DOF: 02/04/2024
EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Cornerstone Le Baron, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Cornerstone México, A

EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Cornerstone Le Baron, para constituirse en asociación religiosa; derivada de Cornerstone México, A.R.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.- Dirección General Adjunta de Registro, Certificación y Normatividad de las Asociaciones Religiosas.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE "CORNERSTONE MÉXICO", A.R., DENOMINADA "CORNERSTONE LE BARON"
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8º y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada "CORNERSTONE LE BARON" para constituirse en asociación religiosa; derivada de "CORNERSTONE MÉXICO", A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Delicias, y Carretera Galeana-Buenaventura Lote 1, Manzana 63, Zona: 2 Le Barón, Municipio de Galeana, Estado de Chihuahua, Código Postal 31870.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble ubicado en Calle Delicias, y Carretera Galeana-Buenaventura Lote 1, Manzana 63, Zona: 2 Le Barón, Municipio de Galeana, Estado de Chihuahua, Código Postal 31870, manifestado unilateralmente bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Proclamar el evangelio de Jesucristo a toda persona, en todo lugar y en todo tiempo, poniendo la Palabra de Dios y las enseñanzas de la Biblia en forma estratégica, en las manos de cada persona".
IV.- Representantes: Israel Parra Hernández y/o Angélica María Bustillos Valenzuela.
V.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8º del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Israel Parra Hernández, Presidente; Angélica María Bustillos Valenzuela, Secretaria; y Armando Lugo Rohan, Tesorero.
VIII.- Ministros de Culto: Israel Parra Hernández, Angélica María Bustillos Valenzuela y Armando Lugo Rohan.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil veinticuatro.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.
 

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