ANEXOS del 27 ANEXOS del 27.1.1-a. al 39.5.4-b. de la Circular Única de Seguros y Fianzas, publicada el 19 de diciembre de 2014. (Continúa en la Tercera Sección)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
ANEXOS DE LA CIRCULAR ÚNICA DE SEGUROS Y FIANZAS
DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL DERIVADAS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE
FIANZAS
ANEXO 27.1.1-a
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS REPORTES DE OPERACIONES
RELEVANTES, INUSUALES E INTERNAS PREOCUPANTES
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas remitirán a la Secretaría por conducto de la Comisión los reportes a que hace referencia este Anexo mediante 3 productos que contienen la información dependiendo del plazo o periodo de entrega, según corresponda:
1. Producto OPREL: Reporte de operaciones relevantes.
2. Producto OPINU: Reporte de operaciones inusuales.
3. Producto OPPRE: Reporte de operaciones internas preocupantes.
Producto OPREL: Reporte de operaciones relevantes
En el producto OPREL las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán remitir a la Secretaría por conducto de la Comisión, un reporte de las operaciones relevantes, o bien, un reporte señalando que no se realizaron operaciones de este tipo, en los términos y dentro del plazo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
Producto OPINU: Reporte de operaciones inusuales
En el producto OPINU las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán remitir a la Secretaría por conducto de la Comisión, un reporte de las operaciones inusuales, en los términos y dentro del periodo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
Producto OPPRE: Reporte de operaciones internas preocupantes
En el producto OPPRE las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán remitir a la Secretaría por conducto de la Comisión, un reporte de las operaciones internas preocupantes, en los términos y dentro del periodo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
Para la nomenclatura del nombre e integración de los productos OPREL, OPINU y OPPRE, las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán apegarse a lo previsto en el Anexo 2 Instructivo del Layout de la "Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado".
Consideraciones Generales
1. La información deberá remitirse por el Oficial de Cumplimiento de cada una de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, dentro del plazo o periodo, según corresponda, que se establece en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
2. Los catálogos que serán utilizados para elaborar los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes se encuentran a disposición de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en la página web de esta Comisión www.cnsf.gob.mx.
3. Las Instituciones y Sociedades Mutualistas, deberán utilizar únicamente los caracteres válidos dados
a conocer por la Comisión en la página web de esta Comisión www.cnsf.gob.mx, en el apartado denominado Guías, Tipologías y Listas.
4. Cuando la venta sea directa, los campos 29, 30, 31 y 32 deberán ser llenados por las Instituciones y Sociedades Mutualistas conforme a lo siguiente:
CAMPO 29 VENTA DIRECTA
CAMPO 30 VENTA DIRECTA
CAMPO 31 VENTA DIRECTA
CAMPO 32 RFC con homoclave de la institución o sociedad mutualista que realiza el reporte
5. La información recibida que no cumpla con la calidad y características especificadas, se considerará como incumplimiento en los términos de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
6. La Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría llevará a cabo la validación y análisis definitivo de la información de que se trata, en caso de que exista alguna observación por parte de la mencionada Unidad, se hará del conocimiento de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, por conducto de esta Comisión.
ANEXO 27.1.1-b
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA INTEGRACIÓN INICIAL DEL COMITÉ DE
COMUNICACIÓN Y CONTROL
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas comunicarán a la Secretaría por conducto de la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_1_b, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_b
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_1_b con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | b | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato TXT, que contenga el informe de la integración inicial del comité de comunicación y control, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_b
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: INFCC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_1_b con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | b | I | N | F | C | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán comunicar a la Secretaría por conducto de la Comisión la integración inicial de su comité de comunicación y control dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que su consejo de administración haya designado las áreas cuyos titulares formarán parte del comité.
La comunicación a que se refiere el párrafo anterior deberá contener:
a) La denominación de las áreas designadas cuyos titulares formen parte del comité.
b) El nombre y apellido sin abreviaturas de cada uno de los miembros titulares.
c) El nombre y apellido sin abreviaturas de cada uno de sus suplentes.
d) Cargo de cada uno de los miembros propietarios y de sus suplentes tanto en el comité como en la Institución o Sociedad Mutualista.
e) Fecha de la integración inicial.
ANEXO 27.1.1-c
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA
INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE COMUNICACIÓN Y CONTROL AL CIERRE DEL AÑO INMEDIATO
ANTERIOR, ASÍ COMO LOS CAMBIOS QUE SE HUBIERAN REALIZADO DURANTE ESE AÑO
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas comunicarán a la Secretaría por conducto de la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_1_c, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1__1_c
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_1_c con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | c | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato TXT, que contenga el informe de la integración del comité de comunicación y control al cierre del ejercicio inmediato anterior, así como los cambios que se hubieran realizado ese año, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_c
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: ACTCC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_1_c con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | c | A | C | T | C | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán comunicar a la Secretaría por conducto de la Comisión dentro de los primeros quince días hábiles del mes de enero de cada año la información relativa a la integración del comité de comunicación y control al cierre del año inmediato anterior, así como los cambios que se hubieran realizado durante ese año:
La comunicación a que se refiere el párrafo anterior deberá contener:
a) La denominación de las áreas designadas cuyos titulares hayan formado parte del comité, al cierre del año inmediato anterior.
b) El nombre y apellido sin abreviaturas de dichos titulares.
c) El nombre y apellido sin abreviaturas de sus suplentes.
d) Cargos de los miembros propietarios y de sus suplentes tanto en la Institución o Sociedad Mutualista como en el comité
e) Los cambios de las áreas designadas o las sustituciones de los miembros de dicho comité que se hubieren realizado durante el año inmediato anterior, así como la fecha de la modificación correspondiente.
En el supuesto de que no se hubiesen presentado variaciones en ese periodo, se deberá precisar en el comunicado correspondiente tal situación.
ANEXO 27.1.1-d
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL REPORTE EN EL CASO DE QUE LAS
FUNCIONES Y OBLIGACIONES QUE DEBAN CORRESPONDER AL COMITÉ DE COMUNICACIÓN Y
CONTROL SEAN EJERCIDAS POR EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas comunicarán a la Secretaría por conducto de la Comisión el reporte a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_1_d, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_d
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_4 con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | d | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato TXT, que contenga el reporte en el caso de que las funciones y obligaciones que deban corresponder al comité de comunicación y control sean ejercidas por el oficial de cumplimiento, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_d
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: FUNOC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_1_d con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | d | F | U | N | O | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán comunicar a la Secretaría por conducto de la Comisión dentro de los primeros quince días hábiles del mes de enero de cada año cuando las obligaciones que deben corresponder al comité de comunicación y control, sean ejercidas por el oficial de cumplimiento.
La comunicación a que se refiere el párrafo anterior deberá contener:
a) El nombre y apellido sin abreviaturas del oficial de cumplimiento que realice las funciones que correspondan al comité de comunicación y control.
b) Teléfono y dirección de correo electrónico.
c) Registro Federal de Contribuyentes.
d) El nombre y apellido sin abreviaturas de su suplente.
e) Teléfono y dirección de correo electrónico.
f) Denominación del área de la que es titular el oficial de cumplimiento y su suplente.
g) Informar si el área de la que es titular el oficial de cumplimiento es independiente de las unidades encargadas de promover o gestionar los productos financieros que se ofrezcan a los clientes.
h) Número de personas a su servicio, ya sea que éstas realicen funciones para la Institución o Sociedad Mutualista de manera directa o a través de empresas de servicios complementarios.
ANEXO 27.1.1-e
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE HAYA SIDO
DESIGNADO COMO OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas comunicarán a la Secretaría por conducto de la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_1_e, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_e
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_1_e con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | e | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato TXT, que contenga el informe de la designación del oficial de cumplimiento, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_e
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: DESOC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_1_e con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | e | D | E | S | O | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán informar a la Secretaría por conducto de la Comisión el nombramiento del oficial de cumplimiento dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que se haya efectuado.
El informe a que se hace referencia en el párrafo anterior deberá contener lo siguiente:
a) El nombre y apellido sin abreviaturas del oficial de cumplimiento.
b) Teléfono y dirección de correo electrónico.
c) Registro Federal de Contribuyentes.
d) Denominación del área de la que es titular el oficial de cumplimiento.
e) Informar si el área de la que es titular el oficial de cumplimiento es independiente de las unidades encargadas de promover o gestionar los productos financieros que se ofrezcan a los clientes.
f) Fecha del nombramiento.
g) Para efecto de los reportes de operaciones relevantes inusuales e internas preocupantes deberán notificar la siguiente información antes de remitir los reportes:
1. Nombre de usuario
2. Reporte(s) del (de los) que es responsable
3. Teléfono
4. Dirección
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
6. Dirección de correo electrónico
7. Nombre del Jefe Inmediato
8. Puesto del Jefe Inmediato
9. Teléfono del Jefe Inmediato
10. Dirección del Jefe Inmediato
11. Dirección de correo electrónico del Jefe Inmediato
ANEXO 27.1.1-f
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE DAR
CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE DERIVAN DEL ARTÍCULO
492 DE LA LISF EMITIDAS POR LA SECRETARÍA, EN OFICINAS, SUCURSALES, AGENCIAS Y
FILIALES UBICADAS EN EL EXTRANJERO
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas comunicarán a la Secretaría por conducto de la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_1_f, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_f
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_1_f con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | f | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato PDF, que contenga el informe sobre la imposibilidad de dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la secretaría, en oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 26 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_1_f
b) De la décima a la décima tercera posición el nombre del archivo: IDCG
c) En la décima cuarta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima quinta a la décima octava posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima novena a la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_1_f con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 1 | _ | f | I | D | C | G | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán presentar a la Secretaría por conducto de la Comisión un informe sobre la imposibilidad de dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la Secretaría, en oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero
El informe a que se hace referencia en el párrafo anterior se deberá presentar en un archivo en formato PDF que contenga lo siguiente:
⢠Escrito firmado por el oficial de cumplimiento de la Institución o Sociedad Mutualista con:
⢠La denominación de la Institución o Sociedad Mutualista;
⢠El domicilio para recibir notificaciones;
⢠Lugar y fecha de emisión;
⢠Número de oficina y/o sucursal y/o agencia y/o filial en la que es imposible dar cumplimiento a las disposiciones emitidas por la Secretaría.
⢠Nombre del país en el que se ubican sus oficinas, sucursales, agencias y filiales ubicadas en el extranjero.
⢠Descripción detallada de las gestiones realizadas con el objetivo de aplicar lo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley.
ANEXO 27.1.2-a
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL NOMBRAMIENTO Y
SUSTITUCIÓN DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas presentarán a la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_2-a, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_a
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
b) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_2_a con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | a | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato TXT, que contenga el informe de la designación del oficial de cumplimiento, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_a
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: SISOC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_2_a con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | a | S | I | S | O | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Consideraciones Generales
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán notificar a la Comisión la información del oficial de cumplimiento a que se refiere el presente anexo antes de remitir los reportes de operaciones relevantes inusuales e interna preocupantes, de conformidad con lo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley y Anexo 4 de la Resolución por la que se da a conocer el formato oficial para el reporte de operaciones relevantes inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado.
Para efecto de los reportes de operaciones relevantes inusuales e internas preocupantes, la notificación a que se hace referencia en el párrafo anterior deberá contener lo siguiente:
1. Nombre de usuario. (nombre y apellido sin abreviaturas del oficial de cumplimiento)
2. Reporte(s) del (de los) que es responsable.
3. Teléfono.
4. Dirección.
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
6. Dirección de correo electrónico.
7. Nombre del Jefe Inmediato.
8. Puesto del Jefe Inmediato.
9. Teléfono del Jefe Inmediato.
10. Dirección del Jefe Inmediato.
11. Dirección de correo electrónico del Jefe Inmediato
ANEXO 27.1.2-b
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE POLÍTICAS DE
IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CLIENTE, ASÍ COMO LOS CRITERIOS, MEDIDAS Y
PROCEDIMIENTOS INTERNOS
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas remitirán a la Comisión el documento de políticas de identificación y conocimiento del cliente, así como los criterios, medidas y procedimientos internos, mediante el producto A27_1_2_b, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_b
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_2_b con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | b | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato PDF, que contenga el documento de políticas de identificación y conocimiento del cliente, así como los criterios, medidas y procedimientos internos que las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán adoptar para dar cumplimiento a lo previsto en las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 492 de la ley, así como cualquier modificación al mismo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_b
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: IPICC
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_2_b con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | b | I | P | I | C | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
Consideraciones Generales
Se deberá presentar un archivo en formato PDF que contenga lo siguiente:
⢠Escrito firmado por el oficial de cumplimiento de la Institución o Sociedad Mutualista con:
⢠La denominación de la Institución o Sociedad Mutualista;
⢠Domicilio para recibir notificaciones;
⢠Lugar y fecha de emisión;
⢠Documento con las políticas de identificación y conocimiento del cliente, así como los criterios, medidas y procedimientos internos y cualquier modificación al mismo.
ANEXO 27.1.2-c
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME DEL PROGRAMA ANUAL DE CURSOS
DE CAPACITACIÓN DEL EJERCICIO, ASÍ COMO LOS CURSOS IMPARTIDOS EN EL EJERCICIO
INMEDIATO ANTERIOR
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas presentarán a la Comisión el informe a que hace referencia este Anexo mediante el producto A27_1_2_c, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_c
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_2_c con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | c | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá corresponder a un archivo en formato PDF, que contenga el informe del Programa Anual de Cursos de Capacitación del ejercicio, así como los cursos impartidos en el ejercicio inmediato anterior, debiendo reunir los datos y características que se indican en las Consideraciones Generales del presente Anexo.
El archivo señalado será identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_c
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: INCAP
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_2_c con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | c | I | N | C | A | P | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
Consideraciones Generales
Se deberá presentar un archivo en formato PDF que contenga lo siguiente:
⢠Escrito firmado por el oficial de cumplimiento de la Institución o Sociedad Mutualista con:
⢠La denominación de la Institución o Sociedad Mutualista;
⢠Domicilio para recibir notificaciones;
⢠Lugar y fecha de emisión;
⢠El programa anual de capacitación con la siguiente información:
1. Sesión y fecha en la que el Comité de Comunicación y Control o en su caso, el Consejo de Administración, aprobó el programa de capacitación del ejercicio que se informa.
2. Los temas de los cursos que se impartirán en el año, definiendo el objetivo, el contenido y alcance del curso.
3. Especificar a quién van dirigidos los cursos (empleados y funcionarios que laboren en áreas de atención al público o de administración de recursos, integrantes del comité de comunicación y control, oficial de cumplimiento, y en su caso, agentes de seguros o de fianzas).
4. Número de empleados, funcionarios y agentes que se estima capacitar.
5. Forma en que se realizará la capacitación (presencial o en línea, otro).
6. Nombre y experiencia del instructor o instructores que impartirán la capacitación, señalando si es interno o externo a la institución.
7. Duración de cada uno de los cursos.
8. Sistema de evaluación que se aplicará por cada curso.
El informe de los cursos impartidos en el ejercicio inmediato anterior debe contener lo siguiente:
1. El número de aprobados y de constancias expedidas por la Institución o Sociedad Mutualista, o en su caso, por el externo que realizó la capacitación, describiendo si son empleados o funcionarios que laboren en áreas de atención al público o de administración de recursos, integrantes del comité de comunicación y control, oficial de cumplimiento o agentes de seguros o de fianzas.
2. Seguimiento realizado por la Institución o Sociedad Mutualista respecto de los capacitados que no aprobaron algún curso.
3. Los temas y nivel de cada uno de los cursos impartidos.
4. Fecha de impartición y duración de cada uno de los cursos.
5. Nombre del instructor o instructores que impartieron los cursos.
ANEXO 27.1.2-d
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME DE LOS RESULTADOS DE LAS
REVISIONES PARA EVALUAR Y DICTAMINAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE
CARÁCTER GENERAL QUE DERIVAN DEL ARTÍCULO 492 DE LA LISF, EMITIDAS POR LA
SECRETARÍA
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán presentar a la Comisión el Informe a que se refiere este anexo mediante el producto A27_1_2_d, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 22 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_d
b) En la décima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima primera a la décima cuarta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima quinta a la vigésima segunda posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el informe, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A27_1_2_d con fecha de informe 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | d | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
El archivo deberá ser identificado con una nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las nueve primeras posiciones deberá ponerse: A27_1_2_d
b) De la décima a la décima cuarta posición el nombre del archivo: INFAI
c) En la décima quinta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
S | Instituciones de seguros y sociedades mutualistas. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima sexta a la décima novena posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha en que se realiza el aviso, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Para el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, para enviar el archivo del producto A27_1_2_d con fecha de aviso 31 de diciembre de 2012, deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | |
Carácter | A | 2 | 7 | _ | 1 | _ | 2 | _ | d | I | N | F | A | I | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
Consideraciones Generales
Se deberá presentar un archivo en formato PDF que contenga lo siguiente:
⢠Escrito firmado por el oficial de cumplimiento de la Institución o Sociedad Mutualista con:
⢠La denominación de la Institución o Sociedad Mutualista;
⢠Domicilio para recibir notificaciones;
⢠Lugar y fecha de emisión;
⢠Informe de la evaluación y el dictamen de los resultados de las revisiones realizadas por la auditoría interna o el auditor externo independiente así como las medidas implementadas y el seguimiento a los programas de acción correctiva que en su caso hayan resultado aplicables, presentado a las dirección general y al comité de comunicación y control u oficial de cumplimiento, según corresponda, de la Institución o Sociedad Mutualista
ANEXO 27.2.1
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA CONSULTA DE LA DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN EMPLEADA
EN LAS LABORES PARA PREVENIR Y DETECTAR LAS OPERACIONES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO
492 DE LA LISF, QUE PROPORCIONE LA SECRETARÍA A LA COMISIÓN
Con el propósito de que las Instituciones y Sociedades Mutualistas conozcan la diversa información que con fundamento en los artículos 15, fracciones VII y XXXI y 15 A, fracción IX y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la misma solicita a la Comisión hacer de su conocimiento, relativa a guías, tipologías o listas de personas, empresas y/o entidades de países que pudieran estar vinculadas con la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento de actividades terroristas de conformidad con lo previsto en las Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Artículo 492 de la Ley, se dan a conocer los términos para su consulta y aplicación:
En la Página Web de la Comisión, en el módulo correspondiente, se pondrá a disposición de los oficiales de cumplimiento de las Instituciones y Sociedades Mutualistas la diversa información sobre guías, tipologías o listas de personas, empresas y/o entidades de países que pudieran estar vinculadas con la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento de actividades terroristas, cada vez que la Secretaría le solicite dar a conocer.
La Comisión asignará a las Instituciones y Sociedades Mutualistas un nombre de usuario y una clave para tener acceso al módulo correspondiente, siendo responsabilidad de las Instituciones y Sociedades Mutualistas llevar a cabo las acciones que correspondan a fin de obtener los medios de acceso mencionados, en términos de la presente Circular.
La Comisión notificará a las Instituciones y Sociedades Mutualistas, mediante correo electrónico dirigido al oficial de cumplimiento que en el módulo correspondiente se ha depositado información sobre guías, tipologías o listas de personas, empresas y/o entidades de países que pudieran estar vinculadas con la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento de actividades terroristas, mismo que el oficial de cumplimiento, mediante correo electrónico dirigido a la misma dirección, deberá acusar de recibido y enterado de la información que se le notifica para los fines correspondientes.
El oficial de cumplimiento de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, deberá accesar al módulo correspondiente de la citada página Web cada vez que reciba la notificación señalada en el párrafo anterior para conocer la diversa información o actualizaciones que la Comisión haya puesto a su disposición conforme le hayan sido requeridas por la Secretaría.
En virtud de que las personas, empresas y/o entidades de países pudieran estar vinculadas con la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento de actividades terroristas,
las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán proceder a la actualización de sus bases de datos con el objeto de que:
⢠Las listas actualizadas sean consideradas por el Comité de Comunicación y Control de las instituciones, para dictaminar, en su caso, si una operación que realicen los clientes es inusual.
⢠El Comité de Comunicación y Control verifique que los sistemas automatizados de las instituciones, contengan las listas actualizadas, y
⢠Para los demás casos que resulten aplicables, en términos de las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 492 de la Ley.
Para obtener el nombre de usuario y la clave de acceso, las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán:
Presentar a la Dirección General de Supervisión Financiera de la Comisión, un escrito en formato PDF, firmado por su Director General, mediante el cual solicite el nombre de usuario y clave de acceso para ingresar al módulo correspondiente; dicho escrito deberá contener lo siguiente:
Denominación de la Institución o Sociedad Mutualista;
Domicilio para recibir notificaciones;
Nombre y firma del Director General.
Lugar y fecha de emisión;
Asimismo, el escrito deberá señalar expresamente lo siguiente:
"Reconozco como propia la contraseña y nombre de usuario que me será asignada por la Comisión destinada a la consulta, en el módulo correspondiente, por parte del oficial de cumplimiento de esta institución, de la diversa información que la Comisión ponga a disposición sobre guías, tipologías o listas de personas, empresas y/o entidades que pudieran estar vinculadas con la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita o de financiamiento de actividades terroristas.
"Acepto que la utilización de la contraseña y nombre de usuario quedará bajo responsabilidad de esta Institución, en el entendido de que ambas tienen el carácter de personales e intransferibles y deberán ser entregadas al oficial de cumplimiento de esta Institución."
Tratándose de Instituciones y Sociedades Mutualistas de reciente constitución tendrán un plazo de tres meses contado a partir de la fecha de autorización para organizarse y funcionar como Instituciones y Sociedades Mutualistas a efecto de que cumplan con las obligaciones previstas en el presente anexo.
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas deberán comunicar a la Dirección General de Supervisión Financiera de la Comisión, mediante escrito firmado por su Director General, respecto del nombramiento, sustitución y cambio de correo electrónico del oficial de cumplimiento, para efectos de actualizar los datos para el envío de las notificaciones a que se hace referencia en el presente Anexo. Lo anterior con independencia de lo previsto en los anexos 27.1.4, 27.1.5 y 27.1.6.
Las Instituciones y Sociedades Mutualistas que ya cuenten con el nombre de usuario y clave de acceso, no estarán obligadas a realizar nuevamente el procedimiento para su obtención previsto en el presente Anexo.
ANEXO 29.3.1
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO QUE EL LIQUIDADOR
ADMINISTRATIVO ELABORE PARA ATENDER LOS GASTOS Y HONORARIOS NECESARIOS PARA
LLEVAR A CABO LA LIQUIDACIÓN DE LA INSTITUCIÓN O SOCIEDAD MUTUALISTA, ASÍ COMO EL
PROYECTO DE CALENDARIO RESPECTIVO
El liquidador administrativo de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará el proyecto de gastos y honorarios a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_1, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_1.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) De la vigésimo sexta a la trigésimo tercera posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador administrativo con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_1 con fecha de reporte 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 1 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto A29_3_1 deberá ser un archivo, denominado PROY en formato PDF, con la siguiente información:
PROY: Escrito en formato libre, firmado por el liquidador administrativo.
El archivo indicado será identificado con una nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_1.
b) De la octava a la décimo primera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: PROY
c) En la décimo segunda posición se ubicará la clave para el tipo de compañía que corresponda
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo tercera a la décimo sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista en liquidación de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar cuatro posiciones.
e) En la décimo séptima a la vigésimo cuarta posición deberá indicarse la fecha en que se presenta el informe ante la Comisión, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El liquidador administrativo que está enviando el archivo de proyecto de gastos y honorarios para la Institución de Seguros en liquidación con número de compañía 0001, relativo al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 1 | P | R | O | Y | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.2-a
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACION DEL ACTA DE RECEPCIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, INCLUYENDO EL INVENTARIO DE LOS BIENES, LIBROS Y
DOCUMENTOS DE LA INSTITUCIÓN O SOCIEDAD MUTUALISTA EN LIQUIDACIÓN, ASÍ COMO
AQUELLOS BIENES QUE SE ENCUENTREN EN SU PODER EN VIRTUD DE CONTRATOS DE
FIDEICOMISO, MANDATO, COMISIÓN O ADMINISTRACIÓN
El liquidador administrativo de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará el acta de recepción de la administración de la sociedad a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_2a, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 34 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_2a.
b) En la novena posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador administrativo con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_2a con fecha de reporte 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 2 | a | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto A29_3_2a deberá presentarse en un archivo denominado ACTA, en un formato PDF, con la siguiente información:
ACTA: Escrito en formato libre que deberá ser firmado por los participantes del acta.
El archivo indicado será identificado con una nomenclatura de 25 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_2a.
b) De la novena a la décimo segunda posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: ACTA
c) En la décimo tercera posición se ubicará la clave para el tipo de compañía que corresponda
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo cuarta a la décimo séptima posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista en liquidación de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar cuatro posiciones.
e) De la décimo octava a la vigésimo quinta posición deberá indicarse la fecha en que se presenta el informe ante la Comisión, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El liquidador administrativo que está enviando el archivo del acta de recepción de la administración para la Institución de Seguros en liquidación con número de compañía 0001, relativo al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 2 | a | A | C | T | A | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.2-b
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL BALANCE INICIAL DE LA LIQUIDACIÓN Y DEL
DICTAMEN RESPECTIVO DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE
El liquidador administrativo de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará el balance inicial al que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_2b, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 34 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_2b.
b) En la novena posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador administrativo con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_2b con fecha de reporte 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 1 0 | 1 1 | 1 2 | 1 3 | 1 4 | 1 5 | 1 6 | 1 7 | 1 8 | 1 9 | 2 0 | 2 1 | 2 2 | 2 3 | 2 4 | 2 5 | 2 6 | 2 7 | 2 8 | 2 9 | 3 0 | 3 1 | 3 2 | 3 3 | 3 4 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 2 | b | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
El producto A29_3_2b se integrará en tres archivos en formato PDF, que contendrán la siguiente información:
BLCE El balance inicial de la liquidación, firmado por el liquidador;
VARI Informe y justificación de los ajustes realizados al balance general de la sociedad, respecto del último cierre mensual previo al inicio de la liquidación, firmado por el liquidador, y
DICT El dictamen del balance inicial de la liquidación realizado por un auditor externo independiente de reconocida experiencia que el liquidador contrate para tal efecto, firmado por dicho auditor externo.
Dicho Balance se elaborará conforme a lo previsto en el Título 22.
Los archivos indicados serán identificados con una nomenclatura de 25 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_2b.
b) De la novena a la décimo segunda posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo:
BLCE El balance inicial de la liquidación;
VARI Informe y justificación de los ajustes realizados al balance general de la sociedad, y
DICT El dictamen del balance inicial de la liquidación
c) En la décimo tercera posición se ubicará la clave para el tipo de compañía que corresponda
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo cuarta a la décima séptima posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar cuatro posiciones.
e) De la décimo octava a la vigésima quinta posición deberá indicarse la fecha en que se presenta el informe ante la Comisión, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El liquidador administrativo que está enviando el archivo de la información financiera inicial para la Institución de Seguros en liquidación con número de compañía 0001, presentado al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 2 | b | B | L | C | E | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.3
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL DE LIQUIDACIÓN, PARA
EL CASO DE LIQUIDACIONES ADMINISTRATIVAS
El liquidador administrativo de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará, el informe a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_3, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_3.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) De la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador con CURP (CALF681016HDFRNLO9, el producto A29_3_3 con fecha de reporte 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 3 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto A29_3_3 se integrará de 4 archivos, firmados por el liquidador con la siguiente información:
1. EFIN: Estados Financieros.- Se presentarán balance general y estado de resultados comparativos con el mes inmediato anterior, variaciones en importe y porcentaje, con explicación de las causas de dichas variaciones, formulados de acuerdo al Título 22. (Archivo PDF)
2. BCOM: Balanza de Comprobación.- Se presentará balanza de comprobación, formulada a primer nivel, que refleje los saldos deudores y acreedores del mes que reporta. (Archivo xls)
3. INFO: Informe de liquidación.- Se informará mediante escrito libre el avance mensual del proceso de liquidación y las acciones realizadas por el liquidador administrativo o convencional, el cual deberá incluir firma electrónica. (Archivo PDF)
4. GTOS: Análisis de ingresos y gastos.- Reportará por subcuenta los ingresos y gastos erogados en el proceso de liquidación, incluyendo el detalle mensual y acumulado a partir del inicio de la liquidación. (Archivo xls)
Los archivos señalados se identificarán con una nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_3.
b) De la octava a la décimo primera posición deberá indicarse el identificador del archivo, según corresponda:
EFIN: Estados Financieros
BCOM: Balanza de Comprobación
INFO: Informe de liquidación
GTOS: Análisis de ingresos y gastos
c) En la décimo segunda posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo tercera a la décimo sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décimo séptima a la vigésima cuarta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El liquidador administrativo que está enviando el archivo EFIN, para la Institución de Seguros con número de compañía 0001, relativo al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 3 | E | F | I | N | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.4
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL BALANCE FINAL DE LA LIQUIDACIÓN Y DEL
DICTAMEN RESPECTIVO DEL AUDITOR EXTERNO INDEPENDIENTE
El liquidador administrativo o convencional de las Instituciones y Sociedades Mutualistas presentará, en un plazo no mayor de diez días hábiles contado a partir de la recepción del dictamen respectivo, el balance final y el dictamen del auditor externo independiente a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_4, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_4.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador administrativo o convencional con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_4 presentado el 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 4 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto A29_3_4 se integrará de 2 archivos, que contendrán la siguiente información:
1. EFIN: Estados Financieros.- Se presentarán el balance final de la liquidación y estado de resultados del proceso de liquidación a la fecha de término de la liquidación, los cuales se formularán de acuerdo al Título 22, (Archivo xls)
2. DAEX: Dictamen del Auditor Externo.- Se acompañará del dictamen emitido por un auditor externo independiente, estados financieros y sus notas. (Archivo PDF)
Los archivos señalados se identificarán con una nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_4.
b) De la octava a la décimo primera posición deberá indicarse el identificador del archivo, según corresponda:
EFIN: Estados Financieros.
DAEX: Dictamen Auditor Externo.
c) En la décimo segunda posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo tercera a la décima sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décimo séptima a la vigésima cuarta posición deberá indicarse la fecha en que se presenta el informe ante la Comisión, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El archivo de estados financieros finales para la Institución de Seguros con número de compañía 0001, presentados el 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 4 | E | F | I | N | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .xls |
ANEXO 29.3.5
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO CALENDARIZADO PARA
REALIZAR LA LIQUIDACIÓN CONVENCIONAL
El liquidador de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación convencional presentará el plan de trabajo calendarizado que contenga los procedimientos y medidas necesarias para que las obligaciones pendientes de cumplir sean finiquitadas, mediante el producto A29_3_5, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_5.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador convencional con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_5 presentado el 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 5 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto A29_3_5 deberá integrarse mediante un archivo denominado PLAN, en formato PDF por medio de escrito de formato libre, firmado por el liquidador convencional, el cual deberá especificar lo siguiente:
1. Procedimientos y medidas que adoptará el liquidador convencional para cubrir las obligaciones pendientes de cumplir, en el plazo de un año después de protestado su nombramiento.
2. Detalle de los principales gastos administrativos que se planea erogar durante la liquidación.
3. Detalle de los ingresos por venta de los activos de la sociedad, cobro de adeudos, intereses obtenidos y otros que planea obtener y los conceptos por los cuales se obtendrán dichos ingresos.
4. Proyecto del calendario de actividades del proceso de liquidación convencional.
El nombrado del archivo PLAN se hará de con la siguiente nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_5.
b) De la octava a la décimo primera posición deberá indicarse el identificador del archivo PLAN.
c) En la décimo segunda posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décima tercera a la décima sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décimo séptima a la vigésimo cuarta posición deberá indicarse la fecha en que se presenta el informe ante la Comisión, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El archivo PLAN para la Institución de Seguros con número de compañía 0001, presentado el 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 5 | P | L | A | N | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.6
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACION DEL DICTAMEN RESPECTO DE LA SITUACIÓN
INTEGRAL DE LA SOCIEDAD
El liquidador convencional de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará el dictamen que elabore el liquidador respecto de la situación integral de la sociedad, a partir de la información que reciba de los administradores, relativa a los bienes, libros y documentos de la sociedad, para contar con un inventario de los activos y pasivos de la sociedad, así como, el balance inicial de la liquidación, acompañado por el dictamen de un auditor externo independiente de reconocida experiencia que el liquidador contrate para tal efecto, a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_6, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 20 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_6.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador convencional con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_6 presentado el 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 6 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto A29_3_6 se integrará en tres archivos en formato PDF, que contendrán la siguiente información:
SITU Dictamen del liquidador convencional respecto de la situación integral de la sociedad, a partir de la información que reciba de los administradores, relativa a los bienes, libros y documentos de la sociedad, para contar con un inventario de sus activos y pasivos, firmado por el liquidador.
BLCE El balance inicial de la liquidación, firmado por el liquidador.
DICT El dictamen del balance inicial de la liquidación realizado por un auditor externo independiente de reconocida experiencia que el liquidador contrate para tal efecto, firmado por dicho auditor externo.
El archivo señalado se identificará con una nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_6.
b) De la octava a la décima primera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo:
SITU Dictamen del liquidador convencional respecto de la situación integral de la sociedad;
BLCE El balance inicial de la liquidación;
DICT El dictamen del balance inicial de la liquidación.
c) En la décima segunda posición deberá poner la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo tercera a la décima sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décimo séptima a la vigésima cuarta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El archivo SITU, para la Institución de Seguros con número de compañía 0001, relativo al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 6 | S | I | T | U | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 29.3.7
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME MENSUAL DE LIQUIDACIÓN, PARA
EL CASO DE LIQUIDACIONES CONVENCIONALES
El liquidador convencional de las Instituciones y Sociedades Mutualistas en liquidación presentará, el informe a que se refiere este Anexo mediante el producto A29_3_7, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_7.
b) En la octava posición se ubicará el CURP del liquidador o de su representante legal en caso de ser una persona moral.
c) En la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso del liquidador convencional con CURP (CALF681016HDFRNLO9), el producto A29_3_7 con fecha de reporte 31 de diciembre de 2014, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 1 0 | 1 1 | 1 2 | 1 3 | 1 4 | 1 5 | 1 6 | 1 7 | 1 8 | 1 9 | 2 0 | 2 1 | 2 2 | 2 3 | 2 4 | 2 5 | 2 6 | 2 7 | 2 8 | 2 9 | 3 0 | 3 1 | 3 2 | 3 3 | | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 7 | C | A | L | F | 6 | 8 | 1 | 0 | 1 | 6 | H | D | F | R | N | L | O | 9 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZI P | .PGP |
La información que contendrá el producto A29_3_7 se integrará de 4 archivos, firmados por el liquidador convencional con la siguiente información:
1. EFIN: Estados Financieros.- Se presentarán balance general y estado de resultados comparativos con el mes inmediato anterior, variaciones en importe y porcentaje, con explicación de las causas de dichas variaciones, formulados de acuerdo al Título 22, (Archivo PDF)
2. BCOM: Balanza de Comprobación.- Se presentará balanza de comprobación, formulada a primer nivel, que refleje los saldos deudores y acreedores del mes que reporta, (Archivo xls)
3. INFO: Informe de liquidación.- Se informará mediante escrito libre el avance mensual del proceso de liquidación y las acciones realizadas por el liquidador convencional, el cual deberá incluir firma electrónica. (Archivo PDF)
4. GTOS: Análisis de ingresos y gastos.- Reportará por subcuenta los ingresos y gastos erogados en el proceso de liquidación, incluyendo el detalle mensual y acumulado a partir del inicio de la liquidación. (Archivo xls)
Los archivos señalados se identificarán con una nomenclatura de 24 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) En las siete primeras posiciones deberá ponerse: A29_3_7.
b) De la octava a la décimo primera posición deberá indicarse el identificador del archivo, según corresponda:
EFIN: Estados Financieros
BCOM: Balanza de Comprobación
INFO: Informe de liquidación
GTOS: Análisis de ingresos y gastos
c) En la décima segunda posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de seguros no especializadas y sociedades mutualistas. |
P | Instituciones de seguros autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
F | Instituciones de fianzas |
d) De la décimo tercera a la décimo sexta posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista en liquidación de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décimo séptima a la vigésimo cuarta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El liquidador convencional que está enviando el archivo de Estados Financieros para la Institución de Seguros en liquidación con número de compañía 0001, relativo al 31 de diciembre de 2014, le corresponderá el siguiente indicador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Carácter | A | 2 | 9 | _ | 3 | _ | 7 | E | F | I | N | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
ANEXO 30.6.6.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE RENOVACIÓN DEL REGISTRO
PARA DICTAMINADORES JURÍDICOS
ANEXO 32.2.3.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD PARA LA AUTORIZACIÓN DE
AGENTES PROVISIONALES
Las Instituciones que soliciten autorización para agentes provisionales, deberán remitir archivo que se identificará mediante el producto A32_2_3, conforme a la siguiente nomenclatura de 20 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones, deberá ponerse: A32_2_3.
b) En la octava posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros. |
F | Instituciones de Fianzas. |
c) De la novena a la décima segunda posición, deberá ponerse el número asignado a la Institución de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima tercera a la vigésima posición, deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A32_2_3 con fecha de solicitud 01 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 2 | _ | 3 | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto deberá incluir los archivos siguientes:
1. Archivo en formato .TXT
2. Archivos en formato .JPG
3. Archivos en formato .PDF
1. El archivo en formato .TXT se integrará conforme a la siguiente nomenclatura de 25 caracteres alfanuméricos, que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las siete primeras posiciones, deberá ponerse: A32_2_3.
b) De la octava a la décima segunda posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: AGENT
c) En la décimo tercera posición, deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros. |
F | Instituciones de Fianzas. |
d) De la décima cuarta a la décimo séptima posición, deberá ponerse el número asignado a la Institución de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima octava a la vigésima quinta posición, deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A32_2_3 con fecha de solicitud 01 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 2 | _ | 3 | A | G | E | N | T | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .TXT |
Nota.- Los archivos que contengan la información .TXT de los agentes provisionales, se integrarán a renglón seguido, para lo cual se deberán separar con un pipe | los datos que se detallan en el "formato de contenido", y respetar el orden que en él se indica; para finalizar cada renglón, se deberá teclear punto y coma.
Los caracteres permitidos para este efecto, aparecen en el siguiente catálogo:
OBSERVACIÓN: La información relacionada con la Entidad o Ciudad (Dato de Referencia), con caracter obligatorio de dos dígitos en .TXT que se identifican con el "Formato de Contenido", para efectos de envío o entrega de información, deberá apegarse al contenido del siguiente catálogo permitido de Entidades Federativas, para la integración del archivo:
2. Archivos en formato .JPG de conformidad con lo siguiente:
Se deberán incluir los archivos que contengan la fotografía reciente de los prospectos a agentes provisionales, en imagen digitalizada, con las características siguientes:
Descripción | Características |
Tamaño en píxeles | 160 de ancho x 200 de alto (máximo 50 KB) |
Profundidad de color | 24 bits |
Tipo de imagen | JPG |
Fondo | Blanco |
Los archivos señalados, serán identificados con una nomenclatura de 29 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras siete posiciones, estarán reservadas al identificador del producto A32_2_3
b) De la octava a la décima primera posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: FOTO
c) De la décima segunda a la vigésima novena posición, deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contiene la foto del prospecto, con CURP SARD650404HDFNMG02 le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 2 | _ | 3 | F | O | T | O | S | A | R | D | 6 | 5 | 0 | 4 | 0 | 4 | H | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .JP G |
3. Archivos en formato .PDF de conformidad con lo siguiente:
Por cada prospecto a agente provisional, se deberá incluir el archivo que contenga la documentación a que se refiere la Disposición 32.2.2 de las Disposiciones de Carácter General derivadas de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, exceptuando la fotografía.
Los archivos señalados serán identificados con una nomenclatura de 28 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras siete posiciones estarán reservadas al identificador del producto A32_2_3
b) De la octava a la décima posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: EXP
c) De la décima primera la vigésima octava posición deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contenga la documentación del prospecto, con CURP SARD650404HDFNMG02 le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 2 | _ | 3 | E | X | P | S | A | R | D | 6 | 5 | 0 | 4 | 0 | 4 | H | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .PDF |
ANEXO 32.8.11
CENTRO DE CERTIFICACIÓN AUTORIZADO POR LA COMISIÓN
De conformidad con lo establecido en los artículos 91, 92, 93, 114, 115, 116 y 117 de la Ley Federal de Instituciones de Seguros y de Fianzas y el segundo párrafo de la fracción V del artículo 10 del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, la Comisión hace de su conocimiento que por oficio 06-367-II-1.2/______ de ___ de ______ de ____, se autorizó la designación como Centro de Certificación, de la sociedad cuya denominación y domicilio social se consignan a continuación:
NOMBRE DEL CENTRO DE CERTIFICACIÓN Domicilio____________________________________.
Colonia_____________________________________.
C.P., _____________México, D.F.
ANEXO 32.9.4.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PROGRAMACIÓN DE
EXÁMENES DEL CENTRO DE CERTIFICACIÓN Y DE LOS CENTROS DE APLICACIÓN DE EXÁMENES
El Centro de Certificación y los Centros de Aplicación de Exámenes, en la realización de sus actividades, deberán comunicar a la Comisión las bases sobre las que realizará cada evento de aplicación de exámenes, mediante el producto A32_9_4, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 27 caracteres alfanuméricos:
a) En las primeras siete posiciones deberá ponerse el identificador específico del producto: A32_9_4
b) De la octava a la décima novena posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes del Centro de Certificación o del Centro de Aplicación de Exámenes (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
c) De la vigésima a la vigésima séptima posición deberá indicarse la fecha del aviso, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso del Centro de Aplicación de Exámenes con RFC NBS861013D22, el producto A32_9_4, con fecha de aviso 1 de diciembre de 2014, se deberá construir de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 9 | _ | 4 | N | B | S | 8 | 6 | 1 | 0 | 1 | 3 | D | 2 | 2 | 2 | 0 | 1 | 4 | 1 | 2 | 0 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto A32_9_4 se integrará de un archivo con formato .XLS, con la siguiente información:
EXAMEN: Referente a los exámenes que se aplican por el Centro de Certificación o los Centros de Aplicación de Exámenes.
El archivo indicado será identificado con una nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente, el cual contendrá los datos personales de cada uno de los sustentantes conforme a la TABLA DEL ANEXO 32.9.4. anexa al presente:
a) Las primeras siete posiciones estarán reservadas al identificador del producto A32_9_4
b) De la octava a la décima tercera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: EXAMEN
c) De la décima cuarta a la vigésima quinta posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
d) De la vigésima sexta a la trigésima tercera posición deberá indicarse la fecha de realización del evento, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
La solicitud de programación de exámenes del Centro de Certificación o los Centros de Aplicación de Exámenes con RFC NBS861013D22, de 1 de diciembre de 2014, con sede en el Distrito Federal, corresponderá el siguiente identificador:
ESTRUCTURA Y FORMATO DE ARCHIVO
Los archivos que contengan la información .XLS de la solicitud de programación de exámenes, para efectos de envío o entrega de información, deberá con carácter obligatorio requisitarse en letra mayúsculas, tipo GEORGIA, tamaño 10, sin acentos. En cada renglón debe registrarse la persona inscrita para sustentar el examen, así como los datos de las evaluaciones a practicar, conforme al contenido de las siguientes claves contenidas en el "Catálogo de Categoría y Pruebas".
Respecto a las evaluaciones y certificaciones de conocimientos de los empleados o apoderados de las personas morales a que se refiere la fracción II del artículo 103 de la LISF, además de indicar como categoría "103", deberá especificarse en la última columna de la operación de que se trate, conforme a la clasificación siguiente:
Artículo 103 fracción II de la LISF |
CLASIFICACIÓN | EXÁMENES DE CERTIFICACIÓN |
I | Riesgos individuales de seguros de vida, de accidentes y enfermedades, y de daños. |
II | Riesgos individuales de seguros de vida y de accidentes y enfermedades. |
III | Riesgos individuales de seguros de vida y de daños. |
IV | Riesgos individuales de seguros de vida. |
V | Riesgos individuales de seguros de accidentes y enfermedades. |
VII | Riesgos individuales de seguros de daños. |
VIII | Riesgos individuales de seguros de automóviles. |
IX | Riesgos relativos a Seguros Masivos. |
ANEXO 32.9.10.
CENTROS DE APLICACIÓN DE EXÁMENES AUTORIZADOS POR LA COMISIÓN.
De conformidad con lo establecido en los artículos 91, 92 y 93 de la Ley Federal de Instituciones de Seguros y de Fianzas y el segundo párrafo de la fracción V del artículo 10 del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, la Comisión hace de su conocimiento que por oficio 06-367-II-1.2/00952 de 6 de febrero de 2013, se renovó la designación como Centro de Aplicación de Exámenes, de la sociedad cuya denominación y domicilio social se consignan a continuación:
CENTRO DE EVALUACION PARA INTERMEDIARIOS, S.C. Miguel Angel de Quevedo No. 8 - 102
Col. Chimalistac C.P. 01050, México, D.F.
ANEXO 32.10.6.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN QUE ACOMPAÑARÁ LA
PRESENTACIÓN DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR ERRORES Y OMISIONES
Los Agentes Persona Moral, deberán remitir anualmente a la Comisión, la renovación del seguro de responsabilidad civil por errores y omisiones, mediante el producto A32_10_6, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 28 caracteres alfanuméricos:
a) En las primeras ocho posiciones deberá ponerse el identificador específico del producto: A32_10_6
b) De la novena a la vigésima posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes del Agente Persona Moral (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
c) De la vigésima primera a la vigésima octava posición deberá indicarse la fecha del aviso, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso del Agente Persona Moral, con RFC NBS861013D22, el producto A32_10_6 con fecha de presentación 12 de diciembre de 2011, se deberá construir de la siguiente manera:
La información que contendrá el producto A32_10_6 se integrará de 1 archivo con formato .PDF, que contendrá la siguiente información, mismo deberá ser requisitado para su correspondiente presentación:
POLIZ: Contrato de Seguro de Responsabilidad Civil por Errores y Omisiones.
El archivo indicado será identificado con una nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones estarán reservadas al identificador del producto A32_10_6
b) De la novena a la décima tercera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: POLIZ
c) De la décima cuarta a la vigésima quinta posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
d) De la vigésima sexta a la trigésima tercera posición deberá indicarse la fecha del aviso, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
La presentación del contrato de seguro de responsabilidad civil por errores y omisiones del Agente Persona Moral con RFC NBS861013D22, de 12 de diciembre de 2011, le corresponderá el siguiente identificador:
ANEXO 32.11.1.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL AVISO DE ESTABLECIMIENTO, CAMBIO DE
UBICACIÓN Y CLAUSURA DE OFICINAS DE LOS AGENTES PERSONA MORAL
Los Agentes Persona Moral, deberán dar aviso a la Comisión del establecimiento, cambio de ubicación y clausura de sus oficinas, mediante el producto A32_11_1, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 28 caracteres alfanuméricos:
a) En las primeras ocho posiciones deberá ponerse el identificador específico del producto: A32_11_1
b) De la novena a la vigésima posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes del Agente Persona Moral (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
c) De la vigésima primera a la vigésima octava posición deberá indicarse la fecha del aviso, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso del Agente Persona Moral con RFC NBS861013D22, el producto A32_11_1, con fecha de aviso 12 de diciembre de 2011, se deberá construir de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 1 | 1 | _ | 1 | N | B | S | 8 | 6 | 1 | 0 | 1 | 3 | D | 2 | 2 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 1 | 2 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto A32_11_1 se integrará de 1 archivo con formato .PDF, que contendrá la siguiente información:
AVISO: Cualquier aviso del establecimiento, cambio de ubicación y clausura de oficinas del Agente Persona Moral firmado.
El archivo indicado será identificado con una nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones estarán reservadas al identificador del producto A32_11_1
b) De la novena a la décima tercera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: AVISO
c) De la décima cuarta a la vigésima quinta posición deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
d) De la vigésima sexta a la trigésima tercera posición deberá indicarse la fecha del aviso, señalando el año, mes y día, en formato aaaammdd.
Ejemplo:
Aviso de modificación de datos del Agente Persona Moral, con RFC NBS861013D22, de 12 de diciembre de 2011, corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | |
Caracter | A | 3 | 2 | _ | 1 | 1 | _ | 1 | A | V | I | S | O | N | B | S | 8 | 6 | 1 | 0 | 1 | 3 | D | 2 | 2 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 1 | 2 | .PDF |
LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LOS PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN PARA LOS
PRODUCTOS DE SEGURO A QUE SE REFIEREN LAS FRACCIONES I, INCISO B) Y II, INCISO A) DEL
ARTÍCULO 103 DE LA LISF
Con relación a la promoción y/o venta de los productos de seguro a que se refieren las fracciones I, inciso b), y II, inciso a) del artículo 103 de la LISF, será obligación tanto de las Instituciones de Seguros como de la persona moral impartir programas de capacitación, a través de personal debidamente especializado en los temas previstos en el temario.
La capacitación podrá llevarse a cabo de manera presencial o en línea, de forma tal, que permita verificar a la Comisión que se ha dado cumplimiento a la obligación a que se refieren las citadas fracciones.
El temario del programa de capacitación deberá estar conformado y detallado por unidades, módulos y temas, indicando el número de horas que se invertirán en cada módulo. El programa de capacitación deberá contemplar como mínimo 20 horas de duración, por cada operación y/o ramo que se pretenda promover o comercializar.
Los programas de capacitación que se registren conforme a la fracción I, inciso b) del artículo 103 de la LISF como parte del contrato de prestación de servicios, así como los que se impartan a los empleados o apoderados de la personas morales a que se refiere la fracción II del inciso a) del mismo artículo, deberán contemplar, por lo menos lo siguiente:
UNIDAD | MÓDULO | TEMAS | DURACIÓN |
Conceptos Generales | Terminología Básica | 1. Qué es un contrato de adhesión 2. Qué es un seguro 3. Operaciones y ramos de seguros 4. Principios básicos de la actividad aseguradora 5. Elementos formales del contrato de seguro 6. Riesgo 7. Características del riesgo 8. Definiciones del seguro | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Marco Jurídico | Autoridades | 1.Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) 2. Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) 3. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Leyes regulatorias | 1.Ley sobre el Contrato de Seguro 1.1 Objeto de regulación 1.2 Operaciones y ramos 2.Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas 2.1 Clases de agentes 2.2 Obligaciones de los agentes 3.Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas 3.1 Objeto de regulación 3.2 Ámbito de aplicación | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Marco Jurídico | Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros | 1. ¿Qué es la CONDUSEF y qué funciones realiza? 2. Marco legal 3. Orientación, Conciliación y Arbitraje 4. Unidad Especializada | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Capacitación complementaria en materia de Operación para la Prevención y Detección de Operaciones de Procedencia Ilícita | 1. ¿Qué es lavado de dinero? 2.Actividades que constituyen el lavado de dinero 3. Etapas del Lavado de Dinero 4. Tipos de operaciones 5. Identificación 6. Marco legal específico en materia de seguros | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Productos de Seguros | Especificaciones del (los) Producto (s) (Establecer la operación y el nombre del producto (s) de seguro.) | Seguro de _______ (Establecer la operación y/o ramo y/o subramo del seguro a promocionar y/o comercializar): Conceptos Básicos Características Generales Coberturas Básicas Coberturas Adicionales Suma Asegurada Prima y forma de pago Exclusiones Procedimiento de reclamación en caso de siniestro Deducible, Coaseguro, Franquicia Renovación Causas de Rescisión y Cancelación Esquemas de contratación (Forma y conducto de venta âtelemarketing, vía telefónica, etc.-) Mecanismos para la entrega de la póliza y condiciones generales Mecanismos de cancelación | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
Aspectos Operativos | Aspectos Operativos | 1. Formatos 2. Requisitos de Información 3. Mecánica y Procedimiento para la prestación del servicio | A consideración de la Institución de Seguros y de acuerdo a las necesidades de capacitación |
En el programa de capacitación se deberá establecer la forma y términos en que se llevará a cabo la
evaluación correspondiente.
La capacitación deberá ser otorgada por lo menos una vez al año, a efecto de que los empleados de los prestadores de servicios se mantengan debidamente actualizados. En caso de que hubiera una modificación en los productos de seguros que impacte en la información que, con motivo de la promoción y/o venta de los productos de seguros, está obligado a proporcionar el empleado del prestador de servicios, la Institución de Seguros deberá tomar las medidas pertinentes para la actualización de la información, de manera inmediata.
Para efectos de inspección y vigilancia, la Comisión podrá solicitar a las Instituciones de Seguros y a los prestadores de servicios la información y documentación relativa al cumplimiento de los presentes lineamientos.
FORMA Y TÉRMINOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE
CONOCIMIENTOS DE LOS EMPLEADOS O APODERADOS DE LAS PERSONAS MORALES A QUE SE
REFIERE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 103 DE LA LISF
Las Instituciones de Seguros o personas morales a que se refiere el artículo 102 de la LISF, que soliciten la certificación de conocimientos de los empleados o apoderados de las personas morales, deberán remitir o entregar, respectivamente, el archivo que se identificará mediante el producto A33_2_13, conforme a la siguiente nomenclatura de caracteres alfanuméricos, que deberán estar ordenados según se indica en cada caso:
I. ENVÍO POR LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS.
Nomenclaturas de 21 caracteres de conformidad con lo siguiente:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A33_2_13.
b) En la novena posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros. |
c) De la décima a la décima tercera posición, deberá ponerse el número asignado a la Institución de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima cuarta a la vigésima primera posición, deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A33_2_13 con fecha de solicitud 01 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información contenida en el producto A33_2_13 deberá incluir los archivos siguientes:
1. Archivo en formato .TXT
2. Archivos en formato .JPG
3. Archivos en formato .PDF
1. El archivo en formato .TXT se integrará conforme a la siguiente nomenclatura de 26 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las ocho primeras posiciones, deberá ponerse: A33_2_13.
b) De la novena a la décima tercera posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: AGENT
c) En la décimo cuarta posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros. |
d) De la décimo quinta a la décimo octava posición, deberá ponerse el número asignado a la Institución de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima novena a la vigésima sexta posición deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto A33_2_13 con fecha de solicitud 01 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | A | G | E | N | T | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .TXT |
Nota.- Los archivos que contengan la información .TXT de los Empleados o Apoderados de las Personas Morales, se integrarán a renglón seguido, para lo cual se deberán separar con un pipe | los datos que se detallan en el "formato de contenido", y respetar el orden que en él se indica; para finalizar cada renglón, se deberá teclear punto y coma.
Los caracteres permitidos para este efecto, aparecen en el siguiente catálogo:
OBSERVACION.- El archivo .TXT integrado por la información del "Formato de Contenido", relacionado con la Entidad o Ciudad de carácter obligatorio de dos dígitos, se identificará en apego al contenido del siguiente catálogo de Entidades Federativas, para el envío o entrega de información.
2. Archivos en formato .JPG de conformidad con lo siguiente:
Se deberán incluir los archivos que contengan la fotografía reciente de los prospectos a Empleados o Apoderados de las personas morales, en imagen digitalizada, con las características siguientes:
Descripción | Características |
Tamaño en píxeles | 160 de ancho x 200 de alto (máximo 50 KB) |
Profundidad de color | 24 bits |
Tipo de imagen | JPG |
Fondo | Blanco |
Los archivos señalados, serán identificados con una nomenclatura de 30 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones, estarán reservadas al identificador del producto A33_2_13
b) De la novena a la décima segunda posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: FOTO
c) De la décima tercera a la trigésima posición, deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contiene la foto del prospecto con CURP CAMM760209MDFNMG02, le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | F | O | T | O | C | A | M | M | 7 | 6 | 0 | 2 | 0 | 9 | M | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .JPG |
3. Archivos en formato .PDF de conformidad con lo siguiente:
Por cada Empleado o Apoderado de la Persona Moral, se deberá incluir el archivo que contenga la documentación a que se refiere la Disposición 33.2.13. de las Disposiciones de Carácter General derivadas de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, exceptuando la fotografía.
Los archivos señalados serán identificados con una nomenclatura de 29 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones estarán reservadas al identificador del producto A33_2_13
b) De la novena a la décima primera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: EXP
c) De la décima segunda a la vigésima novena posición deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contiene la documentación del prospecto, con CURP CAMM760209MDFNMG02 le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | E | X | P | C | A | M | M | 7 | 6 | 0 | 2 | 0 | 9 | M | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .PD F |
II. ENTREGA POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS (PERSONA MORAL).
Nomenclaturas de 28 caracteres de conformidad con lo siguiente:
a) En las ocho primeras posiciones deberá ponerse: A33_2_13.
b) De la novena a la vigésima posición, deberá indicarse el Registro Federal de Contribuyentes del Prestador de Servicios (Persona Moral) que realiza la solicitud, el cual consta de 12 caracteres.
c) De la vigésima primera a la vigésima octava posición, deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso del Prestador de Servicios (Persona Moral) con RFC NBS861013D22, el producto A33_2_13 con fecha de solicitud 01 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | N | B | S | 8 | 6 | 1 | 0 | 1 | 3 | D | 2 | 2 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .ZIP | .PG P |
La información contenida en el producto A33_2_13 deberá incluir los archivos siguientes:
1. Archivo en formato .TXT
2. Archivos en formato .JPG
3. Archivos en formato .PDF
1. El archivo en formato .TXT se integrará conforme a la siguiente nomenclatura de 33 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las ocho primeras posiciones, deberá ponerse: A33_2_13
b) De la novena a la décima tercera posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: AGENT
c) De la décima cuarta a la vigésima quinta posición, deberá indicarse el identificador único: Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual consta de 12 caracteres.
d) De la vigésima sexta a la trigésima tercera posición, deberá indicarse la fecha en que se realiza la solicitud, señalando el año, mes y día en formato aaaammdd.
Ejemplo:
En el caso de la persona moral con RFC NBS861013D22, el producto A33_2_13 con fecha de solicitud 1 de junio de 2013, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | N | B | S | 8 | 6 | 1 | 0 | 1 | 3 | D | 2 | 2 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 0 | 1 | .ZIP | .PGP |
Nota.- Los archivos que contengan la información .TXT de los Empleados o Apoderados de las Personas Morales, deberán apegarse al uso de caracteres permitidos, acorde al contenido de las tablas superiores denominadas "Catálogo de Caracteres Permitidos", "Formato de Contenido" y "Catálogo de Entidad o Ciudad".
2. Archivos en formato .JPG de conformidad con lo siguiente:
La fotografía de los prospectos a Empleados o Apoderados de las personas morales, se entregarán en archivos en formato .JPG que contengan imagen digitalizada reciente, con las características descritas en el punto 2 del numeral I del presente anexo.
Los archivos de "FOTO" serán identificados con una nomenclatura de 30 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones, estarán reservadas al identificador del producto A33_2_13
b) De la novena a la décima segunda posición, deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: FOTO
c) De la décima tercera a la trigésima posición, deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contiene la foto del prospecto con CURP CAMM760209MDFNMG02, le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | F | O | T | O | C | A | M | M | 7 | 6 | 0 | 2 | 0 | 9 | M | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .JPG |
3. Archivos en formato .PDF de conformidad con lo siguiente:
Por cada Empleado o Apoderado de la Persona Moral, se deberá incluir el archivo que contenga la documentación a que se refiere la Disposición 33.2.13. de las Disposiciones de Carácter General derivadas de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, exceptuando la fotografía.
Los archivos señalados serán identificados con una nomenclatura de 29 caracteres alfanuméricos conforme a lo siguiente:
a) Las primeras ocho posiciones estarán reservadas al identificador del producto A33_2_13
b) De la novena a la décima primera posición deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo: EXP
c) De la décima segunda a la vigésima novena posición deberá indicarse el identificador único: Clave Única de Registro de Población (CURP), el cual consta de 18 caracteres.
Ejemplo:
El expediente que contiene la documentación del prospecto, con CURP CAMM760209MDFNMG02 le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | |
Caracter | A | 3 | 3 | _ | 2 | _ | 1 | 3 | E | X | P | C | A | M | M | 7 | 6 | 0 | 2 | 0 | 9 | M | D | F | N | M | G | 0 | 2 | .PDF |
En obviedad de repeticiones, ver el punto 3 del numeral I del presente anexo.
ANEXO 34.1.21-a.
ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL EXTRANJERO INSCRITAS EN EL RGRE
Renovación para el ejercicio ____.
No. | Reaseguradora Extranjera | Número de Registro |
| 1. Reaseguradoras inscritas para proporcionar el servicio de reaseguro al sector asegurador y/o afianzador mexicano: | |
| ... | |
| 2. Reaseguradoras integrantes de pools atómicos, inscritas para proporcionar el servicio de reaseguro a las instituciones de seguros, exclusivamente en los riesgos de la Planta Nucleoeléctrica de Laguna Verde, ubicada en Alto Lucero en el Estado de Veracruz, que opera la Comisión Federal de Electricidad: | |
| ... | |
| 3.- Reaseguradoras inscritas para proporcionar el servicio de reaseguro a las instituciones de seguros autorizadas exclusivamente en seguros de crédito a la vivienda: | |
| ... | |
| 4.- Reaseguradoras inscritas para proporcionar el servicio de reaseguro a las instituciones de seguros autorizadas exclusivamente en seguros de garantía financiera: | |
| ... | |
ANEXO 34.1.21-b.
INSCRIPCIONES, CANCELACIONES, CAMBIOS DE DENOMINACIÓN O UBICACIÓN DE ENTIDADES
ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS DEL EXTRANJERO INSCRITAS EN EL RGRE
Del ___ al_____.
a) Otorgamiento de inscripción.
b) Cancelación de inscripción.
c) Cambio de denominación o ubicación.
d) Modificación de operaciones.
ANEXO 34.2.1.
FORMA Y TÉRMINOS PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN SOBRE SUSCRIPTORES FACULTADOS
La Información que deben presentar a esta Comisión aseguradoras y reaseguradores extranjeras es la siguiente:
1. El representante legal de la aseguradora o reaseguradora extranjera deberá presentar escrito firmado en el que informe de los Suscriptores Facultados y el alcance de las facultades otorgadas, el cual contendrá la información que a continuación se cita, misma que deberá venir en idioma español:
· Vigencia (Sólo se publicarán vigencias anuales; en el caso de contar con vigencias indefinidas, deberá confirmarse anualmente que las facultades otorgadas siguen vigentes).
· Territorialidad.
· Tipo de riesgos u operaciones.
· Límites de responsabilidad.
· Otros datos relevantes.
2. En caso de que las aseguradoras o reaseguradoras extranjeras modifiquen o revoquen dichas facultades, deberán comunicar tal hecho en forma inmediata a esta Comisión.
3. La información a que se refiere este anexo deberá entregarse en apego al procedimiento señalado en los Capítulos 39.1 y 39.6 de las presentes Disposiciones.
ANEXO 34.2.2-a.
RELACIÓN DE SUSCRIPTORES FACULTADOS
No. | Suscriptor Facultado | Entidad del Exterior | No. RGRE | Límite de Responsabilidad | Riesgo | Vigencia |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
ANEXO 34.2.2-b.
INCORPORACIÓN DE SUSCRIPTORES FACULTADOS
Del: ________ al ________.
No. | Suscriptor Facultado | Entidad del Exterior | No. RGRE | Límite de Responsabilidad | Riesgo | Vigencia |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
| | | | | | |
ANEXO 34.4.3.
RELACIÓN DE OFICINAS DE REPRESENTACIÓN DE REASEGURADORAS EXTRANJERAS
ANEXO 35.1.9
RELACIÓN DE INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
OFICIO DE LA CNSF | FECHA DEL OFICIO | INTERMEDIARIOS DE REASEGURO |
06-367-II-1.2/15754 | 19/11/2009 | Se otorgó autorización para operar como intermediario de reaseguro a: MAG RE, Intermediario de Reaseguro, S.A. de C.V. |
06-367-II-1.2/02885 | 5/03/2010 | Se otorgó autorización para operar como intermediario de reaseguro a: Sterling Re, Intermediario de Reaseguro, S.A. de C.V. |
06-367-II-1.2/09558 | 18/08/2011 | Se otorgó autorización para operar como intermediario de reaseguro a: Star Reinsurance Brokers, Intermediario de Reaseguro, S.A. de C.V. |
06-367-II-1.2/02230 | 23/02/2012 | Se otorgó autorización para operar como intermediario de reaseguro a: Río, Intermediario de Reaseguro, S.A. de C.V. |
ANEXO 35.3.3.
CATÁLOGO DE CUENTAS DE LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
Los Intermediarios de Reaseguro deberán registrar contablemente las operaciones que realicen, observando lo siguiente:
a. Catálogo de cuentas.
b. Reglas de agrupación del catálogo de cuentas.
c. Formatos que se presentan para la elaboración de su Balance General y Estado de Resultados.
CATALOGO DE CUENTAS PARA LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
ACTIVO
GRUPO: CIRCULANTE
1101 INVERSIONES
01 FONDOS PROPIOS
01 En Valores
02 En Depósitos
03 Otros
02 FONDOS NO PROPIOS
01 En Valores
02 En Depósitos
03 Otros
Registrará las inversiones efectuadas en valores; en la subcuenta 01 se registrarán las inversiones de recursos propios y en la subcuenta 02 las inversiones de recursos no propios.
1103 CAJA
Registrará únicamente efectivo y documentos de cobro inmediato.
1105 BANCOS
01 FONDOS PROPIOS
01 Del País
02 Del Extranjero
02 FONDOS NO PROPIOS
01 Del País
02 Del Extranjero
Registrará los movimientos de cuentas de cheques. En la subcuenta 01 se registrarán los movimientos de recursos propios y en la subcuenta 02 los movimientos de recursos no propios.
1107 DOCUMENTOS POR COBRAR
Registrará los documentos por cobrar a favor de la sociedad.
1109 DEUDORES DIVERSOS
01 Anticipo a proveedores
02 Otros
Registrará los adeudos a favor de la institución. Cuando por cualquier circunstancia un saldo se volviese de naturaleza acreedora deberá agruparse para efectos del balance en el pasivo dentro de la cuenta 2101.- Acreedores diversos.
1111 IVA PAGADO POR APLICAR
01 Acreditable
02 No Acreditable
03 No Deducible
04 Prorrateable
05 Por importación
06 Pendiente de Acreditar
Registrará el Impuesto al Valor Agregado que se traslade a la Institución y el que ésta pague en la importación de bienes y servicios. Al cierre de cada mes, el impuesto registrado en las subcuentas 04 y 05 se traspasará, en su caso, a las subcuentas 01 y 02, de acuerdo con el
resultado que se obtenga de aplicar la mecánica de prorrateo señalada en el Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. El saldo de la subcuenta 01 se deducirá del que arroje la cuenta 2207.- I.V.A. POR PAGAR y los de las subcuentas 02 y 03 se traspasarán a las cuentas 5121.- IMPUESTOS DIVERSOS, subcuenta 01.- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO y 5123.- CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, subcuenta 06.- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, respectivamente.
1113 IMPUESTOS PAGADOS POR ANTICIPADO
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
Registrará el importe de los pagos provisionales correspondientes al Impuesto Sobre la Renta u otros impuestos a cargo de la Institución.
1115 PAGO POR CUENTA DE INSTITUCIONES
01 Cedentes
02 Reaseguradores
Registrará todos los pagos efectuados con recursos propios de la sociedad para cubrir el vencimiento de una operación, a compañías cedentes en la subcuenta 01 y a reaseguradores en la subcuenta 02.
1117 COMPAÑIAS AFILIADAS (D)
Registrará los importes de corretajes u otros conceptos pendientes de cobro con empresas afiliadas.
GRUPO: INVERSIONES PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO
1151 INVERSIONES DE LAS RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO
01--Valores Gubernamentales
04--Préstamos Hipotecarios a Empleados
05--Incremento o Decremento por Valuación de Valores
06--Otros
07--En Valores de Empresas Privadas, Con Tasa Conocida
08--En Valores de Empresas Privadas, De Renta Variable
09--Deudores por Intereses de Valores
Registrará las inversiones de los recursos del fondo constituido de acuerdo con las disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de su Reglamento, así como el efectivo que transitoriamente forme parte del fondo y el importe de los rendimientos que mensualmente devenguen las inversiones. Estos dos últimos conceptos se registrarán en la subcuenta 06, debiendo mantenerse en efectivo, en forma transitoria, únicamente las partidas que, por su escasa cuantía, no puedan invertirse en los valores o créditos que llenen los requisitos aplicables. Los préstamos que se registren en la subcuenta 04, deberán clasificarse conforme a los plazos que se hayan pactado para su pago. En la subcuenta 05 registrarán el diferencial obtenido entre el valor de costo de adquisición y el valor de mercado a la fecha de valuación, utilizando como contrapartida la cuenta 2301.- RESERVA PARA OBLIGACIONES LABORALES, subcuenta 03.- INCREMENTO O DECREMENTO POR VALUACION DE VALORES.
GRUPO: OPERACIONES DE INTERMEDIACION
1201 CORRETAJE POR COBRAR
01 Del País
02 Del Extranjero
Registrará el importe de los corretajes pendientes de cobro.
GRUPO: FIJO
1301 INMUEBLES
Registrará el importe de los inmuebles adquiridos por la sociedad, determinados a valor de costo o adquisición de cada bien.
1303 INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES
Registrará el aumento o disminución del valor de los inmuebles con relación al costo de adquisición, que se determinan conforme a los avalúos realizados.
1305 MOBILIARIO Y EQUIPO
Registrará los bienes muebles y equipo a su valor de adquisición.
1307 EQUIPO DE TRANSPORTE
Registrará el equipo de transporte a su valor de adquisición.
1309 EQUIPO DE COMPUTO
Registrará el equipo de cómputo a su valor de adquisición.
GRUPO: DIFERIDOS
1401 DEPOSITOS EN GARANTIA
Registrará el importe de los depósitos por servicios y otros conceptos conforme a los contratos celebrados.
1403 GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO
Registrará el importe de las erogaciones por concepto de rentas, seguros y otros pagos anticipados.
1405 GASTOS DE INSTALACION
Registrará el importe de las erogaciones por instalaciones, adaptaciones y mejoras permanentes . en activos fijos tangibles propiedades de terceros.
1407 CREDITO MERCANTIL
Registrará el importe del exceso del costo de las acciones sobre el valor en libros.
1409 IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS POR APLICAR.
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
Registrará el impuesto diferido activo neto determinado, conforme a las disposiciones aplicables
1411 GASTOS DE ORGANIZACIÓN
Registrará el importe de los gastos de organización.
GRUPO: REEXPRESION
1501 ACTUALIZACION DE INMUEBLES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1301.-INMUEBLES.
1503 ACTUALIZACION DEL INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1303.-INCREMENTO POR
VALUACION DE INMUEBLES.
1505 ACTUALIZACION DEL MOBILIARIO Y EQUIPO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1305.-MOBILIARIO Y EQUIPO.
1507 ACTUALIZACION DEL EQUIPO DE TRANSPORTE
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1307.-EQUIPO DE TRANSPORTE.
1509 ACTUALIZACION DEL EQUIPO DE COMPUTO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1309.-EQUIPO DE COMPUTO.
1511 ACTUALIZACION DE LOS GASTOS DE INSTALACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1405.-GASTOS DE INSTALACION.
1513 ACTUALIZACION DE LOS GASTOS DE ORGANIZACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 1411.- GASTOS DE ORGANIZACIÓN.
PASIVO
GRUPO: A CORTO PLAZO
2101 ACREEDORES DIVERSOS
Registrará los importes de los adeudos a cargo de la sociedad. En el Balance, esta cuenta únicamente mostrará saldos acreedores.
2102 SALDOS REASEGURADORES POR PAGAR
01 Cedentes
02 Reaseguradores
Registrará el importe de los movimientos originados por los conceptos de primas, comisiones, siniestros y otros importes. En la subcuenta 01.- de las instituciones cedentes, y en la subcuenta 02.- de los reaseguradores. En el Balance, esta cuenta únicamente mostrará saldos acreedores.
2103 DOCUMENTOS POR PAGAR
Registrará los documentos aceptados y pendientes de pago por la sociedad.
2105 IMPUESTOS RETENIDOS A CARGO DE TERCEROS.
01 Por Remuneraciones al Trabajo Personal Subordinado
02 Por Honorarios y Servicios Personales Independientes
03 Por Dividendos Sobre Acciones
04 Por Arrendamientos.
05 Por I.S.R. de Pensiones y Primas de Antigedad en Administración
06 Por Retiros de Fondos de Seguros de Pensiones
07 Por I.V.A. Retenido a Personas Físicas por la Prestación de Servicios Personales Independientes o Arrendamiento
08 Otros
Registrará los importes de las retenciones que la institución haya hecho a terceros y que se encuentran pendientes de enterar
2107 PROVISIONES PARA OBLIGACIONES DIVERSAS
Registrará las provisiones derivadas de obligaciones contractuales, legales y otras propias de la sociedad.
2109 COMPAÑIAS AFILIADAS (A)
Registrará los importes de corretajes u otros conceptos pendientes de pago con empresas afiliadas.
GRUPO: OTROS PASIVOS
2201 PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
Registrará la provisión que anualmente deben calcular las instituciones de acuerdo con los resultados del ejercicio. Cuando se liquide el impuesto correspondiente, se cargará esta cuenta hasta por el monto de la provisión, con abono a la cuenta 1113.- IMPUESTOS PAGADOS POR ANTICIPADO.
2203 PROVISION PARA LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL
Registrará antes del cierre del balance el importe de la provisión a que tenga derecho el personal en las utilidades de la sociedad.
2205 PROVISIONES PARA OBLIGACIONES LABORALES
01 Gratificaciones al Personal
02 Aguinaldo
03 Cuotas al IMSS
04 Cuotas Cesantía y Vejez
05 Cuotas al INFONAVIT
06 Impuesto del 2% sobre Nóminas
07 Otros
Registrará las provisiones que por estos conceptos deben calcular las sociedades.
2207 I.V.A. POR PAGAR
Registrará el importe del impuesto que se traslade por el cobro de los servicios.
2209 PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS.
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
Registrará la provisión de Impuestos a la Utilidad Diferidos, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas aplicables.
2211 I.V.A. POR DEVENGAR
Registrará el importe del impuesto que se cobre parcialmente.
GRUPO: RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO
2301 RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO
01 Por Pensiones y Jubilaciones
02 Por Primas de Antigedad
03 Incremento o Decremento por Valuación de Valores
04 Servicio Médico Post-retiro
05 Por Remuneraciones al Término de la Relación Laboral
06 Otros Beneficios Posteriores al Retiro
Registrará la creación e incrementos de las provisiones complementarias para pensiones o jubilaciones del personal, conforme a lo previsto en la Ley del Seguro Social y Primas de Antigedad, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. En la subcuenta 03 registrarán el diferencial obtenido entre el valor de costo o adquisición y el valor de mercado a la fecha de valuación, utilizando como contrapartida la cuenta 1151.-
INVERSIONES DE LAS RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES, subcuenta 05.- INCREMENTO O DECREMENTO POR VALUACION DE VALORES
COMPLEMENTARIAS DE ACTIVO
GRUPO: COMPLEMENTARIAS DE ACTIVO
GRUPO: ESTIMACIONES Y DEPRECIACIONES
3101 ESTIMACION PARA CUENTAS INCOBRABLES
Registrará el importe de los castigos efectuados a los saldos provenientes de cedentes o reaseguradores por el servicio de intermediación en reaseguro o reafianzamiento que no hayan sido cobrados y otros.
3103 DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor destructible de los inmuebles.
3105 DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor de costo de adquisición del mobiliario y equipo, debiéndose llevar en forma específica.
3107 DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor de costo de adquisición del equipo de transporte, debiéndose llevar en forma específica.
3109 DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE CÓMPUTO
Registrará el importe de la depreciación acumulada sobre el valor de costo de adquisición del equipo de cómputo, debiéndose llevar en forma específica.
3111 AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION
Registrará el importe de la amortización acumulada de los gastos de instalación
3113 AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE ORGANIZACIÓN
Registrará el importe de la amortización acumulada de los gastos de organización.
GRUPO: REEXPRESION
3201 ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3103.-DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES.
3203 ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3105.-DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO.
3205 ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3107.-DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE.
3207 ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE CÓMPUTO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3109.-DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO.
3209 ACTUALIZACION DE LA AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3111.-AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION.
3211 ACTUALIZACION DE LA AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE ORGANIZACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 3111.-AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE ORGANIZACION
CAPITAL SOCIAL PAGADO
GRUPO: CAPITAL SOCIAL
4101 CAPITAL SOCIAL
01 FIJO
02 VARIABLE
Registrará el capital pagado de la sociedad de acuerdo con la normatividad vigente.
GRUPO: CAPITAL NO SUSCRITO
4102 CAPITAL NO SUSCRITO
01 FIJO
02 VARIABLE
Registrará la parte del capital social cuyas acciones emitidas no han sido suscritas por los accionistas
GRUPO: CAPITAL NO EXHIBIDO
4103 CAPITAL NO EXHIBIDO
01 FIJO
02 VARIABLE
Registrará el capital no exhibido que deberá cubrirse.
GRUPO: RESERVAS DE CAPITAL
4201 RESERVA LEGAL
Registrará parte de la utilidad del ejercicio que se destine a este rubro.
4202 APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL
Registrará los importes de las aportaciones para futuros aumentos de capital.
GRUPO: RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
4301 RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
Registrará el importe de las utilidades o pérdidas pendientes de aplicación.
GRUPO: RESULTADOS DEL EJERCICIO
4303 RESULTADO DEL EJERCICIO
Registrará el importe de las utilidades o pérdidas que se produzcan al fin de cada ejercicio.
GRUPO: SUPERAVIT
4401 SUPERAVIT POR VALUACION DE INMUEBLES
Registrará el superávit del valor de los inmuebles, determinado como la diferencia entre el costo de adquisición y construcción, y los avalúos que se practiquen.
GRUPO: REEXPRESION
4501 ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL
01 FIJO
02 VARIABLE
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4101.-CAPITAL SOCIAL.
4503 ACTUALIZACION DE LA RESERVA LEGAL
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4201.-RESERVA LEGAL.
4505 ACTUALIZACION DE LAS APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4202.-APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL.
4507 ACTUALIZACION DE LOS RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4301.-RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES.
4509 ACTUALIZACION DEL RESULTADO DEL EJERCICIO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4303.-RESULTADO DEL EJERCICIO.
4511 ACTUALIZACION DEL SUPERAVIT POR VALUACION DE INMUEBLES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 4401.-SUPERAVIT POR VALUACION DE INMUEBLES.
GRUPO: EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE
4601 CORRECCION POR REEXPRESION
En esta cuenta se registrarán los ajustes que se requieran para actualizar el poder de compra en el periodo. Se obtiene restándole a la cifra reexpresada la cifra base.
4603 RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS
Registrará el incremento (decremento) entre el valor actualizado de los activos por encima o por debajo de los valores equivalentes que deben tener por la inflación.
4605 EFECTO MONETARIO ACUMULADO
Registrará el resultado que provoca la inflación en las cifras del periodo.
ESTADO DE RESULTADOS
CUENTAS DE RESULTADOS DEUDORAS
GRUPO: HISTORICAS
5101 GASTOS GENERALES
Registrará los importes de las erogaciones directas de la operación.
5103 DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
Registrará las depreciaciones y amortizaciones de sus inmuebles, mobiliario y equipo.
5105 GASTOS FINANCIEROS
Registrará los gastos realizados por operaciones financieras realizadas.
5107 OTROS GASTOS
Registrarán los importes por erogaciones diversas de la operación.
5109 IMPUESTOS A CARGO DE LA INSTITUCION.
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
5111 PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL
Registrará las utilidades que la sociedad determine al final del ejercicio.
5113 PERDIDA NO REALIZADA
Registrará la pérdida obtenida por la tenencia de monedas extranjeras, pero que no haya sido realizada al cierre del periodo en curso.
5115 PERDIDA REALIZADA
Registrará la pérdida por revaluación de moneda extranjera ya realizada al término del periodo en curso.
5117 PERDIDA POR REVALUACION
Registrará los efectos de la revaluación de moneda extranjera al término del periodo en curso.
5119 RESULTADO POR POSICION MONETARIA
Registrará el resultado que va provocando la inflación en las cifras del periodo.
5121 IMPUESTOS DIVERSOS
01 Impuesto al Valor Agregado
02 Estatales
03 Sobre Tenencia y Uso de Vehículos
04 Prediales
Registrará los impuestos a cargo de la institución, que sean deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta.
5123 CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA ISR
01 Por Castigos
02 Por Depreciaciones
03 Por Amortizaciones
04 Multas, Recargos y Otras Sanciones Administrativas
05 Cuotas Laborales al IMSS
06 Impuesto al Valor Agregado.
07 Impuesto Pagado por Terceros
08 Por Carecer de Requisitos Fiscales
09 Otros Gastos
Registrará el importe de las partidas no deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta.
5125 IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS.
01 Impuesto Sobre la Renta
02 Otros
Registrará el importe de los impuestos a la utilidad diferidos, de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
GRUPO: REEXPRESION
5201 ACTUALIZACION DE LOS GASTOS GENERALES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5101.-GASTOS GENERALES.
5203 ACTUALIZACION DE LAS DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5103.-DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES.
5205 ACTUALIZACION DE LOS GASTOS FINANCIEROS
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5105.-GASTOS FINANCIEROS.
5207 ACTUALIZACION DE OTROS GASTOS
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5107.-OTROS GASTOS.
5209 ACTUALIZACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5109.-IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
5210 ACTUALIZACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5111.-IMPUESTO AL ACTIVO.
5211 ACTUALIZACION DE LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5111.-PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL.
5213 ACTUALIZACION DE LA PERDIDA NO REALIZADA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5113.-PERDIDA NO REALIZADA.
5215 ACTUALIZACION DE LA PÉRDIDA REALIZADA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5115.-PERDIDA REALIZADA.
5217 ACTUALIZACION DE LA PERDIDA POR REVALUACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 5117.-PERDIDA POR REVALUACION.
CUENTAS DE RESULTADOS ACREEDORAS
GRUPO: HISTORICAS
6101 INGRESOS POR CORRETAJE
Registrará los importes por concepto de corretaje a favor del intermediario.
6103 PRODUCTOS FINANCIEROS
Registrará los ingresos obtenidos por concepto de inversiones.
6105 OTROS INGRESOS
Registrará otros ingresos provenientes de su operación.
6107 UTILIDAD (PERDIDA) CAMBIARIA
Registrará la utilidad o pérdida en cambios derivada de operaciones, tenencia de activos y pasivos en moneda extranjera.
6109 GANANCIA NO REALIZADA
Registrará la ganancia obtenida por la tenencia de moneda extranjera, pero que no haya sido realizada al cierre del periodo en curso.
6111 GANANCIA REALIZADA
Registrará la ganancia por revaluación de monedas extranjeras realizada al término del periodo en curso.
6113 GANANCIA POR REVALUACION
Registrará los efectos de la revaluación de moneda extranjera al término del periodo en curso.
6115 IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS.
01--Impuesto Sobre la Renta
02--Otros
Registrará el beneficio por el impuesto a la utilidad diferido generado del ejercicio.
6199 PERDIDAS Y GANANCIAS
Registrará la utilidad o pérdida mensual. Con el propósito de reconocer el resultado en cada
periodo se deberá cancelar el saldo inicial de esta cuenta al final del mismo, y al mismo tiempo, en su caso, registrará el resultado nuevamente determinado. Al cierre del ejercicio registrará los saldos finales de las cuentas de resultados.
GRUPO: REEXPRESION
6201 ACTUALIZACION DE LOS INGRESOS POR CORRETAJE
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6101.-INGRESOS POR CORRETAJE.
6203 ACTUALIZACION DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6103.-PRODUCTOS FINANCIEROS.
6205 ACTUALIZACION DE OTROS INGRESOS
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6105.-OTROS INGRESOS.
6207 ACTUALIZACION DE LA UTILIDAD (PERDIDA) CAMBIARIA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6107.-UTILIDAD (PERDIDA). CAMBIARIA.
6209 ACTUALIZACION DE LA GANANCIA NO REALIZADA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6109.-GANANCIA NO REALIZADA.
6211 ACTUALIZACION DE LA GANANCIA REALIZADA
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6111.-GANANCIA REALIZADA.
6213 ACTUALIZACION DE LA GANANCIA POR REVALUACION
Registrará los importes de la actualización de la cuenta 6113.-GANANCIA POR REVALUACION.
CUENTAS DE ORDEN
7001 APORTACIONES AL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES
8001 FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES
Registrará los importes de los depósitos efectuados al fondo de ahorro de los trabajadores y su rendimiento, de conformidad con las condiciones contractuales celebradas con los trabajadores.
7003 CUENTAS DE REGISTRO FISCAL DEUDORAS
8003 CUENTAS DE REGISTRO FISCAL ACREEDORAS
Registrará los importes de los conceptos que para efectos fiscales necesite la sociedad, de conformidad con las disposiciones fiscales aplicables.
REGLAS DE AGRUPACION DEL CATALOGO DE CUENTAS
BALANCE GENERAL INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
AGRUPACIONES | | CUENTAS |
1 | 2 | 3 | | |
100 | | | ACTIVO | |
| 110 | | CIRCULANTE | |
| | 111 | INVERSIONES | |
| | | INVERSIONES | 1101 |
| | 112 | CAJA | |
| | | CAJA | 1103 |
| | 113 | BANCOS | |
| | | BANCOS | 1105 |
| | 114 | DOCUMENTOS POR COBRAR | |
| | | DOCUMENTOS POR COBRAR | 1107 |
| | | ESTIMACION PARA CUENTAS INCOBRABLES | 3101 |
| | 115 | DEUDORES DIVERSOS | |
| | | DEUDORES DIVERSOS | 1109 |
| | 116 | IVA PAGADO | |
| | | IVA PAGADO POR APLICAR | 1111 |
| | 117 | OTROS | |
| | | IMPUESTOS PAGADOS POR ANTICIPADO | 1113 |
| 118 | | INVERSIONES PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO | |
| | | INVERSIONES DE LAS RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO | 1151 |
| 119 | | OPERACIONES DE INTERMEDIACION | |
| | 120 | INSTITUCIONES DE SEGUROS | |
| | | PAGO POR CUENTA DE INSTITUCIONES | 1115 |
| | 121 | CORRETAJE POR COBRAR | |
| | | CORRETAJE POR COBRAR | 1201 |
| | 122 | COMPAÑIAS AFILIADAS (D) | |
| | | COMPAÑIAS AFILIADAS (D) | 1117 |
| 123 | | FIJO | |
| | 124 | INMUEBLES | |
| | | INMUEBLES | 1301 |
| | | ACTUALIZACION DE INMUEBLES | 1501 |
| | 125 | INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES | |
| | | INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES | 1303 |
| | | ACTUALIZACION DEL INCREMENTO POR VALUACION DE INMUEBLES | 1503 |
| | 126 | DEPRECIACION | |
| | | DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES | 3103 |
| | | ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE INMUEBLES | 3201 |
| | 127 | MOBILIARIO Y EQUIPO | |
| | | MOBILIARIO Y EQUIPO | 1305 |
| | | ACTUALIZACION DEL MOBILIARIO Y EQUIPO | 1505 |
| | | DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO | 3105 |
| | | ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO | 3203 |
| | 128 | EQUIPO DE TRANSPORTE | |
| | | EQUIPO DE TRANSPORTE | 1307 |
| | | ACTUALIZACION DEL EQUIPO DE TRANSPORTE | 1507 |
| | | DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE | 3107 |
| | | ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE | 3205 |
| | 129 | EQUIPO DE COMPUTO | |
| | | EQUIPO DE COMPUTO | 1309 |
| | | ACTUALIZACION DEL EQUIPO DE COMPUTO | 1509 |
| | | DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO | 3109 |
| | | ACTUALIZACION DE LA DEPRECIACION ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO | 3207 |
| 130 | | DIFERIDOS | |
| | | DEPOSITOS EN GARANTIA | 1401 |
| | | GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO | 1403 |
| | | GASTOS DE INSTALACION | 1405 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS GASTOS DE INSTALACION | 1511 |
| | | AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION | 3111 |
| | | ACTUALIZACION DE LA AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE INSTALACION | 3209 |
| | | GASTOS DE ORGANIZACIÓN | 1411 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS GASTOS DE ORGANIZACION | 1513 |
| | | AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE ORGANIZACION | 3113 |
| | | ACTUALIZACION DE LA AMORTIZACION ACUMULADA DE GASTOS DE ORGANIZACION | 3211 |
| | | CREDITO MERCANTIL | 1407 |
| | | IMPUESTOS DIFERIDOS | 1409 |
AGRUPACIONES | | |
1 | 2 | 3 | | CUENTAS |
200 | | | PASIVO | |
| 210 | | A CORTO PLAZO | |
| | 211 | ACREEDORES DIVERSOS | |
| | | ACREEDORES DIVERSOS | 2101 |
| | 212 | DOCUMENTOS POR PAGAR | |
| | | DOCUMENTOS POR PAGAR | 2103 |
| | 213 | OTROS | |
| | | IMPUESTOS RETENIDOS A CARGO DE TERCEROS | 2105 |
| | | PROVISIONES PARA OBLIGACIONES DIVERSAS | 2107 |
| 214 | | OPERACIONES DE INTERMEDIACION | |
| | 215 | INSTITUCIONES DE SEGUROS | |
| | | SALDOS REASEGURADORES POR PAGAR | 2102 |
| | 216 | COMPAÑIAS AFILIADAS (A) | |
| | | COMPAÑIAS AFILIADAS (A) | 2109 |
| 217 | | RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO | |
| | | RESERVAS PARA OBLIGACIONES LABORALES AL RETIRO | 2301 |
| 218 | | OTROS PASIVOS | |
| | 219 | PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS | |
| | | PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS | 2201 |
| | | I.V.A. POR PAGAR | 2207 |
| | | I.V.A. POR DEVENGAR | 2211 |
| | 220 | PROVISION PARA LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | |
| | | PROVISION PARA LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | 2203 |
| | 221 | OTRAS OBLIGACIONES | |
| | | PROVISIONES PARA OBLIGACIONES LABORALES | 2205 |
| | | PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS | 2209 |
AGRUPACIONES | | CUENTAS |
1 | 2 | 3 | | |
400 | | | CAPITAL SOCIAL PAGADO | |
| | | CAPITAL SOCIAL | 4101 |
| | (-) | CAPITAL NO SUSCRITO | 4102 |
| | (-) | CAPITAL NO EXHIBIDO | 4103 |
| | (+) | ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL | 4501 |
| 411 | | RESERVAS DE CAPITAL | |
| | | RESERVA LEGAL | 4201 |
| | | ACTUALIZACION DE LA RESERVA LEGAL | 4503 |
| | | APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL | 4202 |
| | | ACTUALIZACION DE LAS APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL | 4505 |
| 412 | | RESULTADOS | |
| | 413 | RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES | |
| | | RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES | 4301 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES | 4507 |
| 414 | | RESULTADO DEL EJERCICIO | |
| | | RESULTADO DEL EJERCICIO | 4303 |
| | | ACTUALIZACION DEL RESULTADO DEL EJERCICIO | 4509 |
| 415 | | SUPERAVIT | |
| | | SUPERAVIT POR VALUACION DE INMUEBLES | 4401 |
| | | ACTUALIZACION DEL SUPERAVIT POR VALUACION DE INMUEBLES | 4511 |
| 416 | | EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACTUALIZACION DEL CAPITAL CONTABLE | |
| | | CORRECCION POR REEXPRESION | 4601 |
| | | RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS | 4603 |
| | | EFECTO MONETARIO ACUMULADO | 4605 |
ESTADO DE RESULTADOS
INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
AGRUPACIONES | | |
1 | 2 | 3 | | CUENTAS |
600 | | | RESULTADOS | |
610 | | | INGRESOS POR CORRETAJE | |
| | | INGRESOS POR CORRETAJE | 6101 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS INGRESOS POR CORRETAJE | 6201 |
| | | | |
620 | | | GASTOS DE OPERACION | |
| | | GASTOS GENERALES | 5101 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS GASTOS GENERALES | 5201 |
| | | DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | 5103 |
| | | ACTUALIZACION DE LAS DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES | 5203 |
| | | IMPUESTOS DIVERSOS | 5121 |
| | | CONCEPTOS NO DEDUCIBLES PARA ISR | 5123 |
| | | | |
630 | | | INGRESOS NETOS POR INTERMEDIACION | (610 - 620) |
| | | | |
640 | | | COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO | |
| | | PRODUCTOS FINANCIEROS | 6103 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS | 6203 |
. | | | GASTOS FINANCIEROS | 5105 |
| | | ACTUALIZACION DE LOS GASTOS FINANCIEROS | 5205 |
| | | UTILIDAD (PERDIDA) CAMBIARIA | 6107 |
| | | ACTUALIZACION DE LA UTILIDAD (PERDIDA) CAMBIARIA | 6207 |
| | | GANANCIA NO REALIZADA | 6109 |
| | | ACTUALIZACION DE LA GANANCIA NO REALIZADA | 6209 |
| | | GANANCIA REALIZADA | 6111 |
| | | ACTUALIZACION DE LA GANANCIA REALIZADA | 6211 |
| | | GANANCIA POR REVALUACION | 6113 |
| | | ACTUALIZACION DE LA GANANCIA POR REVALUACION | 6213 |
| | | PERDIDA NO REALIZADA | 5113 |
| | | ACTUALIZACION DE LA PERDIDA NO REALIZADA | 5213 |
| | | PERDIDA REALIZADA | 5115 |
| | | ACTUALIZACION DE LA PERDIDA REALIZADA | 5215 |
| | | PERDIDA POR REVALUACION | 5117 |
| | | ACTUALIZACION DE LA PERDIDA POR REVALUACION | 5217 |
| | | RESULTADO POR POSICION MONETARIA | 5119 |
| | | | |
650 | | | OTROS GASTOS | |
| | | OTROS INGRESOS | 6105 |
| | | ACTUALIZACION DE OTROS INGRESOS | 6205 |
| | | OTROS GASTOS | 5107 |
| | | ACTUALIZACION DE OTROS GASTOS | 5207 |
| | | | |
660 | | | UTILIDAD ANTES DE ISR Y PTU | (630-640-650) |
| | | | |
670 | | | PROVISION PARA EL PAGO DE IMPUESTOS A LA UTILIDAD | |
| | | IMPUESTO A CARGO DE LA INSTITUCION | 5109 |
| | | ACTUALIZACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA | 5209 |
| | | ACTUALIZACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO | 5210 |
| | | IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS | 5125 |
| | | IMPUESTOS A LA UTILIDAD DIFERIDOS | 6115 |
| | | | |
680 | | | PROVISION PARA LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | |
| | | PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | 5111 |
| | | ACTUALIZACION DE LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | 5211 |
| | | | |
690 | | | UTILIDAD (PERDIDA DEL EJERCICIO) | (660-670-680) |
BALANCE GENERAL
AGRUPACIONES | | |
1 | 2 | 3 | | CUENTAS |
800 | | | ORDEN | |
| | 810 | APORTACIONES AL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES | |
| | | APORTACIONES AL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES | 7001 |
| | 812 | CUENTAS DE REGISTRO FISCAL | |
| | | CUENTAS DE REGISTRO FISCAL DEUDORAS | 7003 |
FORMATOS PARA ELABORACION DE SU BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS
COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| NOMBRE DEL INTERMEDIARIO |
| BALANCE GENERAL AL __________________ | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
100 | | | | | ACTIVO | | | | | 200 | | | | | | | | | PASIVO | | | | |
110 | | CIRCULANTE | | | | | 210 | | A CORTO PLAZO | | | | | | | | |
111 | | | | INVERSIONES | | | | | 211 | | | | ACREEDORES DIVERSOS | | | | | |
112 | | | | CAJA | | | | | 212 | | | | DOCUMENTOS POR PAGAR | | | | | |
113 | | | | BANCOS | | | | | 213 | | | | OTROS | | | | | | | | |
114 | | | | DOCUMENTOS POR COBRAR | | | | | | | | | | | | | | | | | |
115 | | | | DEUDORES DIVERSOS | | | | 214 | | OPERACIONES DE INTERMEDIACION | | | | |
116 | | | | IVA PAGADO | | | | | 215 | | | | INSTITUCIONES DE SEGUROS | | | | |
117 | | | | OTROS | | | | | 216 | | | | COMPAÑIAS AFILIADAS (A) | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
118 | | INV. PARA OBLIGACIONES LAB. AL RET. | | | | 217 | | RESERVAS PARA OBLIG. LABORABLES AL RETIRO | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
119 | | OPERACIONES DE INTERMEDIACION | | | | 218 | | OTROS PASIVOS | | | | | | | | |
120 | | | | INSTITUCIONES DE SEGUROS | | | | 219 | | | | PROV. PARA EL PAGO DE IMPUESTOS | | | |
121 | | | | CORRETAJE POR COBRAR | | | | 220 | | | | PROV. PARA LA PART. DE UT AL PERSONAL | | | |
122 | | | | COMPAÑIAS AFILIADAS (D) | | | | 221 | | | | OTRAS OBLIGACIONES | | | | | |
| | | | | | | | | | | SUMA DE PASIVO | | | | | | | | |
123 | | FIJO | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
124 | | | | INMUEBLES | | | | | 400 | | | | | | | | | CAPITAL | | | |
125 | | | | INCREMENTO POR VALUACION | | | | 410 | | | | CAPITAL PAGADO CAPITAL SOCIAL CAPITAL NO SUSCRITO CAPITAL NO EXHIBIDO | | | | |
126 | | | | DEPRECIACION | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
127 | | | | MOBILIARIO Y EQUIPO (NETO) | | | | 411 | | RESERVAS DE CAPITAL | | | | | | |
128 | | | | EQUIPO DE TRANSPORTE (NETO) | | | | | | | | | | | | | | | | | |
129 | | | | EQUIPO DE COMPUTO (NETO) | | | | 412 | | RESULTADOS | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | 413 | | | | RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES | | | |
130 | | DIFERIDOS (NETO) | | | | | 414 | | | | RESULTADO DEL EJERCICIO | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | 415 | | SUPERAVIT | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | 416 | | EXCESO O INSUFICIENCIA EN LA ACT. DEL CAPITAL CONT. | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | SUMA DE CAPITAL | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| SUMA DE ACTIVO | | | | | | SUMA DE PASIVO + CAPITAL | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | | | 800 | | | | | ORDEN | | | | | | | | | |
| | | | | | | 810 | | APORTACIONES AL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES | | | |
| | | | | | | 812 | | CUENTAS DE REGISTRO FISCAL | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| | | | | _____________________ | | | _________________ | | | | | _________________ | | | | | | |
| | | | | DIRECTOR GENERAL | | | CONTADOR GENERAL O SU EQUIVALENTE | | | | | RESPONSABLE DE AUDITORIA INTERNA | | | | | | |
COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
NOMBRE DEL INTERMEDIARIO |
ESTADO DE RESULTADOS |
DEL __ AL __ |
| | | | | | | | | | |
| | CONCEPTO | | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
610 | INGRESOS POR CORRETAJE | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
620 | (-) GASTOS DE OPERACION | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
630 | INGRESOS NETOS POR INTERMEDIACION | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
640 | COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
650 | OTROS GASTOS Y PRODUCTOS | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
660 | UTILIDAD ANTES DE ISR. Y PTU. | | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
670 | PROVISION PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
680 | PROVISION PARA LA PARTICIPACION DE UTILIDADES AL PERSONAL | | | | | | |
| | | | | | | | | | |
690 | UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO | | | | | | | |
| _____________________________ | | _____________________________ | | | ________________________ | |
| DIRECTOR GENERAL | | CONTADOR GENERAL O SU EQUIVALENTE | | | RESPONSABLE DE AUDITORIA INTERNA | |
| | | | | | | | | | |
ANEXO 38.1.2.
PRESENTACIÓN DEL REPORTE REGULATORIO SOBRE INFORMACIÓN CORPORATIVA (RR-1)
Las Instituciones e Intermediarios de Reaseguro efectuarán la entrega del Reporte Regulatorio sobre Información Corporativa (RR-1) mediante el producto RR1ICORP el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 21 caracteres alfanuméricos:
a) En las primeras ocho posiciones deberá ponerse el identificador específico del producto: RR1ICORC para Instituciones, RR1ICORI para Intermediarios de Reaseguro.
b) En la novena posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
F | Instituciones de fianzas. |
I | Personas morales autorizadas para operar como intermediario de reaseguro y reafianzamiento. |
c) De la décima a la décima tercera posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima cuarta a la vigésima primera posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso de una Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto RR1ICORP con fecha de reporte 31 de diciembre de 2011, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | |
Carácter | R | R | 1 | I | C | O | R | C | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto RR1ICORC se integrará de 7 archivos con formato .TXT, que contendrán la siguiente información:
1) GENR: Generales.- Se informará sobre los datos generales de la compañía.
2) OPER: Operaciones y Ramos.- Contendrá las operaciones y ramos que tenga autorizada la institución.
3) ACCS: Accionistas.- Se reportará la totalidad de los tenedores de acciones.
4) FUNC: Funcionarios.- Se informará sobre consejeros, comisarios, director general o su equivalente, y de funcionarios con las dos jerarquías inmediatas inferiores a las de este último.
5) COMI: Comités.- Contendrá los comités de auditoría, inversiones, reaseguro o reafianzamiento y de suscripción.
6) UBIC: Ubicaciones.- Se deberá incluir las ubicaciones de las oficinas de las Instituciones y Sociedades Mutualistas.
7) SERV: Servicios Externos.- Reportará la información del proveedor de precios, servicios de auditoría externa y actuario independiente.
Para el caso de los Intermediarios de Reaseguro, el producto RR1ICORI se integrará de 4 archivos con formato .TXT, que contendrán la siguiente información:
1) GENI: Generales.- Se informará sobre los datos generales del intermediario
2) ACCS: Accionistas.- Se reportará la totalidad de los tenedores de acciones.
3) FUNC: Funcionarios.- Se informará sobre consejeros, comisarios, director general o su equivalente, funcionarios y apoderados de reaseguro
4) INTR: Domicilio.- Contendrá la ubicación y datos, así como el establecimiento, cambio de ubicación y clausura de sus oficinas en el país y en el extranjero de los intermediarios de reaseguro.
Los archivos indicados serán identificados con una nomenclatura de 25 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) Las ocho primeras posiciones estarán reservadas al identificador del producto RR1ICORP
b) De la novena a la décima segunda posiciones deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo, según corresponda:
GENR GENI OPER ACCS | Generales Generales Intermediarios Operaciones y Ramos Accionistas |
FUNC | Funcionarios |
COMT | Comités |
UBIC | Ubicaciones |
SERV | Servicios |
INTR | Intermediarios de reaseguro |
c) En la décima tercera posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
F | Instituciones de fianzas |
I | Personas morales autorizadas para operar como intermediario de reaseguro y reafianzamiento. |
d) De la décima cuarta a la décima séptima posición deberá ponerse la clave asignada a la compañía, dicha clave deberá antecederse con ceros hasta ocupar cuatro espacios.
e) De la décima octava a la vigésima quinta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
El archivo Accionistas para la Institución de Seguros con clave 0001, relativo al 31 de diciembre de 2011 le corresponderá el siguiente identificador:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | |
Carácter | R | R | 1 | I | C | O | R | P | A | C | C | S | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
Los instructivos de uso, descriptores de texto y criterios específicos de los archivos que integran el presente Reporte Regulatorio, se darán a conocer a través de la Página Web de la Comisión, de conformidad con lo establecido en la Disposición 39.1.10.
ANEXO 38.1.3.
PRESENTACIÓN DEL REPORTE REGULATORIO SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO (RR-2)
Las instituciones efectuarán la entrega del Reporte Regulatorio sobre Gobierno Corporativo (RR-2) mediante el producto RR2GCORP, el cual deberá ser identificado conforme a la siguiente nomenclatura de 21 caracteres alfanuméricos:
a) En las primeras ocho posiciones deberá ponerse el identificador específico del producto: RR2GCORP.
b) En la novena posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros y Sociedades mutualistas. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
F | Instituciones de fianzas. |
c) De la décima a la décima tercera posición deberá ponerse el número asignado a la Institución o Sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima cuarta a la vigésima primera posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplo:
En el caso de una Institución de Seguros con clave de compañía 0001, el producto RR2GCORP con fecha de reporte 31 de diciembre de 2011, se deberá construir el nombre del producto de la siguiente manera:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | |
Carácter | R | R | 2 | G | C | O | R | P | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
La información que contendrá el producto RR2GCORP se integrará de 8 archivos con formato .PDF y 2 archivos con formato .XLS, que contendrán la siguiente información:
1) SGCO: Sistema de Gobierno Corporativo.- Informará sobre la evaluación de la implementación y funcionamiento del sistema de gobierno corporativo. (.PDF)
2) MAIR: Manual para la Administración de Riesgos.- Contendrá el Manual de Políticas y Procedimientos para la Administración Integral de Riesgos elaborado por el Comité de Riesgos de la Institución. (.PDF)
3) ARSI: Autoevaluación de Riesgos y Solvencia.- Contendrá el documento que contenga la Autoevaluación de Riesgos y Solvencia Institucionales. (.PDF)
4) IPSD: Prueba de solvencia Dinámica.- Informe de los resultados de la Prueba de Solvencia Dinámica
· La carta de opinión firmada electrónicamente por el actuario responsable de la prueba. (.PDF)
· Las cifras correspondientes a la proyección de los requerimientos de capital de solvencia, obtenidas como resultado de la prueba de solvencia dinámica, aplicando cada uno de los escenarios estatutarios dados a conocer por la Comisión para el año de que se trate, el cual estará disponible en la Página Web de la Comisión. (.XLS)
5) MOPR: Manual de Operaciones de Reaseguro.- Se presentará el manual que contenga los objetivos, políticas y procedimientos en materia de contratación, monitoreo, evaluación y administración de las operaciones de reaseguro y reafianzamiento. (.PDF)
6) PRSD: Información sobre las proyecciones de su operación.- Reportará la información necesaria para que la Comisión desarrolle sus funciones en materia de vigilancia prospectiva relativas a la Prueba de Solvencia Dinámica. (.XLS)
7) PINV: Política de inversión aprobada.- Reportará el documento que contenga el acuerdo del consejo de administración de la Institución en el que se señale la política de inversión aprobada.(.PDF)
8) CRFI: Reporte anual sobre los contratos de reaseguro financiero.- Se presentará el reporte sobre los contratos de reaseguro o reafianzamiento vigentes que comprendan operaciones de Reaseguro Financiero presentado por el director general al consejo de administración.(.PDF)
9) TRRI: Reporte anual sobre operaciones de transferencia de riesgos.- Se presentará el reporte anual sobre las operaciones de transferencia de porciones de riesgo de cartera de riesgos técnicos de seguros al mercado de valores (TRS) vigentes, presentado por el director general al consejo de administración.(.PDF)
Los archivos indicados serán identificados con una nomenclatura de 25 caracteres alfanuméricos, conforme a lo siguiente:
a) Las ocho primeras posiciones estarán reservadas al identificador del producto RR2GCORP.
b) De la novena a la décima segunda posiciones deberá ponerse la clave correspondiente al identificador del archivo, según corresponda:
SGCO | Sistema de gobierno corporativo |
MAIR | Manual para la Administración de Riesgos |
ARSI | Autoevaluación de Riesgos y Solvencia |
IPSD | Prueba de Solvencia Dinámica |
MOPR | Manual de operaciones de reaseguro |
PRSD | Información sobre las proyecciones de su operación |
PINV | Política de inversión aprobada |
CRFI | Reporte anual sobre los contratos de reaseguro financiero |
TRRI | Reporte anual sobre operaciones de transferencia de riesgos |
c) En la trigésima posición deberá ponerse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
S | Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
P | Instituciones autorizadas para la práctica de los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social. |
H | Instituciones de seguros especializadas en seguros de salud. |
G | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
F | Instituciones de fianzas. |
d) De la décima cuarta a la décima séptima posición deberá ponerse la clave asignada a la compañía, dicha clave deberá antecederse con ceros hasta ocupar cuatro espacios.
e) De la décima octava a la vigésima quinta posición deberá indicarse la fecha de reporte, señalando el año, mes y día.
Ejemplos:
El archivo Sistema de Gobierno Corporativo para la Institución de Seguros con clave 0001, relativo al 31 de diciembre de 2011, le corresponderá el siguiente identificador:
· Formato .PDF:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 23 | 24 | 25 | |
Carácter | R | R | 2 | G | C | O | R | P | S | G | C | O | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .PDF |
· Formato .XLS:
Posición | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | |
Carácter | R | R | 2 | G | C | O | R | P | P | R | S | D | S | 0 | 0 | 0 | 1 | 2 | 0 | 1 | 1 | 1 | 2 | 3 | 1 | .XLS |
Las instituciones tienen la obligación de remitir los diez archivos que conforman este producto.
Los instructivos de uso, descriptores de texto y criterios específicos de los archivos que integran el presente Reporte Regulatorio, se darán a conocer a través de la Página Web de la Comisión, de conformidad con lo establecido en la Disposición 39.1.10.
Consideraciones Generales
Los datos mínimos qué deberá contener el archivo CRFI: Reporte anual sobre contratos de reaseguro financiero:
1. Denominación social.
2. Fecha del reporte.
3. Número de contrato.
4. Vigencia del contrato.
5. Ramo.
6. Cartera (negocios).
7. Monto recibido de financiamiento.
8. Moneda.
9. Saldo actual del financiamiento.
10. Tasa de interés.
11. Reasegurador(es) participantes.
12. Señalar el efecto al 31 de diciembre de cada año de la operación de Reaseguro Financiero en el resultado neto y en la estructura financiera.
13. Fecha en que se presentó al Consejo de Administración el reporte de referencia.
14. Aclaraciones diversas.
15. Firma del Director General.
Los datos mínimos qué deberá contener el archivo TRRI: Reporte anual sobre operaciones de transferencia de riesgos:
1. Denominación social.
2. Fecha del reporte.
3. Número de contrato.
4. Vigencia del contrato.
5. Ramo.
6. Cartera transferida (negocios).
7. Moneda.
8. Vigencia de la operación.
9. Importe del límite agregado.
10. Especificar el detonador de la operación.
11. Fiduciaria.
12. Relación e importes de los activos que integran el fondo del VPES al 31 de diciembre de cada año.
13. Tipo de instrumentos emitidos.
14. Vigencia de los valores emitidos.
15. Monto de los valores emitidos.
16. Moneda de la emisión de los instrumentos.
17. Tasa de interés.
18. Saldo de los valores emitidos por amortizar al 31 de diciembre de cada año.
19. Señalar el efecto al 31 de diciembre de cada año de la operación de Reaseguro Financiero en el resultado neto y en la estructura financiera.
20. Fecha en que se presentó al Consejo de Administración el Reporte de referencia.
21. Aclaraciones.
22. Firma del Director General.
ANEXO 38.1.4.
PRESENTACIÓN DEL REPORTE REGULATORIO SOBRE RESERVAS TÉCNICAS
(RR-3)
Para efectos de lo establecido en la Disposición 38.1.4., las Instituciones deberán presentar, según se indica, la información y documentación relacionada con el reporte regulatorio sobre reservas técnicas (RR-3), conforme se indica a continuación:
Las Instituciones efectuarán la entrega del Reporte Regulatorio sobre Reservas Técnicas (RR-3), en los 20 días hábiles posteriores al cierre del mes de diciembre y en los 15 días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre o de cada mes, en caso de que cuenten con la autorización a que se refiere la Disposición 5.8.13 de la presente Circular Única.
En el caso de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, con excepción de las Instituciones de Seguros autorizadas para practicar los seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social.
Informe de control de entrega de información de Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas
Trimestralmente, deberá ser enviado el producto RR3CERTS, el cual deberá contener, el archivo en formato Excel correspondiente al informe de control de entrega de información, de conformidad con lo que se indica a continuación:
a) Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:
b) Las primeras ocho posiciones corresponderán al identificador específico del producto: "RR3CERTS".
c) En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima a la décima tercera posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima cuarta a la décima séptima posiciones, deberá escribirse el año.
f) En la décima octava y décima novena posiciones, deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima y vigésima primera posiciones, deberá señalarse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("30")
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | Extensión |
R | R | 3 | C | E | R | T | S | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .ZIP | .PGP |
El archivo en formato Excel correspondiente al control de entrega de información
El archivo en formato Excel correspondiente al informe de control de entrega de información estará disponible, al igual que su respectivo manual de uso, en la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx) con el nombre "RR3CERTS.xls". Para su envío, dicho archivo deberá ser renombrado conforme a lo siguiente:
El nombre deberá integrarse de 24 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del archivo: "RR3CERTSFMT".
b) En la décima segunda posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
c) De la décima tercera a la décima sexta posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima séptima a la vigésima posiciones deberá escribirse el año.
e) En la vigésima primera y vigésima segunda posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
f) En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: "30"
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | Extensión |
R | R | 3 | C | E | R | T | S | F | M | T | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .XLS |
El formato en Excel correspondiente al informe de control de entrega de información, se deberá llenar conforme a lo siguiente:
i) La información que contendrán las celdas de la columna denominada "Reporte", será la relativa a los nombres de todos los reportes señalados en el presente Reporte Regulatorio, que pueden ser entregados por las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas.
ii) Para cada renglón, cada celda de la columna denominada "Entregado", deberá ser llenada con el texto "SI", en caso de que el reporte cuyo nombre esté señalado en el mismo renglón en la columna "Reporte", sea enviado por la institución de seguros o sociedad mutualista en el trimestre o cierre del ejercicio de que se trate; en caso contrario, la celda de la columna denominada "Entregado" deberá ser llenada con el texto "NO".
I. Reserva de riesgos en curso
Información con periodicidad de entrega trimestral
El reporte de los resultados de la valuación de la reserva de riesgos en curso de cada ramo o tipo de seguro, con periodicidad de entrega trimestral, constará de lo siguiente:
1.-El producto RR3RRCCV, mismo que deberá contener los archivos de texto de la valuación de la reserva de riesgos en curso, el archivo en formato Excel correspondiente al resumen de la valuación de la reserva de riesgos en curso y el documento o documentos de certificación, en formato pdf, correspondientes a la valuación de la reserva de riesgos en curso, suscritos por los actuarios responsables de la misma, a que se refieren los incisos 1, 2 y 3 inmediatos siguientes, de conformidad con lo que se indica a continuación:
a) Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:
b) Las primeras ocho posiciones corresponderán al identificador específico del producto: "RR3RRCCV".
c) En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima a la décima tercera posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima cuarta a la décima séptima posiciones, deberá escribirse el año.
f) En la décima octava y décima novena posiciones, deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima y vigésima primera posiciones, deberá señalarse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("30")
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | C | V | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .ZIP | .PGP |
1.1.- La valuación de la reserva de riesgos en curso
De 2 a 21 reportes en formato de archivo de texto, de los resultados de la valuación de cada ramo o tipo de seguro, cuyos nombres deberán integrarse de 26 caracteres alfanuméricos, que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del archivo: "RR3RRCCVRES".
b) En la décima segunda y décima tercera posiciones deberá escribirse la clave del reporte.
Clave del reporte | Descripción |
01 | Reserva de riesgos en curso de seguros de vida de corto plazo |
02 | Reserva de riesgos en curso de seguros de vida de largo plazo |
03 | Reserva de riesgos en curso del reaseguro tomado de los seguros de vida |
04 | Reserva de riesgos en curso de los seguros de vida por moneda |
05 | Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades |
06 | Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades del reaseguro tomado |
07 | Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades por moneda |
08 | Reserva de riesgos en curso de daños |
09 | Reserva de riesgos en curso de daños del reaseguro tomado |
10 | Reserva de riesgos en curso de daños por moneda |
11 | Reserva de riesgos en curso por Reafianzamiento tomado |
12 | Grandes productos |
13 | Grandes riesgos |
14 | Microseguros |
15 | Agrícola y de animales |
16 | Seguros con componente de ahorro |
17 | Seguros ligados a créditos |
18 | Productos básicos estandarizados |
19 | Seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular |
20 | Seguro de terremoto |
21 | Seguros de huracán y otros riesgos hidrometeorológicos |
22 | Productos de venta masiva |
23 | Responsables |
c) En la décima cuarta posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima quinta a la décima octava posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima novena a la vigésima segunda posiciones deberá escribirse el año.
f) En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima quinta y vigésima sexta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Reporte: 01
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("30")
Mes: junio ("06")
Año: 2013
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Cada uno de los reportes de resultados de la valuación de la reserva de riesgos en curso contendrá los
campos que se describen más adelante para cada uno de ellos, los cuales deben reportarse en un arreglo matricial en el que cada campo listado deberá estar delimitado por el carácter conocido como pipe ("|") a la izquierda y derecha de cada campo, salvo para el primer y el último de éstos, en cuyo caso únicamente deberán estar delimitados por pipes a la derecha e izquierda, respectivamente. Cada registro corresponderá al detalle de la información por ramo o tipo de seguros, de acuerdo a cada operación.
El número de campos y de registros será fijo y dependerá de cada reporte, por lo que, cuando un campo o un registro no sean aplicables en determinado reporte, éste debe dejarse vacío.
Las cifras deberán reportarse en moneda nacional al tipo de cambio que corresponda a la moneda o unidad monetaria de que se trate, a la fecha de valuación. Para tales efectos se deberá utilizar el valor del tipo de cambio del índice o moneda de que se trate, publicado en el Diario Oficial de la Federación a la fecha de valuación.
a) Reportes de "Reserva de riesgos en curso de seguros de vida de corto plazo", "Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades" y "Reserva de riesgos en curso de daños", Clave del reporte 01,05 y08, respectivamente.
Para dichos reportes se entenderá como seguros de corto plazo, aquéllos cuya temporalidad es menor o igual a un año, o seguros de daños y accidentes y enfermedades que operen en la modalidad de multianual.
Estos reportes deberán contener la siguiente información referente a la reserva de riesgos en curso de seguros de vida de corto plazo, de accidentes y enfermedades y de daños, proveniente de la operación total (directa y tomada), cedida y de los importes recuperables, que se define a continuación y desagregada conforme a los tipos de seguros que correspondan a cada operación.
Campo 1: Ramo o tipo de seguro.- Deberá reportar, en cada registro, el nombre del ramo o tipo de seguro que corresponda, conforme se indica en la definición de registros que sigue a la presente definición de campos.
Ejemplo para seguros de vida de corto plazo.
El campo 1, en el registro 1, debera contener el texto:
Seguros de vida individual canales tradicionales
Ejemplo para seguros de accidentes y enfermedades.
El campo 1, en el registro 6, debera contener el texto:
Accidentes personales colectivo
Ejemplo para seguros de daños.
El campo 1, en el registro 5, debera contener el texto:
Agrícola y de animales
Campo 2: Prima de riesgo no devengada.- Deberá corresponder al monto de la prima de riesgo no devengada de las pólizas en vigor, integrado por la suma de la prima de riesgo no devengada de cada una de las pólizas, certificados, o endosos en vigor, para los seguros de corto plazo y multianuales.
Campo 3: BEL-obligaciones futuras por el riesgo cubierto.- Deberá reportar la mejor estimación de los flujos futuros de la institución.
Campo 4: BEL-gastos de administración y otros costos futuros.- Deberá reportar la mejor estimación de los gastos de administración y otros costos futuros.
Campo 5: Margen de riesgo.- Deberá reportar el monto que, aunado a la mejor estimación, garantiza que el monto de las reservas de riesgos en curso sea equivalente al monto que las instituciones requerirían para asumir y hacer frente a sus obligaciones.
Campo 6: Monto de la reserva de riesgos en curso.- Se refiere al monto de la reserva de riegos en curso, que incorpora la parte correspondiente al BEL de obligaciones futuras por el riesgo
cubierto, BEL de gastos de administración y otros costos futuros y el margen de riesgo.
Campo 7: Importe de primas cedidas de pólizas en vigor.- Se indicará el monto de la prima emitida cedida en reaseguro proporcional utilizada para la valuación de la reserva de riesgos en curso.
Campo 8: Importes recuperables de reaseguro.- Deberá reportar los importes recuperables del reaseguro cedido considerando la probabilidad de incumplimiento.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 8, deberá corresponder al ramo o tipo de seguro que se reporta en el campo 1, según se define a continuación:
En el caso los reportes que contienen la información de los tipos de seguros de la operación de vida.
Deberán reportarse 31 registros, conforme a lo siguiente.
Registro 1: Seguros de vida individual canales tradicionales.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 2: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 3: Seguros de vida temporal.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual que cubren sólo el riesgo de muerte en forma temporal y que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 4: Seguros dotales.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización y que cubren el riesgo de muerte y prevén pagos por supervivencia.
Registro 5: Seguros dotales puros.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual en los que el beneficio consiste en el pago de un monto en caso de supervivencia del asegurado y que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 6: Otros seguros.- Se podrá reportar información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores y que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 7: Beneficios adicionales.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 8: Muerte accidental.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 9: Invalidez.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 10: Otros beneficios adicionales.- Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización y que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 11: Vida grupo relación laboral.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida grupo con relación laboral entre el asegurado y el contratante.
Registro 12: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral.
Registro 13: Seguros de vida temporal.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral que cubren sólo el riesgo de muerte en forma temporal.
Registro 14: Seguros dotales.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral que cubren el riesgo de muerte y prevén pagos por supervivencia.
Registro 15: Seguros dotales puros.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral en los que el beneficio consiste en el pago de un monto en caso de supervivencia del asegurado.
Registro 16: Otros seguros.- Se podrá reportar información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 17: Beneficios adicionales.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida grupo con relación laboral.
Registro 18: Muerte accidental.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo con relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 19: Invalidez.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo con relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 20: Otros beneficios adicionales.- Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida grupo con relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 21: Vida grupo sin relación laboral.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida grupo en los cuales no existe relación laboral entre el asegurado y el contratante.
Registro 22: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral.
Registro 23: Seguros de vida temporal.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral que cubren sólo el riesgo de muerte en forma temporal.
Registro 24: Seguros dotales.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral que cubren el riesgo de muerte y prevén pagos por supervivencia.
Registro 25: Seguros dotales puros.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral en los que el beneficio consiste en el pago de un monto en caso de supervivencia del asegurado.
Registro 26: Otros seguros.- Se podrá reportar información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 27: Beneficios adicionales.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral.
Registro 28: Muerte accidental.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo sin relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 29: Invalidez.- Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo sin relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 30: Otros Beneficios adicionales.- Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida grupo sin relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 31: Total vida corto plazo: Se reportará el resultado de la suma de los valores correspondientes a los registros 1, 11 y 21.
En el caso los reportes que contienen la información de los ramos o tipos de seguros de la operación de accidentes y enfermedades:
Deberán reportarse 10 registros, conforme a lo siguiente:
Registro 1: Gastos médicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los seguros, individuales y colectivos, de gastos médicos.
Registro 2: Gastos médicos individual: Se reportará la información correspondiente a los seguros individuales de gastos médicos.
Registro 3: Gastos médicos colectivo: Se reportará la información correspondiente a los seguros colectivos de gastos médicos.
Registro 4: Accidentes personales: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los seguros, individuales y colectivos, de accidentes personales.
Registro 5: Accidentes personales individual: Se reportará la información correspondiente a los seguros de accidentes personales individuales.
Registro 6: Accidentes personales colectivo: Se reportará la información correspondiente a los seguros de accidentes personales colectivos.
Registro 7: Salud: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los seguros de salud individuales y colectivos.
Registro 8: Salud individual: Se reportará la información correspondiente a los seguros de salud individuales.
Registro 9: Salud colectivo:Se reportará la información correspondiente a los seguros de salud colectivos.
Registro 10: Total accidentes y enfermedades: Se reportará el resultado de la suma de los valores correspondientes a los registros 1, 4 y 7.
En el caso los reportes que contienen la información de los ramos la operación de daños:
Deberán reportarse 12 registros, conforme a lo siguiente:
Registro 1: Responsabilidad civil y riesgos profesionales.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de responsabilidad civil y riesgos profesionales.
Registro 2: Marítimo y transportes.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de marítimo y transportes.
Registro 3: Incendio.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de incendio.
Registro 4: Terremoto y otros riesgos catastróficos.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de terremoto y otros riesgos catastróficos.
Registro 5: Agrícola y de animales.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de agrícola y de animales.
Registro 6: Automóviles.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de Automóviles.
Registro 7: Crédito.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de crédito.
Registro 8: Diversos.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de diversos.
Registro 9: Caución.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de caución.
Registro 10: Crédito a la vivienda.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de crédito a la vivienda.
Registro 11: Garantía financiera.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de Garantía Financiera.
Registro 12: Total daños: Se reportará, la suma de los valores correspondiente a los registros anteriores de la operación de daños.
b) Reporte de "Reserva de riesgos en curso de seguros de vida de largo plazo", Clave del reporte 02.
Para este reporte, se entenderá como seguros de vida de largo plazo, aquéllos seguros de vida cuya temporalidad es mayor a un año.
El reporte deberá contener 31 registros, con la siguiente información referente a la reserva de riesgos en curso de seguros de vida de largo plazo, provenientes de la operación directa, cedida y de los importes recuperables, y desagregada conforme a los tipos de seguros que se definen más adelante.
Campo 1: Tipo de seguro.- Deberá reportar en cada registro el tipo de seguros que corresponda, conforme a la definición que se presenta más adelante.
Campo 2: BEL-obligaciones futuras por el riesgo cubierto.- Deberá reportar la mejor estimación de los flujos futuros de la institución.
Campo 3: BEL-gastos de administración y otros costos futuros.- Deberá reportar la mejor estimación de los gastos de administración y otros costos futuros.
Campo 4: Margen de riesgo.- Deberá reportar el monto que, aunado a la mejor estimación, garantiza que el monto de las reservas de riesgos en curso sea equivalente al monto que las instituciones requerirían para asumir y hacer frente a sus obligaciones.
Campo 5: Monto de la reserva de riesgos en curso.- Se refiere al monto de la reserva de riegos en curso, que incorpora la parte de correspondiente al BEL de obligaciones futuras por el riesgo cubierto, el BEL de gastos de administración y otros costos futuros y el margen de riesgo.
Campo 6: Importe de primas cedidas de pólizas en vigor.- Se indicará el monto de la prima emitida cedida en reaseguro proporcional utilizada para la valuación de la reserva de riesgos en curso.
Campo 7: Importes recuperables de reaseguro.- Deberá reportar los importes recuperables del reaseguro cedido considerando la probabilidad de incumplimiento.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 7, deberá corresponder al tipo de seguro que se reporta en el campo 1, según se define a continuación:
Registro 1: Seguros de vida individual canales tradicionales.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida individual, que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 2: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 3: Tradicionales.- Se reportará la información correspondiente a planes de seguros de vida individual (temporales, dotales, vitalicios, etc.), que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización que no sean clasificados como planes de tipo flexibles o planes privados de pensiones.
Registro 4: Flexibles.- Se reportará la información correspondiente a planes de seguros de vida individual, que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización y que sean clasificados como planes de tipo flexibles en función de las características del pago de prima, de la constitución de la reserva (fondo), conforme a lo registrado en la nota técnica correspondiente a cada producto.
Registro 5: Pensiones.- Se reportará la información correspondiente a planes privados de pensiones,
conforme a lo establecido en al artículo 27, fracción I, segundo párrafo de la LISF.
Registro 6: Otros.- Se reportará la información correspondiente a planes de seguros de vida individual, cuyas características especiales, difieran de las características descritas para los planes clasificados en los incisos anteriores.
Registro 7: Beneficios adicionales: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida individual que sean vendidos a través de canales tradicionales de comercialización.
Registro 8: Muerte accidental: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida individual, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 9: Invalidez: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida individual, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 10: Otros beneficios adicionales: Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida individual que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 11: Vida grupo relación laboral: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida grupo con relación laboral entre el asegurado y el contratante.
Registro 12: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral.
Registro 13: Tradicionales.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral (temporales, dotales, vitalicios, etc.), que no sean clasificados como planes de tipo flexibles o planes privados de pensiones.
Registro 14: Flexibles.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral, que sean clasificados como planes de tipo flexibles en función de las características del pago de prima, de la constitución de la reserva (fondo), conforme a lo registrado en la nota técnica correspondiente a cada producto.
Registro 15: Pensiones.- Se reportará la información correspondiente a planes privados de pensiones, conforme a lo establecido en al artículo 27, fracción I, segundo párrafo de la LISF.
Registro 16: Otros.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo con relación laboral, cuyas características especiales, difieran de las características descritas para los planes clasificados en los incisos anteriores.
Registro 17: Beneficios adicionales: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida grupo con relación laboral.
Registro 18: Muerte accidental: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo con relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 19: Invalidez: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo con relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 20: Otros beneficios adicionales: Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida grupo con relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 21: Vida grupo sin relación laboral: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida grupo
de largo plazo sin relación laboral.
Registro 22: Beneficios básicos.- Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral.
Registro 23: Tradicionales.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral (temporales, dotales, vitalicios, etc.), que no sean clasificados como planes de tipo flexibles o planes privados de pensiones.
Registro 24: Flexibles.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral, que sean clasificados como planes de tipo flexibles en función de las características del pago de prima, de la constitución de la reserva (fondo), conforme a lo registrado en la nota técnica correspondiente a cada producto.
Registro 25: Pensiones.- Se reportará la información correspondiente a planes privados de pensiones, conforme a lo establecido en al artículo 27, fracción I, segundo párrafo de la LISF.
Registro 26: Otros.- Se reportará la información correspondiente a beneficios básicos de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral, cuyas características especiales, difieran de las características descritas para los planes clasificados en los incisos anteriores.
Registro 27: Beneficios adicionales: Se reportarán los totales de la información correspondiente a los beneficios adicionales de planes de seguros de vida grupo sin relación laboral.
Registro 28: Muerte accidental: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo sin relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de muerte accidental.
Registro 29: Invalidez: Se reportará la información correspondiente a beneficios adicionales de los seguros de vida grupo sin relación laboral, en los que se prevea el otorgamiento de beneficios en caso de invalidez del asegurado.
Registro 30: Otros beneficios adicionales: Se deberá reportar información correspondiente a beneficios adicionales de seguros de vida grupo sin relación laboral que no puedan ser clasificados en los rubros anteriores.
Registro 31: Total vida de largo plazo: Se reportará el resultado de la suma de los valores correspondientes a los registros 1, 11 y 21.
c) Reportes de "Reserva de riesgos en curso del reaseguro tomado de los seguro de vida", "Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades del reaseguro tomado" y "Reserva de riesgos en curso de daños del reaseguro tomado", Clave del reporte 03, 06 y 09, respectivamente.
Estos reportes, deberán contener, para la operación tomada, la información referente a la reserva de riesgos en curso de seguros de vida, de accidentes y enfermedades y de daños, conforme a los campos que se definieron en el inciso a) para la operación directa, y desagregada de acuerdo a los tipos de seguros que correspondan a cada operación, los cuales se muestran a continuación.
En el caso de seguros de vida:
El reporte deberá contener 3 registros.
Registro 1: Vida individual.- Se reportará la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida individual del reaseguro tomado.
Registro 2: Vida grupo.- Se reportarán la información correspondiente a los beneficios básicos y adicionales de planes de seguros de vida grupo del reaseguro tomado.
Registro 3: Total vida: Se reportará la suma de cada campo, conforme a los registros 1 y 2.
En el caso de seguros de la operación de accidentes y enfermedades:
La información deberá ser reportada por cada ramo y tipo de seguro, por lo que deberá contener 10 registros conforme al listado definido para el reporte 05.
En el caso de seguros de la operación de daños:
La información deberá ser reportada por cada ramo, por lo que deberá contener 12 registros conforme al listado definido para el reporte 08.
d) Reportes de "Reserva de riesgos en curso de los seguros de vida por moneda", "Reserva de riesgos en curso de accidentes y enfermedades por moneda" y "Reserva de riesgos en curso de daños por moneda", Clave del reporte 04, 07 y 10, respectivamente.
En estos reportes, la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista, deberá indicar el monto de la reserva de riesgo en curso correspondiente a las pólizas del seguro directo y reaseguro tomado que se encuentren en vigor, clasificándolas por moneda y desagregada conforme a los tipos de seguros que correspondan a cada operación, como a continuación se indica.
Campo 1: Tipo de seguro.- Deberá reportar en cada registro el ramo o tipo de seguro que corresponda conforme a cada operación según se indicó para los reportes 03, 05 y 08 respectivamente.
Campo 2: Monto de la reserva de riesgos en curso denominado en moneda nacional.- Se refiere al monto de la reserva de riegos en curso, que incorpora la parte de correspondiente al BEL de obligaciones futuras por el riesgo cubierto, el BEL de gastos de administración y otros costos futuros y el margen de riesgo de pólizas en vigor denominadas en moneda nacional.
Campo 3: Monto de la reserva de riesgos en curso denominado en dólares.- Se refiere al monto de la reserva de riegos en curso, que incorpora la parte de correspondiente al BEL de obligaciones futuras por el riesgo cubierto, el BEL de gastos de administración y otros costos futuros y el margen de riesgo de pólizas en vigor denominadas en dólares.
Campo 4: Monto de la reserva de riesgos en curso denominado en unidades indexadas.- Se refiere al monto de la reserva de riegos en curso, que incorpora la parte de correspondiente al BEL de obligaciones futuras por el riesgo cubierto, el BEL de gastos de administración y otros costos futuros y el margen de riesgo de pólizas en vigor denominadas en unidades indexadas.
Campo 5: Monto de la reserva de riesgos en curso total.- Corresponde a la suma de la reserva de riegos en curso de pólizas en vigor.
Campo 6: Importes recuperables denominados en moneda nacional.- Deberá reportar los importes recuperables del reaseguro cedido de pólizas en vigor denominadas en moneda nacional.
Campo 7: Importes recuperables denominados en dólares.- Deberá reportar los importes recuperables del reaseguro cedido de pólizas en vigor denominas en dólares.
Campo 8: Importes recuperables denominados en unidades indexadas.- Deberá reportar los importes recuperables del reaseguro cedido de pólizas en denominas en unidades indexadas.
Campo 9: Importes recuperables de reaseguro totales.- Corresponde a la suma de los importes recuperables de reaseguro de pólizas en vigor.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 9, deberá corresponder al tipo de seguro que se reporta en el campo 1, según se define a continuación:
En el caso de seguros de vida la información deberá ser reportada por cada tipo de seguro conforme al listado definido para el reporte 03.
En el caso de seguros de la operación de Accidentes y Enfermedades, la información deberá ser reportada por cada ramo y tipo de seguro conforme al listado definido para el reporte 05.
En el caso de seguros de la operación de daños, la información deberá ser reportada por cada ramo conforme al listado definido para el reporte 08.
e) Reserva de riesgos en curso por reafianzamiento tomado.
Este reporte deberá contener 5 registros, los cuales se deberán reportar de la siguiente manera:
1.- Registro 1 a 4: Se reportará la información, de cada uno de los ramos de fianzas.
3.- Registro 5: Se reportará el resultado de la suma de cada campo, en los campos 2 al 4.
A continuación, se definen cada uno de los campos que se deberán resportar:
Campo 1: Ramo.- Deberá reportar en cada registro el ramo que corresponda. Para tal efecto, deberá apegarse al siguiente catálogo:
Registro | Campo 1 |
1 | Fianzas de fidelidad |
2 | Fianzas judiciales |
3 | Fianzas administrativas |
4 | Fianzas de crédito |
5 | Total reafianzamiento tomado |
Campo 2: Prima de reserva del reafianzamiento tomado.- Deberá corresponder al monto de la prima de reserva de las pólizas en vigor del reafianzamiento tomado. En el caso de las pólizas del ramo de fidelidad y del subramo de judiciales que amparan a los conductores de vehículos automotores, deberá reportar en este campo lo correspondiente a la prima de reserva no devengada a la fecha de reporte.
Campo 3: Gastos de administración anual del reafianzamiento tomado.- Deberá reportar el monto de gasto de administración anual de las pólizas en vigor del reafianzamiento tomado. En el caso de las pólizas del ramo de fidelidad y del subramo de judiciales que amparan a los conductores de vehículos automotores, deberá reportar en este campo lo correspondiente al gasto de administración anual no devengado a la fecha de reporte.
Campo 4: Reserva de fianzas en vigor del reafianzamiento tomado.- Se refiere al monto de la reserva de fianzas en vigor del reafianzamiento tomado, que incorpora la suma correspondiente a la prima de reserva del reafianzamiento tomado y a los gastos de administración anual del reafianzamiento tomado.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 4, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
f) Reporte de grandes productos
Este reporte deberá contener 10 registros, en cada uno de los cuales se deberá señalar uno de los diez productos más representativos en cuanto a su volumen de prima emitida o reserva de riesgos en curso. Se entenderá por grandes productos, los siguientes:
i) Tratándose de seguros de vida de largo plazo, los productos cuya prima emitida a la fecha de reporte le haya representado a la institución una cantidad superior al 10% de la prima emitida total de la operación de vida (a la fecha de reporte) y que en monto sea superior a $50,000,000.00 (Cincuenta millones de pesos, M.N.), o cuya reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre de reporte sea superior a $50,000,000.00 (Cincuenta millones de pesos, M.N.).
ii) Si se trata de seguros distintos a los de vida de largo plazo, se deberán reportar los productos cuya prima emitida a la fecha de reporte le haya representado a la institución una cantidad superior al 10% de la prima emitida total de la operación que corresponda (a la fecha de reporte) y que en monto sea superior a $50,000,000.00 (Cincuenta millones de pesos, M.N.).
iii) Si se trata de productos paquete (según se definen en la Disposición 4.1.12 de la presente Circular) se deberán reportar aquéllos cuya prima emitida a la fecha de reporte, sea superior al 10% de la prima emitida total de la institución (a la fecha de reporte) y en monto sea superior a $50,000,000.00 (Cincuenta millones de pesos, M.N.).
La información que integrará este reporte se define a continuación:
Campo 1: Nombre del producto.- Indicar el nombre del producto. Este campo no se refiere al nombre comercial del producto, sino al nombre técnico generalmente reconocido, que corresponde a las características técnicas del producto, tales como "Seguro temporal a n años", "Seguro dotal a 10 años", "Seguro flexible", "Seguro de vida universal", "Seguro de desempleo", "Seguro de rotura de maquinaria", "Seguro de huracán", "Seguro de renta por invalidez total y parcial", "Seguro de renta por hospitalización".
Campo 2: Número(s) de registro vigente(s).- Listar, para cada uno de los productos reportados, el(los) número(s) de registro ante la Comisión.
Campo 3: Ramo o tipo de seguro.- Indicar el ramo o tipo de seguro que corresponda al producto. Tratándose de productos paquete, se enlistarán los ramos o tipos de seguros a los que pertenece cada una de las coberturas que conforman el producto (Ejemplos: Vida individual, Gastos médicos, Incendio, Diversos, Marítimo y Transportes, etc.).
Campo 4: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida acumulada desde el 1 de enero hasta el cierre del trimestre de que se trate.
Campo 5: Reserva de riesgos en curso.- Se reportará el saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
Campo 6: Número de pólizas, certificados o incisos.- Es el número pólizas, certificados o inciso en vigor al cierre del trimestre correspondiente.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 6, deberá corresponder al nombre del producto que se reporta en el campo 1.
g) Reporte de Grandes riesgos
Este reporte deberá contener 10 registros, en cada uno de los cuales se deberá reportar la siguiente información para los diez negocios de seguros de daños vigentes al cierre del trimestre que se reporta, cuyo volumen de suma asegurada, en una sola unidad de riesgo asegurado, sea superior a USD 50,000,000.00. (Cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América). El objetivo de este reporte es identificar aquellos riesgos que puedan significar una pérdida importante para la compañía, al ocurrir el siniestro. En ese sentido, se entenderá como unidad de riesgo asegurado a reportar, únicamente a aquellos bienes asegurados que, correspondiendo a una única cosa o edificación, tengan un valor asegurado tal que, en caso de sufrir daños por el riesgo cubierto, el monto de la obligación o responsabilidad de la aseguradora pueda ser igual o superior a la cantidad indicada. No se considerarán en este reporte aquellos negocios que consistan en asegurar conjuntos de bienes constituidos por diversas propiedades o edificaciones cuyo valor asegurado, en conjunto, sea igual o superior a la cantidad indicada, salvo que la Institución de Seguros tenga información que le permita conocer que una sola de las unidades que constituyen el conjunto de unidades aseguradas, tiene un valor que puede originarle una pérdida igual o superior a la cantidad señalada.
Campo 1: Descripción del bien y riesgo cubierto.- Se describirá el bien asegurado, y el o los riesgos contra los que se está cubriendo.
Campo 2: Contratante.- Nombre o razón social del contratante de la póliza.
Campo 3: No. de póliza.- Indicar el número de póliza.
Campo 4: Inicio de vigencia.- Corresponde a la fecha de inicio de vigencia de la póliza, con formato aaaammdd.
Campo 5: Fin de vigencia.-Corresponde a la fecha de término de vigencia de la póliza, con formato aaaammdd.
Campo 6: Ramo.- Indicar el ramo que corresponda a la póliza. Tratándose de productos paquete, se enlistarán los ramos a los que pertenece cada una de las coberturas que conforman el producto (Ejemplos: Incendio, Diversos, Marítimo y Transportes, etc.).
Campo 7: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida en el año, correspondiente a la póliza.
Campo 8: Reserva de riesgos en curso.- Se reportará el saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
Campo 9: Suma asegurada.- Suma asegurada total en riesgo del bien asegurado.
Campo 10: Principales reaseguradores.- Enlistar los nombres de los principales reaseguradores de la póliza en cuestión.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 10, deberá corresponder al riesgo descrito en el campo 1.
h) Reporte de Microseguros
Este reporte deberá contener 10 registros, en cada uno de los cuales se deberá reportar la información relativa a aquellos productos de seguros de vida, accidentes y enfermedades o de daños, que cumplan con alguna de las siguientes características:
a) Productos que se hayan registrado como microseguros ante la Comisión.
b) Productos que, aun cuando no hayan sido registrados como microseguros ante la Comisión, hayan sido diseñados por la institución con características especiales, tales como sumas aseguradas de montos pequeños, esquemas simplificados de operación, canales masivos de comercialización, entre otros, y que tengan como objeto ofrecer cobertura de seguro, exclusivamente a personas de escasos recursos económicos.
Campo 1: Número de registro del producto.- Tratándose de productos registrados a partir del 16 de julio de 2002, el número que se haya asignado al producto en el módulo de la Página Web de la Comisión; para productos cuya nota técnica se haya registrado con anterioridad a la fecha arriba señalada, el número de registro de la nota técnica o número de oficio emitido por la Comisión, mediante el cual se autorizó la referida nota técnica.
Campo 2: Riesgo cubierto.- Contingencia cuyo posible daño o pérdida económica se cubre con el microseguro. Se podrá mencionar, como parte de la descripción del riesgo, el daño o pérdida económica que se cubre. (Ejemplos: daños materiales por huracán, indemnización por fallecimiento por accidente, gastos médicos por enfermedades graves, robo en casa habitación, indemnización diaria por desempleo). Para productos que cubran más de un riesgo, ya sea que se cubran como beneficios básicos o adicionales, o que los riesgos se deban registrar en distintos ramos o subramos, se deberá, siempre que sea posible, emplear una fila o renglón por cada riesgo cubierto.
Campo 3: Tipo de cobertura.- Se deberá asignar la clave "B", a las coberturas básicas y la clave "A" para las coberturas adicionales, empleando una fila o renglón por cada cobertura.
Campo 4: Número de pólizas, certificados o incisos emitidos en el año.- Se deberá reportar el número de pólizas, certificados o incisos que se hayan emitido al cierre del trimestre que se reporte, aun cuando no se encuentren en vigor al final del mismo. Para el caso de los beneficios adicionales de la operación de vida, se deberá, siempre que sea posible, reportar el número de pólizas o certificados que hayan contratado el beneficio adicional, aun cuando la póliza o el certificado ya se haya contabilizado en la cobertura básica.
Campo 5: Suma asegurada.- Se deberá reportar el monto de las sumas aseguradas contratadas de las pólizas, certificados o incisos que se hayan emitido al cierre del trimestre que se reporte, aun cuando no se encuentren en vigor al final del mismo.
Campo 6: Prima emitida.- Se deberá reportar la prima emitida de las pólizas, certificados o inciso que se hayan emitido al cierre del trimestre que se reporte, correspondiente a cada cobertura básica o adicional, o riesgo cubierto.
Campo 7: Monto de gasto de adquisición.- Se deberá reportar el monto de los gastos de adquisición contenido en las primas emitidas al cierre del trimestre que se reporte.
Campo 8: Monto de gasto de administración.- Se deberá reportar el monto de los gastos de
administración contenidos en las primas emitidas al cierre del trimestre que se reporte.
Campo 9: Monto de margen de utilidad.- Se deberá reportar el monto del margen de utilidad contenido en las primas emitidas al cierre del trimestre que se reporte.
Campo 10: Número de pólizas, certificados o incisos en vigor.- Se deberá reportar el número de pólizas, certificados o incisos que se encuentren en vigor al cierre del trimestre de que se trate (aun cuando su vigencia no haya iniciado en ese año, como puede ser el caso de las pólizas de vida de largo plazo, o los seguros multianuales).
Campo 11: Sumas aseguradas en vigor.- Se deberá reportar el monto de las sumas aseguradas contratadas de pólizas, certificados o incisos que se encuentren en vigor al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 12: Primas emitidas en vigor.- Se deberá reportar la prima emitida de las pólizas, certificados o incisos que se encuentren en vigor al cierre del trimestre de que se trate (aun cuando la prima no se haya emitido en ese año, como puede ser el caso de las pólizas de vida de largo plazo, o los seguros multianuales).
Campo 13: Número de siniestros.- Se deberá reportar el número de reclamaciones recibidas al cierre del trimestre que se reporta, sin importar el estado que tenga la reclamación a la fecha del reporte.
Campo 14: Monto de siniestros.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas al cierre del trimestre de que se trate, ya sea que se reporte el monto reclamado por el asegurado/contratante/beneficiario, o el monto estimado por la institución (incluyendo ajustes).
Campo 15: Número de siniestros pagados.- Se deberá reportar el número de reclamaciones pagadas al cierre del trimestre de que se trate, sin importar la fecha de registro del siniestro, y sin contar como siniestro pagado, los complementos a pagos iniciales.
Campo 16: Monto de siniestros pagados.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones pagadas al cierre del trimestre de que se trate, integrado por la suma de los conceptos de reclamaciones tanto iniciales como complementarias, sin importar la fecha de registro del siniestro.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 16, deberá corresponder al producto reportado en el campo 1.
i) Reporte de Agrícola y animales
Este reporte deberá contener 34 registros, los cuales se deberán reportar de la siguiente manera:
1.- Registro 1 a 32: Se reportará la información, por entidad federativa, correspondiente tanto al seguro directo como al reaseguro tomado, el cual debe incluir la información de fondos de aseguramiento agropecuario y rural.
2.- Registro 33: Se reportará la información correspondiente al seguro directo del extranjero.
3.- Registro 34: Se reportará el resultado de la suma de cada campo, en los campos 2 al 11, en tanto que, en el campo 12, se reportará el monto total de las coberturas de exceso de pérdida que haya contratado la institución para cubrir el riesgo de los seguros agrícolas y de animales.
A continuación, se definen cada uno de los campos que se deberán resportar:
Campo 1: Entidad.- Se deberá reportar la entidad federativa, o bien, señalar si la información corresponde al extranjero. Asimismo, deberá añadir, como parte de los conceptos de este campo, un registro con la suma total de cada concepto. Para tal efecto, deberá apegarse al siguiente catálogo:
Información del Campo 1 |
Registro | Entidad | Registro | Entidad |
1 | Aguascalientes | 18 | Nayarit |
2 | Baja California | 19 | Nuevo León |
3 | Baja California Sur | 20 | Oaxaca |
4 | Campeche | 21 | Puebla |
5 | Chiapas | 22 | Querétaro |
6 | Chihuahua | 23 | Quintana Roo |
7 | Coahuila | 24 | San Luis Potosí |
8 | Colima | 25 | Sinaloa |
9 | Distrito Federal | 26 | Sonora |
10 | Durango | 27 | Tabasco |
11 | Guanajuato | 28 | Tamaulipas |
12 | Guerrero | 29 | Tlaxcala |
13 | Hidalgo | 30 | Veracruz |
14 | Jalisco | 31 | Yucatán |
15 | Estado de México | 32 | Zacatecas |
16 | Michoacán | 33 | Extranjero |
17 | Morelos | 34 | Total |
Campo 2: Prima emitida.- Se deberá reportar la prima emitida al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 3: Prima retenida.- Se deberá reportar la prima retenida al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 4: Suma asegurada.- Se deberá reportar el monto de las sumas aseguradas de las pólizas emitidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 5: Siniestros ocurridos.-Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 6: Siniestros retenidos.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas retenidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 7: Prima emitida del reaseguro tomado.- Se deberá reportar la prima emitida al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 8: Prima retenida del reaseguro tomado.- Se deberá reportar la prima retenida al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 9.- Suma asegurada del reaseguro tomado: Se deberá reportar el monto de las sumas aseguradas de las pólizas emitidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 10: Siniestros ocurridos del reaseguro tomado.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 11: Siniestros retenidos del reaseguro tomado.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas retenidas al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 12: Monto de las coberturas de reaseguro de exceso de pérdida.- Se deberá reportar el monto de las coberturas de exceso de pérdida que haya contratado la compañía para cubrir el riesgo de los seguros agrícolas y de animales, que estén vigentes al cierre del trimestre que se reporta. Dicho importe se deberá capturarse en el registro correspondiente al total de información. Esta información se registra exclusivamente para el registro 34.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 11, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
j) Reporte de Seguros con componente de ahorro
Este reporte deberá contener 2 registros, en cada uno de los cuales se reportará la siguiente información de los seguros de vida con componente de ahorro o inversión, distinguiendo entre seguros individuales y seguros grupales.
Se considerarán como seguros con componentes de ahorro puro o inversión, a aquéllos que generan un fondo de ahorro mediante la conformación de una reserva en la cual se acumulan o capitalizan primas, dividendos o intereses y que, contractualmente, pertenecen al asegurado. Dichos seguros, con independencia
del nombre comercial que reciban, pueden ser algunos de los siguientes: seguros dotales puros, seguros dotales a corto plazo, seguros flexibles, seguros de vida inversión, rentas diferidas, seguros de retiro o de separación que se encuentren en período de acumulación, etc.
Campo 1: Tipo de seguro.- Se deberá reportar el tipo de seguro a que se refiere la información de acuerdo a lo siguiente:
Registro | Tipo de seguro |
1 | Individual |
2 | Grupo |
Campo 2: Número de asegurados en vigor.- Se deberá reportar el número de asegurados, cuya póliza o certificado se encuentre en vigor al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 3: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 4: Reserva de riesgos en curso.- El saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 4, deberá corresponder al tipo de seguro reportado en el campo 1.
k) Reporte de Seguros ligados a créditos
Este reporte deberá contener 6 registros, en cada uno de los cuales se reportará la siguiente información de los seguros ligados a créditos, entendiéndose como tales, a aquéllos que tienen como objeto cubrir saldos deudores por créditos ante eventualidades como la muerte, invalidez o desempleo del deudor, pérdida total del bien, entre otros y cuyo beneficiario preferente ante la institución sea el otorgante del crédito o acreedor.
Campo 1: Operación.- Se deberá reportar la operación de seguros a que se refiere la información de acuerdo a lo siguiente:
Campo 2: Tipo de crédito.- Para cada operación, en este campo se deberá reportar el tipo de crédito a que se refiere la información de acuerdo a lo siguiente:
Tipo de crédito |
Para automóviles |
Hipotecarios |
Otros* |
*Otros: En esta categoría se pueden incluir, a manera de ejemplo, créditos para la adquisición de bienes de consumo duradero o créditos revolventes.
Conforme a lo definido, los campos 1 y 2 deberán presentar el siguiente contenido para cada uno de los 6 registros de los que consta este reporte:
1 | Vida | Para automóviles |
2 | Vida | Hipotecarios |
3 | Vida | Otros* |
4 | Daños | Para automóviles |
5 | Daños | Hipotecarios |
6 | Daños | Otros* |
Campo 3: Número de asegurados en vigor.- Se deberá reportar el número de asegurados, cuya póliza o certificado se encuentre en vigor al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 4: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 5: Reserva de riesgos en curso.- El saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 3 al 5, deberá corresponder a lo reportado en los campos 1 y 2.
l) Productos básicos estandarizados
Este reporte deberá contener 6 registros, en cada uno de los cuales se reportará la siguiente información relativa a los productos básicos estandarizados:
Campo 1: Ramo o tipo de seguro.- Se reportará el ramo o tipo de seguro al que corresponde el producto básico estandarizado. Para tal efecto, deberá apegarse al siguiente catálogo:
Registro | Campo 1 |
1 | Vida |
2 | Accidentes personales |
3 | Gastos médicos |
4 | Salud |
5 | Salud dental |
6 | Responsabilidad civil |
Campo 2: Número de asegurados en el año.- Se reportará el número de asegurados que se han asegurado desde el 1 de enero, al cierre del trimestre de que se trate, se encuentren, o no, en vigor.
Campo 3: Número de asegurados en vigor.- Se reportará el número de asegurados que se encuentren en vigor, al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 4: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 5: Reserva de riesgos en curso.- El saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 5, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
m) Seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular
Se reportará la siguiente información relativa al seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular:
Este reporte deberá constar de 34 registros, que deberán contener información relativa al seguro obligatorio de responsabilidad civil vehicular, y los cuales se deberán reportar de la siguiente manera:
1.- Registro 1 a 32: Se reportará la información, según la entidad federativa en donde reside el asegurado.
2.- Registro 33: Se reportará la información cuya entidad federativa de residencia del asegurado, no pueda ser identificada.
3.- Registro 34: Se reportará el resultado de la suma de los 33 registros anteriores, para los
campos del 2 al 7.
A continuación, se definen cada uno de los campos que se deberán resportar:
Campo 1: Entidad.- Se deberá reportar la entidad federativa donde reside el asegurado, o bien, señalar si la información corresponde a una entidad federativa no identificada. Asimismo, deberá añadir, como parte de los conceptos de este campo, un registro con la suma total de cada concepto. Para tal efecto, deberá apegarse al siguiente catálogo:
Información del Campo 1 |
Registro | Entidad | Registro | Entidad |
1 | Aguascalientes | 18 | Nayarit |
2 | Baja California | 19 | Nuevo León |
3 | Baja California Sur | 20 | Oaxaca |
4 | Campeche | 21 | Puebla |
5 | Chiapas | 22 | Querétaro |
6 | Chihuahua | 23 | Quintana Roo |
7 | Coahuila | 24 | San Luis Potosí |
8 | Colima | 25 | Sinaloa |
9 | Distrito Federal | 26 | Sonora |
10 | Durango | 27 | Tabasco |
11 | Guanajuato | 28 | Tamaulipas |
12 | Guerrero | 29 | Tlaxcala |
13 | Hidalgo | 30 | Veracruz |
14 | Jalisco | 31 | Yucatán |
15 | Estado de México | 32 | Zacatecas |
16 | Michoacán | 33 | Estado no definido |
17 | Morelos | 34 | Total |
Campo 2: Número de asegurados en el año.- Se reportará el número de asegurados que se han asegurado desde el 1 de enero, al cierre del trimestre de que se trate, se encuentren, o no, en vigor las pólizas o incisos respectivos.
Campo 3: Número de asegurados en vigor.- Se reportará el número de asegurados que se encuentren en vigor, al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 4: Prima emitida.- Se deberá reportar la prima emitida de las pólizas o incisos que se hayan emitido al cierre del trimestre que se reporte.
Campo 5: Prima retenida.- Se deberá reportar la prima retenida al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 6: Suma asegurada.- Se deberá reportar el monto de las sumas aseguradas de las pólizas en vigor al cierre del trimestre que se reporta.
Campo 7: Monto de siniestros del año.- Se deberá reportar el monto de las reclamaciones recibidas, desde el 1 de enero, al cierre del trimestre de que se trate.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 7, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
n) Reporte de productos de venta masiva
Este reporte deberá contener 6 registros, en cada uno de los cuales se reportará la siguiente información de los seguros de venta masiva, entendiéndose como tales, aquéllos que se definen en el Capítulo 4.9 de esta Circular.
Campo 1: ramo/tipo de seguro.- Se deberá reportar el ramo o tipo de seguro a que se refiere la información de acuerdo a lo siguiente:
Registro | Campo 1 |
1 | Vida individual |
2 | Accidentes personales |
3 | Gastos médicos |
4 | Automóviles |
5 | Diversos |
6 | Otro |
Campo 2: Número de asegurados en el año.- Se reportará el número de asegurados que se han asegurado desde el 1 de enero, al cierre del trimestre de que se trate, se encuentren, o no, en vigor las pólizas o incisos respectivos.
Campo 3: Número de asegurados en vigor.- Se deberá reportar el número de asegurados de pólizas que se encuentren en vigor al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 4: Número(s) de registro vigente(s).- Listar, para cada uno de los planes o productos reportados, el(los) número(s) de registro ante la Comisión.
Campo 5: Prima emitida.- Se reportará la prima emitida al cierre del trimestre de que se trate.
Campo 6: Reserva de riesgos en curso.- El saldo de la reserva de riesgos en curso al cierre del trimestre correspondiente.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 6, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
o) Reporte de Responsables
Este reporte deberá contener 6 registros, en cada uno de los cuales se deberá reportar la siguiente información del funcionario de la institución, responsable de la valuación de la reserva de riesgos en curso, así como de los actuarios que certifican dichas valuaciones, para cada una de las operaciones. La entrega de este reporte es obligatoria.
Campo 1: Responsable.- Se deberá reportar por cada registro si la información solicitada corresponde al funcionario responsable del área técnica o bien al actuario certificador, de acuerdo a lo siguiente:
Registro | Campo 1 |
1 | Funcionario responsable del área técnica |
2 | Actuario certificador 1 |
3 | Actuario certificador 2 |
4 | Actuario certificador 3 |
5 | Actuario certificador 4 |
6 | Actuario certificador 5 |
Campo 2: Nombre.- Se deberá reportar el nombre del funcionario o actuario certificador.
Campo 3: Cargo.- Se deberá reportar el cargo del funcionario o actuario certificador.
Campo 4: Teléfono(s).- Se deberá(n) reportar el(los) teléfono(s) de contacto del funcionario o actuario certificador.
Campo 5: Correo electrónico.- Se deberá reportar el correo electrónico del funcionario o actuario certificador.
Campo 6: Operación o ramo de Seguros que certifica.- Se deberá indicar, en el caso del(los) actuario(s) certificador(es), la operación en la que se está certificando la reserva de riesgos en curso.
En cada registro, la información que se reporte en los campos 2 al 6, deberá corresponder a lo reportado en el campo 1.
1.2.- El archivo en formato Excel correspondiente al resumen de la valuación de la reserva de
riesgos en curso
Los archivos de texto de la valuación de la reserva de riesgos en curso referidos en el numeral 1 inmediato anterior, deberán ser generados utilizando para ello el archivo en formato Excel correspondiente al resumen de la valuación de la reserva de riesgos en curso, mismo que estará disponible, al igual que su respectivo manual de uso, en la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx) con el nombre "RR3RRCCVRES.xls".
El archivo en formato Excel correspondiente al resumen de la valuación de la reserva de riesgos en curso, conteniendo la información reportada conforme a lo definido en el numeral 1 inmediato anterior, deberá ser enviado como parte del producto RR3RRCCV, para lo cual, deberá ser renombrado conforme a lo siguiente:
El nombre deberá integrarse de 24 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del archivo: "RR3RRCCVRES".
b) En la décima segunda posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima tercera a la décima sexta posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima séptima a la vigésima posiciones deberá escribirse el año.
f) En la vigésima primera y vigésima segunda posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: "30"
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | C | V | R | E | S | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .XLS |
1.3.-Documento o documentos de certificación correspondientes a la valuación de la reserva de riesgos en curso suscritos por los actuarios responsables de la misma
Por cada operación que practique la institución (vida, daños y accidentes y enfermedades), una carta de certificación en formato PDF, correspondiente a la valuación de la reserva de riesgos en curso, suscrita por el actuario o actuarios responsables.
Los archivos en formato PDF por cada operación, deberán contener el nombre y firma electrónica del actuario o licenciado en actuaría responsable de la valuación, número de cédula profesional, número de la certificación vigente emitida por el colegio profesional de la especialidad o la acreditación de la
Comisión requeridas para la elaboración y firma de la valuación de reservas técnicas, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 226 de la LISF.
El nombre de cada archivo magnético en formato PDF, deberá integrarse de 26 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del, o los archivos: "RR3RRCCVCER"
b) En la décima segunda y décima tercera posiciones deberá escribirse la clave correspondiente a la operación que se certifica:
Clave de operación | Descripción |
01 | Vida |
02 | Accidentes y enfermedades |
03 | Daños |
c) En la décima cuarta posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima quinta a la décima octava posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima novena a la vigésima segunda posiciones deberá escribirse el año.
f) En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima quinta y vigésima sexta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Documento de certificación de la operación de: daños ("03").
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: "30"
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | C | V | C | E | R | 0 | 3 | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .PDF |
2.- El producto RR3RRCVT, mismo que deberá contener el archivo en formato Excel correspondiente al resultado en la valuación de la reserva de riesgos en curso de largo plazo por variaciones en la tasa de interés, de conformidad con lo que se indica a continuación:
a) Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:
b) Las primeras ocho posiciones corresponderán al identificador específico del producto: "RR3RRCVT".
c) En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima a la décima tercera posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima cuarta a la décima séptima posiciones, deberá escribirse el año.
f) En la décima octava y décima novena posiciones, deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima y vigésima primera posiciones, deberá señalarse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("30")
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | V | T | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .ZIP | .PGP |
El archivo en formato Excel correspondiente al resultado en la valuación de la reserva de riesgos en curso de largo plazo por variaciones en la tasa de interés
El archivo en formato Excel correspondiente al resultado en la valuación de la reserva de riesgos en curso de largo plazo por variaciones en la tasa de interés, estará disponible, en la Página Web de la Comisión (www.cnsf.gob.mx) con el nombre "RR3RRCVT.xls". Para su envío, dicho archivo deberá ser renombrado conforme a lo siguiente:
El nombre deberá integrarse de 24 caracteres alfanuméricos que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras once posiciones deberá escribirse el identificador específico del archivo: "RR3RRCVTFMT".
b) En la décima segunda posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
c) De la décima tercera a la décima sexta posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
d) De la décima séptima a la vigésima posiciones deberá escribirse el año.
e) En la vigésima primera y vigésima segunda posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
f) En la vigésima tercera y vigésima cuarta posiciones deberá escribirse el último día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: "30"
Mes: junio ("06")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | V | T | F | M | T | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 0 | 6 | 3 | 0 | .XLS |
El formato en Excel correspondiente al resultado en la valuación de la reserva de riesgos en curso de largo plazo por variaciones en la tasa de interés, se deberá llenar considerando para ello lo siguiente:
Operación directa y tomada.- Se reportará la información del resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo del seguro directo y tomado, realizada con la tasa de interés que corresponda.
Importes recuperables de reaseguro.- Se reportará la información de los importes recuperables correspondientes al resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo del seguro directo y tomado, realizada con la tasa de interés que corresponda.
Seguros de vida temporal.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de vida que cubren sólo el riesgo de muerte en forma temporal.
Seguros dotales.- Se reportará la información correspondiente a los planes de seguros de vida que cubren el riesgo de muerte y prevén pagos por supervivencia.
Seguros ordinarios de vida.- Se reportará la información de los seguros de vida en los cuales tanto la cobertura del riesgo de muerte, como el pago de las primas correspondientes se realiza en forma vitalicia.
Seguros de vida pagos limitados.- Se reportará la información correspondiente a los seguros de vida que cubren el riesgo de muerte de forma vitalicia, pero que el pago de primas es en forma temporal.
Resultado de la valuación de la reserva con tasa técnica pactada.- Se reportará la información correspondiente al resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo, realizada con la tasa técnica utilizada para el cálculo original.
Resultado de la valuación de la reserva con tasa de interés de mercado.- Se reportará la información correspondiente al resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo, realizada con la tasa de interés de mercado.
Moneda nacional.- Se reportará la información del resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo, realizada con la tasa de interés que corresponda, para pólizas en vigor denominadas en moneda nacional.
Dólares.- Se reportará la información del resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo, realizada con la tasa de interés que corresponda, para pólizas en vigor denominadas en dólares.
Indexados.- Se reportará la información del resultado de la valuación de la reserva de los seguros de vida de largo plazo, realizada con la tasa de interés que corresponda, para pólizas en vigor denominadas en unidades indexadas.
Información con periodicidad de entrega anual
En adición a la información que se entrega con periodicidad trimestral, anualmente se debe entregar la información de los resultados de la valuación de la reserva de riesgos en curso de cada ramo o tipo de seguro, la cual constará de lo siguiente:
1.- El producto RR3RRCBD, contendrá lo siguiente:
a) Archivos de texto de las bases de datos con el detalle de la valuación póliza por póliza de la reserva de riesgos en curso.
b) Un archivo de Word que contenga el catálogo de claves de unidades monetarias especiales reportadas en los archivos de texto de las bases de datos de detalle de la valuación.
c) Un archivo de Word que contenga el catálogo en el cual se indiquen las claves y características utilizadas para clasificar los planes de seguro, reportados en los archivos de texto de las bases de datos de detalle de la valuación.
d) Archivos de texto de las bases de datos con el detalle de la información de los importes recuperables de reaseguro.
La información señalada en los incisos a), b), c) y d) se indicará en los numerales 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4, respectivamente, conforme a lo siguiente:
a) Para su envío, el producto deberá encriptarse en un solo archivo en formato .ZIP.PGP, cuyo
nombre deberá integrarse de 21 caracteres alfanuméricos, ordenados como sigue:
b) En las primeras ocho posiciones deberá escribirse el identificador específico del producto: "RR3RRCBD"
c) En la novena posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía:
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima a la décima tercera posiciones deberá escribirse el número asignado a la institución o sociedad de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima cuarta a la décima séptima posiciones, deberá escribirse el año.
f) En la décima octava y décima novena posiciones, deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima y vigésima primera posiciones, deberá señalarse el día del mes que se reporta.
Ejemplo:
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("31")
Mes: diciembre ("12")
Año: 2013
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | B | D | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 3 | 1 | 2 | 3 | 1 | .ZIP | .PGP |
1.1.- Archivos de texto de las bases de datos con el detalle de la valuación póliza por póliza de la reserva de riesgos en curso
Hasta 29 reportes en formato de archivo de texto con el detalle de la valuación póliza por póliza, cuyos nombres deberán integrarse de 23 caracteres alfanuméricos, que deberán estar ordenados como sigue:
a) En las primeras ocho posiciones deberá escribirse el identificador específico de los archivos: "RR3RRCBD"
b) En la novena y décima posiciones deberá escribirse la clave del reporte.
Clave del reporte | Descripción |
01 | Vida individual seguros de corto plazo |
02 | Vida individual seguros de largo plazo |
03 | Vida individual seguros flexibles |
04 | Vida individual seguros de pensiones |
05 | Vida grupo seguros de corto plazo |
06 | Vida grupo seguros de largo plazo |
07 | Vida grupo seguros flexibles |
08 | Vida grupo seguros de pensiones |
09 | Seguros del ramo de accidentes personales |
10 | Seguros del ramo gastos médicos |
11 | Seguros del ramo de salud |
12 | Seguros del ramo de incendio |
13 | Seguros del ramo de automóviles |
14 | Seguros del ramo de diversos |
15 | Seguros del ramo de agrícola y de animales |
16 | Seguros del ramo de marítimo y transportes |
17 | Seguros del ramo de responsabilidad civil |
18 | Seguros de terremoto y/o erupción volcánica |
19 | Seguros de huracán y/u otros riesgos hidrometeorológicos |
20 | Seguros del ramo de crédito |
21 | Seguros del ramo de crédito a la vivienda |
22 | Seguros del ramo de garantía financiera |
23 | Fianzas de fidelidad |
24 | Fianzas judiciales |
25 | Fianzas administrativas |
26 | Fianzas de crédito |
27 | Seguros de vida colectivos de corto plazo |
28 | Seguros de vida colectivos de largo plazo |
29 | Seguros del ramo de caución |
c) En la décima primera posición deberá escribirse la clave del tipo de compañía.
Clave | Definición |
H | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de salud. |
G | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de garantía financiera. |
V | Instituciones de Seguros autorizadas para operar los seguros de crédito a la vivienda. |
S | Otras instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas. |
d) De la décima segunda a la décima quinta posiciones deberá escribirse el número asignado a la Institución o Sociedad Mutualista de Seguros de que se trate. Dicho número deberá antecederse con ceros hasta ocupar las cuatro posiciones.
e) De la décima sexta a la décima novena posiciones deberá escribirse el año.
f) En la vigésima y vigésima primera posiciones deberá escribirse el mes que se reporta.
g) En la vigésima segunda y vigésima tercera posiciones deberá escribirse el último día del mes
que se reporta.
Ejemplo:
Reporte ("01")
Clave de la compañía: "S"
Número de la compañía: "0009"
Día: ("31")
Mes: diciembre ("12")
Año: 2015
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | Extensión |
R | R | 3 | R | R | C | B | D | 0 | 1 | S | 0 | 0 | 0 | 9 | 2 | 0 | 1 | 5 | 1 | 2 | 3 | 1 | .TXT |
La estructura, orden, identificadores, longitud de los campos y demás detalles de las bases de datos, serán conforme a lo siguiente:
a) Las bases de datos deberán contener la información ordenada en arreglos matriciales, en los cuales las columnas corresponden a los campos que se describen a continuación y los renglones a los registros de cada una de las pólizas, certificados o endosos en vigor que integren la valuación de reserva. Los campos estarán delimitados entre sí por el signo "|", conocido como "pipe".
N ° | Nombre | Tipo | Tamaño |
1 | Operación | Alfanumérico | 2 |
2 | Ramo, subramo o tipo de seguro/fianza | Alfanumérico | 2 |
3 | Número de póliza | Alfanumérico | 30 |
4 | Certificado, inciso o endoso (movimiento) | Alfanumérico | 30 |
5 | Fecha de inicio de vigencia | Numérico | 8 |
6 | Fecha de fin de vigencia | Numérico | 8 |
7 | Prima emitida bruta | Numérico | 15 |
8 | Prima de riesgo bruta | Numérico | 15 |
9 | Prima de riesgo no devengada bruta | Numérico | 15 |
10 | Costo de adquisición | Numérico | 15 |
11 | Gastos de administración | Numérico | 15 |
12 | Margen de utilidad | Numérico | 15 |
13 | Número de registro del producto producto | Alfanumérico | 30 |
14 | Moneda o unidad monetaria | Alfanumérico | 15 |
15 | Identificador del plan de seguro | Alfanumérico | 15 |
16 | Prima emitida retenida | Numérico | 15 |
17 | Importes recuperables de reaseguro | Numérico | 15 |
18 | Identificador de pólizas multianuales | Alfanumérico | 2 |
19 | Identificador de beneficio básico o adicional | Alfanumérico | 2 |
20 | Edad del asegurado a la contratación | Numérico | 2 |
21 | Suma asegurada bruta | Numérico | 15 |
22 | Plazo de pago de primas | Numérico | 5 |
23 | Temporalidad del plan | Numérico | 5 |
24 | Sexo del asegurado | Alfanumérico | 1 |
25 | Identificador de saldados y prorrogados | Alfanumérico | 3 |
26 | Identificador de planes tradicionales de vida | Alfanumérico | 3 |
27 | BEL-Riesgo | Numérico | 15 |
28 | BEL-Gastos | Numérico | 15 |
29 | Margen de riesgo | Numérico | 15 |
30 | Reserva M.O. | Numérico | 15 |
31 | Reserva M.N. | Numérico | 15 |
b) Cuando un campo no sea aplicable a un registro, la columna para dicho campo debe dejarse vacía, manteniendo, no obstante lo anterior, los pipes correspondientes.
c) Los montos indicados en cada uno de los campos que integren las bases de datos, deberán expresarse en la moneda o unidad monetaria original en la que se encuentra suscrita la póliza, excepto por lo que se refiere al campo denominado Reserva M.N., en el que el monto se deberá expresar siempre en moneda nacional, para lo cual, en su caso, se utilizará el tipo de cambio correspondiente al cierre anual.
d) La base de datos de que se trate, deberá contener únicamente la información de pólizas en vigor al momento de la valuación, por lo que no deberá incluir información adicional de pólizas, certificados, incisos o endosos que se encuentren vencidos o cancelados al momento de dicha valuación, con independencia de que dicha información se mantenga dentro de los controles propios de la institución o sociedad respectiva.
e) Los parámetros de los seguros saldados y prorrogados, deberán ser los que esas Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, hayan utilizado para la valuación de su reserva de riesgos en curso en el momento del reporte, omitiendo el valor de los parámetros del plan original del cual provienen.
f) Las cantidades que se reporten en las bases de datos deberán expresarse sin decimales, excepto, en caso de aplicar, en lo que corresponde a la temporalidad del plan y al plazo para el pago de primas.
g) Los campos a que se refiere el inciso a) anterior deberán llenarse con apego a las siguientes definiciones:
Campo 1: Operación.- Se refiere a si la póliza, certificado, inciso o endoso, corresponde a la operación directa, tomada o reafianzamiento. En el primer caso, se capturará el texto "DI", en el segundo, "TO", y en el tercer caso "RF".
(Continúa en la Tercera Sección)
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