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DOF: 02/04/2024
ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur

ANEXO Técnico de Ejecución Específico para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024, que celebran la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y el Estado de Baja California Sur.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA IMPULSAR LA SOSTENIBILIDAD Y RESILIENCIA
AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL SECTOR AGRÍCOLA 2024 EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO PARA IMPULSAR LA SOSTENIBILIDAD Y RESILIENCIA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN EL SECTOR AGRÍCOLA 2024, EN ADELANTE "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, EN LO SUBSECUENTE "AGRICULTURA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DOCTORA SOL ORTIZ GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICAS, PROSPECCIÓN Y CAMBIO CLIMÁTICO, EN ADELANTE LA "DGPPyCC" Y EL ING. ARMANDO RAMÍREZ GÁLVEZ, TITULAR DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE "AGRICULTURA" EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE AGRICULTURA"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL ING. JOSÉ ALFREDO BERMÚDEZ BELTRÁN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PESCA, ACUACULTURA Y DESARROLLO AGROPECUARIO; A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES", CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y ACCIONES PARA EL LOGRO DEL OBJETO DEL PRESENTE ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.        Que con fecha 17 de marzo del año 2022, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y la Seguridad Alimentaria 2022-2024, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable, la Productividad Agropecuaria y Seguridad Alimentaria en general, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agroalimentario se presenten en lo particular, para impulsar a dicho sector en el Estado de Baja California Sur.
II.       La Ley de Planeación señala que el desarrollo rural deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la "CONSTITUCIÓN".
III.      Qué el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable señala que el Estado impulsará un proceso de transformación social y económica que reconozca la vulnerabilidad del sector y conduzca al mejoramiento sostenido y sustentable de las condiciones de vida de la población rural, a través del fomento de las actividades productivas y de desarrollo social que se realicen en el ámbito de las diversas regiones del medio rural, procurando el uso óptimo, la conservación y el mejoramiento de los recursos naturales.
Y el artículo 5 establece que el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del Gobierno Federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados, entre otros objetivos, a fomentar la conservación de la biodiversidad y el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento sustentable.
IV.      Que la Organización de las Naciones Unidas para Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, reconoce a la agricultura en un sentido amplio, involucrando a la agricultura, ganadería, pesca, acuacultura y silvicultura, los cuales presentan alta vulnerabilidad a los efectos del cambio climático.
V.       Que México es parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la cual en su Artículo 2 establece el objetivo de lograr la estabilización de las concentraciones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. La estabilización se debe lograr en un plazo suficiente que asegure que la producción de alimentos no se vea amenazada y el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
VI.      Que la Ley General de Cambio Climático, en los artículos 7° y 8° faculta a la Federación y a las entidades federativas para establecer, regular e instrumentar las acciones para la mitigación y la adaptación en materia agrícola y en los artículos 30 y 34, establece la participación de los tres niveles de gobierno en la implementación de acciones de adaptación y mitigación relacionadas con el sector agrícola.
VII.     Que nuestro país ratificó el Acuerdo de París derivado de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que establece metas para la reducción de las emisiones de GEI, por lo que se compromete a transitar a un futuro bajo en carbono, a través diferentes acciones. De acuerdo con el Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, desde el ámbito de la agricultura se contribuye a las metas, limitando el crecimiento de la frontera agrícola, reduciendo el uso de fuego en terrenos agropecuarios, promoviendo el manejo de excretas animales, reduciendo las emisiones por fermentación entérica, optimizando el uso de fertilizantes nitrogenados, fomentando la recarbonización de suelos, promoviendo sistemas agroforestales y silvopastoriles, así como la siembra de arrecifes de coral y captura de carbono azul.
VIII.    Que con las acciones que se impulsen de forma coordinada entre las "PARTES", se aportará al cumplimiento de las metas de la Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC), en términos de adaptación y mitigación de emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero (GyCEI).
IX.      Que la Comisión de Recursos Genéticos de la FAO y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas, consideran el gran valor de los recursos genéticos para la adaptación al cambio climático, por lo que resulta necesario conjuntar esfuerzos para impulsar programas de mejoramiento genético para atender la variabilidad climática, y evitar pérdidas de cosechas por sequías, heladas, inundaciones o presencia de plagas y enfermedades.
X.       Que con fecha 16 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de creación del Comité Sectorial de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura, como un mecanismo de coordinación sectorial para promover la conservación, manejo, distribución justa y equitativa de los beneficios y aprovechamiento sostenible de éstos, mediante la coordinación interinstitucional e interdisciplinaria en el Sector.
XI.      Que la estrategia de la FAO para la integración de la biodiversidad en los distintos sectores agrícolas, considera que la biodiversidad representa un factor importante para mantener la producción de alimentos a largo plazo. La pérdida o degradación de la integridad biológica conlleva efectos negativos en la producción de alimentos por la reducción de los diversos servicios ecosistémicos que brinda.
XII.     Que la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en su Artículo 24, establece que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural no otorgará apoyos o incentivos económicos para actividades agropecuarias en zonas deforestadas o para aquellas que propicien el cambio de uso de suelo de terrenos forestales o incrementen la frontera agropecuaria.
XIII.    Que los polinizadores representan un rol muy importante en la producción de diversos cultivos, y que pueden ser considerados especies indicadoras de la sostenibilidad de los sistemas de producción. Por lo que "AGRICULTURA" reconoce que los polinizadores y sus servicios ecosistémicos contribuyen al abasto de alimentos y el bienestar de la población rural.
XIV.    Que con fecha 14 de junio de 2021, se publicó en el DOF el Aviso por el que se da a conocer la Estrategia Nacional para la Conservación y Uso Sustentable de los Polinizadores (ENCUSP). Esta estrategia representa un instrumento guía para los servidores públicos del Gobierno Federal de los sectores productivo y ambiental, para promover acciones en favor de los polinizadores, con el apoyo de actores relevantes, incluyendo al "GOBIERNO DEL ESTADO", quienes pueden coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones aplicables para promover acciones en favor de los polinizadores.
XV.     Que las "PARTES" reconocen la importancia del suelo, el agua y la agrobiodiversidad para la agricultura sostenible, por lo que se comprometen a implementar instrumentos de política y el fomento de acciones orientadas a promover la educación y concientización social sobre la importancia de estos recursos para la vida, con la participación de diversos actores, particularmente actores locales. De igual forma, fomentarán la generación e integración de conocimientos tradicionales y científicos con el objeto de propiciar innovaciones tecnológicas adaptadas a distintos contextos socioecológicos, que atiendan las necesidades específicas de los territorios y poblaciones en el país.
XVI.    Que con fecha 28 de julio de 2022, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se presenta la Estrategia Nacional de Suelo para la Agricultura Sostenible (ENASAS). Esta estrategia es el instrumento del Gobierno Federal para fomentar y coordinar acciones que promuevan e incrementen el manejo sostenible de los suelos agropecuarios del territorio nacional, con la participación de actores relevantes, incluyendo a el "GOBIERNO DEL ESTADO", quienes pueden coadyuvar a lograr el objetivo de conservar las funciones del suelo y restaurar los suelos agropecuarios degradados.
XVII.   Que las Agencias Internacionales de Cooperación para el Desarrollo Sostenible juegan un papel importante para contribuir a la acción climática, al fomento de la sostenibilidad y la integración de la biodiversidad en la agricultura, con base en instrumentos que forman parte de las herramientas para orientar y concretar acciones conjuntas en los territorios rurales.
XVIII.  Que un aspecto fundamental de la coordinación entre las "PARTES" es avanzar en la adaptación de las actividades agrícolas a las nuevas condiciones climáticas y con ello impulsar la resiliencia en todos los ámbitos, con énfasis en el estrés hídrico y la degradación de los suelos, factores que
afectan los rendimientos y las condiciones de vida de la población rural.
XIX.    Que las "PARTES" reconocen que el impulso a un nuevo patrón de cultivos requiere la participación de la academia y la banca de desarrollo para promover el financiamiento a todas aquellas actividades que contribuyan a la reactivación de la economía rural, de manera sostenible.
XX.     Que en la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024", las "PARTES" designaron como sus representantes para suscribir los Anexos Técnicos de Ejecución a las siguientes:
"AGRICULTURA" designó a su Representante en el Estado de Baja California Sur, cargo que a la fecha lo ostenta el Ing. Armando Ramírez Gálvez; y
El "GOBIERNO DEL ESTADO", designó al Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, cargo que a la presente fecha lo ostenta Ing. José Alfredo Bermúdez Beltrán, asimismo por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparece el Ing. Ramón González López, Subsecretario de Desarrollo Agropecuario del Gobierno del Estado de Baja California Sur.
DECLARACIONES
I. DE "AGRICULTURA":
I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la "CONSTITUCIÓN", 2° fracción I; 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Que en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se establece que entre sus atribuciones se encuentra el formular la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan el campo, en coordinación con las dependencias competentes; promover el empleo en el medio rural, así como establecer programas y acciones que tiendan a fomentar la productividad y rentabilidad de las acciones económicas rurales; formular, dirigir y supervisar los programas y actividades relacionadas con la asistencia técnica y capacitación de los productores rurales.
I.3. Que la Dra. Sol Ortiz García, en su carácter de Directora General de Políticas, Prospección y Cambio Climático, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", conforme a los artículos 2° Apartado A, fracción XVIII, 19 fracciones IV, VI y XXII, 26 fracciones III, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Reglamento Interior de "AGRICULTURA".
I.4. Que el Ing. Armando Ramírez Gálvez, Titular de la Oficina de Representación de "AGRICULTURA" en el Estado de Baja California Sur, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° Apartado A, fracción XXXIV, 42, 43 y 44 del Reglamento Interior de "AGRICULTURA", y con la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024".
I.5. Señala como domicilio para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en Agricultura #1555, entre México y Durango, Colonia Emiliano Zapata, Código Postal 23070, La Paz, Baja California Sur.
II. DEL "GOBIERNO DEL ESTADO":
II.1. Que el Ing. José Alfredo Bermúdez Beltrán en su carácter de Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, acredita su personalidad con el nombramiento otorgado por el Prof. Víctor Manuel Castro Cosío, Gobernador Constitucional del Estado de Baja California Sur, contando con las facultades necesarias para suscribir el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", de conformidad con lo previsto en los artículos 80 y 81 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur; 4, 8 párrafo primero, 16 fracción VIII, 20 fracción II y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur; y la Cláusula Decimosegunda del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024".
II.2.  Señala como domicilio legal para los efectos legales del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico, el ubicado en calles Isabel La Católica esquina Melchor Ocampo, Colonia Centro, Código Postal 23000, La Paz, Baja California Sur.
III. DE LAS "PARTES":
III.1. Que las "PARTES" reconocen a la agricultura como un sector muy vulnerable ante los efectos del cambio climático, incluyendo la variabilidad climática y los fenómenos hidrometeorológicos extremos.
III.2. Que las "PARTES" reconocen la necesidad de una atención oportuna y coordinada para reducir los impactos del cambio climático y propiciar la resiliencia del sector.
III.3. Que las "PARTES" reconocen la importancia de producir de forma sostenible alimentos accesibles y saludables que contribuyan a la seguridad alimentaria.
III.4. Que las "PARTES" reconocen la diversidad de prácticas sostenibles que se pueden adaptar a las condiciones locales de los sistemas de producción, territorios, vocación productiva y características de las personas dedicadas a la producción.
III.5. Que las "PARTES" establecen de común acuerdo impulsar acciones coordinadas e intercambio de información para la transición hacia una agricultura más sostenible, productiva y resiliente al cambio climático.
III.6. Que las "PARTES" reconocen que los apoyos de las agencias internacionales para la implementación de acciones en los territorios requieren de la coordinación y sinergias entre los niveles de gobierno.
III.7. Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que actúan y con la que acuden a la celebración del presente instrumento y tienen plena capacidad legal, técnica y económica para obligarse en los términos de este instrumento.
III.8. Que el presente instrumento no tiene Cláusula alguna contraria a la ley, moral o buenas costumbres, y para su celebración, no media coacción alguna; consecuentemente, carece de todo dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pueda afectar en todo o en parte, la validez del mismo.
III.9. Que es su voluntad suscribir el Anexo Técnico de Ejecución Específico, para conjuntar esfuerzos y en su caso, recursos que permitan realizar acciones para el cumplimiento y desarrollo del objeto y las actividades que se deriven del mismo, conforme a la normatividad aplicable.
III.10. Que cuentan con los medios necesarios para proporcionarse recíprocamente la asistencia, colaboración y apoyo para la consecución del objeto materia de este instrumento.
Para tal efecto, las "PARTES" acuerdan la implementación del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico para la asignación de compromisos específicos mediante las siguientes:
CLÁUSULAS
OBJETO
PRIMERA. El objeto del presente instrumento es establecer las acciones, planificadas en el "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", metas y mecanismos de intercambio de información que faciliten la coordinación para la planeación agrícola y permitan el impulso y la adopción de una agricultura sostenible y resiliente ante los efectos adversos del cambio climático. Además, que contribuyan a mantener o incrementar la productividad, el abasto suficiente y el acceso de alimentos para la población, en el Estado de Baja California Sur.
Estas acciones aportarán al cumplimiento del Programa Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural 2020-2024, de los instrumentos de política para el desarrollo rural sustentable del Estado de Baja California Sur; así como de los compromisos y Tratados Internacionales de los cuales México forma parte en materia de sostenibilidad, cambio climático y biodiversidad.
APORTACIONES
SEGUNDA. Considerando lo estipulado en la Ley Federal de Austeridad Republicana, las acciones que se deriven del presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se implementarán mediante la coordinación entre "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" para facilitar y optimizar los recursos humanos y de infraestructura, por lo que en su caso, las "PARTES" podrán acordar la aportación de los recursos humanos y mecanismos para el correcto ejercicio y aplicación del objeto del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
ACCIONES
TERCERA. - Las acciones que las "PARTES" consideran impulsar mediante el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" considerando, en su caso, la planeación agrícola que promueva nuevos patrones de cultivos, se establecen en el Apéndice Único, Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola - 2024, el cual forma parte del presente instrumento.
Las acciones señaladas en el Apéndice Único se vincularán con las metas que se definan coordinadamente por las "PARTES" en la Comisión de Seguimiento, para ser alcanzadas a más tardar en la fecha de término de la vigencia del presente instrumento.
CUARTA. - Para verificar el cumplimiento de las acciones, se definirán de forma coordinada, entre "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" las variables de seguimiento descritas en el Apéndice Único.
DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE
QUINTA. - Las "PARTES" en la consecución del presente instrumento acuerdan estar a lo dispuesto en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024", la legislación normativa y presupuestaria federal aplicable.
DE LAS OBLIGACIONES DE "AGRICULTURA"
SEXTA. - "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC", se compromete a:
I.        Favorecer el intercambio de información técnica y científica con el "GOBIERNO DEL ESTADO", con la finalidad de contar con elementos para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola en el año 2024;
II.       Promover alianzas con el "GOBIERNO DEL ESTADO" y otros actores locales relevantes para implementar acciones derivadas de proyectos que maneja o participa la federación.
III.      Apoyar en la identificación de variables de seguimiento y metodologías para el seguimiento de las
acciones implementadas por las "PARTES";
IV.      Coordinar la identificación de los riesgos potenciales asociados al cambio climático para contribuir con la planeación del sector, sus metas de sostenibilidad y el monitoreo de las respectivas variables de seguimiento;
V.       Facilitar la información y, en su caso, el acceso a sistemas que permitan contribuir con metas de sostenibilidad, identificar riesgos potenciales asociados a la variabilidad climática o para el monitoreo y reporte de variables de seguimiento, entre otros;
VI.      Proporcionar materiales disponibles que favorezcan la capacitación, participación de personal y técnicos que colaboren con el "GOBIERNO DEL ESTADO" y la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" para la implementación de estrategias e instrumentos de política pública de "AGRICULTURA";
VII.     Colaborar activamente con el personal que el "GOBIERNO DEL ESTADO" designe como responsables para realizar las acciones comprendidas en este instrumento jurídico;
VIII.    Reunirse cuando sea necesario para vigilar la ejecución y control de las acciones objeto del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO";
IX.      Realizar reuniones de trabajo para el seguimiento de los resultados mismas que se definirán en la Comisión de Seguimiento.
DE LAS OBLIGACIONES DE LA REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA"
SÉPTIMA.- La "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" se compromete a:
I.        Dar seguimiento a la ejecución del objeto referido en la Cláusula Primera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO";
II.       Verificar que el desarrollo e implementación de las acciones referidas en la Cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y descritas en el Apéndice Único, se efectúen de conformidad con apego a criterios de equidad social y de género, integralidad, productividad y sustentabilidad, así como los criterios y metodologías que para tal efecto recomiende la "DGPPyCC";
III.      Coordinarse con la "DGPPyCC" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" en todas las acciones necesarias para la consecución de las metas del presente instrumento;
IV.      Apoyar al "GOBIERNO DEL ESTADO" para que presente a la "DGPPyCC", los avances e informes trimestrales del cumplimiento de las acciones a las que se haya comprometido el "GOBIERNO DEL ESTADO" y en su caso, la sistematización de la información en un sistema electrónico;
V.       Coordinarse con los Distritos de Desarrollo Rural (DDR) y los Centros de Apoyo al Desarrollo Rural Sustentable (CADERS) para apoyar al "GOBIERNO DEL ESTADO" con apoyo técnico y asesoría para lograr la implementación de las acciones señaladas en la Cláusula Tercera del presente instrumento.
VI.      Apoyar en la verificación de la implementación de las acciones convenidas entre "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO".
VII.     Contribuir en la difusión de los beneficios productivos, económicos y ambientales de emplear prácticas sostenibles y resilientes al cambio climático, con la finalidad de crear conciencia entre productores y productoras sobre la importancia de su adopción e implementación en sus unidades de producción y,
VIII.    Apoyar en el manejo de los sistemas productivos a través de prácticas y estrategias resilientes y sostenibles del sector agropecuario, acuícola y pesquero, ante los efectos del cambio climático, que incluya el mantenimiento y conservación de los servicios ecosistémicos locales y regionales.
DE LAS OBLIGACIONES DEL "GOBIERNO DEL ESTADO"
OCTAVA. -El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
I.        Desarrollar las acciones descritas en la Cláusula Tercera del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO", de conformidad con los elementos para impulsar la "Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2024", las acciones impulsadas por los instrumentos de política del "GOBIERNO DEL ESTADO", así como en las metodologías que adicionalmente le proporcione la "DGPPyCC";
II.       Aportar la disponibilidad de los recursos estatales con los que cuente, que permita el logro de las acciones referidas en la Cláusula Cuarta del presente Anexo y especificadas en el Apéndice Único, siendo estos humanos, de infraestructura, y en su caso económicos;
III.      Facilitar la información y, en su caso, el acceso a sistemas que permitan contribuir con la planeación del sector, las metas de sostenibilidad y los impactos del cambio climático para el Estado de Baja California Sur.
IV.      Coordinarse con "AGRICULTURA" a través de la "DGPPyCC", con el propósito de optimizar la consecución de acciones orientadas a favorecer la resiliencia del sector al cambio climático, contribuyendo a la reducción de pérdidas en la producción de alimentos y al incremento de la autosuficiencia alimentaria, que contribuya a la seguridad alimentaria;
V.       Entregar trimestralmente a la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE AGRICULTURA" los avances en la implementación de las acciones que permitan el logro de lo establecido en la Cláusula Tercera del presente Anexo, o en su caso, la información podrá integrarse en un sistema electrónico que disponga para tal fin "AGRICULTURA";
VI.      Integrar a los centros de investigación o de transferencia de tecnología en materia del sector agrícola que posea "GOBIERNO DEL ESTADO", con la finalidad de garantizar el impulso de acciones coordinadas con "AGRICULTURA" y sus centros de investigación, innovación y transferencia de tecnología;
VII.     Contribuir en la difusión de los beneficios productivos, económicos y ambientales de emplear prácticas sostenibles y resilientes al cambio climático, con la finalidad de crear conciencia entre productores y productoras sobre la importancia de su adopción e implementación en sus unidades de producción;
VIII.    Brindar las facilidades y apoyos que sean necesarios al personal de la "DGPPyCC", de la Secretaría de la Función Pública, de la Auditoría Superior de la Federación y del Órgano Interno de Control de "AGRICULTURA" para efectuar las revisiones que de acuerdo con sus programas de trabajo consideren conveniente realizar, así como cumplir los requerimientos de información relativos al instrumento jurídico que se suscriba y sean solicitados por éstos;
IX.      Coordinarse con la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" para detener el crecimiento de la Frontera Agrícola, a través de la validación espacial de los nuevos predios de cada localidad, municipio y/o entidad federativa.
X.       Llevar a cabo el seguimiento y control de las acciones establecidas y que se deriven del presente "ANEXO TÉCNICO EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
XI.      Revisar periódicamente las actividades realizadas y los avances obtenidos.
XII.     Reunirse cuando sea necesario para vigilar la ejecución y control de las acciones objeto del presente instrumento.
XIII.    Realizar una reunión de trabajo para la presentación de los resultados misma que se definirá en la Comisión de Seguimiento.
DISPOSICIONES GENERALES
NOVENA. - En todo lo relativo a las auditorías, control y seguimiento, suspensión de recursos, difusión y transparencia, evaluación y solución de controversias, y demás disposiciones aplicables previstas en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", las "PARTES" acuerdan sujetarse a los términos establecido en el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2022-2024" y de manera particular a la legislación presupuestaria y de fiscalización federal que en su caso sea aplicable.
DE LAS RELACIONES LABORALES
DÉCIMA.- El personal de cada una de las "PARTES" que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", permanecerá de forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada.
DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
DECIMOPRIMERA. - Las "PARTES" acuerdan que una vez suscrito el presente instrumento deberá quedar integrada en un plazo no mayor a 20 días hábiles, por los representantes de las "PARTES", una Comisión Seguimiento en adelante referida como la "COMISIÓN", que coadyuve a la instrumentación, ejecución y cumplimiento técnico de las actividades que se deriven del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", la cual quedará integrada de la siguiente manera.
Por la "REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA"
I.     Ing. Armando Ramírez Gálvez, en su carácter de Titular de la Oficina de la Representación Estatal de la "AGRICULTURA".
Por el "GOBIERNO DEL ESTADO"
I.     Ing. José Alfredo Bermúdez Beltrán, Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario del Gobierno del Estado de Baja California Sur.
En las sesiones de la "COMISIÓN" podrá participar personal adscrito a la "DGPPyCC".
Las "PARTES" acuerdan que el Ing. Armando Ramírez Gálvez, Titular de la Oficina de la REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" será quien convoque a las reuniones de la "COMISIÓN", así mismo acuerdan que en el supuesto de que se den cambios en la misma tanto en la REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA", como en el "GOBIERNO DEL ESTADO", los responsables serán las personas que ocupen los cargos descritos anteriormente, sin necesidad de que se modifique el presente instrumento, bastando con la comunicación escrita entre las "PARTES".
Los integrantes de la "COMISIÓN" podrán designar a un suplente para que los asista en casos de que se encuentren impedidos en participar en las reuniones convocadas, quien deberá de tener un cargo inmediato inferior a este.
Una vez conformada la "COMISIÓN", deberán elaborarse actas de sesión o minutas de trabajo en donde se especificarán los acuerdos convenidos en las reuniones convocadas, firmando de conformidad los integrantes de la misma. La REPRESENTACIÓN ESTATAL DE "AGRICULTURA" remitirá las actas o minutas a la "DGPPyCC", para el seguimiento correspondiente.
Las "PARTES" podrán invitar a las personas que consideren necesarias para que asistan a las reuniones de trabajo, quienes, de acuerdo con su experiencia, solo podrán opinar en las mismas. Únicamente los integrantes de la "COMISIÓN" podrán realizar las determinaciones o decisiones, mismas que serán informadas a la "DGPPyCC".
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA "COMISIÓN"
I.        Sesionar únicamente con la totalidad de sus integrantes. Para que puedan adoptarse las medidas de seguimiento a los compromisos establecidos en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
II.       Establecer las metas asociadas a las acciones, para el seguimiento y evaluación de su cumplimiento.
III.      Sesionar previo a la revisión de los informes y avances físicos con la finalidad de establecer criterios de evaluación que deberán ser implementados para el cumplimiento en tiempo y forma de las actividades en el Apéndice Único, comprometidas en el presente instrumento.
IV.      Supervisar, evaluar y dar seguimiento a las actividades derivadas del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" conforme a los informes que en el consenso las "PARTES" se hayan comprometido. En caso de contar con un sistema electrónico, el seguimiento se podrá realizar a través de éste.
V.       Resolver las cuestiones inherentes que se presenten con motivo del retraso o el indebido cumplimiento de las acciones previstas en el citado "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
VI.      Conocer y resolver en términos conciliatorios sobre las controversias que formulen las "PARTES" que pudieran surgir del cumplimiento del presente Anexo.
VII.     Verificar al término del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y previo a la suscripción del acta de cierre correspondiente, que todas las acciones previstas en el mismo estén concluidas en su totalidad.
VIII.    Formalizar y suscribir después de cada sesión de trabajo un Acta de Sesión en la que se haga constar el resultado de la misma el grado de cumplimiento del objeto del presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", misma que será remitida a la "DGPPyCC".
IX.      Tomar los acuerdos complementarios pertinentes, en consenso con las "PARTES", con relación con los problemas no previstos en la ejecución del objeto del presente instrumento con el propósito de obtener el pleno cumplimiento del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO".
DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN DE ACCIONES
DECIMOSEGUNDA. - Las "PARTES" acuerdan que en la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos, respecto al impulso de la "Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2024", deberán incluir expresamente y en forma idéntica la participación de "AGRICULTURA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO":
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa"
De igual manera deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través de "AGRICULTURA".
DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA ELECTORAL.
DECIMOTERCERA.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá suspender durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y/o locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, la difusión en los medios de comunicación de toda la propaganda y sujetarse a los calendarios electorales que emita la autoridad competente. Salvo los casos de excepción que expresamente establece la "CONSTITUCIÓN", respecto a las actividades a realizarse, en su caso, con motivo de la aplicación de los recursos que sean asignados al cumplimiento del objeto del presente instrumento, lo anterior, en atención a lo dispuesto por el artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación.
Respetar en los términos del artículo 134 de la "CONSTITUCIÓN", que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación que difunda, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso, ésta incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada, en las actividades con motivo de la aplicación de los recursos que sean asignados en cumplimiento del objeto del presente instrumento o de alguna otra figura análoga prevista en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Asimismo, las "PARTES" se comprometen a que en la entrega de los recursos, no se hará alusión a funcionarios públicos, partidos políticos y/o candidatos, que impliquen su promoción y/o difusión ya sea en etapa de precampaña, campaña, elecciones federales y/o locales.
DE LAS MODIFICACIONES.
DECIMOCUARTA.- Las situaciones no previstas en el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" y, en su caso, las modificaciones o adiciones que se realicen, serán pactadas de común acuerdo entre las "PARTES" y se harán constar por escrito mediante Convenio Modificatorio que al efecto se celebre, el cual surtirá sus efectos a partir del momento de su suscripción.
Por lo que deberán concurrir a la firma del Convenio Modificatorio el Representante de la "AGRICULTURA" en la Entidad Federativa del Estado de Baja California Sur, así como la Dra. Sol Ortiz García, Directora General de la "DGPPyCC" en razón de ser responsable del seguimiento del "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" para impulsar la Sostenibilidad y Resiliencia al Cambio Climático en el sector agrícola 2024; y por parte del "GOBIERNO DEL ESTADO" el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, el Ing. José Alfredo Bermúdez Beltrán.
TERMINACIÓN ANTICIPADA
DECIMOQUINTA.- Cualquiera de las "PARTES" podrá dar por terminado de manera anticipada el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO", siempre y cuando lo notifiquen por escrito a la otra con un plazo de 30 días naturales con anticipación a la fecha en que desee concluirlo.
DEL CIERRE Y CONCLUSIÓN DEL ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO.
DECIMOSEXTA.- El "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete que previo al cierre y conclusión del presente instrumento, entregará el informe final del cumplimiento de las acciones y metas derivadas del presente instrumento, conforme a lo establecido en el Apéndice Único "Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola 2024", mismo que forma parte integral de éste Anexo.
PUBLICACIÓN
DÉCIMOSÉPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 36 de la Ley de Planeación, el presente "ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO" será publicado en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión del Gobierno del Estado de Baja California Sur, así como en las páginas institucionales de las "PARTES".
DE LA VIGENCIA.
DECIMOCTAVA.- El presente instrumento entrará en vigor el día de su firma y su vigencia estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las "PARTES", lo que será hasta el 31 de diciembre de 2024.
Leído que fue y enteradas del alcance y contenido legal de este instrumento, las "PARTES" firman y ratifican en todas sus secciones el presente Anexo Técnico de Ejecución en cinco tantos originales, en la ciudad de La Paz, Baja California Sur, a los 9 días del mes de febrero de 2024.- Por Agricultura: la Directora General de la DGPPYCC, Dra. Sol Ortiz García.- Rúbrica.- El Titular de la Oficina de Representación de la Agricultura en el Estado de Baja California Sur, Ing. Armando Ramírez Gálvez.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Secretario de Pesca, Acuacultura y Desarrollo Agropecuario, Ing. José Alfredo Bermúdez Beltrán.- Rúbrica.
Apéndice Único
Estado de Baja California Sur
Acciones para impulsar la sostenibilidad y resiliencia al cambio climático en el sector agrícola - 2024
No.
Acción
Variable de seguimiento
Unidad de
Medida
Meta
anual
1
Promover el aprovechamiento y uso de polinizadores en la agricultura.
1. Número de UP que diversifican sistemas agrícolas y ganaderos incorporando la apicultura dentro de sus sistemas de producción.
Unidades de
Producción
10
2
Impulsar sistemas y tecnologías para el uso eficiente de agua en agricultura, ganadería y acuacultura, así como prácticas de manejo sostenible que incrementen la retención de humedad en suelos.
1. Superficie con sistemas de riego tecnificado.
Hectáreas
300
3
Fomento a los sistemas de captación, almacenamiento y cosecha de agua en zonas agropecuarias y acuícolas.
1. Número de UP apoyadas con sistemas de captación y almacenamiento (obras de captación, almacenamiento y conducción de agua como: ollas de agua, pilas, represos, etc.).
Unidades de
Producción
16
4
Apoyar el mejoramiento genético de especies, principalmente de forma participativa, para contribuir a la adaptación al cambio climático y para la agricultura sostenible.
1. Número de UP apoyadas con especies adaptadas a los efectos del cambio climático (zacate Cuba, nopal forrajero, etc.)
Unidades de
Producción
30
5
Diseñar e implementar programas de concientización, educación y capacitación sobre las prácticas sostenibles en la agricultura que favorezcan la conservación y aprovechamiento de agua, suelo y biodiversidad.
1. Eventos de capacitación
Eventos
5
6
Contribuir a recopilar y sistematizar información sobre prácticas sostenibles de las unidades de producción en el sector agropecuario, acuícola y pesquero.
1. Número de UP registradas en algún sistema, identificando los cultivos y las prácticas involucrados en la planeación agrícola.
Unidades de
Producción
100
7
Desarrollar programas regionales de producción y manejo sostenible de bioinsumos.
1. Número de talleres de capacitación realizados
Eventos
1
8
Promover acciones que favorezcan la reducción del uso del fuego en actividades agropecuarias.
1. Eventos o reuniones
Eventos
3
9
Fomentar la reconversión de cultivos con mayor rentabilidad y adaptados a las condiciones climáticas de la región.
1. Número de UP apoyadas.
Unidades de
producción
20
10
Impulsar la implementación de agricultura protegida para aumentar la productividad y contrarrestar los efectos del cambio climático.
1. Número de UP apoyadas.
Unidades de
producción
10
11
Promover el uso de sistemas de energía renovable para contribuir en la reducción de los gases y contaminante de efecto invernadero.
1. Número de UP apoyadas.
Unidades de
producción
16
12
Fomentar el cambio de uso de suelo en tierras poco fértiles y con problemas de intrusión salina a la actividad ganadera.
1. Número de UP apoyadas.
Unidades de
producción
3
13
Impulsar la agricultura orgánica para disminuir el uso de plaguicidas químicos que contaminan el medio ambiente.
1. Número de talleres de capacitación realizados
Eventos
1
14
Promover el intercambio de experiencias en la implementación de Zonas de Refugio Pesquero
1. Número de participantes en taller de intercambio de experiencias.
Personas
participantes
1
15
Estimación de huella hídrica de principales cultivos en los distritos de riego.
1. Número de distritos de riego con estimación de huella hídrica en principales cultivos.
Distritos de
riego
1
16
Colaborar en la ejecución del Programa Doctores de los Suelos en regiones prioritarias.
1. Número de personas capacitadas.
Personas
capacitadas
3
______________________________
 

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