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DOF: 30/01/2023
ACUERDO por el que se da a conocer el Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social de las Entidades, Municipios y Demarcaciones Territoriales para el Ejercicio Fiscal 2023

ACUERDO por el que se da a conocer el Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social de las Entidades, Municipios y Demarcaciones Territoriales para el Ejercicio Fiscal 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.

ARIADNA MONTIEL REYES, Secretaria de Bienestar, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 33 de la Ley de Coordinación Fiscal; 36 y 37 de la Ley General de Desarrollo Social; Décimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 5 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal señala que las aportaciones federales son recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, el Distrito Federal (hoy Ciudad de México), y en su caso, de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esa Ley, a través de ocho Fondos, entre los que se encuentra el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS);
Que la Ley de Coordinación Fiscal establece en su artículo 33, apartado A, entre otros aspectos, que las obras y acciones que se realicen con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se deberán orientar preferentemente conforme al Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, que realice la Secretaría de Bienestar de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Desarrollo Social para la medición de la pobreza;
Que la Ley General de Desarrollo Social dispone en su artículo 36 que los lineamientos y criterios que establezca el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para la definición, identificación y medición de la pobreza son de aplicación obligatoria para las entidades y dependencias públicas que participen en la ejecución de los programas de desarrollo social, debiendo utilizar la información que genere el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, independientemente de otros datos que se estime conveniente;
Que los estudios del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social deberán hacerse con una periodicidad mínima de cada dos años para cada entidad federativa y con información desagregada a nivel municipal cada cinco años, en términos de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Desarrollo Social;
Que entre las obligaciones de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales previstas en la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 33, apartado B, fracción II, inciso f), se encuentra la de reportar
trimestralmente a la Secretaría de Bienestar, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el seguimiento sobre el uso de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, en los términos que establecen los artículos 48 y 49 de la misma Ley, y con base en el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales;
Que conforme a lo que establece el artículo 33, apartado A, de la Ley de Coordinación Fiscal, la Secretaría de Bienestar deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil del mes de enero, el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales, y
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio número CONAMER/23/0010 de fecha 2 de enero de 2023 ha emitido la exención de Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL INFORME ANUAL SOBRE LA SITUACIÓN DE
POBREZA Y REZAGO SOCIAL DE LAS ENTIDADES, MUNICIPIOS Y DEMARCACIONES
TERRITORIALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
PRIMERO. Se da a conocer el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales para el ejercicio fiscal 2023, con base en la información disponible del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
SEGUNDO. El objeto del Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social es orientar preferentemente las obras y acciones que se realicen con los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) en sus dos rubros: Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y, Fondo de Infraestructura Social para las Entidades.
Dicho informe servirá como base para el seguimiento trimestral que las entidades, municipios y demarcaciones territoriales deberán reportar a la Secretaría de Bienestar por conducto de la Dirección General de Desarrollo Regional, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo previsto en el artículo 33, apartado B, fracción II, inciso f) de la Ley de Coordinación Fiscal.
TERCERO. El Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social a nivel entidad y a nivel municipal y demarcación territorial, podrá consultarse en la dirección electrónica referida en el Anexo Único del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los diecisiete días del mes de enero de dos mil veintitrés.- La Secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes.- Rúbrica.
Anexo Único
 
El Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades, municipios y demarcaciones territoriales puede consultarse en la siguiente liga:
https://www.gob.mx/bienestar/documentos/informe-anual-sobre-la-situacion-de-pobreza-y-rezago-social
Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social de las Entidades, Municipios y
Demarcaciones Territoriales para el ejercicio fiscal 2023
Presentación
La pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19) ha ocasionado problemas económicos y sociales capaces de profundizar la pobreza y la desigualdad en nuestro país. Si bien se ha observado una recuperación del Producto Interno Bruto (PIB), ya que para el tercer trimestre de 2022 éste se recuperó en 99.81% respecto al tercer trimestre de 2019 (ver Gráfica 1), es importante analizar datos de tipo socioeconómico para comprender el impacto del COVID-19 en el grueso de la población mexicana y, principalmente, el efecto de las políticas públicas orientadas al bienestar.
Gráfica 1. Producto Interno Bruto, datos trimestrales de 2019/01 a 2022/03
(billones de pesos a precios de 2013)

 
Nota: */ Cifras preliminares con base en la Estimación Oportuna del Producto Interno Bruto Trimestral (tercer trimestre de 2022).
Fuente: Elaboración propia por la Dirección General de Planeación y Análisis (DGPA), Secretaría de Bienestar, con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), del Banco de Información Económica, Producto Interno Bruto a precios de mercado de 2013. Obtenido en: https://www.inegi.org.mx/app/indicadores/?tm=0#D494098
 
Para enfrentar este desafío, el actual gobierno impulsa una nueva generación de programas que privilegian las transferencias monetarias de entrega directa a las personas beneficiarias con énfasis en la atención de grupos vulnerables. El 23 de abril de 2020, el Gobierno de México, mediante un decreto presidencial, decidió incluir a 19 programas y acciones de desarrollo social en el conjunto de 38 programas prioritarios para atender la crisis, con énfasis en los sectores más afectados por la pandemia: población en condiciones de pobreza, trabajadores del sector formal e informal, las personas desempleadas y las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME).(1)
En línea con lo anterior, la inversión social, encabezada por la Secretaría de Bienestar, se incrementó con el objetivo de coadyuvar a la recuperación económica y social post-pandemia. En 2019, previo a la pandemia, la inversión social destinada a programas para el bienestar fue de 106,376 millones de pesos reales (mdp), y para 2022 de 194,672 mdp, lo que equivale a un crecimiento de 83% en este periodo (Ver Gráfica 2). Este incremento en la inversión social es una muestra de que el objetivo más importante de la actual administración es garantizar el ejercicio de derechos para todas las personas por medio de políticas públicas orientadas al bienestar social.
Gráfica 2. Inversión social destinada a programas de la Secretaría de Bienestar, 2019 a 2022
 
(millones de pesos reales)

Notas:
Los programas que se contemplan son los de modalidad S y U de la Secretaría de Bienestar.
La conversión de pesos nominales a pesos reales fue a partir de los deflactores del Producto Interno Bruto (PIB) de los años 2019-2022, teniendo como año base 2013=100, actualizados al 12 de diciembre de 2022.
Fuente: Elaboración propia por la Dirección General de Planeación y Análisis (DGPA), Secretaría de Bienestar, con datos de la Cuenta Pública (2019 a 2021) y Presupuesto de Egresos de la Federación (2022*), Portal de la Transparencia Presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Datos Abiertos. Obtenido en: https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/es/PTP/Datos_Abiertos
 
Es importante señalar que, si bien los indicadores de pobreza y carencias sociales aumentaron a causa de la pandemia por COVID-19, la inversión social antes referida permitió amortiguar sus efectos. Así, el Coneval estimó los efectos potenciales en los niveles de pobreza por ingresos en el periodo de pandemia, a partir de las fuentes estadísticas utilizadas para medir la pobreza (la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos en los Hogares y la pobreza laboral en el corto plazo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, ambas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI).(2)
De acuerdo con el Coneval, al analizar el Coeficiente de Gini(3) de manera transversal, los resultados permitieron identificar que los programas sociales ayudaron a disminuir en 0.016 la desigualdad, lo cual resulta relevante dado que los ingresos se redujeron derivado de la contingencia sanitaria por la COVID-19, lo que provocó una caída general en los ingresos de los hogares. En particular, las transferencias sociales evitaron que 2.5 millones de personas adicionales cayeran en situación de pobreza extrema y 4 millones en situación de pobreza. Asimismo, el Coneval calculó que, en 2020, el número de personas sin ingreso suficiente para comprar los bienes y servicios alimentarios y no alimentarios hubiera incrementado en 3.3 millones si no hubieran contado con el apoyo de los programas sociales.
Los anteriores elementos ayudan a entender el proceso de recuperación socioeconómica de México, basada en garantizar el ejercicio de derechos sociales de los grupos históricamente vulnerables, y orientado a promover la inclusión, la equidad y, con ello, el restablecimiento del bienestar en la sociedad. Cabe señalar que, además de las transferencias directas a personas beneficiarias, el gasto público también se transfirió a los gobiernos locales (entidades, municipios y alcaldías). Así, las transferencias a los gobiernos locales, por medio de los Fondos de Aportaciones Federales (FAF), son una pieza indispensable de la inversión pública y, concretamente, un componente determinante de las finanzas públicas locales.
En este sentido, los FAF son aquellos recursos que la Federación transfiere anualmente a los gobiernos locales -a partir del proceso de descentralización de recursos y atribuciones iniciado en 1998-, para ofrecer servicios de educación, servicios de salud, la construcción de infraestructura social en zonas marginadas y para la coordinación intergubernamental en materia de seguridad pública.(4) Así, los recursos erogados de los FAF tienen el objetivo de descentralizar el gasto público para garantizar un nivel deseable de provisión de servicios públicos en los gobiernos locales.(5)
En particular, el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) tiene como objetivo central
resolver los rezagos en infraestructura social básica por medio del financiamiento de obras y acciones sociales básicas que beneficien a la población en situación de pobreza extrema, en localidades con altos grados de rezago social o en las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP),(6) conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). Asimismo, el artículo 32 establece que el FAIS cuenta con recursos equivalentes al 2.5294 por ciento de la Recaudación Federal Participable (RFP), distribuido en sus dos componentes: el Fondo para la Infraestructura Social de las Entidades (FISE) y el Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF).
En este sentido, la Federación transfiere recursos a los gobiernos locales para ampliar, construir, equipar, dar mantenimiento y rehabilitar obras de infraestructura social básica conforme a ocho rubros de gasto: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, electrificación, infraestructura básica del sector educativo, infraestructura básica del sector salud, mejoramiento de vivienda y urbanización. Estos rubros se encuentran directamente relacionados con el acceso y la disponibilidad de medios para ejercer derechos sociales básicos como salud, educación y una vivienda digna y decorosa. Así, bajo un esquema de coordinación intergubernamental, la Federación transfiere los recursos del FAIS con los cuales los gobiernos locales proveen servicios básicos, promueven el desarrollo social y, en general, contribuyen a mejorar la calidad de vida de la población históricamente más vulnerable.
Dada la relevancia del FAIS, el artículo 33 de la LCF mandata a la Secretaría de Bienestar realizar y publicar el Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de las entidades y sus respectivos municipios o demarcaciones territoriales (Informe Anual), con el objetivo de orientar la planeación y la toma de decisiones de los gobiernos locales en el ejercicio de los recursos del FAIS. Para tal efecto, la Secretaría de Bienestar elaboró el Informe Anual 2023 con información socioeconómica y geoespacial que permite identificar las características sociodemográficas de las entidades federativas, municipios o demarcaciones territoriales para el desarrollo de infraestructura social básica en beneficio de la población objetivo del FAIS.
El Informe Anual se suma al trabajo conjunto entre la Federación y los gobiernos locales en beneficio de la población que presenta condiciones de pobreza extrema, marginación, rezago social y carencias sociales, así como rezagos en infraestructura social básica. De este modo, el Informe Anual 2023 funge como un instrumento de planeación socioeconómica de amplio alcance con información más precisa y actualizada, lo que permitirá a los gobiernos locales fortalecer su toma de decisiones a fin de invertir en el bienestar de las personas, garantizar el ejercicio de sus derechos sociales y, por ende, mejorar sus condiciones generales de vida.
La Secretaría de Bienestar diseñó el Informe Anual 2023 pensando en las necesidades de información de los gobiernos locales, y con el objetivo de buscar nuevas y mejores herramientas para promover la inversión en las localidades con mayores rezagos en infraestructura social básica. Esta edición se compone de ocho secciones que proporcionan, en conjunto, un panorama general acerca de la pobreza y el rezago social, así como de las necesidades en materia de infraestructura social básica.
1.     Información general de población, condición de pobreza, marginación y rezago social. El objetivo de esta sección es mostrar las principales características demográficas de la población. Contiene indicadores de población, demografía, pobreza, marginación y rezago social por entidad federativa. La información seleccionada para esta sección se realizó con base en las siguientes fuentes: proyecciones de la población de los municipios de México, 2015-2030 para el año 2022, por el Consejo Nacional de Población (Conapo); indicadores de la Medición Multidimensional de la Pobreza 2020 del Coneval; resultados del Censo de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); las ZAP rurales y urbanas de acuerdo con la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria para 2023; el Índice de Marginación por entidad federativa 2020 del Conapo; y el Índice de Rezago Social a nivel estatal 2020, elaborado por el Coneval.
2.     Indicadores de carencias sociales en la entidad. La finalidad de esta sección es identificar el nivel de incidencia de cada una de las carencias sociales en la población. Contiene los resultados de las seis carencias sociales de la entidad federativa respecto a la media nacional, de acuerdo con la Medición Multidimensional de la Pobreza 2020 del Coneval.
3.     Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) Rurales. El objetivo de esta sección es visualizar las ZAP rurales dentro de la entidad y las ZAP rurales colindantes. Contiene información georreferenciada de los municipios con ZAP Rurales 2023 mediante un mapa de cada entidad federativa, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Bienestar.
4.     Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) Urbanas. El objetivo de esta sección es visualizar las ZAP urbanas dentro de la entidad y las ZAP urbanas colindantes. Contiene información georreferenciada de las localidades con ZAP Urbanas 2023 mediante un mapa de cada entidad federativa, publicada en el DOF por la Secretaría de Bienestar.
 
5.     Indicadores de seguimiento al derecho a la vivienda. Esta información coadyuva a la planeación de acciones estratégicas, coordinadas y articuladas para cubrir las necesidades de infraestructura que requieran ser satisfechas en los hogares de las y los mexicanos. Contiene indicadores relacionados con la calidad, espacios y servicios básicos en las viviendas de las entidades federativas respecto de la media nacional, de acuerdo con la Medición Multidimensional de la Pobreza 2020 del Coneval.
6.     Recursos del Fondo de Aportaciones para Infraestructura Social (FAIS) destinados a la entidad en su componente FISE. Ambos mapas se presentan en cuartiles de gasto con la finalidad de que los gobiernos estatales puedan visualizar los municipios con mayor concentración de recursos FISE. Esta sección contiene un mapa de la distribución de los recursos FISE planeados y un mapa de la distribución de los recursos FISE ejercidos. El mapa de recursos planeados se elaboró con información de enero a diciembre de 2022, derivada de la Matriz de Inversión para el Desarrollo Social (MIDS). El mapa de los recursos ejercidos se elaboró con información reportada de enero a septiembre de 2022 en el Sistema de Recursos Federales Transferidos (SRFT), a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
7.     Infraestructura social básica. Este mapa permite identificar la localización de los diversos tipos de proyectos financiados con recursos del FISE. Contiene un mapa con la geolocalización de los proyectos planeados con recursos del FAIS por rubro de gasto.
8.     Planeación del FAIS (componente FISE). La gráfica de esta sección permite identificar en qué rubros de gasto se concentra la planeación de recursos del FISE, así como las variaciones de dichos recursos entre 2020 y 2022. Contiene un comparativo histórico de 2020 a 2022 de los ocho rubros de gasto -establecidos en la LCF- en términos porcentuales respecto del FISE total planeado.
El Informe Anual 2023 está diseñado para ser una fuente de consulta de los gobiernos locales en la planeación del gasto federalizado transferido. Por esta razón, la presente edición del Informe Anual presenta algunas innovaciones para guiar el proceso de planeación, conforme a lo siguiente:
-      Con el objetivo de proporcionar una visión más amplia de los polígonos territoriales susceptibles de ser intervenidos con recursos del FAIS e impulsar la planeación de proyectos en concurrencia, las ZAP rurales y urbanas para el ejercicio fiscal 2023 por entidad federativa se representan en mapas que incluyen información de las ZAP de las entidades colindantes.
-      Se ofrece a las entidades la posibilidad de comparar visualmente la distribución geográfica de recursos FISE desde su planeación hasta su ejercicio, con la información más actualizada de la MIDS y el SRFT.
-      Digitalización de la información relativa a la infraestructura social básica por medio de un código QR y una URL al Sistema de Información Social Georreferenciada (SISGE), para que las entidades puedan identificar la ubicación de las obras por rubro de gasto y contar con una herramienta de análisis geoespacial amplia y accesible. Tanto el mapa de infraestructura social básica como el SISGE presentan información que les permitirá a los gobiernos locales llevar a cabo la planeación de sus proyectos considerando el contexto de las entidades o municipios colindantes, con la finalidad de fomentar proyectos en concurrencia y con mayor impacto social.
-      Comparativo de los recursos planeados por rubro de gasto de 2020 a 2022. Esta gráfica muestra la dinámica en la planeación, así como posibles áreas de oportunidad en la inversión de los recursos.
 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 
 

 

 

 

 

 

 
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1     Presidencia de la República. (2020, 23 de abril). DECRETO por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican. Diario Oficial de la Federación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592205&fecha=23/04/2020#gsc.tab=0
2     Coneval, (2021). Nota técnica sobre el ingreso en el espacio del bienestar económico, 2018-2020. https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/MMP_2018_2020/Notas_pobreza_2020/Nota_tecnica_bienestar_economico_2018_2020.pdf
3     De acuerdo con el Coneval, el Coeficiente de Gini mide la desigualdad económica de una sociedad, mediante la exploración del nivel de concentración que existe en la distribución de los ingresos entre la población. El coeficiente de Gini toma valores entre 0 y 1; un valor que tiende a 1 refleja mayor desigualdad en la distribución del ingreso.
4     Cámara de Diputados. (s.f.). Gasto federalizado. https://www.diputados.gob.mx/sia/intranet/sia-dec-iss-07-05/anualizado/intro.htm.
5     Rabell, Enrique. (2010). Federalismo fiscal en México. Universidad Autónoma de Querétaro. http://www.concyteq.edu.mx/PDF/Federalismofiscal.pdf.
6     De acuerdo con el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social (LGDS), se consideran Zonas de Atención Prioritaria a las áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza, marginación indicativos de la existencia de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social.

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