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DOF: 27/08/2024 |
AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SEDATU-2024, Dictaminación de la habitabilidad de vivienda AVISO de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SEDATU-2024, Dictaminación de la habitabilidad de vivienda. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. AVISO DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA MEXICANA PROY-NOM-007-SEDATU-2024, DICTAMINACIÓN DE LA HABITABILIDAD DE VIVIENDA VÍCTOR HUGO HOFMANN AGUIRRE, Director General de Ordenamiento Territorial y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (CCNNOTDU) de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 16 fracción IX de la Ley de Vivienda; 10 fracciones X y XV, 34, 35 fracción V, 38, Tercero y Octavo Transitorio de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 1o., 2o. apartado A, fracción III inciso c), 11 fracción XLII, 21 fracción III y 25 fracción XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; y CONSIDERANDO Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, presenta el siguiente "PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-007-SEDATU-2024, DICTAMINACIÓN DE LA HABITABILIDAD DE VIVIENDA", a efecto de consulta pública, para que dentro de los siguientes 60 días naturales, los interesados formulen sus comentarios en idioma español en el formato que al efecto se ha establecido mismo que podrá descargar en el siguiente enlace: www.dof.gob.mx/2024/SEDATU/Formato_Consulta_Publica_NOM_007.pdf, para que en los términos de la Ley de la materia, sean presentados ante el CCNNOTDU, en el domicilio ubicado en, Av. Nuevo León 210, Piso 14 Colonia Hipódromo Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Código Postal 06100, Ciudad de México, Teléfono 55-68-20-97-00, extensiones 51508, 51414 y 51534, correo electrónico nom.hv@sedatu.gob.mx y nom.hv.sedatu@gmail.com y se consideren en el seno del Comité que lo propone. El texto completo del documento puede ser consultado en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a través del enlace: https://www.economia.gob.mx/sistema-nacional-de-infraestructura-de-la-calidad/procesos-participativos/users/sign_up CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA | PROY-NOM-007-SEDATU-2024 | DICTAMINACIÓN DE LA HABITABILIDAD DE VIVIENDA | Síntesis Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los criterios y reglas generales para llevar a cabo la emisión de Dictámenes de Habitabilidad para cualquier vivienda que sea objeto de Créditos Garantizados a la Vivienda, así como para aquella que haya sido objeto del otorgamiento de subsidios y/o apoyos otorgados por entidades gubernamentales. Así mismo, establece los requisitos que deben de cumplir las Unidades de Inspección de vivienda y la emisión del Dictamen de Habitabilidad. La emisión de Dictámenes de Habitabilidad de Vivienda conforme al artículo 10 fracción X y XV de la Ley de la Infraestructura de la Calidad, contribuirá al sano desarrollo rural y urbano, y cualquier otra necesidad pública, en términos de las disposiciones legales aplicables, que servirá de base para la toma de decisiones informadas para los acreditados en operaciones de compraventa de inmuebles objeto de crédito garantizado a la vivienda y/o a la constatación de la aplicación de subsidios y/o apoyos con lo que se cumple con los objetivos previstos en el artículo 16, fracciones III, V, VII, VIII y IX de la Ley de Vivienda. El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para los Organismos Nacionales de Vivienda, Organismos Estatales de Vivienda y los Institutos de Vivienda cuyo proceso de otorgamiento de crédito requiera la elección de la vivienda como requisito previo a la originación del crédito, así como para la verificación de la correcta aplicación de los recursos entregados como subsidios y/o apoyos para la construcción de vivienda. El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana aplica para todas las viviendas terminadas que sean objeto de un Crédito Garantizado a la Vivienda, o de un subsidio o apoyo para la edificación de vivienda por parte de los Organismos Nacionales de Vivienda, los Organismos Estatales de Vivienda y los Institutos de Vivienda y Entidades Gubernamentales dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos y no es equivalente a la supervisión del proceso constructivo de una vivienda. No aplica para la vivienda progresiva, para créditos o subsidios otorgados para la vivienda progresiva, mejora o para créditos o apoyos de mejora o para créditos otorgados por acreditantes distintos a los aquí mencionados. Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de su elaboración. | Ciudad de México, a 12 de agosto de 2024.- Director General de Ordenamiento Territorial y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Víctor Hugo Hofmann Aguirre.- Rúbrica.
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