instituciones financieras supervisadas. 4. Determinar el
riesgo tecnológico de las instituciones financieras supervisadas mediante el
uso de la metodología de supervisión de sistemas informáticos. 5. Utilizar los
recursos informáticos tanto de hardware como de software para que pueda
desempeñar sus funciones correspondientes. 6. Generar
reportes con los resultados obtenidos de las visitas realizadas en materia de
supervisión de sistemas informáticos, con el fin de informar el grado de
cumplimiento con la normatividad aplicable en la materia, así como los
riesgos asociados al uso de tecnologías de información. 7. Aplicar la
metodología de supervisión de sistemas informáticos y consolidar los
respectivos papeles de trabajo, apegándose a los estándares establecidos por
los niveles superiores. 8. Apoyar para
generar propuestas de las acciones correctivas necesarias derivadas de los
hallazgos señalados a las instituciones financieras supervisadas en materia
de sistemas informático, con el fin de que sean subsanados dichos hallazgos. 9. Apoyar a los
niveles superiores a recabar información para la atención de las opiniones y
consultas, en tiempo y forma conforme a los requerimientos recibidos. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado de las carreras de: Matemáticas,
Actuaría, Administración, Contaduría, Computación e Informática, Finanzas,
Ingeniería Industrial o Eléctrica y Electrónica. |
|||
|
Laborales: |
Un año de experiencia en: Tecnología de los
Ordenadores, Ciencias de los Ordenadores o Actividad Económica. |
|||
Capacidades
gerenciales: |
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades
técnicas: |
1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de
las Entidades Financieras 2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones
Financieras |
||||
Idiomas
extranjeros: |
Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros
conocimientos: |
Paquetería;
Excel, Word y Powerpoint: Intermedio |
||||
4) Nombre de la plaza |
Inspector B en |
Consecutivo 1109 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel administrativo |
NA1 |
||
Percepción ordinaria |
$25,254.77 mensual
bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de
Supervisión de Instituciones Financieras A |
Sede (radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Analizar la información de la entidad financiera supervisada, a fin
de determinar variaciones significativas en la información que han
proporcionado a 2. Elaborar el análisis financiero de la información de las entidades
financieras supervisadas, conforme a las metodologías y procedimientos
vigentes de 3. Verificar las tendencias, comportamientos o situaciones problemáticas
de las entidades financieras, con el propósito de informar a los niveles
superiores sobre las mismas, para evitar problemas sistémicos. 4. Elaborar los proyectos de requerimientos de información, respecto al
rubro o rubros específicos que están bajo su responsabilidad, a efecto de
solicitar en tiempo y forma la información que se les requiera a las
entidades financieras que permita realizar una adecuada supervisión de las
mismas. 5. Elaborar los proyectos de observaciones y acciones correctivas,
respecto al rubro o rubros específicos que están bajo su responsabilidad, con
la finalidad de que las instituciones supervisadas se apeguen a la
normatividad aplicable. 6. Participar en la elaboración de los proyectos de emplazamientos, con
la finalidad de inhibir conductas indebidas o que contravengan las
disposiciones vigentes. 7. Supervisar el cumplimiento de las observaciones y de los compromisos
asumidos por las entidades financieras supervisadas en los programas
preventivos y correctivos, para comprobar que se han subsanado las
situaciones anómalas detectadas. 8. Realizar un diagnóstico sobre la problemática detectada en las
entidades supervisadas en el rubro o rubros específicos a fin de que sirva
como base para la programación de las visitas de inspección y para conocer
puntos relevantes. 9. Analizar la información destinada a la emisión de opiniones,
autorizaciones o consultas solicitadas por |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría,
Economía, Finanzas o Ingeniería Industrial |
|||
|
Laborales: |
Dos años de experiencia en: Contabilidad, Actividad Económica,
Estadística, Probabilidad o Teoría Económica. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario 2.- Marco Legal: Sector Bancario |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería; Excel, Word y Powerpoint: Avanzado |
||||
5) Nombre de la plaza |
Supervisor B en |
Consecutivo 1313 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
MB1 |
||
Percepción ordinaria |
$56,129.22 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de Sistemas
Informáticos de Instituciones Financieras |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Coordinar
equipos de trabajo para la realización de visitas de supervisión en materia
de sistemas informáticos para evaluar el cumplimiento de las instituciones
financieras con la normatividad aplicable. 2. Coordinar la
correcta aplicación de la metodología de supervisión en materia de sistemas informáticos, con el fin de determinar los
riesgos derivados del uso de la tecnología de las instituciones financieras
supervisadas y generar medidas preventivas a ser observadas por las mismas. 3. Informar los
resultados obtenidos en las visitas de inspección para generar las medidas
preventivas a ser observadas por las instituciones supervisadas. 4. Mantener
herramientas adecuadas y efectivas para determinar la eficiencia de los
controles internos en materia de sistemas informáticos de las instituciones
financieras supervisadas. 5. Administrar los
recursos informáticos tanto de hardware como de software para que el personal
a su cargo pueda desempeñar sus funciones correspondientes. 6. Coordinar la
formulación de los informes de visitas e Informar al nivel superior los
resultados obtenidos en materia de supervisión de sistemas informáticos, con
el fin de que se conozca el riesgo tecnológico a que están expuestas las
entidades financieras supervisadas. 7. Revisar el
cumplimiento de la aplicación de la metodología de supervisión de sistemas
informáticos con el fin de procurar calidad en los resultados obtenidos. 8. Formular las
acciones correctivas necesarias derivadas de los hallazgos señalados a las
instituciones financieras supervisadas en materia de sistemas informáticos,
con el fin de que las instituciones puedan subsanar y corregir dichos
hallazgos. 9. Coordinar la
atención de opiniones y consultas con el fin de dar respuesta a la
información solicitada en tiempo y forma. 10. Formular los
informes relacionados con la solicitud de opiniones y consultas para atender
los requerimientos internos y externos en materia de sistemas informáticos. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de: Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría,
Computación e Informática, Finanzas, Ingeniería Industrial o Eléctrica,
Electrónica. |
|||
|
Laborales: |
Cuatro
años de experiencia en: Tecnología de los Ordenadores, Ciencias de los
Ordenadores o Actividad Económica. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de las Entidades Financieras 2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones Financieras |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Avanzado |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería; Excel, Word y PowerPoint: Intermedio |
||||
Requisitos adicionales |
|
Certificado
de Auditoría de Sistemas Informáticos (CISA: Certified Information Systems
Auditor) |
|||
6) Nombre de la plaza |
Supervisor A en |
Consecutivo 1368 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
NC1 |
||
Percepción ordinaria |
$33,537.06 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de
Instituciones Financieras Especializadas C |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Participar en
la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de
inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de
formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por
la institución supervisada. 2. Coordinar la
realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los
procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su
caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar
el informe y el oficio de observaciones. 3. Verificar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las
actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como
efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos
proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo
de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las
respalde. 4. Revisar los
reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los
reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de
seguimiento, a fin de integrar el informe final. 5. Vigilar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades
asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el
análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados
en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección
a su cargo para la elaboración del informe correspondiente. 6. Evaluar la
capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos
derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones
anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para
informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas. 7. Supervisar que
las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras
cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad
y correcto funcionamiento. 8. Elaborar
propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones
financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento. 9. Supervisar los
proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones
correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán
dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción. 10. Informar sobre los
resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas
preventivas y correctivas instrumentadas por las entidades supervisadas, a
efecto de evaluar los resultados reportados. 11. Coordinar la
elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender
las solicitudes de 12. Elaborar los
oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de
las entidades financieras que lo requieran. 13. Coordinar la
elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los
hallazgos, para su sanción y envío a 14. Coordinar la
elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para
su sanción y envío a la institución supervisada. 15. Revisar el
diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las
variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información
remitida a 16. Revisar el reporte
de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de
la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología
establecida por 17. Asegurar que las
solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén
debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la
operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas,
Derecho o Ingeniería Industrial |
|||
|
Laborales: |
Tres años de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad,
Estadística, Actividad Económica o Probabilidad |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario 2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería:
Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico |
||||
7) Nombre de la plaza |
Supervisor A en |
Consecutivo 1369 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
NC1 |
||
Percepción ordinaria |
$33,537.06 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de
Instituciones Financieras Especializadas C |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Participar en
la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de
inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de
formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por
la institución supervisada. 2. Coordinar la
realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los
procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su
caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar
el informe y el oficio de observaciones. 3. Verificar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las
actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como
efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos
proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo
de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las
respalde. 4. Revisar los
reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los
reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de
seguimiento, a fin de integrar el informe final. 5. Vigilar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades
asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el
análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados
en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección
a su cargo para la elaboración del informe correspondiente. 6. Evaluar la
capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos
derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones
anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para
informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas. 7. Supervisar que
las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras
cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad
y correcto funcionamiento. 8. Elaborar
propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones
financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento. 9. Supervisar los
proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones
correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán
dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción. 10. Informar sobre los
resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas
preventivas y correctivas instrumentadas
por las entidades supervisadas, a efecto de evaluar los resultados reportados. 11. Coordinar la
elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender
las solicitudes de 12. Elaborar los
oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de
las entidades financieras que lo requieran. 13. Coordinar la
elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los
hallazgos, para su sanción y envío a 14. Coordinar la
elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para
su sanción y envío a la institución supervisada. 15. Revisar el
diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las
variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información
remitida a 16. Revisar el reporte
de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de
la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología
establecida por 17. Asegurar que las
solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén
debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la
operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas,
Administración o Ingeniería Industrial |
|||
|
Laborales: |
Tres años
de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad, Estadística,
Actividad Económica o Probabilidad |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario 2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería:
Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico |
||||
8) Nombre de la plaza |
Supervisor A en |
Consecutivo 1370 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
NC1 |
||
Percepción ordinaria |
$33,537.06 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Supervisión de
Instituciones Financieras Especializadas C |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Participar en
la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de
inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de
formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por
la institución supervisada. 2. Coordinar la
realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los
procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su
caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar
el informe y el oficio de observaciones. 3. Verificar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las
actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como
efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos
proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo
de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las
respalde. 4. Revisar los
reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de
investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los
reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de
seguimiento, a fin de integrar el informe final. 5. Vigilar la
correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas
de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades
asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el
análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados
en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección
a su cargo para la elaboración del informe correspondiente. 6. Evaluar la
capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos
derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones
anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para
informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas. 7. Supervisar que
las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras
cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad
y correcto funcionamiento. 8. Elaborar
propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones
financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento. 9. Supervisar los
proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones
correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán
dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción. 10. Informar sobre los
resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas
preventivas y correctivas instrumentadas
por las entidades supervisadas, a efecto de evaluar los resultados
reportados. 11. Coordinar la
elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender
las solicitudes de 12. Elaborar los
oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de
las entidades financieras que lo requieran. 13. Coordinar la
elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los
hallazgos, para su sanción y envío a 14. Coordinar la
elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para
su sanción y envío a la institución supervisada. 15. Revisar el
diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las
variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información
remitida a 16. Revisar el reporte
de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de
la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología
establecida por 17. Asegurar que las
solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén
debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la
operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas,
Administración o Ingeniería Industrial |
|||
|
Laborales: |
Tres años
de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad, Estadística,
Actividad Económica o Probabilidad |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario 2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Básico |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería:
Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico |
||||
9) Nombre de la plaza |
Supervisor en Jefe en |
Consecutivo 1425 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
LA1 |
||
Percepción ordinaria |
$85,888.93 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Desarrollo de Proyectos |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Conducir el
desarrollo de investigaciones y estudios orientados al perfeccionamiento de
la regulación para incentivar la confianza de los inversionistas y proveer un
marco normativo completo y de protección para los mercados de valores y de
derivados, así como sus participantes. 2. Supervisar la
elaboración de estudios orientados al desarrollo de regulación prudencial y
secundaria que fomente el sano desarrollo del Sistema Financiero Mexicano,
incluyendo la transparencia y revelación de información para facilitar el
proceso de toma de decisiones a los participantes de los mercados de valores
y de derivados. 3. Coordinar la
identificación de áreas de oportunidad para el desarrollo de propuestas
regulatorias enfocadas al mejor funcionamiento de las operaciones bursátiles
y extrabursátiles. 4. Conducir la
realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes con el
objeto de mantener un marco normativo que fomente distintas alternativas de
financiamiento bursátil y promueva el ingreso de nuevas emisoras al mercado. 5. Conducir la
realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes con la
finalidad de mantener un marco normativo que promueva el ingreso de nuevos
intermediarios financieros. 6. Conducir la
realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes a efecto
de mantener un marco normativo que promueva mejores condiciones para el
ingreso de nuevos inversionistas a los mercados de valores y de derivados. 7. Coordinar el
monitoreo de la evolución de los principales centros financieros
internacionales para el desarrollo de nuevos esquemas de regulación que
mejoren las condiciones de los mercados de valores y de derivados nacionales. 8. Coordinar la
realización de proyectos y estudios con base en la experiencia observada en
otros mercados de valores y de derivados, con el objeto de mejorar las
condiciones de operación y seguridad de los intermediarios financieros. 9. Coordinar el
análisis y evaluación de los documentos emitidos tanto por entidades
regulatorias de los mercados de valores y de derivados desarrollados, como
por organismos internacionales, a fin de determinar la conveniencia de su
aplicación en México. 10. Coordinar la
revisión y, en su caso, actualización a las leyes y la regulación secundaria
aplicables a las emisoras de valores e intermediarios financieros con la
finalidad de que la normatividad responda a las necesidades del mercado de
valores nacional. 11. Coordinar la
revisión y en su caso actualización a las leyes y la regulación secundaria
aplicables a los participantes del mercado de derivados con la finalidad de
que la normatividad responda a las necesidades del mercado nacional. 12. Coordinar la
elaboración y en su caso actualización de la regulación aplicable a la
divulgación de información y protección a los inversionistas a fin de que sea
funcional a las necesidades de los mercados de valores y de derivados. 13. Participar en
reuniones y foros de reguladores internacionales en temas bursátiles y
extrabursátiles, a fin de obtener retroalimentación en las experiencias
obtenidas y vislumbrar áreas de interés. 14. Coordinar equipos
de trabajo para el desarrollo de nuevos esquemas de regulación para impulsar
el desarrollo del mercado de valores e incentivar una mayor participación de
inversionistas comunes, calificados e institucionales. 15. Participar en la
presentación de los proyectos finales a otras áreas de 16. Vigilar que los
objetivos de los proyectos a realizar, así como las etapas de desarrollo
aplicables a los mismos, se concluyan en las fechas establecidas a efecto de
cumplir con los requerimientos regulatorios correspondientes dirigidos a los
mercados de valores y de derivados. 17. Implementar una
agenda de trabajo que permita una planeación estructurada de los proyectos
propuestos, así como supervisar que se cumpla adecuadamente con dicha agenda,
con el propósito de contribuir al mejoramiento de los mercados de valores y
de derivados. 18. Atender consultas
provenientes de diferentes áreas de la propia Comisión Nacional Bancaria y de
Valores y de otras entidades, en relación con los proyectos en desarrollo y
las nuevas disposiciones surgidas de éstos, así como escuchar y analizar
propuestas en materia de nuevas necesidades regulatorias. |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado de las carreras de Matemáticas,
Actuaría, Administración, Contaduría, Economía o Derecho |
|||
|
Laborales: |
Seis años de experiencia en: Contabilidad,
Derecho y Legislaciones Nacionales, Economía General o Actividad Económica. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Participantes del Sistema Financiero 2.- Regulación Prudencial
y Secundaria del Sistema Financiero Mexicano |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería: Excel, Word, PowerPoint, Internet
y Outlook: Intermedio |
||||
10) Nombre de la plaza |
Inspector A en |
Consecutivo 1513 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel administrativo |
OC1 |
||
Percepción ordinaria |
$22,153.30 mensual
bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de
Supervisión de Instituciones Financieras D |
Sede (radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Revisar y
analizar la información financiera de las entidades supervisadas en lo
referente al registro y valuación de las operaciones, a fin de verificar que
se cumpla con la legislación vigente. 2. Desarrollar los
lineamientos de los programas de trabajo de supervisión in situ y extra situ
en lo referente al registro y valuación de las operaciones, para verificar
que dichas operaciones cumplan con la normatividad aplicable. 3. Elaborar
proyecto de informe de los resultados observados en la visita de inspección o
supervisión extra-situ, con base en los fundamentos legales aplicables y en
la metodología MACROSROP asignada al rubro en cuestión, a fin de cumplir con
las atribuciones que tiene conferida 4. Realizar los
reportes de hallazgos derivados de la supervisón para que se elaboren las
observaciones necesarias, verificando que éstas se encuentren debidamente
respaldadas por la documentación necesaria. 5. Revisar que la
concertación, registro y valuación de operaciones financieras reflejen el
valor adecuado y determinen el riesgo al que se encuentren expuestas a través
de los modelos utilizados por la institución con el fin de coadyuvar al sano
desarrollo de las entidades financieras. 6. Realizar los
oficios de observaciones y de solicitud de información, acciones correctivas
necesarias y emplazamientos, según lo requerido en el estudio de los procesos
operativos de las instituciones, a fin de cumplir con la normatividad
vigente. 7. Elaborar las
solicitudes de información y documentación necesarias que permitan el
diagnóstico y seguimiento de las operaciones, vigilando que la envíen en los
términos y plazos determinados a fin de verificar el cumplimiento de la regulación
vigente. 8. Solicitar a las
entidades financieras las aclaraciones de información adicional necesaria, a
fin de realizar los reportes periódicos sobre el desempeño de dichas
entidades. 9. Elaborar el
análisis financiero de la información de las entidades financieras
supervisadas, conforme a las metodologías y procedimientos vigentes de 10. Elaborar y
fundamentar las solicitudes de información, las observaciones, acciones
correctivas y emplazamientos a efecto de cumplir con la normatividad vigente. 11. Revisar y atender
las consultas que en materia de su competencia formule 12. Inspeccionar por
posibles problemas de coyuntura con el IPAB, relacionados con las entidades
asignadas para su supervisión a fin de contribuir a la resolución de dichos
problemas. 13. Vigilar y
monitorear las modificaciones al Marco Normativo correspondiente a las
entidades supervisadas y a las áreas de especialización, y en su caso, a |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría,
Economía, Finanzas, Computación e Informática, Ingeniería Industrial o
Electromecánica |
|||
|
Laborales: |
Un año de
experiencia en: Contabilidad, Actividad Económica o Estadística |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario 2.- Marco Legal: Sector Bancario |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Básico |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería; Excel, Word y PowerPoint: Intermedio |
||||
11) Nombre
de la plaza |
Especialista B en el Organo Interno de
Control en |
Consecutivo 1601 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
NA3 |
||
Percepción ordinaria |
$32,820.46 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Organo Interno de Control en |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Llevar a cabo
las revisiones de control de acuerdo con el Programa Anual de Trabajo,
verificando los sistemas de control de las
distintas áreas del Organismo, con la finalidad de proponer recomendaciones. 2. Evaluar los
riesgos de las unidades administrativas de 3. Informar en el
Sistema de Información Periódica los resultados de las revisiones de control,
a efecto de cumplir con lo estipulado por 4. Promover
mejores métodos, procedimientos y sistemas en los procesos sustantivos y de
apoyo de 5. Verificar el
cumplimiento de los programas de trabajo de las áreas, a fin de que se logren
los objetivos institucionales. 6. Promover el
desarrollo administrativo, la mejora regulatoria, la profesionalización del
servicio público y la calidad dentro del Gobierno Federal, con el objeto de
impulsar 7. Promover el
sistema de transparencia y acceso a la información pública gubernamental para
poder combatir actos de corrupción. 8. Verificar que
la información se encuentre clasificada conforme a lo estipulado por 9. Elaborar e
integrar la información para el Comité de Control y Auditoría, a fin de que
dicho Comité establezca las posibles soluciones a los riesgos detectados. 10. Integrar y
actualizar el Padrón de Servidores Públicos de 11. Informar en el Sistema
de Planeación Estratégica los resultados trimestrales de los indicadores del
área, a efecto de cumplir con lo establecido por 12. Revisar el Manual
de 13. Facilitar a los
auditores internos de |
|||||
Perfil y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de: Mercadotecnia, Comercio, Administración, Contaduría, o
Finanzas. |
|||
|
Laborales: |
Dos años
de experiencia en: Contabilidad o Política Fiscal y Hacienda Pública
Nacionales |
|||
Capacidades gerenciales: |
Visión
Estratégica y Orientación a Resultados |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Consultoría en el Sector Público 2.- Control, Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno |
||||
Idiomas extranjeros: |
Inglés;
leer, hablar y escribir: Básico |
||||
Otros conocimientos: |
Paquetería;
Excel, Word, PowerPoint, Outlook e Internet: Intermedio |
||||
12) Nombre
de la plaza |
Especialista A en |
Consecutivo 1604 |
|||
Número de vacantes |
Una |
Nivel
administrativo |
OC1 |
||
Percepción ordinaria |
$22,153.30 mensual bruto |
||||
Adscripción |
Dirección General de Programación,
Presupuesto y Recursos Materiales |
Sede
(radicación) |
México, D.F. |
||
Funciones |
|||||
1. Elaborar y
mantener un registro a nivel de clave presupuestal, actividad y partida del
capítulo 4000 subsidios y transferencias a través del cual se le transfieren
los recursos a 2. Formular de
acuerdo a las necesidades y al calendario del presupuesto autorizado, los
recibos de ministración de fondos y las cuentas por liquidar certificadas,
con base a la disponibilidad presupuestal y a las propias necesidades de
recursos de 3. Elaborar los
avisos de reintegro al presupuesto autorizado, según se presenten los
reembolsos por diversos conceptos, para su entero oportuno a 4. Analizar e integrar los requerimientos relacionados con la adquisición de activo fijo recibidos de las unidades ejecutoras del gasto, con el fin de verificar que corresponda a lo registrado en su oportunidad en la cartera de inversión PIPP. 5. Efectuar las
modificaciones al programa de inversión de acuerdo a requerimiento de las
unidades ejecutoras del gasto o por modificación de precios, para adecuar el
programa a las necesidades reales de inversión. 6. Emitir diversos informes relacionados con la situación o avance del ejercicio del presupuesto de inversión, para la toma de decisiones. 7. Elaborar el
informe de la cuenta de la hacienda pública federal, para dar cumplimiento de
la obligación de información y transparencia presupuestal y en apego a la
normatividad vigente. 8. Elaborar el
informe de avance de gestión financiera, para dar cumplimiento de la
obligación de información y transparencia presupuestal y en apego a la
normatividad vigente. 9. Registrar en la
cartera de programas y proyectos de inversión del PIPP, los programas y
proyectos de 10. Registrar en el PIPP,
las adecuaciones presupuestarias, con el fin de obtener la autorización de 11. Registrar en el
PIPP, los ingresos por concepto de derechos, para su notificación y dictamen
como excedentes. |
|||||
Perfil
y requisitos |
Académicos: |
Titulado
de las carreras de: Contaduría, Administración o Finanzas |
|||
|
Laborales: |
Un año
de experiencia en: Contabilidad, Organización y Dirección de empresas. |
|||
Capacidades gerenciales: |
Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo |
||||
Capacidades técnicas: |
1.- Adquisiciones de bienes muebles y contratación de servicios 2.- Programación y presupuesto |
||||
|
Otros conocimientos: |
Paquetería; Word y PowerPoint:
Básico, Internet, Outlook y Excel: Intermedio |
|||
Bases
Primera. Requisitos
de participación |
Podrán
participar aquellas personas que reúnan los requisitos académicos y laborales
previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales: Ser ciudadano mexicano en pleno
ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la
función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de
libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones
en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro
de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni
encontrarse con algún otro impedimento legal. |
Segunda. Documentación requerida |
Los
aspirantes deberán presentar en original o copia certificada: Acta de
nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda. Documento que
acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa
(sólo se aceptará certificado de estudios, cédula profesional o título). Identificación
oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con
fotografía, pasaporte o cédula profesional); cartilla liberada (en el caso de
hombres hasta los 40 años) y Escrito bajo
protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito doloso, no
estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado
eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es
auténtica. Adicional para la plaza de Director de Area en |
Tercera. Registro de candidatos y
temarios |
La entrega de
solicitudes para la inscripción a un concurso y el registro de los aspirantes
al mismo se realizarán a través de www.trabajaen.gob.mx, la que les asignará un nuevo folio al aceptar las
condiciones del concurso, formalizando su inscripción a éste, e
identificándolos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la
entrevista por el Comité de Selección, asegurando así el anonimato del
aspirante. Los temarios
referentes a la evaluación de capacidades técnicas estarán publicados en www.cnbv.gob.mx y en www.trabajaen.gob.mx |
Cuarta. Etapas del concurso |
El concurso
comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a
continuación: |
Etapa |
Fecha
o Plazo |
Publicación
de Convocatoria |
|
Registro
de Aspirantes |
Del |
Revisión
Curricular |
Del |
*Evaluación
de Capacidades Técnicas |
Hasta |
*Evaluación
de Capacidades Gerenciales y de Visión de Servicio |
Hasta |
*Presentación
de Documentos |
Hasta |
*Entrevista
por el Comité de Selección |
Hasta |
*Resolución
Candidato |
|
*Nota:
Estas fechas están sujetas a
cambio en función al número de aspirantes que participen para cada una de las
vacantes convocadas.
Quinta. Publicación de resultados |
Los resultados de cada una de las etapas del
concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx y en el portal www.cnbv.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para
cada candidato. |
Sexta. Recepción de documentos |
Para la recepción y cotejo de los documentos
personales, así como aplicación de las evaluaciones de capacidades técnicas,
gerenciales y de visión de servicio público, y la entrevista del Comité de
Selección, el candidato deberá acudir a las oficinas de |
Séptima. Resolución de dudas |
A efecto de garantizar la atención y resolución
de las dudas que los aspirantes formulen con relación a las plazas y el
proceso del presente concurso, se ha implementado un módulo de atención
telefónico en el número 57-24-61-80, en horario de |
Octava. Principios del concurso |
El concurso se desarrollará en estricto apego a
los principios de igualdad de oportunidades, reconocimiento al mérito,
confidencialidad, objetividad y transparencia, sujetándose el desarrollo del
proceso, las deliberaciones del Comité de Selección y los criterios de
desempate a las disposiciones de |
Disposiciones
generales |
1.
Los concursantes podrán
presentar inconformidad ante 2. El Comité de Selección podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso cuando no se cuente
con al menos tres candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima
requerida o si una vez realizadas las entrevistas ninguno cubre los
requerimientos mínimos para ocupar la plaza vacante. En caso de declarar
desierto el concurso se procederá a emitir una nueva convocatoria. 3. Los datos personales de los concursantes son
confidenciales aun después de concluido el concurso. 4. En www.trabajaen.gob.mx y en www.cnbv.gob.mx podrán
consultarse detalles sobre el concurso y las plazas vacantes. 5. El Comité de Selección determinará los criterios
de evaluación con base a las siguientes disposiciones: Ley del Servicio
Profesional de Carrera en 6. Cualquier aspecto no previsto en la presente
Convocatoria será resuelto por el Comité de Selección respectivo conforme a
las disposiciones aplicables. |
México, D.F., a
El Presidente del Comité de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
El Director General de Planeación y Recursos Humanos
C.P. Rafael Pérez Gutiérrez
Rúbrica.
CONVOCATORIA CNBV-023-2006
TEMARIO
PUESTO: SUBGERENTE B EN
ADQUISICION DE BIENES
Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento
Disposiciones generales
Planeación,
programación y presupuestación
Procedimientos de
contratación
Contratos
Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento
Disposiciones
generales
Planeación,
programación y presupuestación
Procedimientos de
contratación
Contratos
Obras y servicios
por contrato
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de
los Servidores Públicos y Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores
Públicos
Responsabilidades
administrativas
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos
Prevenciones
generales
SERVICOS GENERALES EN
Técnicas de
Administración
Aspectos Generales
de Presupuesto
Controles
Documentales
Planeación
Programación
Control
Tipos de Servicios
Servicios Generales
Seguridad y
Protección Civil
Conservación y
Mantenimiento
Acuerdo por el que se establecen los
lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmuebles
federales
Acuerdo que tiene por objeto fijar los
montos máximos de rentas que las dependencias y las entidades de
TEMARIO
PUESTO: INSPECTOR B EN LA DIRECCION GENERAL DE
SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS(1005)
· I. NORMATIVIDAD
· Disposiciones de Carácter General
Aplicables a las Instituciones de Crédito
o Título
Primero. Disposiciones generales
o Título
Segundo. Disposiciones prudenciales
o Título
Tercero. Información financiera y su revelación
¡ Capítulo III. Auditores externos
independientes e informes de auditoría
o Título
Quinto. Otras Disposiciones
¡ Capítulo V. Sistema de recepción de órdenes
y asignación de operaciones con valores
¡ Capítulo IX. Microfilmación y digitalización
de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas y de servicios
¡ Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos
· Disposiciones de Carácter General a que se
refieren los artículos 115 de
· Ley de Instituciones de Crédito
· II. MATEMATICAS FINANCIERAS
o Concepto
y cálculo de interés simple
o Concepto
y cálculo de interés compuesto
o Concepto
y cálculo de anualidades
· III. PROBABILIDAD
· Conceptos básicos
· IV. TECNOLOGIA
o Auditoría
Informática
o Administración
Informática (Estándares internacionales de Administración Informática)
o Infraestructura
tecnológica
o Telecomunicaciones
o Redes
de cómputo
o Desarrollo
de Sistemas
o Seguridad
Informática
o Planes
de contingencia
· BIBLIOGRAFIA:
· Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third
Edition, McGraw-Hill/Osborne,
· Fúster, Amparo. Técnicas
Criptográficas de protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998
· S.T.Tan, Matemáticas para
Administración y Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998
· Information Systems Audit and Control
Association (ISACA). CISA Review
Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.
· Página de Internet de
TEMARIO
PUESTO: INSPECTOR A EN LA
DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES
FINANCIERAS(1013)
· I. NORMATIVIDAD
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Crédito
o Título
Primero. Disposiciones generales
o Título
Segundo. Disposiciones prudenciales
o Título
Tercero. Información financiera y su revelación
¡ Capítulo III. Auditores externos
independientes e informes de auditoría
o Título
Quinto. Otras Disposiciones
¡ Capítulo V. Sistema de recepción de
órdenes y asignación de operaciones con valores
¡ Capítulo IX. Microfilmación y
digitalización de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas
y de servicios
¡ Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos
· Disposiciones de Carácter General a que se
refieren los artículos 115 de
· Ley de Instituciones de Crédito
· II. MATEMATICAS
FINANCIERAS
o Concepto
y cálculo de interés simple
o Concepto
y cálculo de interés compuesto
o Concepto
y cálculo de anualidades
· III. PROBABILIDAD
· Conceptos básicos
· IV. TECNOLOGIA
o Auditoría
Informática
o Administración
Informática (Estándares internacionales de Administración Informática)
o Infraestructura
tecnológica
o Telecomunicaciones
o Redes
de cómputo
o Desarrollo
de Sistemas
o Seguridad
Informática
o Planes
de contingencia
· BIBLIOGRAFIA:
· Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third
Edition, McGraw-Hill/Osborne,
· Fúster, Amparo. Técnicas
Criptográficas de protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998
· S.T.Tan, Matemáticas para
Administración y Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998
· Information Systems Audit and Control
Association (ISACA). CISA Review
Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.
· Página de Internet de
TEMARIO
PUESTO INSPECTOR B EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION
DE INSTITUCIONES FINANCIERAS A (1109)
CONTABILIDAD
Normas
de Información Financiera (NIF)
Serie NIF A
Serie NIF B
Boletín D-4
Contabilidad Básica e Intermedia
Ecuación Contable
Depreciación/Amortización
Registro contable de operaciones
Contabilidad Bancaria
Disposiciones de
carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito (Circular única de
bancos), publicadas en el DOF el
Título Tercero, Capítulo
I, Criterios Contables (incluyendo el Anexo 33 y sus apartados).
FINANZAS
Matemáticas
Financieras
· Concepto y cálculo de Interés
Simple e interés compuesto
· Concepto de valor del dinero en
el tiempo (Valor presente y valor futuro)
· Concepto y cálculo de interés
con tasas efectivas y tasas equivalentes.
· Concepto y cálculo de interés
con tasas nominales y tasas reales.
· Concepto y cálculo de tasas de
descuento y tasas de rendimiento.
· Anualidades
· Valuación de títulos de deuda
· Análisis y Evaluación de
Proyectos de Inversión
Análisis de Estados Financieros
· Balance General
· Estado de Resultados
· Flujos de efectivo
· Razones Financieras
Estadística
· Medidas de Tendencia Central y
de Dispersión
· Concepto de Variable Aleatoria
· Concepto de Distribución de
Probabilidad
· Concepto de Correlación y
Covarianza
Administración de Riesgos
Conceptos
básicos de Administración de Riesgos (Concepto de Valor en Riesgo y tipos de
riesgos)
Riesgo de Crédito
(Concepto de Pérdida Esperada y no Esperada)
NORMATIVIDAD
· Ley de Instituciones de Crédito.
· Ley para Regular las
Agrupaciones Financieras.
· Disposiciones de Carácter
General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única),
Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo I: Otorgamiento de créditos y
provisiones preventivas adicionales.
· Disposiciones de Carácter
General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única),
Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo III: Diversificación de Riesgos.
· Disposiciones de Carácter
General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única),
Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo IV: Administración de Riesgos.
· Disposiciones de Carácter
General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (Circular Unica),
Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo V: Calificación de Cartera
Crediticia.
TEMARIO
PUESTO: SUPERVISOR B EN LA
DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES
FINANCIERAS(1313)
NORMATIVIDAD
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Crédito
o Título
Primero. Disposiciones generales
o Título
Segundo. Disposiciones prudenciales
o Título
Tercero. Información financiera y su revelación
¡ Capítulo III. Auditores externos
independientes e informes de auditoría
o Título
Quinto. Otras Disposiciones
¡ Capítulo V. Sistema de recepción de
órdenes y asignación de operaciones con valores
¡ Capítulo IX. Microfilmación y
digitalización de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas
y de servicios
¡ Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos
· Disposiciones de Carácter General a que se
refieren los artículos 115 de
· Disposiciones de Carácter General
Aplicables a las Casas de Bolsa
o Título
Tercero. De
¡ Capítulo Segundo. Del sistema de recepción
y asignación
o Título
Quinto. Disposiciones de Carácter Prudencial
¡ Capítulo Primero. Del control interno
¡ Capítulo Tercero. De la administración
integral de riesgos
· Ley de Instituciones de Crédito
· Ley para Regular las Sociedades de
Información Crediticia
MATEMATICAS
FINANCIERAS
· Concepto y cálculo de interés simple
· Concepto y cálculo de interés compuesto
· Concepto y cálculo de anualidades
PROBABILIDAD
· Conceptos básicos
TECNOLOGIA
· Auditoría Informática
· Administración Informática (Estándares
internacionales de Administración Informática)
· Infraestructura tecnológica
· Telecomunicaciones
· Redes de cómputo
· Desarrollo de Sistemas
· Seguridad Informática
· Planes de contingencia
BIBLIOGRAFIA:
· Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third
Edition, McGraw-Hill/Osborne,
· Fúster, Amparo. Técnicas Criptográficas de
protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998
· S.T.Tan, Matemáticas para Administración y
Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998
· Information Systems Audit and Control
Association (ISACA). CISA Review
Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.
· Página de Internet de
TEMARIO
PUESTO: SUPERVISOR A EN LA DIRECCION GENERAL DE
SUPERVISION DE INSTITUCIONES FINANCIERAS ESPECIALIZADAS C(1368, 1369,1370)
MARCO REGULATORIO
· Reglas
Generales a que deberán sujetarse las sociedades a que se refiere
· Ley de
Instituciones de Crédito (Artículos aplicables de acuerdo a las Reglas
Generales)
· Ley de
· Reglas
para el establecimiento de Filiales del Exterior.- Publicadas en el DOF el
· Disposiciones
de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito.- Circular Unica.-
Publicada en el DOF el
· Disposiciones
de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de
· Reglas
para los requerimientos de capitalización de las instituciones de banca
múltiple y las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de
desarrollo.- Publicadas en el DOF el
CONTABILIDAD
· Contabilidad
Bancaria
· Registro
contable de operaciones
· Estados
Financieros Básicos
· Circular
1459 Criterios Contables para Sociedades Financieras de Objeto Limitado,
emitida el
· Circular
1491 Criterios Contables para Sociedades Financieras de Objeto Limitado,
emitida el
FINANZAS
Análisis de Estados Financieros Básicos
Cálculo y análisis de Razones Financieras
Matemáticas Financieras (incluye
Interés simple, interés compuesto, anualidades, tasas equivalentes, valor
presente neto, valuación de títulos de deuda, concepto de duración y bonos)
Mercado de Derivados (conceptos)
Mercado de Dinero (conceptos)
Mercado de Capitales (conceptos y agencias calificadoras)
RIESGOS
· Nociones
de Estadística Descriptiva e Inferencial.
· Nociones
de Probabilidad.
· Disposiciones
de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito.- Circular Unica.-
Publicada en el DOF el
· Tipos
de riesgos
· Valor
en Riesgo (VaR)
· Medición
de Riesgos (incluye Riesgos de Mercado, Crédito, Liquidez, Operativo, de
Balance y Legal).
· Reglas
para los requerimientos de capitalización de las instituciones de banca
múltiple y las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de
desarrollo.- Publicadas en el DOF el
· Principios contenidos en los tres Pilares de
Basilea II. Página de Internet http://www.bis.org/bcbs/publ.htm
TEMARIO
PUESTO: SUPERVISOR EN JEFE EN LA DIRECCION
GENERAL DE DESARROLLO DE PROYECTOS (1425)
¡ LEY DEL MERCADO DE VALORES (PUBLICADA EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACION DEL
¡ PARTICIPANTES DEL SISTEMA FINANCIERO
Sistema Bancario
¡ Ley de Instituciones de Crédito, publicada en el
DOF el
¡ Nuevo Acuerdo de Capital
· Perspectiva
general del Nuevo Acuerdo General de Basilea.
· Principios contenidos
en el Pilar I del Acuerdo de Basilea II Fuente
para consulta: http://www.bis.org/publ/bcbs118.pdf
Intermediarios Financieros No Bancarios y
Otros Participantes
¡ Ley de Sociedades de Inversión Fuente para consulta: (http://www.cnbv.gob.mx/recursos/LSI_2005.doc)
¡ Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito
¡ Ley de Ahorro y Crédito Popular
¡ Instituciones Calificadoras de Valores
¡ Proveedores de Precios
Marco Normativo de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores
¡ Objetivo y Facultades de
¡ Ley de
Regulación
prudencial y secundaria del sistema financiero mexicano
A. Disposiciones de
carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito (Circular única de
bancos), publicadas en el DOF el
- Título
primero, Capítulo I. Definiciones en materia de: Administración
Integral de Riesgos, Calificación de Cartera, Proceso Crediticio,
Diversificación de Riesgos y Control Interno.
- Título segundo, Capítulo I, Otorgamiento de créditos y provisiones
preventivas adicionales
- Título segundo, Capítulo III, Diversificación de riesgos
- Título segundo, Capítulo IV, Administración de riesgos
- Título segundo, Capítulo V, Calificación de cartera crediticia
- Título
segundo, Disposiciones Prudenciales. Capítulo VI, Controles internos.
Fuente para consulta: http://www.cnbv.gob.mx/recursos/circula/CUBancos/CUB_ACircular.doc
B. Reglas para los requerimientos de
Capitalización de las Instituciones de Banca Múltiple Fuente para consulta: http://www.shcp.gob.mx/servs/normativ/rdiversas/rd_991213.html
Operativa
A. Circular Unica de Emisoras,
publicadas en el Diario Oficial de
B. Circular Unica de Casas de
Bolsa, publicadas en el Diario Oficial de
TEMARIO
PUESTO: INSPECTOR A EN LA
DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES FINANCIERAS D (1513)
ANALISIS
FINANCIERO
· Conceptos de análisis financiero (general y
bancario)
· Concepto y cálculo de Razones e indicadores
financieros
· Análisis de Contabilidad
NORMATIVIDAD
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones
Prudenciales, capítulo III: Diversificación de Riesgos
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones
Prudenciales, capítulo IV: Administración de Riesgos
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones
Prudenciales, capítulo V: Calificación de Cartera Crediticia
· Disposiciones de Carácter General Aplicables a
las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones
Prudenciales, capítulo VI: Controles Internos
MATEMATICAS
FINANCIERAS
· Concepto y cálculo de interés simple e interés
compuesto
· Concepto y cálculo de tasas efectivas y tasas
equivalentes
· Concepto y cálculo de anualidades
· Cálculo de valor presente y valor futuro.
CONTABILIDAD
FINANCIERA
· Normas de
Información Financiera
· Disposiciones
de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular
única), Anexo 33; Criterios Contables
TEMARIOPUESTO ESPECIALISTA B DE CONTROL (1601)
LEYES Y
NORMATIVIDAD
· Ley Orgánica de
¡ Título Primero
· Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
¡ Disposiciones Generales de
¡ Obligaciones de los Servidores Públicos
¡ Declaración de Situación Patrimonial
· Ley Federal de
Transparencia y Acceso a
¡ Disposiciones Generales
¡ Información Pública y Portal de Transparencia
¡ Información Reservada y/o Confidencial
¡ Comité de Información y Unidad de Enlace
¡ Periodos y Tiempo de Observación
· Ley del Servicio
Profesional de Carrera y Reglamento
¡ Disposiciones Generales
¡ Identificación y Operación de los Subsistemas
¡ Comités de Profesionalización y Selección
· Ley de
¡ Disposiciones Generales
¡ Estructura y Facultades
· Reglamento Interior
de
¡ Disposiciones Generales
¡ Facultades de los Organos Internos de Control
· Programa Nacional de
Combate a
¡ Identificación de objetivos estratégicos
NORMATIVIDAD
SOBRE REVISIONES DE CONTROL INTERNO
· Normas Generales de
Auditoría
¡ Conceptos Generales
· Guía General de
Revisiones de Control
· Guía de Mejoramiento
de Controles Internos en los Procesos
· MODELO COSO
· Conceptos Generales
· Elementos de Control Interno
ADMINISTRACION DE
PROCESOS
· Concepto
· Características y
elementos de los procesos
· Proceso: modelo cliente-proveedor
· Elementos de los procesos-características de los procesos
· Tipos de procesos
· Procesos de negocios fundamentales
· Procesos de apoyo-subprocesos
· Unidad
de la administración de procesos
· Ventajas de la administración de procesos
· Rediseño
de procesos
· Mapeo de procesos-diagramas de flujo de procesos
· Razones para mejorar los procesos
· Principios fundamentales de rediseño
· Ciclo de la metodología para el rediseño de procesos
· Aplicación
y Herramientas
· Técnicas para rediseñar- Mejora de Procesos
· Histograma
· Diagrama de Pareto
· Diagrama causa - efecto
NORMA
INTERNACIONAL DE CALIDAD ISO 9000 y 9001:2000
· Norma
Internacional de Calidad ISO 9000
¡ Características Generales
¡ Términos y significados
· Norma
Internacional de Calidad ISO 9001: 2000
¡ Características Generales
TEMARIO
PUESTO:
ESPECIALISTA A EN LA DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y
RECURSOS MATERIALES (1604)
MARCO LEGAL EN MATERIA DE CONCERTACION DE ESTRUCTURAS PROGRAMATICAS Y
FORMULACION, REGISTRO, EJERCICIO Y CONTROL DEL PRESUPUESTO
o Ley Orgánica de
o Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y su Reglamento, Títulos Primero, Segundo y Tercero de ambas.
o Decreto de Presupuesto de Egresos de
o Manual de Normas Presupuestarias de
o Clasificador por Objeto del Gasto
o Disposiciones para la operación del
Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP)
LINEAMIENTOS PARA LA RENDICION DE CUENTAS, INFORMES PROGRAMATICOS,
PRESUPUESTALES Y FINANCIEROS.
o Ley Orgánica de
o Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y su Reglamento, Títulos Primero, Segundo y Tercero de ambas.
o Decreto de Presupuesto de Egresos de
o Disposiciones para la operación del
Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP)
o Disposiciones para la elaboración de
o Disposiciones para la operación del
Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público
MARCO LEGAL EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL
SECTOR PUBLICO
o Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
Servicios del Sector Público y su Reglamento, Títulos Segundo, Tercero y Cuarto
de ambas.
(R.- 001314)