Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 49 (CUARENTA Y NUEVE)

 

El Comité Técnico de Selección del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 47, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, emite la siguiente CONVOCATORIA PÚBLICA Y ABIERTA del concurso para ocupar la siguiente plaza del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

 

VACANTE

PRESIDENTE DEL COMITÉ Y SUPERIOR JERÁRQUICO DE LA VACANTE

REPRESENTANTE DE LA SFP

SECRETARIO TÉCNICO

DIRECTOR DE DESARROLLO JURIDICO

LIC. MARIA DEL ROSARIO CASTRO LOZANO

LIC. LETICIA MARTINEZ ROA

LIC. ROBERTO ABAD AGUILERA

 

1. Nombre del Puesto

DIRECTOR DE DESARROLLO JURIDICO

Código de Puesto

04-A00-1-CFMA001-0000030-E-C-G

Nivel Administrativo

MA1

Número de vacantes

1 (una)

Percepción Mensual Bruta

$47,973.69 (CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 69/100 MN)

Adscripción del Puesto

INSTITUTO NACIONAL PARA EL FEDERALISMO Y EL DESARROLLO

MUNICIPAL

Sede

MÉXICO, D.F.

Funciones Principales

·         DESARROLLAR ESTUDIOS Y PROPONER ADECUACIONES AL MARCO JURÍDICO EN LOS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO QUE CONTRIBUYAN A FORTALECER LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA, LA ALIANZA FEDERALISTA, Y EL DESARROLLO MUNICIPAL EN BENEFICIO DE LA SOCIEDAD.

·         PRESENTAR AL DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE APOYO AL DESARROLLO DE LOS GOBIERNOS LOCALES, PROYECTOS JURÍDICOS EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL.

·         DISEÑAR PROYECTOS DE ACUERDOS Y/O CONVENIOS QUE, EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL PRETENDA CELEBRAR EL INAFED, PARA APOYAR AL RESTO DE LAS ÁREAS DEL INSTITUTO EN EL LOGRO DE SUS METAS.

·         PROPONER POLÍTICAS EN MATERIA JURÍDICA, PARA APOYAR LOS PROGRAMAS DE COLABORACIÓN INTERMUNICIPAL EN LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE INTERÉS COMÚN; A TRAVÉS DE LA CONCERTACIÓN E INTERCAMBIO DE RECURSOS Y ACTIVIDADES ENTRE MUNICIPIOS.

·         PARTICIPAR EN GRUPOS DE TRABAJO, PARA PROMOVER LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS QUE SE CONSIDEREN PRIORITARIOS PARA EL DESARROLLO JURÍDICO EN EL MARCO DEL AUTÉNTICO FEDERALISMO.

·         DEFINIR ESQUEMAS JURÍDICOS EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL QUE CONSIDEREN LA PARTICIPACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.

·         COORDINAR ORIENTACIÓN JURÍDICA A LOS GOBIERNOS LOCALES EN LA ELABORACIÓN DE LOS PROGRAMAS ESTATALES DE DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL, PARA FORTALECER EL MARCO JURÍDICO DE LOS GOBIERNOS LOCALES Y ESTATLES, PROMOVIÉNDO ASÍ, UN VERDADERO ESTADO DE

·         VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS SUSCRITOS EN ASUNTOS DE FEDERALISMO, DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO MUNICIPAL ENTRE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA APF; PARA SALVAGUARDAR LOS INTERESES DEL INAFED Y LA SEGOB EN MATERIA DE FEDERALISMO, DESCENTR

·         COORDINAR EL ANÁLISIS DEL MARCO JURÍDICO DE LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO Y PRESENTARLO ANTE SU SUPERIOR JERÁRQUICO, PARA APOYAR EL LOGRO DE LLOS OBJETIVOS Y METAS DEL INAFED.

Perfil y Requisitos

ESCOLARIDAD

LICENCIATURA O PROFESIONAL

TITULADO

CARRERA GENÉRICA:

DERECHO

 

EXPERIENCIA LABORAL

3 AÑOS

ÁREA Y AÑOS DE EXPERIENCIA GENÉRICA:

CIENCIAS POLITICAS

ADMINISTRACION PUBLICA

DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES

CAPACIDADES GERENCIALES

LIDERAZGO

VISIÓN ESTRATÉGICA

CAPACIDADES TÉCNICAS

POLÍTICAS Y ESTRATEGIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO Y LA DESCENTRALIZACIÓN

OTROS

MANEJO DE  PAQUETERÍA

 

Bases de participación

I.

Requisitos de participación.

 

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto; y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.

II.

Documentación requerida.

Los aspirantes deberán presentar en original o copia certificada para su cotejo, y copia simple los documentos que se mencionan a continuación:

1.       Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte vigente o cédula profesional.

2.       Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.

3.       Escrito bajo protesta de decir verdad, de ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto; no estar inhabilitado para el servicio público; y que la documentación presentada es auténtica.

4.       Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia y Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias de logros, distinciones, reconocimientos, premios obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en el servicio público, privado o social. Los Servidores Públicos de Carrera Titulares, en su caso, deberán presentar las calificaciones obtenidas en sus dos últimas evaluaciones del desempeño, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior y el número de capacidades profesionales certificadas vigentes.

5.       Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años).

6.       Currículum vítae de Trabajaen y uno adicional que presente el aspirante, actualizado y que no abarque más de dos cuartillas, detallando funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en Trabajaen, se deberá presentar hoja única de servicios o su equivalente, constancias de empleos en hoja membretada, contratos, alta o baja del ISSSTE o el IMSS, comprobantes de pago, según sea el caso.

7.       Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado, sólo serán válidos el Título Profesional o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el numeral 175 del MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS,  ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF, deberá presentar invariablemente, la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado. Para los concursos de puestos con nivel de enlace, y para efecto de cubrir los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto, el aspirante podrá presentar el documento oficial que acredite el tiempo laborado en servicio social y/o prácticas profesionales. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, para los puestos de nivel de enlace, jefe de departamento y subdirector de área u homólogo, se deberá comprobar dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser comprobable por grado educativo distinto. Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicita en el concurso de que se trate, los puestos de nivel de director de área, director general adjunto y director general u homólogos, se podrá comprobar dicho requisito con el grado de maestría o doctorado en las áreas académicas afines al perfil de puesto.

8.       Impresión del documento de Bienvenido(a) al sistema trabajaen.gob.mx, como comprobante de folio asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.

        Conforme al artículo 37 de la LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, al artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF (RLSPC) y al numeral 174 del MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF para que un Servidor Público de Carrera pueda ser sujeto a una promoción por concurso en el Sistema, Para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento, se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. En el caso de que el servidor público no cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no podrán ser exigibles éstas, por lo que para verificar el desempeño de éste, el CTS solicitará a la dependencia la información necesaria para tales efectos. Dichas evaluaciones no se requerirán cuando los servidores públicos de carrera titulares concursen puestos del mismo rango al del puesto que ocupen: de no estar en alguno de los casos anteriores, deberá presentar escrito bajo protesta de decir verdad en el que manifieste no ser servidor público de carrera titular ni eventual. Una vez que acceda a un puesto de distinto rango mediante concurso público y abierto, deberá iniciarse nuevamente el cómputo de este requisito.

No obstante haber cubierto los puntos antes referidos, el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión curricular y documental, en cualquier etapa del proceso; por lo que de no acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará automáticamente al aspirante, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.

III.

Registro de aspirantes.

La inscripción o el registro de los aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en la página de Trabajaen y se llevará a cabo a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx el cual asignará un número de folio de participación para el concurso al aceptar las presentes bases, y servirá para formalizar la inscripción a éste y de identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de los aspirantes.

Programa del concurso:

 

Fase o etapa

Fecha o plazo

Publicación de convocatoria

16 de Mayo de 2012.

Registro de aspirantes (en la herramienta www.trabajaen.gob.mx )

Del 16 al 30 de Mayo de 2012.

Revisión curricular (por la herramienta www.trabajaen.gob.mx )

30 de Mayo de 2012.

Recepción de solicitudes para reactivación de folios

Del 31 de mayo al 6 de Junio de 2012.

Evaluación de conocimientos

A partir del 11 de Junio de 2012.

Evaluación de habilidades

A partir del 11 de Junio de 2012.

Revisión documental. De conformidad con lo referido en el Apartado II de la convocatoria: Documentación requerida.

A partir del 18 de Junio de 2012.

Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito

A partir del 18 de Junio de 2012.

Entrevista por el Comité Técnico de Selección

A partir del 25 de Junio de 2012.

Determinación

Un día después de la entrevista.

 

En razón del número de aspirantes que participen en cada una de las etapas, las fechas indicadas podrán estar sujetas a cambio, sin previo aviso, por lo que se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico: www.trabajaen.gob.mx

IV.

Temarios.

 

DIRECTOR DE DESARROLLO JURÍDICO

Tema

Nociones Generales del Derecho Administrativo en México

 

Subtema

Concepto y fuentes del derecho administrativo

 

Bibliografía

 

Serra Rojas, Andrés, Derecho Administrativo. Primer curso Porrúa, México, 2007.

 

Epígrafe

 

Capítulos I, III y IV del Título Primero; capítulos I, II, III, IV y V del Título Segundo.

 

 

 

 

Subtema

La organización administrativa federal

 

Bibliografía

 

1. Serra Rojas, Andrés, Derecho Administrativo. Primer curso¸ Porrúa, México, 2007.

 

2. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

 

Epígrafe

 

1. Todos los capítulos del Título Sexto; y capítulo I y II del Título Séptimo

 

2. Todos los artículos (completa)

Tema

Obligaciones Convenios y Contratos

 

Bibliografía

 

Código Civil Federal.

 

Epígrafe: Artículos relacionados

Tema

Derecho Administrativo Municipal

 

Subtema

Personalidad jurídica del municipio

 

Bibliografía

 

Rendón Huerta, Teresita, Derecho Municipal, Porrúa, México, 2007

 

Epígrafe

 

Capítulo 13

 

Subtema

Derecho Municipal (Bandos, Reglamentos y Ordenamientos)

 

Bibliografía

 

Quintana Roldán, Carlos, Derecho Municipal. Porrúa, México, 2008

 

Epígrafe

 

Capítulos I, VI, IX, XI y XII

Tema

Derecho Constitucional

 

Subtema

El Federalismo en el Marco Constitucional

 

Bibliografía

 

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

2. Cabrero Mendoza, Enrique, para entender El federalismo en los Estados Unidos Mexicanos, Nostra Ediciones, México 2007.

 

3. Cabrero Mendoza, Enrique, para entender El régimen municipal en los Estados Unidos Mexicanos

 

Epígrafe

 

1. Artículo 6, Titulo Segundo, Capítulos I, II, Titulo Tercero Capitulo III, artículos 73, 105, 115, 116, 117, 118 y124

 

2. Capitulo 2

 

3. Artículo 6, Titulo Segundo, Capítulos I, II, Titulo Tercero Capitulo III, artículos 73, 105, 115, 116, 117, 118 y124

Tema

Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

 

Subtema

Atribuciones del INAFED

 

Bibliografía

 

Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación

 

Epígrafe

 

Artículos 35,36, 37, 43, 44, 45, 46 y 47

Tema

Responsabilidades Administrativas

 

Subtema

Sujetos de Responsabilidades Administrativas y Obligaciones en el Servicio Público

 

 

 

Subtema

Sanciones administrativas

 

Bibliografía

 

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Título Segundo artículos 7 al 34

0054ema

Transparencia y acceso a la información

 

Subtema

Disposiciones Generales

 

Subtema

Obligaciones de Transparencia

 

Subtema

Información reservada y confidencial

 

Subtema

Responsabilidades y sanciones

 

Bibliografía

 

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III y Título IV

 

Las guías para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran disponibles para su consulta en la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx/servlet/CheckSecurity/JSP/jobsite_g/links_inicio.jsp.

Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados adicionalmente, en la convocatoria publicada en www.trabajaen.gob.mx

V.

Presentación de evaluaciones.

El Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal comunicará a cada aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página electrónica: www.trabajaen.gob.mx , en el rubro "Mis Mensajes"; en el entendido de que será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados, lo cual será notificado por el Comité Técnico de Selección del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal a través del portal electrónico: www.trabajaen.gob.mx

De conformidad con numeral 208 del MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF, la invitación se enviará con al menos dos días hábiles de anticipación. En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de todos los exámenes será de diez minutos.

La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la etapa "Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:

·          La etapa de evaluación de conocimientos será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.

·          La sub etapa de evaluación de habilidades será motivo de descarte y la calificación mínima aprobatoria deberá ser de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.

·          Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte de los candidatos.

·          La evaluación de “Aptitud para el servicio público: Cultura de la legalidad”, será únicamente de carácter referencial, esta  se tendrá por acreditada cuando el aspirante sea considerado finalista del concurso en cuestión por el CTS. (De conformidad con el MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS,  ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011; DOF)

·          El Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal aplicará las herramientas de evaluación en sus instalaciones o la que este determine, previo aviso a los participantes de los concursos.

De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría de la Función Pública y vigente a partir del 23 de abril de 2009, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:

·          Orden en los puestos desempeñados.

·          Duración en los puestos desempeñados.

·          Experiencia en el Sector público.

·          Experiencia en el Sector privado.

·          Experiencia en el Sector social.

·          Nivel de responsabilidad.

·          Nivel de remuneración.

·          Relevancia de funciones o actividades.

·          En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.

·          En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.

Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:

·          Resultados de las evaluaciones del desempeño.

·          Resultados de las acciones de capacitación.

·          Resultados de procesos de certificación.

·          Logros.

·          Distinciones.

·          Reconocimientos o premios.

·          Actividad destacada en lo individual.

·          Otros estudios.

Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos obtenidos en evaluaciones anteriores en algún concurso del Instituto, tendrán vigencia de un año y serán considerados cuando correspondan a la misma plaza a evaluar, siempre y cuando no cambie el temario con el cual se evaluó anteriormente, esto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el Oficio Circular número SSFP/USPRH/408/007/2005, por el que se establecen los Criterios de carácter obligatorio que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal y sus órganos desconcentrados sobre la vigencia de los resultados de la evaluación de las capacidades de los aspirantes a ocupar un puesto en el Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal Centralizada.

La vigencia de los resultados de la evaluación de las habilidades es de un año, contado a partir de su acreditación, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones, tiempo en el cual, el aspirante podrá:

a)       Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades.

b)       Hacer valer dichos resultados en esos concursos, cuando cumpla con las capacidades requeridas en el perfil del puesto (es decir, sean idénticas a las ya acreditadas).

Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad de que el aspirante desarrolle un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el criterio siguiente:

El aspirante, renunciando al resultado obtenido, se sujetará a la evaluación de sus habilidades:

a)       Por segunda ocasión a los tres meses, y

b)       Por tercera y subsecuentes a los seis meses.

Asimismo, en caso de que un candidato requiera revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado de manera autógrafa) enviado por correo electrónico dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx . El escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: rabad@segob.gob.mx . Es importante señalar que únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.

Etapa de entrevista:

Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en el Instituto basadas en los numerales del 183 al 189 del MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF y por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización del Instituto, pasarán a la etapa de entrevista los tres candidatos con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado. Cabe señalar que el número de candidatos que se continuarían entrevistando, será de tres en tres y sólo se entrevistarían en caso de no contar al menos con un finalista de entre los candidatos ya entrevistados.

Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los criterios siguientes:

·          Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)

·          Estrategia o acción (simple o compleja)

·          Resultado (sin impacto o con impacto)

·          Participación (protagónica o como miembro de equipo)

Etapa de determinación:

Se considerarán finalistas a los candidatos que acrediten el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en al menos una calificación de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.

En esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:

a)       Ganador del concurso, al finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor calificación definitiva, y

b)       Al finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a este Instituto, el ganador señalado en el inciso anterior:

·         Comunique al Instituto, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o

·         No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o

c)       Desierto el concurso.

VI.

Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación.

El listado de candidatos en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllos con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente:

Sistema de puntuación general

Etapa

Sub etapa

Director

II

Examen de Conocimientos

30

 

Evaluación de Habilidades

20

III

Evaluación de Experiencia (*)

10

 

Valoración de Mérito

10

IV

Entrevistas

30

 

Total

100

(*) Se asignará un puntaje único de 100 puntos para todos los aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo señalado en numeral 185 del MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF, previo acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización del Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.

VII.

Publicación de resultados.

Los resultados de los concursos serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx ; identificándose con el número de folio asignado para cada candidato.

VIII.

Reserva de aspirantes.

Los candidatos entrevistados por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten ganadores del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.

Los candidatos finalistas estarán en posibilidad de ser convocados durante el periodo que dure su vigencia de permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.

IX.

Declaración de concurso desierto.

El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso por las siguientes causas:

I.         Porque ningún candidato se presente al concurso;

II.        Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista;

III.      Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.

En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.

X.

Cancelación de concurso.

El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los supuestos siguientes:

a)       Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o

b)       El puesto de que se trate se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado para restituir en sus derechos a alguna persona, o

c)       Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del puesto en cuestión, o

d)       Cuando exista un error de duplicidad o perfilamiento en la vacante duplicada.

XI.

Principios del concurso.

El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y del Manual del Servicio Profesional de Carrera incluido en MANUAL GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA publicado el 29 de agosto de 2011 en el DOF

XII.

Resolución de dudas.

A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico rabad@segob.gob.mx , así como el número telefónico 5062 2000, Exts. 12115 ó 12038, el cual estará funcionando de 9:30 a 17:00 horas.

XIII. Inconformidades.

Los concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Área de Quejas del Órgano Interno de Control de la dependencia, en Hamburgo No. 135, mezzanine, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.

XIV. Procedimiento para reactivación de folios.

Una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el aspirante tendrá cinco días hábiles a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de reactivación de folio, en calle Roma # 41, 4to. piso, Col. Juárez, C.P. 06600, en México, D.F., Área de Recursos Humanos; dentro del horario de 9:30 a 17:00 horas, cuyo escrito deberá incluir, considerando que sólo proceden las reactivaciones cuando el descarte del folio sea originado por causas no imputables al aspirante, errores en la captura de información del operador de ingreso, u omisiones del operador de ingreso que se acrediten fehacientemente, a juicio de los integrantes del Comité Técnico de Selección:

·          Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx  donde se observe su folio de rechazo;

·          Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx  donde se observe, si es el caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias.

·          Justificación de por qué considera se deba reactivar su folio;

·          Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y escolaridad;

·          Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo.

·          No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean imputables al aspirante, como serían:

a)      La renuncia al concurso por parte del aspirante;

b)      Renuncia a calificaciones de evaluaciones de capacidades;

c)      Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al aspirante.

Cabe señalar que no se reactivarán folios rechazados cuando en la etapa de revisión curricular se hubiere omitido información o se haya cometido algún error de captura en el currículo de trabajaen imputables al aspirante.

Una vez pasado el periodo establecido no serán atendidas las peticiones de reactivación.

Una vez recibidas las solicitudes de reactivación de folios, el Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a 5 días hábiles, a sesión del Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y determinar la procedencia o no de la solicitud del aspirante.

El área de Recursos Humanos del Instituto notificará al aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.

El total de folios reactivados y las causas de estas reactivaciones se darán a todos los aspirantes a través de “Mis Mensajes” del Portal de Trabajaen.

XV.

Disposiciones generales.

1.       En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx  podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes del Instituto.

2.       Los datos personales de los concursantes son confidenciales, aun después de concluido el concurso.

3.       Cuando el ganador del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

4.       Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el candidato ganador, éste deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por el Instituto; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir de entre los finalistas al siguiente con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

5.       Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.

 

México, D.F., a 16 de mayo de 2012.

El Comité Técnico de Selección

Sistema del Servicio Profesional de Carreraen el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio

Por acuerdo del Comité Técnico de Selección

Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal

El Secretario Técnico

Lic. Roberto Abad Aguilera

Rúbrica.

 

(R.- 006928)