Comisión Nacional Bancaria y de Valores

CONVOCATORIA CNBV-023-2006

Los Comités de Selección de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37, 69, 75, fracción III y 80 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 23, 25 y 29, párrafo segundo, 30, 32, 35, 38, 101 y 105 de su reglamento, y lineamientos primero, noveno y décimo de los que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2004, emiten la siguiente:

Convocatoria pública y abierta del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

1) Nombre de la plaza

Subgerente “B” en la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales

Consecutivo

155

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

MA2

Percepción ordinaria

$56,129.22 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Verificar la correcta aplicación de las políticas y normatividad vigente en materia de recursos materiales, para garantizar el óptimo funcionamiento de los bienes inmuebles y muebles.

2.      Verificar que los procesos de trabajo se realicen conforme a los lineamientos establecidos, para permitir que las unidades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuenten con recursos materiales de manera eficiente y oportuna.

3.      Determinar las medidas preventivas y correctivas necesarias, para formular las acciones pertinentes para el mejoramiento de los bienes muebles e inmuebles, permitiendo con esto continuidad y una mayor perspectiva de crecimiento a futuro.

4.      Autorizar la atención de las solicitudes de servicio de mantenimiento correctivo recibidas, para la realización de los servicios solicitados.

5.      Dirigir la prestación de los servicios solicitados, a fin de atender en su totalidad y con oportunidad las solicitudes de mantenimiento correctivo presentadas por las diversas unidades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

6.      Inspeccionar a las unidades solicitantes de los servicios de mantenimiento de los bienes inmuebles y muebles, para verificar que los trabajos se hayan realizado conforme a sus requerimientos.

7.      Evaluar las fechas de prestación de servicios de mantenimiento preventivo de los bienes muebles e inmuebles que ocupa la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de permitir su continuo y óptimo funcionamiento.

8.      Evaluar la calendarización de recursos, para el pago de los servicios realizados y contratados por concepto de mantenimiento preventivo de los bienes muebles e inmuebles que ocupa Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de contar con los recursos financieros para el pago de los servicios recibidos.

9.      Supervisar la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la prestación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes muebles e inmuebles que ocupa Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de contar con los recursos financieros, para el pago de servicios contratados.

10.   Aprobar la elaboración de los catálogos de conceptos, estableciendo las especificaciones de materiales y equipos, así como el presupuesto basado en el análisis de los pecios unitarios, con los estudios realizados por BIMSA y de mercado, para llevar a cabo los procesos de adquisición de bienes y servicios de obra pública.

11.   Verificar el análisis a las propuestas técnicas de las empresas participantes en el proceso de contratación de bienes y servicios de bienes inmuebles y muebles, para dictaminar el grado de cumplimiento a los requisitos señalados en las bases.

12.   Inspeccionar el comportamiento de los prestadores de bienes y servicios, efectuando funciones de residencia de obra, para el control de costo, tiempo y calidad.

13.   Elaborar y revisar las bitácoras de obra, de acuerdo al desarrollo de los trabajos contratados, para el registro de cambios, diferencias e instrucciones en obra.

14.   Verificar que los trabajos se realicen conforme a lo estipulado en el contrato correspondiente, para la autorización del pago.

15.   Supervisar los trabajos de levantamiento de información, para contar con los elementos suficientes para el diseño del proyecto.

16.   Planear los trabajos de diseño, para ser presentados ante las autoridades superiores para su aprobación.

17.   Supervisar que los trabajos contratados se realicen conforme a lo establecido en el diseño presentado, para cubrir las necesidades y requerimientos solicitados.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Ingeniería Civil o Arquitectura

 

Laborales:

Cuatro años de experiencia en: Organización y Dirección de empresas.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Adquisiciones de bienes muebles y contratación de servicios.  2.- Servicios Generales

 

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y PowerPoint: Básico, Minicad y Autocad: Intermedio

Requisitos adicionales

 

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento

 

2) Nombre de la plaza

Inspector “B” en la Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Consecutivo

1005

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NA3

Percepción ordinaria

$32,820.46 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Realizar visitas de supervisión en materia de sistemas informáticos para evaluar el cumplimiento de las instituciones financieras con la normatividad aplicable.

2.      Revisar los aspectos en materia de sistemas informáticos de acuerdo con los definidos en la metodología de supervisión, con el fin de identificar los riesgos derivados de uso de la tecnología de las instituciones financieras supervisadas.

3.      Coordinar la aplicación de pruebas de cumplimiento para verificar la adecuada implementación y funcionamiento de controles internos en el ambiente tecnológico de las instituciones financieras supervisadas.

4.      Determinar el riesgo tecnológico de las instituciones financieras supervisadas mediante el uso de la metodología de supervisión de sistemas informáticos.

5.      Utilizar los recursos informáticos tanto de hardware como de software para que pueda desempeñar sus funciones correspondientes.

6.      Generar reportes con los resultados obtenidos de las visitas realizadas en materia de supervisión de sistemas informáticos, con el fin de informar el grado de cumplimiento con la normatividad aplicable en la materia, así como los riesgos asociados al uso de tecnologías de información.

7.      Aplicar la metodología de supervisión de sistemas informáticos y consolidar los respectivos papeles de trabajo, apegándose a los estándares establecidos por los niveles superiores.

8.      Proponer las acciones correctivas necesarias derivadas de los hallazgos señalados a las instituciones financieras supervisadas en materia de sistemas informáticos, con el fin de que sean subsanados dichos hallazgos.

9.      Recabar información para la atención de las opiniones y consultas, en tiempo y forma conforme a los requerimientos recibidos.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Computación e Informática, Finanzas, Ingeniería Industrial o Eléctrica y Electrónica.

 

Laborales:

Dos años de experiencia en: Tecnología de los Ordenadores, Ciencias de los Ordenadores o Actividad Económica.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de las Entidades Financieras

2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones Financieras

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y Powerpoint: Intermedio

 

3) Nombre de la plaza

Inspector “A” en la Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Consecutivo

1013

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

OC3

Percepción ordinaria

$28,790.43 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Realizar visitas de supervisión en materia de sistemas informáticos para evaluar el cumplimiento de las instituciones financieras con la normatividad aplicable.

2.      Revisar los aspectos en materia de sistemas informáticos de acuerdo con los definidos en la metodología de supervisión, con el fin de identificar los riesgos derivados de uso de la tecnología de las instituciones financieras supervisadas.

3.      Realizar pruebas de cumplimiento para verificar la adecuada implementación y funcionamiento de controles internos en el ambiente tecnológico de las instituciones financieras supervisadas.

4.      Determinar el riesgo tecnológico de las instituciones financieras supervisadas mediante el uso de la metodología de supervisión de sistemas informáticos.

5.      Utilizar los recursos informáticos tanto de hardware como de software para que pueda desempeñar sus funciones correspondientes.

6.      Generar reportes con los resultados obtenidos de las visitas realizadas en materia de supervisión de sistemas informáticos, con el fin de informar el grado de cumplimiento con la normatividad aplicable en la materia, así como los riesgos asociados al uso de tecnologías de información.

7.      Aplicar la metodología de supervisión de sistemas informáticos y consolidar los respectivos papeles de trabajo, apegándose a los estándares establecidos por los niveles superiores.

8.      Apoyar para generar propuestas de las acciones correctivas necesarias derivadas de los hallazgos señalados a las instituciones financieras supervisadas en materia de sistemas informático, con el fin de que sean subsanados dichos hallazgos.

9.      Apoyar a los niveles superiores a recabar información para la atención de las opiniones y consultas, en tiempo y forma conforme a los requerimientos recibidos.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Computación e Informática, Finanzas, Ingeniería Industrial o Eléctrica y Electrónica.

 

Laborales:

Un año de experiencia en: Tecnología de los Ordenadores, Ciencias de los Ordenadores o Actividad Económica.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de las Entidades Financieras

2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones Financieras

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y Powerpoint: Intermedio

 

4) Nombre de la plaza

Inspector “B” en la Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras “A”

Consecutivo

1109

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NA1

Percepción ordinaria

$25,254.77 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras “A”

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Analizar la información de la entidad financiera supervisada, a fin de determinar variaciones significativas en la información que han proporcionado a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para conocer la tendencia de las operaciones de la entidad que se analiza y su apego a la normatividad aplicable.

2.      Elaborar el análisis financiero de la información de las entidades financieras supervisadas, conforme a las metodologías y procedimientos vigentes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para conocer de la evolución de las mismas.

3.      Verificar las tendencias, comportamientos o situaciones problemáticas de las entidades financieras, con el propósito de informar a los niveles superiores sobre las mismas, para evitar problemas sistémicos.

4.      Elaborar los proyectos de requerimientos de información, respecto al rubro o rubros específicos que están bajo su responsabilidad, a efecto de solicitar en tiempo y forma la información que se les requiera a las entidades financieras que permita realizar una adecuada supervisión de las mismas.

5.      Elaborar los proyectos de observaciones y acciones correctivas, respecto al rubro o rubros específicos que están bajo su responsabilidad, con la finalidad de que las instituciones supervisadas se apeguen a la normatividad aplicable.

6.      Participar en la elaboración de los proyectos de emplazamientos, con la finalidad de inhibir conductas indebidas o que contravengan las disposiciones vigentes.

7.      Supervisar el cumplimiento de las observaciones y de los compromisos asumidos por las entidades financieras supervisadas en los programas preventivos y correctivos, para comprobar que se han subsanado las situaciones anómalas detectadas.

8.      Realizar un diagnóstico sobre la problemática detectada en las entidades supervisadas en el rubro o rubros específicos a fin de que sirva como base para la programación de las visitas de inspección y para conocer puntos relevantes.

9.      Analizar la información destinada a la emisión de opiniones, autorizaciones o consultas solicitadas por la SHCP, Banco de México, entidades financieras supervisadas, otros organismos reguladores y áreas internas de la CNBV, para dar una respuesta a las mismas.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Economía, Finanzas o Ingeniería Industrial

 

Laborales:

Dos años de experiencia en: Contabilidad, Actividad Económica, Estadística, Probabilidad o Teoría Económica.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario

2.- Marco Legal: Sector Bancario

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y Powerpoint: Avanzado

 

5) Nombre de la plaza

Supervisor “B” en la Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Consecutivo

1313

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

MB1

Percepción ordinaria

$56,129.22 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Coordinar equipos de trabajo para la realización de visitas de supervisión en materia de sistemas informáticos para evaluar el cumplimiento de las instituciones financieras con la normatividad aplicable.

2.      Coordinar la correcta aplicación de la metodología de supervisión en materia de sistemas informáticos, con el fin de determinar los riesgos derivados del uso de la tecnología de las instituciones financieras supervisadas y generar medidas preventivas a ser observadas por las mismas.

3.      Informar los resultados obtenidos en las visitas de inspección para generar las medidas preventivas a ser observadas por las instituciones supervisadas.

4.      Mantener herramientas adecuadas y efectivas para determinar la eficiencia de los controles internos en materia de sistemas informáticos de las instituciones financieras supervisadas.

5.      Administrar los recursos informáticos tanto de hardware como de software para que el personal a su cargo pueda desempeñar sus funciones correspondientes.

6.      Coordinar la formulación de los informes de visitas e Informar al nivel superior los resultados obtenidos en materia de supervisión de sistemas informáticos, con el fin de que se conozca el riesgo tecnológico a que están expuestas las entidades financieras supervisadas.

7.      Revisar el cumplimiento de la aplicación de la metodología de supervisión de sistemas informáticos con el fin de procurar calidad en los resultados obtenidos.

8.      Formular las acciones correctivas necesarias derivadas de los hallazgos señalados a las instituciones financieras supervisadas en materia de sistemas informáticos, con el fin de que las instituciones puedan subsanar y corregir dichos hallazgos.

9.      Coordinar la atención de opiniones y consultas con el fin de dar respuesta a la información solicitada en tiempo y forma.

10.   Formular los informes relacionados con la solicitud de opiniones y consultas para atender los requerimientos internos y externos en materia de sistemas informáticos.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Computación e Informática, Finanzas, Ingeniería Industrial o Eléctrica, Electrónica.

 

Laborales:

Cuatro años de experiencia en: Tecnología de los Ordenadores, Ciencias de los Ordenadores o Actividad Económica.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Marco Legal de los Sistemas Informáticos de las Entidades Financieras

2.- Riesgo Tecnológico de Instituciones Financieras

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Avanzado

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y PowerPoint: Intermedio

Requisitos adicionales

 

Certificado de Auditoría de Sistemas Informáticos (CISA: Certified Information Systems Auditor)

 

6) Nombre de la plaza

Supervisor “A” en la Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Consecutivo

1368

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NC1

Percepción ordinaria

$33,537.06  mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Participar en la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por la institución supervisada.

2.      Coordinar la realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar el informe y el oficio de observaciones.

3.      Verificar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las respalde.

4.      Revisar los reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de seguimiento, a fin de integrar el informe final.

5.      Vigilar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo para la elaboración del informe correspondiente.

6.      Evaluar la capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas.

7.      Supervisar que las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad y correcto funcionamiento.

8.      Elaborar propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento.

9.      Supervisar los proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción.

10.   Informar sobre los resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas preventivas y correctivas instrumentadas por las entidades supervisadas, a efecto de evaluar los resultados reportados.

11.   Coordinar la elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México.

12.   Elaborar los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de las entidades financieras que lo requieran.

13.   Coordinar la elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los hallazgos, para su sanción y envío a la Dirección General.

14.   Coordinar la elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para su sanción y envío a la institución supervisada.

15.   Revisar el diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información remitida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

16.   Revisar el reporte de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología establecida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para su sanción y presentación a la Dirección General.

17.   Asegurar que las solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas, Derecho o Ingeniería Industrial

 

Laborales:

Tres años de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad, Estadística, Actividad Económica o Probabilidad

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario

2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería: Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico

 

7) Nombre de la plaza

Supervisor “A” en la Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Consecutivo

1369

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NC1

Percepción ordinaria

$33,537.06 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Participar en la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por la institución supervisada.

2.      Coordinar la realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar el informe y el oficio de observaciones.

3.      Verificar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las respalde.

4.      Revisar los reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de seguimiento, a fin de integrar el informe final.

5.      Vigilar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo para la elaboración del informe correspondiente.

6.      Evaluar la capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas.

7.      Supervisar que las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad y correcto funcionamiento.

8.      Elaborar propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento.

9.      Supervisar los proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción.

10.   Informar sobre los resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas preventivas y correctivas instrumentadas por las entidades supervisadas, a efecto de evaluar los resultados reportados.

11.   Coordinar la elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México.

12.   Elaborar los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de las entidades financieras que lo requieran.

13.   Coordinar la elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los hallazgos, para su sanción y envío a la Dirección General.

14.   Coordinar la elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para su sanción y envío a la institución supervisada.

15.   Revisar el diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información remitida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

16.   Revisar el reporte de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología establecida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para su sanción y presentación a la Dirección General.

17.   Asegurar que las solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas, Administración o Ingeniería Industrial

 

Laborales:

Tres años de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad, Estadística, Actividad Económica o Probabilidad

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario

2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería: Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico

 

8) Nombre de la plaza

Supervisor “A” en la Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Consecutivo

1370

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NC1

Percepción ordinaria

$33,537.06 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras Especializadas “C”

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Participar en la planeación y elaboración del programa de trabajo de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, con el objeto de formular y ejecutar un programa, aplicable a la problemática registrada por la institución supervisada.

2.      Coordinar la realización de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación y supervisar que éstas se efectúen de acuerdo a los procedimientos contenidos en el programa de trabajo correspondiente y, en su caso, a las metodologías establecidas en el Organismo, a efecto de elaborar el informe y el oficio de observaciones.

3.      Verificar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo, a fin de contar con la evidencia suficiente que las respalde.

4.      Revisar los reportes de las visitas de inspección ordinarias, especiales o de investigación, incluyendo los ajustes o aclaraciones observados en los reportes preliminares, y los que se hayan efectuado de las revisiones de seguimiento, a fin de integrar el informe final.

5.      Vigilar la correcta integración de los papeles de trabajo generados durante las visitas de inspección, ordinarias o de investigación conforme a las actividades asignadas en el plan de trabajo correspondiente, así como efectuar el análisis de los diferentes elementos de juicio y fundamentos proporcionados en la formulación de las observaciones propuestas por el grupo de inspección a su cargo para la elaboración del informe correspondiente.

6.      Evaluar la capacidad de las entidades supervisadas para hacer frente a los riesgos derivados de sus operaciones, identificando y documentando situaciones anómalas o relevantes en las que incurran las entidades supervisadas para informarlas a su jefe inmediato y tomar las decisiones adecuadas.

7.      Supervisar que las operaciones reflejadas en la contabilidad de las entidades financieras cumplan con la normatividad que le es aplicable, para procurar su estabilidad y correcto funcionamiento.

8.      Elaborar propuestas de mejora al marco normativo aplicable a las instituciones financieras, para promover su estabilidad y correcto funcionamiento.

9.      Supervisar los proyectos de oficios de requerimiento de información, observaciones, acciones correctivas o preventivas, así como de solicitudes de sanción, que serán dirigidos a las entidades financieras supervisadas, para su sanción.

10.   Informar sobre los resultados de las actividades de supervisión, el avance de las medidas preventivas y correctivas instrumentadas por las entidades supervisadas, a efecto de evaluar los resultados reportados.

11.   Coordinar la elaboración de los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México.

12.   Elaborar los oficios de opinión, autorización y consultas, para atender las solicitudes de las entidades financieras que lo requieran.

13.   Coordinar la elaboración de los informes de las tareas de investigación, registrando los hallazgos, para su sanción y envío a la Dirección General.

14.   Coordinar la elaboración del oficio de observaciones de las tareas de investigación, para su sanción y envío a la institución supervisada.

15.   Revisar el diagnóstico de las entidades supervisadas para verificar que contenga las variaciones y situaciones significativas que se deriven de la información remitida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

16.   Revisar el reporte de análisis financiero y de riesgos de las entidades supervisadas derivado de la información que se recibe para verificar que se cumpla con la metodología establecida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para su sanción y presentación a la Dirección General.

17.   Asegurar que las solicitudes de información adicional a las entidades financieras estén debidamente motivadas y fundamentadas, con la finalidad de garantizar que la operación de las entidades no se aparte del marco regulatorio.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Contaduría, Economía, Finanzas, Administración o Ingeniería Industrial

 

Laborales:

Tres años de experiencia en: Auditoría, Economía Sectorial, Contabilidad, Estadística, Actividad Económica o Probabilidad

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario

2.- Marco Legal: Instituciones Financieras Especializadas

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Básico

Otros conocimientos:

Paquetería: Excel, Word, PowerPoint, Internet, Outlook: Intermedio, Access: Básico

 

9) Nombre de la plaza

Supervisor en Jefe en la Dirección General de Desarrollo de Proyectos

Consecutivo

1425

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

LA1

Percepción ordinaria

$85,888.93 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Desarrollo de Proyectos

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Conducir el desarrollo de investigaciones y estudios orientados al perfeccionamiento de la regulación para incentivar la confianza de los inversionistas y proveer un marco normativo completo y de protección para los mercados de valores y de derivados, así como sus participantes.

2.      Supervisar la elaboración de estudios orientados al desarrollo de regulación prudencial y secundaria que fomente el sano desarrollo del Sistema Financiero Mexicano, incluyendo la transparencia y revelación de información para facilitar el proceso de toma de decisiones a los participantes de los mercados de valores y de derivados.

3.      Coordinar la identificación de áreas de oportunidad para el desarrollo de propuestas regulatorias enfocadas al mejor funcionamiento de las operaciones bursátiles y extrabursátiles.

4.      Conducir la realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes con el objeto de mantener un marco normativo que fomente distintas alternativas de financiamiento bursátil y promueva el ingreso de nuevas emisoras al mercado.

5.      Conducir la realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes con la finalidad de mantener un marco normativo que promueva el ingreso de nuevos intermediarios financieros.

6.      Conducir la realización de propuestas de modificación a las disposiciones vigentes a efecto de mantener un marco normativo que promueva mejores condiciones para el ingreso de nuevos inversionistas a los mercados de valores y de derivados.

7.      Coordinar el monitoreo de la evolución de los principales centros financieros internacionales para el desarrollo de nuevos esquemas de regulación que mejoren las condiciones de los mercados de valores y de derivados nacionales.

8.      Coordinar la realización de proyectos y estudios con base en la experiencia observada en otros mercados de valores y de derivados, con el objeto de mejorar las condiciones de operación y seguridad de los intermediarios financieros.

9.      Coordinar el análisis y evaluación de los documentos emitidos tanto por entidades regulatorias de los mercados de valores y de derivados desarrollados, como por organismos internacionales, a fin de determinar la conveniencia de su aplicación en México.

10.   Coordinar la revisión y, en su caso, actualización a las leyes y la regulación secundaria aplicables a las emisoras de valores e intermediarios financieros con la finalidad de que la normatividad responda a las necesidades del mercado de valores nacional.

11.   Coordinar la revisión y en su caso actualización a las leyes y la regulación secundaria aplicables a los participantes del mercado de derivados con la finalidad de que la normatividad responda a las necesidades del mercado nacional.

12.   Coordinar la elaboración y en su caso actualización de la regulación aplicable a la divulgación de información y protección a los inversionistas a fin de que sea funcional a las necesidades de los mercados de valores y de derivados.

13.   Participar en reuniones y foros de reguladores internacionales en temas bursátiles y extrabursátiles, a fin de obtener retroalimentación en las experiencias obtenidas y vislumbrar áreas de interés.

14.   Coordinar equipos de trabajo para el desarrollo de nuevos esquemas de regulación para impulsar el desarrollo del mercado de valores e incentivar una mayor participación de inversionistas comunes, calificados e institucionales.

15.   Participar en la presentación de los proyectos finales a otras áreas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y organismos externos, con el objeto de discutir el contenido de proyectos de regulación bursátil y extrabursátil, intercambiar opiniones, recibir comentarios y, en su caso, complementarlos.

16.   Vigilar que los objetivos de los proyectos a realizar, así como las etapas de desarrollo aplicables a los mismos, se concluyan en las fechas establecidas a efecto de cumplir con los requerimientos regulatorios correspondientes dirigidos a los mercados de valores y de derivados.

17.   Implementar una agenda de trabajo que permita una planeación estructurada de los proyectos propuestos, así como supervisar que se cumpla adecuadamente con dicha agenda, con el propósito de contribuir al mejoramiento de los mercados de valores y de derivados.

18.   Atender consultas provenientes de diferentes áreas de la propia Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de otras entidades, en relación con los proyectos en desarrollo y las nuevas disposiciones surgidas de éstos, así como escuchar y analizar propuestas en materia de nuevas necesidades regulatorias.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Economía o Derecho

 

Laborales:

Seis años de experiencia en: Contabilidad, Derecho y Legislaciones Nacionales, Economía General o Actividad Económica.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Participantes del Sistema Financiero

2.- Regulación Prudencial y Secundaria del Sistema Financiero Mexicano

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Intermedio

Otros conocimientos:

Paquetería: Excel, Word, PowerPoint, Internet y Outlook: Intermedio

 

10) Nombre de la plaza

Inspector “A” en la Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras “D”

Consecutivo

1513

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

OC1

Percepción ordinaria

$22,153.30 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Supervisión de Instituciones Financieras “D”

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Revisar y analizar la información financiera de las entidades supervisadas en lo referente al registro y valuación de las operaciones, a fin de verificar que se cumpla con la legislación vigente.

2.      Desarrollar los lineamientos de los programas de trabajo de supervisión in situ y extra situ en lo referente al registro y valuación de las operaciones, para verificar que dichas operaciones cumplan con la normatividad aplicable.

3.      Elaborar proyecto de informe de los resultados observados en la visita de inspección o supervisión extra-situ, con base en los fundamentos legales aplicables y en la metodología MACROSROP asignada al rubro en cuestión, a fin de cumplir con las atribuciones que tiene conferida la Dirección.

4.      Realizar los reportes de hallazgos derivados de la supervisón para que se elaboren las observaciones necesarias, verificando que éstas se encuentren debidamente respaldadas por la documentación necesaria.

5.      Revisar que la concertación, registro y valuación de operaciones financieras reflejen el valor adecuado y determinen el riesgo al que se encuentren expuestas a través de los modelos utilizados por la institución con el fin de coadyuvar al sano desarrollo de las entidades financieras.

6.      Realizar los oficios de observaciones y de solicitud de información, acciones correctivas necesarias y emplazamientos, según lo requerido en el estudio de los procesos operativos de las instituciones, a fin de cumplir con la normatividad vigente.

7.      Elaborar las solicitudes de información y documentación necesarias que permitan el diagnóstico y seguimiento de las operaciones, vigilando que la envíen en los términos y plazos determinados a fin de verificar el cumplimiento de la regulación vigente.

8.      Solicitar a las entidades financieras las aclaraciones de información adicional necesaria, a fin de realizar los reportes periódicos sobre el desempeño de dichas entidades.

9.      Elaborar el análisis financiero de la información de las entidades financieras supervisadas, conforme a las metodologías y procedimientos vigentes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de detectar si existe algún problema en dichas instituciones financieras.

10.   Elaborar y fundamentar las solicitudes de información, las observaciones, acciones correctivas y emplazamientos a efecto de cumplir con la normatividad vigente.

11.   Revisar y atender las consultas que en materia de su competencia formule la SHCP, Banco de México, las Instituciones y personas físicas y morales, señaladas en la Ley de la CNBV y otras Dependencias del Gobierno Federal, para el sano desarrollo de las instituciones financieras.

12.   Inspeccionar por posibles problemas de coyuntura con el IPAB, relacionados con las entidades asignadas para su supervisión a fin de contribuir a la resolución de dichos problemas.

13.   Vigilar y monitorear las modificaciones al Marco Normativo correspondiente a las entidades supervisadas y a las áreas de especialización, y en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Banco de México, para mantenerlo actualizado y vigente.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de Matemáticas, Actuaría, Administración, Contaduría, Economía, Finanzas, Computación e Informática, Ingeniería Industrial o Electromecánica

 

Laborales:

Un año de experiencia en: Contabilidad, Actividad Económica o Estadística

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Supervisión Financiera: Sector Bancario

2.- Marco Legal: Sector Bancario

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Básico

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word y PowerPoint: Intermedio

 

11) Nombre de la plaza

Especialista “B” en el Organo Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Consecutivo

1601

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

NA3

Percepción ordinaria

$32,820.46 mensual bruto

Adscripción

Organo Interno de Control en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Llevar a cabo las revisiones de control de acuerdo con el Programa Anual de Trabajo, verificando los sistemas de control de las distintas áreas del Organismo, con la finalidad de proponer recomendaciones.

2.      Evaluar los riesgos de las unidades administrativas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con el objeto de establecer áreas de oportunidad.

3.      Informar en el Sistema de Información Periódica los resultados de las revisiones de control, a efecto de cumplir con lo estipulado por la Secretaría de la Función Pública.

4.      Promover mejores métodos, procedimientos y sistemas en los procesos sustantivos y de apoyo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para promover la mejora continua.

5.      Verificar el cumplimiento de los programas de trabajo de las áreas, a fin de que se logren los objetivos institucionales.

6.      Promover el desarrollo administrativo, la mejora regulatoria, la profesionalización del servicio público y la calidad dentro del Gobierno Federal, con el objeto de impulsar la Agenda de Buen Gobierno.

7.      Promover el sistema de transparencia y acceso a la información pública gubernamental para poder combatir actos de corrupción.

8.      Verificar que la información se encuentre clasificada conforme a lo estipulado por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para garantizar el acceso a la información.

9.      Elaborar e integrar la información para el Comité de Control y Auditoría, a fin de que dicho Comité establezca las posibles soluciones a los riesgos detectados.

10.   Integrar y actualizar el Padrón de Servidores Públicos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, obligados a presentar Declaración de Situación Patrimonial, para envío a la Secretaría de la Función Pública.

11.   Informar en el Sistema de Planeación Estratégica los resultados trimestrales de los indicadores del área, a efecto de cumplir con lo establecido por la Presidencia de la República.

12.   Revisar el Manual de la Calidad, el mapa de procesos de revisiones de control y los mapas de procesos obligatorios de la Norma ISO 9001:2000, a efecto de detectar posibles productos no conformes y propiciar así la mejora continua.

13.   Facilitar a los auditores internos de la Calidad toda la información soporte a efecto de asegurar la verificación del cumplimiento de los procesos de acuerdo con el Sistema de Gestión de la Calidad.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Mercadotecnia, Comercio, Administración, Contaduría, o Finanzas.

 

Laborales:

Dos años de experiencia en: Contabilidad o Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales

Capacidades gerenciales:

Visión Estratégica y Orientación a Resultados

Capacidades técnicas:

1.- Consultoría en el Sector Público

2.- Control, Evaluación y Apoyo al Buen Gobierno

Idiomas extranjeros:

Inglés; leer, hablar y escribir: Básico

Otros conocimientos:

Paquetería; Excel, Word, PowerPoint, Outlook e Internet: Intermedio

 

12) Nombre de la plaza

Especialista “A” en la Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales

Consecutivo

1604

Número de vacantes

Una

Nivel administrativo

OC1

Percepción ordinaria

$22,153.30 mensual bruto

Adscripción

Dirección General de Programación, Presupuesto y Recursos Materiales

Sede (radicación)

México, D.F.

Funciones

1.      Elaborar y mantener un registro a nivel de clave presupuestal, actividad y partida del capítulo 4000 subsidios y transferencias a través del cual se le transfieren los recursos a la CNBV, para controlar las afectaciones presupuestarias y las ministraciones ordinarias y extraordinarias de recursos.

2.      Formular de acuerdo a las necesidades y al calendario del presupuesto autorizado, los recibos de ministración de fondos y las cuentas por liquidar certificadas, con base a la disponibilidad presupuestal y a las propias necesidades de recursos de la CNBV, para sufragar con oportunidad sus gastos de operación.

3.      Elaborar los avisos de reintegro al presupuesto autorizado, según se presenten los reembolsos por diversos conceptos, para su entero oportuno a la Tesorería de la Federación.

4.      Analizar e integrar los requerimientos relacionados con la adquisición de activo fijo recibidos de las unidades ejecutoras del gasto, con el fin de verificar que corresponda a lo registrado en su oportunidad en la cartera de inversión PIPP.

5.      Efectuar las modificaciones al programa de inversión de acuerdo a requerimiento de las unidades ejecutoras del gasto o por modificación de precios, para adecuar el programa a las necesidades reales de inversión.

6.      Emitir diversos informes relacionados con la situación o avance del ejercicio del presupuesto de inversión, para la toma de decisiones.

7.      Elaborar el informe de la cuenta de la hacienda pública federal, para dar cumplimiento de la obligación de información y transparencia presupuestal y en apego a la normatividad vigente.

8.      Elaborar el informe de avance de gestión financiera, para dar cumplimiento de la obligación de información y transparencia presupuestal y en apego a la normatividad vigente.

9.      Registrar en la cartera de programas y proyectos de inversión del PIPP, los programas y proyectos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para obtener la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en apego y cumplimiento a las disposiciones establecidas.

10.   Registrar en el PIPP, las adecuaciones presupuestarias, con el fin de obtener la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

11.   Registrar en el PIPP, los ingresos por concepto de derechos, para su notificación y dictamen como excedentes.

Perfil y requisitos

Académicos:

Titulado de las carreras de: Contaduría, Administración o Finanzas

 

Laborales:

Un año de experiencia en: Contabilidad, Organización y Dirección de empresas.

Capacidades gerenciales:

Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo

Capacidades técnicas:

1.- Adquisiciones de bienes muebles y contratación de servicios

2.- Programación y presupuesto 

 

Otros conocimientos:

Paquetería; Word y PowerPoint: Básico, Internet, Outlook y Excel: Intermedio

 

Bases

Primera.

Requisitos de participación

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos académicos y laborales previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.

Segunda.

Documentación requerida

Los aspirantes deberán presentar en original o copia certificada:

Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 según corresponda.

Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa (sólo se aceptará certificado de estudios, cédula profesional o título).

Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional); cartilla liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años) y

Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica.

Adicional para la plaza de Director de Area en la Dirección General de Supervisión de Sistemas Informáticos de Instituciones Financieras, Código 1313 se requiere Certificado de Auditoría de Sistemas Informáticos (CISA: Certified Information Systems Auditor).

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante.

Tercera.

Registro de candidatos y temarios

La entrega de solicitudes para la inscripción a un concurso y el registro de los aspirantes al mismo se realizarán a través de www.trabajaen.gob.mx, la que les asignará un nuevo folio al aceptar las condiciones del concurso, formalizando su inscripción a éste, e identificándolos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité de Selección, asegurando así el anonimato del aspirante.

Los temarios referentes a la evaluación de capacidades técnicas estarán publicados en www.cnbv.gob.mx y en www.trabajaen.gob.mx

Cuarta.

Etapas del concurso

El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:

 

Etapa

Fecha o Plazo

Publicación de Convocatoria

29/11/2006

Registro de Aspirantes

Del 29/11/2006 al 13/12/2006

Revisión Curricular

Del 29/11/2006 al 13/12/2006

*Evaluación de Capacidades Técnicas

Hasta 16/01/2007

*Evaluación de Capacidades Gerenciales y de Visión de Servicio

Hasta 19/01/2007

*Presentación de Documentos

Hasta 23/01/2007

*Entrevista por el Comité de Selección

Hasta 30/01/2007

*Resolución Candidato

31/01/2007

*Nota: Estas fechas están sujetas a cambio en función al número de aspirantes que participen para cada una de las vacantes convocadas.

 

Quinta.

Publicación de resultados

Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx y en el portal www.cnbv.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para cada candidato.

Sexta.

Recepción de documentos

Para la recepción y cotejo de los documentos personales, así como aplicación de las evaluaciones de capacidades técnicas, gerenciales y de visión de servicio público, y la entrevista del Comité de Selección, el candidato deberá acudir a las oficinas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el día y la hora que se le informe (mediante su número de folio asignado por www.trabajaen.gob.mx) a través de los medios de comunicación mencionados, con al menos 1 día hábil de anticipación a la fecha en que deberá presentarse.

Séptima.

Resolución de dudas

A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se ha implementado un módulo de atención telefónico en el número 57-24-61-80, en horario de 10:00 a 14:00 Hrs. de lunes a viernes.

Octava.

Principios del concurso

El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de igualdad de oportunidades, reconocimiento al mérito, confidencialidad, objetividad y transparencia, sujetándose el desarrollo del proceso, las deliberaciones del Comité de Selección y los criterios de desempate a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y los Lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2004.

 

Disposiciones generales

1. Los concursantes podrán presentar inconformidad ante la Unidad de Servicio Profesional y de Recursos Humanos de la Secretaría de la Función Pública, en términos de lo dispuesto por la Ley de la materia y su Reglamento.

2. El Comité de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso cuando no se cuente con al menos tres candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima requerida o si una vez realizadas las entrevistas ninguno cubre los requerimientos mínimos para ocupar la plaza vacante. En caso de declarar desierto el concurso se procederá a emitir una nueva convocatoria.

3. Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.

4. En www.trabajaen.gob.mx y en www.cnbv.gob.mx podrán consultarse detalles sobre el concurso y las plazas vacantes.

5. El Comité de Selección determinará los criterios de evaluación con base a las siguientes disposiciones: Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, Acuerdo que tiene por objeto establecer los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2004.

6. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité de Selección respectivo conforme a las disposiciones aplicables.

 

México, D.F., a 22 de noviembre de 2006.

El Presidente del Comité de Selección

Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

El Director General de Planeación y Recursos Humanos

C.P. Rafael Pérez Gutiérrez

Rúbrica.

CONVOCATORIA CNBV-023-2006

TEMARIO

PUESTO: SUBGERENTE “B” EN LA DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y RECURSOS MATERIALES (155)

ADQUISICION DE BIENES

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento

Disposiciones generales

Planeación, programación y presupuestación

Procedimientos de contratación

Contratos

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento

Disposiciones generales

Planeación, programación y presupuestación

Procedimientos de contratación

Contratos

Obras y servicios por contrato

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Responsabilidades administrativas

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Prevenciones generales

SERVICOS GENERALES EN LA DEPENDENCIA

Técnicas de Administración

Aspectos Generales de Presupuesto

Controles Documentales

Planeación

Programación

Control

Tipos de Servicios

Servicios Generales

Seguridad y Protección Civil

Conservación y Mantenimiento

          Acuerdo por el que se establecen los lineamientos para la accesibilidad de las personas con discapacidad a inmuebles federales

          Acuerdo que tiene por objeto fijar los montos máximos de rentas que las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, podrán pactar durante el ejercicio fiscal 2006.

TEMARIO

PUESTO: INSPECTOR “B” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS(1005)

·        I. NORMATIVIDAD

·        Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito

o          Título Primero. Disposiciones generales

o          Título Segundo. Disposiciones prudenciales

o          Título Tercero. Información financiera y su revelación

¡    Capítulo III. Auditores externos independientes e informes de auditoría

o          Título Quinto. Otras Disposiciones

¡    Capítulo V. Sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones con valores

¡    Capítulo IX. Microfilmación y digitalización de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas y de servicios

¡    Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos

·        Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular

·        Ley de Instituciones de Crédito

·        II. MATEMATICAS FINANCIERAS

o          Concepto y cálculo de interés simple

o          Concepto y cálculo de interés compuesto

o          Concepto y cálculo de anualidades

·        III. PROBABILIDAD

·        Conceptos básicos

·        IV. TECNOLOGIA

o          Auditoría Informática

o          Administración Informática (Estándares internacionales de Administración Informática)

o          Infraestructura tecnológica

o          Telecomunicaciones

o          Redes de cómputo

o          Desarrollo de Sistemas

o          Seguridad Informática

o          Planes de contingencia

·        BIBLIOGRAFIA:

·        Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third Edition, McGraw-Hill/Osborne, U.S.A. 2005.

·        Fúster, Amparo. Técnicas Criptográficas de protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998

·        S.T.Tan, Matemáticas para Administración y Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998

·        Information Systems Audit and Control Association (ISACA). CISA Review Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.

·        Página de Internet de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores www.cnbv.gob.mx

 

TEMARIO

PUESTO: INSPECTOR “A” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS(1013)

·        I. NORMATIVIDAD

·        Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito

o          Título Primero. Disposiciones generales

o          Título Segundo. Disposiciones prudenciales

o          Título Tercero. Información financiera y su revelación

¡      Capítulo III. Auditores externos independientes e informes de auditoría

o          Título Quinto. Otras Disposiciones

¡      Capítulo V. Sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones con valores

¡      Capítulo IX. Microfilmación y digitalización de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas y de servicios

¡      Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos

·        Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular

·        Ley de Instituciones de Crédito

·        II. MATEMATICAS FINANCIERAS

o          Concepto y cálculo de interés simple

o          Concepto y cálculo de interés compuesto

o          Concepto y cálculo de anualidades

·        III. PROBABILIDAD

·        Conceptos básicos

·        IV. TECNOLOGIA

o          Auditoría Informática

o          Administración Informática (Estándares internacionales de Administración Informática)

o          Infraestructura tecnológica

o          Telecomunicaciones

o          Redes de cómputo

o          Desarrollo de Sistemas

o          Seguridad Informática

o          Planes de contingencia

·        BIBLIOGRAFIA:

·        Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third Edition, McGraw-Hill/Osborne, U.S.A. 2005.

·        Fúster, Amparo. Técnicas Criptográficas de protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998

·        S.T.Tan, Matemáticas para Administración y Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998

·        Information Systems Audit and Control Association (ISACA). CISA Review Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.

·        Página de Internet de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores www.cnbv.gob.mx

TEMARIO

PUESTO INSPECTOR “B” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES FINANCIERAS “A” (1109)

CONTABILIDAD

Normas de Información Financiera (NIF)

Serie NIF A

Serie NIF B

Boletín D-4

Contabilidad Básica e Intermedia

Ecuación Contable

Depreciación/Amortización

Registro contable de operaciones

Contabilidad Bancaria

             Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito (Circular única de bancos), publicadas en el DOF el 2 de diciembre de 2005.

        Título Tercero, Capítulo I, Criterios Contables (incluyendo el Anexo 33 y sus apartados).

FINANZAS

Matemáticas Financieras

·           Concepto y cálculo de Interés Simple e interés compuesto

·           Concepto de valor del dinero en el tiempo (Valor presente y valor futuro)

·           Concepto y cálculo de interés con tasas efectivas y tasas equivalentes.

·           Concepto y cálculo de interés con tasas nominales y tasas reales.

·           Concepto y cálculo de tasas de descuento y tasas de rendimiento.

·           Anualidades

·           Valuación de títulos de deuda

·           Análisis y Evaluación de Proyectos de Inversión

Análisis de Estados Financieros

·           Balance General

·           Estado de Resultados

·           Flujos de efectivo

·           Razones Financieras

Estadística

·           Medidas de Tendencia Central y de Dispersión

·           Concepto de Variable Aleatoria

·           Concepto de Distribución de Probabilidad

·           Concepto de Correlación y Covarianza

Administración de Riesgos

             Conceptos básicos de Administración de Riesgos (Concepto de Valor en Riesgo y tipos de riesgos)

Riesgo de Crédito (Concepto de Pérdida Esperada y no Esperada)

NORMATIVIDAD

·           Ley de Instituciones de Crédito.

·           Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo I: Otorgamiento de créditos y provisiones preventivas adicionales.

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo III: Diversificación de Riesgos.

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo IV: Administración de Riesgos.

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (Circular Unica), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo V: Calificación de Cartera Crediticia.

TEMARIO

PUESTO: SUPERVISOR “B” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE SISTEMAS INFORMATICOS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS(1313)

NORMATIVIDAD

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito

o      Título Primero. Disposiciones generales

o      Título Segundo. Disposiciones prudenciales

o      Título Tercero. Información financiera y su revelación

¡      Capítulo III. Auditores externos independientes e informes de auditoría

o      Título Quinto. Otras Disposiciones

¡      Capítulo V. Sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones con valores

¡      Capítulo IX. Microfilmación y digitalización de documentos relacionados con las operaciones activas, pasivas y de servicios

¡      Capítulo X. Del uso de Medios Electrónicos

·           Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Casas de Bolsa

o      Título Tercero. De la Intermediación del Mercado de Valores de Renta Variable

¡      Capítulo Segundo. Del sistema de recepción y asignación

o      Título Quinto. Disposiciones de Carácter Prudencial

¡      Capítulo Primero. Del control interno

¡      Capítulo Tercero. De la administración integral de riesgos

·           Ley de Instituciones de Crédito

·           Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia

MATEMATICAS FINANCIERAS

·           Concepto y cálculo de interés simple

·           Concepto y cálculo de interés compuesto

·           Concepto y cálculo de anualidades

PROBABILIDAD

·           Conceptos básicos

TECNOLOGIA

·           Auditoría Informática

·           Administración Informática (Estándares internacionales de Administración Informática)

·           Infraestructura tecnológica

·           Telecomunicaciones

·           Redes de cómputo

·           Desarrollo de Sistemas

·           Seguridad Informática

·           Planes de contingencia

BIBLIOGRAFIA:

·           Shon Harris. All in one CISSP Exam Guide. Third Edition, McGraw-Hill/Osborne, U.S.A. 2005

·           Fúster, Amparo. Técnicas Criptográficas de protección de datos, Alfaomega, Grupo Editor, México, 1998

·           S.T.Tan, Matemáticas para Administración y Economía, Internacional Thompson Editores, México, 1998

·           Information Systems Audit and Control Association (ISACA). CISA Review Manual 2004 ó 2006, ISACA, U.S.A., 2003 ó 2005.

·           Página de Internet de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores www.cnbv.gob.mx

TEMARIO

PUESTO: SUPERVISOR “A” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES FINANCIERAS ESPECIALIZADAS “C”(1368, 1369,1370)

MARCO REGULATORIO

·        Reglas Generales a que deberán sujetarse las sociedades a que se refiere la fracción IV del artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito.- Publicadas en el DOF el 19 de diciembre de 2005.

·        Ley de Instituciones de Crédito (Artículos aplicables de acuerdo a las Reglas Generales)

·        Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

·        Reglas para el establecimiento de Filiales del Exterior.- Publicadas en el DOF el 21 de abril de 1994.

·        Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito.- Circular Unica.- Publicada en el DOF el 2 de diciembre de 2005. (Disposiciones aplicables de acuerdo a las Reglas Generales)

·        Disposiciones de Carácter General a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de Crédito y 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.- Publicadas en el DOF el 14 de mayo de 2004 (Prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita).

·        Reglas para los requerimientos de capitalización de las instituciones de banca múltiple y las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de desarrollo.- Publicadas en el DOF el 28 de diciembre de 2005.

CONTABILIDAD

·        Contabilidad Bancaria

·        Registro contable de operaciones

·        Estados Financieros Básicos

·        Circular 1459 Criterios Contables para Sociedades Financieras de Objeto Limitado, emitida el 28 de enero de 2000.

·        Circular 1491 Criterios Contables para Sociedades Financieras de Objeto Limitado, emitida el 30 de octubre de 2000.

FINANZAS

Análisis de Estados Financieros Básicos

Cálculo y análisis de Razones Financieras

Matemáticas Financieras (incluye Interés simple, interés compuesto, anualidades, tasas equivalentes, valor presente neto, valuación de títulos de deuda, concepto de duración y bonos)

Mercado de Derivados (conceptos)

Mercado de Dinero (conceptos)

Mercado de Capitales (conceptos y agencias calificadoras)

RIESGOS

·        Nociones de Estadística Descriptiva e Inferencial.

·        Nociones de Probabilidad.

·        Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito.- Circular Unica.- Publicada en el DOF el 2 de diciembre de 2005. (Disposiciones aplicables de acuerdo a las Reglas Generales).

·        Tipos de riesgos

·        Valor en Riesgo (VaR)

·        Medición de Riesgos (incluye Riesgos de Mercado, Crédito, Liquidez, Operativo, de Balance y Legal).

·        Reglas para los requerimientos de capitalización de las instituciones de banca múltiple y las sociedades nacionales de crédito, instituciones de banca de desarrollo.- Publicadas en el DOF el 28 de diciembre de 2005.

·        Principios contenidos en los tres Pilares de Basilea II. Página de Internet http://www.bis.org/bcbs/publ.htm

TEMARIO

PUESTO: SUPERVISOR EN JEFE EN LA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO DE PROYECTOS (1425)

¡       LEY DEL MERCADO DE VALORES (PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2005).    Fuente para consulta:              http://www.cnbv.gob.mx/recursos/LMV_2006.doc

¡       PARTICIPANTES DEL SISTEMA FINANCIERO

          Sistema Bancario

¡       Ley de Instituciones de Crédito, publicada en el DOF el 18 de julio de 1990 y con actualizaciones publicadas el 30 de diciembre de 2005                Fuente para consulta:       http://www.cnbv.gob.mx/recursos/LIC(3)_2005.doc

¡       Nuevo Acuerdo de Capital

·           Perspectiva general del Nuevo Acuerdo General de Basilea.

·      Principios contenidos en el Pilar I del Acuerdo de Basilea II          Fuente para consulta:        http://www.bis.org/publ/bcbs118.pdf

          Intermediarios Financieros No Bancarios y Otros Participantes

¡       Ley de Sociedades de Inversión    Fuente para consulta:       (http://www.cnbv.gob.mx/recursos/LSI_2005.doc)

¡       Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

¡       Ley de Ahorro y Crédito Popular

¡       Instituciones Calificadoras de Valores

¡       Proveedores de Precios

          Marco Normativo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

¡       Objetivo y Facultades de la CNBV como Autoridad Financiera

¡       Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Regulación prudencial y secundaria del sistema financiero mexicano

A.      Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito (Circular única de bancos), publicadas en el DOF el 2 de diciembre de 2005 y con actualizaciones publicadas el 28 de marzo de 2006:

-           Título primero, Capítulo I. Definiciones en materia de: Administración Integral de Riesgos, Calificación de Cartera, Proceso Crediticio, Diversificación de Riesgos y Control Interno.

-           Título segundo, Capítulo I, Otorgamiento de créditos y provisiones preventivas adicionales

-           Título segundo, Capítulo III, Diversificación de riesgos

-           Título segundo, Capítulo IV, Administración de riesgos

-           Título segundo, Capítulo V, Calificación de cartera crediticia

-           Título segundo, Disposiciones Prudenciales. Capítulo VI, Controles internos.

          Fuente para consulta:       http://www.cnbv.gob.mx/recursos/circula/CUBancos/CUB_ACircular.doc

B.      Reglas para los requerimientos de Capitalización de las Instituciones de Banca Múltiple           Fuente para consulta:               http://www.shcp.gob.mx/servs/normativ/rdiversas/rd_991213.html

          Operativa

A.      Circular Unica de Emisoras, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 19 de marzo de 2003, actualizadas con las modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación hasta el 22 de septiembre de 2006.      Fuente para consulta:               http://www.cnbv.gob.mx/circularesbancarias.asp?circ_id=8

B.      Circular Unica de Casas de Bolsa, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004, actualizadas con las reformas y adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 9 de marzo de 2005, el 29 de marzo de 2006 y el 26 de junio de 2006.     Fuente para consulta:       http://www.cnbv.gob.mx/circularesbancarias.asp?circ_id=11

TEMARIO

PUESTO: INSPECTOR “A” EN LA DIRECCION GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES FINANCIERAS “D” (1513)

ANALISIS FINANCIERO

·           Conceptos de análisis financiero (general y bancario)

·           Concepto y cálculo de Razones e indicadores financieros

·           Análisis de Contabilidad

NORMATIVIDAD

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo III: Diversificación de Riesgos

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo IV: Administración de Riesgos

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo V: Calificación de Cartera Crediticia

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Título 2: Disposiciones Prudenciales, capítulo VI: Controles Internos

MATEMATICAS FINANCIERAS

·           Concepto y cálculo de interés simple e interés compuesto

·           Concepto y cálculo de tasas efectivas y tasas equivalentes

·           Concepto y cálculo de anualidades

·           Cálculo de valor presente y valor futuro.

CONTABILIDAD FINANCIERA

·           Normas de Información Financiera

·           Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Banca Múltiple (circular única), Anexo 33; Criterios Contables

TEMARIOPUESTO ESPECIALISTA “B” DE CONTROL (1601)

LEYES Y NORMATIVIDAD

·      Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

¡      Título Primero

·      Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

¡      Disposiciones Generales de la Ley

¡      Obligaciones de los Servidores Públicos

¡      Declaración de Situación Patrimonial

·      Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Reglamento

¡      Disposiciones Generales

¡      Información Pública y Portal de Transparencia

¡      Información Reservada y/o Confidencial

¡      Comité de Información y Unidad de Enlace

¡      Periodos y Tiempo de Observación

·      Ley del Servicio Profesional de Carrera y Reglamento

¡      Disposiciones Generales

¡      Identificación y Operación de los Subsistemas

¡      Comités de Profesionalización y Selección

·      Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y Reglamento Interior de la CNBV

¡      Disposiciones Generales

¡      Estructura y Facultades

·      Reglamento Interior de la Secretaría de Función Pública

¡      Disposiciones Generales

¡      Facultades de los Organos Internos de Control

·      Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2001-2006

¡      Identificación de objetivos estratégicos

NORMATIVIDAD SOBRE REVISIONES DE CONTROL INTERNO

·      Normas Generales de Auditoría

¡      Conceptos Generales

·      Guía General de Revisiones de Control

·      Guía de Mejoramiento de Controles Internos en los Procesos

·      MODELO COSO

·      Conceptos Generales

·      Elementos de Control Interno

ADMINISTRACION DE PROCESOS

·      Concepto

·      Características y elementos de los procesos

·      Proceso: modelo cliente-proveedor

·      Elementos de los procesos-características de los procesos

·      Tipos de procesos

·      Procesos de negocios fundamentales

·      Procesos de apoyo-subprocesos

·      Unidad de la administración de procesos

·      Ventajas de la administración de procesos

·      Rediseño de procesos

·      Mapeo de procesos-diagramas de flujo de procesos

·      Razones para mejorar los procesos

·      Principios fundamentales de rediseño

·      Ciclo de la metodología para el rediseño de procesos

·      Aplicación y Herramientas

·      Técnicas para rediseñar- Mejora de Procesos

·      Histograma

·      Diagrama de Pareto

·      Diagrama causa - efecto

NORMA INTERNACIONAL DE CALIDAD ISO 9000 y 9001:2000

·      Norma Internacional de Calidad ISO 9000

¡      Características Generales

¡      Términos y significados

·      Norma Internacional de Calidad ISO 9001: 2000

¡      Características Generales

TEMARIO

PUESTO: ESPECIALISTA “A” EN LA DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION, PRESUPUESTO Y RECURSOS MATERIALES (1604)

MARCO LEGAL EN MATERIA DE CONCERTACION DE ESTRUCTURAS PROGRAMATICAS Y FORMULACION, REGISTRO, EJERCICIO Y CONTROL DEL PRESUPUESTO

o       Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Títulos Primero y Segundo

o       Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, Títulos Primero, Segundo y Tercero de ambas.

o       Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

o       Manual de Normas Presupuestarias de la Administración Pública Federal

o       Clasificador por Objeto del Gasto

o       Disposiciones para la operación del Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP)

LINEAMIENTOS PARA LA RENDICION DE CUENTAS, INFORMES PROGRAMATICOS, PRESUPUESTALES Y FINANCIEROS.

o       Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Títulos Primero y Segundo

o       Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, Títulos Primero, Segundo y Tercero de ambas.

o       Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación

o       Disposiciones para la operación del Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP)

o       Disposiciones para la elaboración de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal

o       Disposiciones para la operación del Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público

MARCO LEGAL EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO

o       Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, Títulos Segundo, Tercero y Cuarto de ambas.

 

(R.- 001314)