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DOF: 28/04/2017
CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de fortalecimiento de la oferta turística en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la Secretarí

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de fortalecimiento de la oferta turística en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Michoacán de Ocampo.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO EN MATERIA DE FORTALECIMIENTO DE LA OFERTA TURÍSTICA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO REGIONAL TURÍSTICO SUSTENTABLE Y PUEBLOS MÁGICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECTUR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR, EL LIC. ENRIQUE DE LA MADRID CORDERO, CON LA INTERVENCIÓN DEL LIC. RUBÉN GERARDO CORONA GONZÁLEZ, SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO, Y EL LIC. JOSÉ ERNESTO RUÍZ DELGADO, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO REGIONAL Y FOMENTO TURÍSTICO; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL ING. SILVANO AUREOLES CONEJO, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ASISTIDO POR EL LIC. ADRIÁN LÓPEZ SOLÍS, SECRETARIO DE GOBIERNO, EL LIC. CARLOS MALDONADO MENDOZA, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, LA MTRA. SILVIA ESTRADA ESQUIVEL, SECRETARIA DE CONTRALORÍA, LA LIC. LILIANA LÓPEZ BUENROSTRO, SECRETARIA DE TURISMO, EL ING. JOSÉ JUAN DOMÍNGUEZ LÓPEZ, SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Y EL MTRO. VÍCTOR LICHTINGER WAISMAN, COORDINADOR GENERAL DE GABINETE Y PLANEACIÓN; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.     De conformidad con los artículos 74 y 79 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios con cargo a los presupuestos de las dependencias que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; determinando la forma y términos en que deberán invertirse los subsidios que se otorguen, entre otros, a las entidades federativas; las que deberán proporcionar la información que se les solicite sobre la aplicación que hagan de los subsidios.
2.     Conforme los Artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; con fecha 26 de febrero de 2016, el Ejecutivo Federal, por conducto de "LA SECTUR" y "LA ENTIDAD FEDERATIVA" celebraron el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en materia de Fortalecimiento de la Oferta Turística en el marco del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, en adelante el CONVENIO, con objeto de que "... "LA SECTUR" otorgue a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" los recursos públicos federales, que corresponden al subsidio que en materia de desarrollo turístico para el ejercicio fiscal 2016 le fueron autorizados; definir la aplicación que se dará a tales recursos; establecer los mecanismos para verificar la correcta aplicación y ejecución de los subsidios otorgados; y determinar la evaluación y control de su ejercicio y los compromisos que sobre el particular asume "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
3.     En la Cláusula SEGUNDA del CONVENIO se determinó que el monto de los subsidios autorizados a otorgar por el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro del marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" (PRODERMAGICO) y el "Programa Especial Concurrente", sería por un importe $37'900,000.00 (Treinta y siete millones novecientos mil pesos 00/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio
autorizado
1
Infraestructura y
Servicios
Red eléctrica subterránea en Tlalpujahua
$3'550,000.00
2
Infraestructura y
Servicios
5a. etapa conversión de la red eléctrica de Pátzcuaro
$4'350,000.00
3
Creación de sitios
de interés turístico
2a. etapa de la construcción de la zona gastronómica y artesanal del Santuario de la Mariposa Monarca, Ejido del Rosario
$10'000,000.00
4
Creación de sitios
de interés turístico
Construcción del Centro Ecoturístico de la Presa El Bosque en Zitácuaro
$20'000,000.00
Importe total del subsidio otorgado
$37'900,000.00
 
4.     En la Cláusula TERCERA del CONVENIO se comprometió un monto total de recursos públicos destinados para los proyectos objeto del CONVENIO, por la cantidad total de $62'900,000.00 (Sesenta y dos millones novecientos mil pesos 00/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $25'000,000.00 (Veinticinco millones de pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR".
5.     Con fecha 14 de julio de 2016, mediante oficio No. SIDT/DGDRFT/468/2016, emitido por el Lic. Heriberto Hermosillo Goytortúa, Director General Adjunto de Fomento Turístico, en suplencia de la ausencia del Director General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento Interior de esta Secretaría, notifica a la Lic. Liliana López Buenrostro, el recorte presupuestal de los recursos federales originalmente autorizados; lo cual implica una modificación respecto a los montos señalados en la Cláusula Segunda y en el Anexo 1 del Convenio, y generar un Convenio Modificatorio.
Asimismo, con fecha 31 de agosto de 2016, mediante oficio No. OS/469/2016, emitido por la Lic. Liliana López Buenrostro, Secretaria de Turismo de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", solicitó a "LA SECTUR", realizar una modificación respecto al proyecto denominado "5a. etapa Conversión de la red eléctrica de Pátzcuaro", señalado en el Anexo 1 y generar un Convenio Modificatorio al Convenio.
6.     El segundo párrafo de la Cláusula QUINTA del CONVENIO dispone que los recursos objeto del subsidio se destinarán en forma exclusiva a cubrir compromisos de pago relacionados con la ejecución de los proyectos para los que fueron otorgados a "LA ENTIDAD FEDERATIVA"; por lo que cualquier modificación en monto, alcance, o proyecto deberá estar formalizada mediante un convenio modificatorio.
7.     La Cláusula DÉCIMA OCTAVA del CONVENIO establece que éste podrá ser modificado de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas federales aplicables. Para el caso de modificaciones a los montos, objetivos o metas de los proyectos en que serán aplicados los subsidios otorgados, se sujetará a lo establecido en el numeral 4.1.6 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos (PRODERMAGICO) para el ejercicio fiscal 2016".
8.     Con fecha 13 de septiembre de 2016, fue autorizada por el Comité Dictaminador del PRODERMAGICO la modificación de los proyectos, por medio de la cual en el Anexo 1 del Convenio se realicen los siguientes ajustes:
·    Cancelación del proyecto "5a. etapa conversión de la Red Eléctrica de Pátzcuaro", para ser sustituido por el proyecto "Remozamiento del camino y mirador del Estribo Grande", y derivado del ajuste presupuestal a la aportación de recursos federales, se considera una reducción de la aportación de recursos federales por la cantidad de $2'250,000.00, (Dos millones doscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.); para quedar en $2'100,000.00 (Dos millones cien mil pesos 00/100 M.N.); asimismo, la Entidad Federativa, realiza la aportación al proyecto antes mencionado por la cantidad de $2'100,000.00 (Dos millones cien mil pesos 00/100 M.N.), para detonar la cantidad total de $4'200,000.00 (Cuatro millones doscientos mil pesos 00/100 M.N.).
·    Disminución de la aportación de recursos federales en los proyectos: "2a. etapa de la construcción de la zona gastronómica y artesanal del Santuario de la Mariposa Monarca, Ejido del Rosario", por un monto de $703,567.85 (Setecientos tres mil quinientos sesenta y siete pesos 85/100 M.N.), y "Construcción del Centro Ecoturístico de la Presa El Bosque en Zitácuaro", por un monto de $718,237.87 (Setecientos dieciocho mil doscientos treinta y siete pesos 87/100 M.N.), derivado del ajuste presupuestal al monto total de recursos federales originalmente autorizados.
DECLARACIONES
I. De "LA SECTUR":
 
I.1    Que reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO; asimismo, con excepción de la declaración I.4 y I.5; y se adicionan las declaraciones I.7 y I.8 en los términos siguientes:
I.7    Que el licenciado Rubén Gerardo Corona González, en su carácter de Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente CONVENIO, según se desprende de lo previsto en los artículos 3, apartado A, fracción I, 9, fracciones VIII, X y XXIII, y 11, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, IX, X, XI, XII, XVII, XVIII, XIX, XXV y XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
I.8    Que el licenciado José Ernesto Ruíz Delgado, en su carácter de Director General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 3, apartado A, fracción I, inciso c); 9, fracciones VIII, X, XXIII, y 19, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, XII y XIII, del Reglamento Interior antes citado.
II. De "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
II.1   Reproduce y ratifica todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO.
III. Comunes de "LA SECTUR" y de "LA ENTIDAD FEDERATIVA":
III.1  Que reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el CONVENIO, y adicionan las declaraciones III.3, III.4 y III.5, las cuales quedarán en los términos siguientes:
III.3  "LA SECTUR" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación solicitada por "LA ENTIDAD FEDERATIVA" en los términos señalados en los Antecedentes 5 y 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.4  "LA ENTIDAD FEDERATIVA" manifiesta su conformidad en cuanto a la modificación del CONVENIO en los términos señalados en el Antecedente 8 del presente Convenio Modificatorio.
III.5  La modificación a que se refiere este instrumento, es en relación a los proyectos contenidos en el Anexo 1 y con ello, la distribución de los recursos comprometidos por las partes en el CONVENIO, lo que deriva en realizar las adecuaciones correspondientes.
Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en modificar el CONVENIO, las Cláusulas Segunda y Tercera; así como el Anexo 1; por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos y condiciones insertos en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Las partes convienen en modificar la Cláusula Segunda y Tercera del CONVENIO, para que su texto íntegro quede de la siguiente manera:
SEGUNDA.- MONTO DEL SUBSIDIO AUTORIZADO.- El Ejecutivo Federal por conducto de "LA SECTUR" y con cargo al presupuesto de ésta, ha determinado otorgar a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", por concepto de subsidios y en el marco del programa presupuestario "Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos" (PRODERMAGICO) y el "Programa Especial Concurrente", un importe de $34'228,194.28 (Treinta y cuatro millones doscientos veintiocho mil ciento noventa y cuatro pesos 28/100 M.N.), los cuales serán aplicados a los proyectos que a continuación se señalan; hasta por los importes que se mencionan en el cuadro siguiente:
No.
Tipo de Proyecto
Nombre del Proyecto
Subsidio
autorizado
1
Infraestructura y
Servicios
Red eléctrica subterránea en Tlalpujahua
$3'550,000.00
2
Infraestructura y
Servicios
Remozamiento del camino y mirador del Estribo Grande
$2'100,000.00
3
Creación de sitios
de interés turístico
2a. etapa de la construcción de la zona gastronómica y artesanal del Santuario de la Mariposa Monarca, Ejido del Rosario
$9'296,432.15
4
Creación de sitios
de interés turístico
Construcción del Centro Ecoturístico de la Presa El Bosque en Zitácuaro
$19'281,762.13
Importe total del subsidio otorgado
$34'228,194.2
8
TERCERA.- MONTO TOTAL COMPROMETIDO. Los recursos públicos destinados para los proyectos objeto del presente Convenio alcanzan un monto total de $61'328,194.28 (Sesenta y un millones trescientos
veintiocho mil ciento noventa y cuatro pesos 28/100 M.N.), de los cuales "LA ENTIDAD FEDERATIVA" destinará una cantidad de $27 ´100,000.00 (Veintisiete millones cien mil pesos 00/100 M.N.), adicionalmente a la que se otorgará por parte de "LA SECTUR" conforme a lo establecido en la cláusula anterior.
A la firma del presente Convenio "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y "LA SECTUR" deberán comprometer el gasto por las cantidades establecidas en el presente instrumento jurídico y en el Anexo 1, en términos del artículo 4, fracción XIV, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por lo tanto, el presente fungirá como documentación justificativa del compromiso de tales recursos y a la vez acreditará la suficiencia presupuestaria con que cuenta "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para iniciar los procedimientos de contratación necesarios para la ejecución de los proyectos que se refieren en la Cláusula SEGUNDA; en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y sus Reglamentos, según corresponda.
SEGUNDA.- El Anexo que se menciona en las cláusulas modificadas en los términos de la cláusula anterior de este instrumento, se modifica de la misma manera y se agrega al presente Convenio Modificatorio como parte integrante de él.
TERCERA.- Las partes acuerdan que con excepción de lo que expresamente se establece en este Convenio Modificatorio, el cual pasará a formar parte integrante del CONVENIO, las Cláusulas que no fueron modificadas continuarán vigentes en los términos y condiciones estipulados en el CONVENIO, por lo que éstas regirán y se aplicarán con toda su fuerza, subsistiendo plenamente todas las demás obligaciones y derechos contenidos en el mismo, salvo las modificaciones pactadas en este instrumento.
CUARTA.- Cualquier duda que surgiese por la interpretación de este instrumento o sobre los asuntos que no estén expresamente previstos en el mismo, las partes se sujetarán en todo momento a lo establecido en el CONVENIO.
QUINTA.- Este Convenio Modificatorio empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su suscripción y será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en materia de desarrollo turístico celebrado el 26 de febrero de 2016; lo firman por duplicado de conformidad y para constancia, el día 14 de septiembre de 2016.- Por el Ejecutivo Federal, la SECTUR: el Titular de la Secretaría de Turismo, Enrique de la Madrid Cordero.- Rúbrica.- El Subsecretario de Innovación y Desarrollo Turístico, Rubén Gerardo Corona González.- Rúbrica.- El Director General de Desarrollo Regional y Fomento Turístico, José Ernesto Ruíz Delgado.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo: el Gobernador del Estado, Silvano Aureoles Conejo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Adrián López Solís.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Carlos Maldonado Mendoza.- Rúbrica.- La Secretaria de Contraloría, Silvia Estrada Esquivel.- Rúbrica.- La Secretaria de Turismo, Liliana López Buenrostro.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, José Juan Domínguez López.- Rúbrica.- El Coordinador General de Gabinete y Planeación, Víctor Lichtinger Waisman.- Rúbrica.
 

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