Secretaría de Gobernación
El
Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en los
artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32
fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, tercero y séptimo transitorios de su
Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre
de 2007, emite la siguiente:
Convocatoria pública y
abierta 009/2012 del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.-
|
Nombre del puesto |
TECNICO(A) ESPECIALIZADO(A) EN
SISTEMAS |
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Código del puesto |
04-810-1-CFPA001-0000355-E-C-M |
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Nivel administrativo |
PA1 |
Número de vacantes |
01 |
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Percepción mensual bruta |
$14.297.37 (CATORCE MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS 37/100 M.N.) |
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Adscripción del puesto |
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS |
Sede
|
MEXICO, D.F. |
|
Funciones principales |
1.
DAR SEGUIMIENTO A LA FUNCIONALIDAD TECNICA DE LOS MODULOS
DEL SISTEMA INTEGRAL DE RECURSOS HUMANOS Y NOMINA, PARA DETECTAR Y CORREGIR
LAS FALLAS QUE SE PRESENTEN. 2.
REALIZAR EL MANTENIMIENTO DE LOS MODULOS DE OBLIGACIONES
PATRONALES Y FISCALES, PARA ASEGURAR LA OPERACION DE LAS AREAS USUARIAS. 3.
EFECTUAR LA SISTEMATIZACION DE INFORMACION EN EL AREA DE
OBLIGACIONES PATRONALES Y FISCALES, PARA CONTRIBUIR AL CUMPLIMIENTO DE LOS
TIEMPOS DE PRESENTACION DE DECLARACIONES, PAGOS, CUOTAS, APORTACIONES Y
RETENCIONES. 4.
ACTUALIZAR LA INFORMACION DE LAS PLANTILLAS BASE DEL
SECTOR CENTRAL DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA APOYAR LOS PROCESOS DE
TRAMITE Y PAGO DE VIATICOS. 5.
ATENDER EN LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS LAS
SOLICITUDES DE SOPORTE A LOS USUARIOS DEL SISTEMA SIAFF, PARA GARANTIZAR LA
TRANSFERENCIA DE DATOS A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. 6.
COMPROBAR LA TRANSMISION DE DATOS DE LA NOMINA AL BANCO,
PARA COADYUVAR AL PAGO DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION. 7.
REALIZAR EL SOPORTE TECNICO AL SISTEMA INTEGRAL DE
RECURSOS HUMANOS, PARA GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACION DE LAS AREAS
USUARIAS. |
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Perfil y requisitos |
ESCOLARIDAD CARRERA TECNICA O COMERCIAL PASANTE Y CARRERA TERMINADA |
CARRERA GENERICA: ·
NO APLICA VEASE EL
CATALOGO DE CARRERAS EN TRABAJAEN. |
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EXPERIENCIA LABORAL 4 AÑOS |
AREA DE EXPERIENCIA
GENERICA: ·
CIENCIA DE LOS ORDENADORES. ·
TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES. ·
ADMINISTRACION PUBLICA. VEASE EL CATALOGO DE CAMPOS Y AREAS DE EXPERIENCIA EN TRABAJAEN. |
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CAPACIDADES GERENCIALES |
1.
ORIENTACION A RESULTADOS. 2.
TRABAJO EN EQUIPO. NIVEL 1 ENLACE. |
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CAPACIDADES TECNICAS |
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA
CONVOCATORIA PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx |
||
SECRETARIA DE GOBERNACION
Bases de participación
1a. Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas
que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto
y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá
acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser
ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a)
cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud
para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al
estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto; y no estar
inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal.
2a. Documentación requerida
Los(as) aspirantes deberán
ingresar a la página www.segob.gob.mx en el apartado denominado <Temas de
Interés>, <Vacantes del SPC>, <Formatos para el Subsistema de
Ingreso> para imprimir en un tanto, desde el Formato 1 hasta el Formato 5;
mismos que serán presentados el día de la revisión documental, debidamente
requisitados de forma manual. Adicional e invariablemente, deberán presentar en
original o copia certificada y copia simple para su cotejo, los documentos que
se mencionan a continuación:
1.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma,
debiendo ser: Credencial para Votar o Pasaporte vigente o Cédula Profesional o
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según
corresponda.
3.
Escrito bajo protesta de decir verdad (Formato 2), de ser
ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a)
cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido
sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer
al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto; no estar inhabilitado(a)
para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica.
Deberá presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos,
tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios
obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el
servicio público, privado o social. Adicionalmente, en el caso de los
servidores(as) públicos(as) de carrera titulares para valoración de mérito,
podrán presentar los Resultados de la última Evaluación del Desempeño en
original y copia, o en su caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se
muestre este dato y/o equivalente. Sobre los Resultados de las Acciones de
Capacitación, se refiere al promedio de las calificaciones de las acciones de
capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Este elemento no se
valorará si el(la) candidato(a), bajo protesta de decir verdad, manifiesta que
no se llevaron a cabo acciones de capacitación en la dependencia respectiva, o
si ninguna de las constancias que presente señalan el otorgamiento específico
de alguna calificación, se validan con original y copia de las constancias de
capacitación correspondientes al ejercicio fiscal inmediato anterior, en las
que se pueda corroborar el nombre de la Institución que impartió la
capacitación, el nombre del evento, así como el periodo de duración; o en su
caso, impresión de la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato y/o
equivalente. Los Resultados de Procesos de Certificación se refiere a capacidades
profesionales certificadas vigentes en puestos sujetos al Servicio Profesional
de Carrera, es decir, las que ha obtenido mientras se ha desempeñado como
Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular, se validarán a su vez, con original
y copia de las constancias de certificación correspondientes en las que se
pueda corroborar el nombre de la Institución certificadora, el nombre de la
capacidad certificada y el periodo en que la cursó; o en su caso, impresión de
la pantalla del RUSP en la que se muestre este dato. Comprobantes de
capacidades certificadas vigentes en puestos sujetos al SPC y/o equivalente.
Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el
momento de la revisión documental. Las personas que participen en los concursos
de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su
identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto
registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en
el artículo 21 de la Ley.
4.
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente
en el caso de hombres hasta los 40 años).
5.
Tres impresiones del Currículum Vítae de Trabajaen
actualizado, detallando funciones específicas en el apartado denominado "experiencias
en el cargo, puesto o posición" de cada experiencia laboral registrada,
además del lugar y periodo en el que laboró. Para acreditar los años de
experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en
el currículo registrado en Trabajaen, se deberán presentar según sea el caso:
hoja única de servicios o equivalente, contratos, alta o baja del ISSSTE, IMSS
u otro instituto de seguridad social, comprobantes de pago, constancias de
empleo en hoja membretada indicando el período laborado. Los comprobantes
presentados, deben permitir la acreditación tanto del inicio como el fin de
cada experiencia laboral referida.
6.
Documento que acredite el nivel de
estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico
sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), sólo serán válidos
el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de
Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto
la "Autorización Provisional para ejercer la Profesión por el Título en
Trámite" expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría
de Educación Pública. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero,
de conformidad con el numeral 175 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos,
publicado el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) del 29 de agosto de 2011 en el cual se expide el
Manual del Servicio Profesional de Carrera deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para
los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o
Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución
académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su
defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los
concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de
experiencia requeridos por el perfil del puesto, el (la) aspirante podrá
presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio
social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera
genérica que se solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de
nivel de enlace, jefatura de departamento y subdirección de área u homólogo, se
deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el
perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir
el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se
trate, los puestos de nivel de dirección de área, dirección general adjunta
dirección general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el grado
de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil de puesto.
7.
Impresión
del documento de Bienvenido(a) al sistema TrabajaEn como comprobante del folio
asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
8.
Para
que un servidor público de carrera titular pueda ser sujeto a una promoción por
concurso en el sistema y busque acceder a un cargo de mayor responsabilidad,
jerarquía o rango, deberá presentar al menos dos evaluaciones del desempeño
anuales, conforme al Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la APF (RLSPC); se tomarán en cuenta las últimas que haya
aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se
desempeña o en otro anterior; incluso aquellas que se hayan practicado como
servidores(as) públicos(as) considerados(as) de libre designación, previo a
obtener su nombramiento como personal de carrera titulares. Las evaluaciones a
que se refiere este párrafo, se acreditarán en el momento de la revisión
documental. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los(as) servidores(as)
públicos(as) de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del
puesto que ocupen. Para las promociones por concurso, en el caso del personal
de carrera de primer nivel de ingreso (enlace), la evaluación del desempeño
mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de
las dos requeridas de conformidad al numeral 252 del Acuerdo por el que se
emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y
Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio de 2010 y
última reforma publicada en el DOF del 29 de agosto de 2011 en el cual se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera. De no estar en alguno de
los casos anteriores, se deberá manifestar en el escrito bajo protesta de decir
verdad citado en el numeral tres de este documento, no ser servidor(a)
público(a) de carrera titular.
9.
Datos de dos referencias laborales, de preferencia de los
dos últimos empleos conforme al Formato 5.
No obstante
haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho de solicitar la documentación o referencias que
acrediten los datos registrados en la revisión curricular y documental en cualquier etapa del proceso; por lo
que de no acreditarse su existencia o autenticidad, se descalificará
automáticamente al(la) aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para la Secretaría de Gobernación, la cual se reserva el
derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
3a. Registro de aspirantes
La inscripción o el registro de
los(as) aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
Publicación de la Convocatoria en el DOF a través de la página TrabajaEn, en la
dirección: www.trabajaen.gob.mx. la cual asignará un número de folio de participación para el concurso, al aceptar
las presentes bases, que servirá para formalizar la inscripción a éste y de
identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista
por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de los(as) aspirantes.
Programa del concurso:
|
Fase o Etapa |
Fecha o plazo |
|
Publicación de Convocatoria |
Del 2 al 18 de mayo de 2012. |
|
Registro de aspirantes (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx) |
Del 2 al 18 de mayo de 2012. |
|
Revisión curricular (por la
herramienta www.trabajaen.gob.mx) |
Del 2 al 18 de mayo de 2012. |
|
Recepción de solicitudes para
reactivación de folios |
Del 21 al 23 de mayo de 2012. |
|
Evaluación de conocimientos |
A partir
del 23 de mayo de 2012. |
|
Revisión Documental. De conformidad con lo
referido en el Apartado: 2a. Documentación requerida. |
|
|
Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito |
|
|
Evaluación de Habilidades |
|
|
Entrevista por el Comité Técnico de
Selección |
|
|
Determinación |
En razón del número de aspirantes que
participen en cada una de las etapas, el orden de las mismas, las fechas y los
horarios indicados, podrán estar sujetas a
cambio sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento al
concurso a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
La aplicación de las evaluaciones
consideradas en el proceso de selección, se realizará en las mismas fechas y
horarios a todos los(as) aspirantes que continúen en el concurso, a fin de
garantizar la igualdad de oportunidades.
4a. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán
los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la
convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx.
5a. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación
comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse
para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del
concurso, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el
rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que, será motivo de descarte
del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será
notificado por el Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación a
través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
De conformidad con el numeral 208 del
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación,
Organización y Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio
de 2010 y última reforma publicada en el DOF del 29 de agosto de 2011 en el
cual se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, la invitación se
enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados,
se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa
que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes, será de diez
minutos.
La
presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la
aprobación de la Etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se
contemplarán las siguientes premisas:
§
La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de
descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala
de
§
La subetapa de evaluación de habilidades no será motivo de
descarte, considerando para los cálculos del sistema de puntuación la
calificación obtenida de
§
Los resultados obtenidos en las subetapas de: Evaluación de
la Experiencia y Valoración del Mérito, así como la etapa de entrevistas, serán
consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de
los(as) candidatos(as).
La
Secretaría de Gobernación aplicará las herramientas de evaluación en las
instalaciones de la Secretaría, o en su caso, en los Centros de Evaluación
autorizados.
De conformidad con la Metodología y
Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración
del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir
del 23 de abril del 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación
de la Experiencia serán los siguientes:
-
Orden en los puestos desempeñados.
-
Duración en los puestos desempeñados.
-
Experiencia en el Sector público.
-
Experiencia en el Sector privado.
-
Experiencia en el Sector social.
-
Nivel de responsabilidad.
-
Nivel de remuneración.
-
Relevancia de funciones o actividades.
-
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de
la vacante.
-
En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de
la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración
del Mérito serán los siguientes:
-
Resultados de las evaluaciones del desempeño.
-
Resultados de las acciones de capacitación.
-
Resultados de procesos de certificación.
-
Logros.
-
Distinciones.
-
Reconocimientos o premios.
-
Actividad destacada en lo individual.
-
Otros estudios.
Los resultados aprobatorios obtenidos
en evaluaciones anteriores consideradas en concursos de laSecretaría de
Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a
las mismas capacidades a evaluar.
En aquellos casos donde la plaza en
concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos, éstos tendrán
vigencia de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y
cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los conocimientos de que
se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de
laLey del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y el Oficio CircularNo. SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los
Criterios de carácter obligatorio que deberán observar las dependencias de la
Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la vigencia
de los resultados de la evaluación de las capacidades de los(as) aspirantes a
ocupar un puesto en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración
Pública Federal Centralizada.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en
posibilidad de atender las solicitudes de los(as) candidatos(as) que hubieran
aplicado las evaluaciones de conocimientos en esta Dependencia del Ejecutivo
Federal en la plaza de que se trate, y requieran la revalidación del resultado
aprobatorio del examen de conocimientos mencionada en el párrafo anterior,
deberá manifestarlo expresamente mediante escrito fundamentado y firmado
autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo
establecido para el registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser
dirigido al Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y enviado
a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx.
Asimismo, en caso de que un(a) candidato(a) requiera
revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un
escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de
los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser
dirigido a el(la) Secretario(a) Técnico(a) del Comité Técnico de Selección y
enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx. Es
importante señalar, que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que
respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, no procederá la revisión respecto del contenido o de
los criterios de evaluación.
La aplicación de pruebas de
habilidades para el rango de Enlace y Jefe de Departamento, será denominado
Nivel Intermedio reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a
Resultados. Para el rango de Subdirección, será denominado Nivel Ejecutivo, reflejándose
resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados. En los rangos de
Dirección de Area, Dirección General Adjunta y Dirección General será
denominado Nivel Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y
Visión Estratégica. Los resultados
arrojados en esta etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de
estos se expresen con decimales, éstos no se redondearán y se tomará el valor
inmediato inferior para su captura en el sistema y no serán motivo de
descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se estará reflejando para todos los procesos
de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales
de Nivel Intermedio o Nivel Ejecutivo tiempo en que el(la) aspirante podrá:
a)
Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la
evaluación de habilidades siempre y cuando correspondan al mismo nivel.
b)
Los resultados de la evaluación de las habilidades de la
SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a partir de su acreditación.
Para garantizar la igualdad de
oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad
de que el(la) aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los
reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus
resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se
establece el siguiente criterio:
El (la) aspirante, no podrá renunciar
al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades de SEGOB durante el
año de su vigencia.
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los
resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más
altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de
acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en
la Secretaría de Gobernación, basada en los numerales 225 y 226 del Acuerdo por
el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y
Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio de 2010 y
última reforma publicada en el DOF del 29 de agosto de 2011 en el cual se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
Por acuerdo
del Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, pasarán
a la etapa de Entrevista, los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más
altas en estricto apego al orden de prelación registrado. En caso de existir
empate en el tercer lugar de acuerdo al orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo
lugar y la totalidad de candidatos(as) que compartan el tercer lugar. Cabe
señalar, que el número de candidatos(as) que se continuaría entrevistando, será
como mínimo de tres y sólo se
entrevistarían, en caso de no contar al menos con un(a) finalista de entre
los(as) candidatos(as) ya entrevistados(as).
El Comité
Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación
electrónica, cuando así resulte conveniente.
Para la
evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los
criterios siguientes:
-
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
-
Estrategia o acción (simple o compleja)
-
Resultado (sin impacto o con impacto)
-
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se
considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje
Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en una
calificación de 70, en una escala de
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso, mediante la emisión de su determinación declarando:
a) Ganador(a) del concurso: al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y
b) Al(la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a) en el inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la
fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el
puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las
funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
6a. Reglas de Valoración y Sistema de
Puntuación
El listado de candidatos(as) en orden
de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos
con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con
el siguiente:
Sistema de Puntuación General
|
Etapa |
Subetapa |
Enlace |
Jefe(a) de Departamento |
Subdirector(a) de Area |
Director(a) de Area |
Director(a) General y Director(a) General Adjunto(a) |
|
II |
Examen de
Conocimientos |
30 |
30 |
30 |
30 |
30 |
|
Evaluación
de Habilidades |
20 |
20 |
20 |
20 |
20 |
|
|
III |
Evaluación
de Experiencia |
10* |
10 |
10 |
10 |
10 |
|
Valoración
de Mérito |
10 |
10 |
10 |
10 |
10 |
|
|
IV |
Entrevistas |
30 |
30 |
30 |
30 |
30 |
|
|
Total |
100 |
100 |
100 |
100 |
100 |
* Se asignará un puntaje
único de 10 puntos para todos los(as) aspirantes a puestos de Enlace, de
conformidad con lo señalado en los Lineamientos para la operación del
Subsistema de Ingreso, previo acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización
de la Secretaría de Gobernación.
7a. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos,
serán publicados en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
8a. Reserva de Aspirantes
Los(as) candidatos(as)
entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de Selección que no
resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se
integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se
trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los(as) candidatos(as) finalistas
estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el período que dure su
permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de
puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de
Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos
bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9a. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar
desierto un concurso por las siguientes causas:
I. Porque ningún
candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de
los(as) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un(una)
finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de los(as) integrantes del Comité Técnico de
Selección.
En caso de declararse desierto el
concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
10a. Cancelación de Concurso
El Comité
Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos
siguientes:
a) Cuando medie orden de autoridad competente
o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que
se trate o,
b) El puesto de que se trate se apruebe como
libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a laudos o
resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus
derechos a alguna persona o,
c) Cuando el Comité Técnico de
Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto
en cuestión.
11a. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en
estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose
el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, su Reglamento y del Acuerdo por el que se
emiten las Disposiciones en Materia de Planeación, Organización y
Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio de 2010 y
última reforma publicada en el DOF del 29 de agosto de 2011 en el cual se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
12a. Resolución de Dudas
A efecto de garantizar la atención y
resolución de dudas que los(as) aspirantes formulen con relación a las plazas y
el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el
número 1102-6000, extensiones 16115, 16136 o 16148, el cual estará funcionando
de 12:00 a 14:00 y de 16:30 a 18:00 horas.
13a. Inconformidades
Los(as)
concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Quejas
del Organo Interno de Control de la dependencia, en Hamburgo número 135, mezzanine,
colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, en términos de lo
dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y su Reglamento.
14a. Procedimiento para reactivación
de folios
La
reactivación de folio solo será procedente cuando sean causas imputables al
sistema, una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el(la) aspirante
tendrá 3 días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito
de petición de reactivación de folio en Oficialía de Partes de la Dirección
General de Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación, ubicada en Río
Amazonas número 91, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06500,
en México, D.F, dentro del horario de 10:00 a 14:00 horas. El escrito referido
deberá incluir:
·
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se
observe su folio de rechazo;
·
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se
observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias.
·
Justificación del porqué considera se deba reactivar su
folio;
·
Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia
laboral y escolaridad;
·
Indicar la dirección física y electrónica donde puede
recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité
Técnico de Selección respectivo.
De
conformidad la 214 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en
Materia de Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos,
publicado el 12 de julio de 2010 y última reforma publicada en el DOF del 29 de
agosto de 2011 en el cual se expide el Manual del Servicio Profesional de
Carrera.
No será
procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean
imputables al aspirante, como serían:
a)
La renuncia al concurso por parte del (de la) aspirante;
b)
Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema
imputables al (la) aspirante.
c)
Cuando se advierta la duplicidad de registros en Trabajaen,
el CTS advertirá al aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o
corregir la información y preservar un único registro. Los casos que se presenten
bajo el supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso,
determine las medidas que resulten pertinentes en base al numeral 215 del
Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Planeación,
Organización y Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio
de 2010 y última reforma publicada en el DOF del 29 de agosto de 2011 en el
cual se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera. Recibidas las solicitudes de reactivación de
folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un
término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a
efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud del(la)
aspirante. La Dirección General de Recursos Humanos, notificará a el(la)
aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección. El total de
folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a conocer en
la página www.gobernacion.gob.mx, sección portal de obligaciones de transparencia/información
relevante/otra información relevante/sistema de Servicio Profesional de
Carrera.
15a. Disposiciones generales
1.
En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán
consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes de la
Secretaría de Gobernación.
2.
Los datos personales de los(as) concursantes son
confidenciales, aun después de concluido el concurso.
3.
Cuando el(la) ganador(a) del concurso tenga el carácter de
servidor(a) público(a) de carrera titular, para poder ser nombrado(a) en el
puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que
acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos
puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción
VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
4.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto
sobre el(la) candidato(a) ganador(a), este deberá presentarse a laborar en la
fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia
a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los(as)
finalistas a el(la) siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en
apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de laLey del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
5.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria
será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones
aplicables.
México, D.F., a 2 de mayo de 2012.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y
Servicio"
El Secretario Técnico
Lic. Fernando Gerardo Camacho Reyes
Rúbrica.
(R.- 006852)