Secretaría de Educación Pública

Comité de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37, 69, 75, fracción III y 80 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 23, 25, 29, párrafo segundo, 30, 32, 35, 38, 101 y 105 de su Reglamento y numerales primero, noveno y décimo de los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2004, emite la siguiente:

Convocatoria 08/2007 pública y abierta del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

Nombre de la plaza:

Director General de Educación Tecnológica Industrial

Número de vacantes:

Una

Nivel Administrativo:

CFKB02

Director General

Percepción ordinaria:

$153,483.34 mensual bruta

Sede:

México, D.F.

Adscripción:

Subsecretaría de Educación Media Superior

Funciones principales:

1.      Proponer normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la Educación Media Superior Tecnológica Industrial;

2.      Impulsar las reformas curriculares de los estudios de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

3.      Proponer, en coordinación con las Unidades Administrativas competentes de la Secretaría, la incorporación del conocimiento de las tecnologías de la información y la comunicación y su aplicación en los programas académicos y materiales pedagógicos correspondientes a la Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

4.      Promover la creación de redes de intercambio y cooperación académica entre las Instituciones de Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios y las que imparten niveles equivalentes, así como las de Educación Superior, a fin de articular sus respectivos currículos dentro de un esquema de calidad;

5.      Expedir certificados y otorgar constancias y diplomas a las personas que hayan concluido estudios conforme a los planes y programas de Bachillerato Tecnológico o de Técnico Profesional que impartan los servicios de Educación Media Superior Tecnológica Industrial;

6.      Impulsar investigaciones sobre la Educación Tecnológica Industrial y de Servicios con los Centros e Instituciones de Investigación y de Formación de Profesores;

7.      Diseñar y promover programas de actualización para los docentes que impartan la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios;

8.      Substanciar y resolver los procedimientos por los que se retire el reconocimiento de validez oficial de los Estudios de Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios;

9.      Establecer, en términos de la Ley General de Educación, mecanismos de coordinación con los gobiernos de las Entidades Federativas para la mejor prestación de los servicios de Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios;

10.    Proporcionar a los Organismos Descentralizados de los Gobiernos de las Entidades Federativas que impartan la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios la asistencia académica, técnica y pedagógica que acuerde la propia Secretaría;

11.    Formular disposiciones técnicas y administrativas para organizar, operar, desarrollar, supervisar y evaluar, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, de la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios, así como difundir las aprobadas y verificar su cumplimiento;

12.    Verificar que las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje aprobados para la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios, se apliquen íntegra y correctamente en los Centros de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios, Centros de Estudios Tecnológicos Industriales y de Servicios;

13.    Estudiar y resolver las solicitudes para otorgar el reconocimiento de validez oficial a los estudios de Bachillerato Tecnológico Industrial o de Técnico Industrial que se impartan en planteles particulares;

14.    Supervisar, en términos de la Ley General de Educación, que las instituciones incorporadas a la Secretaría que impartan la Educación Media Superior del área Tecnológica Industrial y de Servicios cumplan con las normas aplicables;

15.    Organizar, operar, desarrollar y supervisar la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios, que imparta la Secretaría, así como evaluarla en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas;

16.    Proponer lineamientos conforme a los cuales puedan desarrollarse mecanismos de financiamiento para impulsar los planes de desarrollo para las escuelas y la modernización de la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios;

17.    Emitir opinión técnica sobre la factibilidad de establecer nuevos planteles dependientes de la Secretaría, que impartan la Educación Media Superior del Area Tecnológica Industrial y de Servicios;

18.    Definir normas y políticas en materia de equipamiento y mantenimiento de planteles, así como proponer las prioridades en construcción, conservación, uso y aprovechamiento de edificios, instalaciones, mobiliario y equipo.

Perfil y requisitos:

Académicos:

Licenciatura en Administración, Comunicación, Educación, Computación e Informática, Diseño, Ingeniería, Mecánica

Titulado

 

Laborales:

Mínimo nueve años de experiencia en Tecnología Industrial, Economía del Cambio Tecnológico, Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Economía Sectorial, Organización y Planificación de la Educación, Ciencia Política, Administración Pública, Sociología Política, Sociología

 

Capacidades

gerenciales:

1.- Visión Estratégica

2.- Liderazgo

 

Capacidades

técnicas:

1.- Desarrollo Técnico, Pedagógico y Académico

2.- Cultura Institucional

 

Idiomas extranjeros:

Inglés.- Nivel Intermedio

 

Otros:

Disponibilidad para viajar

Nombre de la plaza:

Director General de Recursos Materiales y Servicios

Número de vacantes:

Una

Nivel Administrativo:

CFKB02

Director General

Percepción ordinaria:

$153,483.34 mensual bruta

Sede:

México, D.F.

Adscripción:

Oficialía Mayor

Funciones principales:

1.      Proponer normas para regular las actividades de administración de los recursos materiales y la prestación de servicios generales cuya aplicación corresponda a las unidades administrativas de la Secretaría. Difundir las vigentes y verificar su cumplimiento;

2.      Participar en los subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios que se creen en los Organos Desconcentrados de la Secretaría;

3.      Analizar las requisiciones, evaluar los programas y presupuestos de adquisiciones elaborados por las unidades administrativas de la Secretaría y verificar su correcta ejecución;

4.      Tramitar la adquisición de bienes y la contratación de servicios de apoyo que requieran las unidades administrativas de la Secretaría;

 

5.      Propiciar en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría la conservación, reparación, mantenimiento y adaptación del mobiliario, maquinaria, equipo e instrumental destinado a la labor educativa y administrativa;

6.      Prestar los servicios generales de correspondencia, archivo, almacén, aseo, intendencia, mantenimiento, taller de automotores, transportes, vigilancia y demás que requieran las unidades administrativas de la Secretaría, así como mantener asegurados sus bienes;

7.      Conservar, reparar, mantener y adaptar los edificios destinados a labores administrativas de la Secretaría;

8.      Tramitar en coordinación con la Dirección General de Asuntos Jurídicos los contratos de obra, adquisiciones, arrendamientos y de prestación de servicios de la Secretaría, así como realizar los trámites necesarios ante las autoridades competentes y las instituciones respectivas para recuperar las garantías otorgadas por proveedores y contratistas;

9.      Vigilar que las obras de construcción, reparación, adaptación o mantenimiento se realicen conforme a las especificaciones de los contratos y proyectos respectivos;

10.    Llevar el inventario de los bienes muebles de la Secretaría y el procedimiento que deba seguirse en lo relativo a su afectación y destino final;

11.    Llevar el registro de los bienes inmuebles asignados y destinados a la Secretaría;

12.    Supervisar el establecimiento y operación de los servicios de seguridad en las unidades administrativas de la Secretaría, así como proponer las medidas que resulten conducentes;

13.    Coordinar el establecimiento y operación de los programas de protección civil en las unidades administrativas de la Secretaría y asesorar en la materia a los planteles en que se imparte educación de los tipos Medio Superior y Superior, así como en las entidades del Sector Educativo.

Perfil y requisitos:

Académicos:

Licenciatura en Administración, Economía, Derecho, Ciencias Políticas y Administración Pública, Titulado

 

Laborales:

Mínimo ocho años de experiencia en Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Administración Pública, Organización y Dirección de Empresas

 

Capacidades

gerenciales:

1.- Liderazgo

2.- Visión Estratégica

 

Capacidades

técnicas:

1.- Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios

2.- Servicios Generales

 

Idiomas extranjeros:

No Requerido

 

Otros:

Disponibilidad para viajar

Nombre de la plaza:

Director General Adjunto de Inmuebles

Número de vacantes:

Una

Nivel Administrativo:

CFLA01

Director General Adjunto

Percepción ordinaria:

$85,888.92 mensual bruta

Sede:

México, D.F.

Adscripción:

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Funciones principales:

1.      Proponer y difundir las normas y procedimientos que deben cumplirse en materia de: monumentos históricos, obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de seguridad y protección civil para el desarrollo de las actividades prioritarias que sustenten a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios se lleven a cabo bajo líneas específicas;

2.      Verificar el proceso de difusión y aplicación de la normatividad que emitan las instancias internas y externas facultadas en materia de inmuebles, monumentos históricos, obra pública y servicios relacionados con la misma, así como de seguridad y protección civil, para evitar incurrir en acciones fuera de norma que sean objeto de observación por parte de los Organos de Control;

 

3.      Dirigir la integración, elaboración y presentación de los programas de necesidades y de trabajo en materia de inmuebles, monumentos históricos, obra pública y servicios, así como de seguridad y protección civil, además de los programas especiales para fomentar el ahorro, promover la preservación y protección del medio ambiente para atender con oportunidad los requerimientos de las unidades administrativas y así contribuir al desarrollo de las actividades propias de la SEP;

4.      Dirigir la definición y aplicación de criterios técnicos y programas de supervisión de las obras en construcción, conservación, adaptación o mantenimiento, verificando que el proceso se realice conforme a las especificaciones de pedidos, contratos y procedimientos técnicos establecidos;

5.      Acordar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos las estrategias de formalización de contratos de arrendamiento de inmuebles, obra pública y servicios relacionados con la misma y de seguridad y vigilancia privada;

6.      Establecer los controles necesarios sobre el avance y seguimiento de obras para garantizar que las obras de construcción, reparación, adaptación o mantenimiento se realicen de acuerdo a las especificaciones de los proyectos y contratos autorizados dentro de las condiciones presupuestales establecidas para en su caso aplicar las acciones preventivas o correctivas necesarias;

7.      Evaluar el avance y desarrollo de los programas en materia de inmuebles, monumentos históricos, obra pública y servicios, así como de seguridad y protección civil para reorientarlos en caso necesario;

8.      Autorizar los criterios para el establecimiento de los dispositivos de seguridad y vigilancia necesarios en las diversas unidades administrativas centrales de la SEP en el marco de la asignación presupuestal autorizada;

9.      Definir las estrategias de difusión para la operación de los programas de protección civil que se instituyan en las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública, proporcionar el asesoramiento necesario a los planteles en los que se imparte educación tecnológica media superior y superior, así como a las entidades del sector educativo a los trabajadores, estudiantes y docentes para que conozcan los elementos básicos de la protección civil y estén preparados en caso de emergencia;

10.    Coordinar y dirigir la integración, elaboración y presentación de los programas de necesidades y de trabajo en materia de seguridad y vigilancia que atiendan con oportunidad los requerimientos de las unidades responsables.

Perfil y requisitos:

Académicos:

Licenciatura en Administración, Economía, Ciencias Políticas y Administración Pública, Derecho. Titulado

 

Laborales:

Mínimo cinco años de experiencia en Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Administración Pública, Organización y Dirección de Empresas

 

Capacidades

gerenciales:

1.- Negociación

2.- Liderazgo

 

Capacidades

técnicas:

1.- Servicios Generales

2.- Administración de Proyectos

 

Idiomas extranjeros:

No requerido

 

Otros:

Disponibilidad para viajar

Nombre de la plaza:

Director de Apoyo a la Operación Estatal

Número de vacantes

Una

Nivel Administrativo:

CFMA02

Director de Area

Percepción ordinaria:

$56,129.21 mensual bruta

Sede:

México, D.F.

Adscripción:

Dirección General de Educación Tecnológica Industrial

Funciones principales:

1.      Dirigir y controlar el desarrollo de los programas de apoyo a la operación estatal del sistema de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios de acuerdo con los lineamientos establecidos;

2.      Verificar la aplicación de las estructuras organizacionales y ocupacionales autorizadas para la operación de las coordinaciones de Educación Tecnológica Industrial y establecer las medidas que procedan a la corrección de las desviaciones que se encuentren;

 

3.      Dirigir y controlar la integración y actualización de los informes y expedientes de los planteles y personal directivo de las coordinaciones de enlace operativo en los estados y de los planteles del subsistema;

4.      Elaborar el programa operativo anual y el anteproyecto del presupuesto de la dirección de apoyo a la operación estatal con base en los lineamientos establecidos para tal fin y presentarlos a la dirección general para lo conducente;

5.      Participar en la elaboración de diagnósticos académicos y administrativos de la Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

6.      Establecer los lineamientos y procedimientos para la supervisión a las coordinaciones y planteles de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

7.      Establecer con la dirección de planeación y evaluación los criterios y lineamientos para la autorización de las estructuras académicas de los planteles del sistema;

8.      Proponer mejoras a los procesos académicos y administrativos en los planteles con el fin de elevar la calidad en el servicio;

9.      Coordinar y organizar las reuniones nacionales del personal directivo de los planteles y de las coordinaciones del sistema de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

10.    Establecer programas de capacitación y actualización profesional para los directivos de las coordinaciones y de los planteles de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

11.    Dirigir y coordinar el desarrollo de cursos de capacitación y actualización profesional regionales y nacionales del personal directivo de las coordinaciones y planteles de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

12.    Dirigir y coordinar la elaboración de propuestas de lineamientos, procedimientos e instrumentos para la supervisión y dictaminación a los particulares que soliciten o cuenten con reconocimiento de validez oficial de estudios de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios;

13.    Proponer a la dirección general con base en los resultados de las supervisiones efectuadas por las coordinaciones los dictámenes a los particulares que soliciten o tengan reconocimiento de validez oficial de estudios de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios.

Perfil y requisitos:

Académicos:

Licenciatura en Administración, Ciencias Políticas y Administración Pública, Contaduría, Economía, Ingeniería, Educación, Titulado

 

Laborales:

Mínimo cuatro años de experiencia en Organización y Dirección de Empresas, Auditoría Operativa, Ciencias Políticas, Administración Pública, Economía Sectorial, Cambio y Desarrollo Social

 

Capacidades

gerenciales:

1.- Liderazgo

2.- Negociación

 

Capacidades

técnicas:

1.- Desarrollo Técnico, Pedagógico y Académico

2.- Administración de los Servicios Educativos

 

Idiomas extranjeros:

No Requerido

 

Otros:

Disponibilidad para viajar

 

Bases

Requisitos de participación:

1a. Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos académicos y laborales previstos para el puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.

Documentación requerida:

2a. Los aspirantes deberán presentar en original o copia certificada y copia simple para su cotejo:

R Acta de nacimiento y/o certificado de nacionalidad, carta de naturalización o forma migratoria que autorice trabajar en el país; R Documento que acredite el nivel académico requerido para el puesto por el que concursa (sólo se aceptará Título y/o Cédula Profesional), R Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se acepta credencial para votar con fotografía, pasaporte o cédula profesional), Cartilla liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años), R Curriculum Vitae y R Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica.

La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la evaluación curricular y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del proceso y de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante.

Registro de candidatos y temarios:

3a. La entrega de solicitudes para la inscripción a un concurso y el registro de los aspirantes al mismo, se realizarán a través de la herramienta: www.trabajaen.gob.mx, el que les asignará un folio al aceptar las condiciones del concurso, formalizando su inscripción a éste, e identificándolos durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité de Selección, asegurando así el anonimato del aspirante.

Los temarios referentes a la evaluación de capacidades técnicas estarán publicados en el portal: www.sep.gob.mx, (menú de INSTITUCIONAL.- opción Ingreso SPC.- TEMARIOS).

Etapas del concurso:

4a. El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo a las fechas establecidas a continuación:

Etapa

Fecha o plazo

Publicación de convocatoria:

2/05/07

Registro de Aspirantes:

Del 2/05/07 al 3/07/07

Revisión curricular:

Del 4/07/07 al 6/07/07

Presentación de documentos.

Del 9/07/07 al 3/08/07

Evaluación técnica:

Del 9/07/07 al 3/08/07

Evaluación de capacidades:

Del 9/07/07 al 3/08/07

Entrevista por el Comité de Selección:

Del 6/08/07 al 15/08/07

Resolución candidato:

16/08/07 al 17/08/07

 

R Importante: Cabe hacer mención que las plazas convocadas a concurso público y abierto, a través de la presente Convocatoria, estarán vacantes a partir del 1 de septiembre de 2007, por lo que los candidatos que resulten ganadores en el concurso citado serán nombrados con efectos iniciales a partir de dicha fecha.

R Nota: Estas fechas están sujetas a cambio sin previo aviso en razón al procedimiento de evaluación de capacidades y al número de aspirantes que participen por esta plaza.

Publicación de resultados:

5a. Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en los portales electrónicos: www.sep.gob.mx y www.trabajaen.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para cada candidato.

Recepción de documentos y aplicación de evaluaciones:

6a. Para la recepción y cotejo de los documentos personales, así como para la aplicación de las evaluaciones de capacidades gerenciales, de visión de servicio público y técnicas, así como la entrevista del Comité de Selección, el candidato deberá acudir a las oficinas de: Oficialía Mayor de la Secretaría de Educación Pública, ubicada en la calle de Brasil No. 31, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06029 y/o en las oficinas de la Dirección General de Personal de la Secretaría de Educación Pública, con domicilio en calle Izazaga No. 29, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06080, ambas ubicadas en la Ciudad de México, D.F., el día y la hora que se le informe a través de la herramienta: www.trabajaen.gob.mx.

Resolución de dudas:

7a. A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a la plaza y el proceso del presente concurso, se ha instrumentado un módulo de atención telefónica en el número 3003 6000, Ext. 13179 y el correo electrónico ingreso_sep@sep.gob.mx, de esta dependencia, donde se atenderán las dudas referentes a este proceso.

Principios del concurso:

8a. El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de igualdad de oportunidades, reconocimiento al mérito, confidencialidad, objetividad y transparencia, sujetándose el desarrollo del proceso, las deliberaciones del Comité de Selección y los criterios de desempate a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicados en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2003, 2 de abril de 2004 y 4 de junio de 2004.

Disposiciones generales:

1.      Los datos personales de los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.

2.      En el portal electrónico: www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse detalles sobre el concurso y la plaza vacante.

3.      El Comité de Selección determinará los criterios de evaluación con base a las siguientes disposiciones: Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento, Acuerdo que tiene por objeto establecer los lineamientos que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección, publicado en el Diario Oficial de la Federación.

4.      El Comité de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso cuando no se cuente con al menos tres candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima requerida o si una vez realizadas las entrevistas ninguno cubre los requerimientos mínimos para ocupar la plaza vacante. En caso de declarar desierto el concurso se procederá a emitir una nueva convocatoria.

5.      Los concursantes podrán presentar inconformidad, ante la Unidad de Servicio Profesional y Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera y su Reglamento.

6.      Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité de Selección conforme a las disposiciones aplicables.

México, D.F., a 2 de mayo de 2007.

La Presidencia del Comité de Selección del Sistema de Servicio Profesional de

Carrera de la Secretaría de Educación Pública

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

El Presidente del Comité de Selección

Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 55 del Reglamento Interior de la Secretaría de

Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 21 de enero de 2005,

en ausencia del Titular de la Dirección General de Personal, firma

El Director General Adjunto en Materia de Remuneraciones

Lic. Raymundo V. Yáñez del Razo

Rúbrica.

 

(R.- 001554)