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DOF: 12/12/2017
DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales que se señalan

DECLARATORIA de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación, respecto de los inmuebles Federales que se señalan.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- Folio: DSRDPF/742/2017 al DSRDPF/760/2017.

DECLARATORIA DE SUJECIÓN AL RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, RESPECTO DE LOS INMUEBLES FEDERALES, QUE SE SEÑALAN.
ALAN DANIEL CRUZ PORCHINI, Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 2, 17, 26 y 31 fracción XXIX, XXX y XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones VI y VII, 3 fracción III, 4, 6 fracción VI, 10, 13, 28, fracciones I, III y VII, 29, fracción IV, 32, 40, 42, fracción V, 43, 48 y 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales; 2 °, Apartado D, fracción VI, 6, fracción XXXV y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracción X, 6 fracción XXXIII; 11 fracciones I y V del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y ARTÍCULO PRIMERO del Acuerdo delegatorio, emitido por la Presidente del Instituto de  Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de marzo de 2017, y
CONSIDERANDO
1.- Que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada, teniendo la Nación en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;
2.- Que el artículo 2, fracción VII de la Ley General de Bienes Nacionales define como "Inmueble federal", el terreno con o sin construcciones de la Federación, así como aquéllos en que ejerza la posesión, control o administración a título de dueño;
3.- Que por su parte, el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales dispone que están sujetos al régimen de dominio público de la Federación los inmuebles federales que estén destinados de hecho o mediante un ordenamiento jurídico a un servicio público y los inmuebles equiparados a éstos conforme a esta Ley;
4.- Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de su Órgano Desconcentrado denominado Comisión Nacional del Agua, señalados con los números DSRDPF/742/2017, DSRDPF/743/2017, DSRDPF/744/2017 y, DSRDPF/745/2017; ha tenido la posesión, custodia, vigilancia y uso de los inmuebles Federales, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de su Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano, señalados con los números DSRDPF/746/2017, DSRDPF/747/2017 y DSRDPF/748/2017; la Secretaría de Educación Pública, señalados con los números DSRDPF/749/2017 y, DSRDPF/750/2017, asimismo, a través de su órgano desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, señalados con los números DSRDPF/751/2017, DSRDPF/752/2017, DSRDPF/753/2017, DSRDPF/754/2017, DSRDPF/755/2017, DSRDPF/756/2017, DSRDPF/757/2017, DSRDPF/758/2017; la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de su Organismo Descentralizado denominado Comisión Nacional Forestal, el señalado con el número DSRDPF/759/2017, y; la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación el señalado con el número DSRDPF/760/2017, respectivamente, para la
utilización de servicios públicos a su cargo, con la ubicación, superficie, medidas y colindancias correspondientes, descritos en el cuadro siguiente:
No.
DSRDPF
RFI
Denominación ubicación y
superficie
Orientación
Colindancia
Medidas Metros
742/2017
30-8569-0
"Observatorio
Meteorológico Orizaba",
Ubicado en Calle El Roble,
S/N, El Espinal Unidad
Habitacional FOVISSSTE,
C.P. 94330, Municipio de
Orizaba, Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave.
Superficie de 1496.14
Metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Terreno Baldío.
Calle Hermanos Flores.
Escuela Primaria
Ahuillis Zapan.
Calle Hnos. Flores y
Alberto Tejeda.
44.20
19.35
40.30
52.30
743/2017
13-9866-7
"Oficinas Actopan",
Ubicado en Carretera Estatal
Libre 85, Localidad Actopan-
Tula, Km. 0.8, S/N, Colonia
El Cerrito, C.P. 42500,
Municipio de Actopan,
Estado de Hidalgo.
Superficie de 204.60
Metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Carretera Actopan-
Tula.
Calle 2 de Abril.
Cancha.
SAGARPA.
16.59
11.25
14.34
11.60
744/2017
14-8037-1
"Estación
Hidroclimatológica La
Experiencia",
ubicado en Calle Benjamín
Gutiérrez, N ° 3177, C.P.
44240, Colonia Rancho
Nuevo, Municipio de
Guadalajara, Estado de
Jalisco.
Superficie de 1325.36
Metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
José García Rodríguez.
Patricia Rocha.
Calle Benjamín
Gutiérrez.
Río San Juan de Dios.
49.70
43.80
21.00
35.70
 
745/2017
8-5688-0
"Almacén Vehicular 2 de
Octubre".
ubicado en Calle 17 de
Junio, N ° Ext. 2052, N ° Int.
2052, Colonia 2 de Octubre,
C.P. 31052 Municipio de
Chihuahua, Estado de
Chihuahua.
Superficie de 16452.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Arroyo San Jorge.
Colonia 2 de Octubre.
Arroyo San Jorge.
Ramal del Arroyo San
Jorge.
86.30
130.10
197.60
133.00
746/2017
15-9586-0
"Centro Operativo
Regional Cuautitlán ",
ubicado en Calle Mariano
Escobedo, N ° 233, Colonia
El Huerto, C.P. 54801,
Municipio de Cuautitlán,
Estado de México.
Superficie de 465.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
OESTE
PONIENTE
Cirina Paredes B.
Resto del Predio.
Calle General
Escobedo.
Jesús Paredes Barrera.
6.64
19.32
36.13
38.36
747/2017
23-2007-8
"Administración Postal
Urbana Número 1", ubicado
en Av. Xel Ha,
N ° 1,SúperManzana 28
Manzana 4, C.P. 77501,
Municipio de Benito Juárez,
Estado de Quintana Roo.
Superficie de 860.73
Metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Avenida Xel Ha.
Oficinas de
Telecomunicaciones.
Avenida Xel Ha.
Andador 4.
48.92
48.12
17.60
17.00
 
748/2017
2-2381-9
"Centro Postal
Automatizado Río",
ubicado en Calle Domicilio
Conocido, S/N, Colonia San
José del Alto Zona del Río,
C.P. 22430, Municipio
Tijuana, Estado de Baja
California.
Superficie de 882.12
Metros cuadrados.
NORESTE
NOROESTE
SURESTE
SUROESTE
Lote 5 Manzana 2.
Lote 13 Manzana 2.
Lote 6 Manzana 2.
Calle Lindero Sur
Laguna Salada
30.00
29.65
30.02
29.75
749/2017
6-1394-6
"Centro de Bachillerato
Tecnológico Industrial y de
Servicios 157",
ubicado en Av. Benito
Juárez, N ° 1180, Colonia
Manuel Álvarez,
C.P. 28060, Municipio de
Villa de Álvarez, Estado de
Colima.
Superficie de 18453.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Calle General Juan
Álvarez.
Calle General
Francisco L. Urquizo.
Calle General Emiliano
Zapata.
Av. General Esteban
Vaca Calderón.
91.00
91.00
180.00
180.00
750/2017
20-20361-9
"Centro de Bachillerato
Tecnológico Industrial y de
Servicios 107",
ubicado en Boulevard Benito
Juárez, S/N, Barrio del
Castillo,
C.P. 68350, Municipio de
San Juan Bautista Tuxtepec,
Estado de Oaxaca.
Superficie de 6000.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Terreno de José
Leonardo Albuerne
Méndez.
Predio la Reforma.
Carretera Federal
Oaxaca Tuxtepec.
Predio la Reforma.
200.00
200.00
300.00
300.00
751/2017
9-8248-2
"Escuela Primaria
Gregorio Torres Quintero
51 2242332 45 X 022",
ubicado en Calle Francisco
Javier Mina, S/N, Barrio San
Mateo, C.P. 13040,
Delegación Tláhuac, Ciudad
de México.
Superficie de 3478.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Calle Francisco Javier
Mina.
Calle Nicolás Bravo.
Avenida Rafael Castillo.
Calle 20 de Noviembre.
74.00
74.00
47.00
47.00
 
752/2017
9-8190-3
"Escuela Telesecundaria
Federal No. 32", ubicado en
Calle Antillas, N ° 65, Colonia
Portales, C.P. 03300,
Delegación Benito Juárez,
Ciudad de México.
Superficie de 3253.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Propiedad Particular.
Avenida Municipio
Libre.
Propiedad Federal.
Propiedad Particular.
60.00
75.60
92.60
50.00
753/2017
9-14860-0
"CENTRO DE ATENCIÓN
MÚLTIPLE N °19",
Ubicado en Calle Camino
Ancho, N ° 34, Colonia Los
Cerrillos, C.P. 16780,
Delegación de Xochimilco,
Ciudad de México.
Superficie de 4383.15
metros cuadrados
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Casa Habitación.
Propiedad Privada.
Calle Camino Ancho.
Camino a la Herradura.
62.40
36.00
114.46
76.45
754/2017
9-8169-0
"Escuela Primaria Estado
de Lesotho",
ubicado en Calle General
Juan Enríquez, N ° A 253,
Colonia Juan Escutia, C.P.
09100, Delegación
Iztapalapa, Ciudad de
México.
Superficie de 4248.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Calle General Juan de
la Luz Enríquez.
Calle Coronel Lino
Merino.
Calle Vicente Mariscal.
Calle Joaquín Miguel
Gutiérrez.
121.60
122.00
43.00
41.70
 
755/2017
9-8154-7
"Escuela Primaria Pedro
María Anaya -34-1782",
ubicado en Calle Ingeniero
Pascual Ortiz Rubio, N ° 25,
Colonia San Simón,
C.P. 03660, Delegación
Benito Juárez, Ciudad de
México.
Superficie de 2155.62
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Propiedad Particular.
Calle Ingeniero Pascual
Ortiz Rubio.
Privada de la Luz.
Calle Centenario.
29.30
21.00
100.40
101.20
756/2017
9-8167-2
"Escuela Primaria José
María Mercado",
ubicado en Calle General
Juan Enríquez, N ° 253,
Colonia Juan Escutia, C.P.
09100, Delegación
Iztapalapa, Ciudad de
México.
Superficie de 2637.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Calle Juan de la Luz
Enriquez.
Calle Coronel Lino
Merino.
Calle General Vicente
Mariscal.
Calle General Joaquín
Miguel Gutiérrez.
121.60
122.00
43.00
41.70
757/2017
9-7563-9
"Escuela Primaria Héroes
de Chapultepec",
ubicado en Calle Otomíes,
S/N, Colonia Tlalcoligia,
C.P. 14430, Delegación
Tlalpan, Ciudad de México.
Superficie de 2530.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Calle Tepehuanos.
Predio Particular.
Predio Particular.
Calle Otomíes.
34.85
23.60
68.40
77.00
 
758/2017
9-8033-4
"Escuela Primaria Luís G.
Monzón",
ubicado en Av. del Rosal,
N ° 6, Colonia Los Ángeles
Apanoaya, C.P. 09830,
Delegación Iztapalapa,
Ciudad de México.
Superficie de 1604.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
ESTE
OESTE
Avenida del Rosal.
Privada Hortensia.
Calle Hortensia.
Calle Orquídea.
36.85
36.85
44.60
44.60
759/2017
5-4738-7
"Vivero Forestal
Balcones",
ubicado en Carretera Libre
Acuña-Piedras Negras,
Km. 5, S/N, Pueblo
Congregación Ejido
Balcones, C.P. 26300,
Municipio de Acuña, Estado
de Coahuila de Zaragoza.
Superficie de 16000.00
Metros cuadrados.
SUR
NORESTE
NOROESTE
SUROESTE
Terrenos Congregación
Balcones.
Río Bravo.
Terrenos Sagar.
Terrenos Congregación
Balcones.
44.50
285.70
55.50
113.60
760/2017
20-19193-9
"Bodega Estación La
Esperanza",
ubicado en Calle Domicilio
Conocido, S/N, Colonia La
Esperanza, C.P. 68320,
Municipio de San Juan
Bautista Tuxtepec,
Estado de Oaxaca.
Superficie de 9000.00
metros cuadrados.
NORTE
SUR
OESTE
Vía del Ferrocarril.
Vía del Ferrocarril.
Pequeña Propiedad y
Vía del Ferrocarril.
137.00
3.00
114.00
 
5.- Que en razón de lo anterior, dichos inmuebles se tienen identificados como inmuebles Federales y se encuentran controlados en el Sistema de Inventario del Patrimonio Inmobiliario Federal y Paraestatal, con el Registro Federal Inmobiliario señalados en el cuadro anterior.
6.- Que acorde a las consideraciones anteriores, los inmuebles objeto de la presente Declaratoria son inmuebles Federales que se ajustan al supuesto previsto en el artículo 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales; por lo que con fecha 09 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la notificación mediante la cual se da a conocer el inicio del procedimiento administrativo tendiente a emitir la presente Declaratoria de Sujeción al Régimen de Dominio Público de la Federación en términos del artículo 29, fracción IV, de la Ley General de Bienes Nacionales; y
7.- Que con fecha 16 de noviembre de 2017 venció el término legal dispuesto para oponerse al procedimiento citado en el considerando anterior, por lo que al no haberse recibido manifestación de oposición alguna; a nombre y en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dependencia del Ejecutivo Federal encargada de determinar y conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal; así como de declarar, cuando ello sea preciso, que un bien determinado está sujeto al régimen de dominio público de la Federación, por estar comprendido en algunas de las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales; he tenido a bien emitir la siguiente:
DECLARATORIA
PRIMERA.- Que los inmuebles descritos en el considerando 4 del presente documento, se encuentran sujetos al régimen de dominio público de la Federación.
SEGUNDA.- Que en razón de lo anterior dichos inmuebles son inalienables, imprescriptibles e inembargables, razón por la cual no se encuentran sujetos a prescripción positiva o negativa, ni son objeto de acciones reivindicatorias o interdictos posesorios por parte de terceros, por su naturaleza no pueden considerarse bienes vacantes para los efectos de los artículos 785 a 789 del Código Civil Federal.
TERCERA.- De esta forma, mientras dichos inmuebles Federales continúen en uso y control por parte de Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de su Órgano Desconcentrado denominado Comisión Nacional del Agua, señalados con los números DSRDPF/742/2017, DSRDPF/743/2017, DSRDPF/744/2017 y DSRDPF/745/2017, por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de su Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano, señalado con los números DSRDPF/746/2017, DSRDPF/747/2017 y DSRDPF/748/2017, por la Secretaría de Educación Pública, señalados con los números DSRDPF/749/2017 y DSRDPF/750/2017, y a través de su órgano desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, señalados con los números DSRDPF/751/2017, DSRDPF/752/2017, DSRDPF/753/2017, DSRDPF/754/2017, DSRDPF/755/2017, DSRDPF/756/2017, DSRDPF/757/2017 y DSRDPF/758/2017, por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de su Organismo Descentralizado denominado Comisión Nacional Forestal, señalado con el número DSRDPF/759/2017, asimismo, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, señalado con el número DSRDPF/760/2017, respectivamente, dicha
dependencia y el referido organismo público descentralizado tendrán el carácter de instituciones destinatarias respecto de estos inmuebles, para los efectos de los artículos 2, fracción VI y 6, fracción VI de la Ley General de Bienes Nacionales, encontrándose obligadas, por conducto de su responsable inmobiliario, al cumplimiento de los artículos 28, fracción I, 29, fracción XIV y 32 de la ley en cita.
CUARTA.- Aún cuando Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través de su Órgano Desconcentrado denominado Comisión Nacional del Agua, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a través de su Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano, la Secretaría de Educación Pública, y su órgano desconcentrado denominado Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, actualmente Ciudad de México, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de su Organismo Descentralizado denominado Comisión Nacional Forestal y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, dejen de ocupar uno o varios de los inmuebles objeto de la presente Declaratoria, y los mismos sean puestos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales y dicho Instituto los recibiera para su administración directa, así como en caso de que estos dejen de destinarse a las finalidades del artículo 59 de la Ley General de Bienes Nacionales, los inmuebles relativos continuarán sujetos al régimen de dominio público de la Federación.
QUINTA.- Publíquese esta Declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, para que surta efectos en términos de lo dispuesto por el artículo 101 fracción III de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTA.- Inscríbase la presente Declaratoria como acto de certeza jurídica que acredita la naturaleza inmobiliaria federal respecto de los inmuebles objeto de la misma, tanto en el Registro Público de la Propiedad Federal como en el Registro Público de la Propiedad correspondiente al lugar de la ubicación de los inmuebles de que se trata, de conformidad con lo previsto por los artículos 42 fracción V, y 48 de la Ley General de Bienes Nacionales, para efectos de publicidad y de oponibilidad ante terceros.
TRANSITORIO
ÚNICO.- La presente Declaratoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Ciudad de México, a los 29 días de noviembre de dos mil diecisiete.- El Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.
 

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