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DOF: 29/07/2015 |
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado El Jilguero Fracción B, con una superficie aproximada de 308-81-44 AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado El Jilguero Fracción B, con una superficie aproximada de 308-81-44.409 hectáreas, Municipio de Puerto Vallarta, Jal. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Delegación Jalisco.- Subdelegación Operativa. AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "EL JILGUERO FRACCION B" CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 308-81-44.409 HAS., MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, ESTADO DE JALISCO. La Dirección General de la Propiedad Rural de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, mediante Oficio No. II.210/DGPR-DGARPR-DIA 01129, de fecha 25 de marzo del año en curso, número de Folio 22661, autorizó a la Delegación Estatal Agraria en el Estado de Jalisco de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, para que se comisionara Perito Deslindador, la cual con Oficio No. 1623, de fecha 22 de mayo de 2015, me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 160 de la Ley Agraria; 101, 104 al 106 del Reglamento de la misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, se proceda al Deslinde y Medición del predio presuntamente Propiedad Nacional denominado "El Jilguero Fracción B" con una superficie aproximada de 308-81-44.409 Has., Municipio de Puerto Vallarta, Estado de Jalisco, solicitado en Enajenación, el cual cuenta con las siguientes colindancias: Al Norte: Predio El Jilguero A en posesión del Ejido La Palapa Al Sur: Predio El Jilguero C en posesión del Ejido La Palapa Este: Ejido La Palapa Al Oeste: Pequeña Propiedad y Ejido Playa Grande Por lo que, en cumplimiento a lo establecido por los Artículos 160 de la Ley Agraria y 105 de su Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Jalisco, en uno de los Diarios de mayor circulación en el Estado de Jalisco denominado "Mural", así como colocarse en los Parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los Trabajos de Deslinde, a fin de que dentro del periodo de 30 días hábiles a partir de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convengan, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho, para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el Croquis correspondiente en las Oficinas que ocupa la Delegación Estatal en Jalisco, con domicilio en la Avenida Alcalde No. 1918, Colonia Miraflores, en la Ciudad de Guadalajara, del Estado de Jalisco. A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado o que habiendo sido notificadas a presenciar el Deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados. Atentamente Guadalajara, Jal., a 22 de mayo de 2015.- El Perito Deslindador, Fernando Alberto Fernández Zamora.- Rúbrica.
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