Secretaría
de Educación Pública
Los Comités Técnicos de
Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los artículos
21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35,
36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, y; numerales
del 195 al 201 del Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversos
artículos del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de
Planeación, Organización y Administración de los Recursos Humanos, publicado el
12 de julio y se expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, del 29
de agosto de 2011, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PÚBLICA Y
ABIERTA 20/2012
Dirigida a todo (a)
interesado (a) que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera
Del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal:
Nombre
del Puesto
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DIRECTOR (A) DE
DESARROLLO ACADÉMICO
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Nivel Administrativo |
11-314-1-CFMA002-0000024-E-C-F Director (a)
de Área |
Número de vacantes
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Una |
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Percepción Mensual Bruta |
$56,129.21 (Cincuenta y
seis mil ciento veintinueve pesos 21/100 M.N.) |
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Adscripción del Puesto |
Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio (DGFCMS) |
Sede
|
México, D.F. |
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Funciones Principales: |
1. Dirigir el diseño y
elaboración de las normas y criterios académicos que regulen los programas
nacionales de formación continua, actualización, capacitación y superación
profesional de los maestros, directivos y personal de apoyo técnico de los
distintos niveles y modalidades de la educación básica, considerando la
opinión de las autoridades educativas locales y de los sectores sociales
involucrados en la educación; 2. Proponer y coordinar la
modificación de planes y programas de formación continua, actualización,
capacitación y superación profesional de los maestros, directivos y personal
de apoyo técnico de los distintos niveles y modalidades de la educación
básica, a fin de apoyar los procesos de enseñanza estudio y aprendizaje
permanente; 3. Dirigir el diseño de
estrategias para propiciar la articulación y congruencia entre los programas
de formación continua para maestros en servicio con los contenidos, planes y
programas de la educación básica, así como la articulación con los programas
de educación normal, en coordinación con la Dirección General de Educación
Superior para Profesionales de la Educación; 4. Dirigir el diseño,
elaboración, desarrollo y dictaminación de propuestas académicas que
respondan a las necesidades de formación continua y desarrollo profesional de
los maestros en servicio, directivos y personal de apoyo técnico-pedagógico
de los distintos niveles y modalidades de la educación básica; 5. Coordinar estrategias
para el aprovechamiento de los medios impresos y electrónicos en las
modalidades de estudio que se ofrecen para atender la formación continua,
actualización, capacitación y superación profesional de los maestros en
servicio, directivos y personal de apoyo técnico-pedagógico; 6. Establecer y dirigir los
procesos para que a los programas y acciones de formación continua de
maestros en servicio se les incorpore las innovaciones incluidas en los
planes y programas de estudio y en los libros, materiales y auxiliares
didácticos para distintos niveles y modalidades de la educación básica; 7. Dirigir las asesorías
académicas a las autoridades educativas estatales en lo relativo al contenido
y uso de los programas de formación continua para maestros en servicio de los
distintos niveles y modalidades de la educación básica; así como el uso de
apoyos didácticos; 8. Contribuir al desarrollo
de capacidades técnicas de equipos estatales de especialistas en el diseño y
generación de programas de formación continua de maestros en servicio; así
como de proyectos, materiales y servicios; y 9. Impulsar el desarrollo
académico de propuestas innovadoras y de calidad para mejorar los procesos formativos
de maestros, directivos y personal de apoyo técnico-pedagógico en los
distintos niveles y modalidades de la educación básica. |
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Perfil: |
Escolaridad |
Área General: Educación y Humanidades. Carreras Genéricas: Educación. Área General: Ciencias Sociales y Administrativas. Carreras Genéricas: Educación, Psicología,
Comunicación, Ciencias Políticas y Administración Pública. |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado. Deberá Presentar Título o
Cédula Profesional. |
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Experiencia
Laboral |
Mínimo 6 años de experiencia en: Grupo
de Experiencia: Pedagogía. Área
General: Teoría
y Métodos Educativos, Organización y Planificación de la Educación,
Preparación y Empleo de Profesores. Grupo
de Experiencia: Ciencia Política. Área
General: Ciencias
Políticas y Administración Pública. Grupo
de Experiencia: Psicología. Área
General: Psicología
de niño del Niño y del Adolescente, Asesoramiento y Orientación, Evaluación y
Diagnostico en Psicología. |
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Habilidades
Gerenciales |
1. Liderazgo. 2. Negociación. |
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Capacidades
Técnicas |
1. Desarrollo Técnico,
Pedagógico y Académico. 2. Vinculación de la
Educación con su Entorno. |
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Idiomas Extranjeros |
No requerido. |
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Otros |
Disponibilidad para viajar. |
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El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que
se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública:
http://www.sep.gob.mx/es/sep1/sep1_Temarios |
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Nombre
del Puesto
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DIRECTOR (A) DE
PLANEACIÓN Y LOGISTICA
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Nivel Administrativo |
11-314-1-CFMA002-0000082-E-C-I Director (a) de Área |
Número de vacantes
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Una |
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Percepción Mensual Bruta |
$56,129.21 (Cincuenta y
seis mil ciento veintinueve pesos 21/100 M.N.) |
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Adscripción del Puesto |
Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio (DGFCMS) |
Sede
|
México, D.F. |
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Funciones Principales: |
1. Organizar reuniones para
difundir los lineamientos de planeación que establecen las áreas competentes
y definir los criterios para la elaboración de planes, programas y proyectos
al interior de la DGFCMS; 2. Coordinar la elaboración del programa anual; así como de los planes y
proyectos de la DGFCMS; 3. Asesorar a las áreas de
la DGFCMS para la elaboración de programas y proyectos específicos 4. Coordinar a las áreas en
la construcción de metas e indicadores de los programas y proyectos
establecidos por la DGFCMS; 5. Desarrollar sistemas automatizados para la planeación interna; 6. Coordinar la
verificación periódica del avance en el cumplimiento de las metas
programáticas establecidas por la DGFCMS; 7. Difundir a las áreas de
la DGFCMS los lineamientos y mecanismos de control interno y proporcionar la
asesoría necesaria para garantizar su adecuado manejo; 8. Coordinar la Integración
de la información de las áreas para integrar los informes periódicos de los
resultados obtenidos en los programas y proyectos de la DGFCMS; 9. Formular los lineamientos y criterios para llevar a cabo las acciones
de evaluación interna en la DGFCMS; 10. Coordinar la elaboración
de los informes programáticos, de ejecución y demás que soliciten las
instancias competentes; 11. Coordinar el funcionamiento de las aplicaciones informáticas para el
registro y procesamiento de la información; 12. Coordinar el análisis de
resultados de la evaluación interna de los programas y proyectos de la
DGFCMS; 13. Establecer los criterios y mecanismos para el control de gestión de los
documentos; 14. Programar las acciones
de apoyo logístico para la organización y desarrollo de las reuniones,
talleres de capacitación y jornadas nacionales convocadas por la DGFCMS; y 15. Coordinar el desarrollo
de sistemas automatizados que coadyuven en la administración y modernización
de los procesos de control y seguimiento de la DGFCMS. |
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Perfil: |
Escolaridad |
Área General: Educación y Humanidades. Carreras Genéricas: Educación. Área General: Ciencias Sociales y
administrativas. Carreras Genéricas: Educación, Administración,
Psicología, Ciencias Políticas y Administración Pública. |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado. Deberá Presentar Título o
Cédula Profesional. |
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Experiencia
Laboral |
Mínimo 6 años de experiencia en: Grupo
de Experiencia: Pedagogía. Área
General: Teoría
y Métodos Educativos, Organización y Planificación de la Educación,
Preparación y Empleo de Profesores. Grupo
de Experiencia: Ciencias Económicas. Área
General: Dirección
y Desarrollo de Recursos Humanos. |
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Habilidades
Gerenciales |
1. Liderazgo. 2. Negociación. |
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Capacidades
Técnicas |
1. Programación y
Presupuesto. 2. Administración de
proyectos. |
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Idiomas Extranjeros |
No requerido. |
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Otros |
Disponibilidad para viajar. |
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El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que
se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública:
http://www.sep.gob.mx/es/sep1/sep1_Temarios |
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Nombre
del Puesto
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SUBDIRECTOR (A)
DE REVISIÓN PRESUPUESTAL DE CONTRATOS
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Nivel Administrativo |
11-710-1-CFNA002-0000494-E-C-I Subdirector (a) de Área |
Número de vacantes
|
Una |
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Percepción Mensual Bruta |
$28,664.16 (Veintiocho
mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 16/100 M.N.) |
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Adscripción del Puesto |
Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros (DGPYRF) |
Sede
|
México, D.F. |
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Funciones Principales: |
1. Coordinar la revisión y
validación de los convenios y contratos que afecten el presupuesto de la
Secretaría o en su caso devolverlos a las Unidades Administrativas para su
corrección; 2. Someter los contratos y
convenios, para su formalización o perfeccionamiento a las autoridades
correspondientes (Oficialía Mayor, DGAPRF) con el fin de remitirlos a la
Unidad de Asuntos Jurídicos para su registro obligacional; 3. Coordinar el envío de
los contratos y convenios a las Unidades Administrativas una vez terminado el
proceso de formalización y registro obligacional; 4. Coordinar el envío a la
dirección de contabilidad para guarda y custodia de los contratos y convenios
que afectan el presupuesto de la Secretaría una vez concluido el proceso de
formalización y registro obligacional; 5. Participar en el diseño
de contratos y convenios que afecten el patrimonio de la SEP en el ámbito
Normativo-Presupuestario; 6. Supervisar la recepción
y registro de los contratos y convenios de los cuales se derivan obligaciones
patrimoniales a cargo de la Secretaría; 7. Supervisar el
seguimiento del procedimiento interno de validación que se lleva en la
formalización de los contratos y convenios; 8. Participar en la
realización de eventos y programas de capacitación y actualización dirigidos
a la Unidades Administrativas de la Secretaría en materia de contratos; 9. Atender los
requerimientos de información que se deriven del ejercicio de las funciones
del área, así como las comisiones encomendadas por la Dirección de
Normatividad; 10. Asesorar a las Unidades
Administrativas de la Secretaría sobre las disposiciones y criterios de
índole presupuestario que deberán observarse en la celebración de contratos y
convenios, de los cuales se deriven obligaciones patrimoniales a cargo de la
Secretaría; y 11. Emitir opinión
Normativo-Presupuestaria, respecto a contratos y convenios de los que se
deriven obligaciones patrimoniales a cargo de la Secretaría. |
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Perfil: |
Escolaridad |
Área General: Ciencias Sociales y
administrativas. Carreras Genéricas: Derecho. |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado. Deberá Presentar Título o
Cédula Profesional. |
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Experiencia
Laboral |
Mínimo 4 años de experiencia en: Grupo
de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho. Área General: Derecho y Legislación Nacionales. Grupo
de Experiencia: Ciencia Política. Área General: Administración Pública. |
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Habilidades
Gerenciales |
1. Orientación. 2. Trabajo en Equipo. |
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Capacidades
Técnicas |
1. Actuación Jurídica de la
Autoridad Administrativa. 2. Programación y
Presupuesto. |
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Idiomas Extranjeros |
No requerido. |
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|
Otros |
Disponibilidad para viajar. |
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El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que
se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública:
http://www.sep.gob.mx/es/sep1/sep1_Temarios |
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Conformación de la prelación para
acceder a la entrevista con el Comité de Selección. |
Para
estas plazas en concurso los Comités Técnicos de Selección, en base a lo
autorizado por el Comité Técnico de Profesionalización (CTP) de la
dependencia, determinan entrevistar hasta 10 (diez) candidatos, conforme al
orden de prelación que registra la herramienta www.trabajaen.gob.mx y de
acuerdo a los puntajes globales de los concursantes. |
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Reactivación de Folios. |
Los
Comités Técnicos de Selección determinan que para estas plazas en concurso
será utilizado el Módulo Reactivador de Folios en caso de ser solicitado por
los aspirantes rechazados. |
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BASES DE PARTICIPACIÓN PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA Y
ABIERTA No. 20/2012, DIRIGIDA A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL
SISTEMA DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
FEDERAL |
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REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN |
Podrán participar aquellas personas
que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto. Adicionalmente se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus
derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por
delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a)
de algún culto y no estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni
encontrarse con algún otro impedimento legal; en caso de verse
favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso no
desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal
y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo
respectivo; que la documentación presentada como original sea auténtica,
asumiendo la responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y;
presentar y acreditar las evaluaciones que se indican parael caso. El requisito referido a tener
aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público (fracción
III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera), se tendrá
por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el Comité
Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el
desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo.
En apego al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de
los candidatos, elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista
a los que considere aptos para el puesto de conformidad con los criterios de
evaluación de las entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo
de aptitud), los cuales serán considerados como finalistas. |
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DOCUMENTACIÓN REQUERIDA |
Los y las aspirantes deberán
presentar para su cotejo, en original
legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en
el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban,
con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica: 1. Currículum vitae
actualizado, detallado y firmado, en cuatro tantos. 2. Acta de nacimiento y/o
forma migratoria FM3, según corresponda. 3. Documento que acredite
el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para el que concursa. En
caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o postgrado
titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional
correspondiente. Si el Título y/o la
Cédula Profesional está en trámite
(con antigüedad de un año), se podrá presentar el documento que avale
dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen
profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde
establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y
la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto
establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que
presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta
de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca que la
persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente. En
el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido
por la Secretaría de Educación Pública. Los
y las aspirantes podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con grado
de avance Titulado de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las áreas
de estudio y carreras que establece el perfil del puesto en concurso, de
acuerdo a la normatividad aplicable. La acreditación de títulos o grados de
los y las aspirantes se realizará a través del Título y/o la Cédula
Profesional registrados ante la Secretaría de Educación Pública. 4. Identificación oficial
vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). 5. Registro Federal de
Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento oficial donde se
identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave,
registrado en la página personal de trabajaen no coincida con el que aparece
en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será
motivo de descarte del aspirante en el concurso correspondiente. 6. Cartilla militar
liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años). 7. Comprobante que avale
los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto (ejemplo: carta
de la empresa en hoja membretada donde se indique la fecha de ingreso,
puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en instituciones de
seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio; declaraciones
fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que requiera
el perfil del puesto en concurso. 8. Escrito bajo protesta
de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de
libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio
público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto y de que la documentación presentada es auténtica. Este formato le será proporcionado por la
Secretaría de Educación Pública durante la revisión documental. 9. Escrito bajo protesta
de decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro
voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un
programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su
ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. 10. Comprobante de folio
asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (pantalla
inicial de su página personal de trabajaen) y la impresión de la invitación
que recibe vía trabajaen. 11. La ó el aspirante que
sea servidor (a) público (a) de carrera titular que desee acceder (promoción)
a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía al que
ocupa, deberá presentar al menos dos evaluaciones de desempeño anuales, las
cuales pueden ser las últimas que haya aplicado el (la) servidor (a) público
(a) de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior,
incluso aquellas que se hayan practicado como servidores (as) públicos (as)
considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como
servidores (as) públicos (as) de carrera titulares. Las evaluaciones
mencionadas se acreditarán en el momento de la revisión documental, sin
embargo en el caso de que el (la) servidor (a) público (a) no cuente con
alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no se le
exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección solicitará a la
dependencia la información necesaria para tales fines. La Secretaría de Educación Pública
se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento o etapa del proceso,
la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en el
sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes para fines de la
revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no acreditarse
su existencia o autenticidad se les descalificará o, en su caso, se dejará
sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se
haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Educación Pública, la
cual a su vez, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes. En ningún caso, la Secretaría de Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de VIH (SIDA). |
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REGISTRO DE ASPIRANTES |
El
registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 16 al 30 mayo de 2012, a través del
portal www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio al aspirante que cubra
los requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del
mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes. Al momento en que la persona registre su
participación a un concurso a través de www.trabajaen.gob.mx, se llevará a
cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio de
participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del concurso. La
revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx se llevará a
cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las y
los candidatos deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada
uno de los requisitos establecidos en la convocatoria. |
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DESARROLLO DEL CONCURSO |
El concurso se conducirá de acuerdo
a la programación que se indica, sin embargo, ésta puede estar sujeta a
cambios, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como
pueden ser, entre otras: disponibilidad de salas para la aplicación de
evaluaciones; problemas de comunicación electrónica del sistema de esta
dependencia y de la Secretaría de la Función Pública; tiempo de respuesta de
la Secretaría de la Función Pública para proporcionar la información que le
corresponde en el concurso o que se le requiera por motivos de consulta;
fenómenos naturales; marchas manifestaciones; verificación de reactivos, y;
disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las
aspirantes con 48 horas de anticipación como mínimo por medio del Contador de
Mensajes del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se
recomienda la consulta permanente del referido sistema. |
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CALENDARIO DEL CONCURSO |
ACTIVIDAD |
FECHA O PLAZO |
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Publicación |
16 de mayo de 2012 |
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Registro de aspirantes por medio de
la herramienta www.trabajaen.gob.mx |
Del 16 al 30 mayo de 2012 |
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Etapa I: Revisión curricular de
forma automatizada a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx |
Del 16 al 30 mayo de 2012 |
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Etapa II: Examen de conocimientos
y evaluaciones de habilidades. |
Del 4 de junio al 3 de agosto de 2012 |
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Etapa III: Evaluación de la
experiencia y valoración del mérito, así como revisión documental. |
Del 4 de junio al 3 de agosto de 2012 |
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Etapa IV: Entrevista |
Del 4 de junio al 3 de agosto de 2012 |
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Etapa V: Determinación |
Del 4 de junio al 3 de agosto de 2012 |
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Nota: Las fechas programadas
para estas etapas están sujetas a cambios, previo aviso a los y las
participantes inscritos a través del portal www.trabajaen.gob.mx, por medio de su cuenta personal,
dichos cambios pueden darse en atención de alguna de las siguientes
situaciones: avance que presente el proceso de evaluaciones; el número de
aspirantes que se registran; la disponibilidad de espacios para la aplicación
de las evaluaciones; la disponibilidad de equipo de cómputo y/o problemas
técnicos del mismo; bloqueo al acceso de las instalaciones; suspensión
parcial o total del proceso debido a disposición oficial; agenda de los y las
integrantes del Comité Técnico de Selección y situaciones de emergencia como
fenómeno natural y/o problema de salud, entre otros que afecten el desarrollo
del concurso. Las fechas que aparecen en la página www.trabajaen.gob.mx
respecto a las etapas II, III, IV y V, corresponden a la fecha terminal de la
misma, ya que el sistema que administra la Secretaría de la Función Pública
así lo considera. |
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TEMARIOS Y GUÍAS |
Los temarios referentes al examen
de conocimientos se encuentran a disposición de los y las aspirantes en la
página electrónica de la Secretaría de Educación Pública www.sep.gob.mx
(menú: Trámites y servicios.- opción ingreso SPC.-
temarios)(http://www.sep.gob.mx/es/sep1/Tramites_y_Servicios) y en el portal
www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. Las guías para la evaluación de las
habilidades serán las consideradas para las Habilidades Gerenciales/directivas
que se encontrarán disponibles para su consulta en la página electrónica
www.trabajaen.gob.mx. |
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PRESENTACIÓN DE EVALUACIONES |
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en
que los y las aspirantes deberán presentarse para la aplicación del examen de
conocimientos y las evaluaciones de habilidades, a través del sistema
trabajaen. En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada
de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del
examen y/o evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por
ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se
aplicará el examen y/o las evaluaciones si el ó la participante no presenta
la documentación requerida por la dependencia. Los resultados aprobatorios de los exámenes y de las evaluaciones
aplicadas en los procesos de selección tendrán vigencia de un año. La
vigencia de los resultados de la evaluación de habilidades es de un año,
contado a partir de su acreditamiento, toda vez que se trata de la misma
evaluación en todos los concursos del Servicio Profesional de Carrera, tiempo
en el cual el ó la aspirante podrá: a) Participar
en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, y b) Hacer valer
dichos resultados en esos concursos con las capacidades (habilidades)
requeridas en el perfil del puesto (es decir, sean idénticas a las ya
acreditadas). La
aplicación del resultado aprobatorio (examen de conocimientos y evaluación de
habilidades) obtenido en el concurso anterior el sistema lo registra
automáticamente (en el caso del examen de conocimientos solo si se aplica el
mismo temario), en caso contrario deberá solicitarse en forma escrita
(oficio, fax, o correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, a través
de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación
antes del inicio de la aplicación del examen y/o de la evaluación de
habilidades. |
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REVISIÓN DE EXÁMENES |
En los casos en que el Comité Técnico de
Selección correspondiente determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá
efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega
de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la
revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación. |
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REGLAS DE VALORACIÓN |
1.- Número de exámenes de conocimientos: 1 2.- Número de evaluaciones de habilidades: 2 3.- Calificación mínima aprobatoria de
conocimientos: 80 4.- Descarte en las evaluaciones de habilidades: Será motivo de descarte si la ó el
aspirante no obtiene como calificación igual o superior a 70 en cada una de
las evaluaciones aplicadas. 5.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité
Técnico de Selección en la etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada uno de los (as) Titulares
del Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones
de Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación. 6.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite; en caso de
que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de que el volumen
sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden de prelación. 7.- Número de candidatos (as) que se continuarán
entrevistando, en caso de no contar con al menos un (a) finalista de los
primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a
todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta
10 participantes en orden de prelación. 8.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa
de determinación): 80 9.- Criterio a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir
de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto. 10.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa de
determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva. |
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SISTEMA DE PUNTUACIÓN GENERAL |
El proceso de selección considera cinco etapas:
I) Revisión curricular; II) Examen de conocimientos y evaluaciones de
habilidades; III) Evaluación de la experiencia y valoración del mérito, IV)
Entrevista, y V) Determinación. La etapa I del proceso de selección (revisión
curricular) tiene como propósito determinar si el candidato continúa en el
concurso, por lo que su acreditación no otorgará puntaje alguno. Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin
decimales, que serán distribuidos únicamente entre las etapas II (examen de
conocimientos y evaluaciones de habilidades), III (Evaluación de la
experiencia y valoración del mérito) y IV (entrevista) del proceso de
selección, quedando de la siguiente manera:
Para efectos de continuar en el
concurso, los y las aspirantes deberán aprobar las evaluaciones precedentes.
Será motivo de descarte si el ó la participante no aprueba el examen de
conocimientos y las evaluaciones de habilidades. El examen
de conocimientos (capacidades técnicas) consta de 30 reactivos la calificación mínima aprobatoria será de
80 sobre 100 y ésta se obtiene considerando la cantidad de aciertos sobre
el total de reactivos. Las evaluaciones de habilidades
que se aplicarán serán las siguientes: Nivel de Enlace: Orientación a
Resultados y Trabajo en Equipo. Jefe (a) de Departamento: Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo. Subdirector (a) de área: Orientación
a Resultados y Trabajo en Equipo. Director (a) de área: Liderazgo
y Negociación. Director (a) General Adjunto (a): Liderazgo
y Negociación. Director (a) General: Visión
Estratégica y Liderazgo. Evaluación de la experiencia y
valoración del mérito. El
resultado que arroje la evaluación de la experiencia y valoración del mérito no
será motivo de descarte, sin embargo, es necesario que la ó el aspirante
reúna el requisito de años de experiencia que establece el perfil del puesto
en concurso, en caso contrario será motivo de descarte. La evaluación y
valoración mencionadas, le dan la posibilidad al aspirante de obtener puntos,
que sumados a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que
contempla el examen de conocimientos y evaluaciones de habilidades, le ayudan
para ubicarlo en un mejor lugar de prelación dentro del concurso. El máximo
de puntos que pueden obtener en la Etapa III son: 20 puntos en la evaluación
de la experiencia y 10 puntos en la valoración del mérito. Para la
obtención de los puntos mencionados, es imprescindible presentar en original
y copia simple la evidencia documental que acredite el nivel de cumplimiento
en cada uno de los elementos que se califican. En la evaluación
de la experiencia se calificarán los siguientes elementos: 1.- Orden
en los puestos desempeñados.- Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral del candidato (último puesto desempeñado
o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso. Las personas que
cuenten únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán
evaluados en este rubro, al no existir un parámetro objetivo para realizar la
comparación. 2.- Duración
en los puestos desempeñados.- Se calificará de acuerdo con la permanencia
en los puestos o cargos ocupados del candidato. De manera específica, a
través del número de años promedio por cargo o puesto que posea. 3.- Experiencia
en el Sector Público.- Se calificará de acuerdo con la permanencia en los
puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera específica, a
través del tiempo acumulado en el Sector Público. 4.- Experiencia
en el Sector Privado.- La experiencia en el sector privado se calificará
de acuerdo con la permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector
Privado. De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector
Privado. 5.- Experiencia
en el Sector Social.- La experiencia en el Sector Social se calificará de
acuerdo con la existencia o experiencia en el Sector Social. 6.- Nivel
de Responsabilidad.- El nivel de responsabilidad se calificará de acuerdo
con la opción de respuesta seleccionada por el ó la aspirante, entre las 5
posibles opciones establecidas en el formato de evaluación, respecto a su
trayectoria profesional. Las opciones son las siguientes: a) He
desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades sencillas
y similares entre sí. b) He
desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí. c) He
desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de
naturaleza diferente. d) He
desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de naturaleza
diferente. e) He desempeñado
puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al desarrollo de
los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas o de
negocio. 7.- Nivel
de Remuneración.- El nivel de remuneración se calificará de acuerdo con
la remuneración bruta mensual en la trayectoria laboral del candidato. De
manera específica, comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual
(en su caso el último) y la del puesto en concurso. 8.- Relevancia
de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto
vacante.- La relevancia de funciones o actividades desempeñadas en
relación con las del puesto vacante se calificará de acuerdo con la
coincidencia entre la Rama de Cargo o puesto en el currículum vitae del
candidato registrado por el (la) propio (a) candidato (a) en
www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto vacante en concurso. 9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la
vacante.- La experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la
vacante se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del
número de años acumulados en dichos puestos. 10.-En
su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.- La aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante se
calificará de acuerdo con la evaluación del desempeño en el puesto o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través de los
puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño de
dichos puestos. 11.- Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la
Unidad conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta sub etapa. Para
obtener el puntaje referido a la evaluación de la experiencia, la ó el
aspirante deberá presentar la documentación que avalé el cumplimiento a cada
elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en hoja
membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y baja
en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá
especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener
puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y
actividades realizadas en los puestos ocupados. Para otorgar una calificación, respecto de los
elementos anteriores, se considerará lo siguiente: ·
Los y las aspirantes serán
calificados en el orden en los puestos desempeñados (elemento 1), salvo
cuando cuenten con una sola experiencia, cargo o puesto previos. ·
A todos los y las aspirantes se
les calificarán los elementos 2 al 8. ·
Quienes ocupen o hayan ocupado
uno o más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante
serán calificados en el elemento 9. ·
Quienes cuenten con resultados
en la evaluación del desempeño del sistema en uno o más de los cargos o
puestos inmediatos inferiores al de la vacante serán calificados en el
elemento 10. En la valoración del mérito se calificarán
los siguientes elementos: 1.- Acciones de desarrollo profesional.- Las acciones de desarrollo
profesional se calificarán una vez emitidas las disposiciones previstas en
los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal. 2.- Resultados de las evaluaciones del desempeño.- Los resultados
de las evaluaciones del desempeño se calificarán de acuerdo con las
calificaciones de los servidores públicos de carrera titulares en las
evaluaciones de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos
de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño anual. 3.- Resultados de las acciones de capacitación.- Los resultados de
las acciones de capacitación se calificarán de acuerdo con las calificaciones
de las acciones de capacitación. De manera específica, a través del promedio
de las calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera titular en
el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el
servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento. 4.- Resultados de procesos de certificación.- Los resultados de los
procesos de certificación se calificarán de acuerdo con las capacidades
profesionales certificadas. De manera específica, a través del número de
capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores
públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de
Carrera. 5.-
Logros.- Los logros se refieren al alcance de un objetivo
relevante de la ó el candidato en su labor o campo de trabajo, a través de
aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las
funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas o aportaron
beneficio a la ciudadanía, sin generar presiones presupuestales
adicionales, ni perjudicar o afectar negativamente los objetivos de otra
área, unidad responsable o de negocios. De manera específica, se
calificarán a través del número de logros obtenidos por el candidato. En
virtud de lo anterior, se considerarán como logros, los siguientes: ·
Certificaciones en competencias
laborales o en habilidades profesionales distintas a las consideradas para el
Servicio Profesional de Carrera. ·
Publicaciones especializadas
(gacetas, revistas, prensa o libros) relacionados a su campo de experiencia. ·
Otras que al efecto establezca
la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera,
de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso. 6.- Distinciones.- Las distinciones se refieren al honor o trato
especial concedido a una persona por su labor, profesión o actividad
individual. De manera específica, se calificarán a través del número de
distinciones obtenidas. En virtud de lo anterior, se considerará como una
distinción, las siguientes: ·
Fungir como presidente (a),
vicepresidente (a) o miembro (a) fundador (a) de Asociaciones u
Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de Investigación, Gremiales,
Estudiantiles o de Profesionistas). ·
Título Grado Académico Honoris
Causa otorgado por Universidades o Instituciones de Educación Superior. ·
Graduación con Honores o con
Distinción. ·
Otras que al efecto establezca
la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera,
de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán distinciones del
tipo político o religioso. 7.- Reconocimientos y premios.- Los reconocimientos o premios se
refieren a la recompensa o galardón otorgado por agradecimiento o
reconocimiento al esfuerzo realizado por algún mérito o servicio en su labor,
profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de reconocimientos o premios obtenidos. En virtud de lo
anterior, se considerará como un reconocimiento o premio, los siguientes: ·
Premio otorgado a nombre del ó
la aspirante. ·
Reconocimiento por colaboración,
ponencias o trabajos de investigación a nombre del ó la aspirante en
congresos, coloquios o equivalentes. ·
Reconocimiento o premio por
antigüedad en el servicio público. ·
Primero, segundo o tercer lugar
en competencias o certámenes públicos y abiertos. ·
Otros que al efecto establezca
la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera,
de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán reconocimientos o
premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a
través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente. 8.- Actividad destacada en lo individual.- La actividad destacada
en lo individual se refiere a la obtención de los mejores resultados,
sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a su campo de
trabajo, del resto de quienes participan en la misma. De manera específica,
se calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual
comprobadas. En virtud de lo anterior, se considerarán como actividades
destacadas, las siguientes: ·
Título o grado académico en el
extranjero con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (apostillado). ·
Patentes a nombre del ó la
aspirante. ·
Servicios o misiones en el
extranjero. ·
Derechos de autor a nombre del ó
la aspirante. ·
Servicios del voluntario,
altruismo o filantropía (No incluye donativos). ·
Otros que al efecto establezca
la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera,
de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán actividades
destacadas de tipo político o religioso. 9.- Otros estudios.- Se calificarán de acuerdo con los estudios
adicionales a los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De
manera específica, a través del estudio o grado máximo de estudios concluido
reconocido por la Secretaría de Educación Pública, que sea adicional al nivel
de estudio y grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en
concurso. 10.- Otros elementos que establezcan en la Unidad o CTP, previa aprobación
de la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta sub etapa. Para
obtener el puntaje referido a la valoración de mérito, se deberá presentar la
documentación que avale el cumplimiento del elemento correspondiente, la cual
puede ser entre otras: evaluaciones del desempeño;
menciones honoríficas; premios, resultados de capacitación; investigación y/o
aportación al ramo. La documentación deberá especificar claramente el
estatus del elemento sobre el cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2,
calificación obtenida en la evaluación del desempeño y firma del evaluador (Si
es Servidor Público de Carrera Titular del nivel inferior al puesto en
concurso, deberá presentar Evaluaciones del Desempeño respectivas con el
resultado satisfactorio ó mayor, en el puesto que ocupa (Art. 47 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal). Para otorgar una calificación, respecto de los
elementos anteriores, se considerará lo siguiente: ·
En tanto se emitan las
disposiciones previstas en los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, ningún
(a) candidato (a) será evaluado en el elemento 1. ·
Todos los (as) candidatos (as)
que sean servidores públicos de carrera titulares, sin excepción, serán
calificados en los elementos ·
Todos los (as) candidatos (as),
sin excepción, serán calificados en los elementos Los resultados obtenidos en las sub etapas de la
Etapa III serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as)
candidatos(as). Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de
determinación) a quienes acrediten el Puntaje
Mínimo de Aptitud que es 80. Si hay empate, el Comité Técnico de Selección
resolverá el resultado del concurso de acuerdo a lo señalado en el numeral
236 del Acuerdo
por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Acuerdo
por el que se emiten las Disposiciones en materia de Planeación, Organización
y Administración de los Recursos Humanos, publicado el 12 de julio y se
expide el Manual del Servicio Profesional de Carrera, del 29 de agosto de
2011. Los y las aspirantes que pasen a la
etapa de determinación como aptos para cubrir el puesto y no resulten
ganadores (as) en el concurso, serán considerados (as) finalistas en la
reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate en la
Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este
hecho, quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de
acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité
Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos
concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique. Cuando el (la) ganador (a) del
concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder
ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la
documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede
permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber cumplido la
obligación que le señala la fracción VI del artículo 11 de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los
asuntos que conozca, en términos de la ley de la materia). |
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REVISIÓN DOCUMENTAL |
Para poder acreditar la revisión documental, es
indispensable presentar la totalidad de la siguiente documentación en
original y número de copias simples señaladas, en caso contrario se le
descartará del concurso: ·
Currículum Vitae detallando
periodo de tiempo en cada puesto y funciones realizadas (no el registrado en
TrabajaEn), firmado en todas las hojas con tinta azul, sin engargolar.
Entregar 4 copias. ·
Impresión del folio asignado por
el Portal www.trabajaen.gob.mx (carátula inicial de la página personal) para
el concurso e impresión de la invitación que recibe por trabajaen. Entregar 1
copia. ·
Acta de nacimiento y/o forma
migratoria FM3, según corresponda. Entregar1 copia. ·
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por
perfil del puesto para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto
requiera nivel licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el
Título y/o la Cédula Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite (con antigüedad de un año), se podrá presentar el
documento que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o
el acta del examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la
institución educativa donde establezca que la persona cubrió el total de
créditos del nivel de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos
en los que el perfil del puesto establezca como requisitos de escolaridad el
nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento oficial que así lo
acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de
materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del
nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Los y las aspirantes podrán cubrir
escolaridades de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado de
Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las áreas de estudio y carreras
que establece el perfil del puesto en concurso, de acuerdo a la normatividad
aplicable. La acreditación de títulos o grados de los y las aspirantes se
realizará a través del Título y/o la Cédula Profesional registrados ante la
Secretaría de Educación Pública.
Entregar 1 copia. ·
Documento
que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en caso de
que sea requerido por el perfil del puesto en concurso. Entregar 1 copia. ·
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos
por el perfil del puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada
donde se indique la fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja;
recibo de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato laboral;
hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios;
etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso. ·
Identificación oficial vigente
con fotografía y firma (credencial para votar con fotografía o pasaporte o
cartilla militar). Entregar 1 copia. ·
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT)
u otro documento oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el
RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal de trabajaen no
coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o el documento
oficial que se presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso
correspondiente. ·
Cartilla
Militar liberada (en el caso de hombres hasta los 40 años). Entregar 1 copia. ·
Escrito bajo protesta de decir
verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por
delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer
al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación
presentada es auténtica. Este formato le será proporcionado por la Secretaría
de Educación Pública durante la revisión documental. ·
Escrito
bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Entregar original. ·
La
ó el aspirante que sea servidor (a) público (a) de carrera titular que desee
acceder (promoción) a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía
al que ocupa, deberá presentar al menos dos evaluaciones de desempeño
anuales, las cuales pueden ser las últimas que haya aplicado el (la) servidor
(a) público (a) de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro
anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores (as)
públicos (as) considerados de libre designación, previo a obtener su
nombramiento como servidores (as) públicos (as) de carrera titulares. Las
evaluaciones mencionadas se acreditarán en el momento de la revisión
documental, sin embargo en el caso de que el (la) servidor (a) público (a) no
cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia,
no se le exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección
solicitará a la dependencia la información necesaria paratales fines. La revisión documental
se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el mensaje enviado
al aspirante a través de trabajen. |
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PUBLICACIÓN DE RESULTADOS |
Los
resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del
sitio web: http://www.trabajaen.gob.mx |
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CANCELACIÓN DE CONCURSOS |
El Comité
Técnico de Selección (CTS) podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista
disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se
trate; II) El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o
bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan
causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona,
y; III) El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en
cuestión. |
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DECLARACIÓN DE CONCURSO DESIERTO |
De
conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité
Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso,
declarar desierto un concurso por las siguientes causas: I Porque
ningún candidato se presente al concurso; II Porque
ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado finalista, o III Porque
sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité
Técnico de Selección. En caso
de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria. |
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REACTIVACIÓN DE FOLIOS |
Con
respecto a la reactivación de folios rechazados en la etapa de revisión
curricular, a partir de la fecha de descarte el ó la aspirante tendrá 2
días hábiles para presentar su escrito de petición de reactivación de folio
dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, con
domicilio en Dr. Río de la Loza 148, Piso 10, Colonia Doctores, C.P. 06720,
Delegación Cuauhtémoc, México D.F, de 09:00 a 15:00 horas, a través del área
de Control de Gestión. La solicitud se hará del conocimiento al resto de los
(las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a través del Encargado (a)
del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía telefónica para su
análisis y, en su caso, para su autorización. El plazo de resolución del Comité
será a más tardar en 72 hrs. La determinación del Comité Técnico de Selección
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento del
interesado (a), a través del Encargado (a) del Subsistema de Ingreso. Dicho
escrito deberá incluir lo siguiente: ·
Escrito
de Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio
dirigido al Secretario Técnico del Comité de Selección solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación. ·
Pantallas
impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se observen las causales del rechazo.
(Currículo cargado, mensaje de rechazo, etc.). ·
Original
y copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral y escolaridad.
·
Domicilio
y dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición. La reactivación de folios será improcedente
cuando ésta se deba a: ·
La
renuncia por parte del ó la aspirante. ·
La
duplicidad de registros de inscripción. Una vez
transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de reactivación. Nota: En
caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso. En
relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de
Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta
dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar
dicho folio, dando aviso a los y las aspirantes que siguen participando en la
etapa correspondiente. |
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|
PRINCIPIOS DEL CONCURSO |
El
concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por
mérito y equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de
Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones
aplicables. Los casos
no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el
Comité Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el
concurso que identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al
Secretario Técnico de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos
días hábiles, quien lo someterá para su análisis y resolución al resto de los
ó las integrantes. El plazo para dar una resolución dependerá de la
complejidad y gravedad del caso reportado, por lo que el Comité puede detener
el desarrollo del concurso hasta que tenga una resolución. El Comité Técnico
de Selección se asegurará que la resolución al caso reportado se apegue a los
principios mencionados y a la normatividad aplicable. |
||||||||||||||||||||
|
DISPOSICIONES GENERALES |
1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre
el concurso y los puestos vacantes. 2. Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso. 3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo
de la presente convocatoria. 4. Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Área de
Quejas del Órgano Interno de Control en la dependencia, ubicada en Av. Universidad
No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Delegación Benito Juárez, México, DF., C.P.
03330. La inconformidad deberá presentarse por escrito, dentro de los diez
días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto motivo de la
inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo 69 fracción X de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Página Web http://www.oic.sep.gob.mx/portal3/quejas2.php Los y las aspirantes podrán interponer
el recurso de revocación ante la Secretaría de la Función Pública, ubicada en
Av. Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn, México, D.F., en los
términos que establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
dirigido al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos. 5. Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II no se permitirá el
uso de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD,
memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así
como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar,
reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones,
salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera de
utilización como medio de apoyo para la evaluación. |
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RESOLUCIÓN DE DUDAS Y ATENCIÓN A
USUARIOS |
Con la
finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los
aspirantes formulen con relación a los presentes concursos, la Secretaría de
Educación Pública pone a la orden el correo electrónico:
ingreso_sep@sep.gob.mx y el número telefónico: 3601 1000 con la
extensión: 59822, 59965 y 59961en un horario de lunes a viernes de 09:00 a
16:00 hrs. |
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México, D.F., a 16 de mayo
de 2012.
Sistema del Servicio
Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
Director General de
Personal
Mtro. Edgar O. Ibarra Morales
Rúbrica.
(R.- 006922)