DOF: 09/10/2024
AVISO de Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-018-SCT3-2012, Que establece el contenido del Manual de Vuelo, publicada el 30 de mayo de 2013

AVISO de Cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-018-SCT3-2012, Que establece el contenido del Manual de Vuelo, publicada el 30 de mayo de 2013.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Agencia Federal de Aviación Civil.

Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, en calidad de Titular de la Presidencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, con fundamento en los artículos 1o. párrafos primero y segundo, 1o., 2o. fracción I, 14, párrafo primero, 16, 17, 18, 26 y 36 fracciones I, IV, VI, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 16 fracciones I, II y V, 42 fracción I, Transitorios Segundo y Tercero de la Ley de Infraestructura de la Calidad; 6 fracciones I, IX y X de la Ley de Aviación Civil; 28, fracción III, párrafo segundo, 40 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1 y 6 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
CONSIDERANDO
Que la Norma Oficial Mexicana "NOM-018-SCT3-2012, Que establece el contenido del Manual de Vuelo", fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2013;
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo (CCNN-TA), en su Sesión 02/2024 Ordinaria, de fecha 16 de abril de 2024, aprobó mediante Acuerdo AC-VI-16/ABR/24, la cancelación de la mencionada Norma Oficial Mexicana (NOM), derivado de que, desde la publicación de la misma, el marco normativo internacional que la regula ha sido modificado en atención a los avances tecnológicos significativos obtenidos en la materia respectiva de la referida NOM;
Que el artículo 41 párrafo segundo de la Ley de Infraestructura de la Calidad, establece que la Autoridad Normalizadora, podrá modificar o cancelar la Norma de que se trate sin seguir el procedimiento para su elaboración, con base en lo siguiente: modificación a las Normas Internacionales tomadas como base para la elaboración de la Norma Oficial Mexicana, o la expedición de nuevas Normas Internacionales que incidan en la misma; no atienda adecuadamente los objetivos legítimos de interés público que persigue, resulte obsoleta o la tecnología la haya superado; se advierta que las causas que motivaron su expedición ya no subsisten o son obsoletas; o cuando la Autoridad Normalizadora así lo considere conveniente, siempre que exista una justificación para ello;
Que el artículo 40 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, establece que en la revisión de las Normas Oficiales Mexicanas se tomará en consideración, entre otras cosas que: se haya aprobado una norma o lineamiento internacional referente al producto o servicio a regular, que no existía cuando la norma fue publicada; se haya modificado la norma o lineamiento internacional con la cual se haya armonizado la Norma Oficial Mexicana correspondiente, o bien, que le haya servido de base; o se compruebe que la Norma Oficial Mexicana es obsoleta o la tecnología la ha superado.
Que con fundamento en el artículo 31 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; la Agencia Federal de Aviación Civil emitió la NOM-EM-018-SCT3-2023, publicada en el DOF el día 14 de febrero de 2024; la misma atiende a las normas y métodos recomendados (SARPs) de la OACI y cubre el objetivo de que el regulado cuente con una disposición que le dote certeza jurídica.
Que, en atención a lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones que me confieren las disposiciones legales mencionadas, he tenido a bien expedir el presente:
AVISO DE CANCELACIÓN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA "NOM-018-SCT3-2012 QUE
ESTABLECE EL CONTENIDO DEL MANUAL DE VUELO" PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN EL 30 DE MAYO DE 2013
ARTÍCULO ÚNICO.- Se cancela la Norma Oficial Mexicana: "NOM-018-SCT3-2012, Que establece el contenido del Manual de Vuelo", la cual, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 2013.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México a 17 de septiembre de 2024.- Firma con fundamento en el Artículo OCTAVO Transitorio del DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29/01/2024, que dispone: "En tanto se aprueban y registran los puestos de las unidades administrativas que con motivo del presente ordenamiento se modifican, continuarán las personas servidoras públicas que ocupan los puestos con las denominaciones previstas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que se abroga, a fin de dar continuidad a las funciones institucionales de las unidades responsables involucradas".- Subsecretaría de Comunicaciones y Transportes y en Calidad de Titular de la Presidencia del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Aéreo, el Subsecretario y Presidente, Milardy Douglas Rogelio Jiménez Pons Gómez.- Rúbrica.
 

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