|
DOF: 23/01/2017 |
ACUERDO por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos, se digitalizan y se eliminan trámites que se realizan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ACUERDO por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos, se digitalizan y se eliminan trámites que se realizan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. GERARDO RUIZ ESPARZA, Secretario de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 2, fracción I, 12, 14, 16, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, 17, 69-C y 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, fracciones XVI, XVII, XVIII y XXII, 3 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y artículos 1, 2, y 3 fracción VIII, del Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece como estrategia transversal un Gobierno Cercano y Moderno, que simplifique la normatividad y los trámites gubernamentales. Para lo cual, las políticas y programas existentes deben estar orientados a resultados, optimizando el uso de los recursos públicos, utilizando las nuevas tecnologías de la información y comunicación e impulsando la transparencia y rendición de cuentas; Que el Presidente de la República instruyó a los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal a incrementar sus esfuerzos en materia de Mejora Regulatoria, con la finalidad de reducir la carga regulatoria de trámites y servicios prioritarios del Gobierno Federal; Que en atención a la Instrucción Presidencial referida, la Secretaría de Economía, a través de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, identificó los 85 trámites y servicios de más alto impacto de la Administración Pública Federal, entre los que se encuentran trámites de esta Secretaría; Que derivado de lo anterior, esta Dependencia del Ejecutivo Federal, en coordinación con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, puso en marcha una Estrategia para la revisión, análisis e implementación de acciones de mejora para trámites a cargo de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la Dirección General de Autotransporte Federal, de la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal, de la Dirección General de Puertos y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la facultad de los Titulares de las Dependencias de la Administración Pública Federal para, mediante Acuerdos Generales publicados en el Diario Oficial de la Federación, fijar plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o reglamentos y no exigir la presentación de datos y documentos previstos en las disposiciones mencionadas, cuando puedan obtener por otra vía la información correspondiente; Que para contribuir al cumplimiento de las metas sexenales establecidas en el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 y en relación con el proceso de Mejora Regulatoria que lleva a cabo la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN PLAZOS MENORES, SE EXIME DE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS, SE DIGITALIZAN Y SE ELIMINAN TRÁMITES QUE SE REALIZAN ANTE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Artículo primero.- Se reducen los plazos máximos que tiene la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para resolver los trámites que a continuación se señalan para quedar conforme lo siguiente: Dirección General de Aeronáutica Civil | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Plazo máximo para resolver el trámite | SCT-02-208-A | Reglas de Operación de los Aeródromos Civiles.-Autorización de las Reglas de Operación de los Aeródromos Civiles. | 45 días naturales | SCT-02-208-B | Reglas de Operación de los Aeródromos Civiles.- Autorización de enmiendas o revisiones a las Reglas de Operación de los Aeródromos Civiles. | 30 días naturales | Dirección General de Autotransporte Federal | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Plazo máximo para resolver el trámite (al realizarlo a través de medios electrónicos) | SCT-03-058 | Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal de Turismo. | 7 días hábiles | SCT-03-043-B | Expedición de permiso para la operación y explotación de los servicios de transporte privado de carga, personas físicas. | 7 días hábiles | Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Plazo máximo para resolver el trámite | SCT-04-018 | Autorización para la instalación de líneas de transmisión eléctrica, fibra óptica, postes, cercas, ductos de petróleo o sus derivados, o cualquier otra obra subterránea, superficial o aérea, en las vías generales de comunicación ferroviaria. | 35 días naturales | Dirección General de Puertos | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Plazo máximo para resolver el trámite | SCT-06-013-A | Expedición de permiso para prestar servicios portuarios. | 60 días naturales | SCT-06-013-B | Expedición de permiso para prestar servicio portuario de suministro de agua potable. | 60 días naturales | SCT-06-013-C | Expedición de permiso para prestar servicio portuario de recolección de basura y eliminación de aguas residuales. | 60 días naturales | SCT-06-013-D | Expedición de permiso para prestar servicio portuario de combustible. | 60 días naturales | Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Plazo máximo para resolver el trámite | SCT-04-003 | Solicitud de asignación de inicial al equipo tractivo y de arrastre ferroviarios. | 10 días naturales | Artículo segundo.- Se exime de la presentación de los siguientes documentos para los trámites que se señalan a continuación: Dirección General de Autotransporte Federal | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Requisitos eliminados para trámite presencial | SCT-03-058 | Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal de Turismo. | 1.- Comprobante de pago del impuesto de tenencia o uso de vehículos automotores de los últimos 5 años. | SCT-03-043-B | Expedición de permiso para la operación y explotación de los servicios de transporte privado de carga, personas físicas. | 1.- Comprobante de pago del impuesto de tenencia o uso de vehículos automotores de los últimos 5 años. | Dirección General de Autotransporte Federal | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | Requisitos eliminados para trámite realizado a través de medios electrónicos | SCT-03-058 | Permiso para la operación y explotación de los Servicios de Autotransporte Federal de Turismo. | 1.- Solicitud con firma autógrafa (se realizará en línea con firma electrónica avanzada). 2.- Documento con el que se acredite la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (el RFC y nombre o denominación social del solicitante se validarán de forma remota). 3.- Documento con el que se acredite la personalidad jurídica del solicitante al realizar más de un trámite (bastará con presentarlo una sola vez). 4.- Certificado de baja emisión de contaminantes (se validará en línea). 5.- Documento con el que se acredite la legal importación del vehículo (se verificará con el SAT). | SCT-03-043-B | Expedición de permiso para la operación y explotación de los servicios de transporte privado de carga, personas físicas. | 1.- Solicitud con firma autógrafa (se realizará en línea con firma electrónica avanzada). 2.- Documento con el que se acredite la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (el RFC y nombre o denominación social del solicitante se validarán de forma remota). 3.- Documento con el que se acredite la personalidad jurídica del solicitante al realizar más de un trámite (bastará con presentarlo una sola vez). 4.- Certificado de baja emisión de contaminantes (se validará en línea). 5.- Documento con el que se acredite la legal importación del vehículo (se verificará con el SAT). | Artículo tercero.- Se eliminan los trámites que a continuación se señalan: Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal | Homoclave del Trámite | Nombre del trámite y/o modalidad | SCT-04-016 | Autorización para la cesión parcial o total de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos para la explotación y prestación de servicios ferroviarios. | SCT-04-057 | Aviso del establecimiento de puntos de interconexión distintos a los establecidos por la Secretaría. | SCT-04-059 | Conservación de los registros de los reportes de las inspecciones de las vías férreas, de las señales, y de las instalaciones y sistemas de telecomunicaciones por parte de los concesionarios. | Artículo cuarto.- Se digitalizan a su máximo nivel los trámites que se señalan en el presente Acuerdo, con excepción de aquellos a cargo de la Dirección General de Puertos así como los que se eliminan, y podrán ser realizados a través de medios electrónicos en el portal http://www.gob.mx/tramites/comunicaciones-y-transportes. Transitorios Primero.- Las acciones de mejora contenidas en el presente Acuerdo entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se atenderán hasta su conclusión conforme a los plazos y requisitos establecidos en los ordenamientos vigentes. Tercero.- Para los trámites de la Dirección General de Puertos que se señalan en el presente Acuerdo, el plazo máximo de resolución será de 60 días naturales, salvo que por la complejidad de la resolución sea necesario un plazo mayor, que no podrá exceder de 90 días naturales. Cuarto.- Quedan sin efectos, para los trámites SCT-03-006-A, SCT-03-006-B, SCT-03-043-B, SCT-04-003 y SCT-04-016 las acciones de mejora establecidas en el Acuerdo por el que se establecen plazos menores, se exime de la presentación de documentos, y se establece la afirmativa ficta en trámites que se realizan ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado el 22 de octubre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación. Quinto.- En un plazo de diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes notificará a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria las modificaciones a la información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios, conforme lo establece el artículo 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Ciudad de México, a 16 de enero de 2017.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|
|
|
|
|
|
|
| |
|