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DOF: 20/02/2015
OFICIO 500-05-2015-1329 por el que se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación

OFICIO 500-05-2015-1329 por el que se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.- Oficio: 500-05-2015-1329.

Asunto: Se notifica que los contribuyentes a que se refiere el Anexo 1 del presente oficio se han ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII, y penúltimo párrafo, 17, párrafo penúltimo, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30 de diciembre de 2013 en el mismo órgano oficial; Artículo Tercero, primer párrafo, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, así como en los artículos 33, último párrafo, 63, y 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones fiscales vigentes, esta Administración Central, dentro de los expedientes que obran en la misma, así como en las bases de datos del Servicio de Administración Tributaria a los que tiene acceso y utiliza de conformidad con el artículo 63, párrafos primero y último, del Código Fiscal de la Federación, ha detectado que los contribuyentes que se nombran en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
En razón de lo anterior, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el Artículo Tercero, primer párrafo, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero de 2014, se informa a los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio, que se encuentran en el supuesto previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, lo anterior se les hace de su conocimiento con el objeto de que puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad a notificarlos.
No se omite señalar que los hechos particulares por los cuales esta autoridad fiscal determinó que los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1 del presente oficio se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, se pormenorizan en el oficio individual que se notificó al contribuyente.
Entonces, se indica que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cada uno de los contribuyentes que se mencionan en el citado Anexo 1 del presente oficio tendrán un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones, según la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, a fin de que Presenten ante las oficinas de esta Administración Central, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, Módulo II, Primer Piso, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300, México D.F., escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal en los términos del artículo 19 del referido Código, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinentes para desvirtuar los hechos pormenorizados en el oficio individual ya mencionado.
La documentación e información que presenten a través del citado escrito deberá de cumplir con los
requisitos establecidos en los artículos 18, 18-A y 19 del Código Fiscal de la Federación."
Asimismo, se les apercibe que si transcurrido el plazo concedido no aportan las pruebas, la documentación e información respectiva; o bien, en caso de aportarlas, una vez admitidas y valoradas, no se desvirtúan los hechos señalados en el oficio individual mencionado en el tercer párrafo, numeral 1) del presente oficio, se procederá en los términos que prevé el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, caso en el cual se notificará la resolución y se publicará el nombre, denominación o razón social en el listado de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B, listado que para tal efecto se difunda en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, y se publique en el Diario Oficial de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente,
México, D.F., 30 de enero de 2015.- La Administradora Central de Fiscalización Estratégica, Marisela Corres Santana.- Rúbrica.
Asunto:        Anexo 1 del oficio número 500-05-2015-1329 de fecha 30 de enero de 2015, en el que se notifica, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que los contribuyentes mencionados en el presente Anexo se ubican en el supuesto previsto en el primer párrafo del citado precepto legal.
A continuación se enlistan los contribuyentes a los que se hace referencia en el oficio número 500-05-2015-1329 de fecha 30 de enero de 2015, emitido por la Mtra. Marisela Corres Santana, Administradora Central de Fiscalización Estratégica.
 
RFC
NOMBRE EFOS
NÚMERO DEL
OFICIO DE
PRESUNCIÓN
FECHA DE NOTIFICACIÓN
DEL OFICIO DE
PRESUNCIÓN
1
AII0912118LA
ADMINISTRADORA INMOBILIARIA INJUES, S.A. DE C.V.
500-05-2015-1287
28 DE ENERO DE 2015
2
AUHA481028AY7
AGUILAR HERNÁNDEZ ALFREDO
500-05-2014-39045
11 DE DICIEMBRE DE 2014
3
CARL911227T12
CHÁVEZ RODRÍGUEZ LEONARDO DANIEL
500-05-2015-1009
23 DE ENERO DE 2015
4
CARM860818T1A
CASTREJÓN RIVERA MISAEL
500-05-2014-32512
20 DE ENERO DE 2015
5
CASR840309J18
CARRILLO SALOMÓN RAFAEL
500-05-2014-39049
11 DE DICIEMBRE DE 2014
6
CCA091112A21
CONSULTORÍA, CAPACITACIÓN Y ASESORÍA CORPORATIVA RTM, S.A. DE C.V.
500-05-2015-1343
23 DE ENERO DE 2015
7
CCS1208039I4
COMERCIALIZADORA CONSTRUCTORA Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
500-05-2014-42896
20 DE ENERO DE 2015
8
CFI110727GJ2
COMPAÑÍA CONTRATISTA FIPAZA, S.A. DE C.V.
500-05-2014-38978
16 DE ENERO DE 2015
9
CIN080704HKA
CORPOTECH INNOVACIONES, S.A. DE C.V.
500-05-2015-1018
27 DE ENERO DE 2015
10
CPR080801NV1
CONSULTORÍA PROINTEGRA, S.C.
500-05-2014-39147
13 DE ENERO DE 2015
11
CPY100412C26
COMERCIALIZADORA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES NUMENYE, S.A. DE C.V
500-05-2014-39029
18 DE DICIEMBRE DE 2014
12
CRO1009272U1
CONSTRUCTORA ROFFUS, S.A. DE C.V.
500-05-2014-23892
20 DE ENERO DE 2015
13
DIG120130SB5
DISTRIBUIDORA DE INSUMOS DEL GOLFO, S.A. DE C.V.
500-05-2014-39028
08 DE DICIEMBRE DE 2014
14
DME101027J46
DISTRIBUIDORA DE MATERIALES Y EDIFICACIONES ALTAMIRANO, S.A. DE C.V.
500-05-2015-1318
30 DE ENERO DE 2015
15
GLI080215KN7
GLOBAL LIDERAZGO, S.A. DE C.V.
500-05-2014-39047
04 DE DICIEMBRE DE 2014
16
GSH060629PG6
GRUPO SHOENSTATT, S.A. DE C.V.
500-05-2014-32507
16 DE ENERO DE 2015
17
GUGJ930424BU3
GUZMÁN GAYTÁN JOSUE DENIR
500-05-2014-39004
12 DE ENERO DE 2015
18
LCO1109215X4
LAKANI CONSTRUCCIÓN, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2014-39041
10 DE DICIEMBRE DE 2014
19
LOR1205037H9
LORIM, S.A. DE C.V.
500-05-2014-32533
17 DE DICIEMBRE DE 2014
20
LOZD830509SEA
LÓPEZ ZAMUDIO DIEGO MOISÉS
500-05-2014-32659
16 DE ENERO DE 2015
21
MEVJ5304233C0
MEDINA VALDIVIA J. JESÚS
500-05-2014-38977
09 DE ENERO DE 2015
22
PUGA770101B4A
DE LA PUENTE GODOY ANIBAL DE JESÚS
500-05-2014-38991
29 DE ENERO DE 2015
23
SPC010427KI7
SERVICIOS PROYECTOS Y CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA, S. DE R.L. DE C.V.
500-05-2015-1016
22 DE ENERO DE 2015
24
SLS0805137C1
SOLUCIONES EN LOGÍSTICA Y SUMINISTROS EMPRESARIALES, S.A. DE C.V.
500-05-05-2015-1357
29 DE ENERO DE 2015
25
VCA070901N23
V CASTRO & ASOCIADOS, S.C. DE R.L.
500-05-2015-1049
30 DE ENERO DE 2015
26
VON111207T56
VONN, S.A. DE C.V.
500-05-2015-1056
26 DE ENERO DE 2015
 
________________________________
 

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