DOF: 08/10/2024
ACUERDO por el que se destina a la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado "Subprocuraduría de Derechos Humanos", con superficie de 1,625

ACUERDO por el que se destina a la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado "Subprocuraduría de Derechos Humanos", con superficie de 1,625.00 metros cuadrados, ubicado en Calle López número 12, Colonia Centro, Código Postal 06050, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17637-3.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- DST-15/2024.

ACUERDO por el que se destina a la Fiscalía General de la República, el inmueble federal denominado "Subprocuraduría de Derechos Humanos", con superficie de 1,625.00 metros cuadrados, ubicado en Calle López número 12, Colonia Centro, Código Postal 06050, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17637-3.
VÍCTOR JULIÁN MARTÍNEZ BOLAÑOS, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V, VI y VII, 3 fracción III, 4 párrafos primero y segundo, 6 fracción XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracciones I y V, 61, 62, 66, 70 y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXVI y XXXIII del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; y tomando en cuenta los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Subprocuraduría de Derechos Humanos", con superficie de 1,625.00 metros cuadrados, con Registro Federal Inmobiliario 9-17637-3, ubicado en Calle López número 12, Colonia Centro, Código Postal 06050, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble federal descrito en el Considerando que antecede, se acredita con la escritura pública número 44 de fecha 31 de octubre de 1967, otorgada ante la fe del Licenciado Rodolfo Charles Sierra, Notario Público Número 44 del Distrito Federal y del Patrimonio Nacional, mediante la cual se hace constar el contrato de compraventa que celebraron por una parte, el Gobierno Federal, como parte compradora y "Seguros de México Bancomer", Sociedad Anónima, como parte vendedora, la cual obra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real 27485 de fecha 18 de mayo de 1990.
TERCERO.- Que el plano topográfico número TOPOLOP-12-01, elaborado a escala 1:200, registrado el 16 de julio de 2012, bajo el número DRPCI-4175-2012-T y certificado el 12 de septiembre de 2012, por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario adscrita a la Dirección General de Política y Gestión Inmobiliaria del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, consigna la superficie, medidas y colindancias del inmueble de referencia, señalando en su cuadro de notas que, "...MEDIANTE REGISTRO Y CATASTRO DE LA PROPIEDAD FEDERAL, MANIFIESTA UNA SUPERFICIE DE 1625.00 M2, SIN EMBARGO UN LEVANTAMIENTO HECHO ARROJA UNA SUPERFICIE DE 1618.28 M2".
CUARTO.- Que por oficio número FGR/OM/DGRMSG/899/2023 de fecha 26 de septiembre de 2023, el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales y Responsable Inmobiliario de la Fiscalía General de la República, solicitó se expida el Acuerdo Administrativo de Destino del inmueble federal descrito en el Considerando Primero de este Acuerdo, para ser utilizado como oficinas administrativas.
QUINTO.- Que mediante oficio número 401.3S.1-2023/2807 de fecha 3 de octubre de 2023, el Director de Autorizaciones e Inspecciones de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, informó que el inmueble objeto del presente Acuerdo, "...no está considerado monumento histórico, no es colindante con alguno de éstos, sin embargo, se localiza dentro del perímetro "B" de la Zona de Monumentos Históricos, denominada "Centro Histórico de la Ciudad de México", decretada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 1980. Por lo anterior, cualquier obra que se realice en el inmueble de referencia deberá contar con la autorización previa del Instituto Nacional de Antropología e Historia".
SEXTO.- Que mediante Constancia de Alineamiento y/o Número Oficial de fecha 3 de octubre de 2023, la Subdirección de Manifestaciones Licencias de Construcción y Desarrollo Urbano, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno de la Ciudad de México, expide constancia del número oficial asignando el 12 para el predio ubicado en la Calle López, Colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc.
SÉPTIMO.- Que mediante Solicitud de Información sobre Inmuebles con Valor Artístico o Monumento Artístico, con sello y número de folio 1783 de fecha 4 de octubre de 2023, la Dirección de Arquitectura y Conservación del Patrimonio Artístico Inmueble del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), informó que el inmueble objeto del presente instrumento, no está incluido en la Relación del INBA; señalando en el apartado de observaciones que: "POR COLINDAR CON INMUEBLES DE VALOR ARTISTICO (JUAREZ 14 Y LAZARO CARDENAS 9) SE RECOMIENDA LA PROTECCION DE LOS MISMOS." (sic)
OCTAVO.- Que mediante Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo de fecha 23 de noviembre de 2023, con folio número 34746-151GOSA23, el Certificador de la Dirección del Registro de Planes y Programas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, del Gobierno de la Ciudad de México, determinó que, "... al predio o inmueble de referencia le aplica la Zonificación: E (Equipamiento)."
NOVENO.- Que mediante Acta de entrega física, jurídica, administrativa y provisional de fecha 1 de febrero de 2024, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de su Órgano Administrativo Desconcentrado, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, "...determinó procedente entregar provisionalmente "EL INMUEBLE FEDERAL" a "LA FGR" a fin de que lo utilice como oficinas administrativas, previos trabajos que garanticen la seguridad de "EL INMUEBLE FEDERAL" y de las personas.", inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real número 27485/4 de fecha 3 de junio de 2024.
DÉCIMO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto por el artículo 11 fracción V, del Reglamento de este Instituto, conoció y revisó desde el punto de vista técnico jurídico, la operación que se autoriza. La documentación legal y técnica que sustenta la situación jurídica y administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, con fundamento en el artículo 9 fracción XIV en relación con el artículo 11, fracción V del Reglamento del Instituto, la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo.
Por lo anterior y de conformidad a las disposiciones que establecen los artículos 61, 62, 66 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal, el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se destina el inmueble federal denominado "Subprocuraduría de Derechos Humanos" ubicado en Calle López número 12, Colonia Centro, Código Postal 06050, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, con Registro Federal Inmobiliario 9-17637-3, con superficie de 1,625.00 metros cuadrados, a la Fiscalía General de la República, para continuar utilizándolo como oficinas administrativas.
SEGUNDO.- Si la Fiscalía General de la República, diera al inmueble federal que se le destina, un uso distinto al establecido por el presente Acuerdo, sin la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; o bien, lo dejare de utilizar o necesitar, dicho bien con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado directamente por este Instituto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General de Bienes Nacionales.
TERCERO.- En caso que se tengan proyectadas obras de construcción, reconstrucción, modificación, adaptación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición en el inmueble destinado, previo a su realización, la Fiscalía General de la República, deberá gestionar ante las autoridades locales y federales, la obtención de licencias, permisos, autorizaciones o cualquier otra similar que se requiera.
CUARTO.- La Fiscalía General de la República, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que, en su caso, se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 fracción IV y 66 de la Ley General de Bienes Nacionales.
QUINTO.- El destino únicamente confiere a la Fiscalía General de la República, el derecho de aprovechar el inmueble destinado para el uso autorizado, pero no transmite la propiedad del mismo, ni otorga derecho real alguno sobre él, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley General de Bienes Nacionales.
SEXTO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales en el ámbito de sus atribuciones, por conducto de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de septiembre de 2024.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Víctor Julián Martínez Bolaños.- Rúbrica.
 

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