DOF: 29/08/2014
ACUERDO del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mediante el cual se aprueba el padrón de sujetos obligados que conforman el Poder Ejecutivo Federal, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la In

ACUERDO del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mediante el cual se aprueba el padrón de sujetos obligados que conforman el Poder Ejecutivo Federal, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6o., apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 37, fracciones I y XIX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 64 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; y 15, fracción XII del Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, y
CONSIDERANDO
1. Que derivado del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Transparencia", publicado en el Diario Oficial de la Federación el siete de febrero de 2014, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos tiene el carácter de organismo constitucional autónomo, especializado, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y es responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados.
2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo transitorio del Decreto en materia de transparencia, en tanto el Congreso de la Unión expida las reformas a las leyes respectivas en materia de transparencia, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ejercerá sus atribuciones y competencias conforme a lo dispuesto en el propio Decreto y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
3. Que en términos del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con excepción de la información clasificada como reservada o confidencial, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal; es decir, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán poner a disposición del público y actualizar la información a que se refiere el propio artículo 7, en los términos que disponga el Capítulo II del Reglamento de la Ley y los Lineamientos que habrán de observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la publicación de las obligaciones de transparencia señaladas en el artículo 7 de la Ley Federal de Trasparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006.
4. Que el artículo 28 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y los artículos 8 y primer párrafo del 58 de su Reglamento, establecen que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán designar a su Unidad de Enlace, quien será responsable de recabar, difundir y actualizar la información a que se refiere el artículo 7 de la Ley, a través de su Portal de Obligaciones de Transparencia; recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a información y protección de datos personales; llevar un registro de dichas solicitudes, así como de sus resultados y costos; realizar los trámites internos para dar trámites a las solicitudes y las gestiones necesarias para facilitar el acceso a la información; realizar las notificaciones a los particulares, por ser el vínculo entre el sujeto obligado y el particular, y auxiliarlos en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos al sujeto obligado que pudiera tener la información.
5. Que en el caso de los sujetos obligados de la Administración Pública Federal, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o. y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la administración pública centralizada se integra por la Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, así como por los órganos administrativos desconcentrados, y que la administración pública paraestatal se compone por los organismos descentralizados; las empresas de participación estatal; las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos.
6. Que de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 58 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, cuando los órganos administrativos desconcentrados no cuenten con un órgano interno de control, su titular y el Comité de Información de la dependencia a la cual se encuentre adscrito, determinarán, atendiendo a la estructura orgánica y a la cantidad de información que se maneje, si el órgano administrativo desconcentrado requiere Unidad de Enlace y Comité de Información propios. De no considerarlo necesario, la Unidad de Enlace y el Comité de Información de la dependencia, lo serán también del órgano administrativo desconcentrado, y
deberán cumplir con sus obligaciones de trasparencia previas en la Ley.
7. Asimismo, de conformidad con el artículo 5 del Reglamento del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, las dependencias y entidades podrán establecer mecanismos de colaboración entre sí o con el Instituto para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley, este Reglamento y los lineamientos expedidos por este último, particularmente en lo que se refiere a las obligaciones de transparencia, a los procedimientos de acceso a la información, a los datos personales y a la corrección de éstos, así como al establecimiento y operación de las Unidades de Enlace y los Comités.
8. Que a fin de hacer más eficientes las actividades estratégicas que realizan las entidades públicas, particularmente aquéllas dedicadas a ofrecer bienes y servicios, el Gobierno Federal lleva a cabo un proceso de desincorporación que permite al sector privado y social ocuparse de dichas actividades en un ámbito de competencia internacional; sin embargo, su situación jurídica no debe ser un obstáculo para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ya que el acceso a la información debe realizarse a través de la coordinadora de sector responsable de la desincorporación, del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, o del órgano al que se le hayan transferido las atribuciones.
9. Que en términos de los artículos 6o., fracción VIII del apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 37, fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, corresponde al Instituto garantizar el cumplimiento de los derechos de acceso a la información gubernamental y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, así como vigilar y evaluar la observancia que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal dan a la Ley y, en su caso, hacer las recomendaciones para que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de la propia Ley.
10. Que con el objeto de dotar a los particulares de información actualizada que les permita conocer ante quién deben ejercer sus derechos de acceso a la información y de protección de datos personales o en dónde pueden buscar la información de su interés, cuando la entidad no tenga Unidad de Enlace, es necesario contar con un padrón de sujetos obligados en el que además de contemplarse las dependencias y entidades registradas en el INFOMEX Gobierno Federal, referidas en el considerando 5 que antecede, también se encuentren las entidades que reciben recursos públicos y/o poseen información gubernamental, con la precisión de que el acceso a la información deberá realizarse, a través de la dependencia a la cual se encuentre sectorizado o hubiera establecido mecanismos de colaboración o; en el caso de las entidades en proceso de desincorporación, ante la coordinadora de sector responsable la misma, del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes o del órgano al que se le hayan transferido las atribuciones, por lo anterior hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. El Padrón de sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal se integra con las dependencias, órganos administrativos desconcentrados, entidades, organismos descentralizados, fideicomisos y empresas de participación estatal que conforman la Administración Pública Federal, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2013, y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, que de acuerdo a su naturaleza, son los siguientes:
Administración Pública Centralizada:
1.    Oficina de la Presidencia de la República.
2.    Procuraduría General de la República.
3.    Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
4.    Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
5.    Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (antes Secretaría de la Reforma Agraria).
6.    Secretaría de Desarrollo Social.
7.    Secretaría de Economía.
8.    Secretaría de Educación Pública.
 
9.    Secretaría de Energía.
10.   Secretaría de Gobernación.
11.   Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
12.   Secretaría de la Defensa Nacional.
13.   Secretaría de la Función Pública.
14.   Secretaría de Marina.
15.   Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
16.   Secretaría de Relaciones Exteriores.
17.   Secretaría de Salud.
18.   Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
19.   Secretaría de Turismo.
20.   Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Órganos Administrativos Desconcentrados:
21.   Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.
22.   Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios, (antes Apoyos y Servicios y la Comercialización Agropecuaria).
23.   Centro Nacional de Prevención de Desastres.
24.   Colegio Superior Agropecuario del Estado de Guerrero.
25.   Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
26.   Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
27.   Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios.
28.   Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
29.   Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.
30.   Comisión Nacional de Arbitraje Médico.
31.   Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
32.   Comisión Nacional de Hidrocarburos.
33.   Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
34.   Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
35.   Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
36.   Comisión Nacional del Agua.
37.   Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
38.   Comisión Nacional para el uso eficiente de la Energía.
39.   Comisión Reguladora de Energía.
40.   Comité Nacional Mixto de Protección Al Salario.
41.   Consejo Nacional de Población.
42.   Consejo Nacional para la Cultura y las Artes.
43.   Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados.
44.   Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades.
45.   Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales.
46.   Instituto Nacional de Antropología e Historia.
47.   Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
48.   Instituto Nacional de Desarrollo Social.
 
49.   Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias.
50.   Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México.
51.   Instituto Nacional de la Economía Social.
52.   Instituto Nacional de Migración.
53.   Instituto Politécnico Nacional.
54.   Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social.
55.   Policía Federal.
56.   Procuraduría Agraria.
57.   Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
58.   Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
59.   Procuraduría Federal del Consumidor.
60.   PROMÉXICO.
61.   Registro Agrario Nacional.
62.   Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
63.   Servicio de Administración Tributaria.
64.   Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera.
65.   Servicio de Protección Federal.
66.   Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas.
67.   Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
68.   Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.
69.   Telecomunicaciones de México.
70.   Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
71.   Universidad Pedagógica Nacional.
Organismos Descentralizados:
72.   Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
73.   Agencia Espacial Mexicana.
74.   Archivo General de la Nación.
75.   Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.
76.   Casa de Moneda de México.
77.   Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
78.   Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los usuarios de Servicios Financieros.
79.   Centro Nacional de Metrología.
80.   Centro de Ingeniería y Desarrollo Industrial.
81.   Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada Baja California.
82.   Centro de Investigación en Química Aplicada.
83.   Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social.
84.   Comisión Federal de Electricidad.
85.   Colegio de Postgraduados.
86.   Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
87.   Comisión Nacional Forestal.
88.   Comisión Nacional de Zonas Áridas.
 
89.   Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.
90.   Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
91.   Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
92.   Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas.
93.   Centro de Enseñanza Técnica Industrial.
94.   Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional.
95.   Colegio de Bachilleres.
96.   Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
97.   Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional.
98.   Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.
99.   Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.
100. Consejo Nacional de Fomento Educativo.
101. Comisión Nacional de Vivienda.
102. Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
103. Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra.
104. El Colegio de la Frontera Sur.
105. Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (antes Financiera Rural).
106. Fondo de Cultura Económica.
107. Hospital General Dr. Manuel Gea González.
108. Hospital General de México.
109. Hospital Infantil de México Federico Gómez.
110. Hospital Juárez de México.
111. Hospital Regional de Alta Especialidad Ciudad Victoria "Bicentenario 2010".
112. Hospital Regional de Alta Especialidad De Ixtapaluca.
113. Hospital Regional de Alta Especialidad De Yucatán.
114. Hospital Regional de Alta Especialidad De Oaxaca.
115. Hospital Regional de Alta Especialidad Del Bajío.
116. Instituto Mexicano de La Radio.
117. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
118. Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas.
119. Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
120. Instituto Mexicano de La Juventud.
121. Instituto Nacional de Las Personas Adultas Mayores.
122. Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.
123. Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, Antes Instituto Nacional de Ecología.
124. Instituto de Investigaciones Eléctricas.
125. Instituto Mexicano del Petróleo.
126. Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.
127. Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
128. Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias.
129. Instituto Nacional de Pesca.
 
130. Instituto Mexicano de Cinematografía.
131. Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
132. Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa.
133. Instituto Nacional para la Educación de los Adultos.
134. Instituto Nacional de Cancerología.
135. Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez.
136. Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán.
137. Instituto Nacional de Medicina Genómica.
138. Instituto Nacional de Neurología y Neurocirugía Manuel Velasco Suárez.
139. Instituto Nacional de Pediatría.
140. Instituto Nacional de Perinatología.
141. Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz.
142. Instituto Nacional de Rehabilitación.
143. Instituto Nacional de Salud Pública.
144. Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
145. Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora.
146. Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica.
147. Instituto Nacional de Ciencias Penales.
148. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
149. Instituto Mexicano del Seguro Social.
150. Instituto Nacional de las Mujeres.
151. Lotería Nacional para la Asistencia Pública.
152. Organismo Promotor de Medios Audiovisuales.
153. Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional.
154. Petróleos Mexicanos.
155. Pemex Exploración y Producción.
156. Pemex Gas y Petroquímica Básica.
157. Pemex Petroquímica.
158. Pemex Refinación.
159. Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
160. Productora Nacional de Biológicos Veterinarios.
161. Pronósticos para la Asistencia Pública.
162. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
163. Servicio Geológico Mexicano.
164. Servicio Postal Mexicano.
165. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
166. Talleres Gráficos de México.
Empresas de Participación Estatal, Instituciones Nacionales de Crédito, Organizaciones Auxiliares Nacionales de Crédito e Instituciones Nacionales de Seguros y de Fianzas:
167. Administración Portuaria Integral de Altamira, S.A. de C.V.
168. Administración Portuaria Integral de Coatzacoalcos, S.A. de C.V.
169. Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V.
 
170. Administración Portuaria Integral de Ensenada, S.A. de C.V.
171. Administración Portuaria Integral de Guaymas, S.A. de C.V.
172. Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V.
173. Administración Portuaria Integral de Manzanillo, S.A. de C.V.
174. Administración Portuaria Integral de Mazatlán, S.A. de C.V.
175. Administración Portuaria Integral de Progreso, S.A. de C.V.
176. Administración Portuaria Integral de Puerto Madero, S.A. de C.V.
177. Administración Portuaria Integral de Puerto Vallarta, S.A. de C.V.
178. Administración Portuaria Integral de Salina Cruz, S.A. de C.V.
179. Administración Portuaria Integral de Tampico, S.A. de C.V.
180. Administración Portuaria Integral de Topolobampo, S.A. de C.V.
181. Administración Portuaria Integral de Tuxpan, S.A. de C.V.
182. Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V.
183. Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V.
184. Agroasemex, S.A.
185. Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros S.N.C.
186. Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.
187. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.
188. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.
189. Centro de Investigación Científica de Yucatán, A.C.
190. Centro de Investigación en Alimentación y Desarrollo, A.C.
191. Centro de Investigación en Geografía y Geomática "Ing. Jorge L. Tamayo", A.C.
192. Centro de Investigación en Matemáticas, A.C.
193. Centro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C.
194. Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C.
195. Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Electroquímica, S.C.
196. Centro de Investigación y Docencia Económicas, A.C.
197. Centro de Investigación y Seguridad Nacional.
198. Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.
199. Centro de Investigaciones en Óptica, A.C.
200. Ciatec, A.C
201. Centro de Tecnología Avanzada (CIATEQ).
202. Centros de Integración Juvenil, A.C.
203. Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.
204. Compañía Mexicana de Exploraciones, S.A. de C.V.
205. Centro de Capacitación Cinematográfica, A.C.
206. Compañía Operadora del Centro Cultural y Turístico de Tijuana, S.A. de C.V.
207. Corporación Mexicana de Investigación en Materiales, S.A. de C.V.
208. Diconsa, S.A. de C.V.
209. Educal, S.A. de C.V.
210. El Colegio de la Frontera Norte, A.C.
 
211. El Colegio de México, A.C.
212. El Colegio de Michoacán, A.C.
213. El Colegio de San Luis, A.C.
214. Estudios Churubusco Azteca, S.A.
215. Exportadora de Sal, S.A. de C.V.
216. Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.
217. Fonatur Constructora, S.A. de C.V.
218. Fonatur Mantenimiento Turístico, S.A. de C.V
219. Fonatur Operadora Portuaria S.A. de C.V.
220. Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.
221. Impresora y Encuadernadora Progreso, S.A. de C.V.
222. Instituto Nacional de Administración Pública A.C.
223. Instituto Nacional para el Desarrollo de Capacidades del Sector Rural, A.C.
224. Instituto de Ecología, A.C.
225. Instituto Potosino de Investigación Científica y Tecnológica, A.C.
226. I.I.I. Servicios, S.A. de C.V.
227. Laboratorios de Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V.
228. Liconsa, S.A. de C.V.
229. Nacional Financiera, S.N.C.
230. Notimex, Agencia de Noticias del Estado Mexicano.
231. P.M.I. Comercio Internacional, S.A. de C.V.
232. Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, S.A. de C.V.
233. Sociedad Hipotecaria Federal S.N.C.
234. Televisión Metropolitana, S.A. de C.V.
Fideicomisos:
235. Fideicomiso de Riesgo Compartido.
236. Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal.
237. Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares.
238. Fideicomiso para la Cineteca Nacional.
239. Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural.
240. Fondo de Garantía y Fomento Para la Agricultura, Ganadería y Avicultura.
241. Fondo de Información y Documentación para la Industria.
242. Fondo Nacional de Fomento al Turismo.
243. Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías.
244. Fondo para el Desarrollo de Recursos Humanos.
245. Fideicomiso de Fomento Minero.
246. Fideicomiso de Formación y Capacitación para el Personal de la Marina Mercante Nacional.
Las 246 dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que integran el padrón de sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, se encuentran identificadas en el presupuesto de egresos 2014, están registradas en el Sistema INFOMEX Gobierno Federal y contempladas en el directorio de las unidades de enlace del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
SEGUNDO. Las entidades, órganos administrativos desconcentrados y fideicomisos que no cuentan con
una Unidad de Enlace, deben cumplir con sus obligaciones de transparencia, acceso a la información gubernamental y protección de datos personales, a través de su coordinadora de sector o de la entidad con la que hayan establecido los mecanismos de colaboración previstos en el artículo 5 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que también integran el padrón de sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal de manera indirecta a través de su coordinadora de sector o de la entidad con la que establecieron dichos mecanismos de colaboración y son los siguientes:
Coordinadora de Sector: Secretaría de Salud:
1.    Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.
2.    Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
3.    Centro Nacional de Excelencia Tecnológica en Salud.
4.    Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea.
5.    Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades.
6.    Centro Nacional de Trasplantes.
7.    Centro Nacional Para la Prevención y el Control de las Adicciones.
8.    Centro Nacional Para la Prevención y El Control del VIH/Sida.
9.    Centro Nacional Para la Salud de la Infancia y la Adolescencia.
10.   Comisión Nacional de Bioética.
11.   Instituto Nacional de Geriatría.
12.   Servicios de Atención Psiquiátrica.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Relaciones Exteriores
13.   Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
14.   Instituto de los Mexicanos en el Exterior.
15.   Instituto Matías Romero.
16.   Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos.
17.   Secciones Mexicanas de las Comisiones Internacionales de Límites y Aguas entre México y Guatemala, y entre México y Belice.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Turismo
18.   Centro de Estudios Superiores en Turismo.
19.   Corporación Ángeles Verdes.
Coordinadora de Sector: Procuraduría General de la República
20.   Centro de Evaluación y Control de Confianza.
21.   Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia.
22.   Instituto de Formación Ministerial, Policial y Pericial.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Gobernación
23.   Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales.
24.   Centro Federal de Protección a Personas.
25.   Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.
26.   Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal.
27.   Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas.
28.   Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal.
 
Coordinadora de Sector: Secretaría de Educación Pública
29.   Universidad Abierta y a Distancia México.
30.   Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte.
31.   Instituto Nacional del Derecho de Autor.
32.   Radio Educación.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
33.   Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar.
34.   Fondo de Empresas Expropiadas del Sector Azucarero.
Coordinadora de Sector: Secretaría de la Función Pública
35.   Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Comunicaciones y Transportes
36.   Instituto Mexicano del Transporte.
Coordinadora de Sector: Secretaría de Economía
37.   Instituto Nacional del Emprendedor.
Instituto Politécnico Nacional:
38.   XE-IPN Canal 11.
I.I.I. Servicios, S.A. de C.V.
39.   Instalaciones Inmobiliarias para Industrias, S.A. de C.V.
Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO):
40.   Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras.
41.   Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios.
42.   Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios.
Sociedad Hipotecaria Federal:
43.   Seguros de Crédito a la Vivienda SHF, S.A. de C.V.
44.   Fondo de Operación y Financiamiento Bancario a la Vivienda.
Las entidades, órganos y fideicomisos que integran de manera indirecta el Padrón de Sujetos Obligados en términos de lo establecido en el presente acuerdo, deberán publicar la información prevista en el artículo 7 de la Ley en el Portal de Obligaciones de Transparencia de la APF.
La coordinadora de sector o la entidad con la que hayan establecido los mecanismos de colaboración previstos en el artículo 5 del Reglamento de la Ley con los Sujetos Obligados señalados en el presente acuerdo, deberán incorporar en su Portal de Obligaciones de Transparencia un vínculo que remita a la información que en términos del artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental corresponde publicar a la entidad pública respecto de la cual es responsable, así como la precisión de que el acceso a la información será a través de su Unidad de Enlace, lo cual estará debidamente identificado en el sistema electrónico INFOMEX Gobierno Federal.
En casos excepcionales, previa autorización del Instituto, considerando la situación presupuestal y jurídica de las entidades, órganos y fideicomisos, se permitirá la incorporación de la información de estas instituciones en el Portal de Obligaciones de Transparencia de su coordinadora de sector o de la dependencia o entidad con la que hayan establecido los mecanismos de colaboración para el cumplimiento de la Ley.
TERCERO. Los entes públicos en proceso de desincorporación, cumplen con sus obligaciones de transparencia, acceso a la información gubernamental y protección de datos personales previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a través de su coordinadora de sector, del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes o de la dependencia o entidad a la que le hubieren sido transferidas sus atribuciones y, en consecuencia, los archivos respectivos, mismos que deberán
de estar debidamente identificados en el padrón de sujetos obligados con su respectiva referencia, así como en el sistema electrónico INFOMEX Gobierno Federal. A continuación se enlistan los entes públicos en proceso de desincorporación con la precisión de las instancias responsables de su información y, por tanto, de cumplir con las obligaciones previstas en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en los términos antes referidos:
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE):
1.    Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (BANRURAL)
2.    Ferrocarriles Nacionales de México
3.    Incobusa, S.A. de C.V.
4.    Luz y Fuerza del Centro
5.    Servicios de Almacenamientos del Norte, S.A.
6.    Notimex, S.A. de C.V.
Secretaría de Comunicaciones y Transportes:
7.    Ferrocarril Chihuahua al Pacífico, S.A. de C.V.
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales:
8.    Productos Forestales Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
9.    Terrenos de Jáltipan, S.A.
Pemex Gas y Petroquímica Básica:
10.   Terrenos para Industrias, S.A.
Las entidades y dependencias que integran el Padrón de Sujetos Obligados que se indican en el presente acuerdo, esto es, la dependencia coordinadora de sector, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, el responsable de la desincorporación o el órgano a quien se le hayan transferidos las atribuciones, deberán establecer en su Portal de Obligaciones de Transparencia un vínculo que remita a la información que en términos del artículo 7 de la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental, corresponde publicar a la entidad pública respecto de la cual es responsable, así como la precisión de que el acceso a la información será a través de su Unidad de Enlace, lo cual estará debidamente identificado en el sistema electrónico INFOMEX Gobierno Federal.
CUARTO. La coordinadora de sector, el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes o de la dependencia o entidad a la que le hubieren sido transferidas las atribuciones de entes públicos que a la fecha han concluido con los procesos de extinción, liquidación o fusión, deberán incorporar en su Portal de Obligaciones de Transparencia una precisión señalando que el acceso a la información de estas dependencias y entidades extintas, liquidadas o fusionadas se atenderá a través de su Unidad de Enlace, lo cual estará debidamente identificado en el sistema electrónico INFOMEX Gobierno Federal.
Pemex Petroquímica:
1.    Petroquímica Camargo
2.    Petroquímica Cangrejera
3.    Petroquímica Cosoleacaque
4.    Petroquímica Escolin
5.    Petroquímica Morelos
6.    Petroquímica Pajaritos
7.    Petroquímica Tula
Secretaría de Gobernación
8.-   Secretaría de Seguridad Pública
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE):
9.    Productora de Cospeles, S.A. de C.V
10.   Producción Nacional de Semillas
11.   Fideicomiso Liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito
 
12.   Banco de Crédito Rural del Golfo, S.N.C.
13.   Banco de Crédito Rural del Istmo, S.N.C
14.   Banco de Crédito Rural del Noreste, S.N.C.
15.   Banco de Crédito Rural del Noroeste, S.N.C.
16.   Banco de Crédito Rural del Norte, S.N.C.
17.   Banco de Crédito Rural del Pacífico Norte, S.N.C.
18.   Banco de Crédito Rural del Pacífico Sur, S.N.C.
19.   Banco de Crédito Rural Peninsular, S.N.C.
20.   Banco de Crédito Rural de Occidente, S.N.C.
21.   Banco de Crédito Rural del Centro Norte, S.N.C.
22.   Banco de Crédito Rural del Centro Sur, S.N.C.
23.   Banco de Crédito Rural del Centro, S.N.C
Banco Nacional del Ejército y Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.
24.   Fideicomiso de Construcciones Militares
QUINTO. Se instruye a la Coordinación de Acceso a la Información para que, a través de la Dirección General de Coordinación y Vigilancia de la Administración Pública Federal, comunique el presente Acuerdo a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que integran el padrón de sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal, referidos en los acuerdos PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO del presente documento.
SEXTO. Se instruye a la Coordinación de Acceso a la Información para que, a través de la Dirección General de Coordinación y Vigilancia de la Administración Pública Federal, dé seguimiento al cumplimiento del presente Acuerdo e informe del mismo al Pleno del Instituto para los efectos correspondientes.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Las dependencias y entidades a que se refieren los acuerdos SEGUNDO, TERCERO y CUARTO del presente Padrón, deberán cumplir con sus obligaciones establecidas en el presente instrumento a más tardar en treinta días naturales después de la entrada en vigor del presente instrumento. Sin perjuicio de lo anterior, están obligados a dar acceso a la información que les sea solicitada por los particulares por obrar ésta en sus archivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
TERCERO. El Instituto Nacional de Administración Pública, A.C., y el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, deberán establecer su Comité de Información y Unidad de Enlace en términos de lo que establecen los artículos 28 y 29 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a más tardar en treinta días naturales después de la entrada en vigor del presente instrumento.
CUARTO. En el caso de los Organismos Administrativos Desconcentrados que posteriormente a la publicación de este Acuerdo sean notificados respecto de la designación de un Órgano Interno de Control para su institución, deberán notificar a la Dirección General de Coordinación y Vigilancia de la APF e iniciar de acuerdo al Artículo 58 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental el establecimiento de su Unidad de Enlace y Comité de Información para incorporarse al Padrón de Sujetos Obligados del acuerdo PRIMERO.
Así lo acordó por unanimidad el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sesión ordinaria celebrada en la Ciudad de México, Distrito Federal, el seis de agosto de dos mil catorce.- La Comisionada Presidenta, Ximena Puente de la Mora.- Rúbrica.- Los Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Óscar Mauricio Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Areli Cano Guadiana, María Patricia Kurczyn Villalobos, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.- El Coordinador de Acceso a la Información, quien realiza las funciones de Secretario de Acceso a la Información, Adrián Alcalá Méndez.- Rúbrica.
 
(R.- 396009)
 

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