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DOF: 22/05/2024
CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027, que permita dar cumplimiento a la aplicación de

CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES , SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR ELECTO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA ; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO , ELÍAS IBARRA TORRES ; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN , LUIS NAVARRO GARCÍA ; Y POR LA SECRETARIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y DESARROLLO DE LAS MUJERES MICHOACANAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ALEJANDRA ANGUIANO GONZALEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Carolina Rangel Gracida en su carácter de Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $3,595,000.00 (Tres millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/341/2024 de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.      "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4.   La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Aparatado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00343.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; 11 y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo , es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador del Estado de Michoacán de Ocampo , Alfredo Ramírez Bedolla , cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 47 y 60 fracción XXIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo .
II.3.  El Secretario de Gobierno , Elías Ibarra Torres , cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12 fracción I, 14, 17 fracción I y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción IXX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.   El Titular de la Secretaría de la Finanzas y Administración, Luis Navarro García , cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62, 66 y 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12, fracción I, 14, 17, fracción II y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.
II.5.  La Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y Titular de la Instancia Local Responsable, Instancia Local Receptora, Alejandra Anguiano Gonzalez , cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12 fracción I, 14, 17 fracción XVI y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas .
II.6. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Avenida Francisco I. Madero Poniente número 63, Colonia Centro , Código Postal 58000 , Morelia , Estado de Michoacán de Ocampo .
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Seguridad: Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027 , que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $ 3,595,000.00 (Tres millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/100 M.N.) , para el Proyecto: AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027 , aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/144/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, Secretaría de Finanzas y Administración
Nombre del Proyecto:
AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027
Nombre de la Institución Financiera:
BANCA AFIRME
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18
dígitos:
062470001671203858
Número de Cuenta Bancaria:
167120385
Tipo de Cuenta: productiva
productiva
Tipo de Moneda:
Pesos Mexicanos
Número de Sucursal:
067 Morelia Centro Histórico
Número de Plaza:
16
Fecha de apertura de la Cuenta:
13 de febrero del 2024
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas aportará la cantidad de $ 626, 258. 50 (Seiscientos veintiséis mil doscientos cincuenta y ocho pesos 50/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.     Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b.     Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.     Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Administración , los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Administración , con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración y Enlace Designado ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:   
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico
Institucional:
sotero@segob.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Lucero Circe López Riofrio
Cargo:   
Directora de Bienestar y Autonomías
Dirección:
Batalla de la Angostura número 457 , Colonia Chapultepec Sur, Código Postal 58260 , Morelia , Estado de Michoacán de Ocampo .
Teléfono institucional:
443 1136700
Correo electrónico
Institucional:
aanguiano.seimujer@michoacan.gob.mx
lclopez.seimujer@michoacan.gob.mx
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las
disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas .
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Electo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García.- Rúbrica.- Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Alejandra Anguiano Gonzalez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS
MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024, celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES
ENTIDAD FEDERATIVA:
ESTADO LIBRE Y SOBERANOS DE MICHOACÁN DE OCAMPO
NOMBRE DEL PROYECTO:
AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027
 
 
ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
3. Seguridad. Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y DESARROLLO DE LAS MUJERES MICHOACANAS
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y DESARROLLO DE LAS MUJERES MICHOACANAS
FECHA DE INICIO DEL PROYECTO:
2 DE MAYO DEL 2024
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
31 DE DICIEMBRE DEL 2024
B. MONTO APROBADO
A. MONTO APROBADO
$3,595,000.00
Tres millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/
100 M.N.
B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR)
$626, 258.50
19.31 %
Tres millones quinientos noventa y cinco mil pesos 00/
100 M.N.
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
(en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado)
$4,221,258.50
Cuatro millones doscientos veintiún mil doscientos
cincuenta y ocho pesos 50/100 M.N.
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Lucero Circe López Riofrio
Cargo:
Directora de Bienestar y Autonomías
Dirección:
Batalla de la Angostura # 457, Chapultepec Sur, C.P. 58260
Teléfono Institucional:
4431415655
Extensión
0000
Correo Institucional:
aanguiano.seimujer@michoacan.gob.mx
lclopez.seimujer@michoacan.gob.mx
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
Este proyecto tendrá como estrategia la participación activa de las mujeres a través de 10 Comités de Vigilancia por municipio en los 14 municipios declarados con AVGM, en los que no sólo se fortalecerán sus capacidades para gestionar, dialogar y acordar con las autoridades municipales sobre los patrullajes y operativos que deben realizarse así como la luminaria que debe colocarse por los ayuntamientos, sino que también intervendrán aquellos espacios públicos, para lo cual se dotará de insumos para intervenir dichos espacios, como: pintura, desbrozadora para el corte del pasto, esténciles, rastrillos para pasto, escobas, etc. para que de manera conjunta con las autoridades se puedan establecer como espacios seguros. Se buscará reforzar el rescate de los espacios públicos sumándonos y coordinándonos con las Ferias de Paz organizadas por la SSPC del Gobierno de México, así como con pláticas de sensibilización sobre la prevención de la violencia contra las mujeres, adolescentas y niñas, así como con la campaña de "Más hombres, menos machos".
Es decir, consiste en fortalecer la capacidad organizativa comunitaria y de comunicación de las mujeres de las colonias prioritarias con la recuperación de 5 espacios públicos para convertirlos en espacios seguros para las mujeres, adolescentas y niñas, en los 14 municipios con Alerta de Violencia de Género en Michoacán, los cuales son Apatzingán, Lázaro Cárdenas, La Piedad, Huetamo, Sahuayo, Maravatío, Los Reyes, Tacámbaro, Zitácuaro, Hidalgo, Pátzcuaro, Morelia, Zamora y Uruapan, priorizando principalmente los últimos tres mencionados ya que además de contar con AVGM están dentro del registro nacional de los así como de los 50 municipios prioritarios por su alta incidencia delictiva.
Adicional a lo anterior el proyecto tiene considerado la adquisición de equipo y mobiliario, que permita las personas de la coordinación del proyecto tener los insumos mínimos para realizar sus actividades.
D.1 JUSTIFICACIÓN
Marco legal.
Este proyecto se inscribe como una medida integral para dar cumplimiento a los acuerdos, instrumentos y tratados nacionales e internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres. Uno de estos documentos es la "Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer" (CEDAW), cuyo artículo 3 establece la obligación de los Estados Partes de adoptar medidas apropiadas, incluyendo legislativas, para asegurar el pleno desarrollo de las mujeres en todas las esferas, garantizando el ejercicio de sus derechos humanos en igualdad de condiciones con los hombres. Asimismo, la "Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer" (Convención de Belém do Pará) en su capítulo II, artículo 3, proclama el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.
A nivel nacional, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su título III, artículo 17, establece que la Política Nacional en Materia de Igualdad debe orientarse a lograr la igualdad sustantiva en los ámbitos económico, político, social y cultural. De manera complementaria, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su Artículo 23 fracción II, enfatiza la necesidad de implementar acciones preventivas, de seguridad y justicia para enfrentar y reducir la violencia feminicida.
A nivel estatal, la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo, en su Artículo 7 fracción I, II, III, IV, V, VI, IX, establece principios rectores que orientan acciones para la eliminación de la violencia contra las mujeres por razones de género. Dichos principios incluyen el respeto a los derechos humanos, la garantía de la dignidad humana, la promoción de la libertad y autonomía, la lucha contra la discriminación y el fortalecimiento de la igualdad de género, así como la transversalidad de la perspectiva de género y la capacitación del personal en temas de no discriminación y violencia de género.
En consonancia con estos marcos normativos, el Plan de Desarrollo Integral del Estado de Michoacán 2021-2027 establece estrategias y acciones específicas bajo la estrategia 1.2.2 "Derecho de las Mujeres e Igualdad Sustantiva sin distinción de raza, género, orientación sexual y edad". En particular, las acciones 1.2.2.1, 1.2.2.2, 1.2.2.3, 1.2.2.4 del plan abordan la necesidad de establecer mecanismos para brindar acceso a la justicia, sensibilizar y capacitar a servidores públicos estatales, fortalecer las instancias municipales de atención a la mujer y establecer colaboraciones con la Fiscalía General del Estado y la Secretaría de Seguridad Pública.
Breve situación de las violencias que se ejercen contra las mujeres en Michoacán.
El 27 de junio de 2016 se declaró en Michoacán la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para catorce municipios del estado, siendo los siguientes: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo, Sahuayo, La Piedad y Maravatío. La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).
De acuerdo con la información de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) para el año 2021, en el Estado de Michoacán de Ocampo, 64.9% de las mujeres de 15 años de edad o más, experimentaron algún tipo de violencia, entre las que están: Psicológica, Física, Sexual, Económica o Patrimonial a lo largo de la vida y 42.7% en los últimos 12 meses, lo que además representa una ligera disminución de esta situación, toda vez que de acuerdo con la pasada edición (2016), el valor ascendió a 65.5% en el caso de la medición a lo largo de la vida de las mujeres y, de 44% en el caso de la medición en los últimos 12 meses.
Cabe mencionar que, de acuerdo con la misma fuente de información, la prevalencia de violencia en contra de las mujeres de 15 años y más a lo largo de su vida por parte de cualquier persona agresora en Michoacán del 2011 al 2021 ha presentado incrementos, toda vez que en la primera fecha el valor ascendía a 31.3% mientras que en la última el valor ascendió a 39.9.
Adicional a lo anterior, al respecto los ámbitos en los que las mujeres sufren violencias, la encuesta revela que es en el ámbito pareja en el que las mujeres de 15 años y más experimentaron con mayor frecuencia algún tipo de violencia a lo largo de la vida (42.6%).
Por otro lado, si se tiene en consideración, la violencia de la que se sufre por parte de la pareja, la encuesta revela que, en Michoacán, 42.6% de las mujeres de 15 años y más que han tenido una relación de pareja, han sido violentadas por su pareja a lo largo de la relación, y el 24.3% han vivido situaciones de violencia en los últimos 12 meses. Ubicando al estado en la octava posición de las entidades federativas con mayor prevalencia de violencia por parte de su pareja.
En el mismo orden de ideas de acuerdo con la misma fuente de información, cuando la persona agresora es la pareja, el 21.4% de las mujeres en el estado, manifestó sufrir violencia psicológica, el 10 % violencia económica o patrimonial, el 6.3% violencia física, y, el 2.6% violencia sexual, esto en los últimos 12 meses.
Es de mencionar, que el tipo de violencia en el ámbito familiar es la que más llega a las instituciones que brindan a tención a mujeres víctimas de violencia como es el caso de los Centros de atención Fijos, adscritos a la SEIMUJER, además del hecho que es la pareja, la principal persona agresora, de ahí la necesidad de presentar el resultado de la ENDIREH, al respecto.
Incidencia delictiva general e incidencia delictiva en contra de las mujeres.
También se pueden observar las violencias que sufren las mujeres, a través del seguimiento de la incidencia delictiva en general y, en particular la que ocurre en contra de ellas.
De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el Estado de Michoacán 2 delitos (lesiones dolosas y Homicidio doloso) representan el 69.6% del total de la incidencia delictiva que se comente en el estado en contra de las mujeres.
En este mismo orden de ideas, tomando en consideración al total de víctimas de algún delito, de acuerdo con la misma fuente, en el periodo de 2015-2023, en promedio, el 75.07% del total de delitos cometidos en el estado, suceden en los 14 municipios con AVGM. Para el año 2022, el 72.9% del total de delitos cometidos en el estado, sucedieron en los municipios con Declaratoria de AVGM y para el año 2023 este valor ascendió 73.16%, presentando por tanto un ligero incremento.
De igual modo, cabe mencionar que al interior de los municipios con AVGM, los 3 municipios con mayor porcentaje de delitos cometidos respecto al total estatal son: Morelia (29.5.5%), Uruapan (10.7%) y, Zamora (5.7%), estando presentes además en años anteriores como los municipios de mayor concentración de mujeres victimas de delitos en el estado.
Tomando en consideración uno de los delitos de alto impacto cometidos en contra de las mujeres, a saber, el homicidio doloso, de acuerdo con la misma fuente de información, para el año 2023 se registraron en el estado, 158 casos de mujeres víctima de homicidio doloso, valor significativamente inferior, al presentado por en el año anterior (232), representando en valores porcentuales una disminución del 31%. No obstante, esta diminución, el nivel del año anterior, en valores absolutos, se encuentra como se encontraba en el año 2018.
Por otro lado, en lo que respecta al delito de feminicidio, en el 2023 ocurrieron 17 casos, valor significativamente inferior al año precedente (44), representando una disminución del 61%, siendo además uno de los años donde la cifra de este delito es más baja en los últimos 13 años.
En vista de la situación persistente que revelan los datos acerca de la violencia en el estado de Michoacán, especialmente contra las mujeres, resulta imperativo mantener y fortalecer las acciones dirigidas a combatir este fenómeno. Los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) para el año 2021 evidencian la persistencia de altos niveles de violencia de género. Aunque se observa una ligera disminución en algunos indicadores, como el porcentaje de mujeres que han experimentado violencia en los últimos 12 meses, las cifras aún son preocupantes. La prevalencia de violencia por parte de la pareja, así como los delitos que afectan a las mujeres, como lesiones dolosas y homicidio doloso, demandan una atención continua y eficaz. La reducción en casos de homicidio doloso y feminicidio en el año 2023 es alentadora, pero es esencial no perder de vista el hecho de que la cifra se mantiene elevada en comparación con años anteriores. Estos datos subrayan la necesidad apremiante de persistir en los esfuerzos y estrategias para abordar y erradicar la violencia de género en Michoacán.
MEDIDA DE ATENCIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
OBJETIVO GENERAL
Seguridad
Diseñar y ejecutar una estrategia para la recuperación de espacios públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres.
SEGURIDAD: Son aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
INCISO:
A. Diseñar y ejecutar estrategias para la recuperación de espacios públicos y seguros, para la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas específicas en zonas de riesgo o alto índice de violencia contra las mujeres.
Implementar una metodología para la intervención social y recuperación del espacio público, en donde también se lleven a cabo las ferias de paz, para la seguridad y prevención de la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas con el propósito de garantizar la integridad, seguridad y vida de las mujeres, específicamente en aquellos espacios en donde las mujeres detectan mayor riesgo o índice de violencia de acuerdo al listado de los 50 municipios prioritarios
D.2 METODOLOGÍA
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
1. Recuperar espacios públicos con la participación de los Comités de Vigilancia para la prevención de la violencia contra las mujeres mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo y de alto índice de violencia
1.1. Contratación de una persona que coordine el desarrollo general del proyecto.
 
-Porcentaje de avance del desarrollo general del proyecto.
-1 contrato
-1 informe mensual.
-1 informe final de la coordinación del proyecto.
 
1.2. Contratación de una persona que coordine territorialmente las acciones en los 14 municipios.
-Porcentaje de avance y seguimiento territorial a las actividades en los 14 municipios.
-1 contrato
-1 informe mensual.
-1 informe final de la coordinación territorial de los 14 municipios.
 
1.3. Contratación de un enlace territorial en cada uno de los 14 municipios.
-Porcentaje de avance de las acciones y actividades territoriales.
-14 contratos
-14 informes mensuales de seguimiento.
-14 informes finales de las acciones territoriales en los Municipios.
 
1.4. Equipo y artículos de oficia:
-2 Laptos
-2 impresoras
 
-Número de equipos y artículos de oficina, facturas.
-Recibo de entrega
-Memoria fotográfica
-Facturas
-Resguardos
 
1.5. Recuperación de 5 espacios públicos seleccionados con alto riesgo e incidencia delictiva, conforme a la relación de las 10 colonias prioritarias, para convertirlos en espacios seguros en cada uno de los 14 municipios con AVGM a través de la provisión de insumos para la intervención del espacio público que permita su conversión a un espacio seguro.
-Número de adquisiciones para la recuperación de espacios públicos acordados con los comités de vigilancia y las autoridades municipales.
-Facturas
-Recibo de entrega-recepción de adquisiciones.
-Memoria fotográfica.
-Facturas
 
1.6. Organizar los trabajos para la intervención y recuperación de 5 espacios públicos con la participación de los Comités de Vigilancia en cada uno de los 14 municipios con AVGM.
-Número de espacios recuperados.
-Número de colonias.
-Listas de asistencia
-Memoria fotográfica.
 
1.7. Realizar la identificación de los espacios de recuperación de acuerdo a la relación de las 10 colonias prioritarias de riesgo y alto índice de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas, con la participación de los Comités de Vigilancia en los 14 municipios con AVGM.
- Mapeos de espacios de recuperación
-Número de comités
-Un listado general de los espacios identificados de recuperación en los 14 municipios con AVGM.
 
1.8. Realizar pláticas de sensibilización y las ferias de paz orientadas a la prevención de la violencia contra las mujeres en el espacio público, escuela, transporte y comunidad.
-Número de pláticas realizadas
-Número de ferias de paz
-Número de asistentes
-Listas de asistencia.
-Memoria fotográfica.
 
1.9. Fortalecer y acompañar a 10 de los Comités de Vigilancia creados en 8 municipios con AVGM; Lázaro Cárdenas, Huetamo, Apatzingán, La Piedad, Sahuayo, Zamora, Morelia y Pátzcuaro para dar seguimiento a las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres, así como en la identificación e intervención de los espacios públicos para mejorar la seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas.
-Número de reuniones o sesiones de trabajo.
-Número de asistentes.
-Listas de asistencia.
-Memoria fotográfica.
 
1.10. Instalar 10 Comités de Vigilancia en los municipios de Maravatío, Los Reyes, Ciudad Hidalgo, Uruapan, Zitácuaro y Tacámbaro para realizar acciones de prevención de la violencia contra las mujeres, así como en la identificación e intervención de los espacios públicos para mejorar la seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas.
-Número de Comités de Vigilancia instalados
- Número de registros
-Actas de instalación de los Comités de Vigilancia.
-Memoria fotográfica.
 
1.11. Desde la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas se implementarán acciones de coadyuvancia para la atención de la Declaratoria de Violencia de Género Contra las Mujeres con un equipo multidisciplinario en el concepto de coparticipación
- Número de Acciones
- Informe de resultados
2. Fortalecer la campaña de comunicación existente "Más hombres, menos machos" para generar conciencia social sobre las repercusiones sociales y familiares que la violencia contra las mujeres genera en la vida de las mujeres y los hombres.
2.1. Generar materiales de difusión que faciliten la comunicación asertiva para prevenir las violencias contra las mujeres en la escuela, la comunidad y el transporte.
-Número de materiales
- Número de personas
-Facturas
-Memoria fotográfica.
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Para el cumplimiento del objetivo 1, se realizará la contratación de una persona para la coordinación general del proyecto, que cuente con experiencia en el manejo en los lineamientos ejecución de proyectos federales, así como su normativa de cumplimiento estatal.
2
Contratación de una persona para la coordinación territorial del proyecto y de los promotores en los 14 municipios, con experiencia en el manejo operativo de proyectos.
3
Realización de una convocatoria para la contratación en cada uno de los 14 municipios con AVGM, de profesionales especializados con probada experiencia en los temas de derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género, prevención de la violencia contra las mujeres y trabajo con grupos.
4
Realización de las contrataciones para la prestación de servicios profesionales especializados en los 14 municipios con AVGM.
5
Contratación de cuatro personas para la prestación de servicios profesionales especializados de apoyo logístico, planeación y desarrollo
6
Los profesionales especializados realizarán actividades de intervención directa y de apoyo a la organización y gestión para el fortalecimiento y acompañamiento de los 10 Comités de Vigilancia de las Mujeres en los municipios de Lázaro Cárdenas, Huetamo, Apatzingán, La Piedad, Sahuayo, Zamora, Pátzcuaro y Morelia.
7
Los profesionales especializados realizarán actividades de intervención directa y de apoyo a la organización y conformación de 10 Comités de Vigilancia en los municipios de Maravatío, Los Reyes, Ciudad Hidalgo, Uruapan, Zitácuaro y Tacámbaro para realizar mejorar la seguridad de las mujeres, adolescentas y niñas
8
Los profesionales especializados realizaran actividades de apoyo logístico, planeación y desarrollo del proyecto adscrito a la dirección de Bienestar y Autonomías de la Secretaría responsable de su ejecución.
9
El personal de servicios profesionales especializados llevará a cabo la identificación de los espacios de recuperación de acuerdo a la relación de las 10 colonias prioritarias de riesgo y alto índice de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas, con la participación de los Comités de Vigilancia en los 14 municipios con AVGM tomando en cuenta los 50 municipios prioritarios según indicadores del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
10
Se llevará a cabo el proceso administrativo para la adquisición y compra de los insumos para la campaña, así como los que serán entregados a los Comités de Vigilancia de las Mujeres para la recuperación de 5 espacios que se establecerán como seguros después de la intervención.
11
Implementaación campaña de difusión
12
Planeación para la distribución del material de la campaña así como la entrega de los insumos a los Comités de Vigilancia de las Mujeres para la recuperación de 5 espacios que se establecerán como seguros.
13
El personal de servicios profesionales especializados realizará pláticas y ferias de paz orientadas a la prevención de la violencia contra las mujeres en las escuelas y la comunidad.
14
El personal de servicios profesionales especializados apoyaran en la gestión con las autoridades municipales para la instalación de una mesa de trabajo con los Comités de Vigilancia de las Mujeres en cada los 14 municipios con AVGM, para acordar los patrullajes y operativos en los espacios identificados con riesgo y alto índice de violencia para la seguridad de las mujeres, adolescentas y niñas.
15
Entrega de los insumos para la intervención y recuperación de los espacios públicos identificados por los Comités de Vigilancia de las Mujeres en las zonas de riesgo y de alto índice de violencia contra las mujeres para convertirlos en un espacio seguro.
16
El personal de servicios profesionales especializados organizará de manera conjunta con los Comités de Vigilancia de las Mujeres la recuperación y asignación de tareas en los 5 espacios públicos.
17
El personal de servicios profesionales especializado organizará de manera conjunta con los Comités de Vigilancia, las Autoridades Municipales y la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas la inauguración de los 5 espacios que en los 14 municipios con AVGM se hayan intervenido y recuperado.
18
El personal de servicios profesionales especializado deberá atender a los procedimientos administrativos para la obtención de su remuneración conforme a lo establecido en su contratación, así como la entrega de los medios de verificación de acuerdo a los lineamientos que la federación marca.
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS
 
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
MUJERES
HOMBRES
ADULTAS (OS) MAYORES
MUJERES
INDÍGENAS
MUJERES
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
MUJERES
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
MUJERES
MADRES JEFAS DE FAMILIA
MUJERES
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
 
VÍCTIMAS INDIRECTAS
 
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
USUARIAS DE DROGAS
 
OTRAS
 
GRUPO ETARIO
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
 
x
x
x
x
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Apatzingán, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Maravatío, Morelia, Pátzcuaro, Sahuayo,
Tacámbaro, Uruapan, Zamora, Zitácuaro
 
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTOR
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Las Mujeres que integran los Comités de Vigilancia.
Disposición, tiempo, participación, colaboración, conocimiento y compartición de saberes sobre las necesidades y oportunidades para la seguridad de las mujeres de núcleos familiares y sociales.
2
Directoras de las Instancias Municipales de la Mujer de los 14 municipios con Alerta de Violencia de Género.
Articulación en el desarrollo de actividades, facilitación en las gestiones con las autoridades municipales.
3
Autoridades de los Ayuntamientos de los 14 municipios con Alerta de Violencia de Género.
Coadyuvan en poner a disposición aquellos insumos que permitan la atención a la violencia contra las mujeres.
4
Dependencias estatales.
Apoyan con la disposición de su personal para articular actividades de prevención y atención a la violencia contra las mujeres, lo que posibilita la integridad.
5
Autoridades escolares.
Disposición, apoyo en convocatoria, asignación de espacios, apoyos logísticos, entre otros que contribuyen al fortalecimiento de los procesos de sensibilización y transformación social hacia una cultura de la no violencia y para la paz.
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Proceso electoral.
Atender a los tiempos asignados y respetados para la veda electoral.
Conflicto local en el que haya violencia o riesgos para el personal que colabora en el proyecto.
Reprogramación de actividades y reforzamiento de la seguridad para la realización de las acciones del proyecto.
No contar con recursos para la operación del proyecto.
No disponer de vías alternas para la implementación de las actividades programas para la realización del proyecto
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO


D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
 
 
 
Ciencias de la Salud
 
 
 
Psicología
 
 
 
Trabajo Social
 
 
 
Otros Perfiles
1 AÑO
Licenciatura
16
 
Total de Prestadores de
Servicios a Contratar
16
 
 
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
La sección fue llenada con datos proporcionados en repositorio por lo que usted corresponde a verificar que la información se correcta:
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS
A CONTRATAR
Licenciatura cuyo enfoque se encuentre dentro del área de Humanidades, con experiencia en derechos humanos y perspectiva de género.
1 AÑO
Licenciatura
16
Proveedor con actividades económicas asociadas a:
Impresión de materiales.
1 AÑO
N/A
1
Proveedor con actividades económicas asociadas a:
Suministro de los materiales que se requerirán para el rescate de los espacios públicos.
1 AÑO
N/A
1
Proveedor con actividades económicas asociadas a:
Suministro de equipo de cómputo e impresoras y mobiliario en general.
1 AÑO
N/A
1
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
MARQUE LA
CASILLA
CORRECTA
SERÁ
Será
Prestadora de Servicios Profesionales
 
Servicios integrales
 
Honorarios Asimilados
Será
Otro
Si selecciono "Otro", Especifique a continuación:
Proveedor con actividades económicas asociadas a:
·  Impresión de materiales.
·  Suministro de los materiales que se requerirán para el rescate de los espacios públicos.
·  Suministro de equipo de cómputo e impresoras y mobiliario en general.
 
Otro
1 AÑO
Proveedor
3
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MICH/AC03/SISDMM/027 en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Electo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Elías Ibarra Torres.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García.- Rúbrica.- Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Alejandra Anguiano Gonzalez.- Rúbrica.

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