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DOF: 21/11/2017
ACUERDO por el que se aprueba la inclusión de un conjunto de indicadores clave en materia de Transporte al Catálogo Nacional de Indicadores

ACUERDO por el que se aprueba la inclusión de un conjunto de indicadores clave en materia de Transporte al Catálogo Nacional de Indicadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Junta de Gobierno.

ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DE UN CONJUNTO DE INDICADORES CLAVE EN MATERIA DE TRANSPORTE AL CATÁLOGO NACIONAL DE INDICADORES.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 24, 25, 33 fracción II, 56 y 77 fracción VII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y
CONSIDERANDO
Que la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (Ley del Sistema), establece que la Junta de Gobierno debe aprobar los indicadores generados por los Subsistemas Nacionales de Información.
Que los Subsistemas Nacionales de Información deberán generar un conjunto de indicadores clave que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica demográfica, salud, educación, empleo, distribución del ingreso y pobreza, seguridad pública e impartición de justicia, gobierno, vivienda, sistema de cuentas nacionales, ciencia y tecnología, información financiera, precios, trabajo, atmósfera, agua, suelo, flora, fauna, residuos peligrosos y residuos sólidos.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía establecerá en coordinación con las Unidades del Estado, un Catálogo Nacional de Indicadores, a partir de la información básica que se obtenga de:
1.     El censo nacional de población y vivienda, o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente;
2.     Los censos nacionales económicos y agropecuarios, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente;
3.     Los censos nacionales de gobierno, o los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente;
4.     El Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales;
5.     Un sistema integrado de encuestas nacionales de los hogares;
6.     Un sistema integrado de encuestas en unidades económicas;
7.     Un sistema integrado de inventarios y encuestas sobre recursos naturales y medio ambiente;
8.     Un sistema integrado de encuestas nacionales relacionadas con los temas de gobierno, seguridad pública y justicia;
9.     Los registros administrativos que permitan obtener Información de Interés Nacional en la materia.
10.   Un registro de Unidades del Estado.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, como organismo público responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene como uno de sus objetivos realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley del Sistema, la Información de Interés Nacional, producida y difundida por las Unidades del Estado que conforman el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, será oficial y de uso obligatorio para la Federación, los estados, la Ciudad de México y los municipios.
Que el Comité Ejecutivo del Subsistema Nacional de Información Económica, durante la Segunda Sesión del 2017 celebrada el 2 de octubre de 2017, con base en el análisis del dictamen elaborado por el Comité Técnico Especializado de Información Económica y Operativa del Sector Transportes, documentó y dictaminó procedente la propuesta del primer conjunto de indicadores clave en materia de Transporte para ser incluidos en el Catálogo Nacional de Indicadores.
 
Por lo anterior la Junta de Gobierno, han tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DE DOS INDICADORES CLAVE EN MATERIA
DE TRANSPORTE AL CATÁLOGO NACIONAL DE INDICADORES
Primero.- Se aprueba para su inclusión en el Catálogo Nacional de Indicadores en el marco del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, los siguientes indicadores:
No.
Indicador
1.
Carga Transportada por Ferrocarril
2.
Pasajeros Transportados por Ferrocarril
 
Segundo.- Corresponderá a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario generar de manera regular y periódica los indicadores en la forma y términos que determine el Comité Técnico Especializado de Información Económica y Operativa del Sector Transportes.
Transitorios
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo, se aprobó por unanimidad en términos del Acuerdo No. 8 ª/VI/2017 aprobado en la Octava Sesión 2017 de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, celebrada el 31 de octubre de dos mil diecisiete.- Presidente, Julio Alfonso Santaella Castell.- Vicepresidentes, Enrique de Alba Guerra, Paloma Merodio Gómez, Rolando Ocampo Alcántar y Mario Palma Rojo.
Aguascalientes, Ags., a 13 de noviembre de 2017.- Hace constar lo anterior el Coordinador General de Asuntos Jurídicos, Jorge Ventura Nevares, en ejercicio de la atribución que le confiere lo dispuesto por la fracción IV, del artículo 46 del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.- Rúbrica.
(R.- 459128)
 

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