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DOF: 11/06/2018
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de la Carta Nacional Pesquera

ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de la Carta Nacional Pesquera. (Continúa en la Tercera Sección).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 4 fracción XXI, 8, fracciones II, XVIII y XXIX, 29, fracción V, 32, 33 y 34 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1, 3 y 5, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables confiere a esta Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Secretaría), por conducto del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) la facultad para la elaboración y actualización de la Carta Nacional Pesquera, con la participación que les corresponda a las demás unidades administrativas de la Secretaría y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la Carta Nacional Pesquera es la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal, cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la Carta Nacional Pesquera deberá hacerse del conocimiento del Comité Asesor Técnico Científico del INAPESCA debiéndose publicar ésta en el Diario Oficial de la Federación en forma anual, así como las respectivas actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la Carta Nacional Pesquera pierda su validez;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones, por acuerdo del Titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se aprobarán expedirán y publicarán en el Diario Oficial de la Federación;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales participó en la revisión de la Carta Nacional Pesquera elaborada por
el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura realizando las observaciones conducentes mediante oficio número SFNA/DGSPRNR/22/2017 de fecha 19 de enero de 2017, mismas que fueron solventadas en su totalidad, contando con su conformidad de dicha Secretaría de Estado, tal y como consta en el diverso SFNA/DGSPRNR/59/2018 de fecha 21 de marzo de 2018.
Que la actualización inmediata anterior de la Carta Nacional Pesquera, suscrita por el Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación se hizo del conocimiento del público en general mediante Acuerdo Secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de agosto de 2012, en atención a lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DE LA CARTA NACIONAL
PESQUERA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba la actualización de la Carta Nacional Pesquera, la cual es la presentación cartográfica y escrita, que contiene el inventario de los recursos pesqueros que se encuentran en áreas de jurisdicción Federal, susceptibles de aprovechamiento; determinación del esfuerzo pesquero susceptibles de aplicarse por especie o grupo de especies en un área determinada; los lineamientos, normas, estrategias y demás previsiones para la conservación, protección, restauración y aprovechamiento de los recursos pesqueros; así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros, en aguas de jurisdicción federal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Carta Nacional Pesquera cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionada con dichos actos administrativos, en su conjunto es el anexo del
presente Acuerdo. Las fichas técnicas que no son objeto de modificación del presente instrumento continúan conservando su vigencia.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 4 de mayo de 2018.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO
CARTA NACIONAL PESQUERA 2017
ÍNDICE
I.     PRESENTACIÓN
II.     PESQUERÍAS MARINAS Y COSTERAS
a.   LITORAL DEL PACÍFICO
b.   GOLFO DE MÉXICO Y MAR CARIBE
III.    LA PESCA EN LAS AREAS NATURALES PROTEGIDAS
IV.   ESPECIES MARINAS PRIORITARIAS SUJETAS A PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
I. PRESENTACIÓN
El artículo 32 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS) define a la Carta Nacional Pesquera (CNP) como un documento público expedido por el Gobierno Federal, considerando las contribuciones de la sociedad civil y autoridad, en el que se incluye la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria para el diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal, cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos.
La CNP es uno de los instrumentos para el programa de ordenamiento pesquero definido en el artículo 4o. fracción XXV de la LGPAS, que transparenta la toma de decisiones de la autoridad para garantizar que prevalezca, ante todo, el interés público de la nación para el aprovechamiento, protección y conservación de los recursos naturales, de conformidad con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Su elaboración, aprobación, publicación y actualización, corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), por conducto del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), con la participación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) prevista en el artículo 34 de la LGPAS, la cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y podrán publicarse actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la Carta pierda su validez.
Conforme a lo previsto en el artículo 33 de la LGPAS, la CNP deberá contener:
"I.    El inventario de los recursos pesqueros que se encuentran en aguas de jurisdicción federal, susceptibles de aprovechamiento;
II.     El esfuerzo pesquero susceptible de aplicarse por especie o grupo de especies en un área determinada;
III.    Los lineamientos, estrategias y demás previsiones para la conservación, protección, restauración y aprovechamiento de los recursos pesqueros, para la realización de actividades productivas y demás obras o actividades que puedan afectar los ecosistemas respectivos y las artes y métodos de pesca;
IV.   Las normas aplicables en materia de preservación, protección, aprovechamiento de los recursos pesqueros, incluyendo las relativas a la sanidad, calidad e inocuidad de los productos pesqueros, y
V.    La demás información que se determine en el Reglamento de la presente Ley"
Derivado de un riguroso análisis técnico del contenido de las fichas de la CNP publicada en el DOF del 24 de agosto de 2012 se consideró que era necesario rediseñar su contenido y fortalecer técnicamente las recomendaciones de administración pesquera. La presente versión contiene nuevas secciones, incluyendo una de relevante importancia como la de "Efectos ambientales y cambio climático". El apartado "Medidas de manejo" de las versiones previas de la CNP ha sido sustituido por la sección "Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero", en el que se incluye: Norma Oficial Mexicana (NOM), Plan de Manejo Pesquero (PMP), tipo de acceso, talla mínima de captura, artes y métodos de pesca, vedas, cuotas, unidad de pesca, esfuerzo pesquero, zona de pesca. Se incluye además secciones sobre estrategias y tácticas de manejo, y estatus. La sección "Lineamientos y estrategias de manejo" incluida en las publicaciones previas hasta el 24 de agosto de 2012 ha sido sustituida por la sección "Recomendaciones de manejo".
Bajo este contexto, las fichas de la CNP están estructuradas en un encabezado general y siete secciones:
El encabezado incluye el nombre de la pesquería, una imagen representativa de las especies aprovechadas, una imagen del sistema de pesca y un mapa que contiene la representación espacial de la distribución del recurso, las principales zonas de pesca y el porcentaje de captura por especie por Estados.
1.    Generalidades, donde se incluye:
a.   Nombre común y nombre científico de las especies objetivos.
b.   Descripción de la zona de pesca.
c.   Descripción de la unidad de pesca
2.     Indicadores de la pesquería, la cual contiene una descripción de la importancia de la pesquería, incluyendo un gráfico de la tendencia de la captura por especie por Estados registrada en los avisos de arribo de Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura (CONAPESCA). También contiene la información disponible sobre plantas, empleos directos y destino de la producción.
3.     Efectos ambientales y cambio climático. Esta es una sección nueva que incluye la información disponible sobre el efecto de los factores ambientales y el cambio climático en la distribución, abundancia y procesos biológicos y fisiológicos relevantes para el manejo y la administración de los recursos pesqueros, como el periodo de reproducción a partir de las cuales se recomiendan los periodos de veda, las temporadas de captura y en algunos casos, las expectativas de captura, como en el camarón del Pacífico mexicano.
4.     Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero. Esta nueva sección sustituye al apartado "Medidas de manejo" de las versiones previas de la CNP. Consta de 10 subsecciones que dan cabal cumplimiento a lo previsto en el artículo 32 de la LGPAS referente al resumen de la información necesaria para el diagnóstico y la evaluación integral de la actividad pesquera. Con el objeto de orientar a la autoridad pesquera en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de las actividades pesqueras, se incluyen:
a.   Norma Oficial Mexicana
b.   Plan de Manejo Pesquero
c.   Tipo de acceso
d.   Talla mínima
e.   Arte de pesca y método de captura
f.    Veda
g.   Cuota
h.   Unidad de pesca
i.    Esfuerzo
j.    Zona de pesca
5.     Estrategias y tácticas de manejo. Esta nueva sección que contiene los lineamientos básicos sobre los controles y puntos de referencia aplicables a cada recurso para su manejo y aprovechamiento sustentable.
6.     Estatus. El estatus se deriva de la posición de relativa de una variable o atributo poblacional respecto a un punto referencia objetivo. Por ejemplo, la razón [(biomasa actual) / (biomasa que maximiza la producción excedente)], o la razón [(tasa de aprovechamiento actual) / (tasa de aprovechamiento para lograr el máximo rendimiento)], los cuales en términos ponderados Indican el estatus de las poblaciones que soportan el aprovechamiento comercial. Para fines prácticos en la resolución de permisos de pesca comercial, en esta versión de la CNP el estatus se clasifica en tres categorías:
a.   Aprovechado al máximo sustentable, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] = 1, por lo que no se recomienda otorgar más permisos de pesca ni incrementar el esfuerzo, lo que implica no incrementar número de embarcaciones ni el número de artes de pesca en los permisos ya existentes. Las solicitudes de permisos nuevos de pesca comercial pueden ser
resueltos en términos negativos por la autoridad pesquera sin mediar opinión o dictamen técnico del INAPESCA.
b.   Con potencial de desarrollo, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] > 1, por lo que es factible, previo dictamen técnico del INAPESCA, otorgar más permisos de pesca o incrementar el número de embarcaciones o artes de pesca en los permisos ya existentes.
c.   En deterioro, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] < 1, por lo que es necesario instrumentar estrategias y tácticas de manejo para recuperar las poblaciones, las cuales incluyen en principio no incrementar el esfuerzo de pesca ni otorgar más permisos de pesca. Las estrategias y tácticas de manejo para la recuperación de un recurso deteriorado pueden incluir, previo dictamen técnico del INAPESCA, la reducción del número de embarcaciones en los permisos existentes, la reducción de las cuotas captura, el establecimiento o ampliación de vedas, incremento en la talla mínima de captura, la innovación en artes de pesca para favorecer el escape de los organismos juveniles que aún no se han reproducido y el establecimiento de zonas de refugio pesquero para proteger hábitats críticos para las poblaciones y comunidades marinas que favorezca la recuperación del stock deteriorado.
       En la próxima versión de la CNP, la sección de Estatus será complementada con un diagrama de Kobe usando como puntos de referencia la biomasa y tasa de aprovechamiento que maximizan la producción excedente.
7.     Recomendaciones de manejo, que sustituye a la sección "Lineamientos y estrategias de manejo" incluida en las publicaciones previas de la CNP. Las recomendaciones de manejo se derivan principalmente del estatus, en términos de incrementar o no el esfuerzo, instrumentar estrategias y tácticas de manejo para recuperar poblaciones deterioradas, así como elaborar las normas oficiales mexicanas y planes de manejo aplicables en la sección Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero.
Con el contenido y las funciones que le otorga la LGPAS, la Carta Nacional Pesquera no sustituye a ninguna regulación pesquera existente ni invalida ninguna otra regulación que haya sido aprobada, promulgada o establecida entre la publicación de ésta y la siguiente actualización. La Carta Nacional Pesquera es un instrumento marco en donde se concentra la información sobre los aspectos relativos a la explotación pesquera.
II. PESQUERÍAS MARINAS Y COSTERAS
En este volumen se publican únicamente 35 fichas de las principales especies marinas de importancia comercial, en las cuales se considera cambian sustancialmente las condiciones de la pesquería, el estatus de las poblaciones o la normatividad que regula su aprovechamiento respecto a las fichas publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 24 de agosto de 2012. Por tales razones, las fichas que no se encuentran en este volumen pero que fueron publicadas en la versión anterior de este instrumento no pierden su vigencia y siguen cumpliendo con las funciones establecidas por la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y el Reglamento en vigor.
Las 35 fichas elaboradas por el INAPESCA, 23 corresponden al Pacífico y 12 al Golfo de México y Mar Caribe.
a)    Litoral del Pacífico
1
Abulón
13
Erizo de mar
2
Almeja catarina
14
Jaiba del Pacífico
3
Almeja chocolata
15
Langosta del Pacífico
4
Almeja generosa
16
Medusa bola de cañón
5
Almeja Roñosa
17
Merluza del Pacífico Norte
6
Calamar gigante
18
Ostión del Pacifico
7
Calamar loligo
19
Pelágicos menores
8
Callo de hacha
20
Pepino de mar del Pacífico
9
Camarón del Pacífico
21
Pulpo del Pacífico
10
Caracol, chino, rosa y negro
22
Túnidos del Pacífico
11
Caracol panocha
23
Verdillo
12
Curvina golfina
 
 
 
b)    Golfo de México y Mar Caribe
1
Lisa y lebrancha del Golfo de México y Mar Caribe
2
Caracoles del Golfo de México y Mar Caribe
3
Bagre del Golfo de México
4
Jaiba del Golfo de México
5
Jurel y cojinuda del Golfo de México
6
Pulpo del Golfo de México y Mar Caribe
7
Rayas del Golfo de México y Mar Caribe
8
Robalo y Chucumite
9
Sierra y peto del Golfo de México
10
Tiburones del Golfo de México y Mar Caribe
11
Mero y negrillo
12
Huachinango y pargo del Golfo de México y Mar Caribe
 
Adicionalmente, se incorporan un total de 65 fichas técnicas, las cuales corresponden 45 a la Pesca en Áreas Naturales Protegidas y 20 de Especies Marinas Prioritarias Sujetas a Protección y Conservación, ello de conformidad con el oficio SFNA/DGSPRNR/22/2017 de fecha 19 de enero de 2017 emitido por la Secretaría del Medio Ambiente y Recurso Naturales (SEMARNAT):
c)    ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS:
1
Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Reserva de la Biosfera. (RB)
2
Isla Guadalupe. Reserva de la Biosfera (RB)
3
Archipiélago de San Lorenzo. Parque Nacional (PN)
4
Isla San Pedro Mártir. Reserva de la Biosfera (RB)
5
Bahía de los Angeles, canales de Ballenas y de Salsipuedes. Reserva de la Biosfera (RB)
6
Islas Marietas. Parque Nacional (PN)
7
Islas Marías. Reserva de la Biosfera (RB)
8
Marismas Nacionales Nayarit. Reserva de la Biosfera (RB)
9
Bahía de Chamela. Santuario (S)
10
La Encrucijada. Reserva de la Biosfera (RB)
11
Laguna Madre y Delta del Río Bravo. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
12
Los Petenes. Reserva de la Biosfera. (RB)
13
Isla Contoy. Parque Nacional. (PN)
14
Arrecifes de Cozumel. Parque Nacional. (PN)
15
La porción norte y la franja costera oriental, terrestres y marinas de la Isla de Cozumel. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
16
Caribe Mexicano. Reserva de la Biosfera (RB)
17
Arrecifes de Sian Ka'an. Reserva de la Biosfera (RB)
18
Sian Ka'an. Reserva de Biosfera (RB)
19
Zonas de reserva y sitios de refugio para la protección, conservación, repoblación, desarrollo y control de las diversas especies de tortuga marina. Santuario (S).
20
Sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
21
Tiburón Ballena. Reserva de la Biosfera. (RB)
22
Islas del Golfo de California. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
 
23
Archipiélago de Revillagigedo. Reserva de la Biosfera (RB)
24
Archipiélago de Espíritu Santo. Parque Nacional (PN)
25
El Vizcaíno. Reserva de la Biosfera (RB)
26
Bahía de Loreto. Parque Nacional (PN)
27
Cabo Pulmo. Parque Nacional (PN)
28
Cabo San Lucas. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
29
Isla Isabel. Parque Nacional (PN)
30
Lagunas de Chacahua. Parque Nacional (PN)
31
Huatulco. Parque Nacional (PN)
32
Sistema Arrecifal Veracruzano. Parque Nacional (PN)
33
Los Tuxtlas. Reserva de la Biosfera (RB)
34
Pantanos de Centla. Reserva de la Biosfera (RB)
35
Laguna de Términos. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
36
Ría Celestún. Reserva de la Biosfera. (RB)
37
Arrecifes Alacranes. Parque Nacional. (PN)
38
Ría Lagartos. Reserva de la Biosfera. (RB)
39
Yum Balam. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
40
Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc. Parque Nacional. (PN)
41
Manglares de Nipchupté. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
42
Arrecife de Puerto Morelos. Parque Nacional. (PN)
43
Banco Chinchorro. Reserva de la Biosfera. (RB)
44
Arrecifes de Xcalak. Parque Nacional. (PN)
45
Ventilas Hidrotermales de la Cuenca de Guaymas y de la Dorsal del Pacífico Oriental. Santuario. (S)
 
d)    ESPECIES MARINAS PRIORITARIAS SUJETAS A PROTECCION Y CONSERVACION
Nombre Común
Nombre Científico
1.     Ballena Gris.....................
(Eschrichtius robustus)
2.     Ballena Jorobada..............
(Megaptera novaeangliae)
3.     Ballena Azul.....................
(Balaenoptera musculus musculus)
4.     Rorcual Común................
(Balaenoptera physalus)
5.     Delfín Nariz de Botella......
(Tursiops truncatus)
6.     Vaquita Marina.................
(Phocoena sinus)
7.     Manatí............................
(Trichechus manatus manatus)
8.     Tortuga Carey..................
(Eretmochelys imbricata)
9.     Tortuga Caguama.............
(Caretta caretta)
10.   Tortuga Lora....................
(Lepidochelys kempii)
11.   Tortuga Golfina.................
(Lepidochelys olivacea)
12.   Tortuga Prieta..................
(Chelonia agassizii)
13.   Tortuga Blanca.................
(Chelonia mydas)
14.   Tortuga Laúd....................
(Dermochelys coriacea)
15.   Tiburón Ballena.................
(Rhincodon typus)
16.   Tiburón Peregrino..............
(Cetorhinus maximus)
17.   Tiburón Blanco.................
(Carcharodon carcharias)
18.   Totoaba..........................
(Totoaba macdonaldi)
19.   Pepino de Mar..................
(Isostichopus fuscus)
20.   Almeja Pismo...................
(Tivela stultorum)
1. Abulón
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de la Península de Baja California. La administración pesquera es específica para cada una de las cuatro zonas de pesca establecidas en la NOM-005-PESC-1993 (DOF: 21/12/1993).
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda, participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con arrancador graduado certificado por SAGARPA, con la marca que indica la talla mínima de captura.
1. Generalidades
Especies objetivo
Nombre común
Nombre científico
Abulón azul
Haliotis fulgens
Abulón amarillo
Haliotis corrugata
Abulón negro
Haliotis cracherodii
Abulón chino
Haliotis sorenseni
Abulón rojo
Haliotis rufescens
 
2. Indicadores de la pesquería
La biomasa estimada y la captura presentaron una tendencia decreciente de 1990 a 1996. En 1996 se implementó una estrategia de manejo para detener la tendencia negativa e incrementar la biomasa. En el periodo 2000-2009 la biomasa estimada mostró tendencia positiva (de 3,288 t a 4,963 t) lo que sugiere un periodo de estabilidad en las capturas de 2010 a 2015. La captura promedio de callo fresco en el periodo 2000-2015 es de 294 t en B.C.S. y 172 t en B.C.
 
Desde el 2000, la investigación pesquera se realiza bajo un esquema de corresponsabilidad formalmente establecida (co-manejo) entre el INAPESCA y los usuarios del recurso.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso callo fresco).
3. Efectos ambientales y cambio climático
El deterioro de las poblaciones de abulón (Haliotis spp.) está asociado a las anomalías positivas de temperaturas del mar por el efecto El Niño. Las capturas también disminuyen por el efecto El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) con mal tiempo (bajas presiones) y estados tormentosos desde Alaska (E.U.A.) hasta Baja California Sur. Los eventos oceanográficos cálidos del norte (La Mancha) ocurridos por primera vez del 2013 al 2015 afectaron negativamente a las poblaciones de abulón de la Península de Baja California al inhibir el transporte de nutrientes y disminuir la producción primaria.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-005-PESC-1993
DOF: 21/12/1993
Plan de manejo
pesquero
´
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para abulón.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
Zona I â 165 mm: abulón rojo; 150 mm: abulón azul; 140 mm: abulón amarillo y chino; 120 mm abulón negro.
Zona II â 145 mm: abulón azul; 135 mm: abulón amarillo y chino; 120 mm: abulón negro.
Zona III â 140 mm: abulón azul; 130 mm: abulón amarillo.
Zona IV â 120 mm: abulón azul; 110 mm: abulón amarillo.
NOM-005-PESC-1993
Arte de pesca y
método de captura
p
Buceo semiautónomo tipo "Hooka"; colecta manual con arrancador graduado y certificado por SAGARPA.
NOM-005-PESC-1993
Veda
p
Zona I del 1 º de julio al 30 de noviembre de cada año. Zonas II y III del 1 º de agosto al 31 de diciembre de cada año. Zona IV del 1 º de septiembre al 31 de enero de cada año.
DOF: 16/03/1994
Cuota
p
Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca.
Dictamen técnico del INAPESCA.
Unidad de pesca
p
Embarcaciones menores.
NOM-005-PESC-1993
Esfuerzo
p
248 embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de la Península de Baja California, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la reserva de la Biosfera Isla Guadalupe.
NOM-005-PESC-1993
DOF: 07/12/16
DOF: 17/06/2011
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca, estimada con base en objetivos de manejo derivados de puntos de referencia límite y objetivo.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura por especie y por zona de pesca; veda reproductiva temporal fija por zona; regulación en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
En deterioro, biomasa actual por debajo de la biomasa que maximiza la producción excedente.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b.   No incrementar el esfuerzo en las zonas donde se realiza el aprovechamiento comercial.
c.   Considerar como áreas susceptibles de aprovechamiento aquellas donde la densidad de abulón sea mayor que 0.2 individuos/m2, con base en dictamen técnico del INAPESCA.
d.   En la franja costera de Baja California, el otorgamiento de cuotas de captura debe ser por bancos, de manera que permita dar certidumbre a la recuperación de las poblaciones de abulón.
e.   Fomentar el cultivo comercial y mejoramiento genético de las líneas cultivadas.
f.    Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (CONAPESCA-01-042-M) y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
 
2. Almeja Catarina

Zona de captura
Sistemas Lagunares de la Península de Baja California. En fondos arenosos y fangosos de la zona intermareal.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda con potencia de hasta un máximo de 115 caballos de fuerza y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" para el suministro de aire al buzo. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Extracción manual con bolsa de malla llamada "jaba" para la colecta.
1. Generalidades
Especie objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Almeja catarina
Argopecten ventricosus
sinonimia Pecten circularis (Sowerby,1835)
 
2. Indicadores de la pesquería
La pesquería inició en 1978 con una tendencia de captura creciente hasta 2002. A partir de ese año la tendencia de captura es negativa. La captura máxima fue registrada en 1990, con alrededor de 28,000 t de peso entero, equivalentes a un aproximado de 3,000 t de callo fresco.
Se comercializa en presentación de "callo"; se tiene registro de 1,920 matadores o desconchadores (cuatro o cinco personas por equipo que desconchan la almeja en los centros de recepción). La pesquería
brinda empleo a aproximadamente 3,000 familias.

Fuente: Subdelegación de Pesca en B.C.S. (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento de la temperatura superficial del mar (TSM) y el debilitamiento de la Corriente de California registrados en 2015 y 2016 afectaron el reclutamiento, sobrevivencia y crecimiento de la almeja catarina en Bahía Magdalena, Baja California Sur. En años La Niña (disminución de TSM) incrementa la abundancia de esta especie.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-004-SAG/PESC-2015
DOF: 06/10/2015
Plan de Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para almeja catarina.
Numeral 4.3, NOM-004-SAG/PESC-2015
Talla mínima
p
56 mm de longitud de diámetro mayor de la concha para: Lagunas Manuela, Guerrero Negro o Estero San José, Ojo de Liebre, San Ignacio, los canales y esteros de Puerto Adolfo López Mateos y la Ensenada de la Paz.
60 mm de longitud de diámetro mayor de la concha para el resto de las poblacionales de las aguas de jurisdicción federal de los estados de Baja California y Baja California Sur con excepción de las mencionadas anteriormente.
Numeral 4.2.1 y 4.2.2, NOM-004-SAG/PESC-2015
Arte de pesca y
método de pesca
p
La extracción deberá realizarse manualmente mediante buceo semiautónomo tipo "Hooka", pudiendo auxiliarse con una bolsa ("jaba") para la colecta.
Numeral 4.4.2, NOM-004-SAG/PESC-2015
Veda
p
Del 15 de diciembre al 31 de marzo de cada año.
Artículo Segundo, Fracción II, Aviso DOF: 16/03/1994
Cuota
p
Tasa de aprovechamiento constante del 60% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de pesca
p
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda con potencia nominal de hasta 115 caballos de fuerza y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" para el suministro de aire al buzo.
NOM-004-SAG/PESC-2015
Esfuerzo
p
154 permisos que amparan a 384 pangas y 1,152 pescadores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Sistemas Lagunares de la Península de Baja California, considerando las disposiciones administrativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.
Numeral 4.12.5, NOM-004-SAG/PESC-2015
Numeral 4.1.11, NOM-064-SAG/PESC/SEMARNAT-2013. DOF: 21-01-2015,
DOF:01/09/2000
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento constante del 60% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Deteriorada en Baja California Sur, al máximo aprovechamiento sustentable en Baja California. No determinado en Sonora (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b.   No incrementar el esfuerzo en el complejo lagunar Bahía Magdalena-Almejas y los canales y esteros adyacentes a Puerto Adolfo López Mateos. En el resto de las zonas y estados se podrán autorizar nuevos permisos, previo dictamen del INAPESCA.
c.   Las cuotas de captura se autorizan previa evaluación y dictamen técnico del INAPESCA, bajo el siguiente procedimiento:
i.     Los usuarios deben realizar una prospección para ubicar los bancos, los cuales, debido a la movilidad de la almeja catarina, cambian de tamaño y posición cada año. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al Centro Regional de Investigación Acuícola y Pesquera del INAPESCA (CRIAP-INAPESCA) correspondiente a cada región.
ii.     Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través del CRIAP correspondiente realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen técnico con las recomendaciones de manejo.
d.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042); así como observadores a bordo, que
permita evaluar el impacto de la captura por banco.
e.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
3. Almeja chocolata

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California. La almeja chocolata café, se localiza enterrada en sedimentos arenoso-lodosos hasta los 120 m de profundidad; por seguridad de los buzos se permite la captura hasta los 30 m. La almeja chocolata roja se distribuye desde el intermareal hasta 10 metros de profundidad.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con trinche y bolsa de malla llamada "jaba". Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Almeja chocolata café
Megapitaria squalida
Almeja chocolata roja o reina
Megapitaria aurantiaca
2. Indicadores de la pesquería
 
A nivel nacional, Baja California Sur registra el 68% de la captura anual promedio. En el periodo 1993-2015 la captura registrada en Sonora, Sinaloa y Baja California permaneció estable en el orden de 1,000 t de peso fresco.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso entero en concha).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Los bancos de almeja chocolata fueron impactados por anomalías positivas de temperatura y por el debilitamiento de surgencias costeras en 2014, 2015 y los primeros meses de 2016 a consecuencia de La Mancha en el norte y El Niño en el sur. Se está probando hipótesis con índices climáticos locales para explicar la disminución poblacional de almeja chocolata y su relación con estos dos fenómenos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para almeja chocolata.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
64 mm de longitud de concha para M. squalida en la costa oriental del Estado de Baja California Sur.
80 mm de longitud de concha para M. squalida en la costa occidental de Baja California Sur.
97 mm de longitud de concha para M. aurantiaca.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca
y método de
captura
p
Buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
Investigación en desarrollo.
Veda temporal de dos años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo para M. squalida en el sistema Lagunar Bahía Magdalena-Almejas en el Estado de Baja California Sur.
DOF: 21/12/2017
Cuota
p
Cuota de captura variable por zona y banco, con base en el 15% del tamaño poblacional de la especie M. aurantiaca y el 20% de M. squalida mayor a la talla mínima de captura.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
En Baja California: 5 permisos y 17 embarcaciones menores.
En Baja California Sur: 74 permisos y 157 embarcaciones menores. 50% de los permisos corresponden a Bahía Magdalena y Laguna Ojo de Liebre.
En Sonora: 9 permisos y 17 embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo.
Dictamen técnico del INAPESCA
DOF:05/11/2013
DOF: 20/01/2015
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota y tasa de aprovechamiento anual por zona y especies.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva (Investigación en desarrollo); regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California Sur, con señales de deterioro en Bahía Almejas. Posible potencial en Baja California, Sonora y Sinaloa en función de la disponibilidad estimada en estudios del INAPESCA.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo en Baja California Sur.
d.   En Baja California, Sonora y Sinaloa el esfuerzo pesquero se determinará con base estudios técnicos del INAPESCA.
e.   La cuota de captura se autoriza previa evaluación y dictamen técnico del INAPESCA. En zonas donde no se conocen los bancos se aplica el siguiente procedimiento:
i.     Los usuarios debe realizar una prospección para ubicar los bancos. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al CRIAP-INAPESCA correspondiente a cada región.
ii.     Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través del CRIAP correspondiente
realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen con las recomendaciones de manejo.
f.    Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g.   Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
h.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
4. Almeja generosa

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, costa Occidental de la Península de Baja California (hasta la isóbata de 30 metros) y Bahía Magdalena en Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 20 a 22 pies de eslora, equipada con motor fuera de borda, un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" y una motobomba para el envío de agua a presión para la remoción del sustrato y extracción manual de los organismos. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Almeja generosa, almeja de sifón, almeja chiluda
Panopea globosa
Almeja generosa
Panopea generosa
 
Longitud promedio de concha >25 cm, peso promedio 2 kg de la población silvestre. Habita en sustratos
arenosos, arcillosos y limosos con gravilla. Se localiza enterrada a profundidad de un metro. La distribución batimétrica abarca desde la zona intermareal hasta profundidades de 110 m. Por seguridad de los buzos, la captura se realiza a una profundidad no mayor a 30 m.
2. Indicadores de la pesquería
El aprovechamiento comercial en Baja California inició en 2003, en Baja California Sur en 2005 y en Sonora en 2012. El 100% de la captura se comercializa en el mercado asiático (China, Corea, Hong Kong, Japón, entre otros). El 73% de la captura proviene del Golfo de California y el 27% de la costa occidental de la Península de Baja California. El 100% de la captura de Baja California Sur proviene de Bahía Magdalena. En Baja California existen 10 plantas procesadoras que empacan entre 5 y 20 t por mes, empleando en promedio cinco personas por tonelada procesada. En Baja California Sur existen 2 plantas procesadoras ubicadas en Puerto San Carlos.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero vivo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las almejas generosas son vulnerables al cambio en el régimen térmico, particularmente al incremento de temperatura. En años El Niño disminuye la proporción de almejas con el sifón expuesto, disminuye su alimentación y pierden peso.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-014-SAG/PESC-2015
DOF: 25/06/2015
Plan de Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México.
Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea globosa) en las costas de Sonora, México.
DOF: 23/03/2012 DOF: 07/11/2012
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para almeja generosa.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
130 mm de longitud de concha, conforme a lo establecido en los Planes de Manejo publicados en el DOF.
Numeral 4.2, NOM-014-SAG/PESC-2015 Numeral 6.3.1.3, inciso B, Acuerdos: DOF: 07/11/2012 DOF: 23/03/2012
Arte de pesca y
método de
captura
p
Buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual usando chorros de agua con motobomba de agua, minimizando la alteración al lecho marino. Queda prohibido el buceo nocturno.
Numeral 4.3, incisos B y C, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 25/06/2015
Veda
x
Investigación en desarrollo.
 
Cuota
p
Cuotas de captura variable por zona y banco, con base en el 1% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura, conforme a lo establecido en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México.
Numeral 4.5, Acuerdo DOF: 23/03/2012
Unidad de pesca
p
Embarcaciones menores.
Numeral 4.3, inciso A, NOM-014-SAG/PESC-2015
Esfuerzo
p
35 permisos con 140 embarcaciones en Baja California.
143 permisos con 166 embarcaciones en Baja California Sur. Padrón cerrado en el sistema lagunar Bahía Magdalena.
8 permisos con 36 embarcaciones en Sonora.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, costa Occidental de la Península de Baja California (hasta la isóbata de 30 metros) y Bahía Magdalena en Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
DOF: 25/09/2009
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento constante, 1% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura en pesca comercial, 0.5% en pesca de fomento (establecida en los Planes de Manejo Pesquero para la Pesquería de Almeja Generosa, DOF: 23/03/2012 y DOF: 07/11/2012).
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva (investigación en desarrollo); regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de no pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California, Baja California Sur (Bahía Magdalena) y Sonora. En Sinaloa y Nayarit el potencial se determinará con base en los resultados de los estudios de pesca de fomento.
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo en las zonas de captura donde se realiza el aprovechamiento comercial. El incremento de esfuerzo de pesca sólo se podrá autorizar en las zonas o áreas nuevas que se exploren mediante permisos de pesca de fomento, en función de la disponibilidad del recurso.
b.   En Baja California, Baja California Sur y Sonora el acceso al recurso requiere permiso de pesca comercial, bajo el siguiente proceso:
i.     Estudio de prospección realizado por los solicitantes para localizar las zonas de distribución, con base en el diseño de muestreo definido mediante dictamen técnico del INAPESCA.
ii.     Estudio de evaluación para estimar el tamaño y la estructura poblacional realizado por el INAPESCA, del cual se emite dictamen técnico con las recomendaciones de las estrategias y tácticas de manejo pertinentes para cada zona y especie.
c.   En las zonas donde no se haya realizado el aprovechamiento comercial, al acceso al recurso se realizará mediante el siguiente procedimiento:
i.     Permiso de pesca de fomento con tres fases: 1) Prospección para ubicar bancos, 2) Evaluación bajo supervisión del INAPESCA para estimar el tamaño poblacional y 3) Aprovechamiento del 0.5% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura. En esta fase se deberá instrumentar el programa de monitoreo y seguimiento con base en la de la bitácora de pesca establecida en la NOM-014-SAG/PESC-2015.
ii.     El permiso de pesca comercial estará condicionado al cumplimiento de programa de investigación en permiso de pesca de fomento y a la disponibilidad del recurso en valores suficientes para soportar el aprovechamiento sin poner el riesgo la continuidad de la
población.
d.   Establecer un punto de referencia límite basado en la densidad mínima que permita el aprovechamiento del recurso sin poner en riesgo la población. El valor del punto de referencia será definido mediante dictamen técnico del INAPESCA.
e.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de las bitácoras de captura establecidas en la NOM-014-SAG/PESC-2015 (CONAPESCA-01-042), y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
f.    Instrumentar las estrategias y acciones de manejo e investigación pesquera definidas en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México (DOF: 23/03/2012) y en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea globosa) en las costas de Sonora, México (DOF: 07/11/2012).
g.   Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
h.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
5. Almeja roñosa

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual, utilizando ocasionalmente un pequeño trinche para remover la arena y una bolsa de malla llamada "jaba" para la colecta de los organismos. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). La captura se realiza hasta los 10 m de profundidad.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
 
Almeja roñosa o arrocera
Chione californiensis
 
Almeja roñosa
Chione undatella
 
 
Especies asociadas
 
Nombre común
Nombre científico
 
Almeja chocolata café
Almeja blanca
Caracol
Almeja
Almeja
Almeja
Megapitaria squalida
Dosinia ponderosa
Oliva spicata
Laervicardium elenense
Lucina undatoides
Cardita affinis
 
Nombre común
Jaiba café
Camarón café
Nombre Científico
Callinectes bellicosus
Fanfantepenaeus californiensis
 
 
2. Indicadores de la pesquería

Fuente: SIPESCA (Sistema de Información de Pesca y Acuacultura) de la CONAPESCA y datos de la
Subdelegación de Pesca en B.C.S.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La temperatura no es un factor determinante en la distribución y abundancia dado que son especies euritérmicas. Durante eventos El Niño las perturbaciones físicas como marejadas atípicas pueden afectar la distribución y abundancia de la almeja roñosa, debido a su preferencia por sustratos arenosos y arenosos-limosos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
X
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
X
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
30 mm de longitud en Laguna Ojo de Liebre, Guerrero Negro
45 mm de longitud en el resto de B.C.S.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca
y método de
captura
p
Extracción directa de manera manual, y con buceo semiautónomo tipo "Hooka".
Permiso de pesca comercial
Veda
X
Investigación en proceso.
 
Cuota
p
Tasa de aprovechamiento del 30 al 40% de la población por arriba de la talla mínima.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Permiso de pesca comercial
 
Esfuerzo
p
Bahía Magdalena: 9 permisos que amparan 17 embarcaciones.
Laguna de San Ignacio: 3 permisos con 15 embarcaciones. Laguna Ojo de Liebre: 13 permisos con 41 embarcaciones.
Sinaloa: 11 permisos con un total de 23 embarcaciones.
Baja California: 5 permisos comerciales, bajamar.
Sonora: 2 permisos con un total de 2 embarcaciones.
Subdelegación de Pesca por Estado.
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
DOF: 25/09/2009
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota de captura anual por zona, con período restringido de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte y método de pesca; zonas de refugio pesquero.
 
6. Estatus
Al máximo aprovechamiento sustentable en Bahía Magdalena (informe técnico del INAPESCA); en el resto del Estado con potencial de desarrollo.
Al máximo aprovechamiento sustentable en Baja California, Sonora y Sinaloa.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo en Bahía Magdalena.
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
6. Calamar gigante

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la parte central del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
Embarcación mayor, superior a 10 t de registro bruto, con un máximo de 10 poteras. En barcos con máquinas calamareras automáticas se permite un máximo de 6 máquinas con un límite superior de 24 poteras
por línea.
Embarcación menor con motor fuera de borda y sistema de iluminación adaptado. Las poteras son operadas por línea manual o máquina calamarera con máximo tres poteras. Participan tres pescadores, se permite una potera por pescador.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Especie migratoria con alta tasa de crecimiento individual. Puede alcanzar hasta 70 cm de longitud de manto en el primer año de edad.
Nombre común
Nombre científico
Calamar gigante
Dosidicus gigas
 
2. Indicadores de la pesquería
Durante el periodo 1995-2010 fueron registradas oscilaciones en la captura total anual; en 1996, 1997 y 2002 la captura total superó las 105,000 t. A partir de 2011 la tendencia de captura es negativa. La disminución en captura se relaciona con la disponibilidad del recurso.

Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En el Golfo de California la abundancia del calamar gigante se relaciona con las temperaturas cálidas registradas en verano y otoño. La abundancia disminuye en año El Niño.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ-NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de Calamar Gigante.
DOF: 14/07/2014
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para calamar gigante.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
No aplica.
 
Arte de pesca y
método de
captura
p
Sistemas de iluminación; poteras (entre 10 y 24 unidades para embarcaciones mayores y máximo 3 para embarcaciones menores), cobrado con máquina calamarera o a mano.
DOF: 14/07/2014
Veda
x
No aplica.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de pesca
p
Embarcaciones menores y mayores.
DOF: 14/07/2014
Esfuerzo
p
250 embarcaciones mayores y 2,000 embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la parte central del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.
Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Escape proporcional del 40%.
Tácticas: Control de esfuerzo.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en el Golfo de California.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   No incrementar el esfuerzo en el Golfo de California.
c.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
d.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
7. Calamar loligo

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de Baja California, hasta los 31 ° de latitud
Norte.
Unidad de pesca
Embarcación mayor con capacidad de 10 t de registro bruto, equipada con red de cerco con jareta y pangón, operada por hasta 10 pescadores. Puede contar con el apoyo de una embarcación adicional con sistema de iluminación de atracción del calamar. La duración de los viajes de pesca es de una noche.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especie demersal distribuida desde Oregón, E.U.A. (46 °N) hasta Ensenada, B.C. México (31 °N). Su distribución se asocia con la Corriente de California. Habita áreas someras de la plataforma continental desde 25 m hasta 200 m. Se alimenta de peces y poliquetos. Ciclo de vida corto, de hasta 245 días de edad. En Baja California se han reportado organismos desde 7.5 cm LM hasta 22.0 cm LM, es de resiliencia alta, su población se duplica en un tiempo mínimo de 238 días.
Nombre común
Nombre científico
Calamar loligo
Doryteuthis opalescens
 
2. Indicadores de la pesquería
Recurso migratorio y variable. Las capturas han fluctuado en función de la disponibilidad del recurso en la zona de pesca (Costas de Ensenada, Baja California). En 2009 se registraron 90 t y en 2013, 7,796 t. El INAPESCA ha documentado que en Ensenada, los mayores rendimientos se presentan durante junio y octubre.

Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
La abundancia incrementa en épocas cálidas (verano y otoño) en la región sur de la Península de Baja California. La abundancia disminuye en años Niño. Su presencia en las pesquerías parece guardar relación con los índices climáticos del Pacífico nororiental. En el periodo 2015-2016 no se registraron capturas significativas debido a una disminución de la abundancia relacionada con factores ambientales.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ-NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
x
No tiene.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial.
 
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
No aplica.
 
Arte de pesca y
método de
captura
p
Red de cerco con jareta y pangón.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
No aplica.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de pesca
p
Embarcación mayor y embarcación adicional con sistema de iluminación.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
15 embarcaciones.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de Baja California, hasta los 31 ° de latitud Norte, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC).
DOF: 07/12/16
 
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para proteger el stock reproductor.
Tácticas: Control de esfuerzo mediante permisos de pesca.
6. Estatus
Con potencial de desarrollo en función de la biomasa disponible.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b.   Elaborar y publicar Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.    Autorizar permisos de pesca comercial a las embarcaciones que cuentan con permisos de pesca de fomento. La autorización de permisos de pesca comercial adicionales requerirá dictamen técnico del INAPESCA.
d.   Promover el aprovechamiento integral del recurso.
e.   En el caso de observar un porcentaje mayor al 30% de hembras pre-desove, se recomienda no realizar captura, toda vez que se puede poner en riesgo la viabilidad biológica de la población.
f.    La potencia de las luces de atracción no deberá superar los 30,000 watts.
g.   Promover el sistema de información oportuna de los usuarios al INAPESCA.
8. Callo de hacha

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en Sinaloa.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con gancho y bolsa de malla llamada "jaba". Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
 
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Hacha larga
Hacha china
Hacha botijona
Hacha lisa
Nombre científico
Pinna rugosa
Atrina maura
Atrina tuberculosa
Atrina oldroydii
 
2. Indicadores de la pesquería
En Baja California Sur la captura presentó tendencia positiva hasta 2013 con el registro histórico de 1,400 t. En 2014 y 2015 fueron registradas 600 t. En Sonora el registro de capturas en el periodo 2012-2015 mostró tendencia negativa.

Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso callo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Los bancos de callo de hacha son sensibles a las anomalías positivas o negativas registradas en la temperatura superficial del mar. Declives en abundancia poblacional pueden relacionarse con la disminución de nutrientes en zonas de surgencia costera aledañas a los bancos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para callo de hacha.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
140 mm de ancho de concha para Atrina maura y Atrina tuberculosa.
150 mm de ancho de concha para Atrina oldroydii y Pinna rugosa.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca y
método de
captura
p
Buceo semiautónomo tipo "Hooka", gancho de acero con forma y dimensión variables.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
p
Cuota de captura anual variable por zona y banco, con tasa de aprovechamiento entre 20 y 25% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
Baja California Sur: 157 permisos que amparan 314 embarcaciones. Bahía Magdalena concentra el 50% de las embarcaciones.
Sin registro en Baja California, Sonora y Guerrero.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en Sinaloa, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo.
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento entre el 20 y 25% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal (investigación en proceso); zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable en Baja California Sur.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Elaborar y publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
 
c.   No incrementar el esfuerzo en Baja California Sur. En Baja California y Sonora podrán autorizarse nuevos permisos de pesca comercial previo dictamen técnico del INAPESCA bajo el siguiente proceso:
i.     Los usuarios deben realizar una prospección para ubicar los bancos. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al INAPESCA correspondiente a cada región.
ii.     Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través de su unidad correspondiente, realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen con las recomendaciones de manejo.
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e.   Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
f.    Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
9. Camarón del Pacífico

Zona de captura
Embarcaciones menores en: a) aguas interiores incluyendo sistemas lagunarios-estuarinos del Océano Pacífico, b) aguas marinas costeras en el Centro Norte de Sinaloa y aguas marinas costeras de Sonora, y c) aguas marinas en el Alto Golfo de California.
Embarcaciones mayores en aguas marinas de Jurisdicción Federal, desde el Golfo de California hasta el Golfo de Tehuantepec, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
 
Embarcación menor: eslora inferior a 10.5 m, con o sin motor fuera de borda, con o sin sistema de conservación de la captura a base de hielo y con una autonomía máxima de 3 días. Participan 3 pescadores como máximo. Utiliza atarrayas en sistemas lagunares estuarinos; red suripera en sistemas lagunares estuarinos del centro norte de Sinaloa y Bahía Magdalena-Almejas, Baja California Sur; chinchorro de línea en aguas marinas de Sonora desde el límite con Sinaloa hasta Puerto Peñasco y en sistemas lagunares estuarinos de Sonora y del norte de Sinaloa; red de arrastre en aguas marinas de Sinaloa y red de arrastre "Magdalena I" en sistemas lagunares estuarinos de Bahía Magdalena-Almejas.
Embarcación mayor: eslora superior a 10.5 m, con motor estacionario, cubierta corrida, arboladura (mástil, pluma real, tangones, pescante), área de maniobras de pesca, puente de mando con equipos de navegación, comunicación, ecodetección y localización satelital, autonomía mínima de 20 días. Emplea 2 redes de arrastre. Participan entre 6 y 8 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies incidentales
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Camarón azul
Litopenaeus stylirostris
Camarón blanco sur
Litopenaeus occidentalis
Camarón blanco
Litopenaeus vannamei
Camarón siete barbas
Xiphopenaeus riveti
Camarón café
Farfantepenaeus californiensis
Camarón de roca
Sicyonia disdorsalis
Camarón cristal
Farfantepenaeus brevirostris
Camarón de roca
Sicyonia penicillata
 
 
Camarón cebra
Rimapenaeus faoe
 
 
Camarón botalón
Rimapenaeus pacificus
 
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2000-2016 la captura superó 30,000 t anuales, la captura máxima se presentó en la temporada 2011-2012 con 53,347 t. Sinaloa y Sonora aportan el 43% y 38% de la captura, respectivamente. Las embarcaciones mayores contribuyen con 58% de la captura promedio. La composición por especies varía por zona, el camarón azul domina en aguas protegidas y el camarón café en altamar. En la fauna de acompañamiento se identifican 537 especies: 74% peces y 17% crustáceos. El camarón se destina al consumo humano directo (preferentemente congelado). El mercado es regional, nacional e internacional (Estados Unidos, Japón y Francia). El consumo per cápita anual en México es de 1.37 kg. Se cuenta con 57 plantas procesadoras registradas, 82% localizadas en Sonora, Sinaloa y Baja California.
 

Fuente: Avisos de arribo (captura en Peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las capturas de camarón azul y blanco disminuyen en años con evento El Niño/Oscilación del Sur (ENOS). La abundancia de camarón café y cristal se incrementa cuando se presentan condiciones cálidas en el medio ambiente marino.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-002-SAG/PESC-2013
DOF: 11/07/2013
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso comercial o concesión de pesca para camarón.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
No aplica.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Embarcación mayor: red de arrastre con luz de malla de 50.8 mm (2 pulgadas) y de 38.1 mm (1 ½ pulgadas) en el bolso; con dispositivos excluidores de tortugas marinas (DET) y dispositivos excluidores de peces (DEP). La relinga superior no debe exceder los 36.57 m (120 pies).
Embarcación menor: red de arrastre con luz de malla mínima de 44.4 mm (1 ¾ pulgadas), y de 38.1 mm (1 ½ pulgadas) en el bolso; relinga inferior con un máximo de 18.3 m (60 pies). Atarraya con luz de malla mínima de 37.5 mm (1 ½ pulgadas). Red suripera con luz de malla mínima de 31.75 mm (1 ¼ pulgadas). Chinchorros de línea con luz de malla mínima de 63.50 mm (2 ½ pulgadas) y longitud máxima de 200 m, con un encabalgado de entre el 50 y 70%.
Numerales 4.3.2.1 y 4.3.2.3, NOM-002-SAG/PESC-2013
Apéndices normativos "A", "B" y "C" de la NOM-002-SAG/PESC-2013
Veda
p
Veda temporal para proteger la reproducción y el crecimiento con fechas variables, generalmente entre marzo y septiembre de cada año.
Numeral 4.4, NOM-002-SAG/PESC-2013
Dictamen técnico del INAPESCA
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones mayores y menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
850 barcos, 93% concentrados en Sinaloa y Sonora.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Embarcaciones menores en: a) aguas interiores incluyendo sistemas lagunarios-estuarinos del Océano Pacífico, b) aguas marinas costeras en el Centro Norte de Sinaloa y aguas marinas costeras de Sonora, y c) aguas marinas en el Alto Golfo de California; embarcaciones mayores en aguas marinas de Jurisdicción Federal, desde el Golfo de California hasta el Golfo de Tehuantepec, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California. En todos los casos se deberán considerar los lineamientos normativos establecidos en los programas de manejo de las Reservas de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California y Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado; y el Acuerdo mediante el cual se establece el área de refugio para la protección de la vaquita (Phocoena sinus).
NOM-002-SAG/PESC-2013
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
DOF: 25/09/2009
DOF: 08/09/2005
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Mantener una biomasa mínima reproductora al final de la temporada de pesca.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda reproductiva y de crecimiento espacio-temporal variable; regulaciones en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b.   No incrementar el esfuerzo.
c.   Promover el mejoramiento en la calidad de la información proporcionada por los usuarios.
d.   Fortalecer las acciones de inspección y vigilancia a efecto de hacer efectivas las medidas de manejo de la pesquería.
e.   Fomentar la participación obligatoria de los usuarios en los programas de investigación y muestreo de camarón.
f.    Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g.   Constituir un Comité Pesquero como mecanismo de coordinación y coadyuvancia para la administración.
h.   Modificar la NOM-002-SAG/PESC-2013 para incluir la red suripera como arte de pesca autorizado para la pesca de camarón en el Alto Golfo de California.
10. Caracol chino rosa y caracol chino negro
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral del Pacífico mexicano. Hexaplex nigritus se encuentra también en lagunas y esteros en la costa occidental de Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda, participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka".
1. Generalidades
Especies objetivo
Son depredadores activos que se alimentan de vermes (gusanos marinos) y almejas chocolatas, cafés y negras
Nombre común
Nombre científico
Caracol chino rosa
Hexaplex erythrostomus
Caracol chino negro
Hexaplex nigritus
 
2. Indicadores de la pesquería

Fuente: Subdelegación de Pesca en B.C.S. Registro Estadística Pesquera y Acuícola de CONAPESCA
(captura en peso entero).
 
En Baja California y Baja California Sur únicamente se registra la captura de caracol chino negro. Para Baja California, la captura ha oscilado hasta en un máximo de 10 toneladas anuales. En Baja California Sur la captura presenta picos en 2007 y 2015, debidos principalmente a demandas de mercado y no variaciones en la abundancia del recurso. En Sonora y Sinaloa se registra la captura de ambas especies de caracol chino (H. erythrostomus y H. nigritus). En Sonora la captura presenta una tendencia positiva a partir de 2010, con un valor cercano a 2,500 toneladas de peso entero fresco de ambas especies en 2015. En Sinaloa, las capturas se mantuvieron similares desde 2001 hasta 2012, con un aumento a partir de 2013, alcanzando un valor máximo de 544 toneladas en 2016. La información disponible indica que los incrementos a partir de 2013 se deben a un incremento en la demanda del recurso y no variaciones en la disponibilidad.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La temperatura superficial del mar (TSM) y los intercambios de marea, influyen en las poblaciones del caracol chino rosa y negro. En el periodo de mayo a agosto la TSM en la Costa occidental de la Península de Baja California se incrementa de 16.2 a 21.6 °C (Promedio 2002-2011, Satélite MODIS-Aqua, 4km), y en el Golfo de California de 24.0 a 29.8 °C (Promedio 2002-2013, Satélite MODIS-Aqua, 1km); este incremento favorece la maduración y desove en el periodo reproductivo de estos organismos que se presenta a finales de la primavera y a principios del verano.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
x
No tiene.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
90 mm de longitud de concha.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca y
método de
captura
p
Extracción manual. Buceo semiautónomo tipo "Hooka" y trampas.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
No tiene.
Dictamen técnico del INAPESCA
Cuota
p
Cuota anual de captura por zona.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de pesca
p
Embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
Padrón cerrado. Baja California Sur: 7 permisos que amparan 17 embarcaciones. Con posibilidades de incremento en Baja California y Sonora, en función de la disponibilidad del recurso.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral del Pacífico mexicano. Hexaplex nigritus se encuentra también en lagunas y esteros en la costa occidental de Baja California Sur. En todos los casos se deberán considerar las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
DOF: 25/09/2009
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento entre el 25 y 30% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Recurso en deterioro en la costa occidental de Baja California Sur, donde la especie dominante es Hexaplex nigritus. En recuperación en la costa oriental de Baja California Sur, donde la especie dominante es Hexaplex erythrostomus. Se desconoce el estatus en el litoral Pacífico.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo en las costas de Baja California Sur. En Baja California y Sonora el incremento del esfuerzo estará en función de la disponibilidad.
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca.
e.   Instrumentar el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción.
f.    Limitar las actividades del buceo a profundidades menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
11. Caracol panocha
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Península de Baja California, desde Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur, hasta la frontera con Estados Unidos de América.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
 
Caracol panocha
Caracol panocha
Megastraea undosa
Megastraea turbanica
 
Especies asociadas
 
Nombre común
Nombre científico
 
Abulón Azul
Haliotis fulgens
 
Abulón Amarillo
Haliotis corrugata
 
 
2. Indicadores de la pesquería
Este recurso se aprovecha únicamente en la costa Occidental de la península de Baja California por cooperativas concesionarias del recurso en Baja California Sur y permisos de pesca comercial de Baja
California. Baja California Sur es el Estado con las mayores capturas, con un promedio de 200 toneladas de callo fresco. A partir de 2011 se presenta una tendencia negativa, posiblemente asociada a cambios ambientales con impacto en el hábitat y en los aspectos biológicos claves, como la reproducción y sobrevivencia de larvas y juveniles.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso callo fresco)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Cambios en las variables ambientales afectan negativamente la condición y reproducción.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
X
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
X
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial y concesiones pesqueras.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
90 mm Megastraea undosa y 100 mm para Megastraea turbanica
DOF: 02/12/2010
Arte de pesca
y método de
captura
p
Extracción manual, buceo semiautónomo tipo "Hooka"
DOF: 02/12/2010
Veda
p
Del 01 de noviembre al 28 de febrero de cada año.
DOF: 02/12/2010
Cuota
p
Tasa de explotación anual menor que 20% de la población mayor a la talla mínima de captura.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
DOF: 02/12/2010
Esfuerzo
p
Baja California: 67 embarcaciones.
Baja California Sur: 129 embarcaciones.
DOF: 02/12/2010
Zona de
pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Península de Baja California, desde Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur, hasta la frontera con Estados Unidos de América, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC).
DOF: 07/12/16
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de explotación menor al 20% de la población mayor a la talla mínima de captura por zona de pesca.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva; regulaciones en el arte y métodos de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California Sur. En Baja California, estatus poblacional con señales de deterioro a partir de 2015 y 2016.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Baja California: Evaluar el estatus de las poblaciones de caracol panocha y definir una estrategia de manejo (objetivos de manejo, puntos de referencia y medidas de manejo). De manera precautoria, no incrementar el esfuerzo nominal actual.
e.   Realizar estudios del estado de salud de las poblaciones.
f.    Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
12. Curvina golfina
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Unidad de pesca
Embarcación tipo panga de fibra de vidrio menor a 10 m de eslora, equipada con motor fuera de borda de 60 a 120 caballos de fuerza. Participan tres pescadores. La curvina golfina se captura de febrero a mayo cuando los organismos incursionan al Delta del Río Colorado para su reproducción.
1. Generalidades
Especie objetivo
Especies asociadas
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Curvina golfina
Cynoscion othonopterus
Chano norteño
Micropogonias megalops
 
 
Corvina enana
Cynoscion nannus
 
 
Corvina blanca, cabicucho
Atractoscion nobilis
 
 
Corvina rayada
Cynoscion reticulatus
 
 
Sierra del Pacífico
Scomberomorus sierra
 
2. Indicadores de la pesquería
En 2002 se capturaron 5,000 t. La temporada dura cuatro meses, en marzo se registra el 48% de la captura total. En 2015 el 52% de la captura total se registró en Sonora (Golfo de Santa Clara y Puerto Peñasco) y el 48% en Baja California (Puerto de San Felipe y El Zanjón). El recurso es extraído por embarcaciones pertenecientes a cooperativas pesqueras conformadas por grupos indígenas.
 

Fuente: Subdelegación de Pesca en Sonora y B.C. (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El cambio en la temperatura superficial del mar (TSM) dentro del Golfo de California es de 1.34 °C/mes de invierno a primavera y de -1.355 °C/mes de verano a otoño (Promedio 2002-2013, Satélite MODIS-Aqua, 1km). La disminución en la (TSM) favorece la abundancia y captura de curvina golfina.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-063-PESC-2005
DOF: 16/08/2007
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus) del norte del Golfo de California.
DOF: 06/11/2012
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para curvina golfina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
65 cm de longitud total (con una tolerancia de 35% del número de ejemplares por debajo de dicha talla).
Numeral 4.6, NOM-063-PESC-2005
Arte de pesca
y método de
captura
p
Hasta 2018, red de monofilamento de 14.6 cm (5 ¾ pulgadas) de luz de malla y un máximo de 293 metros (160 brazas) de paño relingado de longitud. Una línea de mano por pescador. Pesca con horario de luz de día.
Numerales 4.2 a) y b), 4.4 y 4.7, NOM-063-PESC-2005
Veda
p
Veda temporal en las aguas marinas y estuarinas de jurisdicción federal de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, durante el periodo del 1 de mayo al 31 de agosto de cada año.
Acuerdo DOF: 25/08/2005
Cuota
p
Cuota anual variable.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Numeral 4.6, Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus) del norte del Golfo de California. DOF: 06/11/2012
Esfuerzo
p
737 embarcaciones.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, de acuerdo con las coordenadas límites establecidas en su Decreto de creación del 10 de junio de 1993.
NOM-063-PESC-2005
DOF: 25/09/2009
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota anual variable en función de la disponibilidad del recurso.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda temporal fija.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo en San Felipe Baja California, Golfo de Santa Clara y comunidades Cucapá.
b.   Fomentar el cumplimiento de las cuotas de captura por parte de la comunidad y organización pesquera.
c.   Establecer las acciones necesarias para eliminar la posible interacción de esta pesquería con la vaquita marina.
d.   Mejorar los procesos de manejo y conservación post-captura con el fin de dar mayor valor agregado en las tres comunidades donde se aprovecha este recurso.
e.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (CONAPESCA-01-042-N), que permita evaluar el impacto de la pesquería.
f.    Instrumentar las estrategias y acciones de manejo establecidas en el Plan de Manejo Pesquero de curvina golfina.
g.   Modificar la NOM-063-PESC-2005 para incluir el sistema de pesca de encierro artesanal, como método de pesca sin interacción con la vaquita marina, en lugar de la red agallera.
13. Erizo de mar
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Costa Occidental de la Península de Baja California, delimitadas en cuatro subzonas administrativas: I) frontera con Estados Unidos a Punta Banda; II) Punta Banda a Punta Colonet; III) Punta Colonet a El Socorro, cerca de Bahía Falsa y IV) Bahía Falsa a Punta Blanca.
Unidad de pesca
Embarcación menor de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda con potencia nominal máxima de 115 caballos de fuerza y equipada con un compresor de aire para suministrar aire al buzo. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con gancho metálico o un "arrancador" para desprender a los organismos del sustrato.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Erizo rojo
Strongylocentrotus franciscanus
Erizo morado
Strongylocentrotus purpuratus
 
2. Indicadores de la pesquería
La captura de erizo rojo osciló entre 1,500 y 3,000 t de 2004 a 2014. La captura por unidad de esfuerzo (CPUE) se mantuvo por debajo de los 200 kg por embarcación en 2004-2014.
La densidad poblacional del erizo rojo ha disminuido a menos de un individuo por metro cuadrado en varias zonas de captura comercial, mientras que la densidad del erizo morado ha incrementado. En Baja California operan 18 plantas procesadoras de gónada de erizo que emplean a 735 personas. En 2009 se exportaron 6 t de gónadas de erizo a Estados Unidos con valor aproximado de $1, 270, 000 M.N.
 

Fuente: Avisos de arribo de CONAPESCA (captura en peso de gónada)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno oceanográfico denominado "La Mancha", entre las Aleutianas-Golfo de Alaska, favorecido por la combinación de tres variables hidrometeorológicas: altas presiones atmosféricas, alta radiación solar y poca rapidez del viento sobre la superficie marina. Esto provocó que la superficie del mar se calentara con anomalías positivas extremas. Arrastradas posteriormente al sur por la Corriente de California, se unió al efecto "El Niño" 2015-2016 frente a la Península de Baja California. Debido a que las poblaciones de erizo son dependientes de la producción primaria; de 2013 a 2015 el fenómeno oceanográfico inhibió el transporte de nutrientes en detrimento de la producción primaria, disminuyendo la densidad poblacional de erizo.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-007-SAG/PESC-2015
DOF: 24/06/2015
Plan de Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo de erizo rojo y erizo morado en la Península de Baja California, México.
DOF: 20/12/2012
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial y concesión de pesca.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
80 mm de diámetro de caparazón para erizo rojo.
45 mm de diámetro de caparazón para erizo morado.
Se permite un porcentaje máximo de captura de organismos de erizo morado por debajo de la talla mínima legal de 50% en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico de la Costa Oeste de Baja California, por un periodo de 3 años, contados a partir de su publicación en el DOF.
ACUERDO captura erizo morado, en NOM-007-SAG/PESC-2015,
DOF: 22/07/2016
Arte de pesca y
método de
captura
p
Buceo semiautónomo, colecta manual con gancho metálico o un "arrancador" para desprender a los organismos del sustrato. La jornada de pesca se realizará durante el día, con un tiempo aproximado de 4 a 8 horas, quedando prohibido el buceo nocturno. Queda estrictamente prohibido el uso de bombas de succión para la extracción de erizos.
Numerales 4.6, 4.7 y 4.11 de la NOM-007-SAG/PESC-2015
 
Veda
p
Erizo rojo: 1 de marzo al 30 de junio de cada año en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, delimitadas entre la línea fronteriza con E.U.A. y el paralelo 28 °30'N. No existe veda específica para el erizo morado.
DOF: 16/03/1994
Cuota
p
Variable.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda con potencia nominal máxima de 115 caballos de fuerza y equipadas con un compresor de aire para suministrar aire al buzo.
Numeral 4.5, NOM-007-SAG/PESC-2015
Esfuerzo
p
33 permisionarios y 7 concesionarios para erizo rojo y 16 permisionarios para erizo morado. Padrón cerrado en las zonas administrativas I, II, III con excepción de áreas de pesca en las que no existan permisos vigentes.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Costa Occidental de la Península de Baja California, delimitadas en cuatro subzonas administrativas: I) frontera con Estados Unidos a Punta Banda; II) Punta Banda a Punta Colonet; III) Punta Colonet a El Socorro, cerca de Bahía Falsa, y IV) Bahía Falsa a Punta Blanca, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los Programas de Manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.
NOM-005-PESC-1993
DOF: 21/12/1993
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento a 25% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija.
6. Estatus
Erizo rojo deteriorado, captura mayor al máximo rendimiento sostenible (MRS), erizo morado con potencial de desarrollo.
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo de pesca en las zonas administrativas I, II, III con excepción de algunas áreas de pesca en las que no existan permisos vigentes, así como la parte sur de la zona IV, desde Punta San Carlos hasta el paralelo 28 previo dictamen del INAPESCA.
b.   Instrumentar las estrategias y acciones de manejo e investigación pesquera definidas en el Plan de Manejo de erizo rojo y erizo morado en la Península de Baja California, México.
c.   Otorgar permiso de pesca de erizo morado, previo dictamen técnico del INAPESCA, a los permisionarios que lo soliciten y cuenten con permiso de pesca comercial de erizo rojo.
d.   Cerrar a la pesca los bancos con densidades menores que dos erizos por metro cuadrado de talla legal. Estos bancos se podrán abrir a la pesca comercial previo dictamen del INAPESCA.
e.   Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona en Baja California.
f.    Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado de bitácoras de captura establecidas en la NOM-007-SAG/PESC-2015 (CONAPESCA-01-042-E) y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
g.   Instrumentar un programa de ordenamiento pesquero para promover zonas integrales de pesca de recursos bentónicos de importancia comercial en Baja California, de manera que un solo permisionario u organización pueda aprovechar todos los recursos en una misma zona de pesca en lugar de que diferentes usuarios aprovechen diferentes recursos en una misma zona.
h.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
 
14. Jaiba del Pacífico

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano, incluyendo el Golfo de California.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda, sin cubierta; capacidad máxima de carga de 3 t. La captura se realiza con trampas, aros jaiberos o sacadores. Participan 2 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Jaiba verde, guerrera, café o jaibón
Callinectes bellicosus
Jaiba azul o jaiba cuata
Callinectes arcuatus
Jaiba negra, gigante o guacho
Callinectes toxotes
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Botete diana
Sphoeroides annulatus
Caracol chino rosa
Hexaplex erythrostomus
Mojarra
Calamus brachysomus
Caracol chino negro
Muricanthus nigritus
Pez escorpión
Scorpaena mystes
Pulpo
Octopus spp.
Cabrilla de roca
Paralabrax maculatofasciatus
Langosta azul
Panulirus inflatus
Cabrilla pinta
Epinephelus analogus
Cangrejo tanque
Hepatus lineatus
Rayas redondas
Urobatis spp. y Urolophus spp.
 
 
 
2. Indicadores de la pesquería
En Sonora Callinectes bellicosus representa más del 95% de la captura comercial y C. arcuatus el 5%. En Sinaloa C. bellicosus aporta el 66% de la captura comercial, C. arcuatus el 30% y el resto C. toxotes. En Baja California y Baja California Sur, C. bellicosus constituye el 100% de la captura. Los cuatro estados aportan el 80% de la captura de jaiba registrada en el Pacífico. La captura registrada presenta variación entre estados y años con máximos desfasados de norte a sur en los estados de Sinaloa, Sonora y Chiapas. En Baja California existen dos plantas procesadoras, en Sinaloa 26, en Sonora 34 y en Chiapas una.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso vivo).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Por efectos de acidificación, enfermedades, cambios en la fenología y baja capacidad de adaptación de la mayoría de las comunidades pesqueras, se esperan ligeros cambios negativos (< 1%) en las tasas de crecimiento poblacional y en la biomasa disponible.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-039-PESC-2003
DOF: 26/07/2006
Plan de Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de jaiba (Callinectes spp.) de Sonora y Sinaloa.
DOF: 15/07/2014
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial de jaiba.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
95 mm de ancho de caparazón para C. arcuatus.
115 mm de ancho de caparazón para C. bellicosus.
120 mm de ancho de caparazón para C. toxotes.
NOM-039-PESC-2003
Arte de pesca y
método de
captura
p
Trampas con estructura rígida tipo Chesapeake con al menos 2 aberturas de escape; dimensión mínima 100 mm de largo y 50 mm de alto. Aros y sacadores con luz de malla igual o superior a 76 mm. Ganchos metálicos de un metro de longitud exclusivamente en Nayarit. Colocación, reposo y recuperación de trampas; lance con aros y forma activa con gancho.
NOM-039-PESC-2003
Veda
p
Sonora y Sinaloa: del 1 de mayo al 30 de junio de cada año para ambos sexos de cada especie. Del 1 al 9 de julio de cada año, para hembras de las tres especies.
DOF: 13/06/2014
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de pesca
p
Embarcación menor. Embarcaciones de fibra de vidrio de 10.5 de eslora con motor fuera de borda.
DOF: 15/07/2014
Esfuerzo
p
2,700 embarcaciones menores, el 79% en el Golfo de California. 8,000 trampas en Baja California Sur; 43,600 trampas en Sonora y 70,800 trampas en Sinaloa.
Padrón cerrado en Baja California Sur, Sonora y Sinaloa.
NOM-039-PESC-2003
Zona de pesca
p
Sistemas lagunares, esteros, bahías y Aguas Marinas de Jurisdicción Federal del Océano Pacífico, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC); Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.
NOM-005-PESC-1993
DOF: 07/12/16
DOF: 01/09/2000
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; zonas de refugio; liberación de hembras ovígeras.
6. Estatus
Baja California Sur, Sonora y Sinaloa se encuentran en el máximo sustentable. En el resto de los estados la pesquería tiene potencial de desarrollo (informe técnico del INAPESCA, Plan de Manejo Pesquero de jaiba (Callinectes spp.) de Sonora y Sinaloa).
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo nominal actual en las entidades en donde el aprovechamiento está al máximo sustentable.
b.   Regular las artes de pesca: límite máximo de 80 trampas o aros, un sacador o un gancho por embarcación.
c.   En los estados con potencial de desarrollo, el esfuerzo pesquero se determinará con base en estudios técnicos del INAPESCA, acorde a los lineamientos del Plan de Manejo correspondiente.
d.   Implementar el programa de ordenamiento elaborado para Baja California, Baja California Sur, Sinaloa, Sonora, Oaxaca y Chiapas, con participación de los usuarios y los gobiernos estatales.
e.   Establecer un programa de buenas prácticas post-captura, así como el regreso al mar de jaibas sub-legales inmediatamente posterior a su captura, para evitar su mortalidad y descarnado.
f.    Instrumentar las acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero y considerar la información de las bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042-O).
g.   Establecer zonas de refugio pesquero para hembras ovígeras y juveniles de jaiba.
 
15. Langosta del Pacífico

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral Océano Pacífico mexicano, hasta 60 brazas de profundidad. Conforme a la NOM-006-SAG/PESC-2016, la zona de captura se divide en: I) Península de Baja California; II) Gofo de California (Sonora a Nayarit); III) Pacífico centro-sur (Jalisco a Chiapas), y IV) Archipiélago de Revillagigedo.
Unidad de pesca
Embarcaciones menores de hasta 10.5 m de eslora provistas con motor estacionario o fuera de borda con potencia máxima de 115 caballos de fuerza, participan 2 a 3 pescadores con trampas langosteras, construidas con tiras de madera, malla de alambre galvanizado o plástico.
1. Generalidades
Especies objetivo
P. interruptus se distribuye en la Península de Baja California
P. inflatus es endémica del Pacífico mexicano.
P. gracilis se distribuye en el Pacífico mexicano.
P. penicillatus se encuentra en el Archipiélago de Revillagigedo.
Nombre común
Nombre científico
Langosta roja
Panulirus interruptus
Langosta azul
Panulirus inflatus
Langosta verde
Panulirus gracilis
Langosta de Revillagigedo
Panulirus penicillatus
 
2. Indicadores de la pesquería
Región I - Representa 92% del total de la captura del Pacífico y 68% del total nacional. En el periodo 1990-2000 la captura promedio anual fue 1,370 t con incremento a 1,820 t en el periodo 2001-2014. El 90% de la captura registrada en Baja California Sur corresponde a langosta roja y 10% a langosta azul y verde.
 

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca y avisos de arribo de la Subdelegación de Pesca (captura en peso
vivo)
Región II - La captura total promedio en el periodo 2000-2015 fue de 26 t. El 73% de la captura registrada es langosta azul y el 27%, langosta verde.
Región III - La captura total promedio en el periodo 2000-2015 fue de 25 t. 96% de la captura corresponde a langosta azul y 4% a langosta verde.
Región IV - No se cuenta con registros de captura.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso vivo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En el Pacífico Norte, el incremento en la temperatura superficial del mar (TSM) por El Niño reduce la supervivencia y fijación de larvas de langosta roja. La captura de langosta es favorecida en años La Niña. En años El Niño el mal tiempo (tormentas y/o por la cercanía de huracanes en Baja California Sur) reduce los días de pesca. Las anomalías positivas de temperatura favorecen la madurez anticipada en las hembras por parches, mientras que anomalías negativas, tienden a retrasar el proceso de desarrollo. La combinación de dos eventos oceanográficos cálidos, por el norte La Mancha (2013-2015) y por el sur el fenómeno El Niño (2015-2016), provocó extremas anomalías positivas en el Pacífico nororiental frente a la Península de Baja California. La termoclina impidió los pulsos de nutrientes a la superficie, minimizando los mecanismos normales de supervivencia de larvas y puerulos en esa época, provocando retrasos en el desove.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-006-SAG/PESC-2016
DOF: 07/09/2016
Plan de manejo
pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permisos y concesiones de pesca comercial de langosta.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 175 mm para hembras y 160 mm para machos de langosta roja (Panulirus interruptus); 82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 159 mm para hembras y 140.5 mm para machos de langosta azul (Panulirus inflatus); 82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 175 mm para hembras y 160 mm para machos de langosta verde (Panulirus gracilis); 82.5 mm de longitud de cefalotórax para langosta insular (Panulirus penicillatus) en el Golfo de California y el Océano Pacífico frente a los litorales de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima.
75 mm de longitud de cefalotórax para langosta azul (Panulirus inflatus) y langosta verde (Panulirus gracilis) en el litoral de Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas.
Numeral 4.2.2, NOM-006-SAG/PESC-2016
Arte de pesca y
método de
captura
p
Trampas langosteras con ventana de escape; obligación de revisar las trampas dentro de las 72 horas como máximo, después de su calado.
Numeral 4.5.3, NOM-006-SAG/PESC-2016
Veda
p
Zona I: del 16 de febrero al 15 de septiembre de cada año, desde la frontera con Estados Unidos de América hasta los 27 °20' N y 114 °29'O.
Zona II: del 1 de marzo al 30 de septiembre de cada año, desde los 27 °20'N y 114 °29'O hasta los 25 °16'30''N y 112 °08'30''O.
Zona III: del 16 de mayo al 15 de noviembre de cada año desde los 25 °16'30''N y 112 °08'30''O hasta Cabo San Lucas.
Zona IV: del 1 de julio al 30 de octubre de cada año, a lo largo de la costa de Sonora hasta Chiapas. Esta zonificación puede modificarse en función de condiciones ambientales y de biomasa.
DOF: 16/03/1994
DOF: 31/08/2005
Cuota
x
No aplica.
 
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
Baja California: 115 embarcaciones, 18 concesiones.
Baja California Sur: 410 embarcaciones, 15 concesiones.
Sonora: 35 embarcaciones, 12 permisos.
Sinaloa: 25 embarcaciones, 4 permisos.
Guerrero: 72 embarcaciones, 15 permisos.
Jalisco: 10 embarcaciones; 1 permiso.
Michoacán: 19 embarcaciones, 2 permisos.
Oaxaca: 16 embarcaciones, 2 permisos.
Nayarit: 11 embarcaciones, 2 permisos.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral Océano Pacífico mexicano, hasta 60 brazas de profundidad. Conforme a la NOM-006-SAG/PESC-2016, la zona de captura se divide en: I) Península de Baja California; II) Gofo de California (Sonora a Nayarit); III) Pacífico centro-sur (Jalisco a Chiapas) y IV) Archipiélago de Revillagigedo, considerando los lineamientos normativos de los programas de manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la Reserva de la Biosfera Isla Guadalupe; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Red de Zonas de Refugio Pesquero, establecidas en el corredor marino de San Cosme a Punta Coyote, en B.C.S.
NOM-006-PESC-1993,
NOM-006-SAG/PESC-2016
DOF: 07/12/16
DOF: 17/06/2011
DOF: 01/09/2000
DOF: 16/11/2012
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva por zona; regulación del arte y método de pesca; protección a hembras ovígeras.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable en las zonas I, II y III. Pesquería certificada como sustentable en la costa occidental de la Península de Baja California.
7. Recomendaciones de manejo
Para todas las regiones:
a.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b.   No incrementar el esfuerzo.
c.   Instalar Subcomités estatales de administración de las pesquerías de langosta como mecanismo de coordinación para la administración y manejo de esta pesquería, conforme a lo establecido en el numeral 4.7 de la NOM-006-SAG/PESC-1993 (DOF: 07/09/2016).
d.   Optimizar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, a través de las bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042-P), mediante la coordinación entre CONAPESCA e INAPESCA; así como el programa de observadores a bordo, que permita evaluar el impacto de la captura en la zona I, e instrumentarlo en la zona II y III.
Para la región I:
a.   Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona.
b.   Resolver de manera negativa la solicitud de permiso de pesca comercial de langosta cuando los polígonos solicitados se ubiquen en la "segunda línea", es decir, en la parte externa de un polígono que ya existe en la costa.
Para la región II y III:
a.   Promover el aprovechamiento de la langosta mediante el otorgamiento de concesiones pesqueras, con polígonos definidos para cada organización pesquera.
16. Medusa bola de cañón
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California. Con potencial de aprovechamiento comercial en Baja California y Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor a 10 m de eslora, con motor fuera de borda, 1-5 t de capacidad de acarreo. Participan 2-5 pescadores. La red de cuchara permite seleccionar medusas con la talla mínima de captura y excluir organismos de otras especies.
1. Generalidades
Especie objetivo
Nombre común
Nombre científico
Medusa, bola de cañón, o aguamala
Stomolophus meleagris
 
La abundancia de medusas es variable interanualmente debido a su ciclo de vida con dos fases: bentónica (poliploide) y nectónica (medusoide). Presentan tasas de fecundidad altas y corta longevidad en la fase de medusa (nueve meses). Filtradores y a su vez presas de algunas especies. Organismos dioicos en su fase nectónica. La reproducción sexual se realiza de febrero a mayo, con máximo en abril; la generación de larvas ocurre en otoño y primavera.

Fuente: oficinas de pesca de CONAPESCA (captura en peso entero)
 
2. Indicadores de la pesquería
Las capturas hasta 2010 se realizaron con permisos de pesca de fomento y a partir de 2011 con permisos de pesca comercial. La pesca se dirige a la fase nectónica de febrero a junio frente a las bocas de los esteros y 10-30 m de distancia de la costa. El recurso se presenta en agregaciones alargadas. Las medusas conforman "venas" o "listones" de unos cuantos a varios cientos de metros de longitud y hasta decenas de metros de ancho. Generalmente se realizan uno o dos viajes por panga por día, dependiendo de la distancia y abundancia del recurso.
El costo por viaje de pesca varía entre $100 a $500 pesos. El 100% de la captura es exportado a Asia, Europa y Estados Unidos. El rendimiento del producto depende del proceso que se aplique; la medusa deshidratada semi-terminada (forma en que se exporta) rinde en promedio un 20%. Para consumo humano directo las medusas son sometidas a dos procesos de deshidratación con rendimiento de 10% del insumo original. Producto dirigido a los mercados de China, Indonesia, Malasia, Corea, Tailandia y Singapur; también cuenta con mercado en algunos países europeos y en Estados Unidos de Norteamérica.

Fuente: Informe técnico del INAPESCA
Con base en la captura registrada en Sonora y Sinaloa se desarrolló un modelo dinámico de Schaefer que sugiere la disminución de biomasa a partir de 2012, y se alcanzó el punto de referencia (1/2 K) en 2015.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La abundancia poblacional de la medusa bola de cañón está asociada con la tasa de clorofila a y la temperatura superficial del mar (TSM). En mayo de 2012 se registró incremento de la TSM en el Alto Golfo de California e inusual abundancia de medusas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de manejo
pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
110 mm de campana.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca y
método de
captura
p
Red cuchara mayor 5", recolección manual cerca de la costa. Captura diurna.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
x
Investigación en desarrollo.
 
Cuota
p
Variable.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
90 permisos en Sonora y 11 en Sinaloa. 520 embarcaciones menores en total. Padrón cerrado.
Se realizan entre 1 y 2 viajes por panga al día, dependiendo de la distancia y abundancia del recurso.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California. Con potencial de aprovechamiento comercial en Baja California y Baja California Sur, considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
DOF: 25/09/2009
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura variable, en función de la disponibilidad del recurso.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura.
6. Estatus
Pesquería al máximo sustentable en Sinaloa y Sonora. En Baja California y Baja California Sur podrán otorgarse permisos de pesca comercial en función de la disponibilidad del recurso, con base en dictamen técnico del INAPESCA.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para normar el inicio de temporada, talla mínima de captura, tasa de incidentalidad de organismos menores a la talla mínima y arte de pesca.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo. No exceder de 520 pangas en el norte de Sinaloa, litoral de Sonora y costa oriental de Baja California. Como medida precautoria se recomienda que las pangas realicen sólo un viaje por día en horario diurno.
d.   Suspender toda actividad cuando las condiciones del mar sean adversas, especialmente durante el transporte del producto de los sitios de captura a los de recepción.
e.   Con el fin de administrar y ordenar el aprovechamiento sustentable del recurso, se recomienda zonificar las áreas de pesca con base en la captura histórica en cada zona, la capacidad de proceso instalada, la demanda de permisos y la abundancia esperada. Los sitios de arribo deberán especificarse en los permisos comerciales.
f.    Las embarcaciones no podrán trasladarse de una zona a otra, excepto en el caso de haber suficiente recurso, previo acuerdo entre comunidades y con autorización de CONAPESCA.
g.   Establecer controles estrictos para que se reporte debidamente la captura por viaje de todas las pangas y todos los viajes de pesca.
h.   Realizar pausas durante la temporada de pesca con el fin permitir que los juveniles se recluten a la talla de captura.
i.    Instrumentar un programa de seguimiento en coordinación con las organizaciones pesqueras para detectar la presencia de medusa.
 
17. Merluza del Pacífico Norte

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California y costa occidental de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en la costa occidental de la Península Baja California Sur, frente a Bahía Magdalena.
Unidad de pesca
Embarcación mayor con capacidad superior a 10 t de arqueo neto. Red de arrastre escamera, pudiendo ser de doble aparejo y/o arrastre por popa Los viajes de pesca pueden variar entre 1 a 7 días.
1. Generalidades
Especie objetivo
 
Se distribuye desde la plataforma continental (12 m) hasta el talud (500 m). Pez carnívoro que se alimenta de peces pelágicos e invertebrados. En el Golfo de California se han reportado organismos de 99 cm de longitud total. Su población se duplica en un tiempo mínimo de 4.5-14 años.
Nombre común
Nombre científico
Merluza del Pacífico norte
Merluccius productus
 
2. Indicadores de la pesquería
Se captura de diciembre a mayo. El registro de captura en el periodo 2006-2015 presentó tendencia positiva, con 10,000 t en 2014. Estudios de cruceros de prospección del INAPESCA han documentado que la biomasa se concentra en la región central y norte del Golfo de California.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca.
3. Efectos ambientales y cambio climático
 
No se conocen detalles de los efectos de cambios ambientales.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para merluza.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca y
método de
captura
p
Embarcación mayor, con red de arrastre escamera, pudiendo ser de doble aparejo y/o o arrastre por popa.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
En proceso de evaluación
 
Unidad de pesca
p
Embarcaciones mayores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
Esfuerzo óptimo entre 70 y 80 embarcaciones
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California y costa occidental de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en la costa occidental de la Península Baja California Sur, frente a Bahía Magdalena.
Dictamen técnico del INAPESCA
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento y cuota de captura
Tácticas de manejo: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte y método de captura; zona de pesca. Se encuentra instalado el Comité Consultivo de Manejo Pesquero del Recurso Merluza (12/11/2015).
6. Estatus
Recurso con potencial de desarrollo.
7. Recomendaciones de manejo
a.     Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.     Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.     Propiciar la participación del Comité Consultivo de Manejo Pesquero de la Merluza, instalado en 2015.
d.     No incrementar el esfuerzo.
e.     Emitir permisos de pesca comercial específicos para merluza.
f.     Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA
 
18. Ostión del Pacífico

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano (excepto el Alto Golfo de California).
Unidad de pesca
Embarcación menor de madera o fibra de vidrio, propulsión con remo o motor fuera de borda hasta con cuatro pescadores; extracción manual mediante buceo libre con una barra de acero (50 cm de longitud terminada en 1 ó 2 puntas) para desprenderlos de las rocas y depositarlos en cámaras inflables, costales o "arpillas".
1. Generalidades
Especies objetivo
 
*Adherido a las rocas en mar abierto desde Jalisco a Oaxaca.
**Zonas estuarinas desde Baja California Sur hasta Nayarit.
***Bahías someras con predominio marino en la Península de Baja California y Sinaloa
Nombre común
Nombre científico
Ostión americano
Crassostrea virginica
Ostión de roca*
Crassostrea iridescens
Ostión de placer**
Crassostrea corteziensis
Ostión japonés***
Crassostrea gigas
 
2. Indicadores de la pesquería
La captura se realiza hasta los 10 m de profundidad. Se comercializa en el mercado nacional en presentación fresco, entero en su concha o desconchado y en salmuera. En 2014, la captura total en el Pacífico norte superó 6,200 t y en el Pacífico sur, 1,500 t. Desde 2011 Nayarit registra el mayor volumen de captura con una media anual de 2,500 t. En Baja California, Baja California Sur, Sonora y Nayarit existen cultivos intensivos.
 

Fuente: Anuarios estadísticos de pesca (captura en peso total)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Entre los impactos del cambio climático destacan la erosión de las playas, las inundaciones en el litoral adyacente, la intrusión salina en cuerpos acuáticos y el arrastre de sedimento continental por lluvias extraordinarias o atípicas. Estos factores afectan sensiblemente a las poblaciones de ostión y, de manera específica, al ostión de placer.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/ NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
X
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
X
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial para ostión de placer y de roca.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
90 mm de longitud de concha.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca y
método de
captura
p
Buceo libre, colecta manual empleando una barra de acero.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
Crassostrea corteziensis: en las aguas marinas y estuarinas del Golfo de California hasta Nayarit del 15 de julio al 15 de noviembre de cada año, exceptuando las ubicadas al sur de la comunidad de Teacapán, Sinaloa, mismas que limitan con el Estado de Nayarit.
Las ubicadas al sur de Teacapán, Sinaloa, mismas que limitan con el Estado de Nayarit, y que pertenecen al ecosistema lagunar costero Teacapán Agua Brava, Sinaloa, del 15 de julio de cada año al 15 de febrero del año siguiente.
Crassostrea iridescens: del 1 de junio al 31 de agosto de cada año en la zona comprendida del Estado de Sinaloa hasta el Estado de Chiapas, exceptuando el área que abarca desde Pie de la Cuesta (16 °53'33" latitud norte y 99 °57'32" longitud oeste) hasta Playa Revolcadero (16 °47'21" latitud norte y 99 °49'42" longitud oeste) en el estado de Guerrero.
Del 1 de junio al 1 de diciembre de cada año a partir de 2016, desde Pie de la Cuesta (16 °53'33" latitud norte y 99 °57'32" longitud oeste) hasta Playa Revolcadero (16 °47'21" latitud norte y 99 °49'42" longitud oeste), incluyendo la Bahía de Acapulco y Puerto Marqués, en el Estado de Guerrero.
Acuerdos publicados en el
DOF: 29/11/2013 y DOF: 29/09/2015
Acuerdo por el que se modifica el aviso por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de fauna acuática en Aguas de Jurisdicción Federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 16 de marzo de 1994, para modificar el periodo de veda del ostión de piedra (Crassostrea iridescens) en las Aguas de Jurisdicción Federal del litoral del Océano Pacífico.
Cuota
p
Cuota de captura anual variable.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
Michoacán: 14 SCPP y 219 pescadores. Guerrero: 17 SCPP y 381 buzos. Jalisco: 8 SCPP.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano (excepto el Alto Golfo de California), considerando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC).
DOF: 07/12/2016
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable, en función de la disponibilidad y densidad del recurso.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda reproductiva por zona; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
 
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   Incremento del esfuerzo en función de la disponibilidad del recurso, previo dictamen técnico del INAPESCA.
d.   Establecer un programa de rotación de bancos.
e.   Definir y establecer como refugios pesqueros las áreas con bancos "semilleros".
f.    Reconstruir la superficie de los bancos históricos para favorecer el asentamiento y fijación de la semilla.
g.   Establecer cuotas de captura por día por pescador, días de pesca a la semana, bajo un esquema de co-manejo y corresponsabilidad con las organizaciones y pescadores de cada zona o región o banco.
h.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
19. Pelágicos menores

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de Baja California y Bahía Magdalena en Baja California Sur. Debido a su amplia movilidad y desplazamiento, la composición por especies en la captura se reporta a nivel Pacífico Norte, incluyendo el Golfo de California.
Unidad de pesca
 
Embarcación mayor a 10 t de registro bruto, 25-28 m de eslora, 140-180 t de capacidad de bodega y máquina principal de 520 HP. Red de cerco de jareta. Participan máximo de 10 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
 
Nombre común
Nombre científico
La composición de especies es variable por puerto. Ensenada (Baja California): anchoveta, macarela, monterrey y charrito. Bahía Magdalena (Baja California Sur): monterrey, crinuda, macarela y bocona. Guaymas y Yavaros (Sonora): crinuda, macarela, monterrey, bocona, anchoveta, japonesa y piña. Mazatlán (Sinaloa): crinuda (las tres especies) y bocona.
Sardina monterrey
Sardinops sagax
Anchoveta
Engraulis mordax
Sardina crinuda
Opisthonema libertate
Sardina crinuda azul
Opisthonema bulleri
Sardina crinuda machete
Opisthonema medirastre
Macarela
Scomber japonicus
Sardina bocona
Cetengraulis mysticetus
Sardina japonesa
Etrumeus teres
Charrito
Trachurus symmetricus
Sardina piña
Oligoplites refulgens
 
2. Indicadores de la pesquería
El peso desembarcado representa hasta 30% de la captura pesquera anual a nivel nacional y 10% del valor económico.

Fuente: Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (captura en peso entero).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Recurso oscilante, cuya abundancia y disponibilidad responde a la variabilidad ambiental (régimen climático). En la década de los ochenta y noventa fueron registradas disminuciones drásticas en los volúmenes de captura de anchoveta y sardina Monterrey. En sardina crinuda se ha documentado la disminución en la captura en años El Niño. En sardina bocona, no se observa relación.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-003-PESC-1993
DOF: 31/12/1993
Plan de Manejo
Pesquero
p
Plan de manejo para la Pesquería de Pelágicos Menores (sardinas, anchovetas, macarela y afines) del Noroeste de México.
DOF: 08/11/2012
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial de pelágicos menores.
Dictamen técnico de INAPESCA
Talla mínima
p
150 mm de longitud patrón para sardina monterrey.
160 mm de longitud patrón para crinuda.
100 mm de longitud patrón para anchoveta.
La captura total podrá contener un máximo de 20% de organismos menores a la talla mínima.
DOF: 31/12/1993 y acuerdos regulatorios
Arte de pesca y
método de
captura
p
Límite en el tamaño de las redes de cerco: <80 t, 366 m; entre 81-120 t, 549 m; entre 121-150 t, 585 m; entre 151-200 t, 604 m; >200 t, 640 m. Luz de malla 13-25 mm. Lances durante el oscuro, alrededor de 20 días centrados en la luna nueva.
DOF: 31/12/1993
DOF: 08/11/2012
Veda
x
No tiene.
 
Cuota
x
No aplica.
Dictamen técnico de INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones mayores.
NOM-003-PESC-1993
Esfuerzo
p
Padrón cerrado en Pacífico norte.
Dictamen técnico de INAPESCA
Carta Nacional Pesquera 2012, DOF: 24/08/2012.
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de Baja California y Bahía Magdalena en Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno.
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
DOF: 07/12/2016
DOF: 01/09/2000
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura por especie; regulaciones en las artes y método de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable (Informe técnico, INAPESCA). Pesquería certificada como sustentable en Sonora y Sinaloa.
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo en las zonas de pesca al norte del paralelo 20 °N.
 
b.   Fortalecer y hacer operativos a los Subcomités de Pesca.
c.   Explorar nuevas áreas de pesca.
d.   Promover un programa de observadores científicos a bordo, para la evaluación del impacto de la pesquería sobre las especies asociadas en las capturas.
e.   Explorar la factibilidad de pesca de media agua frente a la Península de Baja California.
f.    Mantener el número límite de embarcaciones por Puerto de desembarco, no permitir el movimiento de las flotas entre regiones de la Península de Baja California y las del Golfo de California (Sonora-Sinaloa). Se permitirá el movimiento de embarcaciones por tiempo determinado y mediante autorización expresa de la autoridad pesquera, cuando por razones operacionales y de mantenimiento algunas unidades de pesca dejen de operar y otras unidades puedan ocupar el esfuerzo no utilizado.
g.   Instrumentar las líneas investigación establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
h.   Actualizar la NOM-003-PESC-1993, incluyendo los temas de regionalización, tallas mínimas, calado de las redes, y áreas de pesca
20. Pepino de mar del Pacífico

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa noroccidental de la Península de Baja California, desde Tijuana, Baja California hasta Punta Abreojos, Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual, colecta en bolsa de pesca ("jaba"). Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Pepino de mar
Parastichopus parvimensis
 
La pesquería de pepino de mar inició en Baja California en 1989. En Baja California Sur inició en Isla Natividad como pesca de fomento en 1996 y de manera comercial en 2004. Las presentaciones del producto son deshidratado, peso completo, eviscerado y precocido-salado; se destina al mercado asiático.
2. Indicadores de la pesquería
En Baja California la captura promedio en el periodo 2000-2015 fue 217.6 t; la tendencia en este periodo fue negativa y en 2015 se registró el valor histórico más bajo (54.4 t). En Baja California Sur la captura promedio en el periodo 2000-2015 fue 99 t. La captura presentó una tendencia positiva entre los años 2003-2009; en los últimos 6 años la tendencia fue negativa, con un registro de 31 t en 2015. La biomasa estimada en Baja California Sur mostró tendencia positiva en el periodo 2005-2011 y a partir de este año y hasta el 2015 se presentó una disminución de 2,000 t.
La investigación pesquera se realiza en esquema de co-manejo y corresponsabilidad entre el INAPESCA y los usuarios del recurso.

Fuente: Subdelegación de Pesca de B.C. (captura en peso fresco eviscerado)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento de temperatura superficial del mar (TSM) favorece el desove de esta especie. La falta de nutrientes asociada a El Niño y La Mancha en áreas de surgencia costera puede afectar la fase larvaria y juvenil. El pepino de mar habita zonas someras (0-50 m) con ausencia de corrientes. En años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS), la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) pudiera resultar afectada debido al aumento de tormentas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial exclusivo para la especie Parastichopus parvimensis.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima de
captura
p
Peso mínimo de 200 gr.
Dictamen técnico del INAPESCA
Arte de pesca y
método de
captura
p
Buceo semiautónomo tipo "Hooka", recolección manual. Se prohíbe la pesca nocturna.
Disposición administrativa CONAPESCA
Veda
x
Investigación en desarrollo.
Dictamen técnico del INAPESCA
Cuota
p
Cuota anual variable en función de la disponibilidad y densidad del recurso por zona o banco.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de pesca
p
Embarcaciones menores.
Disposición administrativa de CONAPESCA
Esfuerzo
p
Baja California: 20 permisos de pesca comercial que amparan 100 embarcaciones menores.
Baja California Sur: 6 permisos de pesca comercial que amparan 64 embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa noroccidental de la Península de Baja California, desde Tijuana, Baja California hasta Punta Abreojos, Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos del programa de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California.
DOF: 07/12/2016
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento no mayor al 10% del tamaño poblacional.
Tácticas: Control de esfuerzo; peso mínimo de captura (organismo).
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
 
c.   No incrementar el esfuerzo en toda la zona donde se realiza al aprovechamiento comercial.
d.   Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona en Baja California.
e.   Establecer una veda de febrero a mayo para proteger el proceso reproductivo, previo dictamen técnico del INAPESCA.
f.    Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g.   Instrumentar un programa de ordenamiento pesquero para promover zonas integrales de pesca de recursos bentónicos o semi-sésiles de importancia comercial en Baja California, de manera que un solo permisionario u organización pueda aprovechar todos los recursos en una misma zona de pesca en lugar de que diferentes usuarios aprovechen diferentes recursos en una misma zona.
h.   Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
21. Pulpo del Pacífico

Zona de captura
Zonas someras y rocosas, con profundidad máxima de 80 m. Específicamente Octopus hubbsorum se pesca desde el "Golfo de Ulloa", Baja California Sur hasta Oaxaca, incluyendo el Golfo de California. En la costa del Pacífico de Baja California Sur con profundidad máxima de 80 m con trampa; y 30 m de profundidad con buceo y gancho desde el Golfo de California hasta Salina Cruz, Oaxaca. Se ha observado que existe una estratificación de tallas donde el pulpo más grande se encuentra en zonas más profundas. Octopus bimaculatus se captura desde Punta Eugenia hasta el Golfo de Ulloa y en el interior del Golfo de California,
principalmente en Bahía de los Angeles y algunos puntos del Norte del Golfo de California. Octopus bimaculoides, se captura en las Lagunas Ojo de Liebre y Guerrero Negro.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda. En la costa Pacífico de la Península de Baja California se emplean trampas y en el Golfo de California hasta Oaxaca se captura con buceo semiautonomo tipo "Hooka" y gancho como arte de pesa. Octupus bimaculoides se captura con jarritos de barro, o tubos de PVC. La especie Octopus bimaculatus se captura durante el invierno, al igual que Octupus bimaculoides; Octopus hubbsorum se captura principalmente durante el verano, cuando las hembras se acercan a la zona rocosa somera a depositar huevos en las oquedades. En Guerrero se captura todo el año, pero la mayor producción es de mayo a agosto. En Sonora existen permisos comerciales a embarcaciones mayores
1. Generalidades
Especies objetivo
Nombre común
Nombre científico
Pulpo verde
Octopus hubbsorum
Pulpo de dos manchas o pulpo café
Pulpo ocelado enano
Octopus bimaculatus
Octopus bimaculoides
 
2. Indicadores de la pesquería
Durante el periodo 1990-2016 la captura anual promedio para el Pacífico mexicano fue de 942 t. La captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de pulpo es variable dependiendo de la zona y la temporada de pesca, en el Pacífico centro-sur desde Nayarit hasta Oaxaca oscila entre 40 y 80 kg/viaje/embarcación y en Baja California Sur entre los 10-100 kg/viaje. En Guerrero es de 6 a 32 kg/viaje/embarcación.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El Océano Pacífico en la costa Mexicana tiene peculiaridades oceanográficas, se encuentra bajo la influencia de dos grandes corrientes. La Corriente de California (CC), que propicia condiciones templadas y la Corriente Norecuatorial, de temperaturas cálida. En la Península de Baja California es mayor el efecto de la CC, su mayor influencia está situada en las inmediaciones de Punta Eugenia hasta el complejo lagunar Bahía Magdalena-Almejas, lo que se considera una zona de transición; hasta esta zona se distribuye el pulpo O. bimaculatus, especie de afinidad templada. Y a partir de esa zona hacia el sur se tiene un dominio considerable de la Corriente Norecuatorial, la especie de pulpo dominante en condiciones cálidas es O. hubbsorum. En relación al cambio climático se ha observado que debido a las características ecológicas de los cefalópodos (i.e. ciclo de vida corto, rápido crecimiento, fuerte plasticidad del ciclo de vida); lo que implica una rápida adaptación al cambio se ha observado a nivel mundial un incremento en las capturas de cefalópodos. Durante condiciones oceanográficas La Niña, las poblaciones de pulpo migran, disminuyendo las capturas. Durante El Niño, los organismos se aproximan a la línea de costa siendo vulnerables a la pesca, aumentando su captura y afectando incluso los ciclos reproductivos. Para los estados de Nayarit a Oaxaca la intromisión de la Corriente de California conduce a una baja de temperatura de noviembre a mediados de mayo; posteriormente se incrementa la temperatura en la época de lluvias, de junio a octubre, debido a la influencia de la Corriente Costera de Costa Rica, las capturas comerciales muestran que los valores máximos
de las CPUE coinciden con los meses más cálidos (junio-agosto).
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de manejo
pesquero
x
No tiene. En proceso de elaboración.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima de
captura
x
Para todas las especies de pulpo en Bahía de los Ángeles, Baja California:
Para los machos: 124 mm de longitud del manto dorsal o un peso de 757 gr.
Para las hembras: 143 mm de longitud del manto dorsal o un peso de 1029 gr.
Acuerdo publicado en el DOF: 01/06/2016
DOF: 07/11/2017
Arte de pesca y
método de
captura
p
Trampas en Baja California Sur y en embarcaciones mayores buceo semiautónomo tipo "Hooka" con gancho en el resto de los estados.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
Veda para todas las especies de pulpo en Bahía de los Ángeles, Baja California:
A partir de las 00:00 horas del 01 de agosto hasta las 24:00 horas del 30 de noviembre de cada año.
Acuerdo publicado en el DOF: 01/06/2016
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor y mayor.
Dictamen técnico del INAPESCA
 
Esfuerzo
p
Baja California Sur: 103 permisos para 370 embarcaciones con 10300 trampas; Sonora: 44 permisos para 127 embarcaciones menores y 3 permisos para 3 embarcaciones mayores. Jalisco: 24 permisos; Guerrero: 19 permisos para 105 embarcaciones y 466 socios. Oaxaca: 17 permisos para 97 embarcaciones y 450 pescadores; Michoacán: 12 permisos para 90 embarcaciones y 115 equipos de pesca; Nayarit: 1 permiso para 8 campos pesqueros, 56 buzos; 4 embarcaciones; Colima: 2 permisos
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
DOF: 05/11/2013
DOF: 20/01/2015
DOF: 07/12/2016
DOF: 25/09/2009
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento.
 
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda reproductiva.
6. Estatus
Algunas zonas con aprovechamiento al máximo sustentable y otras con potencial (Informe Técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.     Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana correspondiente para regular el aprovechamiento, con las siguientes recomendaciones iniciales: talla mínima por especie, veda para proteger el máximo periodo reproductivo y definir las artes de pesca permitidos por región. No permitir el uso de cloro o sustancias tóxicas irritantes.
b.    Evaluar y revisar la implementación de tallas mínimas de captura y periodo de veda por zona, mediante Dictamen Técnico del INAPESCA.
c.     Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
d.    No incrementar el esfuerzo en las áreas o zonas de pesca donde ya existen permisos de pesca comercial.
e.     En las zonas donde no exista aprovechamiento se podrán otorgar permisos de pesca comercial o de fomento, previo estudio de disponibilidad y dictamen técnico del INAPESCA. Asignar los permisos de pesca otorgando áreas geográficamente delimitadas, a fin de evitar el traslape de las mismas.
22. Túnidos del Pacífico

Zona de captura
Zona Económica Exclusiva de México. Aguas internacionales del Océano Pacífico Oriental (al norte de los 5 °N hasta los 150 °O).
Unidad de pesca
Barcos cerqueros con capacidad de bodega variable (150-1,540 t), red de cerco de hasta 1,850 m de longitud con 18 paños de altura. También están autorizados barcos, palangreros, vareros y de pesca deportiva.
 
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies asociadas
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Atún aleta amarilla
Thunnus albacares
Barrilete
Katsuwonus pelamis
Atún aleta azul
Thunnus orientalis
Albacora
Thunnus alalunga
 
Patudo
Thunnus obesus
 
Barrilete negro
Euthynnus lineatus
 
2. Indicadores de la pesquería
En 2003 se registró la captura histórica de 183,000 t. Mazatlán, Sinaloa es el principal puerto de descargas, seguido de Manzanillo, Colima y Puerto Chiapas, Chiapas. Estos puertos acumulan el 80% de las descargas de atún en México. De acuerdo al Registro Regional de Buques actualizado de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), en México existen 64 embarcaciones de cerco y 15 de vara.
A partir de 2004 se observó un descenso en la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de atún aleta amarilla y desde el 2008 se ha observado un ligero incremento de la misma. La pesca de atún aleta azul está enfocada a organismos de edad de 1 a 3 años.
3. Efectos ambientales y cambio climático
Cambios en la distribución y abundancia de pelágicos menores, afectan de manera directa a las poblaciones de atún dado que constituyen su principal fuente de alimento.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero).
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-001-SAG/PESC-2013
NOM-022-SAG/PESC-2015
DOF: 16/01/2014
DOF: 12/06/2015
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de manejo pesquero de atún aleta amarilla (Thunnus albacares) del Océano Pacífico Mexicano.
DOF: 16/07/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Red de cerco con paño de seguridad. La altura del paño de seguridad no podrá ser menor a 22 m. Tres embarcaciones auxiliares para emplearse durante la maniobra.
Vara de bambú, acrílico o fibra de vidrio con una longitud de 2.5 a 3 m y anzuelos con dimensiones mínimas de 68 mm de largo por 33.5 mm de ancho. Máximo 20 varas por embarcación.
Numeral 4.2, NOM-001-SAG/PESC-2013
Numeral 4.8, NOM-022-SAG/PESC-2015
Veda
p
Temporal variable para atún aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo o atún ojo grande (Thunnus obesus) y barrilete (Katsuwonus pelamis).
Resolución de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).
Dictamen técnico del INAPESCA
Cuota
p
Atún aleta amarilla: cuota de captura anual variable sin rebasar 6,600 t.
Atún aleta azul: cuota de captura bianual variable sin rebasar 6,600 t.
Resolución de CIAT.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones mayores cerqueras, vareras y de pesca deportiva.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
64 embarcaciones mayores con red de cerco.
15 embarcaciones mayores con vara.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Zona Económica Exclusiva de México. Aguas internacionales del Océano Pacífico Oriental (al norte de los 5 °N hasta los 150 °O), considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California.
DOF: 07/12/2016
 
5. Estrategias y tácticas de pesca
Estrategias: Cuota de captura variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda temporal variable; talla mínima de captura.
6. Estatus
Atún aleta amarilla: Aprovechado al máximo sustentable.
Atún aleta azul: Sobreexplotado.
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo. Prohibir el ingreso de nuevos buques, definidos como aquellos no incluidos en el registro de la flota cerquera del Océano Pacífico Oriental, excepto para reemplazar buques eliminados del registro siempre y cuando la capacidad del buque o buques sustitutos no supere la del buque o buques reemplazados.
b.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
c.   Determinar y regular las tallas mínimas de captura.
d.   Implementar estrategias para reducir la captura de organismos menores de dos años de edad o 12 kg.
23. Verdillo
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa Occidental de la Península de Baja California, desde Ensenada, Baja California hasta Bahía Magdalena, Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 6.5 a 9 m de eslora, con motor fuera de borda. Participan 2 ó 3 pescadores. El 95% de la captura se obtiene con trampa; el 5% utiliza línea de mano.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies incidentales
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Verdillo, cabrilla verde
Paralabrax nebulifer
Curricata, cabrilla
arenera
Paralabrax
maculatofasciatus
Cabrilla de roca,
pierna
Caulolatilus princeps
Cabrilla sargacera, calico
Paralabrax clathratus
 
 
Cabrilla extranjera
Paralabrax auroguttatus
 
 
Mero manchado
Hyporthodus niphobles
 
 
Vieja de California
Semicossyphus pulcher
 
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2002-2016 la captura total promedio superó las 3,000 t; 97% de la captura total anual proviene de Baja California Sur. Durante el año 2016 se publicó el Acuerdo por el que se establece la zona de refugio pesquero y nuevas medidas para reducir la posible interacción de la pesca con tortugas marinas en la costa occidental de Baja California Sur (DOF, 23/06/2016), el cual prohíbe la pesca durante los meses de mayor captura de verdillo (23 de junio al 30 de septiembre), causa principal de que el volumen desembarcado en el año 2016 sea menor al de años anteriores.
 
La trampa verdillera puede capturar peces entre 190 y 610 mm de longitud total (LT), el 50% entre los 300 y 342 mm LT; la línea de mano captura organismos entre 210 y 560 mm LT, el 50% entre los 340 y 408 mm LT. La talla de primera madurez reportada para hembras es 301 mm y para machos es 290 mm LT.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las especies de escama marina son afectadas negativamente por el incremento de la temperatura superficial del mar (TSM). El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) provoca disminución en la captura debido a cambios en las condiciones del mar y tormentas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No existe.
 
Plan de manejo
pesquero
x
En revisión.
 
Tipo de acceso
p
Permiso de pesca comercial de escama.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca y
método de
captura
p
Trampa verdillera: Luz de malla 5x5 cm (2x2"), dependiendo la localidad las dimensiones y modelos son variables, comúnmente de 107 cm de largo (42.12"), 76 cm de ancho (29.92") y 46 cm de alto (18.11"),; 8 trampas por embarcación, 5-10 lances por trampa, 20-45 minutos de reposo en profundidades de 23.7 a 65.8 m.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
569 permisos de escama, 142 cuentan con autorización para usar trampas verdilleras. No incrementar el esfuerzo pesquero.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa Occidental de la Península de Baja California, desde Ensenada, Baja California hasta Bahía Magdalena, Baja California Sur., considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC).
DOF: 07/12/16
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b.   Publicar e implementar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e.   Publicar el acuerdo para establecer la veda reproductiva.
f.    Sobre el uso correcto de las trampas, éstas no deben dejarse en reposo durante la noche, no utilizar material que impida la salida de organismos de talla menor. No utilizar trampa a media agua para evitar capturar organismos en desove.
1. Lisa y lebrancha del Golfo de México y Mar Caribe

 
Zona de captura
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal, sistemas lagunares y desembocadura de ríos del Golfo de México.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio con motor fuera de borda (75 caballos de fuerza). Red de enmalle. Participan 2 ó 3 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Nombre común
Nombre científico
Lisa
Lebrancha
Mugil cephalus
Mugil curema
 
Especies asociadas
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Trucha pinta
Trucha blanca
Corvina ocelada o
roja
Croca
Gurrubata, tambor
Tambor, tontón
Sargo, mojarra negra
Cynoscion nebulosus
Cynoscion arenarius
Sciaenops ocellatus
Leiostomus xanthurus
Micropogonias undulatus
Pogonias cromis
Archosargus probatocephalus
Mojarra blanca
Mojarra rayada
Mojarra plateada
Ronco amarillo
Robalo blanco
Chucumite
Guabina de río
Ratón del golfo
Diapterus auratus
Eugerres plumieri
Eucinostomus argenteus
Conodon nobilis
Centropomus undecimalis
Centropomus parallelus
Eleotris pisonis
Menticirrhus americanus
 
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2011-2015 el 69% de la captura de lisa en el Golfo de México y Mar Caribe provino de Tamaulipas con un promedio anual de 3,334 t. Veracruz aportó el 91% del total de la captura de lebrancha. El 41% de la captura total en la región se registró durante el periodo reproductivo (noviembre y diciembre). De 2001 a 2013 la captura de lisa disminuyó 27% respecto al periodo 1991-2000. A partir de 2014 se observó una recuperación en las capturas.
 

Fuente: Anuarios Estadístico de Acuacultura y Pesca (captura en peso total)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) podrían afectar negativamente las capturas, la condición de los primeros estadios de vida de los individuos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-016-SAG/PESC-2014
DOF: 29/07/2015
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de Lisa (Mugil cephalus) y Lebrancha (Mugil curema), en las costas de Tamaulipas y Veracruz.
DOF: 31/03/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama marina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
30 cm de longitud total para Mugil cephalus.
26 cm de longitud total para Mugil curema.
Numeral 4.2.2 de la NOM-016-SAG/PESC-2014
Arte de pesca
y método de
captura
p
Red de enmalle tipo agallera con luz de malla de 102 mm (4 pulgadas) como mínimo para la captura de lisa y de 76 mm (3 pulgadas) como mínimo para la captura de lebrancha.
Numeral 4.3 de la NOM-016-SAG/PESC-2014
Veda
p
Del 1 al 31 de diciembre y del 1 al 28 de febrero de cada año para ambas especies en las costas de Tamaulipas y Veracruz, exceptuando Laguna Madre, Tamaulipas.
A partir de septiembre de 2016 y años subsecuentes, del 1 de septiembre al 10 de noviembre, del 1 al 31 de diciembre y del 1 al 28 de febrero de cada año en Laguna Madre, Tamaulipas.
DOF: 16/03/1994
DOF: 16/10/2015
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
Desconocido.
 
Zona de pesca
p
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal, sistemas lagunares y desembocadura de ríos del Golfo de México.
NOM-016-PESC-1994,
NOM-016-SAG/PESC-2014
DOF: 29/07/2015
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento. La tasa de aprovechamiento se estima con modelos poblacionales (captura /biomasa)
Tácticas: Control de esfuerzo; veda reproductiva y de crecimiento; talla mínima de captura; regulaciones en el arte y método de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo.
b.   Emitir permisos de pesca comercial específicos para lisa y lebrancha.
c.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
2. Caracoles del Golfo de México y Mar Caribe

 
Zona de captura
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal de Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán entre 2-12 m de profundidad. Quintana Roo, 2-10 m de profundidad en la zona intermareal de lagunas costeras.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con martillo y "pincho" para extraer el molusco de la concha. Participan 4 a 7 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Caracol rosado,
abanico3
Lobatus gigas
(previamente Strombus
gigas)
Caracol canelo1,2
Strombus pugilis
Caracol tomburro2
Turbinella angulata
Caracol chivita
nolón1,2
Melongena melongena
Trompillo, sacabocado2
Sinistrofulgur perversum
Caracol chivita1,2,3
Melongena corona
bispinosa
Caracol chacpel, rojo2
Triplofusus giganteus
Caracol
campechana2
Fasciolaria tulipa
Caracol lanceta,
blanco1,2
Lobatus costatus
(previamente Strombus
costatus)
 
 
¹ Tamaulipas y Veracruz, ² Tabasco y Campeche, ³ Yucatán y Quintana Roo.
2. Indicadores de la pesquería
La captura en el Golfo de México muestra tendencia negativa a partir de 2008. Los caracoles tomburro y trompillo aportan el 87% de la captura. En Veracruz la tendencia de captura es positiva de 10 t a 193 t en el periodo 2001-2012. La captura en Campeche osciló entre 2,815 t y 8,311 t y representó el 94% de la captura total registrada en el Golfo de México y Mar Caribe. En Yucatán se mantiene una veda total para las especies de caracol en la zona marina. En Quintana Roo, la captura de caracol rosado en 2000 fue de 300 t; en 2012 se estableció una veda temporal hasta 2017. Los caracoles son comercializados en el mercado nacional.

3. Efectos ambientales y cambio climático
Los caracoles del Golfo de México y Mar Caribe habitan en fondos con pastos marinos (no muy densos), rocoso-arenosos o areno-fangosos. En las lagunas arrecifales se encuentran detrás de las crestas arrecifales o en las explanadas areno-rocosas en las bases de las pendientes (veriles) arrecifales. La hidrodinámica y patrones de corrientes marinas, remolinos y giros favorecen el transporte y dispersión de larvas de caracoles. La distribución batimétrica de caracoles adultos está limitada por la penetración de la luz.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-013-SAG/PESC-2016
DOF: 19/08/2016
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de las especies de caracol pateburro o tomburro (Turbinella angulata); sacabocado o lix (Busycon perversum); rojo o chacpel (Triplofusus giganteus); campechana (Fasciolaria tulipa); blanco o lanceta (Strombus costatus); canelo o boxeador (Strombus pugilis); molón o nolón (Melongena melongena) y chivita o noloncito (Melongena corona bispinosa) del litoral del Estado de Campeche.
DOF: 25/03/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
30 cm de longitud de concha (LC) Triplofusus giganteus; 22 cm LC Busycon perversum; 20 cm LC Lobatus gigas y Turbinella angulata; 18 cm LC Lobatus costatus; 7 cm LC Strombus pugilis; 4 cm LC Melongena corona bispinosa.
Numeral 4.3, NOM-013-SAG/PESC-2016
Arte de pesca
y método de
captura
p
Buceo libre y semiautónomo con compresor. Recolección manual con martillo y "pincho".
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
Campeche: veda temporal para todas las especies del 1 de enero al 14 de marzo y del 16 de julio al 31 de diciembre de cada año.
Yucatán: veda permanente para la pesca de caracol blanco (Strombus gigas), caracol lanceta (Strombus costatus), caracol tomburro (Xancus sp.), caracol chirita (Busycom sp.) y caracol chacpel (Triplofusus giganteus).
Quintana Roo: veda temporal del 21 de noviembre de 2012 al 28 de febrero de 2017 y a partir de 2018 y años sucesivos, durante todo el mes de febrero y del 1 de mayo al 30 de noviembre de cada año para caracol rosado o blanco (Strombus gigas).
DOF: 06/05/2008
DOF: 16/03/1994
DOF: 20/03/2015
Cuota
p
Cuota de captura variable por zona y banco.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Esfuerzo
p
113 permisos que amparan 341 embarcaciones en Campeche. Tres cooperativas pesqueras en Quintana Roo.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de
pesca
p
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal de Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán entre 2-12 m de profundidad. Quintana Roo, 2-10 m de profundidad en la zona intermareal de lagunas costeras.
El caracol rosado sólo se puede pescar en la Reserva de la Biosfera Banco Chinchorro.
DOF: 19/07/2017
DOF: 12/09/2013
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota y tasa de aprovechamiento anual por zona.
Tácticas: Control de esfuerzo; vedas temporales y permanentes; talla mínima de captura.
6. Estatus
Caracoles tomburro (Turbinella angulata) y trompillo (Busycon perversum) aprovechados al máximo sustentable.
Caracoles rosado (Lobatus gigas), blanco (Lobatus costatus), chacpel (Pleuroploca gigantea) y campechana (Fasciolaria tulipa) en deterioro.
7. Recomendaciones y tácticas de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo.
b.   Las cuotas y tasas de aprovechamiento se autorizan previa evaluación y dictamen técnico del INAPESCA.
c.   Instrumentar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (CONAPESCA-01-071).
d.   Instrumentar las líneas de investigación establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
 
e.   Difundir el marco legal normativo enfatizando que el caracol rosado sólo se puede capturar en la Reserva de la Biosfera Banco Chinchorro
3. Bagre marino del Golfo de México

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares del Golfo de México y Mar Caribe. En Veracruz las áreas de pesca de bagre bandera están asociadas a las desembocaduras de los ríos Nautla, Tecolutla y Coatzacoalcos. En Tabasco el bagre bandera se captura frente a la Barra de Chiltepec y Frontera (14-72 m de profundidad); en Campeche, en el Banco de Campeche y frente a la Península de Atasta (10-36 m de profundidad). En Quintana Roo la captura se realiza en la Laguna de Yalahau.
Unidad de pesca
Embarcación de 7 a 8.2 m de eslora, con motor fuera de borda. Está permitido el palangre de fondo, red de enmalle y línea de mano. Participan 2 a 4 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Bagre bandera, bosh
Bagre marinus
Bagre, bosh, curuco
Ariopsis felis
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Cherna, mero guasa1,2, 3
Epinephelus itajara
Guabina1, 2
Diplectrum radiale
Pargo, parguete1, 2, 3
Lutjanus griseus
Villajaiba, rubia1, 2, 3
Lutjanus synagris
Huachinango castilla1, 2,
3
Lutjanus campechanus
Raya tigre1, 2, 3
Raja texana
Raya látigo blanca1, 2, 3
Dasyatis americana
Guitarra, raya diablo1,
2, 3
Rhinobatos lentiginosus
Chucho, raya pinta1, 2, 3
Aetobatus narinari
Lenguado arenoso1, 2,
3
Syacium gunteri
Corvina blanca1, 2, 3
Cynoscion arenarius
Chile, tolete1, 2, 3
Synodus foetens
Serrano arenero, bolo1, 2,
3
Diplectrum formosum
Cobia, bacalao1, 2, 3
Rachycentron canadum
Guabina, serrano1, 2
Diplectrum bivittatum
Lenguado1, 2, 3
Bothus ocellatus
1Tamaulipas, Veracruz; 2Tabasco, Campeche; 3Yucatán, Quintana Roo.
2. Indicadores de pesquería
El 60% de la captura total de bagre bandera (2010-2015) se registró en Tabasco con máximo histórico de 4,475 t; la tendencia de captura fue decreciente en el periodo 1998-2009 y mostró incremento gradual desde 2010. En Campeche la captura anual osciló alrededor de 600 t en el periodo 1990-1998; el punto máximo (1,956 t) se registró en 2001 y la tendencia decreciente, en el periodo 2002-2008. En Veracruz la captura máxima histórica (1,098 t) se registró en 1998; en el periodo 2011-2015 se presentó un decremento en la captura del 60%. En Tamaulipas, Yucatán y Quintana Roo el bagre bandera carece de importancia comercial y constituye captura incidental en la pesca ribereña.

3. Efectos ambientales y cambio climático
Especies demersales de aguas someras con amplia tolerancia a la salinidad, se distribuye en climas tropicales y subtropicales con temperaturas cálidas a templadas. Las anomalías positivas de la temperatura superficial del mar (TSM) favorecen los procesos reproductivos. El patrón de lluvias de mayo-junio y septiembre-octubre es favorable para los bagres debido al aporte de nutrientes en desembocaduras de ríos en el Golfo de México. La presencia de huracanes en la región puede afectar negativamente los patrones de distribución de los bagres.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
X
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
X
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Palangre de fondo, línea de mano con carnada y red de enmalle de 11.4 cm de luz de malla.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de
pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares del Golfo de México y Mar Caribe.
Dictamen técnico del INAPESCA
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo, talla mínima de captura, veda reproductiva temporal, regulación en el arte y método de pesca, zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Al máximo aprovechamiento sustentable (informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Regular el acceso con la emisión de permisos de pesca comercial específicos para bagre.
e.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo.
4. Jaiba del Golfo de México
 

Zona de captura
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal, sistemas lagunares y estuarios del Golfo de México.
Unidad de pesca
Embarcación menor de madera o fibra de vidrio, 4.8-7.9 m de eslora, equipada con motor fuera de borda. Participan 2 pescadores que emplean aros jaiberos y/o trampas.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies asociadas
Nombre científico
Jaiba azul
Jaiba prieta
Jaiba roma
Jaiba pequeña azul
Jaiba siri
Jaiba
Nombre común
Callinectes sapidus
Callinectes rathbunae
Callinectes bocourti
Callinectes similis
Callinectes danae
Callinectes ornatus
Jaiba roja
Cangrejo moro
Arenareus spp.
Menippe mercenaria
 
2. Indicadores de la pesquería
De 1991 a 1999 la captura promedio anual en el Golfo de México fue de 11,450 t y disminuyó a 10,180 t en el periodo 2000-2015. Tamaulipas y Veracruz contribuyeron con 62% de la captura anual. A partir de 2012, los registros de captura en Tabasco y Campeche mostraron tendencia positiva.
 

Fuente: Anuarios Estadísticos de Acuacultura y Pesca. CONAPESCA.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La reproducción ocurre cerca de la costa durante primavera y verano, coincidiendo con el aumento de vientos y de surgencias topográficas. La época de lluvia favorece el crecimiento debido al aporte de nutrientes vía afluentes de ríos. Esta especie hace vínculo asociativo con mareas (medio de subsistencia), pues generan turbulencia que puede funcionar como agente mecánico de traslación provocando su resuspensión y/o reciclando nutrientes para su alimentación.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para jaiba.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
110 mm de ancho de caparazón.
DOF: 18/04/1974
Arte de pesca
y método de
captura
p
Aros jaiberos y trampas tipo Chesapeake con carnada. El arte se cala en zonas someras (1-6 m), reposa 15-20 minutos y se iza para retirar los organismos capturados.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
Tamaulipas: 47 permisos, 11,802 aros, 35,200 trampas, 641 embarcaciones.
Veracruz: 112 permisos, 188,528 aros, 10,688 trampas, 2,357 embarcaciones.
Tabasco: 230 permisos, 78,760 trampas.
Campeche: 63 permisos, 371 embarcaciones.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de
pesca
p
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal, sistemas lagunares y estuarios del Golfo de México.
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas de manejo: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva; liberación de hembras ovígeras; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura.
e.   Aplicar las recomendaciones específicas para jaiba incluidas en el "Plan de Manejo Pesquero de la Laguna Pueblo Viejo, Veracruz" (SAGARPA-INAPESCA, 2014; pp. 277-354), el "Plan de Manejo Pesquero del Sistema Lagunar de Alvarado, Veracruz" (SAGARPA-INAPESCA, 2014; pp. 355-458) y el "Plan de Manejo Pesquero del Sistema Lagunar Carmen-Pajonal-Machona, para una actividad pesquera sustentable" (SAGARPA-INAPESCA, 2012; 408 pp.)
5. Jurel y cojinuda del Golfo de México

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la plataforma continental y zonas arrecifales del Golfo de México y Mar Caribe, entre los 10 y 40 m de profundidad.
 
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio, 7.6 m de eslora y motor fuera de borda. Red agallera con luz de malla de 76.2 mm (3") y longitud de 300 a 800 m. En Veracruz se utiliza red de enmalle con luz de malla de 89 a 127 mm (3.5 a 5"). También se captura con curricán, línea de mano y palangre. Participan 2 a 3 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Jurel blanco, ojón1, 2, 3
Caranx latus
Jurel amarillo,
común1,2,3
Caranx hippos
Cojinuda1, 2, 3
Caranx crysos
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Jurel negro1, 2, 3
Caranx lugubris
Cobia, bacalao1, 2, 3
Rachycentron canadum
Pámpano de hebra2, 3
Alectis ciliaris
Palometa1, 2, 3
Trachinotus falcatus
Sargo1, 2
Archosargus
probatocephalus
Lisa1, 2, 3
Mugil cephalus
Sargo, Posthá1, 2, 3
Archosargus rhomboidalis
Lengua, brótula1, 2, 3
Brotula barbata
Bagre2, 3
Ariopsis felis
Pluma, mojarrón1, 2,3
Calamus bajonado
Bandera1, 2, 3
Bagre marinus
Ronco amarillo1, 2
Conodon nobilis
Trucha, corvina
pinta1,2,3
Cynoscion nebulosus
Macabi, machete1, 2,
3
Elops saurus
Corvina blanca1, 2, 3
Cynoscion arenarius
Bonito1, 2, 3
Euthynnus alletteratus
Tiburones1, 2, 3
Carcharhinus spp.
Boquilla, chac-chi1, 2,
3
Haemulon plumierii
Pargo gris, mulato1, 2,
3
Lutjanus griseus
Botete grande1, 2, 3
Lagocephalus laevigatus
Peto, carito1, 2, 3
Scomberomorus cavalla
Raya látigo
blanca1,2,3
Dasyatis americana
Pámpano amarillo1, 2
Trachinotus carolinus
Sierra1, 2, 3
Scomberomorus maculatus
Esmedregal1, 2,
Seriola dumerili
Cazón, tripa 1, 2, 3
Rhizoprionodon
terraenovae
Pargo lunarejo1, 2, 3
Lutjanus analis
Ojón1
Priacanthus arenatus
Huachinango1, 2, 3
Lutjanus campechanus
Pámpano1, 2, 3
Peprilus paru
Cubera1, 2, 3
Lutjanus cyanopterus
Raya del Golfo1, 2, 3
Raja texana
Pargo mulato1, 2, 3
Lutjanus griseus
Corvina ocelada1, 2
Sciaenops ocellatus
Pargo perro1, 2, 3
Lutjanus jocu
Sierra1, 2, 3
Scomberomorus regalis
Villajaiba, rubia1, 2, 3
Lutjanus synagris
Pámpano1, 2, 3
Trachinotus goodei
Abadejo, negrillo1, 2, 3
Mycteroperca microlepis
Cintilla, sable1, 2
Trichiurus lepturus
Mero aceitero1, 2, 3
Mycteroperca venenosa
Tambor negro1, 2, 3
Pogonias cromis
Rubia, canané1, 2, 3
Ocyurus chrysurus
 
 
 
1Tamaulipas, Veracruz; 2Tabasco, Campeche y Yucatán; 3Quintana Roo.
2. Indicadores de la pesquería

Fuente: Anuarios Estadísticos de Acuacultura y Pesca, CONAPESCA.
La pesca de jurel y cojinuda forma parte de la captura multiespecífica de escama. De 1993 a 1998, la captura anual promedio mostró tendencia positiva; en el periodo 2006-2015 registró 10,588 t con valores máximos de 20,900 t en 2014 y 2015. En 2011-2015 el 96% de la captura correspondió a Campeche, Veracruz y Tabasco; el 4% fue registrado en Tamaulipas, Yucatán y Quintana Roo. La pesca se realiza todo el año con mayor volumen de captura de noviembre a abril. Desde 2010 la captura promedio registrada en Veracruz es de 3,191 t y en Tabasco es de 2,198 t. El promedio de captura en Tamaulipas, Yucatán y Quintana Roo en el periodo 1990-2015 es de 88.8 t.
3. Efectos ambientales y cambio climático
En años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) las capturas pueden verse afectadas negativamente.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama marina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Red agallera; red de enmalle. También se usa curricán, línea de mano y palangre.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
Investigación en proceso.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de
pesca
x
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la plataforma continental y zonas arrecifales del Golfo de México y Mar Caribe, entre los 10 y 40 m de profundidad.
 
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva; regulación del arte y método de pesca; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
6. Pulpo del Golfo de México y Mar Caribe
 

Zona de captura
El pulpo rojo (Octopus maya) se captura en aguas marinas de Jurisdicción Federal de Campeche, Yucatán y el norte de Quintana Roo (0-12 m de profundidad). El pulpo patón (O. vulgaris) se captura en el Sistema Arrecifal Veracruzano (0-5 m de profundidad) y en Yucatán (10-30 m de profundidad).
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda (115 HP) con un máximo de 2 alijos y 4 pescadores. Captura al "gareteo" con dos varas con hasta siete líneas cada una y hasta cinco líneas más en un costado de la embarcación.
Embarcación mayor a 10 t de arqueo neto que actúa como nodriza llevando hasta 12 alijos. Cada alijo lleva un par de varas de bambú (jimbas) y 5 líneas cebadas (2 por vara y una al costado). Participa un pescador por alijo.
 
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Pulpo rojo
Octopus maya
Pulpo patón
Octopus vulgaris
 
2. Indicadores de la pesquería
La pesquería de pulpo en el Golfo de México y Mar Caribe ocupa el primer lugar en volumen y el segundo en valor. La captura se compone por Octopus maya (74%) y Octopus vulgaris (26%). Los registros de captura de pulpo fluctúan a través del tiempo con tendencia al incremento. Durante el periodo 2001-2015 la captura promedio anual superó las 25 mil t. El 69% de la captura se registró en Yucatán seguido por Campeche (29%). La captura de pulpo reportada en Quintana Roo y Veracruz presentó fluctuaciones entre 55-650 t y 44-184 t, respectivamente.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Los pulpos presentan rápido crecimiento, esperanza de vida corta y fisiología hipersensible, por lo cual pueden adaptarse mejor que otras especies marinas al entorno cambiante, de ahí que sean de las pocas especies beneficiadas con el cambio climático.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-008-SAG/PESC-2015
DOF: 13/04/2016
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de pulpo (O. maya y O. vulgaris) del Golfo de México y Mar Caribe.
DOF: 28/03/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para pulpo y concesiones de pesca.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
110 mm de longitud de manto (LM) para machos y 140 mm de LM para hembras de Octopus vulgaris en el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano.
110 mm de LM para ambos sexos y especies (Octopus maya y O. vulgaris) en el resto del Golfo de México.
Numeral 4.2, NOM-008-SAG/PESC-2015
Arte de pesca
y método de
captura
p
Jimbas (varas de bambú) con líneas cebadas con carnada viva.
En el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano la pesca deberá realizarse mediante buceo por apnea a profundidades menores a 3 m, pudiendo auxiliarse de un bastón pulpero.
Numeral 4.3, NOM-008-SAG/PESC-2015
Veda
p
Del 16 de diciembre al 31 de julio de cada año para el pulpo maya y el pulpo rojo en Campeche, Yucatán y Quintana Roo. Del 1 de enero al último día de febrero y del 1 al 30 de agosto de cada año para pulpo rojo en el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano.
NOM-009-PESC-1993, DOF: 04/03/1994
Acuerdo modificatorio, DOF: 30/07/2015
 
Cuota
p
Cuota anual variable en función de la abundancia.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores y mayores.
NOM-008-SAG/PESC-2015
Esfuerzo
p
Veracruz: 21 permisionarios con 33 embarcaciones menores. 409 pescadores.
Campeche: 379 permisionarios con 10 embarcaciones de mediana altura y 1,749 embarcaciones menores. 5,000 pescadores.
Yucatán: 70 permisionarios con 385 embarcaciones de mediana altura y 220 permisionarios con 3,372 embarcaciones menores. 12,000 pescadores.
Quintana Roo: 18 permisionarios con 323 embarcaciones menores. 690 pescadores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de
pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de Campeche, Yucatán, norte de Quintana Roo y el Sistema Arrecifal Veracruzano.
DOF: 13/04/2016
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura por especie y por zona.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva y de crecimiento; regulación en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo.
b.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
c.   Optimizar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería a través de las bitácoras de pesca (CONAPESCA-03-001), mediante la coordinación entre CONAPESCA e INAPESCA.
d.   Establecer una cuota de captura anual por temporada para la región de Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
 
7. Rayas del Golfo de México y Mar Caribe

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del litoral del Golfo de México, entre 3-100 m de profundidad.
Unidad de pesca
Embarcación menor de 6 a 10 m de eslora, con motor fuera de borda. Red de enmalle y palangre. Participan hasta 4 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies asociadas
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Raya látigo, balá1, 2, 3
Dasyatis americana
Bandera1, 2
Bagre marinus
Chucho, raya pinta1, 2,
3
Aetobatus narinari
Huachinango1, 2, 3
Lutjanus campechanus
Mariposa, libro1, 2, 3
Gymnura micrura
Rubia1, 2, 3
Ocyurus chrysurus
Tecolota, chucha1, 2
Rhinoptera bonasus
Tiburón gata1, 2, 3
Ginglymostoma cirratum
Lebisa2,
Himantura schmardae
Guitarra1, 2, 3
Rhinobatos lentiginosus
 
Cazón de ley1, 2, 3
Rhizoprionodon terraenovae
 
Cazón bagre1, 2, 3
Squalus cubensis
 
Tiburón martillo1, 2, 3
Sphyrna lewini
 
Cazón pech1, 2, 3
Sphyrna tiburo
 
Tiburón martillo1, 2, 3
Sphyrna mokarran
 
Cochino1, 2, 3
Balistes capriscus
 
Rascacio, escorpión1, 2,
3
Scorpaena plumieri
1 Tamaulipas, Veracruz, 2 Tabasco, Campeche, 3 Yucatán y Quintana Roo.
2. Indicadores de la pesquería
En 2015 la captura registrada fue de 3,118 t; 80% proveniente de Tabasco, Campeche y Veracruz. En el periodo 2006-2015 la captura anual promedio en Tabasco fue de 1,059 t y estuvo compuesta por Dasyatis
americana y Aetobatus narinari. En Campeche el registro de capturas presentó tendencia negativa de 2012 a 2014, repuntando en 2015 con 1,200 t. La captura anual promedio en Veracruz fue 453 t; en Tamaulipas, 198 t y en Yucatán, 108 t. En Quintana Roo la captura promedio fue de 2 t por año.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento de la temperatura superficial del mar (TSM) no es una variable que afecte la pesquería. La temporada de tormentas y huracanes asociada al fenómeno El Niño en el Pacífico se relaciona con el incremento en la abundancia de rayas en el Golfo de México y Mar Caribe.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-029-PESC-2006
DOF: 14/02/2007
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial de tiburón y permiso de pesca comercial de escama.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Campeche y Yucatán: red de enmalle de hilo de poliamida multifilamento y monofilamento; luz de malla de 200 a 410 mm (8-16"); caída de 16 a 20 mallas.
Tamaulipas: palangre de fondo con anzuelos tipo curvo del número 9/0 al 11/0.
DOF: 14/02/2007
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de pesca
p
Aguas de Jurisdicción Federal del Golfo de México, con las restricciones indicadas en NOM-029-PESC-2006
numerales 4.3.4, 4.3.5 y 4.3.7.
DOF: 14/02/2007
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda reproductiva; regulación en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
 
b.   No incrementar el esfuerzo.
c.   Emitir permisos de pesca comercial específicos para rayas.
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
8. Robalo y chucumite del Golfo de México

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares del Golfo de México y Mar Caribe. La captura de juveniles de robalo blanco se realiza en lagunas y esteros, la de adultos en ríos y en franja costera entre 10-30 m de profundidad. El robalo prieto se captura en ríos y desembocaduras al mar.
Unidad de pesca
Embarcación menor de 7 a 8.2 m de eslora, con motor fuera de borda. Participan de 2 a 4 pescadores. El robalo se captura con red de enmalle y el chucumite con red de enmalle y atarrayas.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Robalo blanco1, 2, 3
Centropomus undecimalis
Robalo prieto1, 2
Centropomus poeyi
Chucumite1, 2
Centropomus parallelus
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Robalo constantino1, 2
Centropomus pectinatus
Cobia, bacalao1, 2
Rachycentron canadum
Sierra1, 2, 3
Scomberomorus
maculatus
Palometa1, 2, 3
Trachinotus falcatus
Bandera1, 2
Bagre marinus
Lisa1, 2
Mugil cephalus
Trucha, corvina
pinta1,2,3
Cynoscion nebulosus
Lebrancha, liseta1, 2
Mugil curema
Corvina blanca1,2,
Cynoscion arenarius
Jurel amarillo1, 2, 3
Caranx hippos
Corvina plateada1, 2, 3
Cynoscion nothus
Gurrubata, tambor1,2
Micropogonias undulatus
Cazón, tripa 1, 2, 3
Rhizoprionodon
terraenovae
Ratón del Golfo1,2,3
Menticirrhus americanus
Tiburones 1, 2, 3
Carcharhinus spp.
Raya látigo blanca2
Dasyatis americana
Chopa 1, 2, 3
Lobotes surinamensis
Guabina1,2
Diplectrum radiale
Pargo gris, mulato 1, 2,
3
Lutjanus griseus
Sargo, mojarra
negra1,2
Archosargus
probatocephalus
Peto, carito 1, 2, 3
Scomberomorus cavalla
Pez gato americano1
Ictalurus furcatus
Pámpano amarillo 1, 2
Trachinotus carolinus
Bagre pintontle1
Pylodictis olivaris
Esmedregal 1, 2, 3
Seriola rivoliana
Sábalo1,2
Megalops atlanticus
Esmedregal 1, 2
Seriola dumerili
 
 
1Tamaulipas, Veracruz; 2 Tabasco, Campeche y Yucatán; 3Quintana Roo.
2. Indicadores de la pesquería
La tendencia de captura presentó oscilaciones en el periodo 1986-2015. De 2009 a 2015 Campeche, Veracruz y Tabasco registraron el 93% de la captura regional.

a) Tendencia histórica de la captura de robalo y chucumite de 1990 a 2015 en Campeche, Veracruz y Tabasco.

b) Tendencia histórica de las capturas de Tamaulipas, Yucatán y Quintana Roo de 1990 a 2015.
 
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) las capturas pueden verse afectadas negativamente.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de robalo (Centropomus undecimalis) del Golfo de México y Mar Caribe.
DOF: 25/03/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama marina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Para robalo red de enmalle. Para chucumite red de enmalle y atarraya.
Dictamen técnico del INAPESCA
Veda
p
Para Robalo blanco y robalo prieto del 15 de mayo al 30 de junio desde la barra de Soto la Marina, Tamaulipas, hasta la barra de Chachalacas, Veracruz; del 1 de julio al 15 de agosto desde la barra de Chachalacas hasta la barra de Tonalá, Veracruz.
DOF: 16/03/1994
Cuota
X
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcación menor.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
p
3,508 embarcaciones y 8,013 pescadores en Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
DOF: 25/03/2014
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y sistemas lagunares del Golfo de México y Mar Caribe, considerando los lineamientos de la Zona de Refugio pesquero parcial temporal Akumal en Quintana Roo.
DOF: 13/04/2015
 
Programa de ordenamiento pesquero en proceso de publicación.
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
 
b.   No incrementar el esfuerzo.
c.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
d.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
9. Sierra y Peto del Golfo de México

Zona de captura
Costas del Golfo de México y Mar Caribe, en profundidades de 10-40 m.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 7.6 m de eslora con motor fuera de borda. Emplea red agallera; también está permitido el uso de curricán con 1 ó 2 anzuelos. Participan 3 ó 4 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Nombre común
Nombre científico
Sierra1, 2, 3
Scomberomorus regalis
Sierra1, 2, 3
Scomberomorus maculatus
Peto, carito1, 2, 3
Scomberomorus cavalla
 
 
Especies asociadas
Especies asociadas
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Sargo, mojarra
negra1,2,3
Archosargus
probatocephalus
Chopa negra 1,2,3
Kyphosus sectatrix
Sargo3
Archosargus rhomboidalis
Pargos1,2,3
Lutjanus spp.
Bandera1,2,3
Bagre marinus
Zapatero1,2,3
Oligoplites saurus
Cojinuda1,2,3
Caranx bartholomaei
Ocho barbas,
ratón1,2,3
Polydactylus octonemus
Cojinuda, cojinúa1,2,3
Caranx crysos
Anchoa1,2,3
Pomatomus saltatrix
Jurel común,
amarillo1,2,3
Caranx hipos
Sabalete, ojón1,2,3
Priacanthus arenatus
Jurel blanco, jurel
ojón1,2,3
Caranx latus
Cazón, cazón de
ley1,2,3
Rhizoprionodon
terraenovae
Jurel negro1,2,3
Caranx lugubris
Corvina ocelada o
roja1,2
Sciaenops ocellatus
Ronco amarillo,
canario1,2,3
Conodon nobilis
Jorobado 1,2,3
Selene brownii
Trucha o corvina
blanca1,2,3
Cynoscion arenarius
Jorobado1,2,3
Selene vomer
Trucha o corvina pinta
1,2,3
Cynoscion nebulosus
Jorobado, caballa1,2,3
Selene setapinni
Trucha plateada1,2,3
Cynoscion nothus
Medregal,
coronado1,2,3
Seriola dumerili
Bonito1,2,3
Euthynnus alletteratus
Tolete, picuda1,2,3
Sphyraena guachancho
Bonito del Atlántico1,2,3
Sarda sarda
Pámpano amarillo1,2,3
Trachinotus carolinus
Boquilla, chac-chí 1,2,3
Haemulon plumierii
Palometa1,2,3
Trachinotus falcatus
Chopa amarilla 1,2,3
Kyphosus incisor
Cintilla, yegua, sable1,2
Trichiurus lepturus
1Tamaulipas, Veracruz; 2Tabasco, Campeche; 3Yucatán, Quintana Roo.
2. Indicadores de la pesquería
Son recursos migratorios cuya disponibilidad en el Golfo de México y Mar Caribe está ligada a dos movimientos: de sur a norte en primavera-verano y en sentido inverso en otoño-invierno. El registro de captura de sierra mostró tendencia decreciente del 26% en el periodo 1999-2015, con un registro máximo de 8,338 t en 2014. En la década de los noventa el promedio de captura anual fue 8,693 t; en el periodo 2000-2010 el promedio fue 6,049 t y de 2011 a 2015, el promedio ascendió a 6,075 t. En 2015, los volúmenes de captura de sierra fueron en Veracruz, 2,992 t; Campeche, 2,053 t y Tabasco 1,386 t. Veracruz y Tabasco aportaron el 80% del total de captura de peto (6,153 t). Ambas especies son comercializadas en fresco entero, enhielado o ahumado en diferentes centros de abasto del mercado nacional.
 

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) las capturas pueden verse afectadas negativamente.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama marina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Red agallera con longitud de 400 a 800 m, calibre de hilo de 0.40, 0.47 y 0.55 mm y luz de malla de 76 a 88.9 mm. También se usa el curricán con 1 o 2 anzuelos del número 6/0 y 7/0.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de
pesca
p
Aguas de Jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe
Permiso de pesca comercial
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; regulación en el arte y métodos de pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
d.   Emitir permisos de pesca comercial específicos para sierra y peto.
e.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
10. Tiburones del Golfo de México y Mar Caribe

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Plataforma continental del Golfo de México y Mar Caribe.
 
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda (115 HP), 1-3 días de autonomía. Emplea palangre de deriva o de fondo. Participan 4 pescadores.
Embarcación de mediana altura, 10-27 m de eslora, motor estacionario, 4-25 días de autonomía. Emplea palangre. Participan 4 a 8 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo
Especies asociadas
Nombre común
Cazón de ley, tutzun
Cazón cabeza de pala
Tiburón puntas negras
Cazón canguay, limón
Cornuda común
Tiburón chato, toro
Tiburón prieto, sedoso
Cazón poroso, chacpat
Tiburón punta de lápiz
Nombre científico
Rhizoprionodon terraenovae
Sphyrna tiburo
Carcharhinus limbatus
Carcharhinus acronotus
Sphyrna lewini
Carcharhinus leucas
Carcharhinus falciformis
Carcharhinus porosus
Carcharhinus brevipinna
Nombre común
Jureles
Peto
Bacalao
Medregal
Meros
Pargos, cuberas
Rayas
Nombre científico
Caranx hippos, Caranx latus
Scomberomorus cavalla
Rachycentron canadum
Seriola spp.
Epinephelus spp.
Lutjanus spp.
Dasyatis spp., Gymnura spp.
 
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2001 a 2013 el promedio anual en peso vivo en el Golfo de México y Mar Caribe fue de 5,100 t. La captura promedio anual con respecto a 2013 presentó un decremento de 10%. Tamaulipas y Veracruz aportan el 56% de la producción regional.

Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso vivo).
3. Efectos ambientales y cambio climático
La presencia de tiburones en la zona costera se relaciona con anomalías negativas/positivas de la temperatura superficial del mar (TSM) y con mínima/máxima formación de perturbaciones atmosféricas (desde baja presión a huracanes en el Golfo de México y Mar Caribe. La sobrepesca de tiburones tiene efectos colaterales en el ecosistema, como el aumento de la biomasa de las presas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-029-PESC-2006
DOF: 14/02/2007
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para tiburón.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Artesanal: en la zona marina, afuera de una franja costera de 18.53 km (10 millas náuticas), se permite un palangre o cimbra de deriva por embarcación con máximo 350 anzuelos y alambrada mínima de 20 cm; red de enmalle de fondo por embarcación con máximo 750 m de longitud por 50 mallas de altura máxima, hilo poliamida multifilamento de un máximo de 2.4 mm de diámetro o de poliamida monofilamento de 2.1 mm de diámetro máximo, con tamaño de malla mínimo de 152.4 mm (6 pulgadas). En la zona marina costera se permite un palangre de fondo por embarcación con máximo 500 anzuelos con alambrada mínima de 20 cm, y un anzuelo recto con tamaño mínimo de 64 mm de largo por 22 mm de abertura o circular de 45 mm de largo por 18 mm de abertura.
Mediana altura: palangre o cimbra de fondo por embarcación, con máximo 1,000 anzuelos, uno por reinal. Alambrada mínima de 20 cm. Anzuelos circulares con un tamaño mínimo igual o superior a 64 mm de largo por 22 mm de abertura. Los palangres deben llevar un dispositivo de señalización en su extremo libre.
Numerales 4.4.2.1, 4.4.2.2, 4.4.2.3, 4.5.1, NOM-029-PESC-2006
Veda
p
Del 1 de mayo al 30 de junio de cada año en Tamaulipas, Veracruz y Quintana Roo. Del 15 de mayo al 15 de junio y del 1 al 29 de agosto de cada año en Tabasco, Campeche y Yucatán.
DOF: 15/05/2014
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores y mediana altura.
NOM-029-PESC-2006
Esfuerzo
p
99 embarcaciones de mediana altura y 3,665 embarcaciones menores.
Dictamen técnico del INAPESCA
Zona de
pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Plataforma continental del Golfo de México y Mar Caribe, con las consideraciones incluidas en los numerales 4.3.4, 4.3.5 y 4.3.7 de la NOM-029-PESC-2006
DOF: 14/02/2007
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Táctica: Control de esfuerzo; veda reproductiva y de crecimiento espacio-temporal; talla mínima de captura; regulación del arte y método de pesca; zonas de no pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar el Plan de Manejo Pesquero de tiburones del Golfo de México y Mar Caribe.
b.   No expedir nuevos permisos de pesca comercial, excepto en el caso de que se sustituyan embarcaciones descartadas o renueven permisos.
c.   Cancelar los permisos de pesca no utilizados.
d.   Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (SAGARPA-BP-014, SAGARPA-BP-015).
 
11. Mero y negrillo

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de México y Mar Caribe.
Unidad de pesca
La pesquería opera de forma secuencial con tres flotas: artesanal, mediana altura y flota cubana.
Flota artesanal: embarcación menor con eslora de 6.5 a 7.5 m y motores fuera de borda no mayor a 63.43 kilowatts (85 HP) o estacionario con una potencia nominal no mayor a los 22.38 kilowatts (30 caballos de fuerza), con o sin alijos. Palangre no mayor de 750 m de línea madre y 250 anzuelos curvo tipo huachinanguero del número 10/0 a 12/0 o una línea de mano por pescador con anzuelos de las mismas características.
Flota de mediana altura: embarcación que puede ser utilizada como nodriza y operar directamente con motor estacionario con una potencia nominal no mayor a 360 caballos de fuerza. Hasta 4 palangres, con máximo 500 anzuelos cada uno o un palangre con máximo 2,000 anzuelos; los anzuelos son curvos tipo huachinangueros (garra de águila), del número 14/0 y 15/0 o de mayor tamaño.
Flota cubana: embarcación nodriza con 6 lanchas, cada lancha opera un palangre de fondo con 350 anzuelos tipo garra de águila o circulares del No. 14/0 ó 15/0.
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Mero, cherna americana
Epinephelus morio
Negrillo
Mycteroperca bonaci
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Mojarrón1,2,3
Calamus bajonado
Huachinango1,2,3
Lutjanus campechanus
Mojarra tigre1,2,3
Calamus nodosus
Pargo mulato1,2,3
Lutjanus griseus
Cazón, cangay1,2,3
Carcharhinus acronotus
Pargo perro,
cabellera1,2,3
Lutjanus jocu
Cabrilla2,3
Cephalopholis cruentata
Rubia, villajaiba1,2,3
Lutjanus synagris
Cabrilla roja2,3
Cephalopholis fulva
Gallina, gallineta1,2,3
Mycteroperca interstitialis
Raya grande1,2,3
Dasyatis americana
Abadejo1,2,3
Mycteroperca microlepis
Cabrilla, payaso1,2,3
Epinephelus adscensionis
Abadejo garropa1,2,3
Mycteroperca phenax
Lenteja, abadejo1,2,3
Epinephelus drummondhayi
Guacamayo,
arigua1,2,3
Mycteroperca venenosa
Cabrilla, payaso
rojo1,2,3
Epinephelus guttatus
Canané, rubia1,2,3
Ocyurus chrysurus
Cherna1,2,3
Epinephelus itajara
Cobia1,2,3
Rachycentrum canadum
Mero del Caribe2,3
Epinephelus striatus
Cazón tripa, ley1,2,3
Rhizoprionodon
terranovae
Boquilla, chac-chí1,2,3
Haemulon plumieri
Besugo1,2
Rhomboplites aurorubens
Mero extraviado2,3
Hyporthodus flavolimbatus
Esmedregal1,2,3
Seriola dumerili
Mero negro, fiat1,2,3
Hyporthodus nigritus
Esmedregal1,2
Seriola rivoliana
Cherna pintada2,3
Hyporthodus niveatus
Medregal rayado1,2
Seriola zonata
Corvinato1,2,3
Lopholatilus
chamaeleonticeps
Cornuda cabeza
pala2,3
Sphyrna tiburo
Pargo criollo1,2,3
Lutjanus analis
 
 
1Tamaulipas y Veracruz; 2Tabasco, Campeche y Yucatán; 3Quintana Roo
2. Indicadores de la pesquería
Pesquería multiespecífica. En Yucatán la pesquería opera de forma secuencial con dos flotas (artesanal y de mediana altura) que en conjunto aportan 80% de la captura regional. En el período 1970-1986, la captura promedio anual fue de 13,800 t. Al final de este período incrementó el esfuerzo por la entrada de nuevos barcos y el cambio del método de pesca de alijo con línea o palangre de mano a carrete de línea larga. De 1987 a 2004, la captura promedio anual fue de 10,000 t, 27% menor respecto al promedio registrado en el periodo anterior. En el periodo 2005-2014, la captura promedio anual registrada fue de 7,800 t. En este periodo la biomasa del recurso se encuentra en el punto de referencia límite y el decremento en la abundancia se refleja en la disminución de la captura por flota y del rendimiento de pesca, que es 50% menor comparado con el registrado en 1984.

 
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca.
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento en la temperatura superficial del mar (TSM) y la acidificación del mar alteran el ecosistema, pudiendo impactar los patrones de distribución y abundancia de meros, negrillos, pargos y huachinangos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
p
NOM-065-SAG/PESC-2014
DOF: 03/07/2015
Plan de
Manejo
Pesquero
p
Plan de Manejo Pesquero de Mero (Epinephelus morio) y especies asociadas en la Península de Yucatán.
DOF: 25/11/2014
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial de escama.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
p
36.3 cm de longitud total (LT) para Epinephelus morio.
Numeral 4.8, NOM-065-SAG/PESC-2014
Arte de pesca
y método de
captura
p
Embarcación mayor: no más de 4 palangres con máximo 500 anzuelos cada uno o un palangre con máximo 2000 anzuelos; los anzuelos son curvos, tipo huachinanguero (garra de águila), del número 14/0 y15/0 o de mayor tamaño.
Embarcación menor: un palangre no mayor de 750 m de línea madre con 250 anzuelos curvo, tipo huachinanguero del número 10/0 a 12/0 o equivalentes y una línea de mano por pescador con anzuelo de las mismas características.
En ningún caso podrán utilizarse más de 10 alijos por embarcación mayor de 10 toneladas de registro bruto, ni más de 6 alijos por embarcación menor de 10 toneladas de registro bruto con motor estacionario, ni más de 2 alijos para las embarcaciones menores de 10 toneladas de registro bruto que utilicen motores fuera de borda.
Las embarcaciones cuando lleven alijos, cada alijo lleva un máximo de un pescador con línea de mano o un palangre de 750 metros de línea madre con máximo 150 anzuelos. Los anzuelos para línea de mano son rectos del número 6 ó 7. Los anzuelos para palangre artesanal son curvos, tipo huachinanguero del número 10/0 a 12/0.
NOM-065-SAG/PESC-2014
 
Veda
p
Del 1 de febrero al 31 de marzo de cada año a partir de 2018, en el litoral de los estados de Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo, en el área comprendida entre los límites de Veracruz y Tabasco y desde ese punto siguiendo una línea imaginaria con rumbo al norte trazada sobre los 92 °28'16" de longitud Oeste que se prolonga hasta el límite de la Zona Económica Exclusiva Mexicana y continúa por este límite hasta la frontera con Belice.
DOF: 03/03/2017
Cuota
p
Variable.
Dictamen técnico del INAPESCA
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores y mayores.
NOM-065-SAG/PESC-2014
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de México y Mar Caribe, considerando los lineamientos de los polígonos de las zonas de refugio pesquero establecidas en Bahía Espíritu Santo, Banco Chinchorro y Punta Herrero, Akumal y Bahía de la Ascensión, en Quintana Roo.
Numeral 4.5, NOM-065-SAG/PESC-2014
DOF: 30/11/2012, DOF: 12/09/2013, DOF: 13/04/2015 y DOF: 23/09/2016
 
Programa de ordenamiento pesquero en proceso de publicación.
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva; regulación en el arte y métodos de pesca.
6. Estatus
En deterioro, biomasa actual por debajo de la biomasa que maximiza la producción excedente (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a.   No incrementar el esfuerzo.
b.   Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
c.   Optimizar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería a través de bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042-V), mediante la coordinación de CONAPESCA e INAPESCA.
d.   Modificar la NOM-065-SAG/PESC-2014 para actualizar la talla mínima de captura.
12. Huachinango y pargos del Golfo de México y Mar Caribe
 

Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán. Fondos arenosos, fangosos y arrecifes coralinos.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda, participan 3 ó 4 pescadores. Yucatán: embarcación de mediana altura con 3-4 "bicicletas" (línea operada manualmente).
1. Generalidades
Especies objetivo
 
Nombre común
Nombre científico
Huachinango de castillo1,2,3
Lutjanus campechanus
Huachinango ojo amarillo2,3
Lutjanus vivanus
Huachinango aleta negra2,3
Lutjanus buccanella
 
Especies asociadas
 
 
 
Nombre común
Nombre científico
Nombre común
Nombre científico
Pez puerco,
pejepuerco1
Balistes capriscus
Pargo mulato,
parguete1,2,3
Lutjanus griseus
Lengua, brótula,
rótula1,2
Brotula barbata
Pargo perro,
caballera1,2,3
Lutjanus jocu
Mojarrón1,2,3
Calamus bajonado
Rubia, villajaiba1,2,3
Lutjanus synagris
Mojarra tigre1,2,3
Calamus nodosus
Negrillo1,2,3
Mycteroperca bonaci
Tigre, pluma
jorobada1,2,3
Calamus proridens
Cabrilla1,2,3
Mycteroperca interstitialis
Jurel amarillo, vaca1,2,3
Caranx hippos
Abadejo2,3
Mycteroperca microlepis
Jurel blanco, jurel
ojón1,2,3
Caranx latus
Abadejo garropa2,3
Mycteroperca phenax
Blanquillo ojo
amarillo1,2
Caulolatilus chrysops
Canané1,2,3
Ocyurus chrysurus
Blanquillo payaso1,2
Caulolatilus intermedius
Cobia1,2
Rachycentrum canadum
Raya grande1,2,3
Dasyatis americana
Cazón tripa, ley1,2,3
Rhizoprionodon
terranovae
Mero rojo1,2,3
Epinephelus morio
Besugo1,2
Rhomboplites aurorubens
Cabrilla, payaso1,2,3
Epinephelus adscensionis
Esmedregal1,2,3
Seriola dumerili
Seda, pejerrey1,2,3
Etelis oculatus
Esmedregal1,2
Seriola rivoliana
Boquilla, chac-chí1,2
Haemulon plumieri
Medregal rayado1,2
Seriola zonata
Cherna prieta1,2
Hyporthodus nigritus
Barracuda, picuda1,2,3
Sphyraena barracuda
Pargo criollo,
lunarejo1,2,3
Lutjanus analis
Cornuda, martillo1,2,3
Sphyrna lewini
Pargo1,2,3
Lutjanus apodus
Cornuda cabeza pala2,3
Sphyrna tiburo
Cubera, pargo
colmillón1,2
Lutjanus cyanopterus
Cazón cubano1,2,3
Squalus cubensis
1Tamaulipas y Veracruz; 2Tabasco, Campeche y Yucatán; 3Quintana Roo
2. Indicadores de la pesquería
Pesquería multiespecífica en el Golfo de México y Mar Caribe. A nivel regional la captura presentó un máximo histórico en 1993. En el periodo 1986-1996 se registraron 4,956 t de captura anual promedio y en 2000-2015 se observó una disminución del 39% con 2,996 t promedio anuales. Tabasco aporta el 33% de la captura total regional y Yucatán el 18%.

Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca.
3. Efectos ambientales y cambio climático
En Años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) se afectan las capturas de esta especie debido a sistemas de
tormentas provenientes del norte.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE
MANEJO
SÍ/NO
DISPOSICIONES
SUSTENTO
Norma Oficial
Mexicana
x
No tiene.
 
Plan de
Manejo
Pesquero
x
En proceso de elaboración.
 
Tipo de
acceso
p
Permiso de pesca comercial para escama marina.
Dictamen técnico del INAPESCA
Talla mínima
x
Investigación en proceso.
 
Arte de pesca
y método de
captura
p
Palangre o línea de mano, el número de reinales y tamaño del anzuelo varía en cada entidad. Tamaulipas, Veracruz y Campeche: línea de mano con 1-15 anzuelos del número 6/0 a 9/0 tipo circular o garra de águila o recto; palangre huachinanguero con 300-1,000 anzuelos del número 7/0, 8/0 y 9/0 circular o garra de águila o del número 5/0 a 11/0 tipo japonés o recto. Veracruz y Tamaulipas, cada huachinanguera con 2-4 anzuelos del número 5/0 a 7/0 recto o del núm. 6/0 a 8/0 circular o garra de águila.
Permiso de pesca comercial
Veda
x
Investigación en proceso.
 
Cuota
x
No aplica.
 
Unidad de
pesca
p
Embarcaciones menores y de mediana altura.
Permiso de pesca comercial
Esfuerzo
x
Desconocido.
 
Zona de
pesca
p
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de Tamaulipas, Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán, considerando los lineamientos de la Zona de Refugio pesquero parcial temporal Akumal, Quintana Roo.
DOF: 13/04/2015
 
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda reproductiva; talla mínima de captura; regulación en el arte y método de captura; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable en Tabasco. En deterioro en Tamaulipas, Veracruz, Campeche y Yucatán.
7. Recomendaciones de manejo
a.   Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b.   Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c.   No incrementar el esfuerzo.
 
d.   Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA
III. LA PESCA EN LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Las áreas naturales protegidas (ANP), constituyen zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por las actividades del ser humano, o que requieren ser preservadas y restauradas, por lo cual están sujetas a un régimen especial de manejo y protección, cuyo objetivo principal es conjugar la conservación de los recursos naturales contenidos en éstas con el uso sustentable de los mismos. Es por ello que se consideró importante incluir dentro de la Carta Nacional Pesquera el tema de la pesca dentro de áreas naturales protegidas, ya que en ellas las actividades de aprovechamiento y/o cultivo de recursos pesqueros que se permitan, invariablemente tendrán que ser autorizadas en forma específica por la SAGARPA, autoridad competente en materia pesquera, atendiendo siempre a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, el decreto de creación del área, la categoría de manejo, su programa de manejo, avisos de veda, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas aplicables.
En este capítulo se presentan las especificaciones que en materia de pesca contemplan, tanto los Programas de Manejo como los decretos de creación. Se incluyen además un breve panorama de su situación y diagnóstico de estas Áreas.
Lineamientos Generales
- De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49, fracción III, de la Ley antes citada, las actividades de explotación y aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestres, están expresamente prohibidas dentro de las zonas núcleo de las áreas naturales protegidas.
- La introducción de especies exóticas a las ANP está prohibida.
- Se prohíbe el aprovechamiento extractivo de flora y fauna en algún estatus de riesgo o listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
- Toda actividad tanto de pesca como acuícola, que se pretenda realizar dentro de ANP, quedará sujeto al artículo 88, fracción VI del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, el cual establece que: "Se requerirá de autorización por parte de la SEMARNAT para realizar dentro de las áreas naturales protegidas....obras o actividades" como el "aprovechamiento de recursos pesqueros".
- El aprovechamiento pesquero se llevará a cabo dentro de las ANP en las áreas, épocas y con los límites, artes, equipos que se establezcan en el programa de manejo correspondiente, atendiendo a la zonificación y subzonificación establecida, avisos de veda, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas aplicables.
- Toda actividad de pesca comercial que pueda poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas quedará sujeta al artículo 28, fracción XII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como a las disposiciones que apliquen de su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas.
- La SEMARNAT deberá solicitar a los interesados en realizar aprovechamiento pesquero, en los términos señalados en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la realización de estudios de impacto ambiental previo al otorgamiento de concesiones, permisos y en general, autorizaciones para la realización de actividades pesqueras, cuando el aprovechamiento de las especies ponga en peligro su preservación o pueda causar desequilibrio ecológico.
- Se permite la pesca de arrastre de fondo o media agua, siempre y cuando se cumplan con las disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas en los términos de los artículos 81 incisos d) y f); 87 fracciones IV y VII y 88 fracción VI.
- El aprovechamiento pesquero y acuícola en ANP quedará sujeto a los términos de la legislación vigente.
- Otros instrumentos normativos de carácter general aplicables a la actividad pesquera son los ordenamientos ecológicos marinos a distintas escalas geográficas (artículo 89 fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente) y las manifestaciones de impacto ambiental para la actividad pesquera (artículos 28 fracción XII y 95 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente).
- Por cada una de las ANP se presenta una ficha, que consta de cinco apartados. 1) Objeto de la declaratoria, que contiene la localización geográfica de la poligonal y el motivo que dio origen a la creación del ANP. El segundo apartado se titula 2) Elementos pesqueros y acuícolas del decreto, que contiene exclusivamente aspectos de pesca y acuacultura extraídos de la declaratoria del ANP, para el caso de las
ANP que no cuentan aún con programa de manejo aprobado. En el caso de las ANP que cuentan con programa de manejo, el tercer apartado se titula "Elementos pesqueros y acuícolas del Programa de Manejo", que contiene exclusivamente aspectos de pesca y acuacultura extraídos del programa de manejo del ANP.
- Se incluyeron los apartados cuarto y quinto, titulados: 4) Situación actual y 5) Diagnóstico, respectivamente se presenta un panorama general de las condiciones en materia pesquera y acuícolas que presenta el ANP en cuestión; asimismo se ofrecen puntos específicos para mejorar el desempeño ambiental del ecosistema y el uso integral de los recursos pesqueros.
ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS - fichas incluidas:
1.
Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Reserva de la Biosfera. (RB)
2.
Isla Guadalupe. Reserva de la Biosfera (RB)
3.
Archipiélago de San Lorenzo. Parque Nacional (PN)
4.
Isla San Pedro Mártir. Reserva de la Biosfera (RB)
5.
Bahía de los Angeles, canales de Ballenas y de Salsipuedes. Reserva de la Biosfera (RB)
6.
Islas Marietas. Parque Nacional (PN)
7.
Islas Marías. Reserva de la Biosfera (RB)
8.
Marismas Nacionales Nayarit. Reserva de la Biosfera (RB)
9.
Bahía de Chamela. Santuario (S)
10.
La Encrucijada. Reserva de la Biosfera (RB)
11.
Laguna Madre y Delta del Río Bravo. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
12.
Los Petenes. Reserva de la Biosfera. (RB)
13.
Isla Contoy. Parque Nacional. (PN)
14.
Arrecifes de Cozumel. Parque Nacional. (PN)
15.
La porción norte y la franja costera oriental, terrestres y marinas de la Isla de Cozumel. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
16
Caribe Mexicano. Reserva de la Biosfera (RB)
17.
Arrecifes de Sian Ka'an. Reserva de la Biosfera (RB)
18.
Sian Ka'an. Reserva de Biosfera (RB)
19.
Zonas de reserva y sitios de refugio para la protección, conservación, repoblación, desarrollo y control de las diversas especies de tortuga marina. Santuario (S).
20.
Sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
21.
Tiburón Ballena. Reserva de la Biosfera. (RB)
22.
Islas del Golfo de California. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
23.
Archipiélago de Revillagigedo. Reserva de la Biosfera (RB)
24.
Archipiélago de Espíritu Santo. Parque Nacional (PN)
25.
El Vizcaíno. Reserva de la Biosfera (RB)
26.
Bahía de Loreto. Parque Nacional (PN)
27.
Cabo Pulmo. Parque Nacional (PN)
28.
Cabo San Lucas. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF)
29.
Isla Isabel. Parque Nacional (PN)
30.
Lagunas de Chacahua. Parque Nacional (PN)
31.
Huatulco. Parque Nacional (PN)
32.
Sistema Arrecifal Veracruzano. Parque Nacional (PN)
33.
Los Tuxtlas. Reserva de la Biosfera (RB)
34.
Pantanos de Centla. Reserva de la Biosfera (RB)
35.
Laguna de Términos. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
36.
Ría Celestún. Reserva de la Biosfera. (RB)
37.
Arrecifes Alacranes. Parque Nacional. (PN)
38.
Ría Lagartos. Reserva de la Biosfera. (RB)
39.
Yum Balam. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
40.
Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc. Parque Nacional. (PN)
41.
Manglares de Nipchupté. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF)
42.
Arrecife de Puerto Morelos. Parque Nacional. (PN)
43.
Banco Chinchorro. Reserva de la Biosfera. (RB)
44
Arrecifes de Xcalak. Parque Nacional. (PN)
45
Ventilas Hidrotermales de la Cuenca de Guaymas y de la Dorsal del Pacífico Oriental. Santuario. (S)
 
ÁREA NATURAL PROTEGIDA
Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado
Reserva de la Biosfera (RB)
1.     Objeto de la Declaratoria
i.     Preservar los ambientes naturales de la región y los ecosistemas más frágiles.
ii.     Asegurar el equilibrio y la continuidad de sus procesos evolutivos ecológicos.
iii.    Aprovechar racionalmente sus recursos naturales.
iv.    Preservar la diversidad genética de las especies silvestres y acuáticas de flora y fauna peninsulares, insulares y marinas, particularmente las endémicas, amenazadas y en peligro de extinción.
v.     Propiciar el desarrollo socioeconómico regional; fomentar la investigación y tecnología aplicada, la educación ambiental e histórico-cultural y las actividades recreativas y turísticas; así como mantener un campo propicio para la investigación científica.

Localización. - Se ubica en el extremo norte del Golfo de California entre los 31 ° 00' y los 32 ° 10' de latitud N y entre los 113 ° 30' y los 115 ° 15' de longitud O. Corresponde a los municipios de Puerto Peñasco y San Luis Río Colorado en Sonora y al municipio de Mexicali, Baja California.
 
2. Elementos pesqueros y acuícolas del Decreto
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10-Jun-1993 y 15-JUN-93 (2a. publicación).
En la región del "Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado" existen ecosistemas representativos de gran diversidad, riqueza biológica y alta productividad y además, zonas de crianza y desove de importantes especies marinas, e igualmente, se encuentra el hábitat de aves residentes y migratorias.
 
En esta región habitan especies marinas y terrestres consideradas en categorías de riesgo como Protección especial, amenazadas y en peligro de extinción, entre otras la vaquita marina, la totoaba, el palmoteador de yuma y el pez perrito del desierto de Sonora.
ARTÍCULO OCTAVO.- Las actividades productivas que realicen las comunidades que habiten en la Reserva de la Biosfera "Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado" en la zona de amortiguamiento del área; el aprovechamiento de la flora y fauna silvestres y acuáticas para fines de investigación y experimentación; así como las actividades de conservación de los ecosistemas y sus elementos, de investigación científica y de educación ecológica, se sujetarán a las restricciones establecidas en el programa de manejo y a las normas oficiales mexicanas aplicables.
ARTÍCULO DÉCIMO.- En la Reserva de la Biosfera "Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado" se declara veda total e indefinida de caza y captura de las siguientes especies:
I.- Vaquita Marina (Phocoena sinus);
II.- Totoaba (Totoaba macdonaldi);
III.- Delfín Nariz de Botella (Tursiops truncatus);
IV.- Delfín Común (Delphinus delphis);
V.- Ballena Piloto (Globicephala macrorhynchus);
 
VI.- Ballena de Esperma (Physeter catodon);
VII.- Ballena de Aleta (Balaenoptera physalus);
VIII.- Ballena Azul (Balaenoptera musculus);
IX.- Ballena Gris (Eschrichtius robustus);
X.- Ballena Jorobada (Megaptera novaeangliae);
XI.- Lobo Marino de California (Zalophus californianus);
XII.- Palmoteador de Yuma (Rallus longirostris);
XIII.- Pez Perrito del Desierto de Sonora (Cyprinodon macularis);
XVII.- Todas aquéllas endémicas, raras, amenazadas y en peligro de extinción.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- La Secretaría de Pesca establecerá las épocas y zonas de veda para la pesca de los recursos pesqueros no incluidos en este decreto, en las porciones acuáticas comprendidas dentro de la Reserva de la Biosfera "Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado", conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y atendiendo al programa de manejo.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- Las violaciones a lo dispuesto por el presente decreto, serán sancionadas por las autoridades competentes, en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Forestal, la Ley Federal de Caza, la Ley de Pesca, la Ley de Aguas Nacionales y demás disposiciones jurídicas aplicables.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- Las Secretarías de Marina, de Desarrollo Social, de Agricultura y Recursos Hidráulicos, de Comunicaciones y Transportes, de Reforma Agraria, de Turismo y de Pesca, vigilarán en el ámbito de sus respectivas competencias, el estricto cumplimiento de este decreto.
3.    Elementos pesqueros y acuícolas del Programa de Manejo
Resumen publicado mediante aviso en el DOF el 25-Sep-2009.
La Reserva cuenta con un Área de alta productividad pesquera. Es reconocida como una de las más fructíferas en términos de producción pesquera especialmente de camarón azul y otras especies como curvina golfina, lisa, chano norteño, sierra, manta, guitarra, jaiba y almeja. Así mismo, posee un área de reproducción, crianza y desove de importancia para las especies anteriores así como la vaquita marina, la totoaba y peces como el pejerrey o gruñón del delta, el trambollo de sonora, el chupalodo chico, el chupapiedras de sonora y el pez cachorrito, todas endémicas o de la región norte del Golfo de California.
Adicional a estas especies, existen peces exóticos que se encuentran en el área de la reserva y destacan por su abundancia e importancia en la pesca recreativa o de subsistencia como algunas especies de tilapias, mojarras, lobinas y bocones.
La principal actividad productiva en el alto Golfo ha sido la pesca comercial. Por otra parte, tanto San Felipe como Puerto Peñasco se han caracterizado por una actividad pesquera y turística intensa. En 1996, la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante del gobierno mexicano, caracterizó a estos dos puertos como pesqueros y turísticos.
Objetivo general
Conservar y proteger los ecosistemas representativos de la región, la biodiversidad, los procesos evolutivos, los hábitats de reproducción, desove, migración y alimentación de especies marinas de importancia ecológica y comercial, y sobre todo, las especies endémicas y/o en peligro de extinción como la vaquita y la totoaba, entre otras.
Objetivos particulares:
1.     Conservar la diversidad biológica y los ecosistemas del Desierto Sonorense, el Alto Golfo de California y el delta del Río Colorado, para el uso y aprovechamiento sustentable actual y potencial de los recursos, garantizando su integridad.
2.     Asegurar la protección de sitios de desove y reclutamiento de especies de importancia ecológica y comercial de la reserva.
3.     Regular las actividades productivas como la pesca comercial y deportiva para hacerlas compatibles con los objetivos de conservación y protección de los recursos naturales y la biodiversidad.
Estrategias para la política de protección.
 
Componente manejo y uso sustentable de recursos acuáticos y pesquerías.
Las características del área que cubre la reserva le dan una vocación natural para el desarrollo de actividades pesqueras, por tratarse de un sitio excelente para la alimentación y reproducción de muchas especies de alto valor económico.
Se propone la atención a pesquerías prioritarias: camarón, chano norteño, sierra, curvina golfina y especies bentónicas como almeja, jaiba y caracol, entre otras. Entre los mecanismos de control se plantea el establecimiento de un sistema de identificadores con fundamento en los permisos de pesca que expida la dependencia competente y apoyada en elementos que permitan señalizar e identificar a los usuarios, facilitando con esto la inspección y vigilancia.
Asimismo, se propone el establecimiento de instrumentos económicos como los bonos de conservación que serán de utilidad para propiciar los usos sustentables de los recursos pesqueros.
Objetivo
1.     Reducir los impactos generados por el aprovechamiento desordenado y excesivo de los recursos pesqueros mediante el fomento de esquemas de organización y de uso sustentables.
2.     Identificar y promover el uso de prácticas de bajo impacto para los desarrollos costeros, ambientalmente compatibles y socialmente responsables, para industrias de maricultura y turísticos.
3.     Fomentar la conservación y uso sustentable de la biodiversidad para el desarrollo local.
Metas y resultados esperados
1.     Establecer un programa de trabajo para la instrumentación de las políticas de manejo pesquero estipuladas en el Código de Conducta para la Pesca Responsable, de la FAO.
2.     Limitar el incremento del esfuerzo pesquero y favorecer el aprovechamiento compatible con los objetivos de la reserva, por los pobladores de las comunidades locales.
3.     Establecer un sistema de identificadores y padrón actualizado de los productores que aprovechan recursos pesqueros dentro de los límites de la reserva.
 
Corto plazo (1 a 2 años).
Mediano plazo (3 a 4 años).
Permanentemente
Actividades de Manejo
Delimitar las áreas de pesca y justificar las artes de pesca que podrían emplearse.
En coordinación con la SAGARPA, Secretaría de Economía, gobierno de los estados de Sonora y Baja California y con la participación de los productores, fomentar la investigación de nuevos mercados para los productos alternativos y actuales.
Promover estudios de mercado sobre otros productos locales o nativos para cultivo.
Capacitar a pescadores en nuevas técnicas de pesca menos impactantes.
Capacitar a pescadores en el aprovechamiento de nuevos recursos pesqueros.
Definir las técnicas y cuotas de extracción de bivalvos que hagan rentable la actividad y permitan la conservación el recurso.
Promover la acuacultura compatible con los objetivos de protección, con técnicas viables, rentables y sustentables.
Elaborar el padrón de pescadores que habitan y acceden al área protegida.
Promover la expedición del manual para la implementación de los bonos de conservación.
Promover que se realicen con oportunidad los estudios para determinar la longitud óptima del chinchorro de línea en embarcaciones menores, en términos económicos y de capacidad de carga del ecosistema, con la colaboración conjunta de los productores.
En coordinación con la SAGARPA con la participación de los productores, fomentar la maricultura para el mercado local y nacional.
Programa de promoción de incentivos económicos y apoyos financieros a grupos interesados en experimentar nuevas tecnologías, actividades productivas o aprovechamiento de nuevos recursos.
Desarrollar la acuacultura de especies nativas diferentes al camarón (almeja, peces, ostión).
Elaborar y promover la aplicación de métodos y sistemas de identificación rápida de embarcaciones menores y pescadores autorizados.
Fomentar el establecimiento de mecanismos de mercado que alienten el uso sustentable de las pesquerías.
Con la participación de la SAGARPA actualizar periódicamente del padrón de pescadores y embarcaciones que operan en la reserva.
Fomentar el uso de criterios de valoración económica de los ambientes marinos en la formulación de acciones de manejo de pesquerías.
 
REGLAS ADMINISTRATIVAS
CAPÍTULO IV.
De los Visitantes y las Actividades Recreativas
Regla 32. Durante la realización de actividades de pesca deportivo-recreativa se deberán respetar las zonas y épocas de veda determinadas por la autoridad competente y estarán sujetas a lo establecido en las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
CAPÍTULO V.
De la Investigación Científica
Regla 36. Los proyectos que fomenten la creación o mejora tecnológica de las artes de pesca, deberán someterse a la evaluación de la SAGARPA, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
CAPÍTULO VI.
De los Aprovechamientos
Regla 45. Dentro de la zona de amortiguamiento de la Reserva, los aprovechamientos pesqueros con embarcaciones menores y mayores podrán realizarse siempre y cuando no impliquen la captura incidental de
especies consideradas en riesgo por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables o se sobrepasen las tasas, límites de cambio aceptables o capacidades de carga establecidas por la Secretaría y la SAGARPA y publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Deberán respetarse las condicionantes establecidas en esta publicación para la pesca en la Reserva.
Regla 46. Con el objeto de garantizar la conservación de las especies protegidas de la Reserva, en las subzonas de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales se permitirá el uso de artes de pesca con baja selectividad multiespecífica siempre que impliquen bajo riesgo de captura incidental de dichas especies y que estará sujeto a las disposiciones establecidas por la autoridad competente.
Regla 47. Las actividades de pesca dentro de la subzona de preservación de vaquita marina sólo podrán realizarse con artes de pesca con alta selectividad multiespecífica que no impliquen la alteración del hábitat de las especies protegidas de la Reserva, de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo mediante el cual se establece el área de refugio para la protección de la vaquita (Phocoena sinus) y el programa de protección respectivo.
Regla 48. El uso de excluidores de tortugas marinas en la pesca de camarón mediante la técnica de arrastre, se sujetará a las especificaciones técnicas establecidas en el anexo de la NOM-002-PESC-1993, que ordena el aprovechamiento de las especies de camarón en aguas de jurisdicción federal en aguas de los Estados Unidos Mexicanos y sus actualizaciones; mientras que el uso de excluidores de peces se sujetará a las especificaciones técnicas establecidas por la SAGARPA y otros lineamientos técnicos que, con objeto de limitar o revertir el impacto de la actividad pesquera sobre las especies y ecosistemas, determine la autoridad competente.
Regla 49. La temporada de pesca de camarón dentro de la Reserva estará definida por las fechas que designe para ello la SAGARPA en coordinación con SEMARNAT y los usuarios autorizados; la cual además dependerá del cumplimiento de las condicionantes establecidas en la Manifestación de Impacto Ambiental correspondiente.
Regla 52. En los aprovechamientos pesqueros, los usuarios deberán participar y cooperar en los programas de observadores a bordo y observadores en tierra, debidamente validados, que de manera oficial y coordinada establezcan las instituciones competentes.
Regla 53. Las actividades de cultivo realizadas con especies no nativas en la Reserva podrán realizarse de acuerdo con la subzonificación de la Reserva. Deberán contar con el visto bueno de la Secretaría y sujetarse a estrictas medidas de seguridad para evitar su dispersión en el medio natural.
Regla 62. El establecimiento de campamentos pesqueros temporales únicamente podrá llevarse a cabo en la zona de amortiguamiento en el "campo el Zanjón", "El Tornillal", "El Tornillalito" y "Los Pinitos", así como en los sitios y temporadas que a solicitud de las organizaciones de pescadores, defina la autoridad competente en coordinación con la CONANP, siempre que los pescadores cumplan con los siguientes requisitos:
I. Contar con el permiso de pesca comercial vigente emitido por la autoridad competente;
II. Contar con la anuencia de los dueños o poseedores de los predios en que se ubiquen;
III. Cocinar utilizando cocinetas de gas, y en caso necesario encender fogatas sólo en los lugares establecidos y con leña o madera muerta colectada en la zona intermareal, prohibiéndose utilizar como combustible cualquier producto vegetal de la zona;
IV. No introducir a las islas mascotas, así como otros animales y plantas;
V. Retirar al término de sus actividades los contenedores para almacenar el producto de la pesca, así como cualquier otro enser o material que se haya utilizado, debiendo enterrar cualquier residuo orgánico
producto de la pesca y retirar los residuos inorgánicos a los sitios de disposición final autorizados;
VI. Quedan prohibidos los campamentos en las islas Montague y Pelícano.
CAPÍTULO VIII.
De las Prohibiciones
Regla 68. Se consideran actividades prohibidas dentro de la Zona Núcleo de la Reserva las siguientes:
II. Realizar actividades cinegéticas o de explotación y aprovechamiento de especies de flora y fauna silvestres;
III. La introducción de ejemplares o poblaciones silvestres exóticas;
V. El establecimiento de campamentos pesqueros;
Regla 69. Se consideran actividades prohibidas dentro de toda la Reserva, las siguientes:
II. Pescar utilizando cal, dragas, arpones, succionadores, venenos naturales o sintéticos y dispositivos explosivos o eléctricos, así como cualquier otro arte de pesca que altere el lecho marino, salvo aquellas embarcaciones que posean autorización para su uso de manera condicionada;
XVIII. La pesca comercial con redes de cualquier tipo, en el área de concentración de vaquita marina.
4.    Situación actual
Problemática
El reto mayor que enfrenta actualmente la reserva tiene que ver con su actividad económica fundamental, la pesca, los principales problemas en este sector son:
Aprovechamiento de especies emergentes.- En la actualidad existe la problemática de no contar con mecanismos regulatorios para la flota ribereña local para el aprovechamiento de recursos pesqueros emergentes como la medusa bola de cañón que en los dos últimos años han presentado un incremento en sus poblaciones derivando con ello en un aprovechamiento desmedido. Para el caso del recurso almeja generosa, se requiere contar estudios específicos para la zona de amortiguamiento de la Reserva que permitan conocer con mayor precisión su condición y distribución, para establecer tasas de aprovechamiento que no pongan en peligro de la sustentabilidad de este recurso en el largo plazo.
Pesca ilegal e incidental.- Existe mortalidad incidental de especies en crítico peligro de extinción, como la vaquita marina, en redes de enmalle y agalleras. En los últimos dos años se ha presentado un incremento sustancial en la pesca ilegal de juveniles y adultos de totoaba en redes tipo "chinchorro de línea" o "totoaberas" con luz de maya de 10" las cuales están prohibidas desde 1992. La intensa actividad pesquera de arrastre, además de tener un efecto directo sobre la diversidad, estabilidad y abundancia de comunidades bentónicas demersales, de las cuales se alimenta la vaquita marina, genera impacto por ruido submarino que altera el hábitat de esta especie. La vigilancia en general es limitada.
Falta de ordenamiento: Un aspecto localizado de la problemática pesquera es la falta de ordenamiento pesquero (comercial y deportivo) dentro de la Ciénega de Santa Clara, lo cual acarrea problemas entre los ejidatarios con dotaciones contiguas a la ciénega. Existe una falta de reglamentación en cuanto a las vedas o avisos secretariales.
Disminución del caudal del Río Colorado.- Hoy, virtualmente la totalidad del flujo del Río Colorado es retenido y utilizado antes de alcanzar su desembocadura, desecando el delta, encogiendo los humedales y cortando los nutrientes que llegaban al mar, reduciendo el hábitat de las pesquerías del golfo, afectando económica, social y cultural a las poblaciones humanas de la localidad, incluyendo a los Cucapá. Importantes recursos pesqueros, como son especies de crustáceos y curvina golfina, están encarando diversas presiones como la reducción de hábitat por la disminución de los aportes tanto de nutrientes, como de agua dulce por parte del Río Colorado que entre otros que están reduciendo a sus poblaciones silvestres. Sin embargo, ya se
han implementado acciones de cooperación binacional para el destino de agua dulce con fines ambientales para el Delta, con lo que se obtendrán 195 millones de metros cúbicos, para utilizar en un plazo de cinco años. Así también, se realizan acciones de monitoreo para evaluar los efectos de esta medida sobre las pesquerías en el Alto Golfo.
5.    Diagnóstico
1.     La principal actividad económica en la reserva es la pesca comercial tanto industrial como ribereña aprovechándose más de 70 especies de peces e invertebrados utilizando varias técnicas de pesca: chinchorros de línea, redes agalleras, cimbras, línea, buceo semiautónomo, trampas y colecta manual. También se aprovechan varias especies de peces en la pesca deportiva (corvinas, cabrillas, cochito, lenguado y pargo).
2.     El esfuerzo pesquero en la reserva se ha mantenido estable en los últimos años. El cumplimiento de las disposiciones en materia de impacto ambiental ha permitido identificar el esfuerzo autorizado tanto para el sector industrial como el ribereño.
3.     El 6 de noviembre de 2012, se publicó el Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina en el Norte del Golfo de California y desde 2011 se regula esta pesquería mediante el establecimiento de cuotas y la expedición de un permiso específico para curvina.
4.     Con más de 30 años de veda la pesca ilegal de adultos de totoaba se ha incrementado en los dos últimos años, así como el uso de redes "totoaberas (10" de luz de malla), prohibidas en 1992, aumentando considerablemente el riesgo de captura incidental de vaquita marina, especie considerada en crítico peligro de extinción.
5.     A partir de 2005 se cuenta con un Área de Refugio para la Protección de la Vaquita Marina la cual se considera cómo área de exclusión tanto de redes de enmalle, agalleras y de arrastre; esta área es considerada como la de mayor concentración de vaquita en la Reserva.
6.     Existen pesquerías que se encuentran limitadamente documentadas y/o reguladas que requieren urgentemente de un diagnóstico y ordenamiento.
7.     Se ha reportado la presencia de las especies exóticas invasoras: Carpa común (Cyprinus carpio); Carpa roja (Cyprinella lutrensis); Lobina (Micropterus salmoides); Tilapia (Tilapia zillii); Tilapia Mozambique (Oreochromys mossambicus); Bagre de canal (Ictalurus punctatus); Topote (Dorosoma petenense), y Pez sol (Lepomis cyanellus).
ÁREA NATURAL PROTEGIDA
Isla Guadalupe
Reserva de la Biosfera (RB)
1. Objeto de la Declaratoria
Preservar y restaurar el hábitat de especies representativas de la biodiversidad nacional, incluyendo las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.
2. Elementos pesqueros y acuícolas del Decreto
Publicado en el D.O.F: el 25 de abril de 2005.
La Isla Guadalupe posee una riqueza en colonias reproductoras de mamíferos marinos, como el lobo marino de California (Zalophus californianus), el lobo de piel fina de Isla Guadalupe (Arctocephalus townsendi) y el elefante marino (Mirounga angustirostris), todas ellas especies consideradas en alguna categoría de riesgo de la NOM-059-SEMARNAT-2010.
La conservación y restauración de la Isla Guadalupe se puede realizar respetando, salvaguardando y aprovechando de manera sustentable los recursos naturales de la misma, como es la producción pesquera.
Isla Guadalupe cuenta con protección ambiental desde 1928, con base en el Acuerdo Secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de agosto de dicho año, por el que se declaró zona reservada para evitar la caza y la pesca de las especies animales y vegetales de la misma; por lo que es necesario fortalecer y actualizar los esquemas de protección y conservación de esta reserva.
 
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con la Secretaría de Marina, será la encargada de administrar, manejar, preservar y conservar los ecosistemas y los elementos de la reserva de la biosfera Isla Guadalupe, así como de vigilar que las acciones que se realicen dentro de ésta se ajusten a los propósitos de la presente Declaratoria.
En la planeación, ejecución y evaluación de las acciones de manejo en el área natural protegida, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá coordinarse con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en lo relativo a las actividades pesqueras.
ARTÍCULO NOVENO.- El aprovechamiento de los recursos pesqueros dentro de la reserva de la biosfera Isla Guadalupe se realizará atendiendo lo previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus reglamentos, la Ley de Pesca y su Reglamento, esta Declaratoria, el programa de manejo y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como los lineamientos, criterios, estrategias y demás previsiones que para la conservación, protección y aprovechamiento sustentable establezcan conjuntamente las secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
(Continúa en la Tercera Sección)
 

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