DOF: 18/10/2017
DECLARATORIA de Emergencia por la ocurrencia de lluvia severa el día 1 de octubre de 2017 para los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón y San Martín Toxpalan del Estado de Oaxaca; y por inundación fluvial el día 30 de septiembre de 2017 para los mu

DECLARATORIA de Emergencia por la ocurrencia de lluvia severa el día 1 de octubre de 2017 para los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón y San Martín Toxpalan del Estado de Oaxaca; y por inundación fluvial el día 30 de septiembre de 2017 para los municipios de Ciénega de Zimatlán y Santa Gertrudis; los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 2017 para el Municipio de Oaxaca de Juárez y 1 de octubre de 2017 para 6 municipios de dicha entidad federativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 19, fracción XI, 21, 58, 59, 61, 62 y 64 de la Ley General de Protección Civil; 102 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil; 59, fracciones I, XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 3o., fracción I del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales); y 10 del "Acuerdo que establece los Lineamientos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN" (LINEAMIENTOS), y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio número CEPCO/FONDEN/1089/2017, recibido con fecha 6 de octubre de 2017 en la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC), y suscrito por el Secretario General de Gobierno del Estado de Oaxaca, Lic. Héctor Anuar Mafud Mafud, se solicitó a la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a través de la CNPC, la emisión de la Declaratoria de Emergencia para los municipios de San Bartolomé Loxicha, San Lorenzo Cacaotepec, San Pablo Huitzo, Santa Inés Yatzeche, por la presencia de lluvia severa, a los municipios de Abejones, Acatlán de Pérez Figueroa, Ayotzintepec, Candelaria Loxicha, Chahuites, Chalcatongo de Hidalgo, Chiquihuitlán de Benito Juárez, Ciénega de Zimatlán, Coicoyán de las Flores, Concepción Pápalo, Constancia del Rosario, Cosolapa, Eloxochitlán de Flores Magón, Guadalupe Etla, Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza, Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Magdalena Apasco, Magdalena Peñasco, Mixistlán de la Reforma, Pluma Hidalgo, Putla Villa de Guerrero, San Andrés Huaxpaltepec, San Antonino el Alto, San Antonio Huitepec, San Felipe Jalapa de Díaz, San Felipe Usila, San Francisco Cahuacuá, San Francisco del Mar, San Francisco Ixhuatán, San José Chiltepec, San José Independencia, San Juan Bautista Valle Nacional, San Juan Bautista Tuxtepec, San Juan Teitipac, San Juan Tepeuxila, San JuanYatzona, San Lucas Ojitlán, San Martín Toxpalan, San Mateo Piñas, San Miguel el Grande, San Miguel Soyaltepec, San Pablo Huixtepec, San Pedro Amuzgos, San Pedro Ixcatlán, San Pedro Mixtepec âDto. 22-, San Pedro Pochutla, San Pedro Tapanatepec, San Pedro Teutila, San Pedro Yólox, Santa Ana Ateixtlahuaca, Santa Ana Zegache, Santa Catarina Juquila, Santa Cruz Itundujia, Santa Gertrudis, Santa María Atzompa, Santa María Chilchotla, Santa María Colotepec, Santa María Temaxcalapa, Santa María Teopoxco, Santa María Texcatitlán, Santa María Tonameca, Santa María Xadani, Santa María Yucuhiti, Santiago Camotlán, Santiago Comaltepec, Santiago Ixtayutla, Santiago Juxtlahuaca, Santiago Jocotepec, Santiago Lalopa, Santiago Niltepec, Santiago Nuyoó, Santiago Texcalcingo, Santiago Textitlán, Santiago Yosondúa, Santo Domingo Ingenio, Santo Domingo Zanatepec, Tamazulápam del Espíritu Santo, Unión Hidalgo, Villa Talea de Castro, Zimatlán de Álvarez, Santa María Jacatepec, Loma Bonita, San Bartolo Coyotepec, San Juan Bautista Cuicatlán, Santa Ana Cuauhtémoc, San Andrés Teotilálpam, Santos Reyes Pápalo, Tlacolula de Matamoros, San Pedro y San Pablo Ayutla, San Pablo Etla, Totontepec Villa de Morelos, San Juan Bautista Coixtlahuaca, San Pedro Juchatengo, San Baltazar Yatzachi el Bajo, Ánimas Trujano, San Agustín de las Juntas, San Antonio de la Cal, San Raymundo Jalpan, Villa de Zaachila, Huatla de Jiménez, Santa Cruz Acatepec, San Lucas Zoquiápam, Mazatlán Villa de Flores, San Mateo Yoloxochitlán, San Juan Coatzóspam, San José Tenango, San Jerónimo Tecóatl, por la ocurrencia de lluvia severa e inundación fluvial; y a los municipios de Santa Cruz Xoxocotlán, Nazareno Etla, Oaxaca de Juárez, San Baltazar Loxicha y Santa María Ecatepec, por la ocurrencia de inundación fluvial del 30 de septiembre al 1 de octubre de 2017, ello, con el propósito de acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN.
Que mediante oficio número CNPC/1208/2017, de fecha 6 de octubre de 2017, la CNPC solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) el dictamen técnico correspondiente para, en su caso, emitir la
Declaratoria de Emergencia para los municipios del Estado de Oaxaca solicitados en el oficio número CEPCO/FONDEN/1089/2017 referido con anterioridad.
Que con oficio número B00.8.-586 de fecha 10 de octubre de 2017, la CONAGUA emitió el dictamen técnico correspondiente, corroborando el fenómeno de lluvia severa el día 1 de octubre de 2017 para los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón y San Martín Toxpalan del Estado de Oaxaca; y por inundación fluvial el día 30 de septiembre de 2017 para los municipios de Ciénega de Zimatlán y Santa Gertrudis; los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 2017 para el municipio de Oaxaca de Juárez y 1 de octubre de 2017 para los municipios de San Juan Teitipac, Santa Inés Yatzeche, Santa Cruz Xoxocotlán, Zimatlán de Álvarez, San Pablo Huitzo y San Lorenzo Cacaotepec de dicha entidad federativa.
Que el día 10 de octubre de 2017 se emitió el Boletín de Prensa número 343/17, mediante el cual se dio a conocer que la SEGOB por conducto de la CNPC declara en emergencia a los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón y San Martín Toxpalan del Estado de Oaxaca por la presencia de lluvia severa, para los municipios de Ciénega de Zimatlán, Santa Gertrudis, Oaxaca de Juárez, San Juan Teitipac, Santa Inés Yatzeche, Santa Cruz Xoxocotlán, Zimatlán de Álvarez, San Pablo Huitzo y San Lorenzo Cacaotepec de dicha entidad federativa por inundación fluvial, fenómenos ocurridos del 30 de septiembre al 1 de octubre de 2017, con lo que se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN, y a partir de esa Declaratoria las autoridades contarán con recursos para atender las necesidades alimenticias, de abrigo y de salud de la población afectada.
Con base en lo anterior se consideró procedente en este acto emitir la siguiente:
DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR LA OCURRENCIA DE LLUVIA SEVERA EL DÍA 1 DE
OCTUBRE DE 2017 PARA LOS MUNICIPIOS DE ELOXOCHITLÁN DE FLORES MAGÓN Y SAN MARTÍN
TOXPALAN DEL ESTADO DE OAXACA; Y POR INUNDACIÓN FLUVIAL EL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE
2017 PARA LOS MUNICIPIOS DE CIÉNEGA DE ZIMATLÁN Y SANTA GERTRUDIS; LOS DÍAS 30 DE
SEPTIEMBRE Y 1 DE OCTUBRE DE 2017 PARA EL MUNICIPIO DE OAXACA DE JUÁREZ Y 1 DE
OCTUBRE DE 2017 PARA 6 MUNICIPIOS DE DICHA ENTIDAD FEDERATIVA
Artículo 1o.- Se declara en emergencia por lluvia severa el día 1 de octubre de 2017 para los municipios de Eloxochitlán de Flores Magón y San Martín Toxpalan del Estado de Oaxaca; y por inundación fluvial el día 30 de septiembre de 2017 para los municipios de Ciénega de Zimatlán y Santa Gertrudis; los días 30 de septiembre y 1 de octubre de 2017 para el municipio de Oaxaca de Juárez y 1 de octubre de 2017 para los municipios de San Juan Teitipac, Santa Inés Yatzeche, Santa Cruz Xoxocotlán, Zimatlán de Álvarez, San Pablo Huitzo y San Lorenzo Cacaotepec de dicha entidad federativa.
Artículo 2o.- La presente se expide para que el Estado de Oaxaca pueda acceder a los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias FONDEN de la Secretaría de Gobernación.
Artículo 3o.- La determinación de los apoyos a otorgar se hará en los términos de los LINEAMIENTOS y con base en las necesidades prioritarias e inmediatas de la población para salvaguardar su vida y su salud.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación de conformidad con el artículo 61 de la Ley General de Protección Civil y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10, fracción IV de los LINEAMIENTOS.
Ciudad de México, a diez de octubre de dos mil diecisiete.- El Coordinador Nacional, Luis Felipe Puente Espinosa.- Rúbrica.
 

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