EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Torre Fuerte de México para las Naciones, para constituirse en asociación religiosa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.
EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. GAMALIEL FAJARDO ESPINOZA Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA TORRE FUERTE DE MÉXICO PARA LAS NACIONES.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 8° y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada TORRE FUERTE DE MÉXICO PARA LAS NACIONES, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle Partes de Televisión número 261, fraccionamiento Industria Maquiladora, Municipio de Reynosa, Estado de Tamaulipas, C.P. 88787.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Centro Cristiano Torre Fuerte, ubicado en Calle Partes de Televisión número 261, fraccionamiento Industria Maquiladora, Municipio de Reynosa, Estado de Tamaulipas, C.P. 88787, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "Predicar el Evangelio de Jesucristo y discipular a personas conforme a las Sagradas Escrituras a fin de que puedan entablar una relación personal con Jesucristo como su Señor y Salvador y que a través de este encuentro tengan una vida transformada en lo individual, lo familiar y lo social".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representantes: Gamaliel Fajardo Espinoza y/o José Iván Castillo Hernández.
VI.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Mesa Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Gamaliel Fajardo Espinoza, Presidente; Laura Aguilar Soto, Vicepresidente; José Iván Castillo Hernández, Secretario; y Paula Leticia Vázquez Medellín, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: Gamaliel Fajardo Espinoza, Laura Aguilar Soto, José Iván Castillo Hernández y Paula Leticia Vázquez Medellín.
X.- Credo religioso: Cristiana Evangélica.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil veinticuatro.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos, de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.