DOF: 28/04/2017
ACUERDO por el que se delega en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la facultad que se indica

ACUERDO por el que se delega en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la facultad que se indica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

LUIS VIDEGARAY CASO, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14, 16, 26, 28, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 65, fracción X de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, 5, inciso E), 6 y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores; así como el numeral 11, inciso a), subinciso i) de los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 14 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde originalmente al Secretario de Relaciones Exteriores el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, quien para su despacho podrá auxiliarse de servidores públicos subalternos y delegar en éstos aquellas facultades que por disposición de ley o del Reglamento Interior de dicha dependencia no deban ser ejercidas precisamente por éste, debiendo publicar en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos delegatorios respectivos;
Que el artículo 65, fracción X de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, prevé que los ejecutores de gasto, al realizar pagos de servicios personales, deberán sujetarse a las disposiciones generales aplicables para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones oficiales;
Que en términos de los artículos 6 y 11, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, corresponde originalmente al Secretario el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, quien para la mejor distribución y desarrollo del trabajo podrá delegar las facultades que así lo permitan a servidores públicos subalternos, y que corresponderá al Oficial Mayor de la dependencia desempeñar las funciones y comisiones que el Secretario le encomiende o delegue.
Que los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016, prevén disposiciones generales que regulan la asignación de viáticos nacionales e internacionales, pasajes, gastos de alimentación, telefonía celular, congresos, convenciones y otros eventos, aplicables a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
Que el numeral 11, inciso a), subinciso i) de los citados Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, establecen que podrá ser delegada al Oficial Mayor o equivalente de la dependencia, la facultad de los titulares de las dependencias para autorizar las erogaciones por concepto de viáticos y pasajes, tratándose de comisiones en el extranjero de sus inferiores jerárquicos;
Que resulta conveniente para la Secretaría de Relaciones Exteriores, que las erogaciones que se realicen por concepto de viáticos y pasajes para comisiones en el extranjero, sean autorizadas por el Oficial Mayor, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se delega en el Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores la facultad para autorizar la erogación de recursos por concepto de viáticos y pasajes, para comisiones en el extranjero de los inferiores jerárquicos del Secretario de Relaciones Exteriores.
SEGUNDO.- La autorización que se otorga en el ejercicio de la facultad que se delega, deberá constar por escrito y cumplir con las disposiciones que al efecto señalen la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda; los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016, y demás normatividad aplicable.
TERCERO.- El Oficial Mayor deberá rendir un informe trimestral al Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores sobre las autorizaciones otorgadas al amparo del presente Acuerdo, con el fin de mantener la supervisión y control en relación con las operaciones que se realicen.
CUARTO.- La delegación de la facultad a que se refiere el presente Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por parte del Titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los doce días del mes de abril de dos mil diecisiete.- El Secretario de Relaciones Exteriores, Luis Videgaray Caso.- Rúbrica.
 

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