DOF: 01/04/2015
ACUERDO por el que se aprueba la misión, la visión y los objetivos estratégicos del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos

ACUERDO por el que se aprueba la misión, la visión y los objetivos estratégicos del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA MISIÓN, LA VISIÓN Y LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS.
CONSIDERANDO
1.     Que el siete de febrero de dos mil catorce, el Ejecutivo Federal promulgó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Decreto), modificando entre otros, el artículo sexto, el cual establece que la Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
2.     Que en términos del artículo octavo transitorio del Decreto, en tanto el Congreso de la Unión expide las reformas a las leyes respectivas en materia de transparencia, el organismo garante que establece el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ejercerá sus atribuciones y competencias conforme a lo dispuesto en el propio Decreto y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
3.     Que de conformidad con el artículo 2, fracciones XIII y XV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se entiende como ejecutores de gasto a los entes autónomos, los cuales son definidos como las personas de derecho público de carácter federal con autonomía en el ejercicio de sus funciones y en su administración, creadas por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a las que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos.
4.     Que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 5, fracción I, inciso b) de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la autonomía presupuestaria otorga al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, la facultad para ejercer su presupuesto con base a los principios de eficiencia, eficacia y transparencia, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública.
5.     Que la propia Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en el artículo 111 que los entes autónomos deberán instaurar un sistema de evaluación del desempeño para identificar la eficiencia, economía, eficacia, la calidad y el impacto social del ejercicio del gasto público, así como aplicar las medidas conducentes. Dicho sistema incorporará indicadores para evaluar los resultados presentados en los informes bimestrales, desglosados por mes, enfatizando en la calidad de los bienes y servicios públicos, la satisfacción del ciudadano.
6.     Que es necesario cumplir con las atribuciones y competencias derivadas de la reforma constitucional, por lo que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos inició un rediseño Institucional, modificando su estructura orgánica y ocupacional para lo que es importante implementar una nueva misión y visión institucional, acorde a los nuevos objetivos como organismo autónomo.
7.     Que estos nuevos objetivos, redefinen al Instituto como un órgano de carácter Nacional, que trabaja por la consolidación de una cultura de transparencia, rendición de cuentas y debido tratamiento de datos personales, garantizando el acceso a la información y protegiendo los datos personales.
8.     Que con base en esta nueva misión, visión y objetivos estratégicos, el Instituto impulsará acciones tendientes al diseño e implementación de políticas y estrategias que coadyuven a la conformación de un gobierno abierto, proactivo y que interactúe con la ciudadanía, con lo cual se fortalecerá la transparencia, la rendición de cuentas y el derecho de acceso a la información y la protección de los datos personales.
9.     Que la definición de la misión, visión y los nuevos objetivos estratégicos, permite que las diversas áreas que conforman el Instituto, puedan focalizar sus metas, mejorar su eficiencia y eficacia, la
calidad e impacto de los resultados y la sostenibilidad de las acciones y políticas implementadas.
10.   Que con base en esta nueva misión y visión, así como de los nuevos objetivos estratégicos, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos alineará el quehacer institucional y organizacional al cumplimiento de acciones, metas y objetivos que contribuyan a la permanente consecución de sus fines, asimismo permitirá la conformación del programa institucional.
11.   Que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos asumirá como misión "Garantizar en el Estado mexicano los derechos de las personas a la información pública y a la protección de sus datos personales, así como promover una cultura de transparencia, rendición de cuentas y debido tratamiento de datos personales para el fortalecimiento de una sociedad incluyente y participativa"
12.   Que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos tendrá como visión la siguiente: "Ser una Institución Nacional eficaz y eficiente en la consolidación de una cultura de transparencia, rendición de cuentas y debido tratamiento de datos personales, reconocida por garantizar el cumplimiento de la normativa de la materia y promover el ejercicio de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales como base para la participación democrática y un gobierno abierto".
13.   Que el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos contará con los siguientes objetivos estratégicos:
      Objetivo 1: Garantizar el óptimo cumplimiento de los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales.
      Objetivo 2: Promover el pleno ejercicio de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales, así como la transparencia y apertura de las instituciones públicas.
      Objetivo 3: Coordinar el Sistema Nacional de Transparencia y de Protección de Datos Personales, para que los órganos garantes establezcan, apliquen y evalúen acciones de acceso a la información pública, protección y debido tratamiento de datos personales.
      Objetivo 4: Impulsar el desempeño organizacional y promover un modelo institucional de servicio público orientado a resultados con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.
14.   Que el Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sus artículos 15, fracción V y 16, fracción III facultan al Pleno para aprobar las disposiciones administrativas que sean necesarias para el funcionamiento y el ejercicio de las atribuciones, además de las normas que regirán la operación y administración del Instituto, así como sus reformas o adiciones.
15.   Que de conformidad con lo establecido en el artículo 15, fracción III del Reglamento Interior del Instituto, el Pleno tiene como atribución aprobar los proyectos de Acuerdo que los comisionados propongan.
16.   Que en términos del artículo 21, fracción II del Reglamento Interior del Instituto, la Comisionada Presidente, propone al Pleno el proyecto de Acuerdo mediante el cual se aprueba la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Por las consideraciones expuestas, y con fundamento, en lo dispuesto en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 5 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 37, fracción XVI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 15, fracción III y V, 16, fracción II y 21, fracción II del Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de datos, el Pleno del Instituto emite el siguiente:
ACUERDO
 
PRIMERO. Se aprueba la misión, visión y objetivos estratégicos del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, conforme a lo señalado en los considerandos 11, 12 y 13 del presente acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye al titular de la Coordinación Ejecutiva para que haga del conocimiento de todas las áreas del Instituto la misión, la visión y los objetivos estratégicos para que en el ámbito de sus respectivas competencias coadyuven en su adecuada materialización.
TERCERO. Se instruye al titular de la Dirección General de Tecnologías de la Información para que publique el presente acuerdo en el sitio de Internet del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
CUARTO. Se instruye al titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que publique el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
QUINTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así, lo acordó por unanimidad, el Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, en sesión celebrada el veintitrés de marzo de dos mil quince. Los Comisionados firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.
La Comisionada Presidente, Ximena Puente de la Mora.- Rúbrica.- Los Comisionados: Francisco Javier Acuña Llamas, Óscar Mauricio Guerra Ford, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Areli Cano Guadiana, María Patricia Kurczyn Villalobos, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.
(R.- 409261)
 

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