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DOF: 16/04/2018 |
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la C CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Procuraduría General de la República, así como de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Comercializadora Rugase, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas.- Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.- Expediente No. SAN/054/2016. CIRCULAR No. 07/2018 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA COMERCIALIZADORA RUGASE, S.A. DE C.V. Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracción XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 83, fracción III, numeral 3, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 2, 8 y 9, párrafo primero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, fracción IV, 59, primer párrafo y 60, fracción II, así como párrafos segundo y tercero de este último artículo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 111 de su Reglamento, y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo TERCERO de la Resolución del tres de abril del dos mil dieciocho, que se dictó en el expediente número SAN/054/2016, mediante la cual, se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la empresa Comercializadora Rugase, S.A. de C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en CompraNet, deberán abstenerse, de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de doce meses. En el entendido de que los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la empresa Comercializadora Rugase, S.A. de C.V., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta Circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la citada empresa no haya pagado la multa impuesta a través de la resolución del tres de abril de dos mil dieciocho, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, en términos de lo establecido en el artículo 60, párrafo tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La presente circular se emite en la Ciudad de México, a cuatro de abril de dos mil dieciocho.- El Director General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, Mario Alvarado Domínguez.- Rúbrica.
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